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La familia y el matrimonio

Enviado por ahrbom


    1. Protección del Estado a la Familia, La Maternidad y el Matrimonios
    2. El Matrimonio
    3. Unión de Hecho
    4. Deberes de los Padres e Hijos
    5. Sobre la Paternidad y Maternidad Responsable
    6. Beneficios del Matrimonio
    7. Matrimonio en Cifras

    La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que la Familia es el Elemento Natural y Fundamental de la Sociedad y tiene Derecho a la Protección por parte de esta y del estado. En 1948 en la Declaración se Establece que la Familia se constituía en el Momento en que un Hombre y una Mujer decidieron libremente unirse en Matrimonio y que se ampliaba con la Procreación de los Hijos como Fruto Natural de la Unión.

    Protección del Estado a la Familia, La Maternidad y el Matrimonios

    El Estado Reconoce en la Familia la célula fundamental de la sociedad y le atribuye responsabilidades y funciones esencial de la Educación y Formación de los nuevos generaciones.

    El Matrimonio.

    Es la base esencial de la familia y descansa en la Igualdad de los Derechos de los Cónyuges.

    Todos los hijos tienen iguales derechos, sean habido dentro o fuera del matrimonio.

    Con la vigencia del código esta abolida toda calificación sobre la naturaleza de la Filiación.

    No conseguirá declaración alguna diferenciando los nacimientos, Ni sobre el estado civil de los padres en las actas de inscripción de los hijos, ni en ningún otro documento que haga referencia a la Filiación.

    El Matrimonio se Fundara en el libre consentimiento de los contrayentes y en la Igualdad de Derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges.

    Unión de Hecho.

    La Unión establece y Monogamia de un Hombre y una Mujer, libres de Vínculos Matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale el código de familia, genera.

    Los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidos mediante Matrimonio inclusive en lo relativo a la presencia leal de Paternidad, y la sociedad conyugal.

    Deberes de los Padres e Hijos.

    Los padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos y asistirlos en las defensa de sus legítimos Intereses y en la Realización de sus Justas aspiraciones, aso como e de contribuir activamente a su educación y formación integral como ciudadanos útiles y preparados para la vida en nuestra sociedad. Los hijos a su vez, están obligados a respetar y ayudar a sus padres.

    Sobre la Paternidad y Maternidad Responsable.

    Se propugnaran la Maternidad y Paternidad responsable. El estado garantizara el derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que puedan procrear, adoptar, mantener y educar. Será obligación del estado, Informar, Educar, y Proveer los medios que coadyuven al Ejercicio de este derecho.

    El estado protegerá a las Madres, a los Padres y a quienes sean jefes de familia en el ejercicio de sus obligaciones promoverá la corresponsabilidad Paterna y Materna y vigilara el cumplimiento de los deberes y derechos reciprocas entre padre e hijos.

    Los hijos son considerar antecedentes de Filiación o adopción, tendrán las mismos derechos.

    Al inscribir el nacimiento no se exigirá declaración sobre la calidad de la filiación y el documento de inscripción no se hará referencia a ella.

    Tómelo en Cuenta los Beneficios del Matrimonio.

    La institución del matrimonio o es fundamental porque establece la formalización legal de la unión de un hombre y una mujer he aquí algunos de los beneficios:

    • Establecer los Derechos a la herencia.
    • Solicitar prestaciones Familiares.
    • Presentar reclamaciones a los compañías de seguro, instintos de previsión social o instituciones análogas si alguno de los cónyuges fallece.
    • Establecer derechos tutelares sobre sus hijos cuando el matrimonio se disuelve.
    • Realizar tramites relativos a la adopción.
    • Gestionar el Divorcio.

    Matrimonio en Cifras

    Los Matrimonios inscritos a Nivel Nacional entre 1880, hasta la fecha suman 490.520 inscripciones.

    Fuente: Unidad de Capacitación Registro Nacional de las Personas.

    Para Mayor Información.

    Llame a los Sgts: Teléfonos

    Unidad de Capacitación

    Registro Nacional de las Personas

    TEL. 222-65-34 (Directo)

    TEL. 222-20-10 Ext.220

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    Elaborado por La Unidad de Capacitación del R.N.P.

    Abogado Jorge Fernando Martinez

    Oficial de capacitación Registro Civil Honduras