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La filosofía del Derecho, el iusnaturalismo y el iuspositivismo (página 2)

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  • Iuspositivismo teórico o realismo jurídico: Es la creencia de que el Derecho es el Derecho interpretado por la autoridad competente; el Derecho es lo que los jueces dicen que es. Si bien la ley es razón suficiente para actuar ante la sociedad, faltará ver cual es la última palabra de los jueces -quienes el Estado designó para interpretar y aclarar la ley- respecto de la legalidad de nuestros actos. Las decisiones de los tribunales son verdadero Derecho.

  • Iuspositivismo metodológico o conceptual: Iniciado por Carlos Santiago Nino en su Introducción al análisis del Derecho, es la creencia de que el Derecho debe separarse de la moral sólo para distinguir conceptos y evitar confusiones o ambigüedades. Todo derecho positivo es verdadero derecho, pero puede haber Derechos injustos y el deber de obedecer al Derecho injusto no es necesariamente un deber moral.

  • Conclusiones

    Filosofía del derecho, en sentido amplio, existe desde muy antiguo. Y existe

    Desde que algunos pensadores comenzaron a preguntarse por la esencia de las

    Relaciones e instituciones jurídicas, que desde un principio estaban asociadas con los conceptos de ley, derecho y poder político. Luego, toda la reflexión jurídica occidental, desde la Grecia Clásica, pasando por la filosofía latino-medieval, y hasta el siglo XVIII, se realizó, como han dicho los positivistas, bajo el paraguas de la doctrina del derecho natural: filosofía del derecho y derecho natural eran, sin más, una misma cosa. De esta manera, si la filosofía del derecho se ha presentado como equivalente a la doctrina del derecho natural, y ésta, a su vez, como equiparable a la propuesta del derecho a priori, dos serían, a nuestro modo de entender, los objetivos o temas fundantes de toda meditación filosófica del problema de la justicia. El primero, que bien puede ser nombrado como sistemático, metafísico, o simplemente gnoseológico, tiene por objeto explicar los conceptos jurídicos esenciales y sus categorías, en términos tales que se propone analizar el aspecto ontológico de los diversos valores y elementos con que trabaja la ciencia jurídica. El segundo, de mayor importancia que el anterior, tiende a referir la realidad vigente del derecho a un tribunal superior que debe valorarlo y juzgarlo de acuerdo con los eternos principios de justicia. Y esta valoración es la clave misma de la evolución constante del derecho, y de su perfeccionamiento a través de la historia.

     

     

    Autor:

    Celso Prado

    Profesora:

    Betty Curupe

    Abogada.

    República Bolivariana de Venezuela

    Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

    Aldea Universitaria "Pedro Rolingson Herrera"

    Derecho Municipalizado

    Municipio Píritu

    Estado Anzoátegui

    edu.red

    Píritu, febrero del 2012

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