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Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP) – República Dominicana

Enviado por Mizcala Estrella


Partes: 1, 2

    1. Cursos de Gerencia, especialización permanente y programas dirigidos a las empresas
    2. Estrategia de capacitación y certificación para mandos medios y supervisores
    3. Servicios dirigidos a empresas, asociaciones empresariales y gremios de trabajadores
    4. Validación / Certificación
    5. Evaluación de centros colaboradores y calificación de programas

    Los principios, finalidades y características legales del Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), así como las normas generales que rigen sus actividades y funcionamiento, están contenidas en la Ley No.116, de fecha 16 de enero de 1980 y en el presente

    El INFOTEP es un organismo destinado a coordinar y normar todos los esfuerzos dirigidos a preparar mano de obra para satisfacer las necesidades productivas nacionales. Considerado como un empeño de interacción económico – social, se define como una entidad autónoma, con personalidad jurídica, financiada y dirigida por el Estado, los trabajadores y los empleadores, en equilibrada participación, dentro de un criterio de unidad de acción que se afirma en las metas trazadas por los planes de desarrollo económico y social del país.

    El INFOTEP tiene como objetivos generales:

    1. Establecer métodos y programas de preparación de la mano de obra en todos los niveles ocupacionales con miras a aumentar la productividad y contribuir a resolver los problemas nacionales de empleo y subempleo.
    2. Actuar como organismo oficial de formación y capacitación profesional, y de certificación de la aptitud de los trabajadores para el desempeño de una ocupación y, sin interferir con las labores similares que realicen otros organismos públicos, organizar todas sus actividades en colaboración con los sectores productivos industrial, agrícola y comercial, públicos y privados, propiciando a la vez el incremento del producto bruto nacional y la promoción social y profesional de los trabajadores.
    3. Funcionar como órgano consultivo del Gobierno, de los empleadores y los trabajadores en asuntos relacionados con la formación de la mano de obra nacional, lo que implica que el INFOTEP será reconocido como una Institución de beneficio social, interés nacional y utilidad pública.
    4. Participar en campaña y actividades destinadas a incrementar la productividad en el país, constituyéndose en un vínculo de armonía entre capital y trabajo, facilitándoles una cooperación más estrecha y una mejor relación en las materias que les compete.
    5. Otorgar becas a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos establecidos para optar a un determinado programa de capacitación profesional, postulen para la obtención de este beneficio y sean seleccionados conforme a normas objetivas y ampliamente difundidas, basadas en el mérito, capacidad y necesidad de los postulantes.
    6. Ofrecer, facilitar y apoyar servicios de colocación de mano de obra, necesarios para obtener un adecuado nivel de empleo, asimismo, colaborar en la política de capacitación y de fomento del empleo formulada según el desarrollo económico del país, sobre la base de una permanente investigación de las condiciones, requerimientos y posibilidades del mercado de trabajo y de las necesidades de los trabajadores.
    7. Difundir informaciones sobre orientación ocupacional que faciliten la elección de profesiones, actividades u ocupaciones, como igualmente proporcionar informaciones respecto a los estudios que permitan a los trabajadores lograr una adecuada capacitación ocupacional.
    8. Estimular, mediante la formación profesional, la incorporación de trabajadores desempleados a procesos productivos.

    Las funciones de gestión, coordinación y ejecución que se atribuyen al INFOTEP, quedan expresamente limitadas al campo de formación de mano de obra. Si el INFOTEP realizara actividades de formación paralelas a las del sistema educativo formal, quedará sometido a las normas que para la impartición de los distintos ciclos y grados educativos establezca el Consejo Nacional de Educación. De modo recíproco, el INFOTEP será el órgano competente para dictar normas y otorgar la certificación ocupacional de los trabajadores, aunque éstos reciban su instrucción en establecimientos educativos del sistema formal.

    El INFOTEP establecerá un registro de centros colaboradores del Plan Nacional de Formación Técnico Profesional. En dicho registro deberán inscribirse las instituciones públicas que realicen programas de formación de mano de obra calificada y las instituciones o personas privadas que cumpliendo los requisitos exigidos para inscribirse, deseen integrarse al Plan Nacional del INFOTEP.

    Son requisitos para inscribirse en el registro de centros colaboradores del INFOTEP:

    1. Poseer instalaciones físicas y capacidad docente para ofrecer una o más especialidades formativas.

    2. Tener los programas formativos adecuados a las normas metodológicas que dicte el INFOTEP.

    3. Desarrollar programas formativos que sean considerados por el INFOTEP, necesarios para la zona, sector u ocupación que atiendan.

    El INFOTEP podrá cancelar de su registro a los centros colaboradores que dejen de cumplir los requisitos establecidos. En todo caso, procurará ejecutar su Plan Nacional a través de sus propios centros y aquellos centros colaboradores, que garanticen la adecuada formación de los trabajadores que atiendan.

    Los centros colaboradores recibirán del INFOTEP metodología de formación, apoyo técnico-didáctico y subvenciones económicas, en la cuantía que se determine por acuerdos específicos con cada centro colaborador. Se podrán establecer acuerdos más amplios con instituciones públicas o privadas que mantengan varios centros de formación e integren el conjunto de sus centros al Plan Nacional.

    El INFOTEP deberá controlar, evaluar y certificar la formación impartida por los centros colaboradores, teniendo permanentemente acceso y capacidad de evaluación de sus instalaciones, programas y organización administrativa y docente.

    INFOTEP organizará cursos dentro de los establecimientos productivos, para los trabajadores ya ocupados o que vayan a ser ocupados por los mismos, de acuerdo con las necesidades de los establecimientos ya sean instituciones públicas o empresas públicas o privadas. El curso o conjunto de cursos que se establezcan, será objeto de acuerdos específicos entre el INFOTEP y las entidades correspondientes. El INFOTEP aportará en todo caso su metodología formativa y se encargará de la evaluación, control y certificación de los niveles alcanzados por los alumnos. El acuerdo establecerá los aportes que para su desarrollo realizarán el INFOTEP y las entidades correspondientes.

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