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ÉTICA SECULARIZADA

La sociedad y la cultura occidentales han sufrido una progresiva secularización. El hombre occidental moderno, para orientar y hacer su vida ha querido atenerse exclusivamente a las posibilidades y recursos de su propia naturaleza; a sus propios impulsos, a su propia razón e imaginación, a su propia voluntad. Es decir, ha querido eliminar de su existencia histórica todo lo que sea "sobrenatural".

La ética secularizada surge de la escisión entre los deberes religiosos (relegados a la conciencia moral) y los deberes civiles, prescritos e impuestos por la autoridad.

Se basa en nuevos valores:

  • Altruismo: secularización del amor de caridad al prójimo en forma de filantropía.
  • Bien social: Primacía de la sociedad sobre el paciente
  • Positivismo, o religión de los hechos, con la consideración del paciente como objeto.
  • Prestigio o moral del éxito, conduce a los códigos médicos de ética profesional.

HISTORIA DE LA ÉTICA MÉDICA

ÉTICA MÉDICA

BENEFICENCIA Y AUTONOMÍA

Tradicionalmente, el médico se ha visto a sí mismo como un pequeño patriarca que ejerce dominio sobre sus pacientes y exige de estos obediencia y sumisión (paternalismo). Para Aristóteles, el enfermo es como el niño o el esclavo, un irresponsable, incapaz de moralidad, que no puede ni debe decidir sobre su propia enfermedad. La enfermedad tiene para ellos un carácter inmoral. La actitud del médico con el enfermo es algo religioso. El médico es una especie de sacerdote. Este es el paternalismo médico que ha predominado en la medicina occidental desde el s. V a.C. hasta nuestros días. Este médico hipocrático y galénico, se va a secularizar en el transcurso de la modernidad, sin perder su carácter paternalista. Para Percival (Medical Ethics) su máxima es condescendencia con autoridad. Cree que el paciente puede empeorar si sus decisiones y preferencias individuales son autoritariamente anuladas. Esta doctrina se recoge en 1847 en el Código de la American Medical Association, y tras él la mayor parte de los códigos nacionales de ética médica. Por tanto, la tradición médica desde los hipocráticos hasta la actualidad, ha defendido siempre el criterio ético de beneficencia. Esto ha sido entendido como un paternalismo, negando al paciente su capacidad de decisión, por tanto conculcando su autonomía.

El derecho y la ética modernos producen un cambio drástico en el concepto de naturaleza. El orden moral es el opuesto del orden natural. Lo moral se opone a lo físico. Locke (1690) en su justificación intelectual del liberalismo, hace una enumeración de los derechos humanos, que están en el origen del derecho constitucional moderno.

Entre ellos se incluye el derecho a la salud. Este es un derecho individual y negativo: Depende únicamente de la iniciativa de los individuos, no es un derecho social (individual), y no necesitan de nadie que lo legisle, y es exigible antes de su legislación (negativo). Este es el primero de los derechos de los pacientes. Es un derecho a no padecer enfermedad sin causa. Se basa, al igual que los demás derechos defendidos por el liberalismo en el principio de autonomía.

Se definía este principio como: Todo ser humano posee en principio completa libertad para ordenar sus actos y para disponer de sus propiedades y de su persona de acuerdo con su voluntad, dentro de los límites de la ley natural, sin que su decisión pueda depender de la voluntad de ninguna otra persona.

Este principio de autonomía revolucionó la vida política y moral de Europa. Ya no valen los conceptos autoritarios heredados, sino una organización basada en criterios democráticos y participativos. Moralmente, el egoísmo (individualidad y autonomía), antes denostado como un vicio, pasa a considerarse una virtud. El hombre es egoísta por naturaleza (lobo para el hombre), pero también es social. Este liberalismo se intenta trasladar a la salud, y siguiendo las ideas de Adam Smith surgen intentos de liberalización del mercado sanitario, eliminando el monopolio, con la oposición de los médicos. Estos intentos fracasan, pero va cristalizando la idea de la autonomía del enfermo frente al paternalismo del médico. Se propone que la información es un deber primario del médico, surgiendo el concepto de Consentimiento Informado. En esta evolución, como veremos más adelante tienen una gran trascendencia las decisiones judiciales

JUSTICIA.

Para los griegos el objetivo de la ciencia política es el logro de la justicia. El bien común está por encima de los bienes individuales. La justicia tiene un sentido físico, el ajustarse al recto orden de la naturaleza. Esto empezó a cambiar a los inicios de la modernidad, al contraponerse el orden moral al físico. La naturaleza está ajustada, pero carece de justicia. Solo el hombre puede ser justo, por su inteligencia y su libertad. El hombre puede establecer un contrato social para conseguir la justicia.

Para Locke, la justicia solo ha de proteger los derechos humanos básicos. El liberalismo radical de los siglos XVII y XVIII piensa que simpatía y caridad son esenciales para el orden social, pero no deben confundirse con la justicia. El liberalismo defiende que la justicia debe proteger los derechos civiles y políticos. Estos derechos son negativos: el estado debe actuar evitando que alguien los conculque. Se denominan derechos humanos de primera generación. Esto se consiguió con la Revolución Francesa (1789)

En el s. XIX surge el socialismo, que añade a los derechos humanos conseguidos por los liberales los derechos económicos, sociales y culturales (derechos de segunda generación). El estado debe defender positivamente estos derechos. Para conseguir esto se hicieron revueltas callejeras en 1848. Ese mismo año, se promulga la primera Constitución (C. Francesa), que menciona el derecho a la educación, a la asistencia social y al trabajo. Sin embargo, el derecho a la asistencia sanitaria no entraría en los textos constitucionales hasta el siglo XX (1919, Constitución de Weimar), cuando aparecen los seguros de enfermedad.

La idea de justicia hoy vigente en nuestro medio cultural no es ni naturalista, ni liberal ni socialista. Es una idea que engloba a estas dos últimas, y que se basa en los derechos del hombre tanto de primera como de segunda generación, civiles y sociales.

HISTORIA DE LA BIOÉTICA

El concepto de bioética aparece recientemente (años 70) en USA, desde donde se ha extendido al mundo, con sus peculiaridades en cada lugar.

El término "bioética " fué elaborado por Van Resielaer Potter en 1971 en su libro "Bioethics: bridge to the future". Surge dentro de un contexto utilitarista. Se define aquí la bioética como la parte de la biología que se ocupa de emplear los recursos de las ciencias biológicas de modo que se obtenga, con su uso correcto, una mejor calidad de vida. Trata de sustituir los términos más históricos de ética médica y deontología médica. Surge de la necesidad de un marco de debate y de formulación moral al que se pudieran incorporar muchos otros profesionales vinculados a las ciencias de la vida y su legitimación legal, como los biólogos e investigadores básicos, los farmacéuticos, los expertos en Salud Pública, los juristas y, obviamente, los filósofos y los teólogos.

Se trata de un marco de discusión ética interdisciplinar, de carácter práctico y con gran repercusión social.

Tiene un aspecto cultural que no debemos olvidar. Podemos hacer una clara e importante distinción, que es la que afecta a los diferentes planteamientos de la cultura Norteamericana respecto a la Europea o la anglosajona frente a la latina. En general todas las tradiciones éticas tienen fundamentos comunes, como son el bien y el respeto al ser humano, pero los desarrollan de forma diferente.

La cultura norteamericana y anglosajona se basa en el binomio: deber- derecho. Es más individualista y procede de una tradición proestante- calvinista. Concede un gran énfasis al principio de autonomía.

Por otro lado, la ética latina se basa en un binomio virtud- vicio, que proviene de la Grecia clásica (Aristóteles) y del Catolicismo. Concede un gran valor a la solidaridad. Además otorga gran importancia a la familia

PRINCIPIOS BIOÉTICOS

La ética de los principios o principialismo constituye la corriente más potente de la bioética actual. Surge en 1974-78 en Estados Unidos cuando se creó la National Comission for the protection of Human Subjects of Biomedical and Behavorial Sciences. Esta comisión trataba de elaborar una guía acerca de los criterios éticos que debían guiar a la investigación con seres humanos. De aquí surgió el llamado informe Belmont, que establecía unos principios éticos básicos:

  • Respeto por las personas (Autonomía)
  • Beneficencia
  • No Maleficencia
  • Justicia

La corriente principialista afirma que los problemas éticos de la medicina pueden analizarse evaluando el cumplimiento o la ruptura de estos principios éticos.

Al concretar estos principios surgen como consecuencia el Consentimiento Informado, la evaluación de los riesgos y beneficios y la selección de sujetos.

-El principio de respeto a las personas o de autonomía, tiene en cuenta la libertad y responsabilidad del paciente, que decide lo que es bueno para él. Consiste en que todos los individuos deben ser tratados como entes autónomos. Cualquier persona es un fin y nunca un medio, y debe respetarse su libertad esté o no enfermo.

La autonomía puede ser variable, pero debe seguirse respetando salvo que esté por debajo de lo que la sociedad considera como independencia de acción. Las personas cuya autonomía está disminuida, deben ser objeto de protección, pudiendo surgir problemas como en el caso de niños, incapaces o pacientes en coma. Hay que respetar su autonomía y buscar la persona más adecuada en su entorno para colaborar en la decisión.

– El principio de Beneficencia consiste en la obligación de hacer o buscar el bien del enfermo. No un acto de bondad o de caridad más allá de la obligación. Tampoco se trata solo de la corrección técnica.

Se extraen dos reglas generales:

– No hacer daño (esto luego evolucionó al principio de no- maleficencia)

– Extremar los posibles beneficios y minimizar los posibles riesgos.

Este principio se ha identificado en ocasiones con el paternalismo.

El médico asume personal y profesionalmente una especial obligación de desempeñar una función médica benéfica para con sus pacientes.

– El principio de Justicia, consiste en la imparcialidad en la distribución de cargas y beneficios: los iguales deben ser tratados igualitariamente (esto se refería inicialmente a la experimentación con humanos. Tiene en cuenta la equidad, que lleva a proteger a los más desfavorecidos. El médico, en su práctica habitual se ve frecuentemente envuelto en los problemas de la asignación de recursos (hacer más o dedicar más tiempo o recursos a un paciente que a otros), teniendo que apelar al principio de justicia implícita o explícitamente.

– El principio de no- maleficencia se refiere a la inocuidad de la medicina ("primum non nocere"): Hay que respetar la vida física de cada persona, no por su riqueza, sino porque es el fundamento en el que se realiza.

En cualquier acto médico existe el riesgo de hacer un daño. Dada la exigencia de la beneficencia, hay que ponderar siempre este riesgo de daño con el beneficio potencial.

La aplicación de estos principios a la ética clínica (1979) demostró que aplicándolos se consiguen decisiones idénticas sobre los mismos dilemas éticos

En el caso en que dos principios se encuentran enfrentados al analizar un caso, se consideró que:

-Los cuatro principios deben respetarse siempre si no aparecen enfrentados ("prima facie").

-En caso de conflicto, debe haber uno que prevalece sobre los demás ("actual"). En EEUU se consideró que prevalece el principio de autonomía.

En España, la situación es diferente. Gracia propone el PRINCIPIALISMO JERARQUIZADO. Se establecen dos niveles:

  • Dos de los principios se sitúan a nivel universal, ya que son presupuestos éticos de la RMP, previos a ella y por tanto independientes de la voluntad del paciente: No maleficencia y justicia: Son independientes, y superiores al de autonomía. Obligan moralmente siempre, incluso contra la voluntad de las personas (prevalece el bien común sobre el bien particular)
  • En un segundo escalón, a nivel particular, están los elementos éticos de la RMP: los principios de beneficencia- autonomía, que no son fácilmente separables.

Se establece un primer escalón: "Ética de mínimos": lo mínimamente exigible para dar carácter ético al acto médico o sanitario. Incluye los principios de no- maleficencia y justicia. Es siempre un deber, exigible por derecho.

Un segundo escalón: "Ética de máximos", con un mayor nivel de exigencia. Incluye beneficencia y autonomía.

Es frecuente en la práctica médica que el principio de beneficencia se encuentre en tensión con el de autonomía. El médico, por sus conocimientos y experiencia, puede valorar de forma más racional y objetiva la situación de su paciente, pudiendo plantear la mejor actitud médica buscando el bienestar del paciente (beneficencia). Por otro lado, el paciente, aún sin conocimientos médicos, puede juzgar la repercusión sobre su vida, valores personales, etc. Es aquí donde tiene importancia el consentimiento informado, al permitir al paciente tomar estas decisiones libremente.

Para Pellegrino, en los últimos 25 años, la autonomía ha desplazado a la beneficencia como primer principio de la ética médica. Esta es la reorientación más radical ocurrida en la larga historia de la tradición hipocrática. Es un tema muy enraizado en la concepción anglosajona de los derechos individuales, pero si bien no se pone en evidencia con igual forma en nuestro ambiente cultural, no puede soslayarse.

 LA CONCRECIÓN DE LA ÉTICA GLOBAL

 Para la concreción práctica de la Bioética Global, según Potter, es necesario despojarse de la aspiración competitiva de "winners" y "lossers" que prevalece en la sociedad capitalista. Además la reticencia de la Etica Médica al diálogo interdisciplinar y la tendencia entronizada en el ámbito médico de interpretar la Bioética como ética biomédica, convenció a Potter de que los puentes bioéticos debían extenderse también hacia lo que él denomina como Etica Agrícola, Etica Social, Etica Religiosa y Etica Capitalista. Para clarificar más el pensamiento potteriano permítaseme citar su interpretación de cuál es el significado de la Etica Social y la Etica Capitalista para la Bioética. "La Etica Social se reduce a una búsqueda de soluciones al conflicto entre los más privilegiados y los menos privilegiados. Toda otra materia depende de ese conflicto: el avance de los más privilegiados versus la lucha por la supervivencia. Muchos países grandes en Asia y África parecen los ejemplos más remotos de un grupo reducido de privilegiados que ignora las necesidades básicas de alimentación, abrigo, educación, empleo y dignidad humana para la multitud menos privilegiada… Sin embargo, al final de este milenio, aquí, en los Estados Unidos, podemos observar ejemplos del dilema no sólo de países lejanos, sino también en nuestro propio jardín trasero… En el año 1988, en el libro Bioética Global, me extendí sobre el tema de que una demanda por una salud humana a nivel mundial para todos los habitantes del globo, y no sólo para los escogidos, con tasas de mortalidad reducidas y reproducción humana controlada a voluntad, forma parte de la Bioética Global. La Etica Capitalista exige que la filosofía de libre mercado sea un instrumento para un desempeño social bueno, mediante la así llamada mano invisible del auto interés que Adam Smith, un economista escocés, describió en 1776. Sin embargo, en efecto, es la mano rapaz la que opera en el libre mercado de una economía global que reduce la selva tropical y que vacía el mar de sus peces. La ética, así como es, no ha podido resolver el dilema de la simple justicia que equilibra los derechos humanos contra la ganancia máxima de una minoría."

Queda convencido Potter de que en las condiciones del capitalismo salvaje sus aspiraciones para una Bioética Global no son posibles, y de hecho se está pronunciando contra la ética del utilitarismo "duro" o economicista, dado que la época del capitalismo de libre concurrencia que visionó Adam Smith y después se refrenda en la ética de Moore, Hare y Mill "del mayor beneficio para el mayor número posible", no es el capitalismo neoliberal global del grupo de Chicago que tuvo oportunidad de conocer el creador de la Bioética en que el "mayor número posible" se reduce a un mínimo de privilegiados.

Es por esta razón que su pensamiento evoluciona y se radicaliza en el sentido de percatarse de que los puentes entre conocimientos empíricos de las ciencias naturales y sociales no son suficientes para concretar el ideal bioético de supervivencia, y toma como ejemplo la disparidad de los avances en la genética molecular con relación a la reflexión en cuanto a la repercusión económica y social de sus potenciales beneficios y riesgos. Por todo ello la tercera fase en el desarrollo de la disciplina que considera Potter es la Bioética Profunda.

Según Potter, las ideas básicas de la Bioética Profunda están presentes en las consideraciones de Peter Whitehouse sobre Ecología Profunda, aunque las complementa con argumentos provenientes del teólogo alemán Hans Kung (Una Etica Global para una Política Global y Económica, 1988) y del profesor de la Universidad Nihon, Haykudai Sakamoto (Una nueva base para la Bioética de Asia, 1996).

De Whitehouse asume la impostergable urgencia de acometer una reflexión más profunda sobre el bien y el mal que trascienda los datos concretos cuantificables actuales y se proyecte al futuro en el sentido de evitar el error fatal de priorizar los beneficios a corto plazo con relación a la prudencia a largo plazo, en términos de evitar la extinción. De Kung asume la necesidad de compromiso político de los estados nacionales, aunque le critica su antropocentrismo judeo-cristiano. De Sakamoto incorpora su aserto acerca de que la Naturaleza no es algo que se conquiste, sino con lo que convivimos y su exigencia de que la Bioética Global requiere de una metodología precisa que evite la universalización de los patrones Euro-Norteamericanos. "Así, necesitamos combinar la Bioética Profunda -resume Potter- que explora los nexos entre los genes y la conducta ética, con la Bioética Global, que va mucho más allá del legado de Aldo Leopold para aceptar un amplio diálogo entre Hans Kung y Haykudai Sakamoto" Este es el "último círculo" de la espiral del desarrollo bioético según Potter, la Bioética Sustentable, concepción que asumió el proyecto iniciado por Potter en Wisconsin, la última empresa bioética acometida antes de su fallecimiento.

Como se puede apreciar el pensamiento potteriano es una amalgama de diferentes tendencias del saber humanístico contemporáneo, en el cuál se evidencia una progresiva radicalización desde la Bioética Puente hasta la Bioética Sustentable, pero que adolece de presentarnos una teoría ética consistente. Creo incluso que el propósito de Potter no haya ido más allá de enfrentarnos a su visión del problema y no tratar de construir una teoría ética en regla.

Por su formación religiosa cristiana podemos pensar que su deontología y escala axiológica es de inspiración neokantiana, sin embargo la acérrima crítica al antropocentrismo de Kung y su concordancia con Sakamoto en cuanto al carácter de sujeto moral de la Naturaleza lo aleja del más puro imperativo categórico kantiano y lo acerca a la reformulación de Jonas. Hay elementos de Etica Dialógica en Potter por su reconocimiento del intercambio entre diferentes sujetos morales para alcanzar los propósitos políticos de la Bioética Global; así como visos de utilitarismo a lo John Stuart Mill quién llegó a considerar a la equidad social como utilidad, ya que en Potter la equidad intergeneracional e ínter especies es condición para el bien supremo de la supervivencia. Por último, distinguimos en la Bioética potteriana atisbos de la Etica de la Responsabilidad. Es obvio que comparte otros criterios con Jonas dado que el principio de responsabilidad es consustancial a su visión ética, al igual que la necesidad de calcular el impacto remoto de las acciones presentes, la prioridad de los pronósticos malos sobre los buenos al enfrentar cualquier acción intervensionista en el medio ambiente, y la exclusión de decisiones estrictamente mercantiles en materia ecológica, elementos todos constitutivos del sistema ético del pensador judío.

LA BIOÉTICA FUERA DE POTTER

Las ideas de Potter no encontraron eco inmediato a pesar de la popularidad que el término Bioética alcanzó en muy breve tiempo tanto en los medios científicos como de divulgación masiva, favorecido esto último en gran medida por la toma de conciencia de la opinión pública y el espíritu cuestionador y contestatario de las décadas del 60 y el 70 ante los agudos problemas económicos y sociales, así como del desarrollo de la ciencia y la tecnología.

La sociedad norteamericana atravesaba además una crisis de credibilidad moral conmocionada por la recesión económica, el "síndrome de Viet-Nam", las luchas por los derechos de las minorías, los movimientos ambientalistas y contraculturales, el asesinato simbólico de las opciones de cambio (Malcolm X, los hermanos Kennedy y Martin Luther King) y el desprestigio del sistema político tras el escándalo de Watergate. Por otra parte, la introducción acelerada de tecnologías médicas de gran complejidad y poder invasivo, disparó los costos de los servicios de salud y estimularon su comercialización, así como la especialización hacia la más rentable atención médica hospitalaria en detrimento de las acciones de promoción y prevención. El peligro de deshumanización ante el resquebrajamiento del ancestral deber hipocrático de actuar en el mejor interés del paciente en el entorno de una práctica atencional tradicionalmente autoritaria, pero ahora investida de un poder inusitado sobre la intimidad, la vida y la muerte.

Diversas revelaciones periodísticas sobre investigaciones médicas llevadas a cabo sin recaudos éticos y el debate público que esto produjo, estimularon a que el Congreso de los Estados Unidos creara en 1974 la National Commission for the protection of the human subjects involved in Medical and Behavioral Research, la cuál culminó sus trabajos en 1978 con el archifamoso Informe Belmont, esbozo de la teoría utilitarista que un año más tarde fuera sistematizada por dos profesores de Georgetown, Thomas Beauchamp, filósofo utilitarista que había formado parte de la comisión, y James Childress, deontólogo cristiano, quienes en coautoría publicaron el libro Principles of Biomedical Ethics, texto contentivo de la aplicación sistémica de los principios de Beneficencia, Autonomía, Justicia y No Meleficencia a las decisiones en situaciones de conflicto presentes en la atención médica.

A pesar de basarse en un sistema de principios, lo que al parecer le confería cierto ropaje deontologista, al conferirle igual jerarquía a todos ellos, no llegan a establecer una escala ética, lo que evidencia el interés de los autores por brindar un procedimiento que ofreciera la mejor solución de acuerdo a las consecuencias, o sea es una propuesta eminentemente teleológica, utilitarista. Al no establecer jerarquía entre los principios, ni siquiera una metodología explícita, Beauchamp y Childress dejan el campo abierto para que las características y circunstancias en que se toma la decisión aconsejen la opción que mejores consecuencias conlleve. Dada la tradición individualista de la personalidad social norteamericana, en la práctica, el llamado Principalismo Anglosajón inclinó el centro de las discusiones hacia la observancia del principio de autonomía y el procedimiento para ejercerlo, el Consentimiento Informado.

Indudablemente esta propuesta resultó muy atractiva para la toma de decisiones en situaciones de conflicto en la práctica clínica, en especial en los casos límite propios de Unidades de Cuidados Intensivos, Cuerpos de Guardia, Unidades Quirúrgicas, e investigaciones médicas en seres humanos, fundamentalmente los Ensayos Clínicos. Esto justifica la gran popularidad del sistema de Beauchamp y Childress, con el cual prácticamente se identificó a la Bioética, a pesar de que junto al Principalismo, coexistieron otras propuestas utilitaristas también como el Casuísmo y el Pragmatismo Clínico que no llegaron a alcanzar cotas tan altas de aceptación como el primero. Pero la ductilidad del Principalismo comenzó a fallar dentro de la propia comprensión de la Bioética como Etica Biomédica en tanto demostró su incapacidad para resolver a satisfacción los problemas de Etica Relacional propios de la Atención Primaria de Salud, los enfermos crónicos y mentales, ejemplos todos donde elementos externos a la organización sanitaria, en particular la cuestión de la equidad, y los modos y estilos de vida, tienen un peso específico muy elevado. El ecumenismo bioético alrededor del Principalismo anglosajón comenzó a resquebrajarse en tanto la Bioética se extendió a Europa y posteriormente a América Latina donde las corrientes éticas neokantiana, marxista y "postmarxista" tenían más arraigo y se han constituido en verdaderas alternativas

LA ÉTICA EN LA RELACIÓN MÉDICO PACIENTE (RMP)

Por su misma esencia, el acto médico es un acto ético. Los hechos humanos son constitutivamente morales (moralidad o inmoralidad). La salud humana necesita de un "para qué" (moralidad). No vivimos para estar sanos, sino que estamos sanos o queremos estar sanos para vivir y obrar.

El médico debe resolver el sentido de dos tendencias contrapuestas: por un lado tiende a la ayuda y por otro al abandono. Estas dos tendencias se suscitan siempre ante la presencia de la enfermedad. El hecho de ser médico implica estar dispuesto a resolver esta disyuntiva positivamente, a favor de la ayuda.

El compromiso crece al ejecutar la ayuda, lo cual puede hacerse de forma esforzada o negligente. Puede hacerse persiguiendo el bien del enfermo, o bien el lucro, el prestigio o quizá el dominio o la seducción.

El acto médico es también ético por su esencia. Como veremos, a lo largo de la historia ha cambiado este concepto. La ética de la medicina hipocrática es muy diferente de la moral cristiana, o de la ética de los ateos o agnósticos. Pese a esto, existe una ética médica por encima de las situaciones, e invariable, que a lo largo de la historia va adoptando diferentes formas de manifestarse.

La RMP, en general, puede estar regulada por una ética cristiana o secularizada.

PROBLEMAS EN LA PRÁCTICA CLÍNICA

Se consideran problemas éticos aquellas cuestiones morales susceptibles de varias soluciones que se intentan resolver por medio de procedimientos científicos. Parte de "lo que es bueno o justo hacer" y su justificación.

Son dilemas éticos la toma de decisiones en condiciones de incertidumbre que hace el profesional en el ejercicio clínico, considerando y jerarquizando los valores morales para asumir la conducta más humana.

Un mismo acto médico puede ser juzgado simultáneamente por tres códigos diferentes: la propia conciencia del médico, el código deontológico y el de la jurisdicción. Unas directrices éticas generales no pueden abarcar todas las situaciones que se producen en la práctica médica. Por eso en el análisis de situaciones concretas y las consecuencias de la aplicación de los principios, nos podemos encontrar ante un dilema de tipo ético.

En la práctica clínica es frecuente la aparición de cuestiones éticas que muchas veces no se reconocen como tales, y se resuelven de forma intuitiva (según la ciencia, conciencia y experiencia del médico).

Otras veces se plantean auténticos dilemas éticos, es decir, problemas cuya solución se encuentra entre dos proposiciones que parecen oponerse entre sí, y constituir ambas un deber para el médico. Al tomar una opción para cumplir con un principio, se contraviene el otro. Se trata de escoger entre dos opciones que en principio son buenas, pero que se excluyen mutuamente. Para resolver estas situaciones no son suficientes la simple intuición, ni las buenas intenciones, ni la adhesión a las costumbres de la Medicina local. Es necesaria una adecuada formación profesional que permita identificar, enfrentar y resolver estos dilemas.

En estos casos conviene seguir un método sistemático de reflexión que permita elegir una solución correcta en relación a principios éticos universales. Estos procedimientos ayudan a tomar una decisión teniendo en cuenta todos los factores relevantes, y evitan que se actúe presionado por la situación.

Existen diversos métodos en relación con las diferentes teorías que existen en la bioética y que ya hemos desarrollado.

En general, la bioética norteamericana se preocupa más por los procedimientos para tomar decisiones; busca el modo de acción más adecuado, sin fundamentar los principios que propone. Esto se debe a su pragmatismo, y a las presiones legales, que exigen ser cautos.

En cambio, la bioética europea, aunque influida por la americana, está más orientada a definir las ideas que sustentan los modelos bioéticos (metabioética). Se trata de una cuestión difícil, ya que puede haber acuerdo en el respeto a la vida humana, la libertad individual o el bien común, pero es más difícil reconocer los límites naturales de la vida humana, fijar los límites de la libertad individual o decidir como se debe enfocar el bien común.

Cada corriente bioética tiende a diseñar su propia metodología para analizar los problemas éticos. Aunque a veces pueden parecer discrepantes, en cierto modo pueden considerarse complementarias. Estas corrientes han sido expuestas en el apartado anterior. Entre ellas destacan la bioética de los principios (principialismo), la bioética de las virtudes (propone el "buen hacer profesional" como cuestión fundamental, en conexión con el "bien hacer del paciente" que es el fin prioritario de la actuación el médico y anterior a sus intereses personales).y el causismo.

Método de resolución de problemas éticos

El método para resolver problemas éticos debe pasar por una fase de formación, seguida de una de información y análisis, según el siguiente esquema:

I. FASE DE FORMACIÓN

 1)Marco de referencia:

 -Personalismo ontológico

 -Derechos Humanos

 2)Principios o guías generales: (Nivel universal: No maleficencia y Justicia, y Nivel particular: Beneficencia y Autonomía)

II. FASE DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS

  • 1)Recogida de datos:
  • -Detección de problemas y definición de los términos.
  • -Búsqueda de experiencias semejantes.
  • -Estudio de las circunstancias más relevantes.
  • 2) Examen de posibles cursos de la acción:
    • -Sujetos:
  • -profesional competente.
  • -Paciente capaz/ familiares.
  • -Actuación específica:
  • -correcta (en relación al marco y principios éticos)
  • – Adecuada (circunstancias).
  • – Consecuencias:

-positivas, previsibles, queridas….

– negativas, imprevisibles, no queridas….

  • 3) Tomas de decisión y ejecución:
  • – elección de un comportamiento.
  • – justificación respecto a los principios.
  • – realización, aunque requieran esfuerzo.

La fase de formación se dirige al desarrollo de una sensibilidad ética en el profesional ("saber para actuar").

La fase de análisis incluye la información necesaria para formular el mejor juicio posible ("actuar en el saber").

Dentro de la fase de formación hay que tener en cuenta el marco de referencia, que es lo que hace variar la interpretación de los principios generales. El personalismo ontológico implica que por el hecho de ser, todo hombre es persona (sujeto moral y jurídico de derechos). Por ello el análisis ha de tener en cuenta los derechos humanos, basados en la dignidad personal de todo ser humano, que no se pierden por el hecho de la enfermedad.

También en esta fase de formación se deben tener en cuenta los principios éticos generales que ya se han comentado (autonomía, justicia, beneficencia y no- maleficencia). Estos constituyen guías generales de actuación, que se traducen en normas de comportamiento en la práctica (la ética es normativa, no solo descriptiva). Para jerarquizar estos principios, existen diferentes puntos de vista, como ya hemos visto.

Después de la segunda fase, de información y análisis la siguiente etapa consiste en la recogida de datos . En ella incluimos:

– La detección de problemas. En la realidad se entremezclan lo esencial y lo secundario. Deben jerarquizarse Los problemas por orden del importancia, destacando lo principal. Deben separarse los aspectos éticos y los técnicos. Deben definirse los términos utilizados .

Búsqueda de experiencias semejantes. Utilizar la experiencia personal acumulada, y consultar con compañeros y bibliografía. Puede ser útil consultar el código deontológico, que marca lo que no debe hacerse, aunque no suele indicar lo que se debe hacer .

Estudio de las circunstancias. Tener en cuenta las más relevantes en relación con la enfermedad, recogiendo circunstancias generales del caso, familiares, personales y las del profesional responsable. éstas pueden no influir en las decisiones, aunque siempre ayudan a encontrar la forma debe llevarlas a la práctica.

A continuación debe realizarse un examen de posibles cursos de la acción. Este es el punto crucial junto a la toma de decisión, y el que requiere mayor formación en ética. Deben estudiarse las posibilidades de acción más viables y las que solicite el paciente. Se considera los elementos que configuran la moralidad de los actos libres: el fin subjetivo (intención del sujeto que actúa), la acción en sí misma, y las consecuencias derivadas de la actuación.

Sujeto, referido tanto al profesional sanitario como al paciente o familiares. Los dos llevan a cabo la toma decisiones. En ambos casos se actuará con intención recta, buscando el bien del paciente, evitando intereses económicos, comodidades, motivos supuestamente humanitarios, etcétera. Por parte del médico entraran en juego sus disposiciones y cualidades como persona y como profesional. Es importante que deba seguir su propia conciencia, además debe preocuparse de adquirir una formación consistente. Además debe ser competente para resolver el caso (la persona idónea).

El paciente debe ser capaz, es decir, con suficiente discernimiento para decidir y actitud legal para hacerlo. Debemos valorar edad, inteligencia y voluntariedad, y en su ausencia suplirlo por familiares o tutores, existiendo una corresponsabilidad por parte del médico. Si existe cierta capacidad, parcial, deben valorarse las opiniones del paciente, sobre todo en decisiones importantes.

Actuación específica: debemos preguntarnos:

– ¿Es correcta?, es decir ¿está de acuerdo con el marco de referencia y los principios éticos?.

-¿ es la más adecuada en estas circunstancias?.

Consecuencias: toda acción puede tener unos efectos positivos y otros negativos, queridos y no queridos, previsibles e imprevisibles. Debe tratarse de evitar las consecuencias negativas, sin supeditar a ellas la opción a seguir, ya que no se pueden conocer todas.

Los efectos previsibles deben tenerse en cuenta especialmente.

Por último, a la toma de decisión y ejecución se llega a través de los puntos anteriores. Por ello, se podrá justificar la elección de un comportamiento respecto al marco de referencia, y principios éticos, considerando especialmente en los de carácter universal.

Debe ejecutarse lo que se ha visto claro, aunque exija esfuerzo, o tenga consecuencias desagradables para el paciente o el médico.

Siempre debe actuarse con prudencia para profundizar en la reflexión inicial, aplicando los principios éticos, y adaptar el juicio ético subjetivo al valor objetivo.

Este método no es sencillo de aplicar a la práctica clínica. Para ello se puede utilizar el esquema siguiente:

1. Detección de problemas.

2. Búsqueda del experiencias semejantes.

3. Estudio de las circunstancias.

4. Examen de posibles cursos de la acción

5. Toma de decisión y justificación.

6. ejecución (dificultades).

3. INFORMACIÓN AL PACIENTE. CONSENTIMIENTO INFORMADO.

En el contexto de la relación médico- paciente (RMP), la información es una parte fundamental, que consiste en una transferencia continua en ambos sentidos. El médico debe informar siempre al paciente sobre todo lo referente a la enfermedad. Especialmente debe informarle cuando este le solicite la información, y siempre que tenga información para darle. Deberá comunicar los cambios que se produzcan sobre la información inicial o la evolución, o sobre las decisiones que se vayan tomando.

El documento de consentimiento informado (C.I.) es un soporte escrito y puntual dentro del proceso continuo y gradual de información en la RMP. Forma parte actualmente de la práctica médica normal.

Como hemos visto anteriormente, desde el punto de vista legal, el C.I. es un requisito esencial del acto médico, pudiendo ser su ausencia causa de procedimiento judicial. También un C.I. inadecuado se considera como ausencia del mismo. La firma del C.I. no exonera de responsabilidad al médico por malpraxis, sin embargo su mala aplicación puede debilitar la defensa en una acusación sobre negligencia en un procedimiento por lo demás defendible. Según la jurisprudencia, el médico que no informa será responsable de los daños debidos a los procedimientos, aunque no exista mala práctica profesional. Además, la carga de la prueba sobre la existencia del c.i. recae sobre el médico y no sobre el paciente. El c.i. puede perder su función protectora en el ámbito médico- legal si no se realiza adecuadamente. No debemos olvidar que la mayor protección frente a los litigios consiste en una buena comunicación.

El Colegio de Médicos Americanos, ha definido el c.i. de la siguiente manera: "Es la explicación a un paciente atento y mentalmente competente, de la naturaleza de su enfermedad, así como el balance de los efectos de la misma y el riesgo de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos recomendados, para a continuación solicitarle su aprobación para ser sometido a esos procedimientos. La presentación de la información debe ser comprensible y no sesgada. La colaboración del paciente debe ser conseguida sin coacción y el médico no debe sacar partido de su potencial dominio psicológico sobre el paciente"

El C.I. requiere una información escrita, completa y personalizada (específico para cada caso, ocasión y paciente). Esta forma de consentimiento es la que desarrollaremos a continuación.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA

Ya hemos visto la evolución desde el principio de beneficencia hasta el de autonomía. La aparición del consentimiento informado se produce como consecuencia de los cambios en la concepción ética que se produjeron hasta el siglo XIX. La evolución posterior vendría marcada por los procedimientos judiciales, como vamos a ver.

Aunque existe un caso aislado de sentencia condenatoria por falta de información en el s. XVIII (Slater vs Baker & Stapleton) en Inglaterra, fue en EE.UU. donde más se desarrolló esta cuestión, inicialmente en el s.XIX (Carpenter vs Blake o Wells vs World´s Dispensary Medical Association), pero a principios del actual y casi agotado siglo fue cuando se habló de "autodeterminación" en el caso histórico de Schloendorff vs Society of New York Hospitals (1914), que tuvo especial resonancia. Se trataba de una paciente que había consentido en una laparotomía exploradora con anestesia general, habiendo hecho constar específicamente que no se extrajera ningún órgano o tejido. El cirujano extirpó un tumor fibrinoide por creer que era lo mejor para la paciente. La paciente demandó al hospital. En la sentencia el juez Cardoso manifestó: "…todo ser humano de edad adulta y sano juicio tiene el derecho de determinar lo que debe hacerse con su propio cuerpo; y un cirujano que realiza una intervención sin el consentimiento de su paciente comete una agresión por la que se le pueden reclamar legalmente daños…"

A partir de entonces se podía considerar negligencia, y por tanto delito, el no poseer el consentimiento y sobre todo el ir en contra de la voluntad del paciente. El cómo hacerlo no llegó a concretarse y en la práctica era una explicación sencilla, rutinaria y superficial.

Quizá las dos guerras mundiales influyeron en que en los siguientes cuarenta años no hubiera modificaciones sustanciales sobre la doctrina del consentimiento.

Nüremberg (1947) supuso otro hito: las aberraciones cometidas por los nazis fueron proclamadas por todos los medios de comunicación. Se redactó un código ético que obligaba al consentimiento "voluntario" pero enfocado en los sujetos de investigación. Daba la sensación que aquello había sido un paréntesis horrible en la historia ya pasada, pero que los países democráticos no precisaban cambios. Ni ello ni la declaración de Derechos Humanos del siguiente año ("Todos los seres humanos nacen libres e iguales dignidad y derechos. Están dotados de razón y conciencia y deberán obrar unos con otros en un espíritu de hermandad"), supuso un cambio significativo en la asistencia sanitaria.

Otra vez fueron los procesos judiciales americanos los que alertaron a la opinión pública y fueron modificando la relación médico-paciente, con mayor trascendencia en EE.UU. y más tardía y atenuada en Europa.

El juez Brody (caso Salgo vs Stanford, 1957) dictaminó: "…los médicos violan sus deberes con los pacientes y se exponen a demandas si se ocultan hechos que son necesarios para formar la base de un consentimiento informado inteligente por el paciente respecto al tratamiento propuesto" Es la primera vez que se emplea la expresión consentimiento informado dejando claro la adecuación de la información y la obligatoriedad de conseguir el consentimiento del paciente.

Hubo otras sentencias, en ocasiones contradictorias, que establecieron los criterios de médico razonable, persona razonable, privilegio terapéutico, etc.

Esta fue la trayectoria del consentimiento informado que, desde la década de los setenta quedó establecido en EE.UU. (Carta de Derechos del Paciente, 1973; Documento A.M.A., 1981 y la President´s Commission, 1983) y progresivamente en Europa occidental (Documento de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, 1976) estableciéndose el deber de informar, de forma expresa y por escrito, al menos en procedimientos concretos, con exposición del riesgo-beneficio, objetivos concretos, alternativas existentes, limitaciones ulteriores, etc., todo ello en lenguaje llano y comprensible. Una vez en posesión de todo ello, el paciente otorga o no, su consentimiento.

En los años ochenta los estados y naciones fueron elaborando una legislación más o menos concreta al respecto; veremos el caso de España en el siguiente apartado.

SITUACIÓN EN ESPAÑA

La ubicación y las tradiciones latinas, con un gran valor a la familia, han pesado en la aplicación del consentimiento informado en nuestro país. El principio de AUTONOMÍA personal se ha visto frecuentemente limitado o matizado por la influencia familiar, llegando a afectar a la promulgación de normas. Otro aspecto importante, es el menor papel desarrollado por la jurisprudencia judicial, comparando con los países de tradición anglosajona.

Los Derechos de los Enfermos salieron recogidos por primera vez en el R.D. 2082/78, declarado nulo posteriormente. En 1984, el INSALUD puso en marcha un Plan de Humanización de la Atención Sanitaria con el objetivo primordial de implantar una Carta de Derechos y Deberes del Paciente, cuya resonancia fue escasa y de aplicación nula. Al fin, la Ley General de Sanidad de 1986, en el artículo 10, dividido en catorce puntos, dice en el punto 10.5: " A que se le dé, en términos comprensibles, a él y a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento." Esto tiene evidente relevancia en el tema del consentimiento informado. En el punto 10.6 el legislador menciona cuatro excepciones (urgencia, incompetencia del paciente, imperativo legal y riesgo para la salud pública), no mencionando el "privilegio terapéutico" y el rechazo a la información.

Al no haber un desarrollo posterior de la ley, ya que era muy difícil informar por escrito a un paciente y pedirle consentimiento para cada uno de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos que se le van a realizar a lo largo de su asistencia, ya que supondría una burocracia inviable, y probablemente generaría una gran preocupación e insatisfacción para el paciente. Se originó, por tanto una desorientación en el sistema sanitario. Surgieron demandas por falta de información, que los jueces no consideraban completa y continuada, según rezaba la ley. Colectivos médicos amenazaron con la medicina defensiva. Comenzó una preocupación por las pólizas de seguros responsabilidad civil que dispararon sus cuantías; se deterioró la imagen del médico en los medios de comunicación; se iniciaron contactos con la judicatura, que parecía insensible a la visión médica. Esa fue la década de los ochenta y principios de los noventa.

En 1994, el Seminario Conjunto del Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Sanidad y Consumo, propuso que fueran las Sociedades Científicas las que acordasen los procedimientos de cada especialidad, tributarios de consentimiento informado.

Por último se atisban futuras modificaciones legales como consecuencia del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Biomedicina, realizado en Oviedo en 1996 y aprobado en abril de 1997, donde se recomienda dar una información "adecuada acerca de la finalidad y la naturaleza de la intervención, así como sus riesgos y consecuencias. En cualquier momento, podrá retirar su consentimiento", resaltando un "…libre e inequívoco consentimiento" (Cap. II, art. 5). Aunque no es vinculante, se espera una clarificación con el término "información adecuada".

REQUISITOS DEL DOCUMENTO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO

La única forma válida de obtener el consentimiento es mediante una conversación. El documento de C.I. constituye un medio para transmitir información y, sobre todo, dejar evidencia documental de que ha existido este proceso, a efectos legales. Sin embargo no debe ser nunca el centro ni la finalidad del proceso de C.I. y siempre debe ir precedido del diálogo

El C.I. trata de respetar la autonomía del paciente. Para que una acción sea autónoma, debe cumplir cuatro condiciones:

– Intencionalidad: Capacidad de obrar voluntariamente. Se tiene intención o no se tiene . No hay gradaciones.

– Conocimiento preciso de la acción. El paciente debe conocer las circunstancias que afectan a sus decisiones.

– Ausencia de control externo: No debe sufrir manipulaciones.

– Control interno: Debe poseer una personalidad suficientemente capaz.

Su propio nombre de C.I. implica dos características: voluntariedad e información

VOLUNTARIEDAD

La voluntariedad se define como elección sin impulso externo que obligue.

Está en función de la percepción subjetiva de cada paciente, de su propia escala de valores. Se trata de respetar su autonomía.

Pueden existir algunas perversiones en la obtención del consentimiento informado que hagan que no se respete la voluntad del paciente. Las más frecuentes son las siguientes:

  • PERSUASIÓN: No se le da otra posibilidad de elección. El paciente debe conocer las alternativas de que dispone, y las consecuencias de ellas, para poder decidir, así como las posibles consecuencias de no hacer nada.
  • COACCIÓN: Se amenaza de manera explícita o implícita al paciente, por ejemplo planteándole el alta voluntaria si no accede al procedimiento.
  • MANIPULACIÓN: Ocurre cuando hay una distorsión de la información que se da al paciente, dándola de forma sesgada o incompleta. Esta manipulación podría llevar al paciente a una decisión que de otro modo no hubiera tomado.

De este modo, es frecuente que el médico, consciente o inconscientemente, trate de inducir al paciente hacia la realización de un procedimiento por motivos más o menos válidos, que no siempre concuerdan con los intereses del paciente.

INFORMACIÓN:

Como hemos visto en el capítulo anterior, la Ley General de Sanidad exige que se informe de manera completa y continuada al paciente o a sus familiares sobre los procedimientos a que va a ser sometido. Esto sería muy difícil de cumplir en todos sus términos. La tendencia es a que la información sea adecuada (Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina, Oviedo 1997). Esta debe darse en términos que pueda entender el paciente. Es decir, se debe informar al paciente de forma simple, aproximativa, leal e inteligible, de todas aquellas circunstancias que puedan influir razonablemente en la decisión de éste, de forma que tras un conocimiento exacto de la situación en que se encuentra, disponiendo de un balance de riesgos y beneficios de las alternativas terapéuticas existentes, pueda adoptar libremente la decisión que crea más oportuna. Esta información debe facilitarse al paciente y también debe informarse a los familiares salvo prohibición expresa del interesado.

La información al paciente ha de ser fundamentalmente oral. Debe establecerse por las Sociedades Científicas que procedimientos requieren constancia escrita, es decir, el documento de C.I. y cuales no. En general, es recomendable recurrir a un documento escrito cuando se trate de procedimientos invasivos o que conllevan riesgos notorios o de dudosa efectividad.

La información siempre ha de ser verdadera. Nunca se justifica mentir al paciente. Hemos de desterrar la llamada "mentira piadosa" que constituye un residuo de la medicina paternalista

Se debe utilizar un lenguaje adecuado a cada paciente, su edad, nivel cultural y capacidad de comprensión. Incluso es recomendable asegurarnos que ha entendido, haciéndole repetir la información, o haciéndole preguntas. Se pueden cometer algunos errores al facilitar la información al paciente:

TECNICISMOS: Un vocabulario excesivamente técnico probablemente no será comprendido por la mayoría de los pacientes.

OMISIONES: Podemos tender a ocultar información "para no asustar", no mencionando algunos riesgos (privilegio terapéutico).

EXCESIVO DETALLE: El otro extremo tampoco es bueno. Especificar demasiado puede producir angustia en muchos pacientes.

Debe buscarse un equilibrio entre estos factores a la hora de redactar un documento.

EL DOCUMENTO

Como hemos dicho, el c.i. requiere un soporte documental a la información que ha de ser fundamentalmente oral. Vamos a ver a continuación los requisitos que debe cumplir un documento de C.I.

APARTADOS

Se recomienda que el documento incluya los siguientes apartados:

  • Datos suficientes sobre naturaleza y origen del proceso.
  • Nombre, descripción y objetivos del procedimiento. Debe explicarse en términos sencillos y comprensibles los aspectos que deba conocer sobre el procedimiento, y que sean útiles a la hora de tomar una decisión.
  • Beneficios esperables. No se recomienda incluir demasiados beneficios para no crear excesivas expectativas que puedan dar lugar a denuncias.
  • Molestias previsibles y posibles riesgos: riesgos típicos y consecuencias seguras. Más adelante veremos en que consisten.
  • Espacio en blanco para riesgos personalizados.
  • Procedimientos alternativos. Es conveniente dar alternativas al procedimiento, para evitar situar al paciente en un callejón sin salida. Lo contrario constituiría una persuasión. Deben mencionarse, Si existen, los procedimientos alternativos. Se debe informar de sus riesgos, molestias y efectos secundarios.
  • Efectos esperados si no se hace nada. El paciente debe conocer lo que puede ocurrir en el caso de no realizar el procedimiento.
  • Disposición a aclarar dudas o ampliar información.
  • Comunicar la posibilidad de cambiar su decisión en cualquier momento.
  • Datos del enfermo.
  • Datos del médico que informa.
  • Declaración del paciente expresando consentimiento y satisfacción con la información, y que se han aclarado sus dudas.
  • Firmas del médico y el paciente. Fecha.
  • Apartado para el consentimiento a través de representante legal en caso de incapacidad del paciente.
  • Apartado para la revocación del consentimiento.

Los formularios globales son éticamente injustificables y legalmente inválidos. Es recomendable realizar un documento único para cada procedimiento.

No se descarta la utilización de vídeos, láminas u otros medios de apoyo, que ayuden en la presentación de la información.

A continuación vamos a profundizar en algunos aspectos del documento.

EL TEXTO DEL DOCUMENTO

¿CUANTA INFORMACIÓN?

La información ha de ser diferente en función de cada paciente, sus circunstancias, etc. Esto es difícil de aplicar en la práctica.

Debe darse más información a mayor riesgo del procedimiento. También debe informarse más en los procedimientos no curativos (por ejemplo de estética).

En Estados Unidos se han aplicado y se aplican diferentes estándares de información, que varían según los distintos Estados y han evolucionado con el tiempo. Estos son:

Criterio del "médico razonable".

Se debe informar de lo que un médico razonable considere necesario para que el paciente pueda tomar una decisión. Se requiere un perito médico que declare en contra para condenarle, por lo que en la práctica era muy difícil condenar a un médico siguiendo este criterio.

Criterio de la "persona razonable":

Es la información que una persona razonable desearía conocer si se encontrara en las circunstancias del paciente. Esto tiene el inconveniente estimula la presentación de demandas porque los jurados tienden a ponerse de parte del paciente. Debe informarse tanto de aquellos riesgos muy graves aunque sean poco frecuentes, como de los riesgos leves, que sean muy frecuentes.

Criterio subjetivo:

Es difícil de aplicar. Consiste en ponerse en el lugar del paciente. En la práctica, esto se lleva a cabo expresando la disposición a ampliar información y a responder a todas las dudas que se puedan plantear.

LEGIBILIDAD DEL DOCUMENTO

El consentimiento ha de ser libre y lúcido, lo que exige a los médicos el esfuerzo de hacerse entender adecuándose a cada paciente. Para ello, debemos usar un lenguaje coloquial, evitando términos técnicos.

Generalmente las Sociedades Científicas facilitan este tipo de documentos específicos para cada procedimiento, lo que puede evitar errores. Estos documentos deben estar en continuo proceso de actualización, y es recomendable utilizar índices de legibilidad para analizar el texto.

RIESGOS que deben informarse:

En la realización de una técnica o exploración diagnóstica o terapéutica existen diferentes clases de riesgos para el paciente. El documento de c.i. debe incluir los siguientes:

CONSECUENCIAS SEGURAS.

Aquellas que se producirán como consecuencia del procedimiento en todos los casos. Por ejemplo, en una amputación, el paciente va a perder un miembro.

RIESGOS TÍPICOS:

Son aquellos esperables en condiciones normales, conforme a la experiencia o en el estado actual de la ciencia. Por ejemplo, en una biopsia pulmonar percutánea existe un riesgo de neumotórax.

También se incluirán aquellos que, siendo infrecuentes pero no excepcionales, tienen la consideración clínica de muy graves.

RIESGOS PERSONALIZADOS:

Según las circunstancias personales del paciente: estado de salud (patología previa, anticoagulación, etc.), edad, profesión, creencias, valores y actitudes, etc. Estos riesgos deben incluirse en el espacio en blanco que debe haber en el documento para este propósito.

PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO

Es muy importante la forma en que el documento es presentado al paciente.

Debe hacerse teniendo en cuenta:

MOMENTO ADECUADO:

El paciente debe estar en condiciones de comprender la información y tomar una decisión consciente y sin coacciones. Debemos evitar que el enfermo esté sedado, dolorido, en preparación para la prueba, justo antes de la prueba, desvalido, etc.

LUGAR ADECUADO:

Debe buscarse el lugar más oportuno para informar al paciente. A ser posible en un despacho, aunque a veces puede hacerse en la habitación del paciente, etc. Siempre deberá ser un lugar apropiado para preservar la intimidad del paciente y la confidencialidad de la información. Se debe evitar especialmente informar en la misma sala de exploraciones o quirófano ya puede sentirse coaccionado y esto invalida legalmente el consentimiento.

PERSONA ADECUADA:

Ha de ser una persona representativa para el enfermo. En general, debe ser un médico. Puede ser quien indica la prueba o quien la va a realizar. Es preferible que informe el médico que la va a realizar, sobre todo en procedimientos de mayor riesgo.

El médico que va a realizar la prueba muchas veces no tiene otro contacto con el paciente antes de la misma que el momento de informarle. Esto puede ser útil para establecer una relación de confianza que favorezca al procedimiento. Por otro lado, probablemente quien va a realizar la prueba conoce mejor todos los aspectos del procedimiento, por lo que podrá aclarar mejor sus dudas

TIEMPO PARA MEDITAR.

Debe hacerse sin prisas, dando facilidad para consultar, e incluso facilitarse que se lo pueda llevar a casa para estudiarlo y decidir cuando sea posible. Se recomienda dar al menos 24 horas. La familia debe estar presente en la información cuando sea posible, salvo que el paciente expresamente no lo desee.

PREGUNTAS PARA ASEGURARSE DE QUE HA COMPRENDIDO. Opcionalmente.

SI EL PACIENTE SE NIEGA A FIRMAR EL DOCUMENTO…

Nunca se debe presionar al paciente para que firme el documento, ya que constituiría una coacción que lo invalidaría.

En este caso tras informarle adecuadamente, se le debe solicitar la firma de la "no autorización". Si también se negara, deberá firmarla un testigo.

EXCEPCIONES:

Puede obviarse la realización del C.I. en algunas circunstancias:

GRAVE PELIGRO PARA LA SALUD PÚBLICA:

URGENCIA:

Si la urgencia no permite demoras por riesgo de fallecimiento o lesiones irreversibles. INCOMPETENCIA:

Todo paciente adulto se considera competente para tomar decisiones salvo declaración judicial de incompetencia. En la práctica, esto no suele tenerse en cuenta. Éticamente se justifica si el médico determina cuidadosamente que el paciente no es capaz de comprender los aspectos relativos a su proceso.

Se considera que un paciente es incapaz de tomar decisiones cuando no puede recibir y expresar información y hacer una elección de acuerdo con esa información y sus propios valores.

En la incapacidad relativa por aspectos socio- cultural u otros, el médico debe determinar el alcance de la capacidad de comprensión de la información previa al consentimiento. Si se cree necesario se podrá consultar al Servicio de Psiquiatría el grado de incapacidad del paciente.

Si un paciente mayor de edad no tiene la capacidad suficiente para tomar decisiones sobre su proceso, se requerirá el consentimiento a los familiares o representante legal.

El representante del paciente tomará las decisiones con el médico. Lo ideal es que el representante conozca las preferencias del paciente y actúe según su mejor interés.

PRIVILEGIO TERAPÉUTICO:

Puede omitirse la información que sea claramente perjudicial para la salud del paciente.

IMPERATIVO LEGAL:

Si el procedimiento viene dictado por orden judicial, no es necesario obtener el C. I.

RECHAZO EXPLÍCITO DE TODA INFORMACIÓN:

Debe respetarse el derecho del paciente a no saber. El paciente puede incluso desear no conocer determinadas circunstancias relativas a su enfermedad, requiriendo por otra parte conocer otras.

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Este trabajo está dedicado a todas aquellas personas víctimas de negligencias médicas o actos criminales por falta de ética.

Patricia Sotomayor Viñas

patriux86[arroba]yahoo.com

Universidad Inca Garcilaso de la Vega

Facultad de Estomatología

2007

Patricia Sotomayor Viñas nacida en Lima Perú en 1986 este trabajo ha sido realizado en forma de resumen sobre los temas más importantes que se deben tener en cuenta en la ética médica/ año 2008

Partes: 1, 2
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