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Texto de ayuda para trámite ingreso a la docencia. Listado oficial – Docentes de Argentina – Provincia de Buenos Aires (página 2)

Enviado por Daniel


Partes: 1, 2

III Niveles o modalidades para las que se postula

Debe colocar los niveles donde se desempeñará, si tiene dudas marque de más (jamás de menos) y si no esta seguro se aconseja marcar una X en todos los casilleros, luego en la exposición de listado le informarán si está o no habilitado.

IV Cargos

Se deben consignar todos los cargos que se posean, ya sea, como titular o titular interino tanto en gestión estatal como en gestión privada. Es importante consignar el nivel en Ed. Artística y Ed. Física, ya que la cantidad de módulos se considera de forma distinta para descontar los 10 (diez) puntos.

Respecto a:

Cargo: Ver todos los cargos Página Nº 6.

Los cargos más comunes son:

PR – preceptor

MG – maestro grado

PF – profesor

BI – bibliotecario

EL – encargado de laboratorio

OE – orientador educacional

OS – orientador social

MC – maestro ciclo

Ver todos los cargos Página Nº 6.

Cant: Si se hubiese escrito PF se debe colocar la cantidad de módulos ú horas que posee.

N: se refiere al nivel (Ramas)

E

EDUCACIÓN SECUNDARIA BÁSICA

G

EDUCACIÓN PRIMARIA BÁSICA

J

EDUCACIÓN INICIAL

S

EDUCACIÓN PSICOLOGÍA

K

EDUCACIÓN ESPECIAL

T

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

N

EDUCACIÓN FÍSICA

M

EDUCACIÓN MEDIA

R

EDUCACIÓN SUPERIOR

L

EDUCACION ADULTOS

P

EDUCACIÓN POLIMODAL

V Antigüedad

Si en el listado 2007 todos los datos fueran correctos sólo se debe consignar el último año trabajado, si se ha desempeñado en dos cargos de la misma rama o modalidad, siempre es conveniente declarar el servicio que posee desfavorabilidad ya que otorga puntaje. Si fuese un cargo titular en Hasta se consignará CONTINUA.

Respecto a:

Repartición: puede ser DGCyE si es un organismo estatal o DIPREGEP si es privado.

N: se refiere al nivel (Ramas) igual al ítem anterior.

D: Se refiere a la Desfavorabilidad acá va S ó N, es decir, es desfavorable o no lo es. También es conocido como ruralidad se coloca S cuando es 1 ó más.

Rv: Es la situación de Revista T: Titular – P: provisional – S: suplente.

Desde: Fecha de toma de posesión.

Hasta: Fecha de cese.

Firma: Es imprescindible que la firma del Directivo del establecimiento esté presente.

¿Es obligatorio poner todas las escuelas?

No, pero lo que usted omita puede perjudicarlo aunque es bueno tener en cuenta cosas como:

Si un docente trabajó en:

EGB Nº 50 – MG – (Turno mañana) desde 03/04/2006 hasta el 14/12/2006

EGB Nº 22 – MG – (Turno tarde) desde 10/05/2006 hasta el 12/10/2006

El segundo renglón en este caso no afecta si está o no ya que el primer renglón le abarca el período que comprende el segundo. Es decir si no pone lo de la EGB Nº 22 la antigüedad quedará igual.

PERO CUIDADO!!!!!!!

Si la EGB Nº 22 Tenía Desfavorabilidad y la 50 no SI DEBIA PONERLO.

Otro caso

EGB Nº 50 – MG – (Turno mañana) desde 03/04/2006 hasta el 14/12/2006

EGB Nº 22 – PR – (Turno tarde) desde 10/05/2006 hasta el 12/10/2006

Acá tiene que poner las 2 porque la antigüedad de la 22 si bien es en la misma rama ó nivel ES EN DISTINTO CARGO y se calcula diferente.

VI Calificaciones

Se consignarán las de los dos últimos años, esto no quiere decir que deben ser 2006, 2005, sino las últimas que se hubieren tenido en ése cargo no importa el año (por ejemplo: una directora se desempeñó como MG durante los años 1996,1995, pues debe consignar éstas calificaciones).

No se consideran las calificaciones en cargos jerárquicos, o sea, Director/a, Vicedirector/a, Regente, Secretario/a, Prosecretario/a, Jefe de Preceptores, Subjefe de Preceptores.

Si un docente se ha desempeñado en diferentes cargos y/o en diferentes ramas o modalidades deberá consignar las calificaciones en todos ellos, por ejemplo si tiene desempeño como preceptor y como maestro, deberá colocar las 2 últimas calificaciones de preceptor y también las 2 últimas de maestro, ahora si se desempeñó en forma simultánea en un mismo cargo sólo basta con consignar la calificación obtenida en uno de ellos.

Respecto a:

N y Cargo es igual a los ítems explicados arriba.

VII Formación Docente, títulos y cursos.

Sólo se deben consignar las novedades,

títulos obtenidos luego de la inscripción en el ingreso 2006-2007.

Cursos realizados luego de la inscripción en el ingreso 2006-2007.

Corroborar que se encuentren registrados en la Dirección de Personal, éste trámite se realiza en los Consejos Escolares que están descentralizados o en el Departamento de Registro en la ciudad de La Plata (frente a la DGC y E, calle 13 e/ 56 y 57).

VIII Cobertura a Cargo de 3 ó 4 días (Decreto 258/05)

Esto es para cubrir suplencias de 3 ó 4 días en cargos como por ej. Preceptor o Maestro, es recomendable completarlo sólo si se tienen intención real y posibilidad horaria para hacerlo, esto está para agilizar suplencias evitando dejar alumnos sin docente a cargo.

Respecto a la cantidad de fojas, se debe aclarar que no se folia el formulario de inscripción.

En toda inscripción se debe adjuntar fotocopia del DNI 1º y 2º, y la hoja de cambio de domicilio aún cuando esté en blanco.

Si la inscripción se realiza por:

primera vez se entregará la documentación en una carpeta de tres solapas en la que se consignará apellido y nombre, DNI del aspirante, el trámite administrativo debe realizarse en la Secretaria de Inspección.

Segunda vez o más se entregará la documentación en un sobre de papel madera en el que se consignará apellido y nombre, DNI del aspirante, el trámite administrativo debe realizarse en uno de los establecimientos en que se desempeña el docente, siempre y cuando el mismo se encuentre en actividad. Si no está en actividad el trámite administrativo debe realizarse en la Secretaria de Inspección.

Siempre debe presentarse original de la documentación la que será verificada por el personal que realice la inscripción.

Respecto al formulario de inscripción debe ser uno original y dos fotocopias.

Esta inscripción debe realizarse todos los años.

 

 

Autor:

Sitio Web:

País: Argentina – provincia de Buenos Aires. Abril de 2007.

CÓDIGOS DE DISTRITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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