13 LA CONTABILIDAD CREATIVA Y LA DEFRAUDACION FISCAL El maquillaje contable en relación con las autoridades fiscales se hace para reducir el pago de impuestos de forma fraudulenta, y nunca recomendable
14 LA CONTABILIDAD CREATIVA Y LA DEFRAUDACION FISCAL Reducir activos tales como existencias, clientes o activos fijos con amortizaciones o provisiones excesivas.
Reducir existencias con cambios en los criterios de valoración.
Reducir reservas y/o el resultado del ejercicio.
Ocultar ventas o elevar gastos para reducir el beneficio.
Retrasar la contabilización de ventas o adelantar la contabilización de gastos.
Considerar como gastos del período compras de Activo Fijo.
Transferir resultados de una empresa a otra en el interior de un grupo empresarial.
15 LA CONTABILIDAD CREATIVA EMPRESAS QUE REQUIEREN CREDITO. Aumentar activos tales como existencias, clientes o Activos fijos con amortizaciones o provisiones insuficientes.
Aumentar existencias con cambios en los criterios de valoración.
Aumentar reservas y/o el resultado del ejercicio.
Aumentar ventas o reducir gastos para aumentar el beneficio.
Adelantar la contabilización de ventas o retrasar la contabilización de gastos.
Considerar gastos del ejercicio como inversiones en concepto de Activo Fijo.
Transferir resultados de una empresa a otra en el interior de un grupo empresarial.
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31 EL PROBLEMA DE LA IMAGEN FIEL En contabilidad, se pretende que las cuentas sean fiables a través, sobretodo, del objetivo de imagen fiel que ha de alcanzar toda empresa cuando formula sus Estados Financieros.
32 EL PROBLEMA DE LA IMAGEN FIEL De acuerdo con la Normativa Contable, los estados financieros han de proporcionar una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Este objetivo es tan importante que inclusive se permite la posibilidad de dejar de aplicar alguna Norma Contable con el objetivo de alcanzar la imagen fiel.
33 EL PROBLEMA DE LA IMAGEN FIEL Sin embargo, a pesar de que la contundencia con la que se impone la imagen fiel podría hacer pensar que el concepto es diáfano. Sin embargo, no es así ya que coexisten dos corrientes:
34 EL PROBLEMA DE LA IMAGEN FIEL
La visión Legalista: Para las opiniones que se podrían encuadrar en esta corriente, la imagen fiel implica conformidad con la legislación vigente.
La visión Económica: La imagen fiel sería equivalente a la realidad económica, que prima sobre la legislación.
35 QUE ES UN BALANCE FALSO?
Aquel que conscientemente no se ajusta a la realidad del tráfico de un comerciante o de una empresa mercantil; ya sea por exagerar los créditos, por supervalorar los bienes, por ocultar deudas o por adulterar cualquier otra partida. Las finalidades que suelen perseguirse son la de eludir impuestos, aparentar una solvencia de que se carece o deslumbrar a posibles adquirentes.
36 TEXTO LEGAL Art. 265 Publicación y autorización de balances falsos
El socio, directivo, gerente, vigilante, auditor, contador, o representante de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación o de un comerciante individual, que a sabiendas y en perjuicio de otro, autorice o publique un balance, un estado de pérdidas y ganancias, memorias o cualquier otro documento falso o incompleto relativo a la situación patrimonial de la sociedad o del comerciante individual, será penado con prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por el mismo período para ejercer cargo, profesión, oficio, industria o comercio
37 La pena podrá ser incrementada hasta el doble en sus límites mínimo y máximo, cuando el delito se ejecute a través de una entidad que realiza oferta pública de títulos valores.
38 BIEN JURIDICO PROTEGIDO
El bien Jurídico tutelado es la confianza pública. Lo que se pretende proteger es la confianza del público en el normal desenvolvimiento del tráfico comercial. Estos delitos violan la confianza y la buena fe en los negocio
39 OBJETO DE LA ACCION
La acción recae sobre un balance, un estado de pérdidas y ganancias, memorias o cualquier otro documento falso o incompleto relativo a la situación patrimonial que han sido elaborados con información falsa, deformada o incompleta. La falsedad debe tener la capacidad de ocasionar un perjuicio patrimonial.
40 OBJETO DE LA ACCION
El delito puede verificarse por acción u omisión. En el primer supuesto, se consumaría -por ejemplo- con la incorporación de datos falsos dentro de los diversos informes financieros; mientras que la acción por omisión se concretaría, al omitir informar o publicar un dato relevante para el análisis de los estados contables o informes. .
41 AUTORIA. SUJETO ACTIVO
El socio, directivo, gerente, vigilante, auditor, contador, o representante de hecho o de derecho. Este delito sólo puede ser cometido por un grupo limitado de autores, a los que -a su vez- también debe constarles la especial condición que revisten.
42 AUTORIA. SUJETO PASIVO
Al tratarse de un delito pluriofensivo, los sujetos pasivos pueden ser varios, desde los socios de la entidad hasta el mismo Estado.
43 CULPABILIDAD
La expresión "a sabiendas" limita la culpabilidad al dolo directo. "Para la consumación del delito, debe mediar dolo en el autor y debe demostrarse su existencia.
44 CULPABILIDAD
La expresión "a sabiendas" limita la culpabilidad al dolo directo. "Para la consumación del delito, debe mediar dolo en el autor y debe demostrarse su existencia.
45 Basta con afirmar que cualquier adulteración que se realice en cualquiera de los estados financieros puede generar responsabilidad penal, ya sea por que se alteran las cifras (falsedad material) o por que se insertan afirmaciones contrarias a la realidad (falsedad ideológica).
CONCLUSION
46 Responsabilidad del contador público Fuentes Legal -Penal Código Penal y leyes penales Aplicación restrictiva. Dudas.
-Civil Código Civil y leyes civiles.
-Disciplinaria Código de Ética Leyes de Ejercicio Profesional
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