El establecimiento de la base imponible del ICE de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario de acuerdo al Art. 86 nos dice que se deberá efectuar en la liquidación de la importación y el pago se lo realiza previo al despacho de los bienes por parte de las oficinas de aduanas correspondiente; para lo cual es necesario establecer el la base imponible la tomando en cuenta el precio de venta al público sugerido por el fabricante o importador, restando el valor correspondiente al IVA y al ICE, valor que no debe ser menor al precio ex fabrica o ex aduana; este impuesto se lo cancela en la primera etapa de comercialización y se verá reflejado en las facturas de venta al público.
Se entiende el precio de ex fabrica como el precio aplicado por las empresas productoras y al precio ex aduana al que se obtiene de la suma de las tasas arancelarias, fondos y tasasextraordinarias; mientras que el precio de venta al público es aquel que el consumidor cancela por su adquisición en el mercado.
Bibliografía
1. Ley de Régimen Tributario Interno
Autor:
Silvia Eugenia Ortega Mendez
Período académico: mayo-octubre del 2010
Lugar y fecha: Loja, 21 de julio del 2010
Loja – Ecuador
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA
La Universidad Católica de Loja
MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA
ESCUELA DE CIENCIAS CONTABLES Y AUDITORÍA
DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN
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