33
33
33
55
Causales de devolución del trámite de elección. El Acta de elección no contiene número de la misma. En el Acta de elección no se establece con claridad la fecha, hora y lugar en que se desarrolla la Asamblea. El Objetivo de la reunión y/o el orden del día consignado en el acta no incluyen la elección total o parcial de dignatarios. Si en el acta de elección, no figuran los integrantes del tribunal de garantías, el número del acta y fecha en la que fueron nombrados. No se describen correctamente las planchas o listas No se presenta el detalle de las votaciones realizadas o se presentan inconsistencias en la información que aporta el acta. No se anexa listado de la totalidad de afiliados del organismo comunal con el nombre y apellidos completos, número de documento de identidad y la firma de los asistentes. Si la solicitud de inscripción de dignatarios no está firmado por el presidente y secretarios electos o titulares del cargo (en el caso de elección parcial)
CAUSALES DE DEVOLUCION O REPETECIÓN DE ELECCIÓN
56
Si los Integrantes del Tribunal de Garantías no aparecen en el listado de afiliados/as.
Si los Integrantes del Tribunal de garantías son dignatarios actuales.
Cuando los Integrantes del Tribunal de Garantías se presentan como candidatos en una de las planchas o listas.
Cuando un candidato se postula a dos (2) cargos y resulta elegido a ambos cargos. Para recordar un dignatario, no puede ser elegido para desempeñar dos (2) o más cargos a la vez en la junta, caso excepcional, podrá ser elegido también como delegado a la Asociación de juntas por ser un organismo comunal de grado superior.
Cuando algunos candidatos/as de las planchas o listas no aparecen en el listado de afiliados/as.
De acuerdo al Art. 29 de la ley 743 de 2002, no existió quórum decisorio para considerar valida la Asamblea o elección directa de dignatarios.
Causales para ordenar la repetición del proceso de elección.
57
58
59
60
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |