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Demanda procesos civiles

Enviado por Daniel Betancor


Partes: 1, 2

    1. La demanda. Concepto
    2. Requisitos
    3. Tratamiento procesal de los requisitos de la demanda
    4. Documentos que han de acompañar la demanda
    5. Admisión de la demanda
    6. La litispendencia

    1) La demanda

    1.1) Concepto.

    En sentido jurídico-procesal, el término demanda tiene dos significados:

    1. La demanda es el acto de parte que inicia el proceso,
    2. La demanda es el acto en el que el actor ejercita su derecho a la tutela judicial efectiva, afirma la acción que ejercita y solicita una tutela jurisdiccional concreta.

    1.2) Requisitos

    Los requisitos impuestos en el art.399 de la LEC para el juicio ordinario son de aplicación a todo tipo de proceso declarativo e incluso a todo tipo de proceso, a salvo de las especialidades que en cada caso disponga la ley. Cualquier demanda que cumpla dichos requisitos deberá ser admitida. A tenor del art.399 la demanda debe contener los siguientes extremos:

    1. Identificación y localización del acto y del demandado.
    2. Mención del nombre y apellidos del procurador y del abogado, cuando intervengan.
    3. Exposición numerada y separada de los hechos, que se narrarán de forma ordenada y clara. Con igual orden y claridad se expresarán los documentos y medios e instrumentos que se aporten en relación con los hechos que fundamenten las pretensiones y, finalmente, se formularán valoraciones o razonamientos sobre éstos, si parecen convenientes para el derecho de los litigantes.
    4. Exposición numerada y separada de los fundamentos de derecho, tanto de los referidos al fondo del asunto como los relativos a la concurrencia de los presupuestos procesales y, en su caso, a la inexistencia de óbices procesales.
    5. Fijación con claridad y precisión de lo que se pida. En la petición, cuando sean varios pronunciamientos que se pretendan, se expresarán con la debida separación. Las peticiones formuladas subsidiariamente se harán constar por su orden y separadamente.
    Partes: 1, 2
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