EJEMPLO DE DOS DISCURSOS. EL ELOGIO Y LA DEFENSA:
- Gorgias y el Derecho.
En la cumbre de la cultura griega, cuando las escuelas de filosofía competían entre si para explicar qué es el ser y cual es el supremo bien, cuando la democracia florecía como nunca antes había ocurrido en la humanidad, un gran sabio comenzó a dar la siguiente recomendación para ganar los pleitos judiciales: lo conveniente era hacer los discursos sin tocar la verdad, en cambio cuanto mas se alejara el discurso de la verdad el éxito sería seguro. Esto se siguió enseñando por varios siglos, la razón era sencilla, simplemente sabían que las decisiones se toman por emociones y no siempre por razones.
Sabemos el nombre de quien propuso semejante recomendación, se llamaba Gorgias de Leontini (483-482 a. de C. Hasta el 392-389 a. de C). Fue uno de los primeros sofistas y dedicó su larga vida a perfeccionar y enseñar la retórica. Oriundo de Sicilia, gracias a su fama de buen orador es enviado a Atenas para presentarse ante el pueblo, con el fin de lograr una alianza y así librar a su ciudad de la amenaza militar de Siracusa. Su éxito fue inmediato logrando ser aceptado y admirado por la sociedad ateniense y bien pagado pues se atestigua que se hizo rico con sus enseñanzas. Inventó diversas técnicas oratorias al punto que será tomado en cuenta y celebrado por todo retórico durante los seiscientos años siguientes y debería ser considerado como un creador del derecho.
Gorgias exaltó el valor de la persuasión a su máximo extremo, postulando diversas reglas que él probaba ante el absorto público. Por ejemplo sostenía que toda tesis tiene un opuesto y cualquier posición puede vencer según sea bien defendida. Para demostrar esta tesis escéptica, se enfrenta a las diversas escuelas de filósofos que investigaban sobre el ser, escribiendo un tratado titulado "Sobre el no-ser" para demostrar que el "no-ser" es tan posible como "el ser". Cuando afirma que un orador adquiere la capacidad de hablar sobre cualquier tema, Gorgias, para demostrarlo, no duda en presentarse ante asambleas públicas y solicitar que se proponga un tema cualquiera pues con la fuerza de la palabra podía vencer a cualquier opositor o convencer sobre cualquier asunto, desenvolviéndose con una gran habilidad. Conoció a Socrátes y Platón, este último hizo un Dialogo que lleva el nombre del sofista y se cuenta que Gorgias al leerlo dijo que demostraba que el filosofo sabia escarnecer hábilmente.
Junto con los demás sofistas dio el impulso a la enseñanza abierta al público frente al carácter hermético de la primeras escuelas filosóficas, crearon la posibilidad de convertir el espacio judicial en un lugar de confrontación de posiciones que debían sacar ventaja de todas las opciones posibles, dejando de lado la perspectiva de una simple imposición de la autoridad sobre los individuos, ahora el resultado dependía también de habilidades de litigación oral, creando incertidumbre pero a su vez posibilitando que el espacio judicial sea imprevisible para todos por igual. Obviamente que este sistema solo duraba mientras no predominaran los prejuicios o temores, porque en esos contextos la sentencia ya estaría cantada de ante mano y sería totalmente previsible. Este aporte no lo valoramos adecuadamente, pero significó que el espacio judicial tuviera una dinámica propia, desligándose de la política. Lamentablemente la mala fama que adquirieron los sofistas y luego la retórica, nos alejan del conocimiento de sus aportes.
2. Para entender el Elogio y la Defensa
Ahora presentamos dos discursos modelos que Gorgias diseño para sus alumnos. Estos discursos modelos debían ser aprendidos y repetidos de memoria por el discípulo, ensayando la cadencia, tonalidad, énfasis, en una minuciosa formación hacia la excelencia. Pero lo que se escapa a la vista del hombre moderno es que estos discursos modelo aplican rigurosamente las minuciosas reglas de composición que los retóricos fueron inventando para lograr el éxito en cada discurso. Cabe precisar que los retóricos reconocen tres tipos de discursos: el elogio (que comprende la vituperación), el discurso forense (que comprende la defensa y acusación) y la deliberación (que versa sobre lo útil), aquí tenemos una muestra de los modelos correspondientes a la defensa y el elogio.
Para construir cada discurso existían detalladas reglas que el orador aprendía a utilizar ingeniosamente, mediante su memorización. Veamos El Elogio de Helena. Con sus dos mil quinientos años de antigüedad, aun esta lleno de vida. El orador se propone un reto: busca ensalzar la imagen de la mujer mas vituperada de Grecia, Helena, que abandonara a su esposo y con ello, provocaría la guerra de Troya. Ese es el fin del elogio: que todos terminen alabando al personaje objeto del discurso, tal como en la defensa se busca mostrar la inocencia del acusado, despertar piedad o disminuir la ofensa que ha cometido ante los ojos del tribunal. Pero este caso es particularmente difícil, pues el ateniense desde niño aprende2 a censurar la traición cometida por Helena y, por otro lado, al usar la forma del elogio y no la defensa, se busca la alabanza y esta no admite matices, por tanto se espera no sólo que sea perdonada por el auditorio o que sea entendida o admirada por unos cuantos, el orador quiere doblegar a todo el auditorio, no se conforma con el perdón o el olvido, quiere la admiración, el aprecio, alzarla al nivel de os héroes, de los grandes. Para agravar el asunto, el elogio es una oportunidad de mostrar los actos ejemplares del elogiado y hacer una enseñanza moral, pues la cumbre del que es ensalzado es el merecer ser imitado por todos, es decir, un elogio que no indique el acto a imitar no cumpliría las reglas exigidas y no lograría su cometido. Gorgias aprovecha la oportunidad para ensalzar a la elocuencia y enseñarla, registrando varias recomendaciones para los oradores, una de estas es la metodología para actuar frente a los tribunales de justicia, así nos dice que se puede ganar un proceso si los argumentos son escritos "con habilidad e independientemente a su veracidad". Conviene aclarar algunos puntos para valorar esa expresión.
En el mundo griego la mayoría de procesos judiciales se realizaban ante grandes jurados, para darnos una idea debemos recordar que quienes juzgarían a Sócrates serian 500 atenienses y eso era lo usual. El proceso era sencillo: luego de oir a las partes se proponían las alternativas: x es inocente o x es culpable y pasaban a votación con unas bolillas de colores que se depositaban en urnas. La defensa se ejercía por el propio acusado, no podía ser reemplazado por nadie y solo se le consentía leer un discurso, que usualmente era escrito por algún retórico a cambio de una paga (a quienes lograron especializarse en esta técnica se les llamo logografos). Obviamente que los oradores que dominaban el arte de apaciguar o enardecer al jurado llevaban ventaja. Los retóricos, sabían que muchas decisiones se toman de manera emotiva y a veces tener las premisas correctas y la perfecta conclusión no servia de nada. En este contexto, la técnica que propone Gorgias no consiste en mentir sino en dirigirse a las emociones del auditorio para buscar piedad, odio a la parte contraria, duda, según convenga. Estas tesis se mantendrían y las veremos repetirse en el Orador de Cicerón, casi cuatro siglos después, lo que demuestra que eran parte del canon retórico.
Para comprender como es que el discurso retórico se construye empleando ciertas reglas y el papel del ingenio, examinaremos las reglas del elogio. Los autores varían en recomendaciones, por ejemplo Theon recomienda, para redactar un buen elogio, cerca de treinta y seis temas en el orden siguiente
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A esta lista se agregaban otras recomendaciones, por ejemplo los actos heroicos que hubiera hecho si no hubiera muerto o si hubiera estado presente, la semejanza a otros héroes, por los actos, por el nombre, en fin el orador no debía olvidar ninguno de estos pasos. Luego, el propio Elogio a Helena, sirve de ejemplo de esas reglas. Cualquier alumno de retórica en la antigüedad sabia de memoria que Gorgias utiliza como bien exterior el linaje de los padres de Helena, como cualidad personal utiliza la belleza del personaje, de este modo, toda la trama de su discurso tienen una reglas directrices que el orador esta cumpliendo. El arte estriba en saber seleccionar los elementos que se van a destacar y la oportunidad para introducirlos6. En la Defensa de Palamedes, encontraran con detalle los problemas de la técnica judicial para comprobar la culpabilidad y la facilidad de provocar adhesiones con conjeturas aceptables. Y en esta también se aplican ingeniosamente las reglas del discurso forense.
En fin, injustamente olvidados en las escuelas de derecho, he aquí a uno de los que inventaron nuestro derecho, pues como encontrarán en los manuales de retórica de la antigüedad, les debemos más de lo que creemos.
3. La Retórica y los Jueces
Con estos discursos mostramos que la retórica fue diseñada para persuadir a los magistrados y no para que ellos nos persuadan. En la antigüedad y parte de la edad media los jueces no peroraban ni argumentaban en sus sentencias, iban directo al grano. Solo en el renacimiento las técnicas retóricas empiezan a influir en la redacción judicial para ser aborrecidas por el culto a la sencillez y precisión que dominó en el siglo XVIII y XIX. A pesar de todas las huellas de la retórica no se pudieron borrar en la práctica forense. Este periodo esta muy poco estudiado y recientemente ha llamado la atención sobre el mismo.
En cambio, el papel del llamado silogismo judicial ha sido nulo en la antigüedad para las discusiones prácticas, porque no era considerado recomendable para argumentar. Por ejemplo Cicerón en el dialogo Sobre la Naturaleza de los dioses, a propósito de cómo argumentar sobre las distintas doctrinas dice que "cuando se hallan reducidas a la breve forma silogística…están mas expuestas a la critica o censura. Un río de rápida corriente puede casi del todo o enteramente eludir la corrupción, mientras que un agua estancada se corrompe fácilmente; así también una fluida corriente de elocuencia diluye fácilmente las censuras de la crítica, mientras que un argumento razonado de manera escueta se defiende a si mismo con dificultad.
¿Entonces que impedía el caos absoluto? ¿Qué impedía que el juez no se avasallado por los oradores?. Por un lado se tomaron medidas para limitar la asistencia de retóricos en los pleitos y el uso de ciertos argumentos. Los griegos, por ejemplo, prohibieron que los retóricos reemplacen o hablen en los juicios por eso solo se dedicaban a componer los discursos. Se entrenaba a los jueces contra los efectos de los retóricos, así en el Digesto se exige al Juez que no se irrite o muestre compasión y muchos asuntos se prefería dejar aun jurado numeroso antes que aun solo sujeto que es mas impresionable.
Pero también existe otro factor: el juez estaba mejor enterado de lo que ocurría a su alrededor, las ciudades hasta el siglo XIX, eran en todo el mundo el hogar de una pequeña población urbana, 2 a 5% de la población de cada país, frente a un 90% de población rural, a esto se sumaba la inmovilidad espacial, la gente no cambiaba de localidad, ni solía viajar mas que unos cuantos kilómetros. En estas circunstancias el juez promedio no dependía de las partes para adquirir la información que necesitaba para decidir. Pero en el siglo XXI todo ha cambiado, las grandes ciudades concentran el 90% de la población y conocer qué ocurrió en cada caso, ahora sí depende de lo que las partes digan, por ello se hace extrañar investigaciones que ayuden a un mejor control de la argumentación que emplean las partes en litigio, esto seria tan importante como analizar las sentencias, por ello esperamos que esta lectura permita iniciar un estudio de las formas de argumentar que usan los litigantes, peritos, inclusive en los propios documentos que a veces consideramos libres de argumentación, como son los contratos.
ELOGIO DE HELENA
Perfección para la ciudad es el valor de sus habitantes, para un cuerpo la belleza, para un alma la sabiduría, para una acción la virtud, para un pensamiento la verdad. Las cualidades contrarias a éstas implican imperfección. En un hombre, en una mujer, en un pensamiento, en una acción, en una ciudad, es preciso honrar con alabanzas lo que sea digno de alabanza y cubrir de censuras lo que sea censurable. Pues tan erróneo e inexacto es censurar lo que debe ser alabado como alabar lo que debe ser censurado. Y es obligación de un mismo hombre proclamar la verdad y refutar a los que censuran a Helena, mujer sobre la que ha llegado a ser concorde y unánime la opinión de la tradición poética y el significado de su nombre, que lleva consigo el recuerdo de acontecimientos infortunados.
Yo quiero, razonando con lógica sobre la peyorativa tradición a ella referente, liberarla de toda acusación y hacer cesar la ignorancia, demostrando que sus acusadores están equivocados y descubriendo la verdad.
Todo el mundo sabe que por su origen y linaje fue excelsa entre hombres y mujeres la persona a la que se refiere este discurso. En efecto, es sabido que como madre tuvo a Leda y como padre a un dios, aunque creído un mortal, Zeus y Tíndaro, de los cuales uno, por serlo, fue creído, el otro, por ufanarse de ello, fue discutido; y uno era el más poderoso de los hombres y el otro el señor de todas las cosas.
Por haber tenido tales padres gozó de una belleza igual a la de una diosa, y esta belleza que tuvo no la mantuvo oculta. Inflamó de muchísimas pasiones de amor a muchísimos hombres, y con un solo cuerpo consiguió muchos pretendientes orgullosos por sus grandes cualidades, de los cuales unos tenían fortunas inmensas, otro gran renombre por la antigüedad de su nobleza, otra belleza por su vigor físico, otro prestigio por la sabiduría adquirida. Y todos quedaron bajo un amor ardiente y un deseo invencible.
No voy a exponer quién, por qué y cómo satisfizo su amor hacia Helena, apoderándose de ella. Pues decir cosas ya sabidas a los que las saben confirma su saber, pero no les produce placer. En consecuencia, pasando por alto en mi discurso el tiempo de entonces, voy a penetrar en el principio del discurso que voy a pronunciar y voy a exponer las causas por las que era natural que se produjera la marcha de Helena a Troya.
Hizo lo que hizo ya por decisión de la Fortuna, mandato de los dioses o designio del Destino, ya raptada violentamente, ya convencida con palabras. Si por la primera causa, es un mérito para el que es acusado ser acusado, dado que es imposible impedir la voluntad de un dios con la previsión humana. Pues ha sido establecido por "la naturaleza no que el más fuerte sea dominado por el más débil, sino que el más débil sea dominado y sometido por el más fuerte, y que el más fuerte marque el camino y el más débil le siga. Y los dioses son más fuertes que el hombre por su poder, su sabiduría y por otras muchas cualidades. Por tanto, si se ha de atribuir la causa a la Fortuna o a la divinidad, hay que descargar a Helena de su mala fama. Si fue raptada violentamente y sufrió ilegal violencia, y padeció injusta ofensa, es evidente que el culpable fue el raptor, por haber inferido un ultraje, pero la raptada, por haberle recibido, fue una desventurada. El bárbaro que comete un acto bárbaro, merece ser castigado con la ley, con la palabra y con la acción; con la ley, mediante la pérdida de sus derechos civiles; con la palabra, mediante una acusación; con la acción, mediante una sanción penal. Pero, la que fue violentada, privada de su patria y alejada de sus amigos, ¿cómo lógicamente no sería compadecida antes que difamada? El uno comete un delito, la otra lo padece. Por tanto, lo justo es compadecer a ésta y reprobar a aquél.
Si fue convencida y engañada con su espíritu por la palabra, no es difícil en este caso defenderla y liberarla de toda acusación.
La palabra es un poderoso soberano, que con un pequeñísimo y muy invisible cuerpo realiza empresas absolutamente divinas. En efecto, puede eliminar el temor, suprimir la tristeza, infundir alegría, aumentar la compasión. Voy a demostrar que esto es así, pues es preciso ponerlo de manifiesto ante la opinión de los que me escuchan. Yo considero y defino toda poesía como palabra con metro. Esta infunde en los oyentes un estremecimiento preñado de temor, una compasión llena' de lágrimas Y una añoranza cercana al dolor, de forma que el alma experimenta mediante la palabra una pasión propia con motivo de la felicidad y la adversidad en asuntos y personas ajenas.
Y ahora voy a pasar a otro argumento. Las sugestiones inspiradas mediante la palabra producen el placer y apartan el dolor. La fuerza de la sugestión adueñándose de la opinión del alma, la domina, la convence y la transforma como por una fascinación. Dos artes de fascinación y de encantamiento han sido creadas, las cuales sirven de extravío al alma y de engaño a la opinión. Y ¡cuántos han engañado y engañan a cuántos y en cuántas cosas con la exposición hábil de un razonamiento erróneo' Si todos los hombres tuvieran completo recuerdo del pasado, conocimiento del presente y previsión del futuro, ese razonamiento no podría engañarlos del modo como lo hace. Pero es imposible recordar el pasado, conocer el presente y predecir el futuro. Y por ello la mayor parte de los hombres y en la mayor parte de las cuestiones toman la opinión como consejera del alma. Pero la opinión, siendo incierta e inconsistente, arroja a los que se sirven de ella en infortunios inconsistentes e inciertos. Y, por tanto, ¿qué causa pudo impedir que también y de un modo análogo la sugestión dominase a Helena, aun no siendo la primera vez, con el mismo resultado que si hubiera sido raptada violentamente?. Pues la fuerza de la persuasión, de la que nació el proyecto de Helena, es imposible de resistir y por ello no da lugar a censura, ya que tiene el mismo poder que el destino. En efecto, la palabra que persuade el alma obliga necesariamente a esta alma, que ha persuadido, a obedecer sus mandatos y a aprobar sus actos. Por tanto, el que infunde una persuasión, en cuanto priva de la libertad, obra injustamente, pero quien es persuadida, en cuanto es privada de la libertad por la palabra, sólo por error puede ser censurada. En cuanto a que la persuasión producida por la palabra modela el alma como quiere, hay que fijarse en primer lugar en las teorías de los fisiólogos, quienes sustituyendo una opinión mediante la exposición de otra consiguen que lo que es increíble y oscuro se presente como evidente a los ojos de la opinión. En segundo lugar en las convincentes argumentaciones de los discursos judiciales, con las que un solo discurso encanta y persuade a una gran multitud, siempre que haya sido escrito con habilidad e independientemente de su veracidad. En tercer lugar en las discusiones de materias filosóficas, en las que se muestra también la labilidad de la mente en cuanto hace mutable la confianza en una opinión. Y la misma proporción hay entre el poder de la palabra respecto a la disposición del alma que entre el poder de los medicamentos con relación al estado del cuerpo. Así como unos medicamentos expulsan del cuerpo unos humores y otros a otros distintos, y unos eliminan la enfermedad y otros la vida, así también unas palabras producen tristeza, otras placer, otras temor, otras infunden en los oyentes coraje, otras mediante una maligna persuasión emponzoñan y engañan el alma.
Así, pues, he demostrado que si fue convencida con la palabra, no fue culpable, sino que tuvo mala suerte.
Y paso a exponer la cuarta causa con el cuarto argumento. Si lo que originó sus actos fue el amor, no es difícil que eluda la acusación de culpabilidad en la que se dice que ha incurrido. Las cosas que vemos tienen la naturaleza propia de cada una de ellas, no la que nosotros queremos. Además, mediante la percepción visual el alma es modelada en su modo de ser. Y así, cuando la vista contempla personas enemigas revestidas de armadura guerrera con ornamentos guerreros de bronce y de hierro, ya ofensivos ya defensivos, se aterra y aterra al alma, de manera que muchas veces huimos llenos de pavor aunque no haya un peligro en el futuro.
La verdad de esta argumentación se presenta como poderosa a causa del temor que se deriva de la percepción visual, la cual, una vez que se ha producido, hace que se renuncie a actuar, aunque se sepa lo que es bueno según la ley y lo que es justo según el derecho. Por otra parte hay quienes a causa de haber tenido visiones terroríficas, pierden instantáneamente el juicio a consecuencia de las mismas: hasta tal punto perturba y destruye a la mente el temor. Y muchos caen en absurdas enfermedades, en terribles penalidades y en incurables locuras: hasta tal unto la vista grabó en su espíritu las imágenes de las cosas contempladas. Y paso por alto muchos ejemplos de visiones espeluznantes, dado que son semejantes las que no cito a las ya indicadas.
En otro sentido los pintores, cuando representan de modo perfecto un solo cuerpo y figura usando de muchos colores y cuerpos, deleitan a la vista. La realización de estatuas de hombres y de dioses produce en los ojos una dulce afección. Y de esta forma unos objetos dan tristeza a la vista, otro deseo y a veces muchos objetos producen en muchos hombres amor y deseo de muchos actos y cuerpos.
Por tanto, si el ojo de Helena originó en su alma deseo y pasión amorosa del cuerpo de Alejandro,", ¿qué hay en ello de asombroso? Si el amor es un dios 2 34 , ¿cómo hubiera podido resistir y vencer el divino poder de los dioses quien es más débil que ellos? Si se trata de una enfermedad humana y de un error de la mente, no se ha de censurar como si fuera una culpa, sino se ha de considerar como una mala suerte. Y, en efecto, ella marchó a Troya, como marchó, a causa de las insidias que padeció en su alma, no por voluntaria decisión de su espíritu; a causa de la inexorabilidad del amor, no por intrigas de su arte.
¿Cómo es posible estimar justo el censurar a Helena, la cual hizo lo que hizo enamorada o persuadida con palabras o raptada con violencia, u obligada por el poder divino y que, por tanto, escapa por completo a toda acusación?
He borrado con mi razonamiento la infamia de una mujer; he mantenido la normal" que establecí al principio de mi disertación; he intentado destruir la injusticia de un reproche y la ignorancia de una opinión; he querido escribir este discursos como elogio de Helena, como un producto de mi fantasía.
LA DEFENSA DE PALAMEDES
La acusación y la defensa no pueden versar sobre el hecho de morir, puesto que la naturaleza con voto manifiesto ha decretado la muerte a todos los mortales desde el mismo día de su nacimiento. La cuestión se refiere al honor y al deshonor: si yo debo morir de modo natural o ser condenado a muerte manchado de las máximas infamias y de la más vergonzosa acusación.
Frente a estas dos posibilidades de muerte, vosotros tenéis poder absoluto sobre una, yo sobre la otra; yo sobre la que es natural, vosotros sobre la que se produce con violencia.
Fácilmente podéis vosotros, si queréis, condenarme a muerte; pues tenéis poder para ello, mientras que yo ninguno tengo. Si mi acusador, Ulises lll, ha hecho su acusación por amor a Grecia, ya por saber con certeza que yo he traicionado a Grecia ante los bárbaros, ya por presumir que así ha sucedido, será un hombre perfecto. ¿Y cómo no lo sería quien salva a su patria, a sus padres, a toda la Grecia y además castiga al culpable? Pero si me acusó por envidia, intriga o malquerencia, del mismo modo que en el caso anterior sería un hombre excelente, así en éste sería el más malvado.
Dado que mi discurso ha de tratar sobre este problema, ¿de qué punto partiré?, ¿qué diré en primer lugar?, ¿hacia dónde encaminaré mi defensa? Pues una acusación carente de pruebas produce un manifiesto aturdimiento, por cuya causa no se sabe qué decir, a no ser que yo me deje guiar por la verdad estricta y no por mi actual necesidad, consejeras de desgracias antes que de dichas.
Yo sé con toda evidencia que mi acusador me acusa sin ver con claridad en este asunto, pues tengo plena conciencia en mí mismo de no haber hecho nada tal. Y no comprendo cómo alguien podría ver con claridad lo que no ha acontecido. Pero, si ha hecho su acusación por presumir que las cosas sucedieron así, voy a demostramos que está equivocado mediante una doble argumentación: un acto de esta naturaleza, yo, aunque hubiera querido cometerlo, no habría podido, y, si hubiera podido, no habría querido. Voy a comenzar en primer lugar por esta tesis, la imposibilidad de que yo cometiera la traición.
En efecto, hubiera sido preciso que existiera en primer lugar un punto de partida de la traición, y este punto de partida habría sido un coloquio (con los bárbaros), pues las palabras tienen que preceder a las futuras acciones. Pero, ¿cómo podría haber tenido lugar un coloquio sin haberse celebrado una entrevista? Y, ¿cómo podría haberse celebrado una entrevista dado que él", no me ha enviado ningún mensajero ni yo a él tampoco? Ni ha podido cruzarse ninguna propuesta por escrito sin que nadie la llevase.
Más supongamos que la traición pudo prepararse en un coloquio. Yo, de alguna manera, me reúno con él, y él, de alguna manera, se reúne conmigo. ¿Quién está con quién? Un griego con un bárbaro. ¿Cómo entendernos y hablarnos? ¿Quizás a solas? No comprenderíamos nuestras palabras. ¿Mediante un intérprete? Entonces un tercero habría sido testigo de un acto que por naturaleza debe quedar oculto.
Pero admitamos, aunque no sucedió, que esta entrevista tuvo lugar. Hubiera sido preciso que, después de ponernos de acuerdo, intercambiáramos una garantía. Y, ¿cuál podría haber sido dicha garantía? ¿Quizá un juramentos ¿Quién confiaría en mí, un traidor? ¿Quizá rehenes? ¿Cuáles? Yo habría entregado a mi hermano, pues no tengo otro; el bárbaro a uno de sus hijos. De esta forma efectivamente yo tendría una excelente garantía de su parte y él de la mía. Pero, si esto hubiera sucedido, sería manifiesto a todos vosotros.
Alguien dirá que nos dimos garantía mediante riquezas, él entregándolas y yo recibiéndolas. Ahora bien, ¿quizás fueron pocas? No es lógico recibir pocas riquezas a cambio de tan gran ayuda. ¿Quizá muchas? Entonces, ¿de qué forma se hizo el transporte? ¿Cómo uno solo hubiera podido hacerlo? ¿O quizá entre muchos? Si muchos intervinieron en el transporte, muchos habrían sido testigos del complot; si lo hizo uno solo, no sería mucho lo transportado.
¿Cuándo se hizo el transporte, de día o de noche? Muchos y frecuentes son los puestos de guardia nocturnos, a través de los cuales no es posible pasar oculto. ¿Quizá de día? Mas la luz es enemiga de tales actos.
Pero sea. Admitamos, pese a ser las dos alternativas imposibles, que yo, consiguiendo salir, recibí las riquezas o bien un portador pudo entrar.
Y en este caso, ¿cómo yo, una vez recibidas, las habría podido mantener ocultas a familiares y extraños? ¿Dónde las habría podido poner? ¿Cómo las habría podido guardar? De utilizarlas, me habría puesto en evidencia; de no utilizarlas, ¿qué provecho sacaría de ellas?
Mas admitamos que sucedió todo esto que no ha sucedido: nos reunimos, hablamos, nos pusimos de acuerdo, recibí riquezas de ellos, las pasé ocultas y las guardé. En este supuesto tuvieron que llevarse a cabo aquellos actos para cuya consecución se realizó este complot. Y esto es aún más imposible que todo lo anteriormente referido. En efecto, yo los habría hecho o solo o con otros. Pero no era empresa de un solo hombre. ¿Quizá con otros? ¿Con quiénes? Es evidente que con cómplices. ¿Libres o esclavos? De hombres libres sólo tengo trato con vosotros. ¿Quién de vosotros es cómplice? Decidlo. En cuanto a los esclavos, ¿cómo concederles crédito? Ellos formulan sus acusaciones voluntariamente, por el deseo de libertad, o necesariamente bajo el dolor de la tortura"'.
Y, ¿cómo se habría realizado la empresa? Es evidente que hubiera tenido que introducir enemigos más poderosos que vosotros. Y esto es imposible. ¿Cómo los habría introducido? ¿Por las puertas? Pero la posibilidad de cerrarlas o abrirlas no está en mí, sino en los guardianes encargados de ellas. ¿Por las murallas mediante una escala? Imposible, están llenas de centinelas por todas partes. ¿Abriendo una brecha en las murallas? En este caso todos lo sabríais sin duda alguna.
La vida bajo las armas en un campamento, discurre a plena luz, y en ella todos vemos lo que ocurre y todos somos observados por todos. Y por ello me habría sido absolutamente y bajo todo aspecto imposible hacer aquello de lo que se me acusa.
Analicemos ahora conjuntamente la segunda alternativa: ¿por qué causa me hubiera interesado querer cometer la traición, si hubiera podido hacerla? Nadie quiere gratuitamente arrostrar los más grandes peligros ni cubrirse por completo de infamia con el mayor de los crímenes. Entonces, y otra vez vuelvo a la misma pregunta, ¿por qué causa lo hice? ¿Acaso para alcanzar el poder? ¿Sobre vosotros o sobre los bárbaros? Sobre vosotros es imposible, que sois tantos v tan insignes que poseéis todas las más elevadas cualidades: virtudes de los antepasados, inmensidad de riquezas, superioridad, vigor de espíritu, dominio de ciudades. ¿Sobre los bárbaros? ¿Quién me lo daría? ¿Con qué fuerza impondría mi poder, yo que soy griego, sobre los bárbaros? ¿Uno solo contra muchos? ¿Por la persuasión o por la violencia? Ellos no estarían dispuestos a dejarse persuadir, yo no podría dominarles por la fuerza. ¿O quizá me entregarían voluntariamente y según mi deseo el poder como recompensa de mi traición? Pero sería una gran locura confiar en y aceptar algo tal, pues ¿quién elegiría la esclavitud en lugar de la soberanía, lo peor en lugar de lo mejor?
Quizá alguien diga que yo cometí la traición por afán de dinero y riquezas. Pero yo tengo la riqueza que me basta y para nada tengo deseo de inmensos bienes. Pues necesitan muchas riquezas los que gastan mucho, los que son esclavos del placer y los que persiguen honores mediante la riqueza y la suntuosidad, pero no los que dominan los placeres sensibles. Y yo no tengo ninguna de aquellas apetencias. De que digo la verdad pongo como fidedigno testigo mi vida pasada, y de este testimonio vosotros sois testigos, pues habéis convivido conmigo y por ello lo sabéis perfectamente. Y tampoco realizaría un hombre, incluso con una mediana inteligencia, un acto tal para conseguir honores, pues éstos son consecuencia de la virtud, no de la maldad. ¿Cómo se otorgarían honores a un traidor a la Hélade? Además, yo no tenía ninguna necesidad de honores, pues yo los recibía de los hombres más honorables y por el motivo más honorable, de vosotros y por mi sabiduría.
Y tampoco nadie cometería una traición para su seguridad, pues el traidor queda enemistado con todo: con la ley, con la justicia, con los dioses, con la mayoría de los hombres. Ya que infringe la ley, destruye la justicia, corrompe a los hombres, deshonra a la divinidad. Y, quien tiene su vida rodeada de tales y tan grandes peligros, no goza de seguridad.
¿Acaso se haría por el deseo de ayudar a los amigos y dañar a los enemigos? Con esta intención no se obraría injustamente, pero en mi caso yo hubiera obtenido un resultado totalmente opuesto: habría perjudicado a mis amigos y beneficiado a mis enemigos.
Por tanto, la traición no me hubiera reportado ningún provecho, y nadie obra mal por el deseo de recibir un perjuicio.
La única posibilidad que queda es que yo la cometiera para evitar algún temor, algún trabajo o algún peligro. Pero nadie podría afirmar que estos motivos tengan que ver conmigo.
Resumiendo mi discurso diré que los hombres realizan todos sus actos impulsados por uno de estos dos motivos: para obtener un provecho o para evitar un castigo. Fuera de estos dos casos, siempre que se obra mal es por demencia. Y es evidente cuán grandes daños me habría ocasionado si mi traición hubiera sido real: traicionando a Grecia, me traicionaba a mí mismo, a mis padres, a mis amigos, a la dignidad de mis antepasados, a las creencias paternas, a sus tumbas, a la patria, a la más ilustre ciudad de la Hélade. Aquello que para todo hombre está por encima de todo, yo lo habría puesto en las manos de los enemigos.
Y pensad también en lo siguiente. De haber cometido la traición, ¿cómo mi vida no sería ya indigna de ser vivida?. ¿Adónde podría yo volver mi vista? ¿A Grecia? ¿Para recibir el justo castigo de los que injurié? ¿Quién entre los que soportaron el mal me tendería la mano? ¿Acaso debería quedarme entre los bárbaros? ¿Abandonando los más elevados valores, privado de la más estimable honra, viviendo en la más vergonzosa infamia, tirando por tierra los esfuerzos hechos en mi vida pasada para adquirir la virtud? ¡Y ocasionarme a mí mismo lo que es más vergonzoso para un hombre, el ser desgraciado por su propia causa!
Además, tampoco entre los bárbaros gozaría de confianza. ¿Cómo podrían concedérmela quienes sabrían que yo había cometido el acto más desleal, el traicionar los amigos a los enemigos? Y, para aquel en quien nadie confía, la vida no es digna de ser vivida.
Alguien podría acoger benévolamente a quien ha perdido sus riquezas, a quien ha sido despojado del poder, a quien ha sido desterrado de la patria; pero nadie, una vez que haya perdido el crédito, puede recobrarlo.
Así pues, creo haber demostrado con mi discurso que ni habría podido ni habría querido traicionar a Grecia.
Deseo ahora, a continuación de estos argumentos, discutir con mi acusador. ¿En qué te basas para que un hombre de tu ralea se atreva a acusar a uno como yo? Pues es interesante conocer cuál es la índole de quien formula tal acusación y cómo tú, que eres indigno, actúas indignamente.
¿Me acusas en virtud de una certeza absoluta o por meras suposiciones? Si lo sabes con certeza, será porque presenciaste la traición, porque participaste en ella o porque te lo comunicó alguien que tomó parte en la misma. Si la presenciaste, dinos el modo, el lugar, el tiempo, cuándo, dónde y cómo la presenciaste. Si participaste en ella, participas también de la misma acusación. Si te la comunicó un cómplice, éste, sea quien sea, que venga, se presente y dé testimonio. Y así tu acusación será confirmada con un testigo. Hasta ahora ninguno de nosotros ha presentado testigos. Y por ello quizá sostengas que estamos en análoga situación, tú sin presentarlos para atestiguar hechos, en tu opinión, sucedidos, yo sin presentarlos para atestiguar hechos no sucedidos. Pero no es lo mismo. Pues, ¿cómo se podría testimoniar lo que no ha sucedido? Por el contrario, testimoniar los hechos acontecidos, es posible e incluso fácil. Y no sólo fácil, sino que tú tendrías la posibilidad de encontrar no sólo testigos veraces, sino incluso testigos falsos. Yo, contrariamente, no podría hallarlos ni de una ni de otra clase. Es evidente, pues, que tú no tienes certeza de la traición que me imputas. La única posibilidad es que, sin estar seguro, lo presumes. Y en este caso, ¿cómo te atreves a acusar con la máxima desvergüenza a un hombre de un delito que lleva aparejado la pena capital, sin estar seguro de la verdad y basándote sólo en una opinión, el menos fidedigno de los criterios? ¿Tienes plena conciencia de que éste ha hecho un acto tal? El formular opiniones es algo común a todo hombre y sobre cualquier cuestión, y en este aspecto tú no eres más sabio que los demás. Pero no se debe confiar en los que expresan opiniones, sino en los que tienen certeza; y tampoco se debe juzgar la opinión más digna de crédito que la verdad, sino, por el contrario, la verdad más fidedigna que la opinión.
En tus discursos me acusaste de dos cualidades radicalmente opuestas, la sabiduría y la demencia, las cuales no pueden darse en un mismo hombre. Efectivamente, al decir que yo soy hábil, extraordinario y lleno de recursos me atribuyes sabiduría. Cuando dices que traicioné a Grecia, demencia. Pues es una locura el intentar realizar actos imposibles, inútiles, vergonzosos, con los que se dañará a los amigos y se beneficiará a los enemigos, que harán la propia vida odiosa y llena de azares.
Y, ¿cómo es posible creer a un hombre tal, que en un mismo discurso, ante las mismas personas y sobre el mismo tema sostiene afirmaciones tan contradictorias? Quisiera preguntarte si consideras a los hombres sabios insensatos o prudentes. Si insensatos, nueva es la teoría, pero errónea. Si prudentes, en modo alguno es propio de quienes lo son cometer los mayores errores,, y preferir el mal teniendo el bien a su alcance.
Por tanto, si soy sabio, no podría haber cometido un error. Si lo cometí es que no soy sabio. Y, en consecuencia, tú serías un mentiroso en cualquiera de estas dos alternativas.
Yo no quiero a mi vez, aunque podría, acusarte de haber cometido muchas e ingentes faltas, antiguas y recientes, pues deseo liberarme de esta acusación no con tus maldades sino con mis méritos. Por tanto, en lo que a ti respecta, no diré nada más.
Es ahora, a vosotros, jueces, a los que quiero decir sobre mí algo que me da vergüenza, pero que es verdadero, que no sería oportuno en quien no está acusado, pero conveniente para el que lo ha sido. Voy a rendiros cuenta y a datos razón de mi vida anterior. Y ruego que ninguno de vosotros, si os recuerdo algo del bien que he hecho, ponga obstáculos a mis palabras, sino que considere que es necesario para un hombre objeto de terribles y falsas acusaciones rememoraros algunas de las buenas acciones que realmente he hecho. Lo cual me es muy agradable.
Lo primero y lo segundo y lo más importante, es que, absolutamente y desde el principio hasta el fin, mi vida pasada está libre de culpa y exenta de toda acusación. Nadie ante vosotros podría formular con verdad contra mí ninguna acusación de maldad. Y así mi propio acusador no ha dado ninguna demostración de sus palabras, por lo que su discurso es una injuria sin pruebas.
Yo podría decir, y al decirlo no mentiría ni podría ser refutado, que no sólo no soy culpable, sino incluso un gran benefactor vuestro, y de los griegos y de todos los hombres, presentes y futuros. En efecto, ¿quién habría hecho la vida humana plena de recursos, de carente de ellos; organizada de desorganizada; con la invención del arte de la guerra, lo más importante para alcanzar la hegemonía; de las leyes escritas, guardianes de la justicia; de las letras, instrumento del recuerdo; de las medidas y los pesos, excelentes medios de cambio en el comercio; de la aritmética, guardián de las riquezas; de las antorchas, los mejores y más rápidos mensajeros; de los dados, medio de pasar distraídamente el tiempo de ocio?
¿Con qué finalidad os recuerdo todo esto? Para demostramos que yo pongo mi mente al servicio de cosas de este tipo, para probaros que estoy apartado de toda clase de acción perversa y vergonzosa. Pues es imposible que dedicándome a las primeras pueda también dedicarme a estas otras. Y estimo que si yo nunca os causé daño, no debo recibirlo de vosotros.
Por mis demás costumbres tampoco merezco padecer ningún castigo, ni de los jóvenes ni de los viejos. A los vicios no les causo daño, a los jóvenes no soy inútil; a los afortunados no los envidio; a los desgraciados los compadezco; no desprecio la pobreza, ni estimo la riqueza más que la virtud, sino la virtud más que la riqueza; no soy inútil en los consejos ni inactivo en las batallas, cumpliendo lo que se me ordena y obedeciendo a mis jefes. Más no me gusta alabarme a mí mismo. Si lo he hecho, ha sido porque la presente situación, incluso al ser acusado sobre estos puntos, me obligó a ello para defenderme de la mejor manera posible.
Lo que queda de mi discurso se dirige a vosotros y respecto a vosotros. Una vez dicho esto, terminaré mi defensa.
La compasión, las súplicas, la intercesión de los amigos son útiles cuando el juicio está en manos de la multitud. Pero a vosotros, que sois y sois considerados los primeros entre los griegos, no debo convencemos ni con la ayuda de mis amigos, ni con súplicas, ni con lamentaciones, sino que debo liberarme de esta acusación con el más evidente argumento de quien es justo, mostrando la verdad sin usar de engaño alguno.
Es necesario que vosotros analicéis más los hechos que las palabras, que no deis más crédito a la acusación que a la defensa, que no consideréis a un o. deliberación irreflexiva juez más sabio que una meditada, que no estiméis a la calumnia más digna de fe que las pruebas. Todo hombre honesto debe tener gran cuidado de no equivocarse en cualquier decisión, pero aún más en las irremediables que en las que no lo son. A éstas se puede poner remedio, si se quiere; aquéllas quedan irremediables aunque se cambie de modo de pensar.
Y decisión irremediable se da cuando unos hombres juzgan a otro acerca de un delito que lleva consigo la pena de muerte, lo cual ahora se os ha planteado.
Si por medio de las palabras la verdad de los hechos pudiera presentarse pura y manifiesta a los que las escuchan, os sería fácil juzgar tomando como base lo que se os ha dicho. Puesto que no es así, poned bajo custodia mi persona, deliberad durante un más largo tiempo y pronunciad sentencia conforme a la verdad. Si os mostraseis injustos, corréis el grave peligro de manchar un buen nombre y de originar un deshonor. Y para un hombre honesto la muerte es preferible a una triste fama, pues aquélla es el fin de la vida, pero ésta una enfermedad incurable.
Si me condenáis a muerte injustamente, será sabido por muchos. Pues yo no soy un desconocido y vuestra maldad será manifiesta y patente a todos los griegos. Y seréis vosotros, no mi acusador, quienes cargaréis ante todos con la responsabilidad de una evidente injusticia, pues en vosotros está la decisión de la sentencia. Y no podría existir un error mayor que éste. Pues si hubieseis juzgado injustamente, no sólo seríais culpables ante mí y ante mis padres, sino también ante vosotros mismos, al tener conciencia de 1 haber cometido un acto terrible, impío, injusto e Ilegal, por haber condenado a muerte a un aliado, a un hombre que os prestó servicios, a un benefactor de la Hélade, a un griego, siendo vosotros griegos, y todo ello sin haberse demostrado con evidencia que cometió algún acto injusto y sin haberse presentado acusación fidedigna. He pronunciado mi defensa, y ya termino. El recordar en un breve resumen los argumentos antes expuestos con extensión tiene fundamento ante jueces de poca envergadura. Que vosotros, los más ilustres helenos entre los helenos ilustres, no hayáis prestado atención ni recordéis lo antes dicho, no es lógico ni pensarlo.
b..- EL METODO DE TOULMIN
PRESENTACION DEL METODO
En 1958, el profesor Toulmin de la Universidad de Cambridge publicó un esquema que tiene la virtud de ofrecer una visión global de todos los factores que intervienen (o debieran intervenir en un razonamiento). Ayuda a no olvidar detalles que, en la práctica, pueden ser muy importantes. En cualquier argumento podemos distinguir seis partes muy distintas:
Conclusión – Datos – Garantías – Respaldos – Modalización – Refutaciones
Como esto puede parecer un jeroglífico, vamos a verlo por partes. Pongamos el argumento:
Harry es español porque nació en Mallorca y la ley reconoce nacionalidad de origen a todos los nacidos en España salvo que ninguno de sus padres sea español, que no es el caso.
1. ¿qué se afirma?
Un argumento se caracteriza por su conclusión, es decir, por aquello que Pretendemos sostener.
Harry es español.
2. ¿en qué se basa?
Dar razones significa responder a dos porqués sucesivos:
Primera pregunta: ¿por qué dice eso?: ¿Por qué afirma que Harry es español? La respuesta nos ofrece los datos, por ejemplo los hechos del caso: Concluyo que Harry es español porque nació en Mallorca.
Segunda pregunta: ¿Y eso qué tiene que ver? ¿Por qué de esos datos se extrae la conclusión?: porque tengo una garantía que autoriza el paso de los datos a la conclusión. Por ejemplo, un principio establecido:
Los nacidos en Mallorca son españoles.
Datos y garantía, constituyen las premisas del argumento: Los datos suelen ser los hechos del caso y como garantía utilizamos principalmente reglas generales, principios, otros datos… (Ver Argumentos: vocabulario)
3. ¿están respaldadas las premisas?
Con frecuencia los datos o la garantía no son evidentes, por lo que hemos de respaldarlos para que no quepa duda sobre su solidez. En este ejemplo, los datos se apoyan en un certificado de nacimiento. El respaldo de la garantía es la legislación sobre nacionalidad:
4. ¿qué fuerza tiene la conclusión? ¿Necesita moralización?
Según la fuerza con que afirmen las cosas, los juicios que expresan nuestras Conclusiones pueden ser de tres tipos: necesarios, probables, posibles). Así, pues, si no especificamos nada, la conclusión puede entenderse de tres maneras:
Es seguro que Harry es español
Es probable (presumible) que Harry sea español
Es posible que Harry sea español.
Nuestros razonamientos, salvo en el caso de las matemáticas, no son por lo general concluyentes, sino presuntivos, es decir, probables o posibles, porque se apoyan en premisas que no autorizan afirmaciones categóricas. Por eso, muchas conclusiones necesitan una matiz calificador como: probablemente, presumiblemente, plausiblemente, etc. Si no lo hacemos se nos podrá rechazar la conclusión que presentamos como categórica cuando no pasa de probable.
Y esto tiene su importancia porque, si, como es habitual, las dos posiciones en controversia exponen conclusiones presuntivas lo que se dirime en último término es cuál de ellas parece más probable o, si se trata de conclusiones posibles, cuál de ellas puede ampararse en una regla de prudencia.
5. ¿en qué condiciones sería refutable, es decir, fallaría el argumento?
¿Existe alguna posibilidad de que el argumento falle? ¿Existe alguna circunstancia excepcional que pudiera impedirnos sostener la conclusión?
Dicho de otro modo: ¿Tiene excepciones nuestra conclusión?
La abuela Ana era pelirroja de niña, luego presumiblemente lo es ahora salvo que haya encanecido, no tenga pelo o se lo tiña.
Dado que nuestras conclusiones pueden ser verdaderas en determinadas circunstancias y no serlo en otras, nos interesa siempre señalar en qué condiciones fallaría el argumento o cuáles son las excepciones. De este modo,
Paradójicamente, aumenta su consistencia porque cierra el paso a las lesiones más elementales. Utilizamos habitualmente expresiones como:
Salvo que…; si no me equivoco…; si los cálculos no fallan…; si las cosas siguen
Igual…; excepto esto y aquello… etc.
En el caso de Harry, cabe que el certificado de nacimiento sea falso o que sus Padres no fueran españoles (excepción prevista en la ley). Son salvedades que Debemos señalar para conservar la razón:
¿Qué es un buen argumento? Los requisitos
Un buen argumento es el que: se atiene a la cuestión; ofrece razones sólidas; Está protegido ante refutaciones. Si cumple estas condiciones es bueno y su conclusión debe ser aceptada. Si no las cumple, probablemente es falaz.
1. ¿se atiene a la cuestión que se debate?
Argumentamos en el seno de una cuestión, a favor o en contra de una de sus Alternativas Por ejemplo: el jueves habrá eclipse de luna/el jueves no habrá Eclipse de luna. Sé lo que defiendo: El Jueves habrá eclipse de Luna; y sé lo que habrá que defender para negarme la razón: el jueves no habrá eclipse de luna. Mi conclusión no puede ir por otros derroteros. Si la cuestión no estuviera clara será preciso concretarla antes de exponer los argumentos:
No se discute si Carlos es prudente o temerario sino si es el responsable del accidente o no lo es. Yo sostengo que no lo es.
Cuando alguien pretende argumentar fuera de la cuestión decimos que incurre en la falacia de eludir la cuestión.
Para recordar los criterios arguméntales que exige cada cuestión véase el diagrama para el análisis de un debate.
2. ¿ofrece razones sólidas?
Llamamos sólidas a las razones que sostienen la conclusión de una manera convincente. Para lograrlo, han de ser relevantes, suficientes y aceptables.
a. ¿Son premisas relevantes para lo que se afirma o no tienen nada que ver con ello? Serán relevantes si conducen a la conclusión, si prestan Apoyo a la conclusión.
No se debe condenar a este asesino convicto y confeso porque su anciana madre no podría soportar tamaño disgusto.
Para evitar la condena del asesino pudiera ser relevante alegar que no es responsable de sus actos porque está loco. Por el contrario, apelar al dolor de su anciana madre, a que un día saldrá de la cárcel y tomará venganza, a que nos ha hecho un favor porque la víctima era un asesino peligrosísimo… son ejemplos típicos del sofisma patético que es una de las argucias más frecuentes para eludir la cuestión.
Otros ejemplos de premisas irrelevantes son las falacias del ataque personal.
(Por ejemplo: No reconozco a este tribunal fascista); de la pista falsa (los problemas de la juventud marginal no se resuelven a golpe de sentencias); la falacia populista (todos los vecinos de su barrio piensan que el acusado es inocente); la falacia genética (no es posible que el hijo de una santa sea un asesino); y todas las falacias del non sequitur en general, es decir, todas aquellas en que la conclusión no se sigue de las premisas:
Todos los mahometanos son infieles
Los budistas son infieles
Luego los budistas son mahometanos.
b. ¿Son premisas que aporten base suficiente para sostener la conclusión?
Esto es muy importante en las generalizaciones, en los argumentos causales y en las pruebas de indicios que no admiten conclusiones válidas con pocos casos o a partir de anécdotas personales.
Cuando los datos no ofrecen apoyo suficiente a la conclusión surgen falacias como la afirmación gratuita, la generalización precipitada o la falsa causa.
En otros casos, por ejemplo en los argumentos morales y en las deliberaciones, es más difícil señalar cuándo un argumento reúne suficiente base para sostener la conclusión porque ninguno lo consigue. No existen premisas que prueben concluyentemente si el aborto es bueno o es malo o si debo estudiar medicina o farmacia. En estos casos lo que se procura es acumular muchos argumentos que, por distintos caminos (por distintas razones), abunden en la misma conclusión.
c. ¿Son premisas aceptables o, si es necesario, tengo un respaldo que las sostenga? Este problema no se plantea cuando nuestros datos son objetivos o indiscutibles, pero esto no es lo frecuente. En la mayor parte de las ocasiones no debatimos con las evidencias en la mano. Ni siquiera es frecuente que aportemos premisas de las que se pueda decir que son verdaderas o falsas. La mayor parte de nuestros debates no se ocupa de la verdad sino de lo justo, lo conveniente, lo preferible, lo probable… Por eso, ya que no suelen ser ciertas, es muy importante que nuestras premisas sean aceptables.
Es aceptable o admisible, cualquier premisa que:
• ofrezca datos objetivos.
• exprese un conocimiento común o personal, un testimonio incontrovertido, el informe incontrovertido de un experto.
• recoja la conclusión de un argumento ya aceptado.
• pueda probarse, porque cuenta con un respaldo sólido. Por el contrario, son inaceptables las siguientes premisas:
• un juicio que esté en contradicción con la evidencia, con otro juicio bien fundado, con una fuente creíble, con nuestro propio conocimiento, o con otras premisas del mismo argumento,
• un juicio dudoso que no lleve respaldo,
• un juicio confuso, ambiguo o ininteligible.
• un juicio idéntico a la conclusión o basado en un supuesto cuestionable.
• un juicio que olvide alternativas
Con estas premisas inaceptables surgen las falacias de: ambigüedad, petición de principio, composición, división, continúo, olvido de alternativas, wishful thinking, etc
3. ¿Son premisas que suministren un rechazo efectivo a los desafíos razonables al argumento?
Si el argumento se atiene a la cuestión, sus premisas son relevantes, ofrecen apoyo suficiente y son aceptables, el argumento está sólidamente preparado para resistir cualquier crítica. Pese a ello nos pueden atacar por no matizar la conclusión o no señalar las posibles salvedades. Debemos, pues, incluir estos aspectos:
• ¿Es una conclusión segura, probable, posible? ¿Es una afirmación tajante o una mera hipótesis?
• ¿Caben excepciones? ¿Hemos de hacer alguna salvedad referida a la fiabilidad de los respaldos o los cambios en las circunstancias?
De este modo se le obliga al adversario a limitarse a la defensa de su propia posición (si puede).
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EJERCICIO No. 1
(Tomado de la sentencia del Tribunal Constitucional en el caso Almenara contra el Consejo Nacional de la magistratura. EXP. N. º 1941-2002-AA/TC)
"Se ha deslizado también la tesis de que el acto reclamado por el recurrente habría vulnerado el derecho al debido proceso. Este derecho, como ha recordado el Tribunal Constitucional en diversos casos, es una garantía que si bien tiene su ámbito natural en sede judicial, también es aplicable en el ámbito de los procedimientos administrativos. Sin embargo, su reconocimiento y la necesidad de que éste se tutele no se extienden a cualquier clase de procedimiento. Así sucede, por ejemplo, con los denominados procedimientos administrativos internos, en cuyo seno se forma la voluntad de los órganos de la administración en materias relacionadas con su gestión ordinaria (v.g. la necesidad de comprar determinados bienes, etc). Como indica el artículo IV, fracción 1.2, in fine, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, "La institución del debido procedimiento administrativo se rige por los principios del derecho administrativo"(….) En tal sentido la ratificación o no de magistrados a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura, se encuentra en una situación muy singular. Dicha característica se deriva de la forma como se construye la decisión que se adopta en función de una convicción de conciencia y su expresión en un voto secreto y no deliberado, si bien esta decisión debe sustentarse en determinados criterios (cfr. La Ley Orgánica del CNM y su Reglamento); sin embargo, no comporta la idea de una sanción sino sólo el retiro de la confianza en el ejercicio del cargo. Lo que significa que, forzosamente, se tenga que modular la aplicación –y titularidad– de todas las garantías que comprende el derecho al debido proceso, y reducirse ésta sólo a la posibilidad de la audiencia"
ANALISIS DE LA ESTRUCTURA DEL ARGUMENTO
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EJERCICIO No. 2
(Tomado de la sentencia del Tribunal Constitucional en el caso Almenara contra el Consejo Nacional de la magistratura. EXP. N. º 1941-2002-AA/TC)
Probablemente, la alegación más trascendente en el orden de las ratificaciones es que, a juicio del recurrente, al no ser éstas motivadas, con ello se generaría una lesión del derecho reconocido en el inciso 5) del artículo 139.° de la Constitución. A juicio del actor, en efecto, la decisión de no ratificarlo, comunicada mediante el Oficio N.° 393-2001-P-CNM, no fue motivada, y ello es razón suficiente para obtener una decisión judicial que la invalide.
Es evidente, a la luz de la historia del derecho constitucional peruano, que las Constituciones de 1920, 1933 y 1979 establecieron, como parte del proceso de ratificación judicial, la obligatoriedad de la motivación de la resolución correspondiente. Sin embargo, no ha sido ésta una exigencia que se haya incorporado al texto de 1993. Por el contrario, de manera indubitable y ex profeso, los legisladores constituyentes de dicha Carta optaron por constitucionalizar la no motivación de las ratificaciones judiciales, al mismo tiempo de diferenciar a esta institución de lo que, en puridad, es la destitución por medidas disciplinarias (cf. Congreso Constituyente Democrático. Debate Constitucional-1993, T. III, pág. 1620 y ss.).
Desde una interpretación histórica es evidente que el mecanismo de ratificación judicial ha sido cambiado y, por ende actualmente percibido como un voto de confianza o de no confianza en torno a la manera como se ejerce la función jurisdiccional. Como tal , la decisión que se tome en el ejercicio de dicha competencia no requiere se motivada. Ello a deferencia, cabe advertir, de la destitución que, por su naturaleza sancionatoria, necesaria e irreversiblemante debe ser explicada en sus particulares circunstancias.
Por cierto, es necesario abundar en que no todo acto administrativo expedido al amparo de una potestad discrecional, siempre y en todos los casos, debe estar motivado. Así sucede, por ejemplo, con la elección o designación de los funcionarios públicos (Defensores del Pueblo, miembros del Tribunal Constitucional, Presidente y Directores del Banco Central de Reserva, Contralor de la República, pase a retiro de Oficiales Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas, y otros) cuya validez, como es obvio, no depende de que sean motivadas. En idéntica situación se encuentran actualmente las ratificaciones judiciales que, como antes se ha afirmado, cuando se introdujo esta institución en la Constitución de 1993, fue prevista como un mecanismo que, únicamente, expresara el voto de confianza de la mayoría o de la totalidad de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura acerca de la manera como se había ejercido la función jurisdiccional.
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Los modelos mentales y el uso de deducciones: lectura de un caso para analizarlo
EJERCICIO DE APLICACIÓN DE LA TEORIA DE LOS MODELOS MENTALES
ERROR DE COMPRENSIÓN CULTURALMENTE CONDICIONADO
No procede exonerar de responsabilidad al inculpado, miembro de una Comunídad Nativa, que mata a un brujo de la comunidad por haber originado daños contra él, en tanto el derecho a la vida es respetado en todas las sociedades. Sin embargo procede atenuar la pena en virtud a la aplicación del error de comprensión culturalmente condicionado.
Distrito Judicial de Loreto
EXR Nº 98-302
DICTAMEN PENAL No. 1,046-98
SEÑOR JUEZ:
Viene a esta Fiscalía Provincial Mixta de Maynas, la instrucción seguida contra TITO TANGOA GUERRA, por el delito contra la vida, El Cuerpo y la Salud-Homicidio Simple en agravio de ESPIRITU SIQUIHUA MASHACURI. Fluye de autos, que con fecha 1 6MAY98, en horas de la mañana el inculpado se apersonó al domicilio del agraviado ubicado en la quebrada de Santa María, compresión del distrito de Torres Causana (Río Napo), portando una retrocarga Cal. 16", donde las dos partes intercambian palabras, motivo por el cual el inculpado le apunta a la altura del pecho a una distancia de tres metros y lo dispara casi a quema ropa, falleciendo la víctima en forma instantánea; luego es trasladado conjuntamente con el testigo Silvio.
A fs. 01/07 corre el atestado policial; a fs. a fs. 9 el acta de incautación del arma; a fs. 20 la denuncia Fiscal y a fs. 22/23 el auto apertorio de instrucción con mandato de detención.
TITO TANGOA GUERRA, de 33 años de edad, presta su declaración instructiva a fs. 24 continuada a fs. 30/32, quien refiere ratificarse en su declaración policial de fs. 15/18, y que el día de los hechos fue al domicilio del agraviado, con quien había tenido discusión
y como le había provocado le disparó al pecho luego de ello se retiró a su casa, donde fue detenido por la policía: el agraviado se encontraba y siempre se dedica a la brujería, hacía mucha maldad a las personas; en ningún momento a planificado matar al agraviado.
De los actuados se desprende, que habiéndose vencido el plazo ampliatorio y encontrándose la instrucción en la etapa de emitir pronunciamiento de ley, se establece que el inculpado tanto a nivel policial, como judicial se ha declarado convicto y confeso de¡ delito imputado, acto que lo realizó supuestamente por haber sido provocado y por practicar la brujería; el inculpado pertenece a una comunidad Kichwa del Río Napo o Napuruna en Quicliua, quienes son muy creyentes de la brujería, en donde determinadas personas causan daño físico y mental de las personas, con su poder o utilizando brebajes u otros objetos, y con el fin de librarse de estas malas acciones cometen estos delitos sin mayor remordimiento, sólo con el propósito de servir a la comunidad; sin embargo nuestra norma sustantivo no hace distingo de raza, religión, creencias, etc. para aplicar una sanción; sin embargo puede atenuar sus responsabilidad por las condiciones de su cultura y aplicárselas una pena menor de¡ mínimo legal; el inculpado acepta los cargos imputados en su contra y está debidamente demostrado con el acta de incautación del arma, más no así del cadáver por haber sido enterrado dentro de la comunidad, con la presencia de determinados testigos que corroboran lo sucedido; en tal sentido al haberse acreditado la comisión de¡ delito, as¡ como la responsabilidad de procesado, el suscrito, Representante de¡ Ministerio Público en aplicación de los Arts. 11, 12, 23, 29, 45, 92, 93 y 1062 de¡ Código Pena¡, FORMULO ACUSACION PENAL contra TITO TANGOA GUERRA como autor de¡ delito contra la Vida, El Cuerpo y La salud-Homicidio simple, para quien solicito se le imponga CINCO AÑOS de pena privativa de la libertad, más al pago de TRES MIL NUEVOS SOLES por concepto de reparación civil a favor del familiar más cercano del occiso.
Instrucción: Regularmente tramitado.
Acusado: REO EN CARCEL.
lquítos, 06 de Octubre de 1998
lquitos, Quince de Abril de novecientos Noventinueve. –
VISTA:La causa pena¡ número noventiocho trescientos dos, seguida contra: TITO TANGOA GUERRA, por delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – HOMICIDIO- en agravio de Espíritu Siquihua Mashocuri, de cuyo proceso fluye que, en fecha dieciséis de Mayo de¡ año en curso, el imputado TANGOA GUERRA, se apersona al inmueble de¡ agraviado indicado, ubicado en la Quebrada de Santa María, en el distrito de Torres Causana (río Napo), lugar en el que luego de una breve discusión, le apunta con su retrocarga y le dispara a quemarropa a la altura de¡ tórax, falleciendo dicho agraviado en el acto, a consecuencia de lo gravedad de dichas lesiones; razón por la que se formula denuncio pena¡ y se abre instrucción contra el imputado, que, en este sentido tramitada la causa conforme a su naturaleza, en procedimiento Sumario y habiendo vencido el respectivo plazo ordinario de instrucción, como el ampliatorio de ley, se remite nuevamente lo actuado al Ministerio Público, para el pronunciamiento respectivo, cuyo representante a fs. cincuenta, cincuentiuno y ciento cinco, formula ACUSACIÓN FISCAL contra el imputado, TITO TANGOA GUERRA, por delito de HOMICIDIO , en agravio de Espíritu Siquihua Mashacuri, solicitando CUATRO AÑOS de PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, mas el pago de TRES MIL SOLES, por concepto de Reparación Civil en favor del pariente mas cercano del agraviado, que en este sentido, habiendo precluido la etapa probatoria y puesto los autos de manifiesto en Secretaría, para los alegatos pertinentes, no formulan los suyos dichas partes, que siendo ello así, de acuerdo o Ley la causa ha quedado expeditada para resolver, Y, CONSIDERANDO: Que, como informa el texto Punitivo Nacional Vigente, se incurre en la figura Pena¡ de HOMICIDIO SIMPLE, cuando el agente activo, con "animus dolendi", es decir con intencionalidad y plena conciencia de su acto, "MATA A OTRO", onimus necandi, que la ley sanciona con penalidad que oscila entre los seis y veinte años de pena privativa de libertad que ciertamente en el caso de autos, se investigo la circunstancia trágica en que se produce la muerte del agraviado Siquihua Mashacuri, en horas de la mañana del dieciséis de Mayo del año noventiocho, en las cercanías de la comunidad de Estirón – Quebrada Santa María – Río Napo; a manos del imputado TITO TANGOA GUERRA; quien lo última de un certero disparo de arma de fuego; a la altura del plexo, que por la gravedad de la lesión ocasionan su muerte; que, a este respecto, si bien en el proceso y al rendir su instructiva, Tangoa Guerra, a fs. Cincuentisiete, setenticinco a setentisiete, ampliada a fs. ochenticinco a ochentíséis, esta vez con la intervención de un interprete, que conoce su lengua; se declara en efecto, CONVICTO y CONFESO de¡ delito investigado, señalando que ultimó de un balazo con su retrocarga, al agraviado SIQUIHUA MASAHACURI; ya que este venia haciéndole daño, con la brujería, impidiéndole formalizar además su relación convivencia¡ con una femenina de nombre HUMANTI; se ha planteado también en la instrucción y en su defensa, como justificación o su acto el hecho de que se trato de un nativo integrante de la Comunidad Quichua del Napo; que ha incurrido en el acto de eliminación física de¡ agraviado Siquihua Moshacurí; en razón de que este según sus costumbres ancestrales, era objeto de daño por parte de¡ agraviado, quien era un BRUJO reconocido de la zona; situación ante la que no cabia sino su eliminación física para amenguar el mal que le causaba; no obstante, tales argumentos como los demás expone dicho procesado en la instrucción, si bien atendibles como alegaciones de defensa suya, resultan insuficientes para exonerarle de responsabilidad pena¡, por el HOMICIDIO investigado: que, en este sentido, es admisible ciertamente que, habiendo Tangoa Guerra, detectado al autor de su males hubiera optado por su eliminación física, para acabar con él; sin que significara ello en su cosmovision, un acto de magnitud, como para alertar su sentimiento de culpa; no obstante, la argumentación señalada, como la propuesta por la defensa, no resulta entera y rigurosamente validas, desde que, el DERECHO A LA VIDA constituye un bien de superlativo significación, incluso en las etnias mas alejadas y de menos desarrollo social: que, siendo ello así, es claro que Tangoa Guerra, al quitarle la vida a ESPÍRITU SIQUIHHUA MASHACURI, no ha solo ha violentado las normas básica de su entorno, sino las que regulan la vida en sociedad de entidades ajenas a ella; situación por la que no corresponde sino sancionar su conducta en el modo y forma establecida por la ley; que a este respecto, si bien la Constitución Política de¡ Estado Peruano, señala el imperativo de propender a la integración de etnias y comunidades de nuestra nacionalidad, respetando su tradición, cultura y costumbres principios que regula en la misma perspectiva la ley sustantivo penal en su numeral quince, cuando hace referencia al instituto del "error de comprensión culturalmente condicionado", es decir aquella disposición, que obliga exonerar o atenuar la responsabilidad pena¡ de¡ agente que al momento de obrar, "no ha comprendido el carácter delictuoso de su acto, por sus costumbres y cultura", no obstante dichas elucubraciones como las demás expuestas en favor de¡ incriminado, resultan insuficientes, para el propósito de exonerar a mismo de responsabilidad Pena¡ por el HOMICIDIO de Espíritu Síquihua Mashacuri, resultando sin embargo valido para considerar la ATENUACIÓN de la misma; ya que es claro, que la muerte violenta de¡ agraviado, no ha constituido sino la terminación de su vida, bien jurídico protegido de primer orden, no solo en sociedades como las de¡ imputado, sino en los grupos y etnias que no han transitado por ella, dado que en ambas la valoración de la VIDA, es superlativa; que, dicha conclusión, fluye no sólo de la comprensión del contexto en que se desarrollaba el encausado, sino del entendimiento de su versión respecto de los hechos, pues señala allí, que efectivamente ha cercenado una vida, que siendo los hechos así, resulta claro que al eliminar Tongoa Guerra a Siquihua Mashacuri, no solo ha infringido una norma básica de su entorno; sino el que rige nuestra sociedad formal; ya que ha extinguido por su solo designio y con "animus dolendi", la vida de otro ser humano, señalando únicamente en su descargo, un hecho que no ha probado mínimamente en el proceso, es decir que, el agraviado hubiera venido dedicándose a hacerle daño con sus malas artes; que, el criterio expuesto, tiene sustento, en el propio PERITAJE ANTROPOLÓGICO, de fs. noventicuatro a noventinueve, debidamente ratificado en fs. ciento nueve a ciento doce; (CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES), al señalar en su sexto párrafo, que "..Todo este soporte legal si bien NO VAN EXIMIR DE LA PENA A QUIEN COMETA UN DELITO, EN EL CASO QUE NOS OCUPA, Si BIEN ES UN ACTO PUNIBLE, PUEDE COMPRENDERSE MEJOR LAS CIRCUNSTANCIAS EN QUE SE COMETIO EL DELITO Y PUEDE ATENUARSE LA PENA, POR AUSENCIA DE LA CULPA SUBJETIVA…"; que, conforme a ello, justificar el acto de Tongoa Guerra, ciertamente no solo importaría mantener un estado de impunidad ostensible, sino convalidar un acto reñido con la ley y las costumbres de los pueblos más remotos de la nación, que respetan la VIDA HUMANA; que, en este sentido, si bien existe el imperativo legal de respetar las comunidad y etnias de nuestra nacionalidad, con sus hábitos, costumbres y tradiciones no puede tal consideración significar la convalidación de un acto de MUERTE, por hallarse tal acto reñido con la moral, las normas y costumbres de los pueblos mas alejados y menos desarrollados socialmente, al margen de que tal convalidación significaría también, una velada permisión para su reiteración; que, conforme a ello, es claro que Tangoa Guerra es responsable de¡ acto de muerte de¡ agraviado; situación que no corresponde ser justificada, si se considera además la forma y circunstancias en que se produce el evento; (de muerte violenta de¡ agraviado): que, siendo los hechos como se exponen, es decir habiendo valorado las pruebas de autos, a la luz de¡ instituto pena¡ de¡ "error de comprensión, culturalmente condicionado" esgrimido a favor de¡ imputado y, en el entendimiento de que el etnocentrismo que se alude, no debe desvirtuar la misma, resulta ineludible retribuir al encausado con la penalidad establecida por lo Ley para su conducta, en la magnitud de su respectiva CULPABILIDAD; que, estando a tales razonamientos y de conformidad a los numerales sexto, doce, primera parte, quince, veintitrés, veinticinco, veintinueve, cuarenticinco, noventidás, noventicinco y ciento once del Código Pena¡ y, en armonía del artículo sexto del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro doscientos ochenticinco del Código de Procedimientos Penales, además con el criterio de conciencia que facultad la Ley y, ADMINISTRANDO JUSTICIA NOMBRE DE LA NACIÓN, FALLO: Declarando a TITO TANGOA GUERRA, responsable del delito de HOMICIDIO, en agravio de Espíritu Siquihua Mashacuri, como tal le IMPONGO: la PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE CUATRO AÑOS, efectiva, que computado desde el dieciséis de marzo de mil novecientos noventiocho debe vencer veintisiete de Mayo del año mil novecientos noventiocho, vencerá el veintiséis de Mayo del año Dos Mil Dos y Fijo: en la suma de Mil Nuevos Soles, el pago que por concepto de Reparación Civil, debe efectuar el acusado, en favor del pariente más cercano del agraviado Espíritu Siquihua Mashacuri y, CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA quede la presente resolución, se ARCHIVE DEFINITIVAMENTE lo actuado, confeccionándose el respectivo Boletín de Condena y comunicándose a la Autoridad Pertinente, con copia de la presente Sentencia, debiendo en lo demás procederse conforme a ley; hágase saber.
EJERCICIO
1º Brevemente represente el esquema silogístico usado por el Fiscal en su dictamen
2º Brevemente represente los esquemas silogísticos usado por el Juez en la sentencia
3º Brevemente represente las alternativas que no fueron contempladas por el Fiscal o el Juez
4º Explique empleando la teoría de los modelos mentales el razonamiento del Fiscal
5º Explique empleando la teoria de los modelos mentales el razonamiento del Juez.
6.-REDACCION DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS
TEXTOS ARGUMENTATIVOS: ESTRUCTURAS Y CARACTERÍSTICAS.
1. INTRODUCCION
2. DEFINICION Y TIPOS DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS
2.1 DEFINICION
2.2 TIPOS DE TEXTOS
3. ESTRUCTURA DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS
3.1 PUNTO DE VISTA DE MACCOUN
3.2 PUNTO DE VISTA DE VAN DIJK
4. CARACTERISTICAS DE LOS TEXTOS ARGUMENTATIVOS
4.1 CARACTERISTICAS ESTILISTICAS
4.2 CARACTERISTICAS ESTRUCTURALES
4.3 CARACTERISTICAS LEXICAS
5. CONCLUSION
1.- INTRODUCCION
Antes de analizar los textos argumentativos tenemos que considerar algunas nociones básicas acerca de los textos en general. El análisis de los textos argumentativos está incluido dentro del análisis del discurso. Esta rama de la lingüística estudia la organización del lenguaje por encima de las frases y oraciones, es decir, se trata del texto en todo su conjunto o como un todo.
Por lo tanto, el término texto se refiere a una secuencia del lenguaje que tiene un sentido coherente en el uso del contexto. Puede ser hablado o escrito. Quizá se podría decir que en los textos argumentativos estas características tienen un especial significado, porque la audiencia es probablemente menos influenciada por el hablante o escritor si su argumento es difícil de seguir. Por consiguiente una clara ordenación de información y conectores lógicos así como marcadores tienen una gran importancia en la producción de un texto argumentativo efectivo.
Nuestro estudio sobre los textos argumentativos va a ser dividido principalmente en tres partes. Empezaremos por proporcionar una definición del texto argumentativo y de los diferentes tipos de textos argumentativos; más tarde haremos un análisis de la estructura de los textos argumentativos. Finalmente la tercera parte será dedicada a la característica de los textos argumentativos.
2. DIFINICION Y TIPO DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS
2.1 DEFINICION
Los textos argumentativos han sido definidos con frecuencia como el proceso de apoyar o discrepar con un afirmación cuya validez es cuestionable o discutible. Estos textos tienen como meta persuadir o convencer la audiencia a la cual se dirige acerca del valor de la tesis por la cual busca una aprobación. Como el propósito de todo texto argumentativo es ganar o reafirmar la adherencia de una audiencia, se debe tener en cuenta a esta audiencia. Estos textos pueden estar en forma de discusión, de una entrevista, un discurso, una carta, un libro de crítica literaria o un sermón entre otros.
Los textos argumentativos varían dependiendo del tipo de audiencia a la cual se dirige. Si el texto se dirige a una audiencia no especializada se podrá destacar unos principios comunes, un sentido común, valores comunes y unos lugares igualmente comunes. La base del acuerdo será más general. Por otra parte, si el texto va dirigido a un grupo especializado tal como un grupo de filósofos o abogados la base de acuerdo será más específica.
2.2 TIPOS DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS
En cuanto al tipo de textos argumentativos, tendremos en cuenta los siguientes:
Textos subjetivos:
Este tipo de textos debe de tener su enfoque en el deseo del autor, del hablante o del codificador a la hora de comunicar sus ideas o simplemente provocar a su audiencia.
Textos objetivos:
Considerando este tipo de textos, podemos señalar que su enfoque es afirmar soluciones científicas e investigaciones a unos problemas comunes.
Por lo tanto, en un entorno informal, un debate abierto será más subjetivo que una conferencia científica, debido al los elementos emocionales y físicos.
Textos de comentario:
Este tipo de texto es un texto argumentativo que debe dar más información sobre un aspecto específico, o incluso ofrecer un punto de vista diferente. Estos textos se pueden encontrar en periódicos, discusiones, pie de páginas, sermones religiosos, etc.
Textos científicos:
Con respecto a este tipo de textos, podemos afirmar que tenderán a ser más objetivos, ya que su argumento es apoyado por unos hechos o afirmaciones más veraces. Dentro de este tipo de textos podemos mencionar las cartas formales, conferencias y bibliografías.
Podemos mencionar también otro tipo de textos argumentativos en donde pueden ser incluidos más discursos políticos específicos y escritos, cartas a periódicos, discusiones informales y textos publicitarios.
3. ESTRUCTURA DE LOS TEXTOS ARGUMENTATIVOS
Un texto que busca persuadir o convencer a la audiencia no está constituido por una acumulación de argumentos desordenados, por el contrario requiere una organización de argumentos seleccionados, presentados dentro de un orden.
Para que un texto sea persuasivo los argumentos deber estar organizados de forma muy clara. Si estos argumentos no están organizados, perderán efectividad porque un argumento no es ni fuerte ni débil en un sentido absoluto ni para cada audiencia.
El alcance en el que el argumento es aceptado puede variar. El tema considerado en el texto argumentativo debe propiciar algo de interés en la audiencia. El escritor usa el principio de su texto no para escribir acerca del tema sino para ganar la simpatía del lector.
El argumento puede modificar las opiniones o la disposición de una audiencia. Por lo tanto un argumento que es débil porque no se adapta bien a la audiencia puede llegar a ser fuerte y efectivo cuando se ha modificado a la audiencia debido a un argumento previo.
Similarmente, un argumento que es inefectivo porque la audiencia no lo entiende puede llegar a ser relevante una vez que la audiencia esté mejor informada.
Por lo tanto, la efectividad de los textos argumentativos puede determinar el orden en el cual los argumentos deberían ser presentados. La forma está así supeditada al contenido, a la acción de la mente, al esfuerzo para persuadir o convencer.
Teniendo en cuenta la descripción clásica de la estructura de los textos argumentativos, éstos pueden ser divididos en las diferentes secciones que se señalan a continuación:
1. Introducción
2. Explicación del caso a tratar
3. Esquema del argumento
4. Prueba
5. Refutación
6. Conclusión.
Sin embargo, podemos encontrar otras variantes diferentes de las propuestas en la descripción clásica de la estructura de los textos argumentativos; principalmente podemos señalar las de Maccoun y las de Van Dijk. Sin embargo, antes de explicar las estructuras presentadas por estos dos autores vamos a considerar otros tipos de estructura de acuerdo a otros autores.
Según otros autores podemos encontrar dos tipos de estructuras argumentativas:
Por una parte, está la estructura deductiva, en la que el codificador se mueve del contexto hacia el texto. La tesis se relata en una proposición general que a su vez está relacionada con una proposición particular que sirve como ilustración o prueba. La conclusión es una síntesis de las dos proposiciones.
Por otra parte, está la estructura inductiva, que es la opuesta de la deductiva. En esta estructura, la introducción es similar, utilizando una tesis o antítesis. En este caso, el codificador se mueve hacia unos hechos particulares dentro del mismo texto, y finalmente, utiliza éstos para llegar a una conclusión que tiene una generalización o abstracción como base.
Después de esto, vamos a explicar la estructura de los textos argumentativos de acuerdo a Maccoun.
Maccoun encontró diferentes patrones para organizar los textos argumentativos. Estos son los siguientes:
1. El patrón zig-zag, es decir, si el autor es el que propone una posición de un patrón estará a favor, en contra, a favor, en contra, a favor. Pero si el escritor es un oponente, la estructura será en contra, a favor, en contra, a favor, en contra.
2. Consiste en el problema y la refutación de los argumentos de oposición seguidos de una solución. La solución sugiere la posición del autor. Como el modelo del zig-zag, éste requiere una refutación del argumento de la oposición. El escritor debe mostrar que las soluciones alternativas son inaceptables.
3. El tercer modelo es el argumento de un lado, en donde el punto de vista es presentado y por otra parte no se da una refutación.
4. El cuarto modelo es un acercamiento ecléptico, donde el escritor debe rehusar algunos puntos de vista, aceptar otros o incluso combinar todos ellos.
5. Este modelo contiene un argumento de la oposición, seguido por un argumento del escritor.
6. El sexto modelo es el patrón de "otra postura cuestionada" . Este modelo incluye las preguntas pero no una refutación directa del argumento de oposición.
7. El séptimo y último modelo muestra dos puntos de vista expresados y mientras uno es favorecido, ambos están dentro del mismo punto de vista general, teniendo en cuenta el argumento.
De acuerdo con Maccoun, en vez de seguir los elementos del argumento, el lector debe identificar:
a) el tipo de modelo
b) localizar la suposición del escritor
c) localizar el argumento de la oposición
d) anotar refutaciones directas
e) reconocer indicadores
f) leer el tono de sarcasmo o seriedad del escritor.
A parte del punto de vista de Maccoun podemos también considerar los textos argumentativos de acuerdo con Teum van Dijk.
En su libro titulado "La Ciencia del Texto", él estableció un término de "superestructura" definida como una estructura global que caracterizaba el tipo de texto. Por lo tanto, una estructura argumentativa es una super-estructura sin tener en cuenta el contenido del argumento. En otras palabras, una super-estructura es el tipo de forma de un texto cuyo tema es el contenido del texto.
Aunque no hay una teoría general acerca de las super-estructuras podemos señalar que una teoría sobre super-estructuras particulares no existe, principalmente acerca de la narración y argumentación.
Considerando los textos argumentativos, la estructura es bastante conocida. Trata de unas hipótesis y una conclusión. Este modelo puede ser encontrado en un lenguaje formal e informal de los textos argumentativos.
Vamos a utilizar los siguientes ejemplos para clarificar la estructura argumentativa:
1. "yo estoy enfermo. Por lo tanto no puedo salir"
2. "Pedro ha sacado unas notas muy bajas. Por consiguiente él ha suspendido el examen".
La palabra por lo tanto / por consiguiente son palabras pragmáticas más que semánticas, porque se refieren a la acción deducida de un resultado.
De esta manera, el objetivo de un texto argumentativo es persuadir al que escucha acerca de la verdad de una aserción referida a los hechos que la apoyan. La estructura general del texto argumentativo de acuerdo a Van Dijk puede ser representado de la siguiente forma:
ARGUMENTACION
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Estos términos son provisionales y probablemente pueden ser sustituidos por otros términos principalmente dependiendo del tipo de texto argumentativo.
4. CARACTERISTICAS DE LOS TEXTOS ARGUMENTATIVOS
Esta sección examinará las características estilísticas, estructurales y léxicas de este tipo de textos. Sin embargo se debe tener en cuenta que las características de un texto dependen sobre todo de la subjetividad u objetividad del acercamiento del codificador en el modo de la presentación más que en el tipo de texto por sí mismo.
4.1 las características estilísticas.
En el tipo subjetivo de texto argumentativo, el codificador generalmente elige las formas de la primera o segunda persona del singular ya que el propósito principal es convencer a la audiencia. Pero en el tipo objetivo encontramos el pronombre personal "nosotros", utilizado para incluir a receptor o al decodificador. Esto se encuentra fundamentalmente en las editoriales de los periódicos.
En el tipo científico la forma de la tercera persona del singular predominará con muchos verbos pasivos. En algunos textos formales debe haber frases tales como "nos hemos dado cuenta", "como podemos ver ahora" y así sucesivamente.
A parte de esta elección formal/informal existen otras posibilidades en el texto argumentativo. Una vez que el estilo es seleccionado, ayuda a determinar las elecciones del texto estructural y léxico.
Por otra parte, podemos encontrar un estilo neutro que puede ser usado para evitar un significado connotacional, siendo unido al argumento y al estilo de narrativa formal que se usa para mostrar respeto por la audiencia.
En cuanto al estilo irónico, se utiliza para comunicar la falta de respeto del codificador por el fenómeno que estamos tratando, al tiempo que se intenta persuadir a la audiencia a que tenga su propio punto de vista. Esto se consigue por medio del ridículo y la ironía. También se puede encontrar un estilo vocativo que se utiliza para provocar unas respuestas emocionales en el receptor.
El estilo persuasivo se utiliza para influenciar al destinatario a que acepte el punto de vista del codificador.
El estilo técnico se dirige a una audiencia que comparte junto con el codificador un conocimiento exacto del tema tratado (por ejemplo una revista médica).
El estilo ilustrativo se utiliza cuando la audiencia no comparte el conocimiento especializado del codificador e intenta convencer a la audiencia por medio de ejemplos ilustrativos.
4.2 Las características estructurales.
En los textos argumentativos debemos encontrar un predominio de los verbos modales de posibilidad, así como la forma de los condicionales. Sin embargo, si nos referimos a un argumento personal la primera persona del singular aparecerá de forma más frecuente. Si el argumento es detallado, las oraciones y las frases serán consecuentemente más largas y complejas.
En un texto objetivo o científico es más común encontrar la tercera persona impersonal utilizada en la voz pasiva junto con el tiempo del presente simple.
4.3 Características léxicas.
Podemos señalar que los aspectos léxicos específicos conectados a los textos argumentativos no existen como tales. Sin embargo, unos puntos generales deben ser tenidos en cuenta. Por ejemplo:
La grafología es utilizada para clarificar o enfatizar los puntos de los textos argumentativos utilizando títulos, subrayados, letras mayúsculas, letras cursivas y comillas.
La complejidad léxica depende del tipo de texto que se trate. Cuanto más subjetivo e informal sea el texto más simple será el vocabulario y los verbos utilizados. Por otra parte, cuanto más objetivo y formal sea el texto se encontrará una terminología más especialista y un vocabulario menos emotivo.
Como conclusión podemos afirmar que un texto argumentativo es un texto en el que se examina, critica o discute un problema. De esta manera, su contenido debe o no debe ser teórico. Puede tener varias formas, como por ejemplo un discurso, una carta, un libro de crítica literaria o un sermón, entre otros.
Como hemos visto en la estructura del texto argumentativo, éste es bastante variable ya que depende del tipo de textos que estamos tratando, así como de los muchos factores que están relacionados con el contexto de la argumentación.
Hemos visto también las características estilísticas, estructurales y léxicas de este tipo de textos que depende sobre todo de la subjetividad u objetividad del acercamiento del codificador, así como del modo de presentación.
Por lo tanto ambas características y la estructura de este texto dan como resultado los diferentes tipos de texto argumentativo.
Juan Ureta Guerra
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