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Los impuestos

Enviado por oscarritch


    1. Los impuestos, y sus elementos.
    2. Los sujetos del impuesto
    3. Órganos encargados de la imposición de los impuestos.
    4. Principios generales, y doctrinales de los impuestos
    5. Los impuestos de la República Mexicana y clasificación de los impuestos.
    6. Fuentes de los impuestos
    7. Infracciones y sanciones
    8. Los delitos y las penas
    9. Los recursos fiscales en el juicio ante el tribunal de lo Contencioso administrativo.
    10. Crédito fiscal

    Con respecto a los impuestos en especie se tienen los siguientes:

    • participación en los productos de la tierra y así el señor obtenía gavillas de trigo, de avena, de heno partes de las vendimias gallinas, y cera.
    • Derechos en metálicos o en granos para cabeza de ganado, buey, carnero, puerco, cabra, etc.
    • Los labriegos estaban obligados a cocer su pan en el horno del señor o moler su trigo en el molino señorial y pisar sus uvas en su lugar, debiendo pagar por cada uno de estos actos un derecho en especie que recibía el nombre de venalidades.
    • Otro impuesto en especie que existía, para muchas iglesias una contribución en vino.

    1.- impuesto de la talla y pecho: era pagado el dinero en especie y consistía que al momento de pagar se hacia una talla con cuchillo en un pedazo de madera generalmente gravaba la propiedad.

    2.- impuesto de la mano muerta. Consistía en el derecho del señor de adjudicarse los bienes de la herencia de sus siervos o vasallos cuando estos morían sin dejar hijos o intestados.

    3.- el diezmo. El siervo debía pagar al señor feudal la décima parte de todos sus productos.

    4.- impuestos por la barba. Existió en Rusia en la época de pedro el grande.

    5.- Impuestos por calificativo de nobleza. Se establecieron en España en la epoca de Felipe Tercero y gravo a los títulos de nobleza.

    6.- impuesto de peaje. Se cobraba por transitar por determinados campos o bien para tener derecho de pasar por algún puente.

    7.- derecho por el servicio de impartición de justicia. Se pagaba cuando los siervos solicitaban a los tribunales la impartición de justicia.

    8.- derechos de pontazgo. Se pagaban por pasar por los escasos puentes.

    Impuestos en México.

    A la edad media. En Europa correspondió la colonia y en nuestro país durante los 300 años del sistema hacendario de la colonia fue verdaderamente caótico, los tributos existentes empobrecieron a la nueva España y fueron obstáculo para su desarrollo.

    La nueva España únicamente podía comerciar con la metrópolis, situación que provoco una multiplicidad de impuestos. A partir de la fundación de la villa de la Veracruz, se estableció "el quinto real". Destinado al rey de España que siempre se separaba en forma previa del botín confiscado por los españoles.

    Cuestionario.

    1.- menciona las principales características de las formas antiguas del pago de impuestos.

    R = servicios personales.

    2.- ¿que otros nombres recibieron los impuestos?

    R = tributo

    3.- ¿qué es defraudación fiscal?

    R = cuando se engaña para no pagar impuestos

    4.- ¿por qué en la antigüedad a penas existía la defraudación fiscal?

    R =

    5.- En la epoca primitiva estaba permitido tributar mediante la prestación personal?

    R = si

    6.- actualmente ¿que termino debemos utilizar cuando realizamos el pago de obligaciones fiscales y como se clasifica?

    R = impuestos

    7.- según los antecedentes históricos, ¿en donde existieron las primeras leyes tributarias autenticas.,

    R= en roma

    8.- menciona las formas de pago primitivas de los impuestos mas usuales

    R = impuestos de lotería

    9.- en relación a los impuestos internacionales, ¿cómo se establecía el impuesto?

    R =

    10.- ¿qué opina y que hubiera usted sugerido en las épocas primitivas en relación a las condiciones tributarias existentes.?

    R =

    Otro quinto real correspondía cortes y el resto del botín era repartido entre los soldados que acompañaban al entremeño en la conquista. El mismo rey de España celoso de lo que nop era de el nombro como tesorero real al español alonso de Estrada y pronto se designaron lkos burócratas d la hacienda publica tales como veedores, factores,, contadores, ejecutores, etc.

    Los principales impuestos en México

    1. impuestos de ovedia. Consistía en el pago que hacían a prorata los dueños de las mercancías que se pagaban para los }gastos de los barcos reales que escoltaban las naves que venían o salían de Veracruz a España.
    2. Impuestos de almirantazgo. Se cobraba a los duques tanto a los puertos de España como de las colonias por entrada yu salida de mercancías. Era el pago que hacían los dueños de las mercancías por la carga y descarga de estos en puertos, dichos impuestos, eran a favor del almirante de castilla.
    3. Impuestos de lotería. Establecido en 1679 con una tas del 14 % sobre la venta total de lotería.
    4. Impuesto de alcabala. Pago pór pasar mercancías de una intendencia o provincia a otra.
    5. Impuesto de peaje. Derecho de paso. Generalmente lo pagaban los indios por llevar consigo su carta de tributo.
    6. Impuestos de caldo. Se aplicaba a vinos y aguardientes.

    Existieron impuestos extraordinarios como el de "muralla" (para ser un gran muro en Veracruz)

    1.2 constitución y el sistema federal

    la constitución política de los estados u7nidos mexicanos representa la ley suprema dentro de nuestro sistema federal mexicano. Las disposiciones que de ella emanen constituyen las bases sobre las cuales se eje4cuta el sistema jurídico de nuestro país.

    La republica mexicana esta conformada por 31 estados y un distrito federal libres y soberanos en lo que respecta a su régimen interior, pero integrados en una federación de acuerdo con los principios de la constitución política que delimita los ámbitos de las jurisdicciones entre la federación y los estados específicamente, señala al aspecto que " las facultades no están expresamente concebidas por la constitución a los funcionarios federales, se entienden reservados a los estados".

    Los estados a su ves están constituidos por municipios considerados como la base del sistema político del país los cuales tiene potestad para participar en asuntos relativos a la cuestión ambiental y establecimiento de normas jurídicas de carácter general y abstracto sobre la materia.

    1.2.1 fundamento legal de los impuestos y el sistema federal mexicano.

    La constitución establece en su articulo 31, fracción IV, la obligación de todos los mexicanos de contribuir a los gastos públicos, así de la federación , como del distrito federal o del estado o municipios en que decidan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

    1.2.2 la constitución y las leyes reglamentarias, gerarquizacion de las leyes mexicanas.

    Siendo obligación de todos los mexicanos contribuir al gasto publico en nuestro país, se establece una institución mediante la cual se permita lograr los objetivos que emanan de la constitución siendo esta la hacienda pública.

    La hacienda pública como organismo y como concepto en el derecho positivo español aparece por primera ves al crear Felipe V la secretaria de Hacienda, dentro de la organización administrativa del reino español; de ahí pasa a América latina y a México donde la dependencia del gobierno federal encargada de realizar la actividad financiera estatal, se ha conocido tradicionalmente como Secretaria de Hacienda originalmente y posteriormente Secretaria de Hacienda y Crédito Público,

    Jerárquicamente la constitución ocupa le lugar mas alto y de ahí se desprenden los códigos y leyes con sus respectivos reglamentos, apareciendo las circulares en el nivel mas bajo.

    1.2.3 bases constitucionales en materia fiscal.

    Ya que una de las funciones financieras mas importantes dela federación, estados y municipios, es la obtención de recursos para el cumplimiento de sus funciones, existen disposiciones que reglamentan la obtención de estos, dando en primer lugar la normatividad que emana de la constitución en materia fiscal, surgen las disposiciones del C. F. I.

    El artículo primero de la C. F. I. Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas, las disposiciones de este código, se aplicaran en su efecto y sin perjuicio de lo dispuesto, por los tratados internacionales de que México sea parte, solo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público.

    La federación queda obligada a pagar contribuciones únicamente cuando la leyes lo señales expresamente.

    1.2.4 la triple categoría de los impuestos.

    Entendemos por limites especiales de una ley el territorio en el cual tiene vigencia esto.

    Por lo que respecta a México podemos clasificar las leyes como:

    1.2.4.1 leyes federales.- que son las que tienen aplicación en toda la republica mexicana. Por lo tanto el impuesto federal, es aquel que tiene aplicación en toda la republica mexicana de conformidad con las leyes fiscales.

    1.2.4.2 leyes estatales.- son aquellas que tiene vigencia en territorio de un estado o entidad federativa por lo tanto un impuesto estatal, es aquel que tiene vigencia en el territorio de un estado o entidad federativa.

    Leyes para el distrito federal.- son aquellas expedidas por el congreso de la unión cuando actúa como órgano legislativo local.

    1. leyes municipales.- son todas aquellas expedidas por los congresos locales para que tenga aplicación a los municipios pertinentes pertenecientes a cada estado.

    Por lo que un impuesto municipal es el que se aplica en los distintos municipios mpertenbecient6es a cada estado.

    1. recaudación de los impuestos federales y soberanía financiera de la nación.

    En materia fiscal existen tres entidades que tienen la capacidad para cobrar impuestos, es decir, tres sujetos activos que son: la federación , los estados , los municipios.

    Los dos primeros tiene capacidad legislativa para establecer los impuestos que estimen necesarios para cubrir los gastos públicos, los municipios dependen de las legislaturas locales que son las instancias facultadas para establecer los impuestos, por lo tanto la federación y los estados, tienen capacidad para establecer contribuciones y son la única instancia para tal efecto que son la única instancia , la propia constitución federal facultada. Existen impuestos que pertenecen exclusivamente a la federación.

    La constitución federal de la republica establece dicha facultad constitucionalmente:

    El articulo 73 constitucional "EL congreso de la unión tiene facultad" fracción 29 para imponer las contribuciones:

    1. 1 sobre el comercio exterior.
    2. sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales
    3. sobre las instituciones de crédito
    4. sobre servicios públicos concesionados directamente por la federación

    especiales sobre.

    1. energía eléctrica
    2. producción y consumo de tabaco labrado
    3. gasolinas y productos derivados del petróleo.
    4. Cerillos y fósforos
    5. Agua miel y productos de su fermentación
    6. Explotación forestal
    7. Producción y consumo de cerveza

    1.2.6 autonomía financiera del estado.

    Como toda empresa el estado requiere de la realización de diversas actividades para cumplir con sus finalidades, de acuerdo con su estructura a través del poder ejecutivo, desarrollo actividades complejas que van encaminadas a servicios públicos y satisfacción de necesidades generales

    1.2.6.1diversas formas d3e procurarse recursos de los estados para el desempeño de sus funciones.

    1.- Obtención de ingresos por institutos de derecho privado mediante la explotación del propio patrimonio, (renta de inmuebles, venta de vienes, etc.)

    2.- obtención de ingresos por institutos de derecho publico,. Cobro de las distintas contribuciones.

    3.- la obtención de ingresos por institutos mixtos, contratación de empréstitos o emisión de bonos.

    1.2.7 participación de las entidades federativas y municipales en el régimen de impuestos 1.2.3 la hacienda publica y la hacienda municipal.

    La hacienda publica es el conjunto de derechos pertenecientes al estado, es decir, los ingresos y los egresos del gobierno, tanto fedérales, como estatales y locales.

    De acuerdo con el articulo 115 constitucional la hacienda publica de los municipios dse integra por las contribuciones que establecen las legislaturas de los estados a los que pertenecen.

    1.3 la actividad financiera del estado0.

    Constituye el conjunto de actividades que realiza el estado con el propósito de proporcionar los servicios públicos y satisfacer las necesidades generales de grupo.

    La actividad financiera del estado conoce tres momentos:

    1. obtención de ingresos
    2. gestión o manejo de los recursos obtenidos y la administración y explotación de bvienes patrimoniales de carácter permanente
    3. realización de erogaciones para el sostenimiento de la funciones publicas; la pres6tacion de servicios públicos y la realización de diversas actividades.

    Ley del impuesto al valor agregado.

    La ley del impuesto al valor agregado entro en vigor el día 1º de enero de 1980. Entre las leyes más importantes que deroga está ley del Impuesto sobre Ingresos mercantiles.

    Están obligados al pago del Impuesto al Valor Agregado, todas las personas físicas y morales que dentro del territorio nacional ejecuten las actividades siguientes:

    1 enajenación de bienes

    2. prestación de servicios en forma independiente

    3. que otorguen el uso o el gos temporal de bienes

    4. quienes importen bienes o servicios

    5. quienes perciban honorarios

    las tasas de este impuesto son: 10 % en todo el territorio nacional, excepto en la zona fronteriza de 20 kilómetros de franja paralela a la línea nacional con los estados unidos de norte América y en las zonas libres de baja california norte y sur, en donde la taza seria del 6%.

    Estas tasas se aplicaran sobre el valor total de la operación, incluyendo intereses y demás gastos.

    Este impuesto es repercutible, es decir, que se va trasladando hasta llegar al consumidor que es la persona que realmente soporta la carga de este gravamen.

    El contribuyente que deba efectuar el pago de este impuesto en las oficinas recaudadoras autorizadas, siempre que pueda probar que asi fue, mediante la documentación en la que se especifique la cantidad o el traslado por el concepto de este mismo impuesto.

    De este impuesto se efectuara gastos provisionales a mas tardar el dic 20 de cada mes, calculado sobre las operaciones del día anterior, anualmente deber,

    .los pagos provisionales a mas tardar el día 15 de cada mes.

    Impuesto sobre la renta

    Concepto de renta. Generalmente el significado de la palabra renta se refiere a la cantidad pagada por el arrendamiento uso o goce de un bien ya sea mueble o inmueble, pero desde el punto de vista fiscal renta significa todo ingreso en efectivo en especie o en crédito que modifique el patrimonio del contribuyente.

    El articulo 1º del la l. I.S.R. establece que esta ley grava los impuestos en efectivo en especie o en créditos obtenidos por:

    1. la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas ganaderas o de pesca.
    2. por las personas físicas
    3. por las asociaciones y sociedades de carácter civil.

    Están obligadas a pagar este impuesto cualquiera que sea su actividad, l as siguientes personas, :

    1. personas físicas y morales de nacionalidad mexicana.
    2. extranjeros residentes en México y las personas morales de nacionalidad extranjeras establecidas en el país.
    3. agencias o sucursales de empresas extranjeras establecidas en el territorio nacional.

    El contenido de la ley del I. S. R. Se puede sintetizar los títulos siguientes:

    Titulo I disposiciones preliminares.

    Titulo II impuesto al ingreso global de las empresas

    Titulo Impuesto al ingreso de las personas físicas.

    Tratándose de las empresas esta ley grava el ingreso global gravable, que es la diferencia entre los ingresos brutos y los gastos deducibles autorizados, dedicándose estas empresas a la realización de actividades comerciales, industriales, agrícola y ganaderas y de pesca.

    Para los efectos de esta ley la misma formo dos grupos, de causantes, que son:

    Causantes mayores y causante menores.

    Son causantes mayores, las físicas con ingresos anuales superiores a un millón y medio de pesos, por lo tanto, todas las personas morales (sociedades mercantiles), se consideran causantes mayores sin importar el monto de sus ingresos.

    Son Causantes Menores únicamente las personas físicas cuyo ingresos no excedan de $ 1 500,000,00 anuales.

    SOBRE LA RENTA DE PAGO.

    Los causantes mayores del I.S.R. al Ingreso Global de las empresas, deberán efectuar 3 pagos provisionales durante su ejercicio a cuenta del Impuesto anual . Estos pagos provisionales o anticipos, tendrán que hacerlo a más tardar el día 15 de l os meses 5º, 9º, y 12º, de su ejercicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de esta ley y aplicando la tarifa del artículo 34 . El impuesto anual quedará totalmente pagado dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en que determine el ejercicio del causante.

    Tratándose de los causantes menores estos solamente tendrán la obligación de efectuar un pago provisional a cuenta del contribuyente a cuenta del impuesto anual , en el mes de julio en nel cual se da el 50 % del impuesto del año anterior,. Los causantes mayores sus operaciones cuando menos tres libros de contabilidad: diario general, mayor e inventarios y balances. los causantes menos tres solamente llevaran un libro de ingresos y egresos en la forma indicada establecida por el reglamento. Tanto los causantes menores como mayores deberán expediré l documentación en la que se haga constar sus ingresos por las ventas efectuadas (facturas o recibos en su caso y dejar una copia o ejemplar a disposición de laS de H y C. P.

    1.2.7solo podrán realizarse mediante convenios de participación que la federación autorice ya sea de la propia federación a los estados y municipios, de los estados a los municipios o incluso de los municipios a los estados de acuerdo al presupuesto de ingresos o egresos .

    1.2.8 los municipios se concretan a autorizar lo erogado por los congresos locales.

    La hacienda municipal debe formarse fundamentalmente con el producto de las contribuciones sobre las actividades de carácter local, así como, de los derechos por la prestación de servicios, integrándose por las partidas presupuéstales de carácter federal o estatal. Se consideran derechos locales los que recaen sobre diversiones y espectáculos públicos de cualquier genero, igualmente sobre los expendios de artículos de primera necesidad, los mercados, comercio ambulante, comercio al menudeo etc. Que señale las legislaturas locales, derecho de agua potable, drenaje , sacrificio de ganado, sacarificación, permisos y licencias que expide la autoridad municipal de conformidad con el articulo 115 constitucional.

    Aspectos económicos, políticos jurídicos y sociológicos del estado.

    Aspecto económico.- se ocupa de la obtención o inversión de los recursos de índole económica necesaria para el cumplimiento de los fines del estado,

    Aspectos políticos, la actividad financiera del estado, constituye una parte dela administración publica y esta a su ves esta integrada por el conjunto de actividades y servicios destinados al cumplimiento a los fines utilidad general por lo que la actividad financiera, no puede considerarse mas como actuación en e concreto de la facultad que constituye la esencia misma del concepto de soberanía

    Aspecto jurídico. La actividad financiera del estado exige que todas sus manifestaciones de voluntad en el campo de administración y las relaciones con los particulares que esta engendra, en la ley su fundamental disciplina. En esta exigencia debe informarse especialmente la actividad financiera.

    1.- para ello implica la administración del dinero publico del que es sustraído a la economía privada para satisfacer las necesidades publicas.

    O que la enorme masa de riqueza destinada de realizaciones cuyo ordenado desenvolvimiento requiere el sistema de disposiciones imperativas.

    2.- haber aspectos sociológicos.

    La actividad financiera en las contribuciones y gastos públicos, que ejercen dependiendo los grupos sociales, y que existen dentro del estado ya que estos influyen de forma mas o menos decisiva en relación a los impuesto y gastos públicos,

    1.3.2 atribuciones y funciones del estado

    como consecuencia de la vida que desarrolla el hombre en sociedad es preciso que exista un organismo regulador, el estado al cual se le adjudica el cumplimiento de la tarea de satisfacer determinadas necesidades que revisten el carácter de necesidades publicas y entre las cuales figuran como elementales e indiscutibles las de conservación del orden interior ( policía) la defensa exterior (ejercito), y la imparticion de justicia (trribunales) ; así mismo satisfacen necesidades de primer orden como la salud, educación, etc.

    La prestación de servicios publico9s originalmente es propia del estado pero cuando este se ve imposibilitado para prestarlo, concesión al particular para que le auxilie en esta difícil tarea.

    Derecho fiscal.- conjunto de normas jurídicas de carácter fiscal que regulan las actividades al señalar los recursos parta sufragar los gastos públicos.

    1.3.3. función legislativa competencia del poder legislativo.

    En materia fiscal el poder legislativo tiene una participación determinante en la actividad de llevar a cabo las disposiciones legales según lo señala el articulo 73 constitucional fracción VII "el congreso de la unión esta facultado" . para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto, para dar bases sobre las cuales el poder ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la nación, para probar esos mismo prestitos y parta reconocer y mandar pagar la deuda nacional.

    1.3.4. función administrativa y función judicial.

    La actividad financiera del estado como el resto de la actividad administrativa se encuentra sometida al derecho positivo, la actividad financiera es una rama de la actividad administrativa y aparece como tal regulada por el derecho objetivo.

    Constituye u8na reconocida existencia del estado moderno que todas sus manifestaciones de voluntad en el campo de la administración y las relaciones con los particulares que esta engendra encuentren en la ley fundamental disciplina.

    La actuación del poder judicial se hace a través del articulo 106 " los tribunales de la federación" resolverán toda controversia que se suscite:

    1. por las leyes o actos que violen las garantías individuales.
    2. por leyes o actos de la autoridad federal que violen o restrinjan la soberanía de los estado.
    3. por leyes o actos de las autoridades de estos que invadan la espera de la autoridad judicial, esto significa el ampara que consagra la constitución.

    1.3.5 diferencia entre actividad del estado y la particular.

    1. la actividad financiera estatal esta dotada de un amplio poder coactivo, por lo que cuando los particulares sujetos a su soberanía no accedan a cumplir voluntariamente, el estado utiliza medios de presión inmediata para someterlos. En cambio la actividad financiera privada no esta dotada de esta fuerza
    2. la actividad financiera se realiza en forma de monopolio, esto lo, podemos observar cuando el estado es exclusivo en la prestación de diversos servicios públicos. Aspecto que no puede asumir la iniciativa privada ya que expresamente en la constitución federal de los estados unidos mexicano prohíbe en su articulo 28.

      La iniciativa privada constituye su móvil principal en la consecución de ganancias

    3. la actividad estatal no es lucrativa, esto significa que el estado no pretende utilidades con su actividad sino, simplemente satisface necesidades generales o colectivas.
    4. la actividad estatal estudia primeramente las necesidades apremiantes y posteriormente analiza los medios por los cuales puede obtener los recursos necesarios para sus fines. por lo que se refiere a la iniciativa privada esta primero considera los recursos disponibles y finalmente decide por los objetivos a desarrollar.
    5. la actividad financiera del estado en muchos casos de prestación de servicios públicos estos no tienen carácter de reproductivos tal y como sucede con los de seguridad interior y exterior, así como los de justicia. Por su parte la iniciativa privada pretende que todo esfuerzo tenga una buena reproducción, esto es que genere nuevos recursos al negocio.

    1.4. Derecho financiero.

    Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del estado en sus tres momentos a saber, en el establecimiento de tributos y obtención de diversos recursos, en al gestión o maneo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos para los gastos públicos, así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del estado o entre dichos órganos y los particulares ya sean deudores o acreedores del estado.

    1.4.1 división del derecho financiero en relación a los momentos en cooperación

    la obtención de recursos genera el derecho fiscal, la gestión o manejo de derecho patrimonial la erogación de los recursos a los que correspondería el derecho presupuestario, el derecho financiero es conceptualmente una rama de derecho administrativo pero que por su constante evolución se puede considerar ya desarrollado una autonomía innegable.

    1.5 fuentes formales del derecho financiero.

    Este se entiende por fuentes del derecho las formas o actos por las cuales se manifiesta la vigencia del derecho financiero.

    1.5.1 la ley.

    El acto amando del poder legislativo que crea situaciones jurídicas generales abstractas e impersonales, se considera que es la fuente mas importante en el derecho fiscal.

    Ley.- es una norma de conducta dictada por el orden legislativo de carácter general, abstracta, obligatoria y sancionada por la fuerza.

    En la creación de las leyes para el distrito federal y de aquellas que son obligatorias en toda la republica, interviene el poder legislativo federal, representado por el congreso de la unión (cámara de diputados y senadores), y el poder ejecutivo representado en el presidente de la republica.

    Fases del proceso legislativo:

    Iniciativa.- es la facultad que tiene determinados órganos del estado para proponer ante el congreso ( poder legislativo) un proyecto de ley.

    Dicha facultad pertenece en exclusiva de acuerdo con el artículo 71 de la constitución política de los estados unidos mexicanos.

    1. al presidente de la republica.
    2. Diputados y senadores del congreso de la unión.
    3. A las legislaturas de los estados.

    Discusión.- es el acto de la cámara que consiste en examinar un proyecto o iniciativa de ley polemizando sobre el para decidir por medio de la votación mayoritaria, si debe ser aprobada o no. Las iniciativas de ley deben ser discutidas sucesivamente por ambas cámaras pudiendo comenzar en cualquiera de ellas salvo que se trate de proyectos sobre contribuciones impuestos empréstitos o reclutamiento de tropas, pues en esto casos deberán ser discutidos primeramente en la cámara de diputados ( articulo 72 constitucional. La cámara donde se discute el primer lugar como iniciativa de ley, es llamada cámara de origen, y a la que se conoce en segundo termino se designa como cámara revisora.

    Aprobación.- consiste en dar a las cámaras su asentamiento o conformidad a una iniciativa de ley. La aprobación tiene lugar cuando la mayoría de los miembros presente han otorgado su voto afirmativo al proyecto que previamente se ha discutido, obtenida la aprobación en una de las cámaras ( la de origen) el proyecto deberá ser remitido a la cámara revisora para su discusión, y en caso de también ser aprobada por esta , se enviara al ciudadano representante del poder ejecutivo para los efectos de que se tratara en seguida.

    Sanción es el acto por medio del cual el C. Presidente del la republica manifiesta bajo su firma su conformidad de común iniciativa de ley aprobada por las cámaras. Dicho funcionario puede llegar a negar su asentamiento en ejercicio del llamado veto en cuyo caso la iniciativa será devuelto a con observaciones a la cámara de origen, donde serán discutidas únicamente las observaciones referidas,

    Publicación. Una ves que el proyecto de ley obtiene la sanción del poder ejecutivo , tiene a lugar la publicación o promulgación que consiste en dar a conocer la ley a quienes deben cumplirla. Para que una ley pueda obligar a su cumplimiento debe ponerse al alcance del publico el texto de la misma

    Existen leyes de federales y leyes ordinarias locales.

    Las leyes federales son reglamentarias de los preceptos constitucionales y obligan a su cumplimiento en toda la republica }, son creadas por el congreso de la unión y comparten elevada categoría jurídica de los tratados internacionales que solo serna validos ante la constitución.

    Son leyes federales entre otras, la ley orgánica de educación publica, la ley de imprenta, la ley de nacionalización, la ley general de población, la ley del I.S: R. Y la del IVA.

    Leyes ordinarias o locales. Tienen las características de las leyes federales pero no se emana directamente de los preceptos constitucionales y solo tiene vigencia en la entidad federativa para la cual fueron elaborados entre estas leyes encontramos los códigos civiles y panales de cada uno de los estado y el distrito federal, así como los códigos de procedimientos civiles y penales correspondientes a dichas circunscripciones territoriales

    La jerarquía de las leyes ordinarias esta colocad que en un rango inmediatamente inferior a la de los tratados o leyes federales y las leyes federales.

    En los estados el orden jerárquico normativo funciona así:

    1.- la constitución federal.

    2.- Leyes federales y los tratados

    la constitución propia del estado de que se trate.

    4,.- leyes ordinarias

    5.- leyes reglamentarias

    6.- leyes municipales

    7.- normas jurídicas individuales.

    1.5.2 decreto ley.

    Este se produce cuando la constitución autoriza al poder ejecutivo para expedirle leyes sin necesidad de una delegación del congreso en estos casos el origen de la autorización se encuentra directamente del constitución.

    1.5.3 decreto delegado

    supone que el congreso de la unión transmite al ejecutivo facultades que le corresponden

    1.5.4 reglamento.

    El reglamento es un acto jurídico formalmente administrativo tiene su origen en el presidente de la republica y materialmente legislativo, porque crea situaciones generales abstracta s e impersonales, por medio del cual se desarrollan y complementan en detalle las normas de una ley a efecto de ser mas eficaz y expedita su aplicación a los casos concretos determinando de manera general y abstracta los medios para ello.

    1.5.5. circulares son comunicaciones o avisos expeditos por los superiores jerárquicos en esfera administrativa en los superiores dando instrucción a los interiores obre el régimen interior de las oficinas, sobre su funcionamiento en relación con el publico para aclarar a los inferiores la inteligencia de disposiciones legales ya existente, pero no para establecer derechos o impedir restricciones a ellos

    1.5.6 jurisprudencia. Como fuente del derecho la jurisprudencia es el conjunto de principios o doctrinas contenidos en las decisiones de los tribunales, la jurisprudencia es el resultado de la actividad de los órganos jurisdiccionales.

    La jurisprudencia de la suprema corte de justicia se for5ma cuando se haya dictado cinco resoluciones en el mismo sentido, en cinco casos semejantes, sin haberse interrumpido la serie de todos por alguno en contrario

    1.5.7 costumbres.

    A sido definida como la observación constante y uniforme de una regla de conducta llevada a cabo por los miembros de una comunidad social con la convicción de que responda a una necesidad jurídica.

    La costumbre esta compuesta de dos elementos, la repetición constante de los actos semejantes en una sociedad determinada, la reintegración de un modo de actuar frente a determinada situación de un periodo mas o menos prolongado.

    b) la convicción en dicha comunidad de que lo que se ha venido comprobando es lo debido y por ello tiene una fuerza obligatoria.

    1.5.8 tratados internacionales.

    La constitución general de la republica en su articulo 133, establece que los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma y que hayan sido aprobados por el senado de la republica tiene el carácter de ley suprema. Los tratados internacionales tiene como finalidad evitar la doble tributación.

    1.5.9 principios generales del derecho

    son los que constituyen las bases de un sistema jurídico determinado, los que forman su base fundamental, las líneas directrices o confirmadoras de leyes existente.

    La suprema corte de justicia los ha detenido como verdades jurídicas notorias , indiscutibles de carácter general, como su mismo nombre lo indica y la elaborada o seleccionadas por la ciencia del derecho de tal manera que el juez pueda dar la solución que el mismo legislador hubiera pronunciado si hubiera estado presente, o habría establecido si hubiera previsto el caso, siendo condición de los aludidos principios que desarmonicen o estén en contradicción con el conjunto de normas legales cuyas lagunas y omisiones han de llegar .

    1.6 Derecho fiscal

    por materia fiscal se entiende todo lo relacionado con los ingresos del estado provenientes de las contribuciones. Al respecto la suprema corte de justicia ha establecido la siguiente tesis: fiscal.- es la que se entiende como lo perteneciente al fisco, y fisco significa entre nosotros la parte de la hacienda publica que se forma con las contribuciones , impuestos o derechos, siendo autoridades fiscales las que tiene intervención por mandato legal en la cuestión, dándose el caso de que hay autoridades, hacendarías que no son autoridades fiscales, pues aun cuando tengan facultades de resolución en materia de hacienda caracen de e actividad en la cuestión que es la característica de los fiscales viniendo a ser el carácter de autoridad hacendaría el genero y la autoridad fiscal, la especie.

    1.6.1 concepto de derecho fiscal , físico y lugar que ocupa el derecho fiscal en las clases.,

    derecho fiscal es el conjunto de normas jurídicas que sistematizan y regulan los ingresos que percibe el fisco sin importar su procedencia.

    En cuanto a la autonomía del derecho fiscal el tribunal fiscal de la federación, en jurisprudencia establecida el 19 de noviembre de 1940 sostuvo que el derecho fiscal "como una rama del derecho administrativo y a su ves del derecho publico", ha venido evolucionando en forma tal que actualmente considerarse como una verdadera rama autónoma del derecho con características especiales, que si la distinguen en el campo del derecho administrativo y del derecho publico.

    1.6.2 división del derecho fiscal

    este mantiene una división en función a sus relaciones con otras ramas del derecho.

    1.6.2.1 sustantivos.

    El derecho fiscal sustantivo regula la relación que en el anverso tiene el carácter de crédito fiscal y en el reverso tiene el carácter de obligación tributaria.

    El derecho fiscal sustantivo esta condicionado al principio de la legalidad, es decir, solo existe cuando lo contiene una ley

    LOS IMPUESTOS, Y SUS ELEMENTOS.

    Concepto de Impuestos.

    1. Son prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con

    carácter. general y obligatorio, a cargo de las personas

    físicas o morales para contribuir con los gastos públicos.

    2 .Es la parte de la renta nacional que el estado se apropia satisfacción de las necesidades publicas.

    3. Es una reducción de la riqueza privada, adquirida por el Estado o por ;sus entidades menores, destinada para e! cumplimiento de los fines generales de la vida publica.

    El código fiscal de la ederación, señala impuestos. son las contribuciones establecidas en la Ley, que deben pagar las personas físicas y morales, que se encuentran en las situación jurídica prevista la misma.

    C4RACTERISTICAS DE LOS; .IMPUESTOS.

    a) Es la cantidad que constituye una obligación.

    b) Deben ser establecidos por la Ley.

    c) Debe ser proporcional y equitativo.

    d) Esta a cargo de personas físicas y morales.

    e) Que se encuentran en la situación jurídica prevista por la Ley.

    f} Debe destinarse a cubrir los gastos públicos.

    En los elementos de los impuestos encontramos al sujeto, al

    objeto, la unidad fiscal, la cuota, la base y la tarifa.

    LOS SUJETOS DEL IMPUESTO.

    Los sujetos del impuesto son aquellos que participan de manera activa y determinante en la relación tributaria.

    El primer elemento que interviene en la relación fiscal es el sujeto, mismo que puede ser activo o pasivo.

    En nuestro sistema jurídico político, los sujetos activos son: la Federación, los Estados, el FD: y los Municipios.

    SUJETO ACTIVO. -Tiene la facultad de exigir el pago de impuestos aunque esta facultad no la tienen en la misma proporción. La Federación y las mismas entidades federativas pueden establecer las contribuciones necesarias para cubrir sus presupuestos, sin embargo, el municipio no tiene facultad para establecer impuestos, sin embargo sí tiene la facultad para recaudarlos.

    SUJETO PASIVO.- Se establece como sujeto pasivo de un crédito fiscal. a la persona física o moral, mexicana o extranjera.,que de acuerdo con las leyes este obligada al pago de una prestación determinada al fisco.

    No debemos confundir al sujeto pasivo con el pagador de impuesto, este último es el que desemboca el pago del impuesto, ya que económicamente resulta lesionado por dicho

    pago.

    OTROS ELEMENTOS DEL IMPUESTO.

    El objeto del impuesto.- Es la situación que la Ley señala como un hecho generador del crédito fiscal. Es la finalidad perseguida en toda relación tributaria.

    La unidad fiscal.- Es la cosa o cantidad señalada, como medida, número, peso, etc., sobre la que la Ley establece la cantidad a pagarse por concepto del impuesto. Esta unidad sirve para calcular el impuesto correspondiente.

    La cuota del impuesto.- Es la cantidad en dinero o en especie .

    que se pagan por la unidad fiscal.

    Base del impuesto.- Es la cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo del sujeto.

    La tarifa.- Son las listas y cuotas correspondientes para un determinado objeto tributario.

    Catastro fiscal.- Son las listas oficiales para determinar los sujetos, y objetos del impuesto; se le conoce como padrón fiscal.

    ÓRGANOS ENCARGADOS DE LA IMPOSICIÓN DE LOS IMPUESTOS.

    De acuerdo con la constitución, tiene facultades para establecer impuestos, tanto la Federación y los estados.

    El órgano federal que se encarga de imponer impuestos es el Congreso de la Unión ( artículo 73 fracción 7ª y 2ª constitucional). Los impuestos solo se establecen por las leyes y solo el Congreso de la Unión puede legislar en materia impositiva, tratándose de impuestos de la competencia federal.

    La Federación limita a los Estados para establecer determinados impuestos, pero fue(7a de estas limitaciones, los estados pueden establecer los impuestos que estimen necesarios para cubrir necesidades de servicios públicos (artículos 11 5 fracción 4ª y 11 7 fracción 29ª)

    Por otra parte hay impuestos que los estados pueden establecer, pero solo con autorización del Congreso de la Unión (articulo 118 fracción 1ª )

    PRINCIPIOS GENERALES, Y DOCTRINALES DE LOS IMPUESTOS

    a) Según Adam Smith.- Los sujetos pasivos de cada estado deben contribuir al sostenimiento del gobierno, en , proporción a sus. capacidades (artículo 31 fracción IV constitucional)

    b) Según la Certidumbre.- El impuesto a pagar debe ser fijo y no arbitrario, indicando fechas y lugares de pago, cantidad, sanción, inflación y recursos o medios de defensa.

    c) Según la comunidad El impuesto debe recaudarse en la forma y época que más convenga al contribuyente se procura que el impuesto se cobre cuando el contribuyente disponga con los medios para pagar.

    d) Según. Económica.- el costo de recaudación debe ser el menor posible para que la mayor parte del rendimiento lo utilice el estado para sus atribuciones.

    e) Según la Política Financiera

    suficiencia de Imposición: Los impuestos deben cubrir las necesidades financieras.

    2- Elasticidad de imposición: Los impuestos se adaptan a variaciones, según las necesidades para la producción de recursos necesarios.

    f) Principios del a Economía Publica.

    l.- Elección de buenas fuentes de impuestos; es decir que exista una riqueza real.

    2.- Elección de clase de impuestos; esto es, con la finalidad de contemplar a todas las personas.

    g) Principios de Equidad ( pendientes de los ingresos).

    l.- Generalidad.- El impuesto debe grabar a todos

    2.- Uniformidad.- Que se contribuya de acuerdo ala capacidad económica.

    h) Principio de Administración.

    1.- Fuerza de imposición.

    2.- Comodidad de la imposición.

    3.- Recaudación del costo de la imposición.

    LOS IMPUESTOS DE LA REPUBLICA MEXICANA y CLASIFICACIÓN

    DE LOS IMPUESTOS.

    1 .Ordinarios.- Se perciben en cada ejercicio fiscal para cubrir los gastos normales del estado.

    2. Extraordinarios.- Se imponen por necesidades imprevistas en circunstancias anormales.

    3. Directos.- Los cubre el causante sin que puede trasladarse a otra persona.

    4. Indirectos los cubren terceras personas; sin afectar el patrimonio del sujeto pasivo.

    5. En dinero.- Se pagan en moneda de curso legal.

    6. En especie.- Se cubren con bienes distintos a. numerario.

    7. Impuesto Sobre la Renta.- grava la riqueza en formación de las personas físicas y morales.

    8. Impuesto Sobre el Capital.- Grava la riqueza

    adquirida por el contribuyente.

    9. Impuesto al Consumo.- Grava el consumo incidiendo sobre el consumidor final.

    FUENTES DE LOS IMPUESTOS.

    Las fuentes son los bienes o las riquezas de las que se saca la cantidad necesaria para pagar dicho impuesto.

    Dentro de las fuentes más importantes tenemos:

    1. El Capital.- Hay dos clases de Capital: el Individual y el

    Nacional.

    a) Capital Individual.- Es el conjunto de bienes de una persona susceptible de producir una renta.

    b) Capital Nacional.- Es el conjunto de bienes de un país distintos a la producción.

    2. La renta.- Son los ingresos en dinero o en especie que proviene del patrimonio personal, de las actividades propias del sujeto o de la combinación de ambos, ejemplo: el ingreso del ejercicio de un abogado, de un médico, etc.

    RESPONSABILIDAD EN MATERIA FISCAL.

    Como mexicanos, tenemos la obligación de contribuir con los

    gastos públicos, sino lo hacemos podemos caer en responsabilidad fiscal.

    En la responsabilidad fiscal, podemos incurrir en ella por una infracción que lleguemos acometer a las disposiciones fiscales, estas pueden dar lugar a que se nos sancione, con recargos, multas y con restricción de libertad en el caso de la Comisión de Delitos Fiscales, a un cuando se pretende dar cumplimiento a sus obligación fuera de los plazos establecidos.

    Son responsables de delitos fiscales, según el articulo 25 del Código Fiscal de la Federación quienes:

    1-Consientan la realización de delitos.

    2-Realizan la conducta o el hecho descrito por la Ley.

    3-Cometan conjuntamente el delito.

    4-Se sirvan de otra persona, como instrumento para lograrlo.

    5- Induzca dolosamente a otro a cometerlo.

    6-Ayude dolosamente a otro para su comisión.

    7-Auxilie a otros para su ejecución o cumplimiento.

    INFRACCIONES Y SANCIONES

    Infracción.- Es todo acto u omisión declarado ilegal y sancionado por la Ley.

    Sanción Fiscal.- Es todo acto u omisión, a las que se aplican las leyes fiscales.

    I

    CLASIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES.

    1 .Delitos y Faltas.

    a) Delitos.- Los clasifica y sanciona la Ley o la autoridad judicial.

    b) Faltas.- Las clasifica y sanciona la autoridad administrativa.

    2. Instantáneas y Continuas.

    a) Instantáneas.- La conducta se da en un solo momento.

    b) Continuas.- La conducta se proyecta en el tiempo, no -se agota al cometerse sino hasta que cesa el acto.

    1. Simples y Compuestos.

    a) Simples.- Con una conducta se viola una disposición legal.

    b) Compuestas.- Con una conducta se violan dos o más disposiciones.

    4. Leves y Graves.

    1. Leves.- Por descuido se transgrede la Ley, pero el contribuyente no evade al fisco.
    2. Graves.- Se cometen con la intención de evadir al fisco.

    SANCIÓN

    Es la consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber u obligación produce en relación con el obligado o contribuyente.

    Con la sanción se pretende disciplinar al infractor exigiendo el cumplimiento forzoso, es decir, reparando los daños y perjuicios sufridos por el Fisco, debido a la violación o incumplimiento de la obligación ya sea indemnizado o impuesto una pena al infractor.

    DIVISIÓN DE LAS SANCIONES

    Generalmente las sanciones se dividen en:

    a) Civiles.- Son aquellas que se aplican, cuando la conducta

    del infractor a una Ley, no altera el orden publico.

    b) Penales.- Estas se aplican cuando el infractor altera con su conducta de manera grave el orden social. En este caso, la infracción a la Ley se coloca en la categoría de los delitos.

    CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES

    Por su finalidad las sanciones se dividen en:

    a) Indemnizaciones.- Son de contenido económico, reparan

    daños y perjuicios al fisco, por el incumplimiento de obligaciones fiscales.

    b) Penas.- Es una medida disciplinaria que se gradúa en relación a la gravedad de la infracción. La pena se divide en:

    1. Personal.- Afecta a la persona en si misma.
    2. 2- Patrimonial.- Afecta a la persona en su patrimonio.

    TIPOS DE SANCIÓN

    Los diferentes tipos de sanciones que contemplar: la Ley:

    A) Recargos

    B) Multas

    C) Decomisos

    D) Clausuras –

    LOS DELITOS Y LAS PENAS

    Concepto de Delito.

    Es toda acción u omisión que sancionan las leyes penales. En . materia fiscal, es posible que una misma conducta le permita al individuo cometer simultáneamente una infracción fiscal y un delito, los que serán castigados por autoridades diferentes: Por . la autoridad fiscal, la infracción y por la autoridad judicial, el delito.

    Los delitos fiscales se contemplan en los artículos 92 al 115 del Código Fiscal de la Federación. Los delitos fiscales son de querellas necesarias pues su contenido es de carácter

    Económico, por lo tanto, si el presunto responsable no cumple con sus obligaciones ante el fisco, será este quien presente la querella en contra de esa persona.

    Sin embargo hay delitos fiscales que se persiguen de oficio por el ministerio publico como son: el encubrimiento, la distribución de sellos, la alteración de maquinas registradoras en oficinas fiscales y la posesión de marbetes de manera ilegal ( artículos 96 al 11 3 del Código Fiscal de la Federación)

    CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS.

    1.- Delito de Evasión. -Como ejemplo tenemos el contrabando, la evasión fiscal y la sustracción de mercancías en recintos oficiales (fiscales)

    2. Delito por Incumplimiento de los Deberes Fiscales

    Son los relacionados con el RFC. y tenemos entre otros: la omisión de la presentación de declaraciones, el referente ala contabilidad de los rompimientos de sellos y alteraciones de maquinas registradoras, la posesión ilegal de marbetes y el lavado del dinero.

    3. Delito por apoyo al sujeto principal.- Tenemos entre otros

    al encubrimiento.

    EL CONTRABANDO.

    Comete delito de contrabando quien introduzca al país o. extraiga de mercancías:

    a) Omitiendo el pago de los impuestos que debe cubrir .

    b) Sin permiso de la autoridad competente.

    c) De importación o exportación prohibida.

    El delito de contrabando se sanciona con la pena de prisión:

    .De 3 meses a 3 años, si el monto de los estas omitidos no excede de $100.000 pesos.

    .De 3 años a 9 años, si el monto de los impuestos t omitidos excede de $100,000 pesos.

    LA DEFRAUDACIÓN FISCAL

    Comete el delito de defraudación fiscal, quien con uso de engaños, aprovechamientos y errores omite el pago de alguna.

    Contribución u obtuvo algún beneficio mal habido con perjuicio

    del Fisco Federal.

    El delito de defraudación fiscal se castiga con pena de prisión:

    .De 3 meses a 2 años cuando el monto de lo . defraudado no exceda de $ 500900 pesos.

    De 3 a 9 años cuando el monto de lo defraudado es mayor de $ 750000 pesos.

    PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN FISCAL.

    ;Fase Oficiosa.- Se forma por los actos de la Administración encaminados a la determinación y percepción del crédito fiscal, estos actos pueden ser:

    a) La declaración de que alguien es sujeto pasivo de crédito fiscal.

    b) La fijación de las fases para la liquidación.

    c) La liquidación del crédito fiscal.

    d) La notificación del causante y su percepción.

    1I. Fase Ejecutiva.- Si el sujeto pasivo se niega sin causa legal a cumplir con su obligación, se inicia la fase de ejecución fiscal con orden de requerimiento de cargos siguiendo los siguientes.

    pasos:

    . Orden de requerimiento de pago.

    El emplazamiento.

    C) El mantenimiento de ejecución o embargo

    O) Remate.

    E) Aplicación del producto del remate.

    III. Fase Contenciosa.- Si el causante tiene que formular, en la relación .del fisco, .el crédito fiscal y su cobro, se inicia la fase contenciosa que consiste en la controversia que surge entre el fisco y el sujeto pasivo de la cual conocerán los órganos competentes. .

    El código fiscal de la Federación es un instrumento legal que

    regula el procedimiento fiscal de las siguientes maneras:

    1. El titulo. Y. reglamenta lo relativo ala parte oficiosa.

    2. El capitulo 3° del mismo titulo, regula el procedimiento administrativo.

    3. El titulo 6° .se contempla el procedimiento de la fase contenciosa.

    RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA FISCAL PREVIOS AL , JUICIO CONTENCIOSO y ADMINISTRATIVO ANTE EL TFF

    (TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN)

    I.- De Revocación.

    II De oposición al procedimiento administrativo de

    ejecución y

    III. De nulidad de notificaciones.

    LOS RECURSOS FISCALES EN EL JUICIO ANTE EL TRIBUNAL DE LO

    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

    -Recursos. de Reclamación. Se interpone dentro de los 5 días siguientes, a aquel en que surta efectos la notificación.

    -Recurso de Queja.- Se interpone dentro de los 15 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación.

    -Recurso de Revisión.- Dentro de los 15 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación.

    1.7 las leyes fiscales

    obligan tanto a los contribuyentes como a la administración fiscal encargada de aplicarla. Usualmente las leyes fiscales son iniciadas por el ejecutivo y sus proyectos son preparados por la S.H.C.P.

    1.7.1 sus elementos

    la ley debe contener dos ordenes de preseptos, unos que son simplemente declarativos de los derechos del fisco, en los que se determina sus elementos constitucionales de la obligación señalando objeto y sujeto pasivo y circunstancias en que se manifieste el hecho jurídico al cual la ley condiciona el nacimiento de vinculo tributario, en esos preceptos la voluntad del causante es nula, las obligaciones que crean dependen exclusivamente de la voluntad unilateral del legislador, lo único que se exige para ser conocido por los contribuyentes. con la amplitud necesaria para que queden oportunamente satisfechos. Los otros preceptos de la ley son de carácter ejecutivo, impulsan la voluntad a los causantes que obren en determinado sentido, si se resisten reciben perjuicio.

    1.7.2 estructura y ámbito especial de validez

    estructura, se llama estructura de una ley al sistema, distribución y orden en que están colocados los mandatos dentro de su texto.

    Para lograr una estructura correcta una ley es preciso tomar en cuenta dos factores: la lógica y la técnica jurídica.

    Ámbito especial de validez.

    El ámbito o limites especial de una ley es el territorio en el cual tiene vigencia esta.

    Las leyes fiscales en México: leyes federales, estatales, para el d.f. y municipales.

    1.7.3 ámbito temporal de validéis fe de erratas.

    Para determinar el momento en que se inicia la vigencia de una norma legal han sido elaborado varios sistemas:

    • sistema simultaneo.- la ley entra en vigor en el momento mismo de su publicación.
    • Sistema sucesivo.- la ley entra en aplicación considerando el lugar de origen de la norma. Esto significa que la norma entra en aplicación el DIA de su publicación en el lugar donde se dicta el Diario Oficial de la Federación, y en los demás lugares el día que resulte según la distancia en Km que se separe de aquella a razón de 30 Km por DIA.
    • Sistema vocatio legis.- consiste en señalar un plazo para que la ley entre en vigor la cual entre tanto queda inoperante, significa que la misma ley especifica la fecha a partir de la cualsurte efecto.

    Fe de erratas.- con motivo de su pliblicacion de una ley, o reglamento en muchas ocasiones, presenta la situación de fallasen que altera notablemente el sentido de la misma, razón por lo que es preciso se ratifique con una publicación posterior la cual recibe el nombre de fe de erratas.

    1.7.4 termino de vigencia

    las leyes fiscales pueden concluir su vigencia por los mecanismos: la derogación y por caducidad.

    Derogación.- consiste en el echo de perder poder, la disposición puede ser total o parcial o total.

    Derogación parcial.- cuando solamente una parte o articulo son suprimidos de un código o ley.

    Derogación total.- cuando en forma completar pierde vigencia la ley y en este caso, la derogación se conoce con el nombre de abrogación.

    Caducidad.- esta figura se presenta cuando una ley lleva en si misma la indicación del limite de su vigencia la caducidad puede ser razón de tiempo y por razón de finalidad.

    Atendiendo a tiempo las leyes caducan cuando transcurre el plazo para las cuales fueron creadas. En atención a la finalidad cuando esta ha alcanzado el objeto señalado en la ley.

    UNIDAD II CRÉDITO FISCAL

    2.- ingreso del Estado.

    El estado o sus organismos centralizados tiene la facultad de percibir las contribuciones , accesorios y aprovechamientos incluyendo las que deriven de responsabilidades que el estado tenga derecho a exigir de sus servidores o empleados o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.

    2.1 Definición y naturaleza jurídica del crédito fiscal

    Definición.- el crédito fiscal es la obligación fiscal determinada en cantidad liquida y debe pagarse en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones efectivas.

    Naturaleza jurídica del crédito fiscal.- la definición mantiene claramente que un crédito fiscal es una obligación de ahí que la persona sometida a la soberanía del estado cumplir aun, contra su voluntad dado que así lo señala la ley.

    1. Nacimiento del crédito fiscal y características del crédito publico nacimiento del crédito fiscal

    el crédito fiscal nace en el momento en que la persona realiza el supuesto de ley, esto es, cuando un individuo efectúa un alto, prevé la hipótesis de que deberá cumplir con la obligación que se refiere en la ley. Por tal motivo, las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales, vigentes durante el lapso en que ocurran.

    Características del crédito publico.

    • Es un acto o conjunto de datos emanados de la admón., de los particulares o de ambas coordinadamente.
    • Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales, vigentes durante lapso en que ocurran
    • La contribución se determina al constatar la realización de las situaciones jurídicas o de hecho y los demás elementos de aquellos para fijar su monto.
    • Corresponde al contribuyente la determinación de las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa en contrario.
    • Las contribuciones se pagan en la fecha

    2.1.2 ingresos públicos

    Como toda empresa el estado requiere de ingresos públicos para cumplir sus funciones por lo que dichos recursos representan los ingresos del estado.

    2.1.2.1 ingresos públicos ordinarios, extraordinarios y sus características.

    Ingresos públicos ordinarios.- conjunto de recursos que percibe normalmente el estado.

    1. impuestos
    2. derechos
    3. productos
    4. aprovechamiento

    El articulo 2 del C.F.F. clasifica las contribuciones e impuestos aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derecho.

    Fracción I, impuestos.- son contribuciones establecidas en la ley que deben pagar las personas físicas y morales, que se encuentren en la situación jurídica o del echo prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en la fracción II, III y IV del mismo artículo.

    Fracción II. Aportaciones de seguridad social.- son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo estado.

    Fracción III, Contribuciones de mejoras.- son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras publicas.

    Fracción IV, derechos.- son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio publico de la nación, así como, por recibir servicios que presta el estado en sus funciones de derecho público, excepto, cuando se presten por organismos descentralizados, cuando en este ultimo caso se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la ley federal de derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos al estado.

    Artículo 3, aprovechamientos. Son los ingresos que percibe el estado por funciones del derecho publico distintas de las contribuciones, de los ingresos derivados del financiamiento y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.

    Productos.- son contraprestaciones por los servicios que presta el estado en sus funciones de derecho privado.

    Actividad, 10 tipos de impuesto, 10 ejemplos de derechos, 5 aportaciones de seguridad social, concepto de contribuciones de mejora, 5 aprovechamientos y cinco productos.

    Impuestos.

    1. impuesto al valor agregado (iva)
    2. impuesto sobre la renta (ISR)
    3. impuesto sobre tenencia o uso de vehículos
    4. impuesto especial sobre producción y servicio
    5. Federal del impuesto sobre automóviles nuevos y federal de derechos.
    6. Impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF; impuesto que grava los ingresos o rentas de las personas de forma progresiva)
    7. Impuesto sobre patrimonio
    8. Impuesto municipales (contribución vehículos)
    9. Impuesto sobre sociedades
    10. Impuesto sobre sucesiones o donaciones
    11. Impuesto activo

    Derechos

    1. derecho de aduana
    2. certificaciones
    3. expedición de pasaporte
    4. inscripciones en los registros públicos
    5. derechos sobre la extracción del petróleo
    6. derecho por anuncios publicitarios
    7. por uso de aprovechamiento de bienes de dominio público
    8. derechos de panteón
    9. derechos de suelo
    10. derechos de traslado de defunción.

    Aportaciones de seguridad social

    1. cuotas para el seguro social a cargo de patrones y trabajadores
    2. prestaciones en dinero
    3. atención médica y hospitalaria
    4. invalidez vejes y cesantía en edad avanzada
    5. fondo de vivienda, (fovissste Infonavit)

    concepto de contribuciones de mejora

    1. alumbrado publico (cooperaciones)
    2. pavimentación
    3. banquetas
    4. reforestación
    5. drenaje

    aprovechamiento

    1. multas
    2. reintegros
    3. indemnizaciones
    4. cuotas compensatorias
    5. aprovechamiento de obras de infraestructura.

    Productos

    1. acceso a museos
    2. acceso a zonas arqueológicas
    3. uso de estacionamientos
    4. utilidades
    5. interés de valores, créditos y abonos

    ingresos extraordinarios.- recursos excepcionales que implanta el estado por naturaleza particular de una rama o actividad

    1. empréstitos: ingreso al que recurre el estado para hacer frente a gastos urgentes e imprevistos, se conceptúan como el recurso económico que emplea el estado en circunstancias excepcionales mediante el cual obtiene de un gobierno constitución publica o privada extranjera o nacional las cantidades necesarias para la satisfacción de sus necesidades.
    2. Emisión de moneda: recurso extraordinario que puede emplear el estado para allegarse fondos, y es también por la que estado, facilita las operaciones comerciales con la finalidad de lograr la circulación de la riqueza.

      Características.

      1. ingresos ordinarios.- se perciben en cada ejercicio fiscal, están establecido en un presupuesto, se utilizan para cubrir gastos extraordinarios
      2. ingresos ordinarios.- se perciben cuando alguna circunstancia coloca la estado frente a necesidades imprevistas guerras, inundación, catástrofe, epidemias. No se encuentran establecidos en el presupuesto. Se aplica para cubrir necesidades extraordinarias.
    3. Expropiación por causa de utilidad publica: el estado está facultado por el artículo 27 constitucional para expropiar cuando de ellos se derive una utilidad pública. Generalmente la expropiación se produce en lo relativo a servicios públicos.

    2.1.3 fuentes de impuestos.

    Son fuentes de los impuestos los vienen grabados por ellos mismos, es decir, aquellos en los que el causante obtiene la cantidad necesaria para pagar o contribuir como principal fuente de los impuestos.

    Es habitual que los gobiernos establezcan presupuestos anuales donde se presentes estas previsiones de ingresos y gastos. Los principales recursos provienen de los impuestos, ya sea el ISR, impuestos indirectos, como el IVA, impuesto de sociedades, impuestos empresariales y trabajadores al sistema de seguridad social, los principales capitales de gastos son: seguridad social que provienen de bienes y servicios públicos, como colocación y adaptación la prestación de servicios de sanidad, pago de intereses y amortización de la deuda nacional.

    El presupuesto también refleja la política fiscal de los gobiernos con que estos pretenden lograr numerosos objetivos a menudo contradictorios.- promover el empleo, luchar contra la inflación y lograr un crecimiento estable.

    2.1.3.1 capital.

    El capital para efectos de impuesto es el conjunto de biene susceptibles de producir una renta.

    Capital, termino genérico que designa un conjunto de bienes o una cantidad de dinero de los que se puede obtener en el futuro una serie de ingresos.

    Para los economistas del siglo XXI el término capital se refería únicamente a la parte de riqueza que había sido producida.

    2.1.3.2 Venta

    la renta esta formada por los ingresos en moneda o en especie derivados del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente.

    Es la remuneración obtenida por la sesión obtenida de cualquier tipo de propiedad. En sus orígenes fue definida por la economía por la diferencia existente entre el precio del producto de la tierra y el costo de producción.

    2.1.3.3 producción.

    En economía reacción y procesamiento de bienes y mercancías incluyendo su concepción de procesamiento en las diversas etapas y financiación efectuadas por los bancos.

    Representa el medio o activo que desde el punto de vista fiscal no esta gravada.

    2.1.3.4 consumo.

    Es la utilidad económica que el estado controla para vincular la economía nacional. Bienes de consumo, bienes adicionales por los hombres destinados al consumo de las personas, colocados por los intermediarios.

    En general los bienes de consumo serán aquellos bienes que se produzcan para el consumo del individuo o de las familias.

    2.1.3.5 la exigibilidad del crédito fiscal.

    Es el ente público titular del crédito, esta legalmente facultado para compeler al deudor el pago de la prestación.

    La exigibilidad del crédito, nace prácticamente cuando ha transcurrido el plazo para que el contribuyente efectuara el pago respectivo sin la intervención de la autoridad. A partir del momento en que transcurrió el plazo de la autoridad esta legitimada para requerir al deudor la prestación incumplida.

    2.2 el poder tributario del estado.

    Es la facultad del estado para imponer a los particulares la obligación de aportar una parte de su riqueza al estado para el ejercicio de sus atribuciones.

    En materia fiscal, interviene los tres poderes del estado, el ejecutivo, legislativo y judicial.

    Auque el ejecutivo es el encargado de llevar a cabo las disposiciones legales, encontramos que en materia fiscal el legislativo, tiene una participación determinante según el articulo 73 constitucional, fracción VII, "el congreso de la unión esta facultado para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto" fracción VIII, para dar bases sobre las cuales el ejecutivo pueda celebrar empréstitos y para reconocer y mandar la deuda nacional.

    Ningún empréstito podrá celebrase para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que realicen con propósito de regularización monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraen durante alguna emergencia declarado el artículo 29.

    La actuación del poder judiciales hace a través del artículo 103 que prescribe, los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite, fracción I, por leyes o actos de autoridad que violen las garantías individuales, leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estado, III por leyes o actos de las autoridades estos que invadan la esfera de la autoridad federal.

    Esto significo el ampara que consagra la constitución.

    2.2.1clasificacion y competencia tributaria.

    El congreso de la unión actúa como organismo local legislando para el D.F. y tanto la tesorería del D. F. y la S. H. C. P. Se encarga de recaudar las contribuciones aprobadas por dicho congreso.

    En los estados o entidades federativas los encargados son los congresos locales. Condicionados por el pacto federal consagrado en el articulo 40 constitucional, es decir, no pueden establecer contribuciones que le han sido reservadas a la federación, tales como aprovechamiento y explotación de los recursos naturales mencionados en el articulo 27 constitucional, así como el comercio exterior, servicios públicos concesionados, especiales sobre energía eléctrica, papel sellado, grabar el transito de personas y mercancías por su territorio, etc. La función administrativa, las entidades federativas la desarrollan a través de las tesorerías estatales.

    De acuerdo con el articulo 115 constitucional la hacienda publica de los municipio se integra de las contribuciones que decrete la legislatura del estado al que pertenezcan, es decir, los municipios se concretan a recaudar y erogar lo autorizado en los congresos locales. Esta actividad la desarrollan a través de las tesorerías municipales.

    2.2.2 sistema de distribución y limites constitucionales del poder tributario del estado.

    Al poder tributario también se le llama poder fiscal, potestad tributaria o poder, de imposición y es la facultad del estado para imponer los atributos necesario para imponer los atributos necesarios par el ejercicio y realización de sus funciones.

    El poder tributario se distribuye en:

    1. Poder ordinario.- emano directamente de la constitución.
    2. Poder delegado.- lo posee una entidad pública porque le ha sido transmitido por otra entidad con el poder originario.

    En México la federación y los estado tiene el poder tributario original, sin embargo, el poder tributario delegado se produce excepcionalmente cuando la federación transmite a los estados la facultad para establecer tributos que estén reservados a ello.

    En México, el poder tributario no es absoluto, sino relativo, pues la constitución se encarga de eliminar o restringir este poder.

    2.3 principios y generalidades de la obligación fiscal.

    Adam Smith notable economista ingles escritor plegó en materia fiscal principios que son r}irrefutables para conseguir una armonía de tipo tributario.

    2.3.1 principios fundamentales de la obligación fiscal.

    Son ocho los principios fundamentales que deben observarse en materia fiscal a fin de lograr que exista una armonía en el cumplimiento de la obligación fiscal.

    2.3.1 .1 generalidad.

    Se exige que paguen impuesto todos aquellos individuos que se ubiquen en la hipótesis tributaria.

    2.1.3.5 la exigibilidad del crédito fiscal

    la exigibilidad de la obligación fiscal es la posibilidad hacer efectiva dicha obligación, aun en contra d la voluntad del obligado, en virtud de que no se satisfizo durante la época de pago, por lo tanto mientras no se venza o transcurra la época de pago la obligación fiscal no es exigible por el sujeto activo. En México, el código Fiscal de la Federación, no prevé expresamente el concepto de exigibilidad, como si lo hacia el anterior código de 1946, cuyo articulo 19 establecía que la falta de pago de un crédito fiscal en la fecha o plazo establecido en las disposiciones respectivas, determinaba que el crédito fuera exigible. Sin embargo, el concepto de exigibilidad esta explicito en la disposición contenida en el primer párrafo del articulo 145 del vigente código fiscal de la federación, que establece que las autoridades fiscales exigirían el pago de los créditos fiscales que no hubiesen sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados por la ley mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

    2.2.2 sistemas de distribución y limites constitucionales del poder tributario del estado.

    En México el estado busca evitar la doble o múltiple distribución interior y a la ves solucionar el problema de la falta de limitación por el texto constitucional de los campos impositivos federales, estatales y municipales, para ello creo el sistema nacional de coordinación fiscal mediante ley el 22 de diciembre de 1978 publica en el diario oficial de la federación del 27 del mismo mes.

    Las raíces del actual sistema de coordinación fiscal, nos dice Margarin se encuentra en la doctrina legislación y jurisprudencia Argentina ya que en este país surgió la tesis de que para este efecto el único ente que debe crear impuestos es la federación y esta otorgar participación a los estados y municipios.

    2.3.1.2 uniformidad.

    Se inspira en la igualdad de todos frente al impuesto, esto es que contribuyan en relación a su capacidad.

    2.3.1.3 certidumbre.

    Significa que el impuesto debe ser fijo entendiendo como tal que el impuesto no puede ser arbitrario y por lo mismo requiere que el contribuyente lo conozca previamente.

    2.3.1.4 comodidad.

    El impuesto debe de estructurarse de tal manera que recaude en formas y épocas mas oportunas.

    2.3.1.5 economía.

    Conste en lo que se recaude sea realmente favorable para el fisco. Es la aplicación directa del costo – beneficio que si en un momento el fisco para recaudar 100 requiere invertir el pago personal, equipos, papelerías, etc. 105 no tiene ninguna justificación la existencia de un impuesto de este tipo.

    2.3.1.6 justicia

    todo ciudadano obligado a pagar una contribución lo haga en forma y posibilidades que realmente posee y además que se considere a todos en la misma forma cuando se encuentren en ella.

    2.3.1.7 simplicidad.

    Para el pago de las contribuciones se debe seguir un proceso sencillo que permita el acceso a toda persona que sea obligada.

    2.3.1.8 claridad.

    Completa el anterior y recomienda que las leyes estén tan explicitas que cualquiera puede entenderlas y por tanto cumplirlas.

    2.3.2 elementos fundamentales de la obligación fiscal.

    Los elementos que aparecen en toda obligación fiscal son: objeto, sujeto base y tasa.

    2.3.2.1 objeto.

    Representa la finalidad del impuesto.

    El ejemplo: el articulo 1 del IVA prescribe que se consideran gravados los siguientes actos o actividades:

    1.- enajenación de bienes

    2.- prestación de servicio.

    3.- otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y así en cada una de las leyes se indico su objeto.

    1. Sujeto
    2. Comprende las personas que son consideradas obligadas al pago del impuesto, para seguir con nuestro impuesto, por ejemplo. Iniciado en el párrafo anterior la misma ley del IVA indica que son obligadas las personas físicas y morales que realicen los actos o actividades citados en el.

      Representa la cantidad o criterio considerado para la aplicación de la ley y que puede ser muy diversa; ejemplo: valor de actividades , productos en litros, cabezas de ganado, remuneración obtenida. Etc. Con respecto a la ley del ya mencionada en el ejemplo la base es el valor considerando de los bienes o servicios.

    3. Base.
    4. Tasa.

    Es el tanto porciento o tarifa que se aplica a la base del impuesto. En el caso del IVA, existe la tasa general del 15 %, el 10% para franjas o Zonas fronterizas, o% para alimentos, animales o vegetales en estado natural y exentos.

    1. Aspectos importantes de los sujetos de la obligación fiscal.
    2. Además de los elementos fundamentales del la obligación fiscal es importante considerar aspectos en la relación tributaria como los sujetos responsables solidarios, el domicilio fiscal del sujeto, etc.

      2.3.3.1 sujeto de la relación tributaria.

      Sujeto activo, es la persona facultada para exigir a otra el pago de una prestación fiscal.

      o pueden ser la federación los estados y los municipios

      Sujeto pasivo.- es la persona fiscal o moral, mexicana o extranjera que de acuerdo con las leyes, esta obligada al pago de una prestación determinada por el fisco.

      1. domicilio fiscal del sujeto pasivo

    De acuerdo con el articulo 10 del C. F. F. se considera domicilio fiscal.

    I personas físicas.

    1. Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios,
    2. Cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior y presten servicios personales independiente, el local que utilicen como base fija para el desempeño de sus actividades.
    3. En los demás casos, el lugar donde tengan el asiento principal de sus actividades.

    II personas morales

    1. Cuando son residentes en el país el local donde se encuentre la administración principal del negocio.
    2. Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento, el local donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, o en su defecto, el que designen.
    1. Sujetos responsables solidarios.

    Articulo 26 del C. F. F.

    Son responsables solidarios con los contribuyentes:

    I los retenedores las personas quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes hasta por el punto de dichas contribuciones.

    II Las personas que estén obligadas a efectuar pagos provisionales por cuenta del contribuyente, hasta por el monto de estos pagos.

    III los liquidadores y síndicos por las contribuciones que deberán pagar a cargo de la sociedad en liquidación o quiebra, así como de aquellas que se causaron durante su gestión.

    IV. Los adquirientes de negociaciones, respecto de las contribuciones que se hubieran causado en relación con las actividades realizadas en la negociación cuando pertenezca otra persona, sin que responsabilidad exceda la valor de la misma.

    V los representantes sea cual fuere el nombre con que se le designe de personas no residentes en el país, con cuya intervención esta efectúen actividades por los que deban pagarse contribuciones, hasta por el monto de dichas contribuciones.

    VI quienes ejerzan la patria potestad o tutela por las contribuciones a cargo de su representado.

    VII los legatarios y los donatarios a titulo particular respecto d las obligaciones que se hubieran causado en relación con los bienes legales o dando hasta por el monto de estos.

    VIII quienes manifiesten su voluntad de asumir responsabilidad solidaria.

    IX los terceros que para garantizar el interés fiscal constituyan depósitos, prendo o hipoteca o permita el secuestro de bienes hasta por el valor de los dados en garantía sin que en ningún caso su responsabilidad exceda del monto del interés garantizado.

    Los responsables solidarios también lo son por los recargos, podemos decir que este tipo de responsabilidad es antes que nada una solidaridad derivada de la ley.

    2.4. formas de extinción de la obligación fiscal.

    Existen diversas formas de extinguir el crédito fiscal, es decir, de dar por concluida la obligación fiscal.

    2.4.1 pago y compensación. El pago: constituye la forma mas común aceptada para extinguir el crédito fiscal al que podemos definir, "cumplimiento o pago, es de entrega de la cosa o cantidad debida.

    En todo pago efectuado deberá el contribuyente tener la preocupación de recabar de la autoridad.

    El comprobante del mismo ya que el medio por el cual se puede certificar que ha cumplido como la obligación fiscal es el recibo protegido por la maquina registradora de la oficina recaudadora de pago.

    El deudor se encuentra obligado a liquidar o pagar recargos cuando no cumpla con el pago de contribuciones en el plazo señalado para ello, así como otros accesorios que se haga acreedor como gastos de ejecución, multas e indemnizaciones.

    Compensación. Es otra forma que conoce la legislación para extinguir un crédito fiscal, se puede definir "el modo de extinguir en la cantidad recurrente, las obligaciones de aquellas personas que por derecho propio son recíprocamente acreedoras y deudoras una de otra.

    Si se efectúa una compensación que no precediera se causaran recargos sobre las cantidades compensadas indebidamente y a partir de la compensación.

    No se podrán compensar las cantidades cuya debelación se haya solicitado o cuando se haya prescrito la obligación de devolverlas.

    2.4.2 Condonacion y cancelación

    La condonación.- en nuestro sistema ante todo puede ser aplicada en el caso de multas, pudiendo ser total o parcial.

    Condonacion total.- cuando las autoridades mediante pruebas fehacientes detectan que la persona no cometió la infracción de la que supuestamente deriva la multa.

    Condonación parcial. – resulta esta la mas frecuente, es una facultad discrecional de la autoridad que juzgando las causas que originaron la infracción de la que se deriva la multa, hacen una reducción del monto original señalado a la infracción.

    Cancelación. Esta se genera por dos situaciones:

    1. Por una insolvencia del deudor
    2. Por incosteabilidad del cobro.

    2.4.3 prescripción y caducidad.

    Prescripción: consiste en librarse de ciertas obligaciones por el simple transcurso del tiempo. Legalmente un crédito fiscal se extingue al termino de cinco años.

    El termino de la prescripción inicia a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigible y se podrá oponer como acepción en los recursos administrativos .

    Caducidad.- la palabra caducidad deriva del termino latino cado que significa caer, terminar, extinguir, perder fuerza o vigor. Caducidad es un medio de extinción de derechos por efectos de su no ejercicio durante el tiempo establecido por la ley .

    En el articulo 67 del C. F. F. se establece que el caso de las autoridades fiscales para comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales determinan las contribuciones omitidas y sus accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a dichas deposiciones, se extinguen en el plazo de cinco años contados a partir día siguiente a aquel en que:

    fracción I .- se presentó o debió presentarse la declaración del ejercicio cuando se tenga la obligación de hacerlo.

    Fraccion II.- se presento o debio haberse presentado declaración o aviso que corresponda a una contribución que no se calcule por ejercicios o anterior de que se causaron las contribuciones cuando no existía la obligación de pagarlos mediante declaración.

    Fraccion II se hubiere cometido la infracciona a las disposiciones fiscales, pero si la infracción fuese de carácter continuo o continuado el termino correera a partir del día siguiente al que hubiese cesado la consumación o se hubiese realizado o hecho la última conducta o hecho respectivamente.

    La prescripción es la extinción de la obligación del contribuyente de cubrir el crédito fiscal.

    La caducidad es la extinción de las facultades de la autoridad apara determinar o cobrar un crédito fiscal.

    2.4.4. La devolución y los recargos.

    Devolución.

    El articulo 26 del C. F. F. determina la obligación del fisco federal a devolver las cantidades que hubieran sido pagadas indebidamente conforme a las siguientes reglas:

    Fracción I cuando e l pago de lo indebido, total o parcialmente se hubiera efectuado en cumplimiento de reducción de autoridades que de terminen la existencia de un crédito fiscal, lo fija en cantidad liquida o de las bases para su liquidación, el derecho a la devolución nace cuando dicha resolución hubiese quedado insubsistente.

    Fraccion II tratándose de créditos fiscales cuyo importe hubiese sido efectivamente retenido a los sujetos pasivos, el derecho a la devolución solo corresponderá a estos.

    Fracción III No procesara la devolución de cantidades pagadas indebidamente cuando el crédito fiscal haya sido recaudado por terceros o repercutido o trasladado por el causante que hizo el entero correspondiente.

    Fracción IV En los casos no previstos en las fracciones anteriores tendrán derecho a la devolución de lo pagado indebidamente, quienes hubieran efectuado el entero respectivo.

    Son requisitos de la devolución.

    Fracción I Que se dicta acuerdo de la SHCP.

    Fracción II Que e l derecho para reclamar la devolución no se haya extinguido (5años).

    Fracción III Que si se trata de ingresos correspondientes a ejercicios anteriores exista partida que reporte la derogación en el presupuesto de egresos dela federación y saldo disponible.

    Recargos.- Son accesorios que el contribuyente se obliga a pagar cuando no cumple en el plazo estipulado de un crédito fiscal. Se calculan sobre el total del credito fiscal, incluso actualizado (esto es en forma mensual).

    1. Los impuestos

    Son contribuciones que establece la ley que deben pagar tanto las personas físicas como morales.

    2.5.1 Concepto características y objeto.

    Características.

    1. Es obligatorio.
    2. Es unilateral
    3. Se estipulan en leyes

    Objeto

    Hacer frente al gasto publico.

    1. La ley de ingresos de la federación de la federación tiene su apoyo legal en el art. 73 fracc. VII de la constitución federal, conforme al cual el congreso de la unión tiene facultades para imponerlas contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

      El art. 69 de la constitución federal de 1857 otorgo de manera expresa al ejecutivo de la unión el derecho de formular la iniciativa de la ley de ingresos de la federación por considerar que el ejecutivo estaba en mejores posibilidades que el legislativo para conocer las condiciones particulares y económicas del país y por tanto determinar las posibilidades del mismo para contribuir a los fondos públicos .

      Presupuesto de egresos.: constituye la autorización indispensable para que el poder ejecutivo efectué la inversión de los fondos públicos, así como la base

      Para que el ejecutivo rinda cuentas al legislativo. Así mismo, produce el efecto de descargar de responsabilidad al ejecutivo como manejador de fondos, y es la base y medida para determinar una responsabilidad cuando el ejecutivo obra fuera de las autorizaciones que contiene.

      1. El gasto publico y la ley de ingresos.
      2. La ley de ingresos de la federación es el acto legislativo que determina los ingresos que el gobierno federal esta autorizado para recaudar en un año determinado.

      3. Naturaleza jurídica y sus características.
    2. Ley de Ingresos y presupuesto de Egresos.

    Por lo que respecta a las características de la ley de ingresos de la federación, es necesario señalar que una de las características de la misma es que se trata de una ley general, por que de la expedición hecha por el congreso de unión se desprende la expedición de las leyes especiales de impuestos.

    La anulidad. Anualmente deben discutirse y aprobar se las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto , pero ello no significa que no pueda contener otras normas de carácter general y permanente.,

    1. Discusión y aprobación de la ley de ingresos y carácter de presupuesto de egresos.

    En los términos del art. 72 constitucional un proyecto o iniciativa puede iniciar su discusión indistintamente en cualquiera de las cámaras, sea la de diputados o senadores, sin embargo, tratándose de la ley de ingresos de la federación debe discutirse siempre primero en la cámara de diputados en los términos del inciso H del citado art., conforme el cual los proyectos o iniciativas de ley que versen sobren empréstitos, contribuciones o impuestos o reclutamiento de trompas deberán discutirse primero en la cámara.

    Por otra parte, cabe destacar que la discusión y aprobación de la ley de ingresos debe proceder a la discusión y aprobación del preexpuesto de egresazos. La ley de ingresos debe ser aprobada por ambas cámaras y los senadores.

    Oscar Quintero