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8. Asamblea de pequeños y medianos empresarios (APYME)

La Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (APYME) han presentado el PLAN DE SALVATAJE PARA LAS PYMES ante el Parlamento Nacional con el respaldo de centenares de entidades empresarias y organizaciones sociales:

  1. Imprescindible necesidad de fortalecer el mercado interno, con un papel activo del Estado y un plan de obras públicas que signifique creación de empleo. Implementar un seguro de desempleo para los jefes de familia y un subsidio por cada hijo en edad escolar.
  2. Refinanciación global –con recálculo del monto a tasa libor- de las deudas bancarias, impositivas (nacionales, provinciales y municipales), previsionales y con empresas prestadoras de servicios públicos. Esta medida, fundamental para la recomposición del capital de trabajo, incluirá un período de gracia de dos años.
  3. Suspender por dos años los juicios, sentencias y ejecuciones por deudas impositivas, previsionales y financieras.
  4. Frenar las importaciones indiscriminadas que lesionan la producción nacional. Acción efectiva contra el contrabando, las denuncias de "dumping" y la llamada "aduana paralela".
  5. Fijar leyes y normas de regulación a la actividad de los súper e hipermercados en especial, precios y plazos a proveedores pymes, horarios, condiciones de trabajo y eliminación de privilegios en relación con el resto de los comercios.
  6. Modificar el sentido altamente regresivo del régimen tributario para descomprimir la presión sobre el consumo y orientarlo a las grandes ganancias, eliminando también las exenciones a las rentas financieras, bursátiles y especulativas.
  7. Que el accionar de la DGI se oriente principalmente hacia los grupos concentrados, las grandes fortunas y el capital financiero y no contra el pequeño y mediano empresario, industrial, productor agrario, comerciante y prestatario de servicios dispuesto a cumplir con disposiciones justas.

    Notas: 

  8. Efectiva vigencia del COMPRE NACIONAL y del Compre PYME tanto por parte de las reparticiones del Estado, como de los grandes grupos empresarios y de las empresas privatizadas. Las Pymes tendrán preferencia para ser proveedoras a igualdad de condiciones con las grandes empresas cuando las diferencias de precios no superen el 5 por ciento.
  9. Los recursos para la asignación de un seguro de desempleo para los jefes y jefas de familia desocupados y de un subsidio por hijo en edad escolar, al que se refiere el punto 1, deberían provenir de:
  • Dejar de subsidiar a peajes, ferrocarriles y operadores fluviales.
  • Restituir los aportes patronales de bancos, hipermercados y empresas privatizadas.
  • Eliminar exenciones en impuestos a las ganancias.
  • Gravar consumos no esenciales.
  1. La refinanciación de pasivos a que se refiere el punto 2 debería provenir de:
  • La desafectación de una parte de los requisitos mínimos de liquidez que deben constituir los bancos, en proporción a la cantidad de préstamos a PYMES objeto de la refinanciación.
  • La constitución de un Fondo específico cuyos recursos serían destinados a cubrir la diferencia entre las tasas de mercado y las menores tasas que pagarán las PYMES en sus refinanciaciones.  Este fondo debería constituirse con:
  • Un impuesto extraordinario a las ganancias de los bancos extranjeros.
  • Un impuesto a la remisión de utilidades al exterior de las empresas extranjeras.
  • Un impuesto al endeudamiento de los préstamos y otras financiaciones tomados por las grandes empresas.
  • Las modificaciones al régimen tributario propuestas en el punto 6 del Plan de Salvataje.

Conclusiones

  1. Tanto en la doctrina como en el derecho comparado se ha propiciado la adopción de un procedimiento simplificado con la finalidad de acelerar y abaratar los trámites concursales de deudores de reducido nivel patrimonial.
  2. Dicha tendencia cobra especial significado cuando se trata de preservar la subsistencia de las pequeñas y aun de las medianas empresas, evitando su eventual liquidación concursal y desaparición.
  3. La inclusión de un capítulo especial en la ley 24522 destinado a los pequeños concursos y quiebras debe ser juzgado como un relativo acierto en cuanto retoma el criterio político-legislativo de atender a la situación particular de dichos deudores.
  4. Empero, el régimen establecido adolece de notorias carencias que deben ser subsanadas en una futura reforma. La decisión política será la de hacer una reforma parcial, correctiva, o establecer un régimen totalmente diferente.
  5. En tal oportunidad, debe propiciarse también un procedimiento que satisfaga los requerimientos de los llamados "megaconcursos", de modo que el nuevo régimen ofrezca un repertorio de normas flexibles, en función de la relativa dimensión del sujeto deudor.

Salvatajes fraudulentos* ¿Salvatajes fraudulentos? Un nuevo salvataje para los empresarios Autor: Por Guillo Pistonesi Fecha: 9/11/01 Si algo ha caracterizado a Domingo Felipe Cavallo en sus casi tres décadas de vida pública, es su notable esfuerzo en salvar a la decadente clase empresaria durante las distintas crisis por las que atravesó la economía nacional. Ese es el núcleo del nuevo "plan" que incluye la licencia para despedir trabajadores en las empresas que entren en el salvataje y los "planes de competitividad" . Uno de la docena de decretos de necesidad y urgencia que firmaron en los últimos días se refiere a un plan estatal para licuar la deuda de las empresas. El débito que tenga cualquier sociedad anónima con la DGI podrá ser pagado con la emisión de acciones "a valor libros", papeles con un valor superior al del mercado, reduciéndose así el valor real de la deuda. La "condición" es que el propietario mantenga el gerenciamiento de la empresa aún cuando el estado se quede con el paquete mayoritario. Pero esto no termina allí: los bancos podrán recaudar deudas consideradas incobrables ya que se les permite a los empresarios pagarlas en bonos pero a su valor nominal, por ejemplo $ 100, pero que hoy valen en el mercado $ 50. Es decir que con esta operación se licuaría el 50% de la deuda. Como si esto fuera poco, aquellos que hayan capitalizado sus deudas impositivas podrán recibir aportes para capitalizar a su empresa en una suma igual al monto de las acciones que haya dado a la AFIP, con dinero proveniente del exterior o de cualquier lado que nunca fuera declarado al fisco, es decir fondos por los que no se pagaba ningún impuesto. "Repatriación", le llaman al reconocimiento y blanqueo de esta flor de estafa e invitación para el lavado de dinero. ¡Y después, con su mejor cara de pocker, Cavallo intenta explicar que se trata de darle una ayuda a unos pobres empresarios fundidos! En la lista de los principales potenciales beneficiarios de este salvataje se encuentran tres de los argentinos que figuran en la lista de las 538 personas más ricas del mundo: Amalia de Fortabat (Loma Negra y ferrocarriles), Ernestina de Noble (Grupo Clarín) y Pérez Companc (PeCom). Además están en la lista Macri (quien fuera el primero que se animó a plantear la necesidad de estatizar la deuda privada), Soldatti (Compañía General de Combustibles), Gatic, Yoma, Alpargatas. Y aunque parezca increíble, también podrían beneficiarse Repsol-YPF, Fiat Argentina, Telecom, Disco, Aguas Argentinas, Telefónica, Volkswagen, Movicom quienes podrán pagar al 50% sus multimillonarias deudas bancarias. La evasión impositiva anual de estos grandes grupos económicos se calcula en 20.000 millones de dólares anuales. El estado ayer, hoy y siempre al salvataje En 1981, como presidente del Banco Central durante el gobierno del Gral. Viola, el "Mingo" estatizó la deuda externa de las empresas privadas, 13.000 millones de dólares que la misma dictadura había estimulado a crear, transfiriendo una enorme masa de recursos a estos "patrióticos" empresarios. Conocido es el caso de la entrega de Papel Prensa al Grupo Clarín por parte Videla, otra estafa que le permitió al "Gran Diario Argentino" pasar a liderar el mercado periodístico. Otro de los mecanismos que utilizó el Estado para transferir recursos a los empresarios durante la dictadura (además de liquidar físicamente a la vanguardia obrera y bajar los salarios) fue la Promoción Industrial con importantes reducciones impositivas, avales para créditos baratos, seguros de cambio para los créditos en dólares, suministro de energía a bajo costo. Algunos grupos económicos favorecidos por esta Promoción fueron… Alpargatas, Loma Negra, Celulosa, Acindar, Bridas, etc. Años después, muchas de esas empresas beneficiarias, "la patria contratista", se quedaron con las empresas estatales a precios irrisorios, asociadas con la banca internacional. Durante el gobierno de Alfonsín, además de garantizar el pago puntual de la fraudulenta deuda externa y la hiperinflación que benefició a un pequeño grupo de capitalistas, se demostró que el Estado pagaba increíbles sobreprecios a sus grandes proveedores, destacados integrantes del capital concentrado local (Eduardo Basualdo). Estas transferencias encubiertas estaban fuertemente concentradas en las grandes empresas como… Pérez Companc, Fiat, Techint, Siemens, etc.

A mediados de los los 90, cuando comenzó el "efecto Tequila", el inefable Cavallo junto a Carlos Menem eliminó los aportes patronales al sistema de previsión social, otros 1.500 millones de dólares para las arcas de… Repsol-YPF, las telefónicas, Disco, Coto, Aguas Argentinas, Telefónica, Volkswagen, Movicom. Le decían "Incentivo al empleo"… La privatización de las jubilaciones, significó la transferencia de unos 6.000 millones anuales, plata de los trabajadores, a la banca. Las empresas privatizadas fueron beneficiadas con subsidios directos (peajes y ferrocarriles) y altísimas tarifas monopólicas. Durante los últimos 27 años la clase trabajadora pasó de percibir casi el 50% de la renta nacional al 17% hoy, genocidio, hiperinflación e hiperdesocupación mediante. El Estado burgués, lejos de "retirarse de la economía" o estar "desguazado", hoy, una vez más, sale seriamente al rescate de la clase social que representa. Como reconoció Elisa Carrió en la Cámara de Diputados, "No hay capitalismo sin Estado. El Estado es el que dio lugar al capitalismo; no se equivoquen".

19/02/02 Nueva transferencia de ingresos populares hacia los grandes grupos económicos Época El presidente Duhalde ha manifestado que su gobierno constituye una alianza entre la producción y el trabajo, justificando de este modo el "apoyo" económico a las grandes empresas y bancos. Tras la devaluación del peso y con el supuesto propósito de defender el empleo y fomentar el aumento de la producción, ha pesificado "1 a 1" las deudas bancarias de las grandes empresas y ahora se propone pesificar las deudas que tienen un puñado de grandes empresas con inversores del exterior (las denominadas obligaciones negociables colocadas fueras del país) a través de la implementación de un "seguro de cambio". Este "salvataje" de empresas que supuestamente quebrarían, dejando a más argentinos sin empleo, está en realidad encubriendo una nueva y brutal transferencia de ingresos desde el pueblo argentino hacia unos pocos grandes grupos económicos.

Licuación de deudas y seguro de cambio En 1982, el entonces Presidente del Banco Central Domingo Cavallo aplicó un "salvataje" similar. La cuantiosa deuda externa privada que se había generado como fruto de la especulación financiera consistente en tomar préstamos en el exterior y hacer colocaciones financieras en el mercado local (aprovechando que las tasas de interés locales eran muy superiores a las internacionales) fue estatizada a través de la implementación de un seguro de cambio. De este modo, el gobierno argentino le pesificaba la deuda al tipo de cambio de ese momento. Como rápidamente el dólar y la inflación se dispararon, los deudores privados terminaron pagando una cifra muy inferior a la de su deuda original y el Estado se hizo cargo de la mayor parte de esa deuda. Un estudio del economista Eduardo Basualdo demostró que el 64% de esa deuda estatizada pertenecía a sólo 130 grupos económicos de capitales locales y extranjeros.

Esos grupos sacaron el dinero del país y lo colocaron en cuentas bancarias y otras inversiones en el exterior. Recién repatriaron una parte de esos capitales fugados a comienzos de los años noventa, con el objeto de comprar empresas estatales (ENTel, Aerolíneas Argentinas, SEGBA, Gas del Estado). Así fue como grupos económicos locales como Pérez Companc, Macri, Soldati, Techint, Astra y varios más se asociaron a operadores extranjeros como Telefónica de España, Electricité de France, Britsh Gas y otros para adquirir empresas estatales sumamente subvaluadas. Sin embargo, poco tiempo después comenzaron a retirarse vendiendo sus participaciones accionarias y realizando un excelente negocio (compraron barato, ganaron mucho dinero operando la empresa y luego vendieron sus acciones a valores mucho más elevados). El dinero salió nuevamente del país. Los capitales argentinos radicados en el exterior (fuga de capitales) sumaban 60.000 millones de dólares a comienzos de los años noventa. Hoy son más de 120.000 millones de dólares.

Una nueva etapa de acumulación La devaluación valoriza notablemente los activos de los grandes grupos económicos y de algunos sectores del capital transnacional. Esto es así porque los dólares que sacaron del país ahora ya no equivalen a 1 peso sino a 1,80 o 2 pesos, según la cotización del mercado libre. Esto significa que podrían comprar bienes en el país pagando la mitad que antes. Y también, que pueden saldar sus deudas pagando la mitad, ya que fueron pesificadas 1 a 1. Por eso, la pesificación de la deuda de los grandes grupos económicos no es un salvataje sino una brutal transferencia de ingresos hacia esos sectores económicos. Y lo pagará el pueblo argentino en su conjunto, ya que será el Estado el que tendrá que abonar unos 18.000 millones de dólares para "compensar" a los bancos por el descalce que les ocasiona pesificar depósitos a 1,40 y deudas a 1 peso. Además, muchos de esos grandes grupos obtienen ingresos en dólares ya que son exportadores de alimentos, petróleo y otros productos, con lo cual podrán ir cancelando sus deudas con dólares que podrán vender a 1,80, 2 pesos o posiblemente más, cuando habían sido pesificadas 1 a 1. El seguro de cambio para la deuda externa privada es un mecanismo similar. Nuevamente es un beneficio para unos pocos: menos de 100 empresas son las que poseen obligaciones negociables colocadas en el exterior. Ahora pretenden que el Estado les otorgue un seguro de cambio, es decir, que les garantice que los futuros pagos de la deuda se harán al tipo de cambio actual o posiblemente a uno menor al actual. Si el dólar sube, el Estado se haría cargo de cubrir la diferencia, lo que representaría una nueva transferencia de recursos en beneficio de estos sectores empresarios.

También se dice que estos grandes grupos generan empleo. Sin embargo eso es relativo y en muchos casos es falso. Por ejemplo, de acuerdo a la información de la Encuesta de Grandes Empresas del Indec, entre 1993 y 1999 las principales 500 empresas del país despidieron al 7,5% de su personal, a pesar de que en ese mismo período obtuvieron cuantiosas ganancias y expandieron su producción y sus exportaciones. En otras palabras, las grandes empresas destruyeron en forma directa casi 50.000 puestos de trabajo y a pesar de concentrar más del 30% de la producción del país, emplean a menos del 5% de los trabajadores argentinos. Además, como incrementaron sus importaciones, también generaron una reducción de sus compras en el país, hecho que impactó negativamente sobre la producción, las ventas y el empleo de sus empresas proveedoras, en buena medida empresas pequeñas y medianas.

En síntesis, el gobierno de Duhalde no es una alianza con los sectores de la producción y el trabajo sino tan sólo con los grandes grupos económicos y los beneficiarios de las privatizaciones y la convertibilidad. En este contexto, se debe evitar la implementación del seguro de cambio, instrumento que no generará ningún beneficio para el pueblo argentino sino tan sólo para los sectores económicos que han sido favorecidos durante los últimos 25 años.

9. Noticias y actualidad

Martes 16 de marzo de 1999 – La Nación. El momento politico y la situacion economica.   Plan de salvataje para la industria y el comercio. Lo lanzó Roque en París. Convierte en bonos la deuda impositiva que mantenía la DGI con los privados. Son 2.300 millones. Busca que las empresas tengan respaldo para obtener créditos En otro reconocimiento oficial de que la economía está afectada y retraída por la crisis internacional, Roque Fernández decidió ayer transformar en bonos la deuda impositiva que el Estado tiene con el sector privado. Son unos 2.300 millones en total. Ese reconocimiento se hará en pagarés en cuotas anuales iguales del 20% hasta 5 años. El objetivo es que, contra ese crédito del Estado, los bancos le vuelvan a prestar a las empresas privadas. Y con ese dinero las empresas reconstruyan el circuito productivo y la capacidad de pago, reactiven el mercado interno y vuelvan a exportar. Este plan de auxilio se lanza en un momento político particular, cuando el presidente Menem insiste en el proyecto de re-reelección. En ese marco, Roque también anunció una reasignación del Presupuesto por 20 millones para ampliar el subsidio de 4 puntos a la tasa de interés de los créditos a las PyMEs, lo que permitirá -dijo- aumentar el financiamiento a ese sector en 500 millones de pesos. "Con estas medidas mejoramos el financiamiento a las empresas por 2.300 millones de pesos", enfatizó el ministro de Economía. Pero los industriales, que pretendían cobrar ese dinero en efectivo, se mostraron "decepcionados". Sin embargo, una fuente de la UIA dijo a Clarín en Buenos Aires: "Peor es nada y lo cierto es que de otra manera no hubiéramos cobrado la deuda de la DGI". Los otros anuncios de Roque fueron: Un subisidio a las gastos de emisión de acciones que realicen las PyMEs y un mayor reintegro a las exportaciones industriales que se dirigen al Mercosur. Se permitirá computar como nacionales las piezas que compre la industria automotriz en Brasil, siempre que el auto terminado se exporte hacia fuera del Mercosur. Presionado por el ala política, Roque no esperó volver a Buenos Aires para lanzar estas medidas. Aprovechó la Asamblea Anual del Banco Interamericano de Desarrollo y la majestuosidad parisina para descomprimir la presión politico-empresarial. Sin embargo, Roque no accedió a otro pedido que le llegó desde la Casa Rosada: anular el impuesto a los intereses y a los activos, aprobada a fin del año pasado, y que tuvo una gran resistencia empresarial. "La reforma impositiva no se toca", enfatizó al reconocer que el presidente Menem le había pedido que estudiara la posibilidad de eliminar los impuestos a los intereses de los préstamos externos de las empresas y el que se aplica sobre la ganancia mínima presunta.

Roque comenzó ayer a las 8 en un París con cielo despejado y una primavera anticipada. A esa hora ante unos 170 empresarios y economistas argentinos convocados en el hotel Meridien, a unos 600 metros del Arco de Triunfo, el ministro admitió que "la actividad económica quedó afectada por la crisis internacional" y que "el sector privado sigue teniendo dificultades para acceder al financiamiento doméstico". Esto no se debe, agregó, a que el sistema financiero no tenga liquidez sino porque los bancos están "sentados sobre el dinero y tienen temor de prestarle a las empresas privadas por la incertidumbre". Asi, el plan de auxilio a la industria, el comercio y el agro, es el reconocimiento de parte del Gobierno a través de documentos o pagarés de los saldos impositivos que tienen a su favor las empresas. Contra esos papeles del Estado, los bancos puedan volver a prestarle a las empresas. Los saldos impositivos a favor de las empresas son los créditos fiscales que tienen acumulados por retenciones y percepciones hechos a favor de la AFIP-DGI que no pudieron descargar de sus balances impositivos. Según Roque, de los 2.300 millones adeudados por el Estado, el 32% corresponde a empresas de comercio, otro 46% al agro y la industria y el restante 22% a la construcción y los servicios.

"Hoy la empresa con un crédito fiscal a su favor lo único que tiene es un asiento contable y un reclamo ante la AFIP. Ahora lo que haremos es documentar el reclamo verificado, para que la empresa pueda hacerse de efectivo, en forma inmediata, ofreciendo a los bancos como respaldo esos documentos", aclaró Roque. Roque explicó que esos pagarés serán transferibles y, a su vencimiento, podrán usarse para cancelar impuestos o cargas sociales. Pero no pagarán intereses. El ministro prometió normalizar la devolución de los impuestos a las exportaciones. "Entre diciembre y febrero devolvimos 550 millones", indicó. Pero descartó una devolución automática de los impuestos a los exportadores porque "la última que se hizo terminó en el escándalo del oro. No hay otra alternativa que verificar y validar esas devoluciones".

Lunes 12 de noviembre de 2001 – Clarin La Crisis: Cumplidores, En Desventaja El salvataje a las empresas golpeadas genera polémica. Permiten utilizar bonos que se compran a precio de mercado y se reconocen a valor nominal para cancelar deudas · Pero el beneficio es sólo para empresas morosas o calificadas de incobrables La decisión del Gobierno de tirar una soga a las empresas que no pueden pagar sus créditos a los bancos —ahora podrán hacerlo con títulos públicos—, generó polémica entre las mismas firmas privadas. El eje del debate es el grado de justicia de una medida que permitirá a muchas empresas que hoy están en categoría de insolvencia cancelar sus créditos con títulos, con un sistema que implica una rebaja del 50% sobre esas deudas. La polémica se origina ya que este salvataje no reservó ningún premio a los que cumplen con sus obligaciones.

Todos los hombres de negocios, sin excepción, se encuentran en estado de alerta esperando los detalles de la reglamentación del salvataje, que podría estar listo en las próximas horas.

El cuestionamiento que parte desde las firmas que están al día con los bancos es simple: la recesión y las altas tasas de interés afectan por igual al conjunto de las empresas, simplemente porque operan en la Argentina. Pero los que cumplieron con sus obligaciones —y que tuvieron que renovar créditos a tasas insostenibles— quedan ahora en desventaja.

Ese razonamiento se escuchó en forma reiterada la semana pasada, durante el 37ø Coloquio de IDEA, en Mar del Plata. Y también fue refutado a viva voz por el titular de la Unión Industrial, José de Mendiguren. "El salvataje financiero va a dar oxígeno a cientos de empresas pequeñas y medianas que podrían pagar sus obligaciones en un contexto normal, pero que hoy se están ahogando. Son firmas que se reequiparon y son competentes, ya que de lo contrario no podrían haber llegado hasta este punto de la carrera", razonó.

Como la reglamentación del salvataje no salió, todavía no se sabe con precisión qué firmas van a poder utilizar esta herramienta. "Es algo que estamos estudiando dentro de la empresa", dijo Jorge Aguado, presidente del Correo Argentino y hombre fuerte del grupo Macri. El Correo está concursado, con 763 millones en deudas. Lo mismo dicen en Gatic, la textil de la familia Backchellián que se concursó con un pasivo de 355 millones de dólares, de los cuales más de 150 millones son deudas contra el Fisco. Enrique Pescarmona, uno de los pocos dueños de empresas que se dejaron ver en el Coloquio, admitió que el proyecto de salvataje ese "criticable", pero lo defendió. "Lo podemos criticar, pero el salvataje es bueno en sí mismo, porque de lo contrario todas las empresas chicas y medianas van a desaparecer. Sirve para terminar con esta espiral descendente de menor consumo y más desempleo".

Pero el debate entre los empresarios encierra una crítica más profunda, que hasta ahora nadie expresa en voz alta: se basa en que el salvataje del Gobierno tiene como principales beneficiarios a las empresas que adquirieron los fondos de inversión, que las pagaron con créditos apalancados —es decir, endeudaron a las empresas que compraban para repagarlas— y las terminaron llevando al concurso preventivo.

Esa divisoria de aguas quedó plasmada en un comentario de Oscar Vicente, vicepresidente de Perez Companc y uno de los ejecutivos más escuchados durante las jornadas de IDEA. Por omisión, Vicente dejó en claro la frontera hasta donde Perez Companc acompaña la medida. "No tengo problema en que todos los que estamos al día con los bancos y la AFIP subsidiemos a empresas de trayectoria, que invierten y hacen punta, como Mastellone, o Sancor, por ejemplo", se le escuchó decir en un pasillo del hotel Sheraton, a metros del campo de golf marplatense. Mucho más explícito fue otro ejecutivo, vicepresidente de uno de los escasos grupos que hoy facturan más de 1.000 millones de dólares adentro del país. "Hay competidores que están llevando adelante procesos de quiebra fraudulenta, ya que vaciaron sus empresas. Ahora pueden comprar sus deudas con una quita del 50%, mientras nosotros no podemos", apuntó. De paso, subrayó la reiterada falta de incentivos hacia las empresas que cumplen con sus obligaciones: "Tenemos la mejor categoría crediticia del Banco Central y eso en vez de un premio es un castigo", remarcó el ejecutivo.

26 de diciembre, 2001 Actualizado: 8:52 AM hora de Nueva York (1352 GMT) La decisión de la Argentina de incumplir con el pago de su deuda pública ya es oficial. Veámos como nos afecta, seamos o no tenedores de bonos argentinos. ¿El país ya se encuentra en cesación de pagos? No. La declaración de que no se va a pagar no es relevante. El país no caerá en "default" hasta que efectivamente incumpla con un pago de interés o capital. Como, en general, los contratos contemplan un plazo de gracia de 30 días, esto no ocurrirá oficialmente antes de fines de enero.

¿Cómo reaccionarán los tenedores de bonos? Habrá una diferencia importante entre los que tienen instrumentos que se rigen por ley argentina (como los Bontes, Letes, y Bocones), y los que se rigen por leyes extranjeras (bonos globales). Obviamente, los primeros estarán mucho más desprotegidos que los segundos, y su capacidad de recuperar su dinero por vía judicial será casi nula.

¿Y en cuanto a los bonos globales? Al poco tiempo seguramente se activarán las cláusulas de lo que en inglés se conoce como "cross default" y "aceleración". Esto quiere decir que los acreedores lograrán que los tribunales de Nueva York declaren que la cesación de pagos se extienda a todos los bonos globales (no sólo a los que registran un incumplimiento), y que –además- la totalidad del capital se vuelva inmediatamente exigible.

¿Qué pasará con los que ingresaron al canje local? No se sabe todavía. Son poquísimos los países en el mundo que reestructuran una deuda, y vuelven a incumplir antes de hacer el primer pago de intereses! Sin embargo, es posible que la Argentina sea uno de esos países. Evidentemente, el gran problema de los que ingresaron al canje local es que aceptaron (¿voluntariamente?) cambiar un instrumento bajo jurisdicción extranjera por uno local. Lamentablemente, los antecedentes de nuestro país en cuanto al trato a los inversionistas no nos permite ser muy optimistas.

¿Habrá juicios contra el estado argentino en el exterior? Seguramente. No será difícil para los bonistas obtener una sentencia favorable (no hay defensa legal posible que absuelva al gobierno del no pago). Lo difícil será cobrar, ya que el gobierno argentino prácticamente no tiene activos en Estados Unidos que puedan ser embargados.

¿Corren peligro los activos de argentinos en el exterior? De ninguna manera. Cualquier acción legal afectará sólo al gobierno nacional, nunca a los activos de empresas o particulares argentinos.

¿Cuál es, entonces, el objetivo de los juicios? Presionar bloqueando la reinserción de Argentina en el "mundo civilizado". Por ejemplo, si el país quisiera en el futuro emitir deuda en el exterior no podrá hacerlo hasta que satisfaga los reclamos legales en su contra. De lo contrario, cualquier dinero del gobierno que circule por bancos de Estados Unidos podría ser interceptado y embargado.

¿Cuál será la estrategia del gobierno? Primero comenzar con un discurso demagógico anti-deuda para aplacar a la opinión pública local. Luego habrá negociaciones (difícilmente duren menos de un año) y se formulará una propuesta de canje. Si ésta es razonable para los acreedores (o sea bastante mejor que los niveles de quita y tasa de interés que se mencionaron recientemente) se podrá obtener un 80 por ciento o más de adhesión. El resto de los bonos será recomprado sigilosamente en el mercado, o pagado al cien por ciento.

¿Qué otros efectos habrá sobre la vida financiera cotidiana? Básicamente, se profundizará el aislamiento financiero del país. Se acentuará el control de cambios afectando importaciones, pagos de intereses de privados (hay que esperar más cesaciones de pagos de empresas argentinas siguiendo los pasos de Impsa, Impsat y Acindar), y hasta tarjetas de crédito (podrían no ser aceptadas en el exterior).

Noticia del día 17/1/2002 El proyecto de la discordia La sanción del proyecto que modifica la ley de quiebras y suspende las ejecuciones hipotecarias y prendarias por 180 días fue pedida con urgencia por el presidente Eduardo Duhalde. Su contenido está destinado a la polémica. Hoy podría aprobarse en el Senado y luego deberá pasar por Diputados.

Para el Poder Ejecutivo, esta norma sería un complemento de la ley de Emergencia Pública que se votó hace pocos días y marcó el fin de la convertibilidad. Los críticos consideran que se debe dedicar más tiempo al análisis de una iniciativa que planea modificar leyes de fondo, destinadas a regir no solo durante la actual emergencia. Los más duros opositores no dudan en sostener que el gobierno busca apurar la sanción de esta ley para satisfacer la demanda de un fuerte lobby formado por poderosos grupos económicos muy endeudados, que intentan obtener una ley "a medida" para poder licuar sus pasivos. El proyecto plantea numerosas reformas a la actual ley 24.522, de Concursos: Periodo de exclusividad. Entre los cambios propuestos se encuentran un aumento de 30 a 180 días en el período de exclusividad en el cual el deudor podrá formular propuestas de acuerdo preventivo a sus acreedores. Mientras tanto, no se puede decretar la quiebra.

Chau salvataje, hola capitalización También se proyecta derogar el artículo 48 de la ley de Quiebras, que regula el llamado salvataje de empresas o cramdown y reemplazarlo por un régimen de capitalización de créditos en el caso de sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones, incluidas las en comandita, y sociedades en que el Estado nacional, provincial o municipal sea parte. A efectos de valuar la capitalización se tomará un índice especial (EBITDA), que surge de la sumatoria de resultados netos, gastos netos en concepto de intereses, impuesto sobre ganancias o utilidades real o presunta, amortizaciones y depreciaciones."El Juez del concurso aplicará esta capitalización a los acreedores- cualquiera fuese su naturaleza- aunque no se hubieran alcanzado las mayorías previstas por el art. 45 dentro de una categoría.", dice el texto proyectado, en uno de los puntos que genera mayores criticas, porque parece establecer un esquema de capitalización forzosa y compulsiva, que afectaría el derecho de propiedad de los acreedores, obligados a convertirse en socios. Acceso al crédito También se establece que el Banco Central eliminará toda restricción que impida o encarezca el acceso al crédito de las sociedades o entidades concursadas. En particular, las entidades financieras -mediando las adecuadas garantías- no podrán negar injustificadamente créditos solicitados por empresas concursadas para pago de sueldos de su personal.

Concursos en trámite: El artículo 6 del proyecto establece que "A partir de la vigencia de la presente ley se prorrogará, en todos lo procesos concursales presentados con anterioridad y regidos por la ley 24.522, el vencimiento del denominado período de exclusividad, por un plazo no menor a 180 días contados desde la fecha de vencimiento prevista o desde la última prórroga otorgada por el Juez del Concurso. Suspéndase por el plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente ley las ejecuciones hipotecarias y prendarias contra deudores en concurso preventivo de acreedores.. "Ejecuciones hipotecarias y prendarias: Además de las modificaciones a la ley de Concursos, el proyecto, según lo establece su artículo 13, suspende "por el plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente Ley las ejecuciones hipotecarias y prendarias de cualquier origen que éstas sean.", es decir, que no hace distinciones en cuanto al monto del crédito ni al destino de los bienes hipotecados o prendados. Transferencias al exterior: La norma, además, declara la emergencia social y productiva del país, originada en la crisis económica, y prohíbe la transferencia de divisas al exterior "con excepción de las que correspondan a operaciones de comercio exterior, al pago de gastos o retiros que se realicen en el exterior a través de tarjetas de crédito o débito emitidas en el país o, sujeto a que las autorice el Banco Central de la República Argentina, a la cancelación de operaciones financieras o por otros conceptos, hasta que la reprogramación de la deuda externa de deudores públicos y privados argentinos permita atender el servicio de la misma afectando un monto de reservas de divisas que el Poder Ejecutivo Nacional considere satisfactorio", agregando en ese mismo artículo 11 que "No será ejecutable cualquier disposición contractual que posibilite el acceso al mercado de cambios de otro modo que no sea el establecido en este artículo".

Noticia del día 23/1/2002 Otro round para el proyecto de la discordia Con algunos cambios de importancia, incluida la eliminación de la polémica capitalización forzosa de créditos, el Senado aprobaría hoy la modificación a la ley de quiebras y la suspensión de las ejecuciones hipotecarias y prendarias por 180 días. La eliminación del artículo 4 de proyecto fue decidida en una reunión que senadores y diputados del PJ y la UCR mantuvieron con el ministro de Economía, Jorge Remes Lenicov, y el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich.

Esta norma proyectaba derogar el artículo 48 de la ley de Quiebras, que regula el llamado salvataje de empresas o cramdown y reemplazarlo por un régimen de capitalización de créditos en el caso de sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones, incluidas las en comandita, y sociedades en que el Estado nacional, provincial o municipal sea parte. A efectos de valuar la capitalización se tomaría un índice especial (EBITDA), que surge de la sumatoria de resultados netos, gastos netos en concepto de intereses, impuesto sobre ganancias o utilidades real o presunta, amortizaciones y depreciaciones.

"El Juez del concurso aplicará esta capitalización a los acreedores- cualquiera fuese su naturaleza- aunque no se hubieran alcanzado las mayorías previstas por el art. 45 dentro de una categoría.", decía el texto que ahora se dejó de lado, en uno de los puntos que generó mayores criticas, porque establecía un esquema de capitalización forzosa y compulsiva, que afectaría el derecho de propiedad de los acreedores, obligados a convertirse en socios. Remes Lenicov y el ministro de Justicia, Jorge Vanossi, eran las dos figuras que más se oponían dentro del gabinete a la idea de la capitalización compulsiva de créditos. La idea era fogoneada, en cambio, por la Unión Industrial Argentina y un lobby integrado por empresarios poderosos y altamente endeudados, apoyado dentro del gobierno por Capitanich y el titular de la cartera de la Producción, José Ignacio de Mendiguren.

Al anunciar la caída del artículo de la polémica, el jefe de la bancada de senadores radicales, Carlos Maestro sostuvo que "ningún banco se animará a prestar sabiendo que si una empresa se declara en concurso perdería un activo para pasar a tener acciones preferidas, que encima no tienen ni voz ni voto en el directorio de la firma". Remes Lenicov, por su parte, consideraba "impresentable para el FMI" el proyecto.

El resto de la norma propuesta ingresará en el recinto del Senado casi sin cambios. Así, se establece que el Banco Central eliminará toda restricción que impida o encarezca el acceso al crédito de las sociedades o entidades concursadas. En particular, las entidades financieras -mediando las adecuadas garantías – no podrán negar injustificadamente créditos solicitados por empresas concursadas para pago de sueldos de su personal. También, el artículo 6 del proyecto establece que "A partir de la vigencia de la presente ley se prorrogará, en todos lo procesos concursales presentados con anterioridad y regidos por la ley 24.522, el vencimiento del denominado período de exclusividad, por un plazo no menor a 180 días contados desde la fecha de vencimiento prevista o desde la última prórroga otorgada por el Juez del Concurso…"

Además de las modificaciones a la ley de Concursos, el proyecto, según lo establece su artículo 13, suspende "por el plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente Ley las ejecuciones hipotecarias y prendarias de cualquier origen que éstas sean.", es decir, que no hace distinciones en cuanto al monto del crédito ni al destino de los bienes hipotecados o prendados. Por otra parte, la norma declara la emergencia social y productiva del país, originada en la crisis económica, y prohíbe la transferencia de divisas al exterior. La última modificación de importancia es la limitación del plazo de la emergencia productiva hasta el 10 de diciembre de 2003.

Noticia del día 24/1/2002 Ni capitalización, ni salvataje . Esta información pertenece a DiarioJudicial.Com. Sirvase comunicarse con nosotros para su publicación en otro medio. Entre cambios y mas cambios, el Senado dio media sanción al proyecto por el cual se modifica la ley de quiebras y se suspenden las ejecuciones hipotecarias y prendarias, dejándose de lado tanto la polémica iniciativa de capitalización forzosa de créditos como el instituto del cram down, que fue derogado. El Senado aprobó anoche la modificación a la ley de quiebras que impulsa el Poder Ejecutivo. Ahora, el texto pasará a Diputados donde se descuenta su sanción definitiva. El proyecto fue apoyado por casi todas las bancadas. El apoyo del radicalismo se consiguió con la eliminación del artículo 4, que fijaba la capitalización compulsiva de los créditos, fuertemente resistido por los bancos. Así lo destacó el titular de esa bancada, Carlos Maestro (Chubut), cuando dijo que "al no insistir (el oficialismo) con el instituto de la capitalización estamos andando el camino correcto", y comprometió el apoyo de la UCR para debatir en 60 días un proyecto de ley que busque una salida para las empresas en quiebras. Por otro lado, se deroga el "cram down" (salvataje), establecido en el artículo 48 de la ley 24.522 de Concursos, que permite a la entidad acreedora o a un tercero hacerse cargo de la empresa y mantenerla en funciones. También, el artículo 6 del proyecto establece que "A partir de la vigencia de la presente ley se prorrogará, en todos lo procesos concursales presentados con anterioridad y regidos por la ley 24.522, el vencimiento del denominado período de exclusividad, por un plazo no menor a 180 días contados desde la fecha de vencimiento prevista o desde la última prórroga otorgada por el Juez del Concurso…" Esta ampliación del periodo de exclusividad también está prevista para los concursos que se inicien con posterioridad a la promulgación de la ley.

¿Ejecuciones suspendidas o juicios ejecutivos suspendidos? La norma establece la suspensión de las ejecuciones judiciales por créditos hipotecarios y prendarios por 180 días "de cualquier origen que éstas sean", y se impone el mismo plazo para el período de exclusividad del que gozan los deudores para proponer fórmulas que permitan levantar la quiebra. La redacción del artículo 13 de la norma, cuando dice, "Suspéndase por el plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente Ley las ejecuciones hipotecarias y prendarias…" puede dar lugar a varias interpretaciones. En efecto, la norma no dice que se suspenda "el juicio de ejecución hipotecaria o prendaria" sino "la ejecución". ¿Es lo mismo o esta última expresión puede entenderse como sinónimo de "la subasta"? Porque en este caso, el juicio podría continuar y solo se suspendería al momento de tener que llevarse a cabo la subasta, si aún no transcurrió el plazo legal de 180 días. Pocas dudas caben de que algún ejecutante o un ejecutado va a articular un planteo de estas características, según sea su conveniencia. Habrá que ver que deciden los jueces en ese caso.

Benditas divisas. Por otro lado, se prohíbe la remisión de divisas al exterior, lo que impedirá a las empresas pagar sus créditos otorgados por bancos o entidades financieras radicadas en el extranjero. Sólo se exceptúan a las firmas exportadoras, siempre y cuando paguen sus obligaciones antes de ingresar el dinero al país, y los vencimientos con organismos multilaterales de crédito. Por último, levanta las restricciones en el acceso al crédito para las firmas en concurso y autoriza al Banco Central a otorgarles líneas de redescuentos.

Noticia del día 31/1/2002 – Puntos salientes de la nueva ley de Emergencia. Esta información pertenece a DiarioJudicial.Com. Sirvase comunicarse con nosotros para su publicación en otro medio. Luego de que la Cámara de Diputados diera sanción definitiva a la ley que declara la emergencia productiva, modifica el régimen de quiebras, suspende las ejecuciones y amplía la pesificación, aumentan los pedidos para su veto total o parcial. TEXTO COMPLETO DE LA LEY Nº 25.563 La comitiva gubernamental que visitó Washington, integrada por Carlos Ruckauf, Martín Redrado, Diego Guelar y Daniel Scioli, entre otros, recibió un mensaje de parte de los funcionarios estadounidenses dirigido a que se vete el entonces proyecto de ley que modifica el régimen de quiebras, ahora con sanción definitiva por parte de Diputados. Al parecer, el grupo de funcionarios argentinos se mostró favorable a la "sugerencia".

Esto coincide con el memorandum presentado por el Fondo Monetario Internacional al gobierno, donde también se pidió el veto total o parcial del proyecto. Para el FMI, la ley produce daños "al sistema bancario y a la cultura del crédito". Al parecer, el veto sería una de las condiciones que el FMI pone para el otorgamiento de ayuda financiera. El Banco Mundial también se habría sumado al pedido

Tres serían los aspectos de la ley más cuestionados: * La ampliación a 180 días del plazo para el período de exclusividad y la suspensión por igual termino de las ejecuciones. * La disposición según la cual si en 90 días las entidades financieras no llegan a un acuerdo con los deudores por las acreencias existentes al 30 de noviembre de 2001, deben previsionar la pérdida. * La eliminación del instituto del cramdown o salvataje. El proyecto original, aprobado en Diputados en noviembre, fue modificado casi por completo por el Senado. Ayer la Cámara debía aceptar las modificaciones o insistir en el texto original, como indica la Constitución en su artículo 81, que establece que "…Si el proyecto fuere objeto de adiciones o correcciones por la Cámara revisora, deberá indicarse el resultado de la votación a fin de establecer si tales adiciones o correcciones fueron realizadas por mayoría absoluta de los presentes o por las dos terceras partes de los presentes. La Cámara de origen podrá por mayoría absoluta de los presentes aprobar el proyecto con las adiciones o correcciones introducidas o insistir en la redacción originaria, a menos que las adiciones o correcciones las haya realizado la revisora por dos terceras partes de los presentes. En este último caso, el proyecto pasará al Poder Ejecutivo con las adiciones o correcciones de la Cámara revisora, salvo que la Cámara de origen insista en su redacción originaria con el voto de las dos terceras partes de los presentes. La Cámara de origen no podrá introducir nuevas adiciones o correcciones a las realizadas por la Cámara revisora." Sin embargo, se decidió aceptar todas las modificaciones con la excepción de los artículos 16 y 17 completos, que fueron eliminados, lo que generó críticas del bloque de ARI y de algunos partidos provinciales. Ahora, Duhalde tendrá diez días hábiles para decidir que hacer. Mientras tanto, estos son los puntos salientes de la nueva ley:

Emergencia productiva y crediticia. "ARTICULO 1°.- Declárase la emergencia productiva y crediticia originada en la situación de crisis por la que atraviesa el país, hasta el 10 de diciembre de 2003. Las modificaciones que por la presente se introducen a las leyes que aquí se mencionan, regirán mientras dure la emergencia salvo que se establezca un plazo menor, sin perjuicio de cumplirse y mantenerse hacia el futuro los efectos correspondientes de los actos perfeccionados al amparo de su vigencia. " Como se ve, las modificaciones a la ley de quiebras 24.522 son transitorias. El 11 de diciembre de 2003 se volvería al texto anterior.

Periodo de exclusividad Entre los cambios se encuentran un aumento de 30 a 180 días en el período de exclusividad en el cual el deudor concursado podrá formular propuestas de acuerdo preventivo a sus acreedores. Mientras tanto, no se puede decretar la quiebra.

Chau salvataje También se derogó el artículo 48 de la ley de Quiebras, que regula el llamado salvataje de empresas o cramdown. La finalidad de esta derogación, según algunos legisladores, es evitar "la extranjerización de la economía" que podría producir una ola de compras de empresas en cesación de pagos por parte de capitales extranjeros que aprovecharían la reciente devaluación para adquirir en nuestro país esos activos ahora depreciados.

Concursos en tramite El artículo 8 de la ley establece que "A partir de la vigencia de la presente ley se prorrogará en todos los procesos concursales presentados con anterioridad y regidos por la Ley 24.522 el vencimiento del denominado período de exclusividad, por un plazo no menor a ciento ochenta (180) días contados desde la fecha de vencimiento prevista o desde la última prórroga otorgada por el Juez del concurso…"

Pedidos de quiebra El artículo 11, por su parte, suspende "por el plazo de ciento ochenta (180) días el trámite de los pedidos de quiebra, dejando a salvo la posibilidad de aplicar las medidas del artículo 85 de la ley 24.522. " El artículo 85 se refiere a las medidas precautorias que, a pedido y bajo la responsabilidad del acreedor, puede decretar el juez antes de la declaración de quiebra.

Ejecuciones Además de las modificaciones a la ley de Concursos, la ley establece lo siguiente, en su articulo 16: "Suspéndese por el plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir de la vigencia de la presente, la totalidad de las ejecuciones judiciales o extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias de cualquier origen que éstas sean, incluso las previstas en la Ley 24.441 y en el artículo 39 del Decreto-ley 15.348 y las comprendidas en la Ley 9.643 modificada por la Ley 24.486. Exceptúense de esta disposición los créditos de naturaleza alimentaria y los derivados de la responsabilidad de la comisión de delitos penales, los créditos laborales, los que no recaigan sobre la vivienda del deudor o sobre otros bienes afectados por el mismo a producción, comercio o prestación de servicios, los derivados de la responsabilidad civil y contra las empresas aseguradoras, las obligaciones surgidas con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y los casos en que hubiera comenzado a cumplirse la sentencia de quiebra, con la correspondiente liquidación de bienes. Suspéndese por el plazo de ciento ochenta (180) días las medidas cautelares trabadas y prohíbese por el mismo plazo las nuevas medidas cautelares sobre aquellos bienes que resulten indispensables para la continuidad de las actividades relacionadas con el giro habitual del deudor. Suspéndese asimismo por el mismo plazo las ejecuciones y medidas cautelares a que se refiere el artículo 92 de la Ley 11.683 incorporado por el artículo 18 de la Ley 25.239. Serán nulos todos los actos de disposición extraordinaria del deudor sobre sus bienes durante el período de suspensión previsto en el presente artículo, salvo que contare con acuerdo expreso de los acreedores. " La redacción del artículo, cuando dice, "Suspéndese por el plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente la totalidad de las ejecuciones judiciales o extrajudiciales…" puede dar lugar a varias interpretaciones. En efecto, la norma no dice que se suspenda "el juicio de ejecución" sino "la ejecución". ¿Es lo mismo o esta última expresión puede entenderse como sinónimo de "la subasta"? Porque en este caso, el juicio podría continuar y solo se suspendería al momento de tener que llevarse a cabo la subasta, si aún no transcurrió el plazo legal de 180 días. Pocas dudas caben de que algún ejecutante o un ejecutado va a articular un planteo de estas características, según sea su conveniencia.

Pesificación En el texto sancionado, la pesificación "1 a 1" con el dólar incluye también a los créditos no relacionados a la actividad financiera, cuyo destino sea la adquisición, construcción, refacción y o ampliación de viviendas, siempre que su importe de origen no fuese superior a cien mil dólares. Estos créditos estaban excluidos de ese beneficio por la redacción actualmente vigente de la ley 25.561, de Emergencia Pública. Justamente, la nueva ley modifica esta norma, promulgada hace menos de un mes. El nuevo "parche" deja afuera de la pesificación 1 a 1 a otras categorías de créditos, como, por ejemplo, los personales o los créditos prendarios para la adquisición de automotores o los créditos de personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos del micro, pequeña y mediana empresa que hayan sido contraídos fuera del sistema financiero. A ellos se les seguiría aplicando el artículo 11, según el cual estos deudores pueden pagar durante 180 días la cuota en pesos a un tipo de cambio de uno a uno, pero sólo a cuenta de un acuerdo futuro. Es decir que los pagos que hagan los deudores durante el plazo de 180 días aludido en la ley, no tienen efecto liberatorio sino que se hacen "a cuenta" de la suma que las partes efectivamente acuerden durante el plazo de negociación, si es que llegan un acuerdo. Fuentes legislativas informaron que en los próximos quince días se planea dictar una "ley correctiva" para incorporar al "1 a 1" a esos créditos que todavía siguen afuera.

Previsión de deudas Por el artículo 15, se otorga a las entidades financieras un plazo de 90 días para reestructurar los créditos vigentes al 30 de noviembre de 2001 con cada uno de sus deudores, que debe contemplar quitas, esperas y tasas acordes con las nuevas condiciones cambiarias. Si al terminar ese período no se llega a un acuerdo, el banco deberá previsionar el ciento por ciento del crédito. Es decir, no podrá computar como activos esos fondos, lo que complicará sus balances.

Disposiciones eliminadas Como se dijo, la Cámara de Diputados eliminó dos artículos, el 16 y el 17 en la numeración original. El primero prohibía las transferencias de divisas al exterior, con excepción de las que correspondan a operaciones de comercio exterior, dejando al arbitrio del Banco Central las excepciones. El segundo establecía una exención impositiva para todas las operaciones ligadas a la renegociación de deudas.

11 de mayo, 2002 – CNN Actualizado: 1:32 PM hora de Nueva York (1732 GMT) Presidente argentino: el Congreso tiene que ayudar. BUENOS AIRES — El presidente argentino, Eduardo Duhalde, dijo el sábado que espera que la semana próxima el Congreso modifique la ley de quiebras y la ley de subversión económica, dos normas que exige el FMI para brindar asistencia financiera al país. El gobierno enfrenta una dura lucha en el Parlamento luego que los legisladores le dieran un tibio apoyo en los últimos días, lo que podría alejarlo de uno de los requisitos del FMI para otorgar asistencia, vital para sacar al país de la peor crisis económica de su historia. 'Eso es lo que esperamos (que las leyes sean reformadas la semana próxima). Espero que avancemos rápidamente, está el compromiso de todos los gobernadores (provinciales) y creo que así va a ser entendido por los representantes parlamentarios', señaló Duhalde a una radio local. El acuerdo con el FMI es la última esperanza de Duhalde para reactivar una economía estancada desde 1998 por lo que un fracaso en las negociaciones podría acabar con su gobierno, según analistas. Tras asumir la presidencia en enero, el mandatario peronista abandonó el régimen de paridad fija del peso con el dólar y devaluó la moneda para tratar de enfrentar la crisis, pero no pudo evitar que se dispararan los índices de pobreza y desempleo hasta alcanzar niveles récord. El gobierno sufrió un revés el viernes cuando las principales fuerzas del Senado fracasaron en su intento por sancionar un proyecto que modifica la ley de quiebras –que fue aprobado el jueves por la Cámara de Diputados– y decidieron posponer su debate hasta el miércoles.

Los cambios a la ley de quiebras aprobados el jueves por la cámara baja intentan rebalancear la situación entre deudores y acreedores. Además, la media sanción al proyecto reimplanta el concepto de 'cram down' –que establece que un acreedor o un tercero puedan adquirir una compañía durante el proceso de quiebra–, además de conservar para los deudores ante una inminente subasta la posibilidad de una prórroga a la ejecución de 180 días corridos.

Ley polémica La otra norma que solicita el FMI es la denominada ley de subversión económica, que el jueves en la madrugada fue derogada por la Cámara de Senadores, pero luego fue refrendada en la cámara baja que decidió que el proyecto debía ser enviado a una comisión de diputados para analizarlo con detenimiento. Esto significó un golpe para el presidente, que esperaba que la ley fuera modificada esta semana, ya que la decisión de los diputados implicaría una demora de su debate. La ley -que sanciona las acciones de grupos o personas que perjudiquen a la economía nacional- fue cuestionada por el FMI luego que se aplicara a la investigación de presuntos delitos en una fuga de fondos en el 2001, que puso en riesgo al sistema financiero y obligó al gobierno a congelar los depósitos.

El organismo aseguró que la norma generaba 'inseguridad jurídica' para los negocios en el país. Pero la derogación de la ley de subversión económica por el Senado desató una ola de rechazo en la opinión pública porque considera que su desaparición dejaría impunes los supuestos delitos cometidos por cerca de 30 banqueros que son investigados en una causa por la fuga de los capitales.

Sin embargo, el presidente argentino aplaudió la decisión de los senadores de derogar la norma. 'Yo creo que los senadores utilizaron una estrategia que salvó a las posibilidades que tiene Argentina de acordar con los organismos internacionales', señaló. La urgencia de Duhalde por acelerar las negociaciones con el FMI es acuciante, ya que la próxima semana el Tesoro deberá afrontar con sus arcas vacías un vencimiento de deuda con el Banco Mundial por 800 millones de dólares.

13 de Mayo de 2002 – La Nación Dificultades con el tratamiento de las leyes que pide el FMI Fracasó la sesión en Diputados; el debate por quiebras sigue hoy Conflictos en los bloques mayoritarios obligaron a postergar el tratamiento

  • Los diputados debieron hacer tiempo para encontrar posiciones comunes
  • Hubo duras discusiones
  • La mayor diferencia es sobre cómo proteger a algunos sectores empresariales

Un nudo de conflictos internos en el PJ y en la UCR llevó anoche al fracaso de la sesión en la que la Cámara de Diputados pretendía aprobar la ley de quiebras, después de una jornada cargada de reuniones, rumores y operaciones políticas.

Con la presión del Gobierno, que aseguró al Fondo Monetario Internacional (FMI) que la norma estaría aprobada esta semana, los dos bloques mayoritarios se encerraron anoche a discutir, después de pactar una postergación hasta hoy, a las 10, del debate en el recinto. En público, radicales y peronistas se echaron la culpa mutuamente por la demora, aunque en voz baja admitían que los dos partidos necesitan tiempo para encontrar posturas comunes sobre decisiones políticas y económicas que distintos sectores quieren imponer a cambio de votar la norma que pide el FMI. El primer indicio sobre la posibilidad de que fracasara la sesión se conoció a las 15. Una facción del radicalismo (los conocidos como "federales", del antiguo delarruismo) dejó filtrar su oposición al proyecto de quiebras al que dio luz verde la conducción del bloque. Además, querían discutir qué haría la UCR con la ley de subversión económica.

Al mismo tiempo, el jefe de la bancada, Horacio Pernasetti, mantenía febriles conversaciones relacionadas con la crisis política de su provincia, Catamarca, donde fue procesado el vicegobernador. "No quieren sesionar para ejercer presión sobre el Gobierno y la Justicia", acusó por esas horas uno de los integrantes de la mesa de conducción del bloque peronista. Pero el PJ también se había trenzado en una dura discusión, que terminó a los gritos, en especial por la oposición del menemismo al proyecto.

Millones en danza Otro tema que abrió la discusión fue la petición de diputados de distintos bloques de un proyecto que propone que el Estado se haga cargo de los fondos fiduciarios creados en las provincias que privatizaron sus bancos para absorber los pasivos incobrables. Se trata de unos 7000 millones de pesos. Argumentan que el Banco Central pagó redescuentos por más de $ 9000 millones a las entidades financieras de los demás Estados provinciales. En el PJ lo propuso el mendocino Arturo Lafalla, que arrastraba la fuerza de todo el interbloque federal y de buena parte de los radicales, ante el desconcierto de los legisladores más cercanos al Gobierno. El sanjuanino Julio Conca (bloquista) llegó a plantear al PJ que los legisladores provinciales condicionaban la presencia en el recinto al tratamiento de ese proyecto. Le prometieron consultar de urgencia al Ejecutivo. Dentro de la ley de quiebras la mayor discusión estuvo centrada en la posible inclusión de protecciones especiales para algunos sectores empresariales. El peronista Miguel Angel Toma, apoyado por algunos de sus compañeros, insistió en que debería excluirse a la industria cultural de la aplicación de la capitalización forzosa ( cramdown ), que permite a los acreedores hacerse cargo de la firma en bancarrota. La reinstalación del cramdown constituye uno de los pilares del proyecto. Había sido eliminado en la ley sancionada en febrero, lo que generó una fuerte crítica del FMI. El dictamen que intentará imponer en el recinto el PJ reduce, además, en tres meses el plazo de suspensión de ejecuciones judiciales y aumenta las facultades del juez para manejar el proceso concursal, de modo de garantizar un trato equitativo. La reunión de labor parlamentaria comenzó ayer, a las 19, cuando ya se conocía que no habría sesión. El radical Jorge Pascual (Río Negro) pidió a Humberto Roggero (jefe del bloque peronista) en nombre del sector "federal" que se pospusiera la sesión. Casi cien diputados peronistas bajaron al recinto a las 20, como para demostrar su intención de sesionar. "Queríamos empezar, pero el radicalismo pidió tiempo y nos pareció aceptable", dijo José María Díaz Bancalari, vicepresidente del bloque oficialista. En cambio, Pernasetti aseguró que la UCR quería debatir la ley, pero que hubo demoras en el peronismo para iniciar el trámite parlamentario. En definitiva, se acordó que hoy la sesión empezará con quiebras y seguirá con subversión económica (a la espera de la aprobación del Senado) y la excepción impositiva para la importación de gasoil y de insumos médicos. Con caras largas, los diputados de los bloques mayoritarios volvieron a las salas de reuniones para resolver qué harían. Unos y otros prometían que hoy "sí o sí" se aprobaría la ley tal como está redactado el proyecto.

Clarín 17/05/02 El gobierno y la crisis: veloz tramite para una de las leyes que reclama el FMI. Quiebras: el senado la hizo ley y duhalde la promulgó Los senadores apuraron la aprobación de las reformas para que el Presidente pudiera contar con esa norma antes de viajar a España. El PJ logró mostrarse alineado y la UCR acompañó la sanción. El Senado le dio una alegría al presidente Eduardo Duhalde: una hora antes de que partiera en avión hacia España, donde participará de una cumbre entre la Unión Europea y el Mercosur, sancionó la reforma a la Ley de Quiebras, una de las condiciones impuestas por el Fondo Monetario Internacional para reanudar las negociaciones sobre una eventual ayuda financiera a la Argentina. El Presidente firmó la promulgación ayer mismo, en el aeroparque metropolitano, apenas unos minutos antes de abordar el Tango 01. Le llevó el expediente el secretario Legal y Técnico, Antonio Arcuri, con una premura sin precedentes: lo habitual es que se demore entre varios pliegues burocráticos, pero esta vez —como se sabía que los senadores no harían reformas al texto aprobado por Diputados— la carpeta ya estaba preparada. La promulgación —rubricada también por el jefe de Gabinete, Alfredo Atanasof, y el ministro de Justicia, Jorge Vanossi— es el paso previo a la publicación en el Boletín Oficial, necesario para que la ley entre en vigencia. La Ley de Quiebras es uno de los reclamos legislativos del FMI —el otro es la reforma a la Ley de Subversión Económica, que trataría Diputados el jueves próximo— y el cumplimiento de esas condiciones fue sugerido a Duhalde por varios mandatarios europeos a los que verá en su viaje. Con un amplio acuerdo previo, la norma fue aprobada en general por todo el PJ —que gracias a la ausencia de los "rebeldes" pudo exhibir unidad de bloque—, casi todos los radicales y provinciales. Obtuvo 49 votos sobre los 53 presentes, en una tranquila sesión que duró poco más de cuatro horas. Se votó a las 16,50, y Duhalde partió a las 18. La premura oficialista se reflejó también, durante la tarde, en la inesperada presencia de Atanasof, quien se instaló en el Cámara alta para presenciar el debate. Lo hizo desde el Salón Rosado, contiguo al recinto, en una actitud completamente diferente a la del miércoles pasado, cuando la sesión de Subversión Económica terminó en un bochorno: en esa oportunidad, muchos senadores se quejaron porque "los señores están durmiendo" mientras se tratan leyes importantes.

Para el caso de la Ley de Quiebras, el consenso entre peronistas y radicales fue consolidado el martes ante la presencia de Atanasof y los ministros de Economía, Roberto Lavagna, y del Interior, Jorge Matzkin, quienes estuvieron seis horas en despachos del Congreso. Además, ni siquiera se necesitaban los dos tercios de los votos para habilitar el tema sobre tablas, porque el viernes fue aprobado el despacho de la comisión de Legislación General, que preside la puntana Liliana Negre de Alonso. Sin embargo, la sanluiseña —responde al ex gobernador Adolfo Rodríguez Saá— y su compañero de banca Raúl Ochoa no estuvieron presentes ayer. Tampoco estuvieron a la hora de votar los santacruceños Cristina Kirchner y Nicolás Fernández, ni el riojano Jorge Yoma, lo que posibilitó al PJ no mostrar rebeldías internas.

Los cuatro votos en contra fueron de los radicales Jorge Colazo y María Colombo, la sanjuanina Nancy Avelín y la frepasista Vilma Ibarra, quien se quejó porque "seguimos legislando bajo presión del FMI".

En rigor, lo que se votó ayer es una reforma a la reforma de la Ley de Quiebras que se había aprobado en enero. En aquella oportunidad, frente a la emergencia económica y la devaluación, se establecieron mecanismos para proteger a las empresas endeudadas —en especial con el exterior—, para que no sean adquiridas a precios bajos por sus acreedores o terceros.

Pero el FMI pidió, en nombre de la "seguridad jurídica" que se reforme esa reforma. Ayer, los senadores evaluaron proteger aunque sea a las empresas culturales y a las de interés nacional, y recordaron la sanción que dieron en enero a pedido del Poder Ejecutivo.

"Tuvimos que actuar en medio de la emergencia y cometimos algunos errores que estamos reconociendo ahora", afirmó el jefe de bloque de la UCR, Carlos Maestro, para quien "se trata de encontrar una relación armoniosa entre acreedores y deudores, para que la balanza no se incline demasiado en favor de unos u otros". Desde el PJ, la miembro informante fue la salteña Sonia Escudero, quien recordó que se había opuesto a la reforma de enero, y advirtió: "Si no hay reactivación, en agosto podemos asistir a la subasta indiscriminada de empresas nacionales". Coincidió con ella la senadora Kirchner, quien advirtió que "a la Argentina le van a poner bandera roja de remate, pero no por esta ley sino por que no hay crédito interno, endeudamiento externo y el aumento de precios va a continuar". Después se retiró para no tener que votar. Tras la rápida sanción, los senadores votaron otra ley que venía de Diputados: la eximición de todos los impuestos a medicamentos e insumos medicinales importados, desde los tomógrafos a las medicinas oncológicas. Fue el final de un día tranquilo y de leyes veloces.

17/05/02 – La Nación Tras la veloz sancion en el congreso Ley de quiebras: fue promulgada en el boletín oficial

 La modificada ley de Quiebras fue publicada hoy en el Boletín Oficial, con carácter de ley nacional, menos de 24 horas después de que el Senado votara y que el presidente Eduardo Duhalde firmara el decreto para su promulgación. La ley 25.589 recibió durante la tarde de ayer la sanción del Senado, luego de su tratamiento en la Cámara baja la semana anterior, e inmediatamente fue enviada a la residencia de Olivos, para que la firme el presidente Duhalde, minutos antes de su partida a España, donde participa de la Segunda Cumbre de la Unión Europea y América Latina y el Caribe. La ley, reclamada con insistencia por el Fondo Monetario Internacional (FMI), otorga a los acreedores más facultades jurídicas para tomar control accionario de empresas en situación de quiebra. El aspecto central de las modificaciones introducidas a la ley que regula el régimen de quiebras es la reposición del instituto denominado "cram down", que permite que el acreedor de una empresa en quiebra, o incluso un tercero, pueda hacerse cargo de la firma. Ayer, el oficialismo celebró la sanción de la norma, que podrá ser exhibida por el presidente Eduardo Duhalde en España como un éxito de su gestión ante los líderes europeos, y que acerca la posibilidad de avanzar en la negociación con FMI.

La Voz del Interior, 17/05/02 El Parlamento nacional, de peor en peor La sesión que el Senado de la Nación dedicó al proyecto de modificación de la ley que pena los delitos de subversión económica ingresará seguramente en la historia parlamentaria nacional. Tiene sobradas razones para aspirar a ese derecho. No se vinculan, por cierto, con la jerarquía intelectual del debate, sino precisamente por lo contrario de ello. Después de 10 horas de discusión sobre los alcances de las modificaciones propuestas, los senadores efectuaron una sorprendente pirueta dialéctica y terminaron aprobando la derogación lisa y llana de esa legislación. Todo cuanto se había dicho respecto de la necesaria e impostergable lucha que el país debe librar contra la corrupción, todas las reivindicaciones del orgullo herido de un país sometido a las presiones, fueron sorprendentemente olvidados. Los mismos que se habían erigido en paladines de la ética y de la nacionalidad, no dudaron en votar lo que cohonestaba, entre otros delitos, el desfalco más cuantioso que registra la historia Argentina, para no mencionar el agravio a la dignidad de un Estado soberano. Todo en una misma sesión y con los mismos protagonistas, tan dúctiles que sirven para defender una determinada posición o para renegar de ella con la mayor desenvoltura. Este indecoroso estilo parlamentario, que, para escoger sólo dos copiosos precedentes, había tenido condenables precedentes cuando se trataron los proyectos de leyes sobre patentes de productos medicinales y sobre reforma laboral, agregó un nuevo ítem a un inventario que parece concebido para fortalecer en la ciudadanía su descreimiento y condena de la clase política, inmersa en mediocridades que parecen desdichadamente insanables. Sin mencionar, por cierto, la actitud servil que, desde 1983 en adelante, se guarda para con el Poder Ejecutivo y que tuvo clamorosa ratificación precisamente en esa sesión, histórica por motivos para nada enaltecedores.

Desde luego, la mediocridad y la frivolidad no son patrimonios exclusivos de la Cámara de Senadores. La Cámara de Diputados también aporta lo suyo, y lo hace con llamativa generosidad, sea cuando permanece meses enteros en letargo (una letargia que suele resultar menos perjudicial para los intereses generales que esa insana actividad que estalla invariablemente el día final del período ordinario de sesiones, cuando se votan leyes por docenas), sea cuando los señores legisladores se instalan en sus bancas para pronunciar discursos destinados al Diario de Sesiones o protagonizar episodios destinados a la crónica policial.

El último escándalo de la Cámara Baja se produjo cuando una diputada colocó una bandera estadounidense en el estrado de la presidencia. Fue un buen golpe de efecto, pero un mal golpe bajo, no sólo para la olvidada tradición de ese cuerpo colegiado sino también para la esperanza (o la paciencia) de la ciudadanía. Como gesto propagandístico, la legisladora en cuestión alcanzó su objetivo, pues hasta los medios del extranjero reprodujeron la imagen. Ahora bien, si se espera extraer réditos proselitistas de ese gesto, es evidente que se subvalúa el sentido crítico del electorado, rotundamente expresado en las últimas elecciones con su masiva abstención y su macizo voto bronca. Si es difícil recuperar la credibilidad de los ciudadanos, lo es mucho más con actitudes que se despeñan en el escándalo y proyectan siempre esa imagen negativa. Aseverar que el Congreso Nacional permanece muy debajo de las dramáticas circunstancias que vive el país, es frecuentar lo obvio. Y es decir apenas una parte de la verdad. La otra parte, y no la menos importante, es que cabe al Parlamento una gran responsabilidad en la forja de esta crisis. Por acción u omisión. Por mantenerse siempre a la sombra del Poder Ejecutivo, sea por obediencia debida a la disciplina partidaria, sea por carencia de formación e información para elaborar criterios e iniciativas propias. En casi dos décadas de funcionamiento ininterrumpido de las instituciones representativas del sistema republicano, es harto mediocre y banal el balance que puede hacerse de la labor parlamentaria. Y en el peor momento de la vida nacional, cuando se esperaba de los legisladores una actitud madura, responsable, he aquí que se prodiga en dos escenarios un solo recital de mezquindades e improvisaciones. Las únicas rebeliones a ese irrefutable hegemonismo son actos que solamente sirven para acrecentar el interminable recuento de escándalos que parecen ser el sentido y el estilo de la vida política Argentina.

Luego de estas exhibiciones de irresponsabilidad y vano histrionismo, difícilmente pueden esperar los legisladores que el pueblo les restituya su confianza y, lo que es más precioso, su respeto. Por eso, mientras no modifiquen su praxis, deberán entrar y salir del Palacio del Congreso por las puertas de atrás, como vulgares sujetos sometidos a proceso. Porque lo están, y a cargo del supremo magistrado: el pueblo.

OTRA ETAPA EN LA CRISIS: LARGA SESION EN LA CAMARA DE DIPUTADOS 17/05/2002 – La Nación Luego de un debate tenso, se aprobó la Ley de Quiebras El proyecto con modificaciones a esa norma fue aprobado en Diputados por amplia mayoría, con el voto de peronistas, radicales y provinciales. Se trata de una de las iniciativas que reclama el FMI. En la votación en general, el resultado de esta sesión con récord de presentismo fue de 180 a favor y 47 en contra, con 9 abstenciones. Luego se aprobó cada artículo en particular, para darle rápido pase al Senado, donde la iniciativa podría ser tratada hoy mismo. El proyecto finalmente aprobado, de veinte artículos , fija en 90 días el plazo en el que el deudor tendrá un período de exclusividad para formular propuestas a sus acreedores.

Además, suspende por el plazo de 180 días corridos, a partir de la vigencia de la ley, la subasta de viviendas únicas o bienes afectados a la producción, comercio o prestación de servicios, con excepción de los créditos alimentarios, los derivados de la responsabilidad de comisión de delitos penales y los laborales, entre otros.

Se determina que no se declarará la quiebra de sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones, cooperativas, y sociedades en que el Estado nacional, provincial o municipal sea parte. En el término de dos días el juez dispondrá la apertura de un registro para que en el plazo de cinco días se inscriban los acreedores y terceros interesados para formular propuesta de acuerdo preventivo. Si no hay inscriptos, se declarará la quiebra.

Uno de los ejes más polémicos del proyecto consistió en la restauración del "cram down", el recurso por el cual, vencido el período de exclusividad y si los deudores no consiguen un acuerdo con sus acreedores, los acreedores o terceros pueden ofertar para obtener el paquete accionario de empresas concursadas. Además, se amplía la facultad de los jueces para determinar el valor real de las empresas e impulsar acuerdos entre los deudores y los acreedores. Desde la oposición, se denunció que tras aquel recurso, y las presiones del FMI a favor de las modificaciones, se esconde el interés de bancos y capitales multinacionales, sobre todo de EE.UU., por quedarse con activos y tierras de los argentinos. Desde esos bloques opositores, y también desde algunos diputados del radicalismo, se objetó también la falta de previsiones, en el proyecto, para viabilizar la salvaguardia de los intereses de los trabajadores en los procesos de quiebras, o de la posibilidad de que, a través de la forma de la cooperativa de trabajo, los obreros y empleados puedan hacerse cargo ellos mismos de la continuidad de la empresa, tal como viene sucediendo de hecho, en varios casos, en los últimos tiempos.

10. Casos de concursos y quiebras

Lunes 27 de Mayo de 2002

"Concursos y quiebras" Concursos presentados. Concursos proveídos. Quiebra presentada. Nueva fecha. Concursos Presentados: Lade Seguridad SA: ingeniería y representación de empresas; Lavalle 1382, piso 5°. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 15 de abril de 2002. Juzgado N° 6 del doctor Ferrario; secretaría N° 12 del doctor Méndez Sarmiento. Case Systems SA: desarrollo de software; Florida 165, piso 4° "406". Pidió su concurso preventivo. Cesación de pagos: 15 del actual. Juzgado N° 19 de la doctora Fernández; secretaría N° 37 del doctor Durao. Metrored Telecomunicaciones SRL: telecomunicaciones; avenida Paseo Colón 505, piso 5°. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: ayer. Juzgado N° 4 del doctor Ottolenghi; secretaría N° 8 del doctor Fox. Germán Borrego: montaje y explotación de gimnasios; avenida Nazca 1932. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: ayer. Juzgado N° 7 del doctor Gutiérrez Cabello; secretaría N° 13 de la doctora O´Reilly. Luis Omar Díaz: comercialización mayorista y minorista de quesos, fiambres y productos alimenticios; avenida Francisco Fernández de la Cruz 1647. Pidió su concurso preventivo. Denunció un pasivo de $ 47.753,76. Cesación de pagos: 10 de enero de 2002. Juzgado N° 9 del doctor Favier Dubois; secretaría N° 18 del doctor Taricco Vera. Unilub SA: comercialización de lubricantes; Sarmiento 1469, piso 7° "D". Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 14 de marzo de 2002. Denunció un pasivo $ 1.070.426,60. Juzgado N° 2 del doctor Garivotto; secretaría N° 3 de la doctora Vassallo. Casa Volta SRL: industria metalúrgica; Céspedes 3951/63. Pidió su concurso preventivo. Denunció un activo de $ 315.550 y un pasivo de $ 400.000. Juzgado N° 18 del doctor Fernández Moores; secretaría N° 35 de la doctora Estevarena. 3 Robles SA: elaboración de fiambres; Lisandro de la Torre 13. Solicitó su concurso preventivo. Denunció un pasivo de $ 425.240,04. Cesación de pagos: 16 de julio de 2001. Juzgado N° 1 del doctor Dieuzeide; secretaría N° 1 de la doctora Fernández Garello. Horacio de Azevedo: administración de campos; Bulnes 1930, piso 6° "B". Pidió su concurso preventivo. Cesación de pagos: 30 de septiembre de 1999. Juzgado N° 5 del doctor Vassallo; secretaría N° 9 de la doctora Pérez Casado. Somecal SA: fabricación de calzado femenino; Larrea 790, piso 4°. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 20 de diciembre de 2001. Juzgado N° 14 del doctor Sala; secretaría N° 28 del doctor Sarmiento Laspiur. Rayca SA: galvanoplastía; Luis Sáenz Peña 259, piso 1° "C". Pidió su concurso preventivo. Cesación de pagos: 9 del actual. Juzgado N° 20 del doctor Taillade; secretaría N° 40 del doctor Perillo. Julio César López: panificación; avenida Independencia 4079. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 4 de enero de 2002. Denunció un activo de $ 48.000 y un pasivo de $ 91.341,70. Juzgado N° 10 del doctor Chomer; secretaría N° 19 de la doctora D´Alessandri. Vanguardia Seguridad Industrial Empresaria y Privada SA: servicios de seguridad y limpieza; Luzuriaga 588. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: noviembre de 2001. Denunció un activo de $ 4.503.667,10 y un pasivo de $ 10.828.397,03. Juzgado N° 8 del doctor González; secretaría N° 16 del doctor Saravia. Chivilcoy Gas SA: fraccionamiento de gas envasado; Viamonte 1819, piso 2° "7". Solicitó su concurso preventivo. Establecimiento en Almafuerte 17, Chivilcoy, provincia de Buenos Aires. Cesación de pagos: 9 de marzo de 2002. Juzgado N° 2 del doctor Garibotto; secretaría N° 4 del doctor Romero. Irión SA: tecnologías de información; avenida Córdoba 795, piso 1°, oficina "2". Pidió su concurso preventivo. Cesación de pagos: agosto de 2001. Juzgado N° 22 de la doctora Braga; secretaría N° 44 del doctor Julianelli. Sime SA: comercialización de productos y equipamientos para higiene de grandes establecimientos; Echeverría 2109, piso 8° "B". Establecimiento en Panamá 4336, Munro, provincia de Buenos Aires. Pidió su concurso preventivo. Cesación de pagos: 1° de diciembre de 2001. Juzgado N° 20 del doctor Taillade; secretaría N° 39 de la doctora Amaya. J & W SRL: comercialización de relojería suiza, joyas y porcelanas; Arce 519, stand 519. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 28 de enero de 2002. Denunció un activo de $ 52.256,52 y un pasivo de $ 120.103,22. Juzgado N° 14 del doctor Sala; secretaría N° 27 del doctor Alemán. Cram Electro SA: fabricación y comercialización de equipos generadores de energía; Mariano Acha 4030. Establecimiento industrial en Tres Arroyos 329, Haedo, provincia de Buenos Aires. Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 10 de diciembre de 2001. Juzgado N° 25 de la doctora Rey; secretaría N° 49 del doctor Pennacca. Combustibles Las Higueras SRL: explotación de estación de servicio; Maipú 267, piso 19°. Establecimiento en ruta 8, km. 596, Las Higueras, provincia de Córdoba. Pidió su concurso preventivo. Cesación de pagos: 18 del actual. Juzgado N° 23 de la doctora Villanueva; secretaría N° 45 de la doctora Timpanelli. Item Vial SRL: constructora; Lavalle 1675, piso 7° "2". Solicitó su concurso preventivo. Cesación de pagos: 14 de marzo de 2002. Juzgado N° 26 de la doctora Uzal; secretaría N° 51 de la doctora Dermardirossian.

Concursos Proveídos: Plásticos Aloha SRL: fabricación de polietileno; Echeverría 2296, piso 6° "B". Se proveyó su concurso preventivo. Denunció un activo de $ 2.853.423,97 y un pasivo de $ 2.299.282,89. Verificación de créditos hasta el 24 de junio. Síndico: Juan Carlos Sanguinetti; Lavalle 1569, piso 8° "809". Audiencia informativa el 23 de junio de 2003. Juzgado N° 16 del doctor Kolliker Frers; secretaría N° 32 del doctor Yacante. Compañía de Telas Plásticas SA: fabricación de telas plásticas; Rodríguez Peña 203, 1° "A". Se proveyó su concurso preventivo. Denunció un activo de $ 671.522,54 y un pasivo de $ 643.109,98. Verificación de créditos hasta el 31 de julio. Síndico: Héctor Calle; Lavalle 1528, piso 6° "L". Audiencia informativa el 3 de septiembre de 2003. Juzgado N° 16 del doctor Kolliker Frers; secretaría N° 31 del doctor Ibarzábal. Eme Be Group SRL: comercialización de artículos para gastronomía; Nicasio Oroño 2045. Fue proveído su concurso preventivo. Denunció un activo de 354.202,40 de pesos y un pasivo de 876.007,11 de pesos. Síndico: Silvia Giambone; avenida Presidente Roque Sáenz Peña 651, piso 4° "67". Audiencia informativa el 20 de junio de 2003. Juzgado N° 12 del doctor Ojea Quintana; secretaría N° 23 del doctor Perea. Sindicato de Obreros y Empleados Vitivinícolas Soeva: entidad gremial; Warnes 1830/34. Se proveyó su concurso preventivo. Denunció un activo de $ 1.444.331,95 y un pasivo de $ 1.320.800,04. Verificación de créditos hasta el 26 de julio. Síndico: Hugo D´Ubaldo; Alsina 1535, piso 1° "103". Audiencia informativa el 23 de septiembre de 2003. Juzgado N° 23 de la doctora Villanueva; secretaría N° 46 de la doctora Cufari. Padmil SA: agrícolaganadera; Lautaro 46, planta baja "C". Se proveyó de conformidad su pedido de concurso preventivo. Verificación de créditos hasta el 8 de julio. Síndico: José Colace; avenida Córdoba 652. Juzgado N° 12 del doctor Ojea Quintana; secretaría N° 23 del doctor Perea. Ovomax SA: agrícologanadera y avícola; Dorrego 1034, 1°. Se proveyó su concurso preventivo. Verificación de créditos hasta el 1° de agosto. Síndico: Mario Leizerov; avenida Corrientes 1250, 6° "F". Audiencia informativa el 22 de agosto de 2003. Juzgado N° 4 del doctor Ottolenghi; secretaría N° 7 del doctor Juárez. Juana Gans de Rozenberg: comercialización de artículos de bijouterie bajo el nombre de fantasía Orozen; Nogoyá 3164, piso 6° "A". Fue proveído su concurso preventivo. Verificación de créditos hasta el 12 de julio. Síndico: Héctor Arzu; Maza 100, piso 8° "C". Audiencia informativa el 15 de agosto de 2003. Juzgado N° 4 del doctor Ottolenghi; secretaría N° 7 del doctor Juárez. Mauro Clemente Gandola: gerenciamiento de emprendimientos comerciales; avenida Belgrano 2422, piso 6° "73". Se proveyó su concurso preventivo. Verificación de créditos hasta el 11 de julio. Síndico: Héctor Jorge García; Montevideo 734, piso 2° "B". Audiencia informativa el 11 de septiembre de 2003. Juzgado N° 15 de la doctora Di Noto; secretaría N° 30 del doctor Vitale Pampa Bytes SA: servicios informáticos; Parera 15, piso 6°. Se proveyó su concurso preventivo. Denunció un activo de 362.732,97 pesos y un pasivo de 1.034.348,56 pesos. Verificación de créditos hasta el 12 de julio. Síndico: Susana Mugnai; Lavalle 1459, piso 9° "149". Audiencia informativa el 25 de febrero de 2003. Juzgado N° 14 del doctor Sala; secretaría N° 28 del doctor Sarmiento Laspiur. Luce 10 SA: servicos de limpieza; avenida Juan Bautista Alberdi 2367. Fue proveído su concurso preventivo. Denunció un activo de $ 442.044,67 y un pasivo de $ 1.100.725,88. Verificación de créditos hasta el 24 de junio. Síndico: Héctor Palma; Montevideo 734, piso 2° "B". Audiencia informativa el 3 de septiembre de 2003. Juzgado N° 26 de la doctora Uzal; secretaría N° 51 de la doctora Dermardirossian. AGC SRL: servicios turísticos; avenida Córdoba 456, piso 6°. Se proveyó su concurso preventivo. Denunció un pasivo de $ 2.260.200,69. Verificación de créditos hasta el 22 de agosto. Síndico: Mario Sogari; Montevideo 734, piso 2° "B". Audiencia informativa el 25 de septiembre de 2003. Juzgado N° 1 del doctor Dieuzeide; secretaría N° 2 de la doctora Pasina. Mociabel SA: comercialización de ganado vacuno; Santiago del Estero 250, piso 1°. Fue proveído su concurso preventivo. Denunció un pasivo de $ 613.590,82. Verificación de créditos hasta el 5 de julio. Síndico: María Santamaría; Espinosa 2590. Audiencia informativa el 27 de agosto de 2003. Juzgado N° 1 del Dr. Dieuzeide; secretaría N° 2 de la Dra. Pasina. Norma Carmelita Martínez: establecida en Gurruchaga 524, Depto. "2". Se proveyó su concurso preventivo. Verificación de créditos hasta el 3 de julio. Síndico: Ernesto Borzone; Cuenca 1464. Audiencia informativa el 5 de agosto de 2003. Juzgado N° 24 de la Doctora Ballerini; secretaría N° 48 del doctor Díaz.

Quiebra Presentada: Saúl Emilio Sztern: anticuario; Defensa 941, entrepiso. Solicitó su propia quiebra. Cesación de pagos: 23 de enero de 1999. Juzgado N° 22 de la doctora Braga; secretaría N° 44 del doctor Julianelli. Nueva Fecha: Diagnóstico Centenario SRL: en el presente juicio de concurso preventivo los acreedores tendrán plazo hasta el 14 de junio para presentar sus títulos justificativos de créditos al síndico actuante, contadora Alicia Rosa Romeo, con oficinas en Rodríguez Peña 694, piso 5° "G". La audiencia informativa se efectuará el 12 de agosto de 2003. Juzgado N° 7 del doctor Gutiérrez Cabello; secretaría N° 14 del doctor Giardinieri. Santa María & Cía. SA: en el presente juicio de concurso preventivo el juzgado fijó como nueva fecha para la realización de la junta de acreedores el 18 de junio de 2003. Juzgado N° 1 del doctor Dieuzeide; secretaría N° 1 de la doctora Fernández Garello.

11. Conclusión

Todo el material relacionado con la Bibliografía utilizada fue muy importante para la confección de la presente monografía, la cual nos permitió ir conociendo el origen, alcance e impacto que tiene el Cramdown en la sociedad actual. Todo esto nos permitió elevar una autocrítica sobre el instituto del Cramdown, al cual lo consideramos una herramienta muy significativa para los tiempos de crisis que atraviesa la sociedad en la actualidad. El hecho de que en este trabajo no hayamos tenido en cuenta las últimas dos modificaciones, es decir las leyes 25.563 y 25.589, se funda en una lectura actual de los hechos que indican una total desconfianza hacia nuestros legisladores, ya que las mismas se produjeron en el transcurso de menos de seis meses. Observamos que en comparación con otras legislaciones internacionales nuestro actual sistema está moderadamente en un mismo nivel aunque hemos visualizado que a pesar de que el instituto acarrea algo menos que una década de vigencia sigue presentando algunas carencias que de ser solucionadas la convertirían en un sistema de salvataje accesible para todo tipo de empresas. Nos referimos a lo anterior por el hecho de que en el artículo 48 sólo incluye a sociedades de responsabilidad limitada, anónimas, cooperativas, comandita por acciones y aquellas que el Estado Nacional, Provincial y Municipal sean parte, lo cual nos hace pensar que el legislador no tuvo en cuenta ni la magnitud de la empresa ni su giro comercial, ni la mano de obra que genera el resto de las sociedades no mencionadas en el presente artículo. Para finalizar esta conclusión esperamos que con el correr del tiempo las últimas modificaciones resulten efectivas y en lo sucesivo se le puedan hacer todas las correcciones pertinentes a fin de convertir el Cramdown en una herramienta útil para todas las empresas no sólo en tiempo de crisis sino en épocas productivas y de crecimiento. Eslogan del grupo: Cramdown "Un Mundo Sin Quiebras…"

12. Bibliografía

  • Revista "Mercado".
  • Revista "Negocios".
  • Enciclopedia Encarta 98 – 2000.
  • Suplementos de los Diarios "Clarín", "La Voz Del Interior", "La Nación", "CNN en español".
  • Páginas de Internet.
  • Libro "El Cramdown y otras novedades concursales" (G. Mosso). Editorial Rubinzal-Culzoni.
  • Ley 24.522, 25.563, 25.589.
  • "CD Anuario de Legislación 1999". Aplicación Tributaria S.A.

 

 

 

 

Autor:

Cocconi Guillermo

Gazzera Fernando Monteverdi Cristian Monografía presentada a: "UCES – Contador Público", como uno de los requisitos para obtener la aprobación de la materia "Concursos y Quiebras". Trabajo de Investigación Fecha: Viernes, 21 de junio de 2002 Contador Público San Francisco, Córdoba

Partes: 1, 2
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