Inventarios Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los inventarios en el estado de posición financiera de una entidad económica.
Razones para emitir esta norma Considerando su objetivo de convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS) del International Accounting Standards Board (IASB), el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) consideró conveniente sustituir el Boletín C-4 con una Norma de Información Financiera (NIF) sobre inventarios en la que se adoptaran las normas establecidas en la actual Norma Internacional de Contabilidad NIC-2 Inventarios.
Principales cambios Se eliminan: a) El costeo directo como un sistema de valuación. El sistema de costeo directo requiere que el costo de producción se determine tomando en cuenta únicamente los costos variables de fabricación (varían en relación con el volumen de producción). Los costos fijos de fabricación se excluyen del costo de producción y se incluyen en los resultados del periodo en que se incurren. La NIF C-4 establece que el costo de producción de los inventarios debe incluir, sin excepción alguna, todos los costos de compra, de conversión y todos los otros costos y gastos incurridos para poner los inventarios en su presente condición., para estar de acuerdo con la definición de costo de adquisición.
Principales cambios Se eliminan: b) La fórmula (antes método de valuación) de asignación del costo de inventarios denominado últimas entradas primeras salidas ("UEPS"). Esta fórmula asume que los costos de los últimos artículos en entrar al almacén o a la producción son los primeros en salir. Mediante la aplicación de esta fórmula, las existencias al finalizar el ejercicio quedan reconocidas a los precios de adquisición o de producción más antiguos, mientras que en el estado de resultados los costos son más actuales.
Normas de valuación El Boletín C-4 establecía que, bajo ciertas circunstancias, el costo de los inventarios se modificara sobre la base del "Costo o valor de mercado, el que sea menor, excepto que: (1) el valor de mercado no debe exceder del valor de realización y que (2) el valor de mercado no debe ser menor que el valor neto de realización." La NIF C-4 establece que esa modificación debe hacerse únicamente sobre la base del valor neto de realización.
Tipos de inventarios no cubiertos por la NIF C-4 La NIF C-4 establece los tipos de inventarios que quedan fuera de su alcance (Constructoras, Financieras y Sector Primario) así como los que quedan exceptuados únicamente de sus requerimientos de valuación pero que están sujetos a los demás requisitos establecidos en esta norma.
Adquisiciones de inventarios, a plazo La NIF C-4 requiere que en los casos de adquisiciones de inventarios mediante pagos a plazo, la diferencia entre el precio de compra bajo condiciones normales de crédito y el importe pagado debe reconocerse como costo financiero durante el periodo de financiamiento, atendiendo a lo dispuesto en la NIF D-6, Capitalización del resultado integral de financiamiento, que establece que el RIF no debe capitalizarse en los inventarios que se fabrican o producen rutinariamente durante un periodo corto. El Boletín C-4 no hacía referencia a esta situación.
Circunstancias especiales que no deben afectar el costo de producción a) Importes anormales de desperdicio de materia prima, materiales, mano de obra y otros costos de producción (periodo inicial de operaciones, fabricación de un nuevo producto, falta de ajuste de maquinaria e inexperiencia). b) Costos de almacenaje, a menos que éstos sean necesarios en el proceso productivo. c) Gastos de administración que no contribuyen a poner los inventarios en su condición actual. d) Gastos de venta
Estimaciones por pérdidas por deterioro La NIF C-4 permite que, en determinadas circunstancias, las estimaciones por pérdidas por deterioro de inventarios que se hayan reconocido en un periodo anterior, se disminuyan o cancelen contra los resultados del periodo en el que ocurran esas modificaciones. Este procedimiento no se establecía en el Boletín C-4.
Estimaciones por pérdidas por deterioro
Revelaciones La NIF C-4 requiere que, en su caso, se revele el importe de los inventarios reconocido en resultados durante el periodo, cuando en el costo de ventas se incluyen otros elementos o cuando una parte del costo de ventas se incluye como parte de las operaciones discontinuadas o cuando el estado de resultados se presenta clasificado conforme a la naturaleza de los rubros que lo integran y no se presenta un rubro de costo de ventas sino que los elementos que integran a éste se presentan en diferentes rubros.
Revelaciones Las disposiciones de la NIF C-4 requieren la revelación del importe de cualquier pérdida por deterioro de inventarios reconocido como costo en el periodo. Esta revelación no se requería en el Boletín C-4.
Cambio contable La NIF C-4 requiere que un cambio de fórmula (antes método) de asignación del costo de inventarios se trate como un cambio contable, con base en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores. El Boletín C-4 no establecía si ese cambio debía tratarse como un cambio en norma particular o en una estimación contable.
Efecto retrospectivo de un cambio contable
Anticipos a proveedores El Boletín C-4 establecía que las entidades que efectuaran desembolsos por concepto de anticipos a proveedores debían "…registrarlos dentro del capítulo general de inventarios en una cuenta específica,…" La NIF C-4 requiere que se reconozcan como inventarios los artículos cuyos riesgos y beneficios ya se hayan transferido a la entidad; por lo tanto, debe entenderse que los pagos anticipados no forman parte de los inventarios.
NORMAS DE PRESENTACIÓN La presentación en el estado de posición financiera de los inventarios neto de las estimaciones creadas sobre ellos debe hacerse clasificándolos como integrantes de los activos a corto plazo (circulantes) a menos que, debido a la naturaleza de las operaciones de la entidad, ésta tenga en existencia inventarios que serán vendidos o utilizados después de doce meses posteriores a la fecha del estado de posición financiera o en un plazo que exceda al ciclo normal de operaciones de la entidad, según sea el caso. *** C.P.C. Roberto Ruiz Velazquez [email protected] Facultad de Ciencias Administrativas Universidad Autónoma de Baja California