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Propiedad, planta y equipo. NIC 16 vs. Decreto 2649 (página )


Partes: 1, 2

COMPARATIVO NIC 16 ? DECRETO 2649

NORMA INTERNACIONAL

La NIC 16, Contabilización de las Propiedades, Planta y Equipo, fue aprobada en marzo de 1982.

En diciembre de 1993 fue revisada la anterior NIC 16, dentro del Proyecto de Comparabilidad y Mejora de los Financieros. Se convirtió entonces en la NIC 16 (revisada en 1993), Propiedades, Planta y Equipo.

En julio de 1997, cuando se aprobó la NIC 1 (revisada), Presentación de Estados Financieros, se procedió también a revisar el párrafo 66 (e) de la NIC 16 (revisada en 1993), que ahora es el párrafo 60 (e) de esta Norma.

En abril y julio de 1998 se procedió a revisar varios de los párrafos de la NIC 16 (revisada) para que fueran coherentes con la nueva redacción dada a la NIC 22 (revisada en 1998), Combinaciones de Negocios, a la NIC 36, Deterioro del Valor de los Activos, y a la NIC 37, Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes.

La Norma revisada (NIC 16, revisada en 1998) tiene vigencia para los estados financieros anuales que cubran periodos cuyo comienzo sea en o después del 1 de julio de 1999 y debe aplicarse a los períodos que comienzan en o después del primero de Enero de 2005. Su aplicación anterior se recomienda. La norma también reemplaza las siguientes interpretaciones:

? SIC 6 Costos de modificar software existente.

? SIC 14 Propiedades, planta y equipo – Compensación por el deterioro o pérdida de elementos.

? SIC 23 Propiedades, planta y equipo – Inspecciones generales o Costos transitivos.

DECRETO 2649 / 93

En el Decreto 2649 de 1993, Articulo 64 encontramos contemplada la Contabilización de las Propiedades, Planta y Equipo.

Este artículo fue modificado con el Decreto 1536 de 07 de Mayo de 2.007, el cual señala:

El valor de realización, actual o presente de estos activos debe determinarse al cierre del periodo en el cual se hubieren adquirido o formado y al menos cada tres años, mediante avalúos practicados por personas naturales, vinculadas o no laboralmente al ente económico, o por personas jurídicas, de comprobada idoneidad profesional, solvencia moral, experiencia e independencia. Siempre y cuando no existan factores que indiquen que ello seria inapropiado, entre uno y otro avalúo estos se ajustan al cierre del periodo utilizando indicadores específicos de predios según publicaciones oficiales o, a falta de éstos, por el índice de precios al consumidor para ingresos medios, establecido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, registrado entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del respectivo año.

A continuación realizaremos un paralelo de las diferencias más significativas entre la NIC 16 y el Decreto 2649, en cuanto al tratamiento contable de la Propiedad, Planta y Equipo. Los cuales buscan condensar los elementos principales a los que estas normas hacen referencia.

  1. NIC 16

    DECRETO 2649

    El valor razonable de los terrenos y edificios (avaluado por un perito) y maquinaria y equipo (avaluado por una transacción) será el valor del mercado. Si el activo es de difícil adquisición en el mercado, su valoración será su costo de reposición.

    La norma colombiana establece que debe utilizarse aquel método que mejor cumpla la norma básica de asociación. La empresa determina el valor razonable del activo según su conveniencia tributaria, sin tener en cuenta su valor real en el mercado, alejándose cada vez más de su realidad económica.

     

  2. El valor de reconocimiento y medición del activo.

  3. El Costo incurrido para su adquisición.
  4. Depreciación y Vida Útil.

NIC 16

DECRETO 2649

  • Una entidad debe determinar el cargo de la depreciación por separado para cada una de las partes importantes de un elemento de propiedad, planta y equipo.
  • Esta norma establece que se analice permanentemente el método de depreciación para cerciorarse de que se esta utilizando el adecuado.

 

 

  • El activo es tomado en conjunto.

 

 

 

 

  • La norma Colombiana no contempla el análisis permanente, sin embargo bajo las normas tributarias se debe informar previamente el cambio que realice para obtener una autorización.

 

  1. NIC 16

    DECRETO 2649

    Solo permite tomar las capitalizaciones bajo unos parámetros establecidos en la NIC 21.

     

    Desde el momento en que se adquiere una deuda en moneda extranjera hasta que se extingue, se permite hacer una capitalización de diferencia en cambio.

  2. La capitalización de diferencia en cambio.

    NIC 16

    DECRETO 2649

    Solo se podrá capitalizar los costos por intereses cuando el activo sea calificable (cuando requiere de un tiempo para estar disponible para su uso).

     

    Se capitaliza el costo por intereses de la deuda hasta que esta se extinga o hasta que el activo este disponible para su uso.

  3. La capitalización del costo por intereses.

    NIC 16

    DECRETO 2649

    Estos costos no constituyen parte del costo del activo, salvo que se relacionen con la compra del bien y antes de su puesta en marcha. Se entenderá como gasto, las perdidas iniciales incurridas antes de que cumpla el rendimiento esperado.

     

    No es claro el tratamiento para estos costos, los cuales muchas veces se capitalizan.

  4. Los costos de administración y puesta en marcha.

    NIC 16

    DECRETO 2649

    Cuando el activo es adquirido a crédito más allá del plazo normal del crédito comercial debe ser reconocido al precio de contado y la diferencia como gasto por intereses durante el periodo del plazo.

     

     

    Cuando el activo es comprado a crédito y la factura no discrimina su costo financiero, no se exige separar el costo del activo y su costo financiero. Si en la factura es separado, en algunos casos se lleva como un gasto o se capitaliza su valor.

     

  5. El reconocimiento de los costos del activo y su costo financiero.

    NIC 16

    DECRETO 2649

    Se mide por el valor razonable del activo recibido y se reconoce como el nuevo valor del entregado, el cual se debe ajustar en efectivo.

     

    El valor del activo es el que dispongan las partes. No se tiene en cuenta el valor razonable.

     

  6. Adquisición mediante el intercambio de activos.
  7. Reevaluación de los activos

NIC 16

DECRETO 2649

  • Si se reevalúa un activo esto implicara la reevaluación de los de su misma especie.
  • La reevaluación debe realizarse con cierta frecuencia, para evitar cambios significativos.

 

  • Es independiente la reevaluación de cada activo, no exige la reevaluación de los otros.
  • La norma exige que se actualice cada tres años.

 

  1. La Valorización del Activo

NIC 16

DECRETO 2649

La valorización del activo se reevalúa según su uso.

 

 

Se registra como un ingreso solo cuando el activo es vendido.

 

Una vez establecidas las diferencias entre la Norma Colombiana y la NIC 16 presentaremos unos casos para presentarlas en la práctica, que nos ayudaran a entender los contrastes que existen en las dos normas.

Ejemplo 1

La empresa Inversiones ERESS, ha adquirido una máquina Cortadora con un costo CIF de US $ 20,000 el 30 de Noviembre del Año 1. La máquina arribó al país durante el mes de Diciembre del mismo año, incurriéndose; además, Arancel 0.5% del CIF ( $ 230.042 ) y gastos de agente de aduana por 350.000.

Para su traslado de la maquina a la empresa se contrató transporte local con un costo de $ 1.250.000.

Se hace un mantenimiento al piso, para instalar la maquina en lo que se invirtió $ 2.300.000. Para la instalación y puesta en marcha se tiene previsto contratar con el proveedor del equipo, el envío de un técnico en Enero del Año 2, a un costo total de US $ 3.600, quedando la máquina operativa a partir de esa fecha.

El servicio de instalación y puesta en marcha fue pagado por adelantado el 30 de Noviembre del Año 1.

Los tipos de cambio

SE SOLICITA:

Proceder entre el 30 de Noviembre y el 31 de Diciembre del Año 1 con:

a) Calcular el costo de la máquina.

b) Contabilizar el costo de la máquina

c) Tratamiento de Diferencia de Cambio

a) Cálculo del Costo de Máquina

b) Contabilización de la Máquina

Noviembre del Año 1

(Costo CIF US $ 20.000 )

  1. Noviembre del Año 1

    (Instalación y Puesta en Marcha US $ 3,200)

    d) Contabilización de la Máquina

    15 Diciembre del Año 1

    (Otros Costos de la Máquina )

  2. Contabilización de la Máquina
  3. Tratamiento Diferencia Cambio

Diciembre Año 1

(2300,42 ? 2.238,79 de US$ 20,000 )

REVELACIONES

Como se puede observar, cada una de las clases del activo fijo revela el monto bruto y la depreciación acumulada al inicio y al final del ejercicio, así mismo se puede apreciar la tasa y el método de depreciación usada; las adicionales y retiros, así como las transferencias y revoluciones efectuadas.

BIBLIOGRAFÍA

Luis Herman Zamora Alejo, LAS NORMAS INTERNACIONALES DE LA CONTABILIDAD Y SU IMPACTO EN LA REGULACION CONTABLE PARA COMERCIANTES EN COLOMBIA, año 2004. Instituto de Investigación de Proyectos ILIP.

Legis, PLAN UNICO DE CUENTAS PARA COMERCIANTES, decreto 2649-29 diciembre de 1993, modificado con el decreto 1536 del 7 de mayo del 2007.

 

Yuri Carolina Pedraza Perez

cpedraza[arroba]sancarbon.com.co

Diana Marcela Parra Sepulveda

ESTUDIANTES SEXTO SEMESTRE

UNIVERSIDAD SANTO TOMAS

FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA

Bogota D.C., Noviembre 3 de 2007

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