Construcción de una nueva agenda municipal (Argentina) (página 2)
Enviado por Yunior Andrés Castillo Silverio
[1] Las municipalidades son las entidades autónomas, que representan institucionalmente al municipio, forma parte del Estado y contribuye a la realización de sus fines (art. 3º). La propuesta de anteproyecto de Ley de Descentralización y Autonomías, las llama entidades territoriales.
[2] Los municipios constituyen unidades territoriales o jurisdiccionales que comprende una sección de provincia. La CPE, del 25 de enero de 2009, los considera como unidades territoriales.
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