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El derecho al domicilio en el Perú

Enviado por Frank Niño Diaz


Partes: 1, 2

    1. Objetivos
    2. El domicilio en el Derecho Romano
    3. El domicilio en la actualidad
    4. Domicilio en el Código Civil peruano
    5. Violación de domicilio
    6. Conclusiones
    7. Bibliografías

    INTRODUCCIÓN

    El domicilio es un lugar donde la persona puede realizar diversas actividades, es un requisito necesario para cualquier trámite que se necesite para que nos lleguen los documentos directamente.

    El derecho al domicilio, es uno de los derechos fundamentales de la persona humana, el cual tiene que ser respetado y nadie puede vulnerar nuestro domicilio, ninguna autoridad salvo en delito flagrante. Dicho ambiente sirve para que la persona realice cualquier actividad que le parezca correcta, siempre respetando la ley.

    Acertadamente se afirma que muchas normas jurídicas requieren relacionar a cada persona con un lugar determinado. En efecto, la ley de algún lugar será la que se le aplique: a los jueces de algún lugar deberá eventualmente someterse: en algún sitio deberá cumplir de ordinario las obligaciones que contraiga. etc.

    Por eso la ciencia jurídica ha sistematizado las relaciones posibles de la persona con el lugar donde se encuentra, configurando un concepto para cada tipo de esas relaciones y dándole un nombre. Basta luego de cualquier norma que mencione ese nombre, para que se dé por sentado todo el contenido del concepto que previamente se ha establecido".

    OBJETIVOS

    • Conocer en que consiste el derecho de domicilio.
    • Manifestar las diferentes formas de manifestación del derecho de domicilio.
    • Fomentar la defensa del sujeto de derecho de domicilio.

    EL DOMICILIO EN EL DERECHO ROMANO

    1.- Etimología

    Etimológicamente, el término "domicilio" se descompone en dos voces latinas: "domus y colo, a causa de que domus colere significa habitar en una casa.

    El domicilio no estaba constituido solamente por la presencia del morador. Sino que se imponía, además, la intención de residir, la cual se expresaba en el hecho de haber establecido en dicho lugar el centro de actividades del morador.

    2.- Definición De Domicilio

    Inicialmente, se identificó al domicilio como casa-habitación, pero después se amplia este concepto, es decir, ya no se considera al domicilio como espacio donde habita el hombre permanentemente, sino se le agrega otra característica que es "el centro de las relaciones jurídicas.

    3.- Requisitos De Domicilio

    En la ley de Adriano se consideró que la residencia, si se prolongaba al menos 10 años. Importaba domicilio, y los requisitos para que se configurara el domicilio, eran:

    • Plazo indicado.
    • Que la residencia resulte habitual, no accidental.

    4.- Los Elementos del Domicilio

    Dichos elementos fueron los siguientes:

    • Efectiva residencia en un lugar.
    • Libre voluntad de permanecer en ella para morada y centros de negocios.
    • El ánimo de permanecer allí (este elemento fue incluido posteriormente).

    5.- Clasificación Del Domicilio

    De la siguiente manera:

    5.1. Voluntario: Es aquel elegido por el ciudadano romano.

    5.2. Originario: El determinado por el origen del nacimiento de la persona.

    5.3. Necesario: Es el domicilio que se Imponía en ciertos casos como:

    • El del empleado público o del soldado en donde servía.
    • El del desterrado en el lugar de su destierro.

    5.4. Un tipo de domicilio legal: El cual estaba determinado en función, del domicilio de otra persona, en el caso de relaciones existentes inter partes. Tal situación presentaba, por ejemplo, en el domicilio de una mujer casada, que era el del marido (domicium matrimonii). La viuda conservaba ese domicilio mientras no constituyera otro.

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