- Silogismo jurídico
- Formalidades: son de forma y de fondo
- Actos prejudiciales
- Principios que rigen la providencia precautoria o actos prejudiciales
- Conclusión
- Bibliografía
SILOGISMO JURÍDICO
El cual está integrado por una premisa mayor, que es la norma jurídica, y por una premisa menor, que son los hechos, y por último una conclusión.
Pretensiones = es lo que se pide.
Demanda.
Hechos.
Cabe señalar que EL FONDO DEL ASUNTO está determinado por el Código Civil.
Y el procedimiento está reglamentado por tal artículo.
Por lo que se refiere AL CAPÍTULO DE PRESTACIONES se basa en el requisito de forma de la demanda.
Amparo directo; procede contra violaciones al procedimiento.
Prescripción positiva; es la usucapión.
La posesión se acredita a través de la testimonial.
Acción: Se llama acción el medio de hacer valer ante los tribunales los derechos establecidos en la ley.
Excepción: Son las defensas que puede emplear el demandado para impedir el curso de la acción o para destruirla.
Proceso: Es la solución heterocompositiva, es decir, la solución imparcial, a cargo de un órgano de autoridad del Estado.
FORMALIDADES: SON DE FORMA Y DE FONDO
Por lo que se refiere a la formalidades de forma: en cuanto a la redacción, cada quien le pone su estilo, Primera la de forma hoja tamaño oficio, segunda nombres fechas van con mayúscula, y los artículos van con número y los hechos van con números arábigos; 1, 2,3, y el derecho va con números romanos I, II, III, y las prestaciones van con incisos, y por último lo que se pide va primero segundo. Los hechos van uno por uno |
1. EN EL PREÁMBULO: se debe especificar a qué autoridad va dirigida, si se sabe que hay nada más de un juez. 2. Pero si existen más de dos jueces se debe anotar de la siguiente manera: C. juez en turno. |
"Comentario del maestro" Distritos judiciales: el Juez Mixto resuelve de materia civil y penal.
Primer requisito que se pide, que acción se ejercita, en que vía a quien se demanda y señalar domicilio.
Proceso: Conjunto de actos regulados por la ley con el
objetivo de la aplicación.
Proceso = Esta en la ley es de forma abstracta y son actos para alcanzar un fin.
Procedimiento Son las formalidades, (dirimir una controversia, hechos fácticos).
Juicio sumarísimo = prontitud.
Juicio sumario. 20 días, 5 para ofrecer
pruebas y 15 días para desahogar.
PROCESO JURISDICCIONAL
Existen procesos jurisdiccionales penales, constitucionales, administrativos, y judicial
PROCESO JURISDICCIONAL.- Son los diferentes actos que realizan las partes que presentan posiciones antagónicas cuando acuden a un órgano jurisdiccional a efecto de que se les resuelva favorablemente a sus respectivas reclamaciones.
Juicio: Para el Maestro Pallares, sometes a la autoridad hechos concretos.
Procedimiento.-
ELEMENTOS DEL JUICIO: (PREGUNTA DE EXAMEN)
1.- Cuestiones fácticas situaciones reales o concretas "existencia de un juicio".
2.- Norma jurídica.
3.- Órgano jurisdiccional.
4.- Aplicación de normas jurídicas.
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