Descargar

Derecho informático. Marcas

Enviado por Roberto Azael


    edu.red

    ¿Qué es una Marca? • Una Marca es todo signo visible que se utiliza para distinguir e individualizar un producto o servicio de otros de su misma clase o especie. Su función principal es la de servir como elemento de identificación de los diversos productos y servicios que se ofrecen y se prestan en el mercado.

    edu.red

    ¿Para qué se registra? • Una Marca debe registrarse para que usted, como propietario, obtenga un Título de Registro que le da derecho a usarla en forma exclusiva en toda la República Mexicana. De esta manera nadie deberá usarla sin su autorización.

    edu.red

    ¿Cómo se registra? • Con esté propósito el IMPI ha elaborado una Guía del Usuario de Signos Distintivos, que tiene como propósito difundir entre el público los diversos aspectos relacionados con los trámites administrativos que se deben efectuar para solicitar la protección de los signos distintivos, a través de Marcas, Avisos y Nombres Comerciales.

    edu.red

    ¿QUÉ TIPOS DE MARCAS EXISTEN? ? Nominativas: Son las marcas que permiten identificar un producto y su origen mediante una palabra o un conjunto de palabras. Su importancia radica en que se debe distinguir fonéticamente, es decir, deberán ser lo suficientemente distintivas para diferenciar los productos o servicios en el mercado de aquellos de su misma especie o clase. Los nombres propios de las personas físicas pueden registrarse como marca, siempre que no se confundan con una marca registrada o un nombre comercial publicado. ? Innominadas: Son figuras que cumplen con la función de una marca. Este tipo de marca puede reconocerse visualmente pero no fonéticamente. Su peculiaridad consiste en ser símbolos, diseños, logotipos o cualquier elemento figurativo que sea distintivo. ? Mixtas: Son marcas que combinan palabras con elementos figurativos que muestran a la marca como un solo elemento o como un conjunto distintivo. ? Tridimensional: Son las marcas que protegen los envoltorios, empaques, envases, la forma o la presentación de los productos en sí mismos, si éstos resultan distintivos de otros de su misma especie o clase.

    edu.red

    14 14 a COMERCIALES 14 c 14 e 14 g 14 i MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COSTOS

    Conforme al Título Cuarto de la Ley Por los servicios que presta el Instituto en materia de marcas, avisos y nombres comerciales, se pagarán las siguientes tarifas:

    Por el estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca hasta la conclusión $2,303.33 del trámite o, en su caso, la expedición del título; 14 b Por la renovación de un registro de marca nacional, por cada clase; $2,433.41 Por el estudio de una solicitud para el registro de un aviso comercial hasta la conclusión $614.77 del trámite o, en su caso, la expedición del título; 14 d Por la renovación de un registro de aviso comercial; $730.24 Por el estudio de una solicitud de nombre comercial hasta la conclusión del trámite o, en $528.37 su caso, la publicación, y 14 f Por la renovación de la publicación de un nombre comercial. $654.81 Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca notoriamente $2,578.63 conocida; 14 h Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca famosa; $2,466.77 Por la emisión de la declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la $955.95 que se reconoce; 14 j Por la emisión de la declaración de marca famosa; $44,722.35

    edu.red

    CONVENIO DE BERNA • El Convenio de Berna trata de la protección de las obras y los derechos de los autores. Se funda en tres principios básicos y contiene una serie de disposiciones que determinan la protección mínima que ha de conferirse, así como las disposiciones especiales para los países en desarrollo que quieran valerse de ellas. 1) Los tres principios básicos son los siguientes: – a) Las obras originarias de uno de los Estados Contratantes (es decir, las obras cuyo autor es nacional de ese Estado o que se publicaron por primera vez en él) deberán ser objeto, en todos y cada uno de los demás Estados Contratantes, de la misma protección que conceden a las obras de sus propios nacionales (el principio del "trato nacional"). – b) La protección no deberá estar subordinada al cumplimiento de formalidad alguna (principio de la protección "automática"). – c) La protección es independiente de la existencia de protección en el país de origen de la obra (principio de la "independencia" de la protección). Empero, si en un Estado Contratante se prevé un plazo más largo de protección que el mínimo prescrito por el Convenio, y cesa la protección de la obra en el país de origen, la protección podrá negarse en cuanto haya cesado en el país de origen.

    edu.red

    CONVENIO DE BERNA • 2) Las condiciones mínimas de protección se refieren a las obras y los derechos que han de protegerse, y a la duración de la protección: • a) En lo que hace a las obras, la protección deberá extenderse a "todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión" (párrafo 1 del artículo 2 del Convenio). • b) Con sujeción a ciertas reservas, limitaciones o excepciones permitidas, los siguientes son algunos de los derechos que deberán reconocerse como derechos exclusivos de autorización: – el derecho a traducir, – el derecho de realizar adaptaciones y arreglos de la obra, – el derecho de representar y ejecutar en público las obras dramáticas, dramático–musicales y musicales, – el derecho de recitar en público las obras literarias, – el derecho de transmitir al público la representación o ejecución de dichas obras, – el derecho de radiodifundir (los Estados Contratantes cuentan con la posibilidad de prever un simple derecho a una remuneración equitativa, en lugar de un derecho de autorización),

    edu.red

    ¿CUÁL ES EL TIEMPO DE VIGENCIA DE UNA MARCA? • Diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, renovables por periodos de la misma duración. Artículo 95 de la Ley de la Propiedad Industrial.- El registro de marca tendrá una vigencia de diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma duración.

    edu.red

    ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE REGISTRAR UNA MARCA? • Una Marca debe registrarse para que usted, como propietario, obtenga un Título de Registro que le da derecho a usarla en forma exclusiva en toda la República Mexicana. De esta manera nadie deberá usarla sin su autorización

    edu.red

    EJEMPLOS DE LOS TIPOS DE MARCAS Nominativa

    Innominada

    Marca tridimensional

    Marca Mixta Denominación y Diseño

    Denominación y Forma Tridimensional

    Diseño y Forma Tridimensional

    Denominación, Diseño y Forma Tridimensional http://www.womenindistress.org/wp- content/uploads/2012/03/Avon-01.jpg http://www.explorandomexico.com.mx/photos/articles /thm-LOGOTIPO%20COMERCIAL%20MEXICANA.jpg http://mla-s2-p.mlstatic.com/frasco-perfumes- souvenirs-manzana-nina-evento-fiestas-4120- MLA2750703139_052012-O.jpg http://www.mtello.org/webs/danone/assets/bonafont- logo.jpg

    http://www.solconsultores.com.mx/timthumb.php?src =CGI- BIN/casos/pinol/pinol20110134.jpg&w=377&h=279&zc =0 https://aulaempresa.files.wordpress.com/2015/02/bot ella.jpg http://www.monografias.com/trabajos94/las- marcas/image008.png

    edu.red

    Clase 1 Clase 2 Clase 3 Clase 4 Clase 5 Clase 6 Clase 7 CLASES DE MARCAS Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas. Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; composiciones para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación. Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; artículos de cerrajería y ferretería metálicos; tubos y tuberías metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales metalíferos. Máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para vehículos

    edu.red

    FORMATO PARA LA SOLICITUD DE UNA MARCA • http://www.impi.gob.mx/servicios/Formatos/I MPI_00_001_2012.pdf

    edu.red

    Conclusión • La pagina del IMPI nos proporciona gran información acerca de las marcas desde que son, para que se registran, los tipos de formas en que se registran y eso es de mucha utilidad al momento de querer registrar tu propia marca.