Descargar

Reexpresión de estados financieros (página 2)

Enviado por FERNANDA


Partes: 1, 2

En primer término hay que reconocer que al declarar la Corte Constitucional la inexequibilidad del numeral 5 del artículo 44 de la Ley 222 de 1995, consistente en la facultad reglamentaria del Gobierno Nacional para "los casos en los cuales deban presentarse estados financieros comparativos, indicando la forma de hacerlo, así como los períodos que deban incluirse en la comparación", limitó el desarrollo desde el punto de vista legal de mecanismos orientadores en la aplicación del tema, razón por la que los entes económicos obligados a llevar contabilidad deben obrar de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 del Decreto 2649 de 1993, por medio del cual se reglamentó en general la contabilidad en Colombia. En relación con los casos en los cuales deban presentarse estados financieros comparativos y los períodos a incluir, la norma mencionada establece cuáles son, al definir que : "Los estados financieros de propósito general se deben preparar y presentar en forma comparativa con los del

período inmediatamente anterior, siempre que tales períodos hubieren tenido una misma duración". (El subrayado no es del texto)

Es oportuno mencionar que la misma norma expresa que "…no será obligatoria la comparación cuando no sea pertinente…", aspecto regulado por el mismo Decreto en sus artículos 7º y 9º, al señalar que debe tenerse en cuenta si el ente económico continuará o no funcionando normalmente en los períodos futuros y que se fije el período o ejercicio contable para cortar sus cuentas y proceder a preparar y difundir estados financieros.

Con respecto a la forma de hacerlo, el Decreto en comento, precisó en su artículo 4º sobre "Cualidades de la información contable", que se requiere que ésta sea comparable y lo es cuando ha sido preparada sobre bases uniformes, esto es, que los estados financieros del ejercicio anterior que servirán de referencia para la comparación deben clasificarse y ajustarse a través de los papeles de trabajo que se elaboren para tal efecto, a fin de dejar las cifras de dichos estados clasificadas y valuadas sobre las mismas bases de los del último período.

Si bien es cierto que algunas entidades de inspección, vigilancia y control no obligan que para la presentación de estados financieros comparativos se haga la reexpresión de los correspondientes al período o períodos anteriores, si hay que anotar que para atender las cualidades de la información financiera del artículo 4º del Decreto 2649 de 1993, desde el punto de vista técnico contable debe obrarse de conformidad, es decir reexpresar dichos estados en los términos del

poder adquisitivo de la moneda a la fecha de cierre de los que servirán de base para la comparación.

Por lo tanto, los estados financieros de ejercicios anteriores deben ajustarse a la moneda de cierre, para lo cual es necesario multiplicar sus valores por el coeficiente de variación del índice empleado para el ajuste entre ambas fechas, actualización que no implica el cómputo de

resultado alguno.

Finalmente y debido a la importancia del tema, este Consejo considera necesario que en próxima oportunidad se retome el punto para un pronunciamiento de Fondo.

 

NOTAS

 (1) Párrafo 5 del segundo documento de adecuaciones al Boletín B-10, diciembre de 1987.

Análisis vertical y horizontal – reexpresión de estados financieros

1. Análisis vertical

El análisis vertical consiste en determinar la participación de cada una de las cuentas del estado financiero, con referencia sobre el total de activos o total de pasivos y patrimonio para el balance general, o sobre el total de ventas para el estado de resultados, permitiendo al análisis financiero las siguientes apreciaciones objetivas:

* Visión panorámica de la estructura del estado financiero, la cual puede compararse con la situación del sector económico donde se desenvuelve o, a falta de información, con la de una empresa conocida que sea el reto de superación.

* Muestra la relevancia de cuentas o grupo de cuentas dentro del estado. Si el analista, lector o asesor conoce bien la empresa, puede mostrar las relaciones de inversión y financiamiento entre activos y pasivos que han generado las decisiones financieras.

* Controla la estructura, puesto que se considera que la actividad económica debe tener la misma dinámica para todas las empresas.

* Evalúa los cambios estructurales, los cuales se deben dar por cambios significativos de la actividad, o cambios por las decisiones gubernamentales, tales como impuestos, sobretasas, así como va a acontecer con la política social de precios, salarios y productividad.

* Evalúa las decisiones gerenciales, que han operado esos cambios, los cuales se puedan comprobar más tarde con el estudio de los estados de cambios.

* Permiten plantear nuevas políticas de racionalización de costos, gastos y precios y de financiamiento.

* Permite seleccionar la estructura óptima, sobre la cual exista la mayor rentabilidad y que sirva como medio de control, para obtener el máximo de rendimiento.

El análisis de porcentajes también puede utilizarse para mostrar la relación de cada uno de los componentes con el total dentro de un solo estado. Este tipo de análisis se denomina análisis vertical. Como el análisis horizontal, los estados pueden formularse en partidas separadas o independientes, pueden presentarse en forma detallada o condensada. En este último caso, los detalles adicionales de los cambios en partidas separadas o independientes pueden presentarse en cédulas auxiliares. En estas cédulas, el análisis de porcentajes pueden basarse ya sea en el total de la cédula o en el total del estado, si bien el análisis vertical se limita a un estado individual, su importancia puede ampliarse al preparar estados comparativos.

En el análisis vertical del balance general, cada partida de activos se presenta como un porcentaje del total de activos. Cada partida de pasivos y de capital contable de los accionistas se presenta como un porcentaje del total de pasivos y del capital contable de los accionistas. El cuadro muestra un balance general comparativo condensado con análisis vertical de una compañía industrial y comercial. 4

MÉTODOS PARA REEXPRESAR

  • Método de ajustes por el nivel general de precios del consumidor: Permite expresar en pesos constantes por medio de factores del Nivel General de precios del consumidor.

  • Costos específicos: Reexpresar valores de reposición originalmente registrados. Costo de reposición es el dinero que genero y que es excedente pero se utiliza para efectos de inflación.

  • Método El retam: resultado por la tenencia de activo no monetario.

Método utilizado en México para reconocer los efectos de la inflación financiera

El sistema que se utiliza en México para cuantificar la situación financiera y los resultados de las operaciones de las empresas es un procesamiento de actualización dual, en el que se puede seleccionar, para la actualización de los inventarios y de los activos fijos tangibles, en método de "Ajustes por cambios en el nivel general de precios" o el de "Actualización de costos específicos", lo cual permite, dependiendo de las necesidades y características de la empresa en particular, obtener una información más significativa y útil.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. , a través de sus comisión de principios de contabilidad, emitió en junio de 1983 el Boletín B-10, "Reconociendo de los efectos de la inflación en la información financiera".Posteriormente, dos años después, en octubre de 1985, se incorporaron al boletín B-10 algunas normas y lineamientos para mejorar su funcionamiento, publicados en circulares Nos. 25 y 26, recogidas por un documento llamado "Adecuaciones al Boletín B-10" que contiene disposiciones normativas que deberán observarse en el contexto del boletín citado. En enero de 1987 se emite circular No. 28 "recomendaciones para fines de comparabilidad en un entorno inflacionario" y, finalmente, en octubre del mismo año se adiciona un segundo documento de adecuaciones en el que se modifica el tratamiento de la utilidad monetaria, se trata sobre la comparabilidad en los estados financieros de periodos anteriores y se requiere información complementaria relativa al costo histórico original sobre las partidas no monetarias.   A partir de 1989, después de una inflación durante dos años mayor del 100% y una última de más del 50% y con el fin de obtener comparabilidad de los estados financieros en el tiempo se emite un tercer documento de adecuaciones al Boletín B-10 que reglamenta:   a).- Expresión de los estados financieros en pesos del mismo poder adquisitivo.

Con el fin de mejorar la comparabilidad de los estados financieros principales, éstos deben de expresarse en la moneda del mismo poder adquisitivo.

 Todos los estados deben ser expresados en moneda del mismo poder de compra.   b).- Reexpresión del estado de resultados del ejercicio actual.

El estado de resultados se debe expresar en moneda del mismo poder adquisitivo del estado de situación financiera, es decir en moneda de poder adquisitivo de la fecha de cierre de ejercicio (antes de esta adecuación en estado se presenta en pesos de poder adquisitivo promedio al año)   C).- Comparabilidad de los estados financieros en el tiempo.

Cuando se presentan estados financieros comparativos éstos se deben expresar en pesos del poder adquisitivo del cierre del último ejercicio informado.   Se elimina la posibilidad de presentar, a través de notas a los estados financieros información reexpresada de periodos anteriores, por considerarse que su contenido es muy limitado, así como presentar información en pesos nominales por la confusión que puede provocar en el usuario.   d).- presentación de los conceptos del capital contable en el balance general.

La actualización del capital contable debe distribuirse entre los diferentes rubros que la integran de manera que cada uno este constituido por la suma de su valor nominal y de su actualización respectiva. Por razones legales o de otra naturaleza que demanden información de valores nominales podrá revelarse en forma adicional.   En los estados financieros, se deberá revelar que toda la información se encuentra expresada en pesos de poder adquisitivo a la fecha de cierre del último ejercicio. En enero de 1992, se emite el cuarto documento de adecuaciones en el que se deroga a la obligatoriedad de calcular y en su caso aprovisionar la paridad técnica i de equilibrio.   El quinto documento de adecuaciones al B-10 se emite en principio con vigencia a partir del primero de enero de 1996.

Con el objeto de lograr una mayor comparabilidad en los estados financieros y por cuestiones de objetividad e imparcialidad en la información, en este boletín el Instituto Mexicano de Contadores Públicos establece un solo  método –el de ajustes por cambio de nivel general de precios- para la actualización de los inventarios y costo de ventas, inmuebles, maquinaria y equipo y su correspondiente depreciación acumulada del periodo.   Este boletín por tanto establece que debe descontinuarse la utilización del método de costos específicos relativo a los activos, pudiendo revelarse en las notas a los estados financieros los costos específicos relativos a los activos, cuando la empresa decida seguir utilizando este método.   En marzo de 1996 se publicó un addéndum a este quinto documento de adecuaciones, difiriendo su aplicación a partir del 1º. De enero de 1997.

 Finalmente este quinto documento de adecuaciones, prácticamente no entro en vigencia, ya que fue sustituido y elimado por el por el "Quinto documento de adecuaciones (modificado) que entró en vigor a partir del 1º de enero de 1997.   Después de varias controversias se llegó a la conclusión que el método de costos específicos efectivamente viola el principio de valor histórico original, no mantiene la objetividad de la información porque imposibilita probar de manera práctica y segura los parámetros utilizados para la actualización de las partidas reexpresadas bajo este método, además de que es un método que no puede aplicarse a todos los rubros que componen los estados financieros.

Y por último no es congruente con la normatividad internacional.   En el quinto documento de adecuaciones (modificado), se confirma como regla general el método de ajustes por cambios en el nivel general de precios, ya que es el que mejor se apega al concepto de "costo histórico original", base de los principios internacionales más reconocidos.

Sin embargo se permite la opción de utilizar costos de reposición para reconocer los efectos de la inflación en los inventarios y costos de ventas, así como se permite también la indización específica para maquinaria y equipo y su depreciación, bajo ciertas reglas., básicamente cuando su costo de adquisición tenga clara identificación con otra moneda.5

EJEMPLOS DE ESTADOS FINANCIEROS REEXPRESADOS

LA MAGINIFICA, SA DE CV

BALANCE GENERAL AL 31/12/2007

ACTIVO CIRCULANTE

CIFRAS SIN REEXPRESION

CIFRAS REEXPRESADAS

DIFERENCIAS

BANCOS

257.50

257.50

CLIENTES

262.50

262.50

INVENTARIO MP

120.00

120.61

0.61

INTENTARIO PP

90.00

90.68

0.68

INVENTARIO PT

140.00

141.49

1.49

TERRENO

90.00

123.55

33.55

EDIFICIO

350.00

419.18

69.18

MAQUINARIA Y EQUIPO

550.00

648.67

98.67

EQUIPO DE TRANSPORTE

120.00

137.70

17.70

DEPRECIACIONES ACUMULADAS

– 347.00

– 414.08

– 67.08

TOTAL ACTIVOS

1,633.00

1,787.80

154.80

PASIVOS CIRCULANTE

PROVEEDORES

400.00

400.00

DOCUMENTOS POR PAGAR LP

400.00

400.00

caja

TOTAL PASIVOS

800.00

800.00

CAPITAL CONTABLE

CAPITAL SOCIAL

500.00

673.55

173.55

RESERVA LEGAL

30.00

40.76

10.76

UTILIDADES EJERCICIOS ANTERIORES

100.00

120.86

20.86

CORRECCION POR REEXPRESION

– 25.10

– 25.10

RESULTADO EJERCICIO

203.00

177.72

– 25.28

TOTAL CAPITAL

833.00

987.80

154.80

TOTAL PASIVO MAS CAPITAL

1,633.00

1,787.80

154.80

Elaborado por CP Luis Gerardo García Castro

volver

[email protected]

LA MAGINIFICA, SA DE CV

ESTADOS DE RESULTADOS REEXPRESADO AL 31/12/2007

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VENTAS

1,460.00

1,491.67

31.67

OTROS INGRESOS

 

TOTAL DE INGRESOS

1,460.00

1,491.67

31.67

 

 

 

 

 

 

 

 

MANO DE OBRA

50.00

51.08

1.08

EFECTO DE INVENTARIOS GLOBAL

630.00

679.82

49.82

GIF NORMALES SIN DEPRECIACIONES

160.00

163.47

3.47

GIF DEPRECIACIONES-AMORTIZACIONES

55.00

56.19

1.19

 

 

 

 

COSTO DE VENTAS

895.00

950.57

55.57

 

 

 

 

UTILIDAD BRUTA

565.00

541.10

– 23.90

 

 

 

 

GASTOS DE OPERACIÓN

 

 

 

GASTOS DE OPERACION SIN DEPRECIACIONES

170.00

173.69

3.69

GASTOS DE VENTA SIN DEPRECIACIONES

140.00

143.04

3.04

GASTOS DE ADMINISTRACION

 

OTROS GASTOS

 

OTROS PRODUCTOS

 

SUMA DE GASTOS DE OPERACIÓN

310.00

316.72

6.72

 

 

 

 

DEPRECIACIONES DE OPERACIÓN

 

 

 

DEPRECIACIONES DEPTO VENTAS

24.00

24.52

0.52

DEPRECIACIONES DEPTO OPERATIVO

DEPRECIACIONES DEPTO ADMINISTRATIVO

18.00

18.39

0.39

OTRAS DEPRECIACIONES

SUMA DEPRECIACIONES DE OPERACIÓN

42.00

42.91

0.91

 

 

 

 

UTILIDAD DE OPERACIÓN

213.00

181.46

– 31.54

 

 

 

 

GASTOS FINANCIEROS

10.00

10.22

0.22

PRODUCTOS FINANCIEROS

 

REPOMO

 

– 6.47

– 6.47

 

 

 

 

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS

203.00

177.72

– 25.28

 

 

 

 

ISR

 

PTU

 

 

 

 

 

UTILIDAD NETA DESPUES DE IMPUESTOS

203.00

177.72

– 25.28

 

 

 

 

 

 

 

 

Elaborado por CP Luis Gerardo García Castro

volver

[email protected]

Paginas consultadas en línea

1.- (En línea)

2.-http://economía-excel.blogspot.com/2008/07/reexpresion-estados-financieros.html

3.- Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos.htm

4.- Read more (En linea)

5.- Mtro. Octavio Rolando Lara Martínez – orlaramartinezarrobayahoo.com.mx

Contador Publico con Maestria en Administración Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México (En línea)

6.- EJEMPLOS SACADOS DE LA PAG: Libro Excel: reexpresion_contable.xls http://economia-excel.blogspot.com/2008/07/reexpresion-estados-financieros.html

 

 

Autor:

Fernanda

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente