- Identificación del proyecto
- Justificación del proyecto
- Formulación de alternativas
- Descripción del proyecto
- Beneficios del proyecto
- Anexos
Capitulo Nª 1
Nombre de la Entidad Ejecutora
INSTITUTO AUTONOMO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y TRANSPORTE (INSETRA)
Nombre del Gerente
Comisario General ANTONIO PUJOL GARCIA
Nombre del Proyecto:
IGUALDAD EN EL GRADO JERARQUICO, SUELDOS Y OTROS BENEFICIOS
SOCIALES .
Lugar de Ejecución:
Avenida Guzmán Blanco (Cota 905), detrás del Parque El Pinar – El Paraíso.
Dirección de Policía 471 5505 – División de Policía Escolar 483 7687
Duración del proyecto para estudio y coordinación:
Tres (3) meses aproximadamente.
Organismo Responsable:
Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, Dirección de Gestión
Administrativa, Dirección de Planificación y Presupuesto, Instituto
Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte y Cámara Municipal.
Profesionales Responsables:
Comisario Miguel Á. Sánchez M. Jefe de la División de Policía Escolar
Ofic. III Enrique Ojeda Jefe del Dpto. de Personal de Policía Escolar
Ofic. III Xiomara J. Moreno R. Jefa del Dpto. de Adiestramiento y Desarrollo
Ofic. III Dora Josefina Paiva Jefa del Dpto. de Logística Policía Escolar
Ofic. III Víctor José Guerra Jefe del Dpto. de Operaciones Policía Escolar
Costo Total del Proyecto:
El costo del proyecto son QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES
NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CON 00/100 (Bs. 565.947.000,00),
Aporte Solicitado:
El proyecto requiere de un crédito adicional de QUINIENTOS SESENTA Y
CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CON 00/100 (Bs.
565.947.000,00), para cubrir la incidencia en el presupuesto actual.
Capitulo Nª 2
2.1. IDENTIFICACION DEL PROBLEMA
La División de Policía Escolar, a pesar de ser una unidad de relevante importancia dentro de la estructura organizativa del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte, por su carácter "predominantemente preventivo para custodiar, proteger, controlar y vigilar la integridad física de las personas y bienes involucrados en el proceso educativo", de acuerdo a lo contemplado en el Decreto Nª 34, publicado en Gaceta Municipal Nª 1150-1 de fecha 20 de Diciembre de 1991, donde se define el carácter preventivo del servicio de POLICIA ESCOLAR, prestado hasta la presente fecha en unidades educativas ubicadas en la jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador, actualmente adscrita a la Dirección de Policía del INSETRA, no ha recibido el apoyo, ni las consideraciones merecidas en quince (15) años de actividad ininterrumpida por quienes han dirigido los destinos de la Institución policial e INSETRA; por el contrario, las improvisaciones sobre los beneficios sociales y económicos disfrutables por el personal de oficiales de la Policía Escolar, desde siempre han estado en desmejora con respecto a los oficiales de la Policía de Caracas de igual jerarquía, adscritos a la División de Operaciones, situación esta, visualizable en el sobre de pago (anexo 1) donde se describen la denominación del cargo, sueldo devengado y otorgamiento de primas por diferentes conceptos. Dicha incoherencia administrativa, ha generado un sentimiento de inconformidad y baja autoestima en el personal de oficiales adscritos a esta División, por considerar que dichas iniciativas discriminatorias, se encuentran al margen de lo señalado en el Artículo 24, de la REFORMA DE LA ORDENANZA DEL INSTITUTO AUTONOMO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y TRANSPORTE, Publicada en la Gaceta Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, Nª 2544-1 de fecha 23 de Septiembre de 2004, referido a la Jerarquía de Personal Policial y de Protección Civil. "Los grados jerárquicos del personal policial y de protección Civil en forma decreciente queda establecido de la siguiente manera:
Personal Policial:
Comisario (a) General.
Comisario (a) Jefe.
Comisario (a).
Sub Comisario (a).
Inspector (a) Jefe.
Inspector (a).
Sub Inspector (a).
Oficiales III.
Oficiales II.
Oficiales I."
y lo refrendado en el PARAGRAFO SEGUNDO: Policía Escolar. "La presente Ordenanza también regirá para el Policía Escolar, por ser una policía especial con requerimientos diferentes tales como prestar labores de
vigilancia en las unidades educativas, excepto en lo concerniente a su
ingreso lo cual será establecido en el reglamento interno del Instituto".
Página siguiente |