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Tipo y diseño de investigación; Método de investigación

Enviado por Alexis Urbina


  1. Tipo de investigación
  2. Diseño de investigación
  3. Método de investigación
  4. Bibliografía

Tipo de investigación

En lo que respecta, a lo que conceptualmente se conoce como tipo de investigación, se puede indicar que el mismo, representa el esquema general o marco estratégico que le da unidad, coherencia y sentido práctico a las actividades que se emplean para dar respuesta al problema y a los objetivos planteados.

Ahora bien, es necesario contextualizar los tipos de investigación, por lo que se trajo a colación, lo expresado por Dankhe (1986) citado en Hernández (1991), acerca de los mismos, por lo que consecuentemente según el citado autor se clasifican en:

1.1.- Exploratorios.

En lo atinente a los estudios exploratorios, se puede manifestar, que según Hernández (ibid), son los que se realizan en los casos en el que el objetivo de la investigación es examinar un problema que ha sido poco estudiado científicamente. En este sentido, se puede señalar que cuando se aborda un tema por primera vez, se considera que se está llevando a cabo una investigación exploratoria. De manera que, en el mundo jurídico una investigación es exploratoria cuando, no se ha estudiado anteriormente desde el punto de vista científico.

1.2.- Descriptivos.

En lo concerniente a los estudios descriptivos, se puede considerar según Hernández (ibid), que los mismos, son los que tienen como finalidad especificar las propiedades importantes de personas, grupos, comunidades, así como, cualquier fenómeno que puede someterse a análisis científico.

1.3.- Correlaciónales.

Con respecto a los estudios correlaciónales, se puede indicar que según Hernández (ob cit), son los que buscan responder a preguntas de investigación, en la que se relacionan variables de manera explicita. De tal forma, en los estudios en cuestión, se puede estructurar preguntas, como las siguientes: ¿a mayor variedad y autonomía en el trabajo corresponde mayor motivación intrínseca respecto a las tareas laborales?.

1.3.- Explicativos.

Con relación a los estudios explicativos, se puede considerar lo expuesto por Hernández (ibid), quien señala que los estudios en cuestión, son los trascienden la simple descripción de los conceptos o fenómenos, por lo cual, están dirigidos a responder a las diferentes causas que originan eventos sociales o físicos. En consecuencia, se interesan en explicar porque ocurre un determinado fenómeno y en que condiciones se produce.

En lo que respecta al tipo de investigación que se llevará a cabo, se puede inferir que dicha investigación corresponde a un estudio descriptivo, por el hecho de que en la misma, se tratará de describir una situación jurídica.

Diseño de investigación

Arias (ob cit), plantea que el diseño de la investigación es la estrategia que adopta el investigador para responder al problema planteado. Mientras que, por su lado Perdomo (s/f), manifiesta que el diseño de investigación es el esquema que se idea para probar el marco teórico, por lo tanto, esto explica el por qué, el diseño representa la culminación del marco teórico.

Ahora bien, Perdomo (ibid), realiza una clasificación en la que existen dos tipos de diseño, los cuales son:

2.1.- De campo.

En los que se recogen los datos a partir de experiencia directa. Es importante indicar que se subclasifican en experimentales y en cuasi experimentales.

2.2.- Documentales o Bibliográficos.

En lo que respecta a la investigación documental, se puede resaltar que según la LUZ (s/f), la misma tiene por objetivo el desarrollo de las capacidades reflexivas y criticas a través del análisis, interpretación y confrontación de la información recogida, por lo cual, tiene como propósitos describir, mostrar, analizar, probar, persuadir o recomendar.

Aunado a lo anteriormente expuesto, Ramírez (1999), señala que la investigación documental se da cuando la fuente principal de información esta integrada por documentos que representan la población y cuando el interés del investigador es analizarlos como hecho en sí mismo o como documentos que brindan información sobre otros hechos.

Mientras que, por su parte Arias (s/f), indica que la investigación documental es aquella que se basa en la obtención y análisis de datos provenientes de materiales impresos u otros tipos de documentos.

De acuerdo a lo anteriormente expuesto, según Perdomo (ob cit), el diseño jurídico es la metodología que utiliza el jurista para confrontar los hechos jurídicos con la ley y con la ratio juris, (entendida como la razón jurídica). De tal forma, es significativo indicar que las diferentes escuelas jurídicas han establecido un determinado método para realizar sus investigaciones, por lo cual, unas dan prioridad a la razón, mientas que, otras a los hechos.

Por lo cual, la investigación es de tipo documental, tomando como base lo también expresado por Arias (ob cit), en la que entiende que es: un proceso basado en la búsqueda, recuperación, análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir, los obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas, audiovisuales o electrónicas.

Como en toda investigación, el propósito de este diseño es el aporte de nuevos conocimientos. No obstante, en vista que la investigación que se llevará a cabo, es de orden estrictamente jurídica, es plausible manifestar, que la definición y consecuente elección del diseño a utilizar, estará enmarcado en un diseño de investigación jurídico – documental.

Método de investigación

En lo que respecta al método de investigación, se puede indicar que según Briones (1996), el mismo consiste en la estrategia que guía el proceso de investigación con el fin de lograr ciertos resultados, especialmente aquellos previamente definidos en los objetivos de estudio. Así pues, la estrategia durante su planteamiento y desarrollo, incluye una experiencia práctica, técnica y teórica del investigador, determinadas por las funciones de análisis, síntesis, inducción y deducción, para con esto poder elegir las alternativas de solución de los problemas planteados.

Según la LUZ (ob cit), los métodos de investigación son las vías y mapas a seguir para la realización de propuestas y proyectos de investigación en los diferentes proyectos de investigación.

Ahora bien, según Perdomo (ob cit), el método de investigación jurídica (el cual, es el aplicable a la investigación, que se llevará a cabo), cuenta con las siguientes etapas:

3.1.- Etapas del método de investigación jurídica.

3.1.1.- Indagación de los hechos.

Es importante manifestar que, el investigador jurídico debe realizar como primer paso dentro de su investigación, la indagación sobre los hechos, los cuales, serán sometidos a su análisis investigativo.

3.1.2.- Conceptualización jurídica.

Según Perdomo (ob cit), viene a representar la búsqueda de esencia jurídica del hecho a analizar, es decir, tratar de conceptualizar jurídicamente el hecho a investigar.

3.1.3.- Tipicidad.

En lo que respecta a la tipicidad, es necesario que para un hecho sea analizable desde la perspectiva jurídica, debe indefectiblemente ser reconocido como hecho jurídico, por el ordenamiento jurídico existente.

3.1.4.- Hipótesis en la búsqueda de la norma aplicable al caso estudiado.

Aunado a lo anterior, es posible indicar que, según Perdomo (ibid), el investigador jurídico tiene que crear los preceptos jurídicos que sean capaces de solucionar, desde el mundo de Derecho, los hechos que se ha planteado, para resolverlo. En este sentido, se debe inferir una hipótesis en la búsqueda de la norma aplicable al caso estudiado.

3.1.5.- Hipótesis en la interpretación de la norma.

Con respecto a la hipótesis en la interpretación de la norma, es posible señalar que, según Perdomo (ibid), una vez que se encuentre la norma, el investigador jurídico debe interpretarla con la finalidad de descubrir el verdadero pensamiento del legislador, para lo cual, es necesario indicar que existen los siguientes tipos de interpretación jurídica:

3.1.5.1.- Interpretación gramatical.

Es relevante indicar que, la interpretación en cuestión, es que declara en igualdad de condiciones el sentido del texto, tomando como base al sentido estricto de las palabras.

3.1.5.2.- Interpretación histórica.

En este tipo de interpretación, el investigador jurídico, se va a la doctrina jurídica, para con ello desentrañar el sentido de la norma.

3.1.5.3.- Interpretación lógica.

Es significativo resaltar que este tipo de interpretación jurídica, es la que el investigador, utiliza los argumentos jurídicos de interpretación, tales como: la analogía, a contrario sensu, a fortiori, a minori a maius, a maiori ad minus, ad absurdum, a generali sensu.

3.1.5.1.- Interpretación sistemática.

En lo referente a la Interpretación sistemática, se puede manifestar que, la misma es la se realiza en dos instancias (instituciones jurídicas y en la totalidad del ordenamiento jurídico). En tal sentido, para desarrollarse este tipo de interpretación, es necesario de cumplir con un conjunto de reglas interdependientes, coherentes y armónicas.

3.1.7.- Hipótesis en la aplicación de la norma.

En lo que respecta a la hipótesis en la aplicación de la norma, es importante mencionar, que el investigador jurídico debe crear una hipótesis en la cual, se prevea el sentido de aplicación de la norma frente a casos reales.

3.1.7.- Ejecución de la norma.

Para finalizar, la ejecución de la norma, viene a ser la realización efectiva de la norma en la realidad, es decir, la ejecución. En consecuencia, según Perdomo (ob cit), en esta etapa se consigue una triple igualdad, por un lado, la subsunción del supuesto factico; y por otro lado la subsunción de la conducta efectiva dentro del supuesto fáctico.

Bibliografía

Arias, F. (s/f). El proyecto de investigación. 2 Edición. Caracas. Editorial Epìsteme.

Briones, G. (1996). Metodología y técnicas de Investigación para las Ciencias Sociales. Trillas. Cuarta reimpresión. México D.F. México.

Hernández, R. (1991). Metodología de la Investigación. Mc – Graw- Hill. México D.F. México.

Perdomo, R. (s/f). Metodología de la investigación jurídica. Universidad de los Andes.

Ramírez, T. (1999). Como hacer un proyecto de investigación. (1 ed). Caracas. Panapo.

Universidad del Zulia. (s/f). Taller de capacitación profesional. Maracaibo.

 

 

 

Autor:

Abogado. Alexis José Urbina Pimentel

Universidad "Fermín Toro"

Vice Rectorado Académico

Centro de Estudios para Graduados

Guanare Estado Portuguesa

Cátedra: Proyectos III.

Guanare, julio de 2015.