- Remuneración
- Salario mínimo
- Fijación de las remuneraciones mínimas
- Cobertura del salario mínimo
- Efectos del salario mínimo
- El nivel del salario mínimo
- Evolución del salario mínimo
- Conclusiones del Estudio
- Bibliografía
Introducción:
Uno de los elementos esenciales en toda relación de trabajo es la remuneración .la trascendencia de este tema a requerido una detallada y necesaria intervención tanto legislativa y económica para poder ser regulado además de requerir del reconocimiento constitucional e internacional de este derecho que no se limita solo a convenios con la OIT si no que alcanza a instrumentos como la declaración universal de los derechos humanos en nuestro país tenemos el articulo 23 de la constitución de 1933 en el que señala que nadie esta obligado a prestar trabajo sin retribución mientras que el articulo 24 dice que el trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure para el y su familia bien estar material
como es posible darse cuenta la dimensión económica recae precisamente en el poder de compra y la demanda pues de los salarios depende lo mencionado pero la composición de este pasa por un sueldo mínimo
Resumen:
1.-Remuneración:
Constituye remuneración el íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualesquiera sean la forma o denominación que se le dé, siempre que sea de su libre disposición. Tal concepto es aplicable para todo efecto legal, tanto para el cálculo y pago de los beneficios previstos en la presente Ley, cuanto para impuestos, aportes y contribuciones de la seguridad social y similares que gravan las remuneraciones, con la única excepción del Impuesto a la renta que se rige por sus propias normas.
2.-SALARIO MÍNIMO:
Remuneración mínima vital es la cantidad menor fijada con arreglo a ley a que tiene derecho todo trabajador que labora una jornada ordinaria de trabajo completa. Se entiende por tal la que se cumple usualmente en la empresa o centro de trabajo.
En caso de jornada inferior o de trabajo por horas, la remuneración mínima se abona en forma directamente proporcional al tiempo efectivo trabajado. Cuando la remuneración es variable, debe garantizarse una cuantía no inferior a la remuneración mínima vital, en una jornada ordinaria de trabajo.
En el Perú La Remuneración Mínima Vital (que así se llama exactamente) asciende a la fecha a la suma de S/. 460.00 mensuales ó S/.15.33 diarios, según sea el caso; de acuerdo a lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 022-2003 (13/09/2003).
3.-Fijación de las remuneraciones mínimas
Las remuneraciones mínimas son fijadas y reajustadas, a propuesta del Consejo Nacional del Trabajo, mediante decreto supremo, el cual no puede modificarla cuando es adoptada en forma unánime en el caso del Perú.
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