- Significado de PYME: pequeña y micro empresa
- ¿Cómo constituyo la MYPE?
- MYPE-beneficios sociales (régimen laboral)
- Objetivos de las PYMES
- Régimen tributario
- Distribución de las MYPE en Perú
- Programa de autoempleo y micro empresa (PRODAME)
- Comisión de promoción de la pequeña y micro empresa (PROMPYME)
- Problemática de las PYMES
- Recomendaciones
- Bibliografía
Significado de PYME: pequeña y micro empresa
1.- PROPÓSITOS DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS:
a. Contribuir a la creación de empleo y generación de riqueza.
b. Participar en el desarrollo armónico y equilibrado de las actividades económicas en el país.
c. Favorecer el desenvolvimiento de la capacidad creadora de los pequeños y medianos empresarios y de los trabajadores.
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA:
LEY 28015– LEY DE PROMOCION Y FORMALIZACION DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA.
Artículo 2º. La Micro y Pequeña Empresa es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.
Artículo 3.- Características de las MYPE
Las MYPE deben reunir las siguientes características concurrentes:
a) El número total de trabajadores:
La microempresa ( de 1 a 10 trabajadores
La pequeña empresa ( de 1 a 50 trabajadores
b) Niveles de ventas anuales:
La microempresa ( hasta el monto máximo de 150 UIT
La pequeña empresa ( hasta el monto máximo de 850 UIT
Las pymes conforman el 99.6% del total de empresas.
Ocupan al 75.9% de la población ocupada.
Su participación en el PBI es del 42.1%.
Participan con el 3.2% del total de las exportaciones en valor FOB.
Clasificación para micro y pequeña empresa (unipersonal y sociedades)
¿Cómo constituyo la MYPE?
Pasos a seguir:
4.1 – VOLUNTAD EMPRESARIAL:
Manifestación de voluntad, individual y colectiva, destinado a a realizar obras materiales, negocios o proyectos, concurriendo de manera común en los gastos y participando de las ventajas que reporte.
Las leyes del Perú reconocen diversas formas empresariales, entre las que se destacan la sociedad anónima, la sociedad comercial de responsabilidad limitada, la sucursal, la asociación en participación, el consorcio, entre otras.
En tal sentido, los inversionistas privados, sean personas naturales o jurídicas, tendrán que decidir si operarán a través de la constitución de una sociedad, del establecimiento de un negocio propio, o de la celebración de contratos de naturaleza asociativa.
4.2 – CONSTITUCION DE LA EMPRESA:
Elaboración de la Minuta: Después de transcribir el acta y ser firmada por todos los socios, es necesario elaborar la correspondiente minuta de constitución. Esta minuta debe contener los estatutos, la designación de sus representantes, facultades y la duración de los cargos de los mismos. Debe ser firmada por un abogado.
Escritura Pública: En cualquier Notaria Pública con la minuta firmada por el abogado, se procede a elevar la misma a Escritura Publica. El Notario da fe del contenido de la minuta, firmándola y envía a los Registros Públicos correspondiente para su inscripción.
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