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Avances del derecho penal en Guatemala (página 2)

Enviado por Daniel Cruz


Partes: 1, 2

3. Reglamenta las guerras (Tregua de Dios de miércoles a lunes, en esos días se llevó la pasión de Cristo)

4. Permite el asilo en templos

5. La responsabilidad está en base al Libre Albedrio

6. Dificulta las penas y el fin de la pena está en la corrección a través del arrepentimiento

Desventajas

1. El Derecho penal canónico es religioso y vindicativo

2. El delito es igual al pecado

3. La tortura como medio de confesión del delito para tranquilizar la conciencia del juez

4. El poder o derecho de castigar que también tenía la Iglesia Católica aparte del Estado

5. La pena no es individual, abarca a terceros

? Causas de Justificación

Es el elemento negativo del delito contrario a la anti juridicidad. Estas nacen a la vida cuando ocurre acción y esta se encuentra regulada en la ley penal, pero la misma no es delito atendiendo a las circunstancias en las que esa acción se produjo, de esta forma:

• Legítima defensa: es una causa que justifica la comisión de un ilícito penal, en otras palabras, es una situación especial en la cual es permitido realizar la conducta prohibida.

Estado de necesidad: es aquella circunstancia en la que no existe otro remedio para evitar la violación del bien jurídico tutelado.

• Legítimo ejercicio de un derecho: se da cuando se causa algún daño al obrar en forma legítima, siempre y cuando exista la necesidad racional del medio empleado.

• Legitimo cumplimiento de una obligación: Consiste en causar daño actuando de forma legítima en el cumplimento de un deber jurídico, siempre que exista la necesidad racional del medio empleado. El cumplimiento de un deber se encuentra derivado del ejercicio de una profesión

La culpabilidad

Es el elemento positivo del delito que consiste en un juicio de reproche que la sociedad le hace a una persona que ha cometido una acción típica y antijurídica.

2.1 CAUSAS DE INCULPABILIDAD

Es el elemento negativo del delito que consiste en que no existe reproche de la sociedad ya que cualquier persona hubiera actuado de la misma manera. Se da en las siguientes circunstancias:

• Miedo invencible: En esta la violencia es psicológica que priva de su voluntad a la persona. Consiste en la violencia psicológica que se ejerce sobre una persona para que actúe de determinada manera.

Fuerza exterior: En esta la violencia es física que priva de su voluntad a la persona. Consiste en la violencia física que se ejerce sobre una persona para que actúe de determinada manera.

• Error: para que se dé el requisito es que el error sea inconsciente.

• Obediencia debida: consiste en realizar el hecho en virtud de una orden.

• Omisión Justificada: Aplica para las personas que se encuentran imposibilitadas de realizar la acción, ejemplo, Juan ve a Pedro que se ahora, pero no puede ayudarlo ya que no puede nadar.

La imputabilidad

Es un elemento positivo del delito en el cual es necesario que la persona tenga la conciencia o entendimiento de lo que se esta realizando.

3.1 CAUSAS DE INIMPUTADABILIDAD

Es el elemento negativo del delito el cual consiste en que la persona no comprende lo que esta realizando, por lo que no existe dolo ni culpa en su acción u omisión, por ejemplo: la enfermedad mental, desarrollo psíquico incompleto o retardado, trastorno mental transitorio. No son imputables:

• los menores de edad

• quienes en el momento de la acción y omisión no posean la capacidad de comprender el carácter ilícito del hecho.

Etapas en la evolución de las ideas penales

HISTORIA DEL DERECHO PENAL

Es importante que conozcamos los periodos que comprenden las etapas de evolución de las ideas penales y de las cuales podemos iniciar destacando que a lo largo del tiempo la función represiva se ha orientado hacia diversas rutas según los distintos pueblos. Los estudiosos de esta materia los agrupan en cuatro periodos que son: época de la venganza privada, época de la venganza divina, época de la venganza publica, periodo humanitario; hay quienes señalan una quinta etapa que es la etapa científica.

• Época de la Venganza Privada: Acá se daba la venganza por su propia mano, no existía el Derecho Penal, fue una época muy sangrienta, siempre se buscaba causa un mal mayor al recibido, surgiendo dos limitaciones: Ley de Talión y Ley de Composición, que consistía en sancionar los daños con dinero.

• Época de la Venganza Divina: Se consideraba que el único con autoridad para juzgar es Dios, lo hacían a través de los sacerdotes, estos aplicaban justicia, pero abusaban de ella.

• Época de la Venganza Pública: Aquí ya existe el Estado, quien es el que aplicaba justicia, lo malo es que las penas impuestas eran desproporcionadas al daño causado.

• Período Humanitario: Trata de humanizar las sanciones que imponía el Estado, este período se dio en la Edad Media, se enfatizó en rehabilitar al delincuente volviéndolo útil a la sociedad y prevenir los hechos delictivos.

 

 

Autor:

Daniel Cruz

 

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