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Introducción al estudio del Derecho


Partes: 1, 2

    1. Atributos de las normas jurídicas
    2. Acepciones del vocablo Derecho
    3. Fuentes del Derecho
    4. Elementos de validez de los contratos
    5. Jurisprudencia técnica
    6. Hechos y actos jurídicos
    7. Método exegético (escuela exegética)

    DERECHO: Conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad.

    Atributos de las normas jurídicas

    • Bilateral: Conceden un derecho y crean una obligación.

    • Coercibles: Debe ser respetada y acatada aún en contra de la voluntad del particular, existe un órgano encargado de aplicar la norma.

    • Heterónomas: Sujeción a un querer ajeno, renuncia a la facultad de autodeterminación.

    • Externas: La conducta del particular trasciende al exterior.

    NORMAS MORALES.

    • Unilaterales: Imponen una obligación.

    • Incoercibles: No existe órganos facultados.

    • Autónomas: El particular las crea.

    • Internas: Remordimiento de conciencia.

    NORMAS RELIGIOSAS.

    • Unilateral: No hay derecho.

    • Incoercibles: No exigible.

    • Autónomas: Asumir nuevas normas.

    • Internas: Queda en el pensamiento.

    NORMAS DE USO O CONVENCIONALISMO SOCIAL

    • Reglas de etiqueta.

    • Reglas de cortesía.

    • Reglas de decoro.

    • Reglas de buen trato.

    • Reglas del buen vestir.

    NORMA (Lato sensu): Cualquier norma de conducta sea obligatoria o no.

    NORMA (Stricto Sensu): Aquella norma que otorga un derecho e impone una obligación.

    Acepciones del vocablo Derecho

    DERECHO OBJETIVO.- Conjunto de normas jurídicas que están contenidas en un ordenamiento determinado.

    DERECHO SUBJETIVO.- Es la facultad que tiene el particular para ocurrir ante los órganos jurisdiccionales y exigir el cumplimiento de una obligación o el esclarecimiento de una situación jurídicamente dudosa.

    DERECHO POSITIVO.- El respeto que el particular tiene de las normas jurídicas.

    DERECHO VIGENTE.- Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado ni abrogado.

    Sucesivo: Por cada 40 km. o fracción que exceda de la mitad se dará un día más, para el inicio de la vigencia.

    Sincrónico: Se establece con precisión la fecha en que la norma jurídica inicia su vigencia.

    DERECHO NATURAL.- Es esencialmente justo por naturaleza.

    Fuentes del Derecho

    =FUENTES FORMALES= Procesos de creación de las normas jurídicas.

    • 1. LEGISLACIÓN.

    Proceso legislativo: Es el proceso por el cual uno o más órganos del estado crean determinadas normas jurídicas de cumplimiento general a las que se les da el nombre de leyes.

    • a) Iniciativa. Congreso de la unión, legislaturas locales o ejecutivo federal.

    • b) Discusión. Las cámaras deliberan acerca de las iniciativas.

    • c) Aprobación. La aprobará por la mayoría de las cámaras legislativas ( P.R.

    • d) Sanción. El P.R. acepta el proyecto de ley. (derecho a veto una vez x ley)

    • e) Publicación. En el diario oficial de la federación.

    • f) Inicio de vigencia. La ley entra en vigor.

    El tiempo que existe entre el momento de la publicación de una ley y aquel en que comienza su vigencia se llama "Vocatio Legis".

    • 2. COSTUMBRE. Uso implantando en una colectividad considerada por esta jurídicamente obligatorio, es el derecho nacido consuetudinariamente.

    Aspectos de la costumbre:

    Objetivo: Practica constante y permanente de un determinado proceder.

    Subjetivo: El convencimiento del particular de que esa practica constante y permanente es obligatoria como sí se tratará de una Ley.

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