III.- Proyecto Nacional Venezuela y la Dimensión Económica Internacional: Política Exterior y Política Petrolera (1936-1958).
1.- Gobierno de Eleazar López Contreras
A.- Orden Económico y Petrolero:
1.- Creación del Ministerio de Agricultura y Cría: inicio de una programación agrícola y pecuaria.
Por decreto de 25 de febrero de 1936, se crea el Ministerio de Agricultura y Cría. Esta rama había sido, hasta ese momento, una sección del Ministerio de Salubridad y, consiguientemente, este despacho se denominaba Ministerio de Salubridad y Agricultura y Cría. Con este nuevo Departamento del Ejecutivo Federal, se inicia la acción del Estado venezolano sobre las fuentes de producción agropecuarias. Los primeros pasos fueron de organización y de formación de personal. Se podría decir que las actuaciones iniciales de este Ministerio se concretaron a la docencia y a los programas de experimentación. Después, se llevaran a cabo las medidas proteccionistas de la agricultura y cría, y la preparación del papel para poder fundamentar una reforma agraria.
No obstante las críticas de la oposición, que para ese tiempo se agrupaba en nacientes partidos políticos, como ORVE, PRP, PDN, y otros, y de agrupaciones como la Federación de Estudiantes de Venezuela, sobre los primeros pasos del Ministerio de Agricultura y Cría, pues proponían que revolucionariamente se procediera a la reforma agraria, con expropiación de tierras y otras medidas drásticas, no obstante, el Gobierno inició por primera vez la intervención estatal en la producción agropecuaria con medidas fundamentales, que los mismos opositores al régimen no podían dejar de aprobar.
Pero, una vez que el Ministerio de Agricultura y Cría inició su funcionamiento, con una organización provisional, se dieron las primeras orientaciones para la campaña de mejoramiento de los diversos sectores de la producción agropecuaria. Con un presupuesto mínimo para la acción específica, se propone crear instituciones y servicios en todo el territorio nacional.
Con ello, se iniciaron los estudios relacionados con el conocimiento de la riqueza agrícola nacional por medio del Servicio Botánico. Sin este conocimiento había sido imposible, la instalación de Estaciones y Centros Experimentales y Granjas Agrícolas de demostración. Se crea en 1938, la Escuela Superior de Agricultura y Zootecnia. También la Escuela Superior de Veterinaria, de donde saldrán los primeros médicos en esta rama. El Gobierno llevó la enseñanza agrícola a diversos sectores del país, a cuyo efecto práctico se creó la Escuela Práctica de Agricultura y Centro de Demostración del Estado Aragua. Se creó la Escuela de Mayordomos, especialmente para Haciendas de Café, por ser este fruto el que aún para esa época suministraba divisas. Se creó la Escuela de Demostración del Hogar Campesino, a fin de difundir la educación de las gentes del campo a fin de que recibieran los conocimientos y modales que les permitiesen modificar sus propios hogares. Los Clubes Agrícolas 5-V, para la educación de la juventud campesina; becó a 252 estudiantes en el país y 75 en el exterior para estudiar agronomía y Veterinaria. Se crearon Escuelas de Botánica y Apicultura; se filmaron películas para la ilustración agraria, y se creó la Revista "El Agricultor Venezolano", como elemento de divulgación.
Para la defensa de la ganadería el Ministerio creó el Instituto de Investigaciones Veterinarias, con Laboratorios anexos para la elaboración de productos veterinarios. Construyó varios edificios para el funcionamiento de este servicio. Se establecieron las Estaciones de Zootecnia para los ensayos de cruce de razas con las criollas; se construyeron 32 Estaciones de Monta y se inició la campaña de erradicación de la garrapata por medios técnicos; se construyó aguadas; y en materia de piscicultura, se introdujo en el país el cultivo de la trucha en las regiones andinas, en donde se establecieron los primeros viveros y los primeros satisfactorios resultados, que hoy, aún, constituye una verdadera industria.
En relación con la economía agrícola, y la economía popular se establecieron los primeros silos y graneros en la Encrucijada, Estado Aragua, y en Acarigua, Estado Portuguesa, y se fundaron los Mercados Libres en Caracas y en diversas ciudades del interior del país. Dentro de este mismo criterio de protección y expansión de las labores agrícolas, el Ministerio creó las primeras Cajas Rurales, tipo Raiffeissen, con aportaciones del propio Ministerios, del Banco Agrícola y Pecuario y de los Gobiernos de los Estados. También se da el suministro de semillas a los agricultores, la apertura de la protección creditícia que hasta ese momento se había cumplido tímidamente a través del Banco Agrícola y Pecuario, la recuperación e inalienabilidad de Tierras Baldías y la campaña en pro del fomento y conservación de la riqueza forestal. Todo un vasto programa de realizaciones fundamentales que serán la base del desarrollo agropecuario de Venezuela se llevaron a cabo en 5 años los que coloca a dicha administración Lopecista como la pionera en el desarrollo de este sector.
En definitiva, realmente fue en la Administración de López Contreras que se empieza a dar una programación institucional al sector agrícola, aunque luego este vaya a ser desplazado por el sector petrolero. Sin embargo, si este tipo de programas hubiese tenido apoyo y continuidad quizá la historia agrícola nacional sería otra. Claro está que el estudio de la Historia no acepta este tipo de reflexiones.
2.- Creación del Banco Central de Venezuela.
La creación del Banco Central de Venezuela marca un punto de partida para la organización de las finanzas nacionales, y la incorporación de Venezuela al grupo de países latinoamericanos que ya habían alcanzado un grado de evolución en la cuestión monetaria y financiera.
Dentro de los puntos del Programa de Febrero el Presidente López Contreras había expuesto con claridad sus puntos de vista sobre la instauración institucional de la República, y dentro de estos puntos de vista, estaba, el estudio de la organización bancaria, para su debida reforma, de manera que los bancos respondan mejor a las necesidades del comercio y otras actividades económicas y tengan adecuada protección los depositantes.
El establecimiento de un Banco Central de Emisión, fue otro de los puntos del Programa de Febrero que recibió ejecución. Después de estudios realizados tanto en el país como en el exterior se elaboró el Proyecto de Ley del Banco Central de Venezuela que fue discutido por primera vez en las Cámaras Legislativas en sus reuniones ordinarias de 1939. Sancionada la Ley del Banco Central por el Congreso Nacional, recibió el ejecútese del Presidente de la República el día 8 de septiembre de 1939.
Entre sus actividades más importantes figura su cooperación para el Decreto sobre Control de Importaciones que el Gobierno, dada la situación económica producida por la Segunda Guerra Mundial, se vio precisado a dictar en defensa de la economía nacional, y para atender de manera equitativa al pago de las importaciones, pues la disminución de divisas ocasionada por la disminución del volumen de ventas de las Compañías petroleras, traían consecuencialmente un desajuste peligroso en la balanza de pagos.
3.1.- Política Petrolera basada en la previsión para el futuro.
La política petrolera del Presidente López Contreras, en materia de concesiones, fue de previsión para el futuro. Cuidó la riqueza petrolífera nacional y con ello puso las bases para que más tarde, a través de todos los cambios en la política del país, se pudiera llegar a un ensayo de explotación directa. Renunció a la obtención de grandes recursos financieros que le huebieran permitido llevar a la práctica todos sus grandes planes administrativos.
Con la restricción total de las concesiones abrió dos posibilidades: mayor participación del país en sus recursos petroleros, y reservas de riquezas que permitirán la superación del país en un corto lapso de 30 años.
Las concesiones que el Gobierno otorgó entre 1936 y 1937, fueron dadas bajo condiciones que proporcionaron ventajas especiales para la Nación, tales como: aumento del impuesto de exploración, del inicial de explotación y de regalías; obligación por parte de los concesionarios de depositar en el país, a la orden del Ejecutivo Federal, sumas determinadas para ser invertidas en obras de interés nacional, y obligación, por parte de varios de los mismos de establecer refinerías en el país con capacidades diarias no menores de diez mil barriles.
Desde 1936 hasta 1940 la producción petrolera mantuvo un movimiento ascendente, el cual tuvo su origen en el desarrollo de la industria en los Estados Zulia, Monagas, Anzoátegui y el Territorio Federal Delta Amacuro, de las incorporaciones de Tía Juana y Pedernales en 1937, las de Temblador, Bachaquero y Oficina en 1938, y la de Jusepín en 1939.
Así también, se realizaron varios convenios con algunas compañías petroleras para realizaciones beneficiosas para el país. Las Compañías Venezuelan Oil Concession Limited, Venezuela Oil Development Company y Caribean Petroleum Company, se comprometieron a suministrar gas a Maracaibo para usos domésticos, industriales y comerciales, instalando al efecto un gasómetro y las tuberías para la conducción y distribución del gas. Se creó, también, la Dirección de Hidrocarburos y se reorganizó y aumentó considerablemente el servicio de inspección de los mismos.
3.2.- Ley de Hidrocarburos de 1938 y Reclamaciones de las Compañías Extranjeras
Durante la administración 1936-1941 se tomaron medidas para mejorar las condiciones de Venezuela dentro del negocio petrolero que ocasionaron la reacción de las Compañías. Una de esas medidas fue la aprobación por el Congreso de una nueva Ley de Hidrocarburos y demás minerales combustibles en el año de 1938. El proyecto de esta Ley fue presentado ante las Cámaras por Néstor Luis Pérez, Ministro de Fomento. Algunos de los puntos de esta nueva Ley eran la posibilidad de la constitución de empresas mixtas, de capital estatal y capital privado para la explotación de las concesiones petroleras; la obligación por parte del estado de instalar una planta de refinación por sus propios recursos, y que los impuestos petrolíferos podían ser exigidos por el estado en oro o en moneda nacional y no en dólares o en otras monedas extranjeras que pudieran sufrir devaluaciones en épocas críticas.
Los diputados de la oposición apoyaron el proyecto del Ministro con sus puntos positivos; pero cuando aquel fue pasado al Ejecutivo habían desaparecido dichos puntos ventajosos para la nación que inquietaban a las compañías y fue sólo después de un año que el texto de la Ley pudo reconstruirse y enviarse al Presidente. Sin embargo, no es hasta 1940 que se promulga dicha ley, cuando el Ministro Egaña declara que se aplicará por igual a todos los concesionarios.
Las Compañías presentaron su desacuerdo a través de un Memorandum al Ministro. En el Memorandum las petroleras discreparon del criterio del Ministro de Fomento en cuanto a su declaración de que el reglamento podía ser aplicado en todas las situaciones. Las compañías solo aceptaban que fuese aplicable a las concesiones que se otorgasen de acuerdo a la Ley del año 1938. Más tarde, exponían que ni siquiera mediante la promulgación de una nueva ley podrían modificarse o limitarse en forma alguna, los derechos que a favor de las compañías concesionarias consagraron las leyes anteriores.
Otro punto objetado por las petroleras fue el referente a las exoneraciones, pues en él se prescindía de las palabras "derechos de exoneración" que incluían todas las leyes anteriores. Para las petroleras no era admisible que por un decreto reglamentario de la Ley del año 1938 se desvirtúe el carácter de un derecho reconocido por Leyes anteriores. Además de los cambios introducidos en la calificación de la exoneración el reglamento establecía para que aquella fuese posible una serie de requisitos adicionales, que según las compañías carecían de sentido práctico y eran imposibles de hacer.
Las petroleras exponían al Ministro de Fomento, que el reglamento sometido a sus críticas, las privaba de libre ejercicio de sus derechos otra vez más, pues al imponerse a los dueños de concesiones regidos por Leyes anteriores, la obligación de solicitar para los traspasos un permiso especial, estableciendo por consiguiente, una limitación del derecho que ellas tenían de hacer tales traspasos con una simple notificación ulterior al Ministerio.
Entre otras muchas críticas, estas son un ejemplo de las reclamaciones de las petroleras extranjeras que presentaron en su momento al gobierno venezolano. Entre las compañías que firmaron dicho Memorandum estaban: PP. The Caribbean Petroleum Company; PP. The Venezuelan Oil Concessions, Ltd.; PP. The Colon Development Company, Ltd; The Venezuelan Oil Development Co., Ltd; PP. Mene Grande Oil Company, C.A.; PP. The Texas Company (Vnezuela), Ltd.; PP. Texas Petroleum Company; PP. Compañía Consolidada de Petróleo; PP. Caracas Petroleum Corporation; PP. North Venezuelan Petroleum Co., Ltd.; PP. Tocuyo Oilfields of Venezuela, Ltd.
Otro enfrentamiento fue en este período, el que tuvo el gobierno con la Mene Grande Co., antigua Gulf Oil Co. De Venezuela, por concepto de impuesto de explotación de petróleo no pagado desde febrero de 1927 hasta enero de 1931. Para ese entonces, la Venezuela Gulf Co., debía pagar a la Nación 30 millones de Bolívares. La compañía no aceptaba la deuda. Esta actitud intransigente de la Gulf y su resistencia a cancelar la suma adeudada continuó hasta el año 1936 en que se dieron por fracasadas las discusiones. En 1937, el Fisco Nacional ocurrió a la Corte Federal y de Casación para solucionar judicialmente el reclamo, pero luego se paralizó la demanda y se reabrieron las conversaciones.
En 1940, López Contreras estaba deseoso de solucionar amistosamente este asunto, y resolvió comisionar a dos venezolanos para reanudar las conversaciones con los Directores de dicha Compañía; luego de varios viajes la Mene Grande, finalmente, asumió la deuda por la cantidad calculada por Venezuela, cancelando 40 millones de Bolívares.
En definitiva, y por otra parte, esta nueva ley autorizaba al Ejecutivo Federal a ejercer de manera directa su potestad en cualquiera de las fases de la industria extractiva. El Ejecutivo quedaba facultado al respecto para crear empresas, establecimientos industriales e institutos oficiales autónomos y también para reglamentar la organización, el funcionamiento y la administración de los mismos. Así, fue aumentada la carga impositiva con el objeto de que el Estado participara más en los proventos de la explotación de los hidrocarburos. El impuesto de exploración fue elevado de Bs. 0,10/ha. A Bs. 4/ha.; el canon inicial de explotación fue aumentado de Bs. 2/ha. a Bs. 8/ha.; y el canon mínimo, que era del 10% del valor del mineral explotado, fue asimismo modificado, estableciéndose la distinción entre concesiones otorgadas sobre terrenos baldíos y concesiones sobre terrenos nacionales, municipales y particulares. Para las primeras se fijó un canon de 16% mínimo, y para las segundas el mismo 16%, sólo que de este correspondía el 15% a la Nación, y el 1% restante debía repartirse entre la Municipalidad y el propietario particular. Con esta nueva ley se le reconocía al propietario participación o royalty sobre la riqueza extraída. La ley autorizaba al Ejecutivo a elaborar un sistema apropiado para determinar el precio del petróleo venezolano, ya que el Congreso consideraba impropio que el valor de ese recurso fuese fijado unilateralmente en el mercado norteamericano.
Sin embargo, promulgada la ley el 13 de julio de 1938, las compañías extranjeras no quedaron satisfechas con los términos de la nueva ley; y a tal efecto, no solicitaron concesiones y continuaron operando conforme a la legislación gomecista; hasta la nueva ley de 1943 con el Gobierno de Medina Angarita.
3-B.- Política Exterior:
3.B.1.- Convenios Comerciales con las Potencias Mundiales con Motivo del conflicto armado mundial
López Contreras anunció la necesidad de dar un nuevo rumbo a la política comercial, superando las fórmulas liberales seguidas hasta entonces y defendiendo una política proteccionista para la producción nacional, adaptada a las nuevas tendencias y condiciones del comercio internacional prevalecentes después de la guerra en la mayor parte de los países. Movida por esta intención, la Cancillería se dispuso a operar con instrumentos tales como los tratados comerciales y los sistemas de cuotas para el logro de tales objetivos y el Ministerio de Hacienda introdujo al Congreso un proyecto de ley de arancel de aduanas, el se aprobó el 13 de octubre de 1936.
En la exposición de motivo, se puso de manifiesto la intención de intervenir en las actividades confiadas al libre juego de los intereses particulares, armonizando los aspectos fiscales con los intereses económicos y sociales. Para ello, se propuso la reducción de ciertos aforos para dar impulso a las industrias agrícolas y pecuarias que soportaban en su mayor parte la tributación aduanera favoreciendo así el instrumental económico necesario para el desarrollo del país.
Esta ley afectó el comercio de productos norteamericanos, en especial aquellos relativos a la industria automotriz y alertó a los funcionarios encargados del comercio exterior etadounidense sobre la necesidad de salvarguardar la exportación de productos de ese país y la necesidad de iniciar la negociación de un Tratado Comercial que controle este tipo de iniciativas.
Por su parte, el ministro de Relaciones Exteriores venezolano, Esteban Gil Borges, tomó la iniciativa de iniciar las conversaciones para la firma de un Tratado Comercial con los Estados Unidos. A medida que avanzaban las conversaciones, Venezuela va perdiendo interés en la firma del Tratado, pues la firma del mismo en los términos en que lo planteaban los Estados Unidos, sobre la base de la cláusula incondicional de la nación más favorecida, sólo beneficiaría a las compañías petroleras y no al país, mediatizaría las posibilidades de diversificación económica y exportación y afectaría al erario nacional debido a las rebajas en las tarifas aduaneras promovidas desde Norteamérica a través de la nueva política comercial establecida por el Presidente Roosvelt con el "Trade Agreement Act". Este representaba un instrumento en manos del Presidente, que lo habilitaba para eliminar y modificar las barreras internas al comercio exterior, a la par que influyó en la eliminación de las mismas en el contexto del comercio internacional, mediante las firmas de tratados comerciales sobre la base de la cláusula incondicional de la nación favorecida.
Esta política constituyó una nueva fórmula liberal, contradictoria con la política proteccionista y nacionalista que intenta desarrollar el gobierno de López Contreras, de la cual la Ley de Arancel de Aduanas fue la primera expresión.
La negociación del Tratado Comercial con los Estados Unidos se dio en este marco de comercio internacional y constituyó un proceso de complicadas negociaciones que concluyeron con la firma del tratado en noviembre de 1939.
Venezuela, convencida de los escasos beneficios que recibiría de las concesiones petroleras y de que los términos del tratado eran desfavorables para el país; pero temiendo aislarse del proceso de concertación global de tratados comerciales que se firmaban en ese momento en el resto de países latinoamericanos con los Estados Unidos y temerosa de granjearse posibles discriminaciones y represalias por parte del gobierno latinoamericano, principal suplidor comercial y cliente y consciente también del deterioro de la situación política y económica europea, resolvió sugerir la conveniencia de establecer un modus vivendi con una duración de un año que fuera idéntico al Tratado propuesto.
Además de los anteriormente dicho, el 12 de abril de 1938, se publicó un Decreto que creó el sistema de contingentes para los productos que se importaban al país.También, se firmaron convenios y modus vivendi con Francia, Dinamarca, Noruega, Colombia, Alemania, Italia, Japón y Portugal. Con estas medidas, y con los contingentamientos de impuestos, se evitó que algunos países que practicaban sistemas restrictivos redujeran sus importaciones de Venezuela y se consiguió un aumento del cupo asignado a los productos venezolanos, lográndose de ese modo la ampliación de mercados.
2.- Creación de la Comisión Económica, para el estudio de las consecuencias del conflicto europeo sobre la economía nacional.
La crisis sobrevenida con motivo del conflicto europeo exigió medidas de urgencia y estas fueron prontamente formuladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y aplicadas con constancia. Se revisaron los tratados de comercio con la cláusula de la Nación más favorecida; se celebraron numerosos tratados de compensación fundados sobre el equilibrio de la balanza de comercio como principio regulador de las relaciones económicas del país; se protegió el mercado interno con los productos nacionales por medio del Decreto sobre contingentes ya señalado; se protegió la integridad de la moneda venezolana por la reglamentación de la distribución de divisas por Decreto de Octubre de 1940; se organizó la acción concertada de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Hacienda, de Fomento y de Agricultura y Cría por el Decreto de 30 de Noviembre de 1938 que creó la Comisión de Comercio Exterior; se organizó la cooperación de los grupos de intereses comerciales, bancarios y agrícolas con el Ministerio de Relaciones Exteriores; se revisó el Tratado perpetuo con Gran Bretaña; se celebró un Tratado de reciprocidad comercial con los Estados Unidos que abrió a los principales productos de exportación venezolanos, libres de derechos arancelarios, el vasto mercado norteamericano y que aseguró la introducción con la reducción de la mitad de los derechos arancelarios a 45 millones de barriles de petróleo venezolano.
El efecto de esas medidas que formaron un sistema coherente de política defensiva del mercado interno, de la moneda y de los productos de exportación en los mercados exteriores, habían comenzado a dar resultados tangibles cuando sobrevino la guerra europea. En vista de la situación de emergencia creada por el conflicto, se encargó el Ministerio de Relaciones Exteriores de formular un plan que coordinara la acción de los Departamentos del Ejecutivo y proyectara las medidas necesarias para conjurar o atenuar las consecuencias de la guerra sobre la economía nacional. Así, se creó la Comisión Coordinadora y el Ministerio de Relaciones Exteriores preparó el programa de trabajo que comprendía las medidas necesarias para el abastecimiento de la población; para la regulación y coordinación de los medios de transporte; para evitar la elevación del costo de la vida ; para la seguridad del mercado monetario y cambiario y la estabilidad de la balanza de pagos; medidas financieras para conjurar la disminución de los ingresos y el desequilibrio del presupuesto.
Estas medidas constituyeron un plan de política económica de emergencia, y oportunamente llevadas a la práctica por la acción coordinadora de los Departamentos del Ejecutivo, contribuyeron a disminuir las consecuencias más peligrosas de la guerra sobre la economía nacional.
2.- Gobierno de Isaías Medina Angarita.
A.- Orden Económico y Petrolero:
1.- Ley de Hidrocarburos de 1943.
1.1.- Principales causas que motivaron la promulgación de la Ley de Hidrocarburos en la Administración del Presidente Medina Angarita.
En el año 1940, finalizando el gobierno de López Contreras, la producción petrolera descendió notablemente. Así, en 1939 se habían producido 30.535.706 toneladas métricas, y en 1940 la cifra llegó a 27.443.001 toneladas métricas. Por consiguiente, este descenso petrolero conllevaba una baja en los ingresos fiscales. En 1939 se exportaron 28.238.688 toneladas métricas de petróleo crudo, cifra que se redujo en 1940 a 23.437.539 toneladas métricas. Esta situación de disminución, tanto de la producción petrolera como de los ingresos fiscales, hizo que el Ministro Egaña convocara a los representantes de las Compañías petroleras en Venezuela.
Entre ellos, el representante del grupo Shell expuso una explicación del descenso de la producción, hecha en un informe presentado al Ministerio inglés; entre estas causas están:
.- Disminución del consumo de petróleo y de sus derivados, es decir, disminución del llamado consumo civil (precaución de los gobiernos beligerantes y de los neutrales), y disminución del consumo en el frente de la guerra.
.- Menor número de buques-tanques en actividad. Al comenzar las hostilidades el gobierno británico tomó el control de los buques-tanques que viajaban con bandera inglesa, de manera pues que las vías marítimas no eran aquellas que la Shell y otras empresas petroleras deseaban desarrollar, sino las que permitía el Alto Comando Inglés.
El representante del grupo Standard, por su lado, hizo notar que dicha caída en la producción de las Compañías del grupo Lago (además de las causas mencionadas por el representante de la Shell), era más que todo relativa, puesto que los dirigentes de estas empresas, tanto en el exterior como en Venezuela, creyeron al comienzo de las hostilidades que iba a haber una gran demanda de petróleo y por eso se ordenó aumentar la perforación y abrir los pozos a su máxima capacidad, con el resultado de que muy pronto se llenaron los depósitos de almacenamiento, y consiguientemente se tuvo que disminuir la producción.
Sin embargo, las empresas se habían comprometido a mantener estables sus cifras de producción; y al finalizar el año 1941 la producción petrolera había subido a 33.352.596 toneladas métricas. Para 1942 se produce otra baja y se llegan a producir 21.550.375 toneladas métricas.
La causa de este último descenso estaba en los efectos que sobre la producción y la exportación de petróleo desde los campos petroleros de Maracaibo habían tenido los ataques submarinos en el Caribe, pues el sistema completo de transporte se desarticuló; así se redujo el embarque de crudo de 17.500.000 a 2.500.000 toneladas.
Con respecto a la reducción del ingreso fiscal correspondiente al descenso en la producción petrolera en ese año de 1942; las compañías petroleras ofrecieron pagar el impuesto de explotación a una tasa equivalente a la cantidad de 400.000 barriles diarios como un crédito cuando la producción exceda esas cifras. Pero, el gobierno no aceptó estas ofertas, pues éste aspiraba a solucionar ese problema de disminución de ingresos fiscales de una manera permanente por medio de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos y de la promulgación de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Sin embargo, habían quienes se oponían a estas soluciones definitivas; alegando que dichos problemas eran fácilmente solucionables con un aumento de impuestos sobre Hidrocarburos, pues estas medidas no afectarían los intereses extranjeros. De esta manera, fueron reajustados los sueldos de la Administración Pública, se gravaron de nuevos impuestos a la gasolina y los fósforos, se cercenaron drásticamente las partidas destinadas a estimular la producción industrial y agrícola y se apeló al empréstito.
Lo cierto es que el gobierno necesitaba ese dinero para darle empuje a un amplio plan de obras públicas, que a su vez solucionaría en parte el problema del desempleo creado por la baja en la producción petrolera. Así, el 1° de Enero de 1943 entró en vigencia la Ley de Impuesto sobre la Renta y el 13 de Marzo de ese mismo año fue promulgada la Ley de Hidrocarburos.
De esta manera se tiene que una de las causas que impulsaron a la Administración Medina a la promulgación de estas leyes fue la necesidad nacional de lograr un aumento en los ingresos fiscales.
1.2.- Promulgación de la Ley de Hidrocarburos de 1943: una ley negociada.
Por otra parte, como lo afirma Nora Bustamante: "… la reforma del año 1943 fue negociada" . Pues se abrieron una serie de conversaciones y consideraciones entre el Gobierno Venezolano y las Petroleras extranjeras, con la finalidad de llegar a una Ley acordada en la cual ambas partes estuvieran satisfechas.
En principio, las compañías extranjeras encontraron como un insulto el hecho de que el gobierno venezolano pretendiera reformar la ley de 1938 para aumentar las regalías. Sin embargo, luego de serias consideraciones por parte de las peteroleras y de la intervención de mediadores norteamericanos, aquellos aceptaron comenzar las discusiones enumerando ciertas ventajas que las podrían compensar por un incremento en las regalías a pagar; éstas serían: extensión de la duración de las concesiones, con acuerdo para el otorgamiento de concesiones adicionales en tierras que tengan posibilidades de contener petróleo y simplificación de los procedimientos.
Claro está, el Gobierno tuvo la última palabra en cuanto a las condiciones que puso a las Compañías para llegar a un acuerdo definitivo.
En todo el transcurso de las conversaciones siempre estuvo presente la impresión del Estado Norteamericano y de los representantes petroleros, sobre la revisión de la política petrolera, fue el miedo a la expropiación, y más aún, en dicho momento que vivían las Naciones aliadas, sedes de los grandes consorcios petroleros, Shell y Standard, con motivo de la Segunda Guerra Mundial, era de vital importancia el petróleo.
En este sentido, en un Memorándum al Presidente Roosvelt del Presidente Medina, se planteó que con la revisión de la Ley de Hidrocarburos no se pretendía de ningún modo nacionalizar la industria, ni tampoco despojar de sus concesiones a quienes las hubieran adquirido legalmente. Tampoco había intención alguna de perjudicar a la Industria sometiéndola a exigencias irracionales.
Como respuesta a dicho Memorándum y por la visita satisfactoria del Doctor Manrique Pacanins, Roosvelt le comunica a Medina que entendía que la política del gobierno venezolano fuese a tratar imparcialmente con las Compañías americanas y otorgar pleno reconocimiento a sus legítimos derechos y que era conocida la necesidad de mantener la producción en el interés de ambos países. El Presidente Roosvelt estaba seguro de que el gobierno venezolano y las Compañías encontrarían un ajuste satisfactorio a todas las cuestiones que se encontraban en controversia.
Esto es una muestra endente del reconocimiento norteamericano de que el Gobierno venezolano tenía una verdadera y urgente necesidad de reformar la Ley de Hidrocarburos de 1938, y que por lo tanto, las petroleras debían aceptar las nuevas regulaciones que dispondría el Gobierno. De esta manera, los representantes de las Compañías reanudaron nuevas negociaciones, que ya se habían interrumpido por diversas discrepancias en cuanto a los derechos del Gobierno sobre las regalías.
Las Compañías petroleras habían presentado al Presidente Medina un Proyecto de Ley, que éste rechazó absolutamente porque era desventajoso para el país.
Las conversaciones continuaron satisfactoriamente hasta que el 6 de Febrero de 1943 la Comisión que nombró el Presidente para que redactara la Ley de acuerdo a las líneas indicadas, había culminado el Proyecto de ley, el cual fue presentado ante el Congreso para su aprobación el día 5 de Marzo de 1943. La Comisión consideró que el Proyecto de Ley fue el resultado de una política venezolana, compartida por toda la Nación.
En la discusión en el Congreso sobre la aprobación de esta ley, una de las intervenciones más controversial y fundamental fue la de Juan Pablo Pérez Alfonso, representante del partido Acción Democrática, quien señaló que en síntesis podrían señalarse dos grandes grupos de ventajas: ventajas de orden técnico y jurídico; y ventajas de orden económico. Entre las primeras sobresalían la unificación de las relaciones de los concesionarios y el Estado; y la más definida y clara intervención que en el funcionamiento de la industria había tenido el Estado. Entre los de orden económico, estaban el aumento de los impuestos, tomadas en conjunto, la supresión de las exoneraciones de tributos aduaneros, la regulación del transporte del petróleo, la obligación para las Empresas de llevar en Venezuela su contabilidad industrial, la supresión de diferencias injustificadas de los impuestos cobrados a los Concesionarios por razón de la ubicación de las parcelas, y los convenios respecto a refinerías celebrados en relación con el Proyecto.
Sin embargo, Pérez Alfonzo salvó su voto, y razonó su oposición a dos puntos esenciales del mismo: en primer lugar, se pronunció contra la sanatoria total de los vicios de la industria del petróleo en Venezuela. En segundo lugar, se opuso al Artículo 41 del proyecto, el cual especificaba que el impuesto de explotación sería igual al 162/3% del petróleo crudo extraído, lo que representaba el 50 % de las ganancias petroleras a favor del Estado, porcentaje que resultaba al hacer el cálculo sobre 8 centavos de dólar como precio medio de venta del barril americano de petróleo en los años 1936, 1937 y 1938. En este sentido, Pérez razonó que la relación de utilidades de 241/2 para el Estado y 161/2 para las Compañías, solo podía darse en circunstancias que difícilmente ocurrirían en la realidad, y de ocurrir serían contrarias a los intereses nacionales, pues tendría que darse una explotación muy baja y un precio igualmente muy reducido.
Evidentemente los hechos posteriores demostraron que los cálculos de Pérez Alfonzo acerca de lo que pasaría cuando subiera el precio del petróleo eran exactos; pues, en el año 1943, las ganancias de la industria petrolera fueron de un 54 % para las Empresas y de un 46 % para el Fisco. En 1944, el fisco obtuvo un 54% y las petroleras un 46 %. Pero después al subir los precios petroleros, la participación de las Compañías: 58% fue superior a la del Estado: 42%. Y llega el año 1946 con un 53% de ganancias para las petroleras y un 47% para el estado. Sin embargo, esta posición tomada por Pérez Alfonzo frente a la Ley de Hidrocarburos de 1943, fue totalmente contradictoria a la que tomó siendo miembro del Gabinete de la Junta Revolucionaria de 1945.
Se reseñaron brevemente estos argumentos, que fue entre muchos, uno de los más importantes para que se puedan notar los resultados, tanto positivos como negativos que trajo consigo la Ley de 1943 sobre Hidrocarburos, que sin embargo mejoró la posición del Estado frente a las ganancias de las Compañías petroleras.
En definitiva, para culminar este apartado dicha ley fue negociada (como ya se dijo en principio), participando, incluso, el Departamento de Estado norteamericano para que las Compañías cambiasen su actitud intransigente y su negativa a colaborar. Fue una Ley-Convenio. Hubo concesiones de parte y parte; pero finalmente el gobierno tuvo en sus manos un instrumento para hacer que las Compañías aceptaran someterse a la filosofía impositiva del Estado, ya que la Ley de Impuesto sobre la Renta se aplicó en estrecha relación con la de Hidrocarburos. Esta última, llevaba en sí mismas las posibilidades de que el Estado venezolano fuera teniendo cada día mayor injerencia en el negocio petrolero, hasta llegar a la nacionalización.
1.3.- Balance de la Ley de Hidrocarburos de 1943.
Una de las consecuencias favorables de dicha ley fue la unificación de la legislación petrolera que selló los permanentes conflictos por deudas, reclamaciones y enfrentamientos sobre antiguas concesiones, ya que las empresas concesionarias se adaptaron de inmediato a lo establecido en el nuevo estatuto legal. Desde entonces regirían los deberes y derechos por igual para todos los concesionarios. Con la ley de 1943 se ampliaron las facultades administrativas y técnicas del Estado sobre la industria extractiva; fueron limitados tanto los derechos de traspaso como los privilegios de expropiación de las compañías, reafirmándose asimismo la potestad de la Nación para indagar acerca de las operaciones técnicas y los procedimientos contables de las empresas explotadoras. La carga impositiva fue aumentada. El impuesto de exploración se fijó en Bs. 6/hectárea, durante el término de 3 años de la concesión de exploración, y debía ser pagado por adelantado en 3 anualidades consecutivas de Bs. 2 por año; el impuesto inicial de explotación, que debía cancelarse de una sola vez en el momento de otorgamiento de la concesión, se estipuló en Bs. 8/hectárea; el impuesto superficial quedó establecido en Bs. 5 anuales por hectárea durante los primeros 10 años y cada 5 años debía aumentar a Bs. 10, 15, 20 y 25 para alcanzar Bs. 30 hasta el término de la concesión. Igualmente se uniformó para todos los concesionarios el impuesto de explotación en 16,66% del petróleo crudo extraído y medido en el campo de producción. El Estado podía recibir el pago de ese impuesto, total o parcialmente, en especie. De esto resultaba un ingreso especial extraordinario que se incrementaba proporcionalmente con la producción. El Estado tenía además la posibilidad de una participación mayor en las ganancias de las compañías concesionarias mediante la manipulación y venta del 83,33% del petróleo extraído, quedando facultado a incrementarlo si decidía aumentar la escala del Impuesto complementario de la Renta.
Por mandato de la de 1943, a diferencia de la legislación precedente, las empresas concesionarias estaban obligadas a pagar no sólo los impuestos fijados hasta entonces, sino también el Impuesto sobre la Renta.
El gobierno Medinista, al año siguiente de aprobada la ley, abrió un período de licitación, adjudicó numerosas concesiones, distribuyó en 10 meses 6.500.000 hectáreas y procedió además a prorrogar concesiones entonces vigentes. Con la ley se estimuló el proceso de refinación en el territorio nacional.
2.- Ley de Reforma Agraria.
2.1.- Antecedentes.
En palabras de Troconis Guerrero: "El abuso ilimitado del Poder Público, la solvencia fiscal y la seguridad internacional fueron recios sustentáculos de la dictadura imperante desde 1908 hasta 1935. Pero ese régimen de omnipotencia y duración excepcionales fue posible porque descansaba sobre sólida base, lo que constituía el feudalismo agrario cuya consolidación se hizo en el lapso citado. El uso ilícito de los caudales de la Nación, el desconocimiento de derechos y garantías, el disfrute de monopolios y otras consecuencias del régimen, permitieron al Dictador y a muchos de sus lagartenientes crear gigantescas fortunas inmobiliarias, predominantemente rurales."
El General Gómez y sus colaboradores ocuparon grandes extensiones de tierras, apareciendo en documentos oficiales como grandes terratenientes.
El problema en Venezuela no era pues, la escasez de tierras ni de recursos; sino de acaparamiento de tierras, de monopolios, de concentración de poder de quienes acaparaban las tierras y monopolizaban sus cosechas, la diseminación de la población, de contraste entre la ciudad y el campo, entre la población urbana y la rural. El problema era, también, demográfico, pues la 4/5 partes de la población estaban radicadas en 1/5 parte del territorio, es decir, en la Zona Norte Costera.
El carácter latifundista de la propiedad rural provocó la diseminación de la población campesina a la que permitió que se concentrara la propiedad de la tierra en el 4,4% de los propietarios rurales.
Tal situación prevalecía en el campo de la agricultura en el año 1935. En los años anteriores habían descendido las importaciones de productos alimenticios y subido las exportaciones. En 1920 éstan llegan a Bs. 112. 500.000 y las importaciones corresponden a Bs. 194.000.000 revelando un déficit de Bs. 81.500.000 en la balanza comercial. En 1930, las exportaciones con exclusión del petróleo, eran de Bs. 134.000.000, las importaciones suben a Bs. 290.000.000 con un déficit en la balanza comercial de Bs. 156.133.000. Las exportaciones de petróleo llegan a Bs. 588.000.000.
Se ha atribuido esa disminución de las exportaciones agropecuarias a la deserción de los obreros del campo, para ir a buscar mejores condiciones de trabajo y salario más altos en las compañías petroleras.
Sin embargo, el paso de la economía venezolana de agropecuaria a minero-extractiva no liquida la propiedad latifundista ni las relaciones de producción propias del latifundio.
En la constitución reformada por el Congreso, en la Administración de López Contreras, aparece el concepto de "función social de la propiedad"; pero al mismo tiempo, garantiza la estabilidad de las grandes propiedades.
Además, la política agraria de López establece las cooperativas, los créditos a las comunidades, las colonias agrícolas, llegando a organizar un partido agrario: el PAN. Sin embargo, durante ese período el acaparamiento de las tierras continúa, los campesinos son desalojados, la producción de frutos menores desciende cada año. A los centros urbanos se abastece de cuanto necesitan con alimentos importados y esas importaciones al mismo tiempo, retienen en los campos y pueblos del interior los escasos frutos y animales que en ellos se producen, por no poder competir con los importados, dado los altos fletes.
Ese estado de cosas prevalece en el país cuando llega a la Presidencia el General Medina Angarita, el conflicto bélico que se desarrollaba mientras duró su período gubernamental agudiza los problemas del campo, haciéndolos evidentes para los habitantes de las ciudades. Al disminuir la importación de alimentos, había que buscar éstos en el campo venezolano que es improductivo y no puede enfrentar el reto de suplir los productos que ya no era posible importar.
Los campesinos pedían tierras en sus concentraciones. Los habitantes de las ciudades protestaban por el alto costo de la vida. Los partidos políticos recién legalizados pedían tierras para los campesinos, protestaban porque las tierras eran ocupadas por las petroleras, protestaban porque los terratenientes se negaban a aprovechar los sistemas de riego construidos por el gobierno.
El gobierno, ante esta situación, se preparaba a tomar las medidas conducentes al establecimiento de nuevas relaciones de producción en el campo venezolano, lo que daría paso a la preparación del proyecto de reforma de la Ley Agraria.
El gobierno se vio obligado a dictar acuerdos fijando los precios de los frutos menores para proteger al productor campesino contra los acaparadores y especuladores, prohibiendo los desalojos de campesinos y nombrando una comisión para la elaboración de un ante-proyecto de Ley de Reforma Agraria.
Como paso previo a la Reforma Agraria el 15 de Agosto de 1944, dictó el Ejecutivo Federal, un Decreto por medio del cual impuso la intervención del Estado en la regulación de los contratos que se celebraran para evitar sus efectos perjudiciales sobre la labor productiva de los campesinos. En el articulado del Decreto se ordena la prórroga de los contratos de arrendamientos de precios rústicos, destinados a explotaciones agrícolas, pecuarias o mixtas. No pedirse la desocupación de las tierras a los ocupantes que, durante un plazo de más de un año y sin la oposición del propietario las hubiesen desmontado y mantengan en explotación agrícola, pecuaria, o mixta para la fecha del presente decreto.
2.2.- Promulgación de la Ley Agraria: una ley sin aplicación.
La comisión preparatoria de la Ley de Reforma Agraria trabajó un año, para hacerse público el ante-proyecto el 13 de Marzo de 1945.
Más tarde, el 29 de mayo de 1945, el Proyecto ya discutido por la opinión pública y mejorado, fue presentado a la Cámara de Diputados. Tras largas discusiones, objeciones y puntos a favor fue aprobado por ambas Cámaras, para que el día 13 de septiembre de ese mismo año se diese el Ejecútese por el Presidente Medina.
Tanto el decreto de Desalojos Campesinos como el Proyecto de Ley Agrario fueron objeto de duras críticas de gentes que militaban, o en la etrema derecha o en la extrema izquierda. El Partido Acción Democrática apoyó la Reforma con veticencias.
Entre las duras críticas que recibió el mencionado Proyecto se encuentra el comunicado, aparecido en la prensa, hecho por la Federación Venezolana de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción, exponiendo lo que consideraba defectos fundamentales del proyecto: a) un instituto agrario demasiado subordinado a las dependencias burocráticas; b) un sistema de expropiaciones que no corresponden a nuestra realidad económica y a nuestra situación demográfica; y, c) un sistema de dotaciones demasiado limitado, orientado por preocupaciones sociales y políticas.
También se hicieron comentarios de que la Ley estaba inspirada en la Reforma Agraria Mexicana, es decir, en la Revolución Socialista efectuada en Rusia en 1917, pues el proyecto establecía la abolición definitiva del derecho privado sobre la Tierra que pasa al Poder del Estado.
La ley fue aprobada por el Congreso a pesar de sus múltiples críticas, pues la crítica realidad presente hacía necesaria la reestructuración del Sistema Campesino Venezolano.
La reforma agraria estaba orientada a inducir cambios sociales al promover la redistribución de la tierra para incorporarla al proceso productivo del país.
Quedó, así, fundado el Instituto Agrario Nacional, que reemplazó en sus funciones al Instituto de Inmigración y Colonización.
Sin embargo, esta ley no recibió aplicación, por lo que no se pudieron reconocer sus resultados, pues quedó en suspenso al producirse, un mes después de su promulgación, el golpe cívico-militar del 18 de octubre de 1945.
Acción Democrática desde el poder deroga la Ley Agraria medinista a pesar de que en la oposición había presionado insistentemente para su promulgación. Esto se explica, pues, porque el cambio de estructuras comenzado durante la Presidencia Medina Angarita había causado malestar en las clases poderosas del país y en los trusts internacionales; pero la Ley de Reforma Agraria había ocasionado mucho más revuelo entre los grupos reaccionarios criollos y mucha inquietud en determinados intereses petroleros norteamericanos.
Los latifundistas arrullados dentro de una estructura precapitalista, veían con horror un sólido desarrollo capitalista. Los segundos porque con la transformación del campo iban a desaparecer las relaciones semi-feudales y con ellos sus aliados (los latifundistas) que habían de ser sustituidos por nuevas clases de los pequeños propietarios.
3.- Ley de Impuesto Sobre La Renta.
La Comisión de estudios de Legislación fiscal presentó el Proyecto de Ley de Impuesto Sobre la Renta al Ejecutivo Federal, y también, el Proyecto de Reglamento de la misma. El Congreso Nacional sancionó dicha ley con fecha de 10 de julio de 1942. El Presidente de la República le puso el cúmplase el día 17 del propio mes de julio.
Esta ley estuvo vigente durante 24 años, durante los cuales apenas sufrió reformas parciales para adaptarlas a las necesidades financieras del Estado.
Desde el comienzo de su período constitucional, Medina se preocupó por patrocinar una reforma fiscal, nombrando la Comisión redactora del Proyecto de Ley: Esta ley significaba tanto una modernización de la estructura impositiva del Estado, como un avance en la más equitativa distribución en las cargas fiscales, ya que los impuestos directos iban a ser proporcionales a las ganancias de los contribuyentes y a su vez, permitirían rebajar los impuestos indirectos que recaían por igual en personas con ganancias muy pequeñas o abultadas.
Al entrar en vigencia la nueva ley en 1942, se suprimieron, entre otros, la carga de Bs. 0,05 de precio de los fósforos y de Bs. 0,05 el impuesto de la gasolina. El impuesto de la sal se rebajó de Bs. 0,10 a Bs. 0,01 por Kg.
Esta ley también tenía como pretensión evitar las violentas fluctuaciones que se suceden en los ingresos por circunstancias de carácter internacional, cuando estos estaban basados, principalmente en impuestos aduaneros. Así, con la creación del Impuesto sobre la Renta, vino a culminar una vieja aspiración que consistía en liberar al Fisco Nacional de la dependencia casi exclusiva de la renta aduanera; aspiración que empezó a ser realidad con la reorganización hacendaria emprendida en 1915.
B.- Política Exterior.
Esta estuvo dirigida por dos cancilleres: Caracciolo Parra Pérez y Gustavo Herrera Grau. Medina fue el primer presidente venezolano que en ejercicio de sus funciones, sale al exterior en misión oficial. El 17 de julio dio comienzo a su viaje por las Naciones Bolivarianas: Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y Panamá; estableciéndose una nueva modalidad en las relaciones de los países latinoamericanos en la búsqueda de unidad de intereses y de acción.
En enero de 1944, Medina visita también los Estados Unidos y se entrevista en Washington con el Presidente Franklin Delano Roosvelt, planteándole en esa ocasión el punto de vista venezolano respecto al cambio de soberanía de Aruba y Curazao.
Durante el período de Medina, Venezuela establece relaciones con China en 1943 y con la Unión Soviética en 1945.
.- Repercusiones de la Segunda Guerra Mundial en Venezuela en el plano económico.
La repercusión del conflicto bélico en Venezuela se sintió en otras áreas fuera de la diplomática. Después del rompimiento de relaciones de Venezuela con Alemania, Italia y Japón fueron tomadas todas las medidas que el caso requería; pero, esas medidas fueron limitadas al fin preciso que ellas buscaban, sin extremarse contra los nacionales de esos países, muchos de los cuales eran factores importantes en nuestra agricultura, industria o comercio, y muchos de los cuales también habían hecho de Venezuela su segunda Patria.
Tampoco, en la ocasión en que hubo necesidad de restringir varias garantías económicas, permitió el Presidente Medina que las presiones ejercidas por los Estados Unidos, hicieron que las medidas a tomar en contra de los nacionales de los países del Eje fueran muy drásticas.
En Venezuela, la gestión para solucionar el problema de los intereses económicos de los nacionales de los países del Eje fue llevada a cabo paulatinamente por medio de una serie de Decretos que fueron complementándose unos a otros y corrigiendo deficiencias sobre la marcha. En cumplimiento de dichos decretos, Venezuela se adhirió a la "lista negra" de los Estados Unidos de América que contenía las firmas regentadas por ciudadanos de las potencias que adversaban a los aliados.
El Ministerio de Relaciones Exteriores, llevó ante Medina esos nombres que debían ser puestos en la lista. Medina se negó a hacerlo porque muchos de los hijos de las personas que aparecían allí, eran ya venezolanos.
Sin embargo, el bloqueo de las firmas alemanas que el gobierno venezolano consideró que deberían ser controladas fue posible gracias a una serie de medidas que éste tomó después de producirse el ataque japonés a Pearl Harbour, de acuerdo a lo previsto en la Resolución XI de la Segunda Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores americanos para defensa y seguridad de la Nación. Por medio de dos decretos se restringieron en territorio venezolano ciertas garantías constitucionales, lo que permitía tomar las medidas que en el orden económico contribuyeran a evitar efectos indeseables de la infiltración de adversarios de los aliados en el medio venezolano. En el primero de estos decretos se prohibía la exportación de mercancías o valores, las remesas, giros o transferencias de dinero para el territorio de países que se encontraban en guerra con cualquier República hispanoamericana u ocupados por ellos o dirigidos a nacionales de dichos países, en cualquier sitio donde se encontrara el destinatario, consignatario o beneficiario de tales actividades.
Se creó dentro del Ministerio de Hacienda una Comisión de Control de Bienes Sujetos a Intervención, para el cumplimiento de las disposiciones de los decretos dictados en esta materia.
Por medio de un Decreto fueron suspendidas algunas restricciones respecto a personas naturales o jurídicas de nacionalidad italiana, con excepción de las que tuvieran su domicilio en Alemania, en estados aliados y con la condición expresa de que las operaciones comerciales y demás actos jurídicos que efectuaran no fueran a aprovechar directa o indirectamente, a personas que se encontraran en dichos territorios.
Las situaciones que el conflicto bélico crearan en el Continente Americano exigieron en un momento dado algo más que medidas de orden interno. Ese momento llegó cuando la guerra submarina arribó a las costas venezolanas que se vieron en peligro, de igual manera los puertos por donde se exportaba petróleo. Para proteger unos y otros fue necesario astillar algunos sitios neurálgicos.
3.- Junta Revolucionaria de Gobierno (19/10/1945 – 14/02/1948).
A.- Orden Económico y Petrolero:
Al triunfar el movimiento del 18 de octubre del 1945, sustituye al Gobierno de Isaías Medina Angarita una llamada "Junta Revolucionaria de Gobierno" constituida por 5 civiles y 2 militares. Los civiles son Rómulo Betancourt, quien la preside; Raúl Leoni, Gonzalo Barrios, Luis Beltrán Prieto Figueroa, todos dirigentes de Acción Democrática y Edmundo Fernández, quien había sido el contacto y enlace entre militares y civiles. Los dos militares son Carlos Delgado Chalbaud y Mario Ricardo Vargas.
Con la autodenominada "Revolución de Octubre" se va a iniciar un nuevo episodio en el escenario político nacional, signado por la presencia del partido Acción Democrática. Esto les permitió emprender un proceso de marcado corte demócrata burgués. Los hechos militares de 1945 permitieron el ascenso de nuevos sectores sociales, de extracción pequeño-burgués, al escenario político de la nación, propiciando acciones reformistas que durante los tres años de gobierno adeco afecto la ingerencia de los latifundistas y la burguesía internacional en las cuestiones inherentes al Estado.
La acción de gobierno de AD se inserta en una propuesta de contenido anti-feudal y nacional. En un afán de modernización del país, el partido de gobierno emprende una serie de cambios económicos (tanto petroleros como agropecuarios) donde buscaba un mayor margen en la captación de ganancias por parte del Estado en los Hidrocarburos y la conversión del arcaico sector rural en las empresas capitalistas, con la firme intención de dinamizar el aparato productivo. En ningún momento se interesa en la correlación de fuerzas existentes entre los protagonistas del proceso productivo; en otras palabras, no se trató lo concerniente a la explotación de los sectores desposeídos del país; los cuales aumentaban vertiginosamente en la medida en que Venezuela se adentraba en las formas de explotación y producción del capitalismo. Hay que destacar que la política de concesiones establecida en 1943 siguió vigente. La acción petrolera del gobierno, con marcados ribetes de reformismo, estuvo canalizada a atacar el gobierno por ellos derrocado y su práctica petrolera, y no a frenar la acción devoradora de las transnacionales, manteniendo la posición negadora de una posible nacionalización de la industria.
¿Qué papel juega el petróleo dentro de este programa democrático?, para estos años Juan Pablo Pérez Alfonso (que se ha venido convirtiendo en el experto de Acción Democrática, en materia petrolera) ha formulado vario de los principios que orientarán la política petrolera del país.
El petróleo es ante todo un proveedor de recursos fiscales para que el Estado aborde las otras numerosas tareas que el programa plantea. Pero dada la magnitud de estas tares, el Estado debe hacer esfuerzos sistemáticos para aumentar la participación fiscal de la nación.
Hay que tener en cuenta, para cernir el tono de la política petrolera del trienio, que cuando AD llega al poder, ha venido desarrollando por varios años una campaña de oposición al gobierno de Medina, uno de cuyos aspectos centrales es la política petrolera medinista, a la que AD considera timorata y antipatriótica. Vienen, pues, los adecos en una actitud agresiva, de terminar la expoliación que tanto han venido denunciando. Además, se trata de un gobierno que se siente en una posición negociadora mucho más fuerte que los anteriores, puesto que cuenta con el respaldo popular expresado explícitamente en las elecciones de 1946 y 1947. Por otro lado, una de las razones de ser del golpe de octubre del 45 es el compromiso de llevar a cabo un agresivo plan de reformas sociales, compromiso que se agranda con el respaldo electoral. Este respaldo significa, el mandato de llevar adelante ese plan de reformas sociales, mandato que es imperativo obedecer.
Eso acentúa la necesidad de una política petrolera más fuerte hacia las compañías. En efecto, hay una importante relación entre el programa político y la cuestión petrolera. La relación es la de que todo programa político ha de tener una parte petrolera implícita, que de por sí trae la formulación de una determinada política petrolera.
El 31 de diciembre de 1945, la Junta Revolucionaria de Gobierno decretó un impuesto extraordinario sobre los beneficios de las compañías petroleras. El petróleo dejó de ser actividad de campo y operación prohibida. El 14 de junio de 1946 se firmó el primer contrato colectivo entre los sindicatos y las compañías concesionarias. El 26 de junio de 1947 el ministro Juan Pablo Pérez Alfonso ofreció directamente el petróleo crudo de las regalías en el mercado internacional.
De abril de 1947 a noviembre de 1948, el Ejecutivo firmó los convenios para construir refinerías en Amuay, Cardón, Bajo Grande, Puerto La Cruz y El Chaure. San Silvestre Nº 2 descubrió el primer campo de la cuenca de Barinas (1/2/1948).
Con la firme intención de hacer evidente su poder político, los dirigentes de AD se abocan a la tarea de la organización sindical tanto en la ciudad como en el campo. Una gran cantidad de organismos laborales comienzan a tener el signo de la presencia adeca, hecho este que le garantizaba una relación con el pueblo muy diferente a ala observada hasta la fecha en anteriores mandatarios, desplazando esa imagen de caudillo que había caracterizado a los usufructores del poder y que relegaba al pueblo a instancias inferiores a las ahora disfrutadas.
Producción y Exportación de Petróleo 1930 a 1945 | |||
Años | Producción | Exportaciones | Valor de las Exportaciones |
| (millones de barriles) | (millones de barriles) | (millones de Bs.) |
| 135 | 134 | 634 |
| 117 | 112 | 548 |
| 117 | 110 | 532 |
| 118 | 113 | 553 |
| 136 | 130 | 608 |
| 149 | 139 | 649 |
| 155 | 150 | 684 |
| 186 | 168 | 770 |
| 188 | 178 | 828 |
| 205 | 189 | 895 |
| 184 | 157 | 809 |
| 227 | 223 | 1001 |
| 148 | 141 | 636 |
| 179 | 174 | 786 |
| 257 | 250 | 1057 |
| 323 | 318 | 1025 |
Desde el momento mismo de su instalación, la Junta Revolucionaria de Gobierno anuncia que se propone dos objetivos: establecer una institucionalidad democrática surgida del voto secreto y moralizar la administración pública. Lo primero se pondría en práctica convocando a elecciones para una Asamblea Nacional Constituyente con un estatuto electoral en el cual se consagraba el voto de los jóvenes a partir de los 18 años de edad, el voto de las mujeres, y tal vez lo más importante de todo, porque abría los colegios electorales a la masa campesina, el voto de los analfabetas.
En cuanto a la moralización de la administración pública, la nueva Junta creó el Jurado de Responsabilidad Civil y Administrativa, encargado de establecer responsabilidades por presuntos enriquecimientos ilícitos de funcionarios gomecistas, lopecistas, medinistas y de sus allegados. El cumplimiento de ambos compromisos trajo un buen número de resentimientos y oposiciones. Muy poca gente censuraba abiertamente la necesidad de democratizar la vida pública, pero se temía que su puesta en práctica, el ingreso brusco de un pueblo poco letrado a la política, podría abrir la puerta a toda clase de demagogias. A tal efecto, la oposición política al nuevo régimen fue tomando cuerpo con la creación, en diciembre de 1945, del partido Unión Republicana Democrática (URD) y sobre todo, con la fundación, en enero de 1946, del Comité de Organización Política Electoral Independiente (COPEI).
Los juicios por peculado, iniciados con la creación de la Junta de Responsabilidad Civil y Administrativa (27/11/1945) cuyas actividades fueron supervisadas por el Nuevo Procurador General de la Nación, Rafael Caldera, sirvieron para profundizar los odios. Se analizaron 108 expedientes y se dictaron condenas de restitución de bienes a la Nación oir un total de 124 millones de bolívares. Rómulo Betancourt fue acusado no solamente de crear tribunales de excepción, sino de estar aprovechando la oportunidad para enlodar la reputación de sus enemigos políticos.
En sus primeros meses de actividad, la Junta Revolucionaria de Gobierno creó el Ministerio de Comunicaciones, la Escuela Náutica y un fondo de 10 millones de bolívares para establecer la Marina Mercante Nacional; estableció la Corporación Venezolana de Fomento (mayo de 1946) y la Flota Mercante Gran Colombiana en sociedad con Colombia y Ecuador; obtuvo un aporte extraordinario de las compañías petroleras de unos 100 millones de bolívares aproximadamente por concepto de un remanente por cobrar sobre el ejercicio fiscal del año 1944; rebajó los alquileres de los inmuebles y de los pasajes aéreos nacionales; decretó la reapertura de la Universidad del Zulia (clausurada desde 1904); reorganizó la policía, creando un nuevo cuerpo la Seguridad Nacional (agosto de 1946) y fijó la fecha del 27 de octubre de 1946 para la elección de los representantes a la Asamblea Nacional Constituyente.
Un decreto, el Nº 321, dictado a fines de mayo de 1946, acerca de las "Calificaciones, Promociones y Exámenes en Educación Primaria, Secundaria y Normal" y cuya meta era lograr un mayor control del Estado en materia educativa, provocó un acalorado enfrentamiento con los defensores de la educación privada, particularmente los colegios religiosos. Manifestaciones y huelgas obligaron al gobierno a suspender la aplicación del ‘321’. Sin embargo, el debate en torno a la política educativa de la Junta exarcebó una creciente ya oposición. A pesar de ello, las elecciones para la Asamblea Nacional Constituyente arrojaron una mayoría del 78,43% de los votos a favor de Acción Democrática, lo cual avivó el temor de que Venezuela se estaba encaminando hacia un régimen de partido único a la mexicana, temor que parecía confirmar el control férreo gradualmente asumido por Acción Democrática sobre el movimiento sindical, en detrimento particularmente del Partido Comunista.
La Asamblea Constituyente se reunió el 17 de diciembre de 1946, ratificó el gobierno de la Junta, aprobó su gestión política-administrativa y sancionó una Nueva Constitución Nacional, clausurando sus sesiones el 22 de octubre de 1947 después de encendidos debates, mientras se abría un nuevo proceso para elegir al Presidente de la República, a los Cuerpos deliberantes y a los Concejos Municipales.
El 14 de diciembre de 1947 resultó electo presidente el novelista Rómulo Gallegos, para entonces presidente de Acción Democrática, con el 75% de los votos. La oposición militar a la Junta, sin embargo, se iba precisando. Desde su primer año de gobierno, la Junta Revolucionaria tuvo que enfrentar varios alzamientos, el más serio de todos el 11 de diciembre de 1946, que llegó a dominar a Valencia, La Victoria y a capturar hangares y aviones militares en Maracay. Los conjurados eran estimulados cuando no financiados desde la República Dominicana por Rafael Leonidas Trujillo (según también se dijo, pero no estaba comprobado) desde el exilio por el General Eleazar López Contreras, quien apelaba al sentimiento regional andino.
Pero no fueron esos elementos externos quienes dieron al traste con el régimen inaugurado en octubre de 1945 y que le entregaba el poder a Rómulo Gallegos, el 15 de febrero de 1948, sino el acuerdo de todos los comandantes de las Fuerzas Armadas quienes, a su vez, depusieron a Gallegos el 24 de noviembre de 1948.
Producción y Exportación de petróleo 1944 a 1957 | ||
Años | Producción | Exportaciones |
| 257.037 | 249.756 |
| 323.404 | 317.701 |
| 388.479 | 375.290 |
| 434.891 | 423.696 |
| 490.000 | 469.074 |
| 482.301 | 459.847 |
| 546.766 | 519.658 |
| 622.196 | 588.511 |
| 660.233 | 625.782 |
| 644.223 | 606.480 |
| 691.788 | 654.884 |
| 787.384 | 738.628 |
| 899.183 | 846.221 |
| 1.014.424 | 940.311 |
4.- Gobierno de Rómulo Gallegos (15/02/1948 – 24/11/1948).
A.- Orden Económico y Petrolero:
El periodo constitucional de Rómulo Gallegos en la presidencia de la República se inicio el 15 de febrero de 1948, este fue un periodo muy complejo y agitado por diversos factores: la permanencia de problemas que no solucionó la Junta Revolucionaria de Gobierno, incumplimiento de promesas electorales, promulgación de leyes que causaron gran impacto y sobre todo gran actividad de los partidos políticos, cuya pugnacidad alcanzó niveles nunca antes vistos.
Gallegos fue electo luego de una agitada campaña que duró dos meses, en las primeras elecciones directas, universales y secretas realizadas en Venezuela y que significaron la cristalización de las consignas que justificaron y legitimaron el gobierno de facto instaurado luego del derrocamiento del presidente Medina.
En la conformación de su gabinete ejecutivo, se encontraban al menos 6 miembros de la Junta Revolucionaria de Gobierno, y el resto de los 13, eran todos militantes de AD, o en su defecto simpatizantes. Aquí se puso de manifiesto la falta de amplitud, el sectarismo adeco (adeísta para la época) alimentaría la oposición que lo usó como punto central de ataque al gobierno. El que el gabinete fuese similar al de la Junta Revolucionaria hizo sospechar que el hombre fuerte detrás del presidente constitucional era el mismo presidente de la Junta disuelta: Rómulo Betancourt.
1.- La Ley Agraria de 1948.
La ley Agraria promulgada el 18 de octubre de 1948 tenía como objeto la transformación de la estructura agraria nacional, la racionalización de la exportación agropecuaria, el mejoramiento de la condiciones de vida en el medio rural, la emancipación social y económica del campesinado y la regularización del derecho de ese campesinado a ser dotado de tierras.
Para ello se establecieron las medidas siguientes:
- Creación del Instituto Agrario Nacional como instrumento centralizador y organizador del proceso de reforma agraria, por los que las Asociaciones Campesinas y los individuos que aspiraban a tener tierras debían dirigirse a dicho organismo a solicitarlas.
- El Instituto Agrario Nacional procedería a adjudicar tierras en varias modalidades de posesión: A) Propiedad; B) Arrendamiento; y C) Usufructo y disfrute precario.
- Las tierras a adjudicar serían: A) Las incultas y las de mayor extensión; B) Las explotadas indirectamente por terratenientes absentistas, y C) Las agrícolas con uso indebido en pastoreo y ceba de ganado.
- Las tierras se organizarían como unidades de producción en tres modalidades: A) Colonias; B) Cooperativas; y C) Granjas Individuales.
Además contarían con dotación de aguas, montes y áreas adecuadas para la construcción de escuelas, dispensarios, viviendas, centros sociales, etc.
Si bien la Ley Agraria venía a satisfacer uno de los reclamos hechos con insistencia por algunos de los sectores de la sociedad alarmados ante el abandono del campo, las continuas quemas y asaltos de haciendas y el evidente desabastecimiento de productos agrícolas en el mercado; también causó malestar tanto en aquellos propietarios de tierras que se sentían afectados como en otros sectores que consideraron que estaba inadecuadamente establecida. La queja principal de los hacendados y demás propietarios de tierras era que ella limitaba el derecho a la propiedad privada y alentaba a los campesinos sin tierras a invadir saquear sus propiedades.
El gobierno y AD a través de su vocero principal el periódico El País rechazó tal acusación al argumentar que la ley no puntualizaba la extensión de las tierras que debían estar en manos de una persona sino que reglamentaba el derecho a la propiedad con una función social ejercida, es decir, se debía poseer la tierra que se podía poner a producir.
A su vez los terratenientes protestaron aduciendo que el principal latifundista era el Estado venezolano (de allí que la ley no defina el latifundio), pero que contrariamente a ello, las tierras invadidas y saqueadas eran particulares lo que demostraría que las estatales permanecían ociosas. Añadían que la dotación de tierras conformaría una clase de pequeños propietarios que lejos de lograr una mayor productividad agropecuaria contribuiría a perpetrar el conuco, la vega y todas aquellas formas de producción perniciosas para la economía venezolana. Y por último consideraban que el Instituto Agrario Nacional, al ser un ente autónomo estaba condenado al fracaso, como otros entes creados anteriormente, tales como el Banco Agrícola y Pecuario.
Institucionalmente, los propietarios de tierras, a través primero de la Cámara Agrícola de Venezuela y posteriormente de Fedecámaras fijaron su posición en torno a la Ley cuando esta se encontraba en discusión en las cámaras legislativas. Sus argumentos pueden resumirse así:
- No están e contra de una reforma agraria ya que creen firmemente en la necesidad de transformar la estructura agraria del país y en la progresiva emancipación del campesinado, pero dicha reforma no debe perseguir fines estrictamente sociales al modificar el régimen jurídico de propiedad de la tierra pues el verdadero problema agrario es de producción agrícola, es decir, esencialmente económico. Por lo que no aceptan que sea la estructura principal de la decadencia de la economía rural.
- Niegan asimismo el carácter latifundista de la estructura agraria. Para ello el hecho de que la propiedad rural en algunas regiones venezolanas sea de gran extensión es un efecto del grado de desarrollo de la economía. Venezuela es un país ganadero y de agricultura extensiva donde la explotación rural es casi imposible, porque las propias condiciones económicas del campo obligan a expandir la propiedad y esta propiedad, o sea, la tierra, tiene muy poco valor económico.
- Basados en los puntos anteriores concluyen que si la Ley Agraria responde a un deseo plausible de modificar la estructura agraria, muchos de sus preceptos son inadecuados, deficientes o manifiestamente peligrosos, ya que obedecen a supuestos ajenos a la realidad económica nacional.
- La Ley Agraria habría de sembrar una inevitable inseguridad en relación a la pacífica posesión de la tierra cultivada al someter a toda propiedad particular a un régimen jurídico de expropiabilidad.
- La Ley Agraria, al modificar indebidamente el derecho a la tierra que la Constitución Nacional confiere a las Asociaciones de Campesinos y a los individuos, promueve el antagonismo personal y político en el medio rural pues la posibilidad de acceder a tierras podría despertar la codicia o apetencia del solicitante.
- La Ley Agraria menoscaba y limita la acción del verdadero empresariado rural, al establecer un sistema de dotación y de adjudicación de tierras que otorga privilegios a formas cooperativas de producción, lo que implica a su vez una excesiva intromisión de organismos públicos.
La discusión y posterior promulgación de la Ley Agraria, trajo como consecuencia inmediata la polémica acerca de cuál debería ser el papel del Estado venezolano en la actividad agrícola, cuales eran las causas del deterioro de la vida rural, que se entendía por latifundio y por supuesto desató una serie de acusaciones sobre las verdaderas intenciones de AD.
2.- El Fifty-Fitfty.
En 1948, el gobierno de AD, con Rómulo Gallegos y Juan Pablo Pérez Alfonzo como Ministro de Fomento, llevó a cabo una reforma parcial a la ley de Impuesto Sobre La Renta, añadiendo ciertos artículos adicionales entre los cuales se destaca el Nº 31 del capítulo XI, denominado "Del impuesto adicional".
Ese reajuste a la ley tributaria sobre el petróleo tenía como finalidad básica establecer que en ningún caso la industria petrolera podría percibir mayores ganancias que las correspondientes al Estado venezolano, y que la suma de los impuestos de las empresas no podía ser inferior a la mitad de las ganancias de las mismas.
El 50/50 fue la denominación que tomó el impuesto para garantizar las aspiraciones del Estado venezolano. Es de notar sin embargo, que aunque implementado efectivamente en 1948, el 50/50 ya había sido contemplado en la Ley Petrolera de 1943 durante el gobierno de Medina, pero fue le 31 de diciembre de 1945 cuando la Junta Revolucionaria de Gobierno decidió aplicarlo a través de un decreto extraordinario para solventar la disparidad porcentual de 43/57 a favor de las compañías petroleras observada para el año de 1944.
Como consecuencia de esto los ingresos petroleros pasan de 548 millones en 1946 a 973 millones en 1948, representando esto el 55,2% de los ingresos fiscales ordinarios. Las erogaciones fiscales se ubican en 1644 millones de bolívares. La deuda interna se situaba en 23 millones, ya que no se recurrió al endeudamiento público con el extranjero. Las reservas del Tesoro se cifraban en 251 millones de Bs.
En julio de ese año Curazaíto 2 pasó por primera vez de los 5000 metros de profundidad.
Gastos fiscales ejecutados | ||
|
| Millones de Bs. |
Mandato de: | Años | Precios corrientes |
Cipriano Castro | 1900-1908 | 433 |
Juan v. Gómez | 1909-1935 | 3170 |
Eleazar López | 1936-1941 | 805 |
Isaías Medina | 1941-1945 | 1798 |
Rómulo Betancourt (JRG) | 1945-1948 | 2249 |
Rómulo Gallegos | 1948 | 1644 |
Marcos Pérez J. | 1949-1958 | 24410 |
B.- Política Exterior.
1.- La sombra de Betancourt o Betancourt a la sombra.
La injerencia de Betancourt en las decisiones de gobierno, sería un fantasma que perseguiría a Gallegos durante su mandato y una de las razones argumentadas por los militares que finalmente lo derrocaron. Betancourt era algo más que una sombra, su participación en el gobierno no fue sólo tras bastidores. Acudió en calidad de representante del gobierno venezolano a la Conferencia Interamericana efectuada en Bogotá en marzo, cuando por ser una reunión de cancilleres le tocaba asumir esa responsabilidad a Andrés Eloy Blanco (titular de Relaciones Exteriores).
Nuevamente la oposición haría de este suceso blanco de sus críticas al gobierno. El principal argumento esgrimido fue que Betancourt era un representante de los intereses extranjeros en Venezuela, se le asociaba directamente a la presencia de Nelson Rockefeller y de sus proyectados CADA en el país.
2.- La Creación de la OEA.
En política exterior, Venezuela estrechó sus relaciones con la Unión Panamericana; en tal sentido asistió a la IX Conferencia de Estados Americanos celebrada en marzo en Bogotá. En ella se discutieron temas tales como: el establecimiento de normas comunes de desarrollo de las riquezas, la explotación racional de materias primas, la ayuda a países en vías de desarrollo y la formación de un bloque continental de seguridad capaz de enfrentar cualquier agresión.
La delegación venezolana encabezada por Rómulo Betancourt e integrada por 20 personas, llevó como posición oficial de Venezuela:
- La aplicación de la Carta económica de Chapultepec.
- El pronunciamiento en contra del coloniaje en América.
- La aplicación de los puntos contenidos en la Carta del Atlántico.
- La valorización del trabajo y protección del trabajador.
- El rechazo a la agresión económica y apoyo a la cooperación económica interestatal.
- El establecimiento de un cordón profiláctico alrededor de los países no democráticos de América Latina.
La IX Conferencia tuvo como resultado, en primer lugar, la creación de la organización de los Estados Americanos (OEA) como un instrumento que permitiría lograr el desarrollo de la paz, la solidaridad entre las naciones americanas y sobre todo la defensa y e integridad territorial del continente. En segundo lugar, un acuerdo contra el comunismo y el totalitarismo de cualquier índole, acuerdo suscrito por Venezuela, aunque Betancourt expresó su creencia en la autodeterminación de los pueblos.
Derivada de la idea de cooperación económica interestatal expresada en la IX Conferencia, se reunió en Quito el 24 de julio, la Conferencia económica Grancolombiana, con representaciones de las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá y Venezuela. El temario de la conferencia que comprendía asuntos tales como: la unión económica y aduanera entre los países asistentes, la puesta en marcha de la flota Gran Colombiana, la creación del Banco Gran Colombiano, la Flota Área Civil, el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas, la Editorial Gran Colombiana para el fomento de la cultura, la unificación de sistemas de Seguro Social, nos da una idea clara de los objetivos de la misma.
La delegación venezolana estuvo encabezada por Alejandro García Maldonado, embajador de Venezuela en Ecuador e integrada por Arturo Sosa Fernández, economista, entre otros. La llamada Carta de Quito, es decir, el convenio de unión económica y aduanera, no fue bien acogida por la Cámara de Industriales de Caracas ya que consideraba un convenio de tal magnitud debía ser objeto de un estudio más profundo y sometido a la consideración y discusión de los organismos económicos del país pues habría de tener consecuencias trascendentales en el desarrollo de nuestra economía.
Igual opinión sustentó Santiago Alfonzo Rivas en su carácter de Presidente del Consejo de Economía Nacional, en carta dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores. Arturo Sosa replicó que ningún daño o peligro representaba la firma de ese convenio, pues él sólo implicaba el compromiso de considerar la posibilidad de establecer la Unión Económica y Aduanera Gran Colombiana y que además sería el Congreso venezolano el que ratificaría o no el convenio por lo que estaría sujeto a debates.
5.- Dictadura de Marcos Pérez Jiménez.
A.- Orden Económico y Petróleo.
1.- El Gobierno del Partido Militar, la Estrategia económica empresarial y sus grandes beneficiarios.
El militarismo representado por la Junta que irrumpe contra la constitucionalidad y que luego habría de reafirmarse con la dictadura de Marco Pérez Jiménez, es una fórmula para la apertura de mayores desarrollo y prebendas a intereses económicos y políticos, tanto internos como foráneos. Con ello se buscaba el aprovechamiento al máximo de importantes mecanismos de acción y coacción del Estado, en particular el gasto público por vía de la manipulación de los grandes recursos provenientes del petróleo, para extender la cobertura de sus negocios. La intención consistía en aprovechar una coyuntura nacional favorable y un auspicioso ámbito internacional (el de la postguerra de 1945), caracterizado por un redimensionamiento del aparato industrial y por una reactivación acelerada de las transacciones económicas.
El Estado estaba llamado a ser un ente más dinámico, con políticas muy bien definidas y concretas, orientadas a la organización y ampliación del crédito y a vigilar la salud económica del país mediante la preservación del orden social y político capaz de garantizarla. La demanda de crédito imponía la liberalización en su otorgamiento por parte del sector oficial; y el auxilio al capital bancario, para atender las exigencias de la inversión, se convirtió en objetivo prioritario de los grupos vinculados a la producción interna.
El proyecto consistía, por un lado, en propiciar un alto comercio de importación , expandir la infraestructura financiera, la banca comercial y en aumentar los servicios, mientras por el otro, se trataba de incidir en el sector agrícola, con un criterio capitalista, para erradicar así ciertas tendencias de fines de los cuarenta, que se expresaban en términos de cambio en la estructura agraria y, en particular, en reformas profundas en las formas de tenencia de la tierra. El gobierno fue concebido, entonces, como un instrumento llamado a crear la ambientación más adecuada para que tales propósitos se concretasen rápidamente, sin intervencionismos obstruyentes, sin posturas humanitarias frente a la fuerza de trabajo y sus reinvindicaciones, y sin complejos de ninguna especie frente a la inversión extranjera y a los lazos estrechos e incondicionales con Estados Unidos.
El militarismo fue considerado como significativamente más útil en esta línea de aprovechamiento del ingreso petrolero y más eficaz en la tarea de alcanzar aquellos designios en cortos plazos. La burguesía tuvo claridad de los mismos y su estrategia pareció cumplirse en dos grandes fases: la primera mediante la utilización agresiva de la estructura política para lucrar de los ingresos que ésta manejaba y la segunda valiéndose luego de esta misma, para oficializar ventajas máximas al capital extranjero, de cuya alianza derivaba mejores condiciones para usufructuar los recursos nacionales. La admisión sin mayores controles de las inversiones venidas de afuera era esencialmente beneficiosa a grupos de particulares y distaba mucho de ser un factor efectivo de desarrollo. Esa burguesía se insertaba en buena parte de los negocios que nacían como estamento parasitario, enclavada en el ramo comercial, fungiendo sólo como intermediaria de firmas deseosas de elevar los índices de demanda de sus productos. Por otro lado, aprovecharon el gasto oficial para introducirse en el ramo de las obras públicas.
Los estudios para la utilización del potencial hidroeléctrico del Caroní, adelantados por el Ejecutivo, fueron vistos como excelentes puntos de partida para emprender un tipo de inversión sin precedentes en el país. Surgió la idea de crear una compañía siderúrgica privada de capital mixto, nacional y extranjero y a tal efecto se formó una junta de promoción o sindicato de estudios que ratificó siempre el carácter privado de la empresa. Esto significaba colocarla al margen de todo intervencionismo estatal, pero vinculada a los intereses de la United States Steel.
Dicho proyecto ratifica las intenciones de aquella élite en su invariable línea de valerse del Estado y de su capacidad promotora, para erigir escenarios seguros de inversión que luego y de distintos modos, serían usufructuados por ella.
2.- El deseo empresarial por la inversión extranjera.
El caso de La U.S. Steel no era o una postura aislada sino parte de una política empresarial bien definida. La premisa de la misma era la necesidad impostergable de capitales que sólo podía ser satisfecha por la inversión extranjera; de manera que para estimular su entrada y garantizar su afluencia había que otorgarle prebendas especiales. Para la dirigencia de ese sector cualquier restricción era improcedente, de allí que lo que estaba planteado era el estímulo a la inversión conjunta de capitales nacionales y extranjeros en empresas privadas, permitiéndoles a estos últimos la repatriación de los beneficios percibidos sin ninguna limitación.
Pese a la gravitación fundamental del Estado en materia económica por el ingreso petrolero, su función lo obligaba sólo a crear condiciones de ambientación físico-territorial y a propiciar una elevación del nivel de vida. La atención a este rubro fue señalada por las élites económicas como una razón más de la capacidad limitada del gobierno para aportar recursos al sector privado, lo cual sumaba argumentos a favor de la entrada del capital extranjero.
Por ello la inversión extranjera copó todos los renglones, desde los aparentemente de menor proyección, como los servicios, hasta las finanzas, la banca y la industria.
B.- Política Exterior:
El 24 de julio de 1953, Venezuela decide separarse de la flota Mercante Gran Colombiana, y retiene los 7 buques existentes para continuar comerciando de manera independiente.
De cierta manera, Pérez Jiménez tuvo un marcado sentimiento anti-yanqui, reflejado en sus discursos antiimperialistas así como en su notado interés de que América Latina dejará de ser una zona de influencia de los Estados Unidos de América. A pesar de que estos vieran con agrado a Pérez Jiménez en los primeros años, debido a las concesiones petroleras que se otorgaron; incluso el gobierno norteamericano del presidente David Eisenhower, para premiar la categoría y amistad de Pérez Jiménez, lo exalta a la fama con la máxima condecoración de los Estados Unidos, la Orden al Mérito, en el grado de Comandante en Jefe, la cual tuvo que entregarse en Caracas, porque el dictador no quiso viajar al país norteño.
Años después, estados Unidos convoca a una cumbre de presidentes latinoamericanos en Panamá, bajo la cabeza ejecutoria de Eisenhower, a la cual MPJ se niega a ir, para evitar ser parte de una comparsa de marionetas, pero ante ese temor de su ausencia, , el gobierno norteamericano insiste enviando a Venezuela al subsecretario Holland, a fin de que lo convenza.
Pérez Jiménez accede, y una vez en Panamá, propone la liberación económica de América Latina, ofreciendo 100 millones de bolívares para construir un Fondo Económico Latinoamericano (Venezuela tenía la moneda más estable del mundo, incluso por arriba de la libra esterlina), en este sentido Eisenhower frunció el ceño y declaró muerto políticamente a MPJ, pues en lo sucesivo sería un peligro para las decisiones de la Casa Blanca.
En su empeño en ayudar a los países latinoamericanos, MPJ tenía pensado construir un aeropuerto en Haití, viviendas en el Ecuador, el proyecto de un nuevo canal interoceánico en Panamá y varias inversiones especiales, así como una carretera en el Chaco paraguayo. Todo esto lo veía Estados Unidos como algo muy peligroso a sus intereses hemisféricos, ya que Venezuela era la primera potencia económica de América Latina y la de mayor crecimiento industrial, era el país con los mejores depósitos de oro de la región, siendo el sexto país en reservas internacionales.
Es por esto que los Estados Unidos colaboran en el derrocamiento del dictador, por representar un peligro a la hegemonía norteamericana en la región latinoamericana.
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Fuentes documentales:
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M.R.E. (Ministerio de Relaciones Exteriores), Libro Amarillo, años 1904-1958.
M.R.I. (Ministerio de Relaciones Interiores), Memoria al Congreso de la república, año 1913, tomo I, pp 35 y 36.
Ministerio de Fomento, Memoria al Congreso de la República, año 1913, tomo I, exposición p. VII.
Recopilación de leyes y Decretos reglamentarios de Venezuela. Tomo XIV, p 195. Reglamento de 21 de junio de 1904.
Tratados Públicos y Acuerdos Internacionales de Venezuela, Tomo I, pp 928, ss. Edición de 1957.
Fuentes hemerograficas:
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RANGEL, Domingo Alberto: "Los Andinos en el Poder", págs. 120-121.
Thurber, Ob cit, págs. 22-23.
BRITO FIGUEROA, Federico: "Historia Económica y Social de Venezuela", UCV, Caracas, 1966.
DIAZ RANGEL, Eleazar: "La conspiración del cable francés y otros temas de historia del periodismo", El libro Menor, Academia nacional de la Historia, Caracas, 1986, pág. 201.
Nota: no es descartable que en las cantidades reconocidas todavía persistieran algunas reclamaciones infladas, tal vez admitidas por los representantes venezolanos en momentos de debilidad o para terminar de salir del embrollo.
Fuentes: Ministerio de RREE. Libro Amarillo de 1904. Libro Amarillo de 1905
* El texto de este documento se encuentra reproducido en : Libro amarillo. 1909, sección Documentos, pp. 140-142.
** Libro amarillo, 1909, ibid., pp. 135-140.
*** Libro amarillo, ibid., pp. 145
^ Gaceta Oficial, nº 10.621 (Caracas, 16 de febrero de 1909).
**** Anuario Estadistico, 1912 (Caracas. Impenta Nacional, 1916), pp.187-202; por D.A. Rangel, Capital y Desarrollo: La Venezuela Agraria (Caracas, UCV, Facultad de Ciencias Económicas y sociales, 1974), p. 214.
***** Vivas Gallardo, Freddy. Venezuela en la Sociedad de las Naciones 1920-1939: Descripcion y analisis de una Actuacion Diplomática. Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas. UCV. Caracas, 1981. pp.49.
&Citado de: Vivas Gallardo, Freddy. Venezuela en la Sociedad de las Naciones 1920-1939: Descripcion y analisis de una Actuacion Diplomática. Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas. UCV. Caracas, 1981. pp.50.
&& &Citado de: Vivas Gallardo, Freddy. Venezuela en la Sociedad de las Naciones 1920-1939: Descripcion y analisis de una Actuacion Diplomática. Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas. UCV. Caracas, 1981. pp. 53-54.
$ En "Venezuela en la Sociedad de las Naciones, Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores., Carpeta Nº 22, expediente 21.
# Carrera Damas, German. Una nacion llamada Venezuela. Monte Avila Editores. Quinta Edicion. Caracas, 1988. pp.136.
@ Para un acercamiento de la cantidad total de deuda pagada , Vease cuadros anexos sobre Deuda Publica, Deuda Interna y Deuda Externa (1904-1930).
Fuente: Revista de Hacienda, febrero de 1937, año I, Nº 6.
Fuente: "Memoria y Cuenta del Ministerio de Hacienda" (años correspondientes).
Fuente: "Memoria y Cuenta del Ministerio de Hacienda" (años correspondientes).
Fuente: "Memoria y Cuenta del Ministerio de Hacienda" (años correspondientes. (*) A partir de este año se renegocia e incorpora a la Deuda Diplomática con Bélgica.
Ver Anexo, Cuadro N° ¿
BUSTAMANTE, Nora: "Isaías Medina Angarita", N°145, Biblioteca de autores y temas tachirenses, Caracas, 1998, p. 208.
TROCONIS GUERRERO, Luis: "La Cuestión Agraria en la Historia Nacional", Biblioteca de Temas y Autores Tachirenses, 1962, p. 137.
Fuente: Ministerio de Minas e Hidrocarburos, PODE: 1974. p. 22.
Fuente: Ministerio de Minas e Hidrocarburos "Petróleo y otros datos estadísticos" 1972, p. 21.
Fuente: Ministerio de Hacienda .
Autor:
Oswaldo Ramírez Colina
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