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Concesionarios Postales

Enviado por charlie1


    1. Resumen del Trabajo
    2. Planteamiento Metodológico
    3. Fundamentos teóricos del Correo y los Concesionarios Postales
    4. El Monopolio Postal y las Concesiones de Servicios Público
    5. Contrastación de las hipótesis de trabajo
    6. Conclusiones
    7. Recomendaciones
    8. Bibliografía

    "El correo debería, como las artes y las ciencias, ser dirigido en un sentido cosmopolita, revestir un carácter universal. En interés de la Humanidad debería considerársele y tratársele como una institución que pertenece a todo el mundo civilizado, pues allí donde el no existe, la cultura esta sumida en una noche caótica. Los lazos que lo unen al mundo intelectual son tan numerosos y tan estrechos que obligan a considerarlo como una institución universal, cuando se descubra su verdadero valor"

    Kluber

    Resumen del Trabajo.

    Propongo cambios a la definición de lo que se conoce en el Perú oficialmente a los Concesionarios Postales, actividad que es conocida en otros países con diferentes nombres como:

    COURIER, CURRIER, CORREO PARALELO, CORREO PRIVADO, COMPAÑÍA DE SERVCIO EXPRESO, COMPAÑÍA DE ENTREGA RAPIDA, MENSAJERIA INTERNACIONAL, SERVCIO DE MENSAJEROS, EMPRESA DE ENTREGA RAPIDA, EMPRESA DE SERVCIO EXPRESO, EMPRESA DE TRANSPORTE EXPRESO, CONCESIONARIO POSTAL

    Propongo que la actividad sea autónoma, desligándola de las actividades postales

    Propongo una Clasificación Internacional Industrial Uniforme, específica para esta nueva actividad

    INTRODUCCION

    El presente trabajo tiene por finalidad, hacer una breve pero inevitable historia de las comunicaciones desde los orígenes de la humanidad y donde descubrimos que todas las grandes civilizaciones le daban a las comunicaciones la importancia que se merecen, dudo que las grandes conquistas se hubieran consolidado sin comunicaciones.

    Para mi satisfacción, el sistema de correos (chasquis) desarrollado en el imperio incaico se constituyó como base para el correo establecido por los colonizadores españoles, en todas sus colonias, no solamente la del virreinato del Perú.

    Esta investigación consta de cuatro capítulos con sus respectivos anexos, que están desarrollados adecuadamente, siguiendo una secuencia lógica, de acuerdo a las características de la investigación.

    Es preocupante ver la escasa bibliografía existente en materia postal en nuestro país, existen sin embargo muy importantes documentos que pueden ser fuente de futuras investigaciones y que son parte de nuestra historia nacional.

    He tenido que resistirme a la tentación de llevar la investigación al campo histórico, pues hay mucho material que está a la espera de ser utilizado.

    Espero lograr que con la publicación de este humilde aporte a la comunidad empresarial y académica del Perú se incentive la investigación en el tema del Correos.

    Finalmente pongo a disposición del Jurado la presente tesis, quizás con las imperfecciones y errores propios de toda obra humana, pero convencido de haber desplegado un esfuerzo en beneficio de Modernizar la Legislación de los Concesionarios Postales en el Perú.

    El Autor

    CAPITULO I

    PLANTEAMIENTO METODOLOGICO

    1. El problema que se plantea en la presente tesis es la Necesidad de Modernizar la Legislación de los Concesionarios Postales en el Perú, actividad relativamente nueva en el Perú, con escasos treinta años de existencia, pero que por la velocidad como se ha desarrollado, la realidad jurídica, plasmada en dispositivos legales no está acorde con las necesidades de brindar el servicio a los usuarios y que coloca a nuestro país en situación desventajosa, frente a otros países de la región.

      Esta desventaja se traduce en menor desarrollo económico, menores inversiones extranjeras y nacionales, y con el consiguiente menor Índice de bienestar para nuestra población.

      1.1 Delimitación del problema

      Se ha considerado conveniente establecer la delimitación en tres áreas específicas:

      1.1.1 Delimitación en ámbito espacial

      La investigación se localiza en el Perú

      1.1.2 Delimitación en el tiempo

      Se ha realizado en un periodo de seis años, de 1997 a 2002

      1.1.3 Delimitación económica sectorial

      Se ha realizado en los operadores del sector privado y el operador publico, es decir todo el universo.

    2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

    1. OBJETIVOS E IMPORTANCIA

    2.1 Objetivos

    2.1.1 Objetivo General

    Proponer la adopción de una Clasificación Nacional de Actividades Económicas (ClaNAE Perú), para que albergue al cluster de actividades que realizan los Concesionarios Postales en el Perú este acorde con las tendencias y realidades mundiales. Sobre esta base uniformar todos los dispositivos legales que se encuentran dispersos, bajo uno solo

    2.1.2 Objetivos Específicos

    – Definir apropiadamente la actividad de los Concesionarios Postales

    – Clasificar apropiadamente la actividad de los Concesionarios Postales

    2.2 IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN

    Consideramos que es relevante el problema planteado por que la legislación peruana en la materia no esta a tono con las nuevas realidades y tendencias mundiales.

    Diversos metodologos de la Investigación Juridica consideran que los temas a investigar tienen obligatoriamente que tener ciertas características como:

    Felipe Pardinas (1)

    – Relevancia científica, es decir nuevos conocimientos que se aportan a la solución del problema

    • Relevancia humana, que significado puede tener para la comunidad la investigación a emprender
    • Relevancia contemporánea, es indudablemente una actividad actual que no tiene mas de 30 años de iniciada y esta en constante evolución a pesar de haber llegado ya a la etapa de maduración

    Mauro Zelayaran (2) los denomina criterios de selección del problema jurídico:

    • Criterio de actualidad. Posibilita eliminar aquellos problemas que carezcan de actualidad
    • Criterio práctico. Se trata de establecer la utilidad que, eventualmente pueda tener el estudio de determinado problema jurídico para la solución de alguna compleja cuestión social.

    (1) Pardinas Felipe, Investigación Metodologiíta y Técnica de Problemas Sociales, Editorial Siglo XXI, México, 1986

    (2) Zelayaran Durand Mauro, Metodología de la Investigación Jurídica, Ediciones Jurídicas, Lima Perú, 2001

    • Criterio metodológico. El problema jurídico puede considerarse significativo cuando su estudio se orienta a la creación y aplicación de nuevos instrumentos o procedimientos, para el mejor estudio de la realidad socio juridica.
    • Viabilidad. Son las posibilidades materiales para el desarrollo de la investigación, de preferencia se debe contar con las fuentes con cierta facilidad
    • Originalidad. No está en un titulo poco conocido sino en lo que se quiere saber del tema, en Derecho los temas pueden ser ya contados, pero lo que vale es el enfoque que se le quiere dar a la investigación.
    • Utilidad. Un trabajo de investigación debe servir a la sociedad y el investigador, debe tener un compromiso social y encaminar sus esfuerzos a resolver problemas o a aportar elementos que expliquen un fenómeno social o jurídico.
    • Capacidad. El investigador debe contar con antecedentes académicos que lo lleven al convencimiento que si esta preparado pare desarrollar el tema.

    Investigar es buscar intencionalmente algo que se desconoce, mientras que serendipity (vocablo ingles sin traducción al español), es el descubrimiento de problemas o conocimientos valiosos que no eran buscados en el diseño de la investigación (3)

    En nuestro país solamente ha sido editado un libro, en 1996, titulado, "Los almacenes aduaneros y los courriers" cuyo autor José Ángel Escalante Romero, trata el tema desde un punto de vista aduanero y de procedimientos, mas no en profundidad; es pues necesario tratar el tema a cabalidad, sobre todo por la importancia que en el futuro va a tener en el Perú esta actividad tan estrechamente ligada al comercio exterior en nuestro mundo globalizante.

    (3) Pardinas Felipe, Investigación Metodologica y Técnica de Problemas Sociales, pagina 71 Editorial Siglo XXI, México, 1986

    2.2.1 Importancia Económica del Sector

    En el último año del estudio (2002), había un total de cincuentaiocho empresas internacionales dedicadas directamente a la actividad de Concesionario Postal. A esta cantidad de deben sumar las sucursales que eran un total de noventa y seis y otras empresas en el número de ciento ochenta, dando un total general de empresas dedicadas a la actividad de trescientas treinta y cuatro, estas empresas operan tres mil trescientos setenta y dos unidades de transporte terrestre: automóviles, camionetas, omnibúses y otros (en el que se incluyen motos y bicicletas).

    La facturación total del año 2002 fue de quinientos cincuenta millones de soles. Unos ciento setenta y dos millones de dólares.

    Esta actividad da empleo a casi diez mil personas y podemos inferir que a un estimado de cinco personas por familia, afecta económicamente a cincuenta mil personas. Están incluidos el personal directamente empleados en forma permanente, así como eventuales (que tradicionalmente es contratado en la época de mayor afluencia de correspondencia y regalos y es la época de navidad) y personal provisto por los services de personal.

    Ver cuadros estadísticos en el ultimo capitulo del presente trabajo sobre las ventas de las empresas del sector, la cantidad de vehículos y el personal empleado directamente.

    Si bien no estamos proporcionando datos económicos, resulta razonable pensar que las operaciones de los concesionarios postales tiene un efecto multiplicador en la economia nacional pues estas empresas consumen papelería e insumos de oficina, su personal se encuentra uniformado, se alquila máquinas fotocopiadoras, los vehículos consumen combustible, alquilan y construyen inmuebles; contratan servicios externos de consultoría, hacen uso de empresas de transporte domesticas e internacionales etc.

    Vemos que la actividad tiene un pequeño pero creciente impacto positivo en la economia del país y es necesario que se provea un marco legal adecuado para no solo mantener las actividades sino incrementarlas; por la posición geográfica el Perú puede convertirse en un hub o centro de distribución de transporte expreso en la región latinoamericana.

    El transporte aéreo es hoy en día una de las industrias más importantes y de mayor crecimiento. Según la OECD (Organization for Economic Cooperation and Development) (4) aproximadamente el 40 % en valor de los bienes que se compran y venden en el mundo se transporta por vía aérea. A su vez la industria del Transporte Expreso esta creciendo mas rápidamente que cualquier otro servicio de carga aérea.

    La globalización de los negocios, las cadenas de suministro más eficientes, y la mejora de la logística internacional, confían hoy en día en los servicios que brinda la industria del Trasporte Expreso. (5)

    En términos de peso solo un tres por ciento del comercio mundial se transporta por vía aérea y un importante porcentaje de este requiere transporte expreso.

    Los mayores usuarios del Transporte Expreso, son las compañías que conforman lo que se conoce como la "nueva economía", es decir las compañías de alta tecnología, entre usuarios: fabricantes y ensambladores de componentes electrónicos, equipos de telecomunicaciones y la industria farmacéutica.

    Se espera un crecimiento del siete por ciento anual en los próximos10 años, en el caso del Perú casi al doble del ritmo del crecimiento de nuestra economía, con los consiguientes crecimientos en empleo directo e indirecto y mayor rapidez en la recaudación de tributos.

    (4) La OECD es un think-tank o agencia de monitoreo conformada por 30 países cuyo objetivo es buscar soluciones a los problemas que surgen por la globalización, hace propuestas que generalmente son aceptadas por los gobiernos. Asimismo buscan la libertad de mercados y democracia plural, Nace en 1961 de la OEEC (Organization for European Economic Cooperaction) para canalizar la ayuda de los Estados Unidos y Canadá, bajo en Plan Marshall, para la reconstrucción de Europa después de la Segunda Guerra Mundial.

    (5) The Economic Impact of Express Carrier for UK plc, página 4, Oxford Economic Forecasting, Junio 2002 Traducción del autor.

    Entre las razones que tienen los usuarios de este servicio están:

    • Destino, o cobertura el proveedor del servicio puede o no tener la capacidad de llegar a las poblaciones más remotas

    – Rapidez en el tiempo de la entrega, generalmente hay una relación directamente proporcional en el tiempo de entrega y el costo del servicio.

    • Garantía de la entrega, asociada con la seguridad de la entrega en el tiempo prometido y de una compensación en caso de no entrega, perdida o demora.
    • Posibilidad de rastrear el envío
    • Precio, estará de acuerdo al nivel de servicio requerido, a la distancia, a los servicios adicionales

    El cliente tomara la decisión y escogerá al proveedor luego de analizar los distintos niveles de servicio que este ofrece y la evaluación que hace de los factores antes mencionados.

    Estos factores cobran gran importancia entre los usuarios en el Perú, que adicionalmente a los ya mencionados incluye al sector exportador textil, repuestos urgentes para fabricas, banca, documentos legales, etc.

    Los servicios que prestan los Concesionarios Postales generan importantes beneficios a las empresas, clientes y gobiernos al facilitar el intercambio comercial, aumento de empleo y mayor rendimiento económico al aumentar la eficiencia empresarial.

    Desde el punto de vista de los beneficios para los consumidores es innegable que al presentarles a través de su computadora un acceso eficiente a todas las opciones de las cadenas mundiales de abastecimiento de bienes y servicios, que es un requisito indispensable para la competitividad de los negocios pequeños, medianos y grandes así como para las economías nacionales (6)

    El transporte rápido y confiable que es la característica de los servicios de Transporte Expreso se ha convertido en un elemento esencial para mantener los estrictos programas de producción y mantener la flexible necesidad de los procesos de fabricación que caracteriza a la nueva economía mundial.

    Pero no es suficiente que existan empresas privadas que ofrezcan estos servicios, para hacer los mismos asequibles a los consumidores, es un requisito indispensable que los gobiernos den facilidades para que estas compañías operen de una manera eficiente, sin reducir los potenciales beneficios económicos que ofrece su uso intensivo.

    Los tradicionales impedimentos burocráticos son la no abolición en la practica del monopolio postal a pesar de legislaciones al respecto y las dificultades en liberar las mercancías de Aduanas o trato preferencial a empresas postales nacionales, en el caso del Perú SERPOST, que cuenta con una Intendencia de Aduana Postal. Mientras que los Concesionarios Postales son supervisados por la Intendencia de la Aduana Aérea de Lima Callao.

    Es necesario que el Peru adopte urgentemente medidas en la dirección correcta para permitir que mejore la manera de hacer negocios internacionales.

    En la información disponible a la fecha de preparación del presente trabajo (2004) la posición de gobierno peruano en el capitulo comercio de servicios frente al Tratado de Libre Comercio con Estados Unidas es:

    1. La Agencia Interamericana para la Cooperación y el desarrollo que depende de la Organización de Estados Americanos publica en Septiembre del 2002 unos documentos titulado La Industria del Transporte Expreso en América Latina y el Caribe; evaluación de sus beneficios económicos y barreras regulatorias

    "El tratamiento normativo en las negociaciones de servicios es distinto al tratamiento del capítulo de bienes. En el caso de los servicios, el objetivo del Perú es profundizar la liberalización del comercio de servicios de naturaleza financiera y no financiera a fin de potenciar nuestras exportaciones de servicios a los Estados Unidos. Se establecerían disposiciones para eliminar la discriminación, las restricciones cuantitativas, y fomentar la transparencia, divulgación de información y la solución de controversias. Estas disposiciones beneficiarán a los consumidores al propiciar mayores niveles de competencia y consolidará reglas estables y transparentes que permitan un comercio de servicios mutuamente beneficioso" (7)

    Es importante que el Peru tenga una posición definida en la materia de los Concesionarios Postales y su legislación nacional, pues es más que seguro que los cabilderos de las empresa americanas que dominan el mercado UPS y FEDEX estén tratado de lograr un tratamiento mas liberal a esta industria, en el marco del Tratado de Libre Comercio.

    Hasta el año de 1992 no se habían localizado fuentes amplias de datos sobre el comercio de servicios de mensajeros. Por lo menos en el caso de los servicios de correo urgente, una estimación situaba la proporción de los servicios de todos los proveedores, incluidos los servicios postales públicos, en alrededor del 57 por ciento del mercado total de correo internacional, cuyo valor era en 1992 de 3.500 millones de dólares EE.UU. Según las cifras de los Estados Unidos, su Servicio Postal manejó en 1992 correo urgente por un valor de 81,7 millones de dólares EE.UU., lo que representaba el 4 por ciento de los ingresos totales obtenidos de servicios urgentes internacionales de los Estados Unidos, estimados en 2.000 millones de dólares EE.UU.

    1. www.tlcperu-eeuu.gob.pe Pagina web del MINCETUR, Otros temas No: 38

    No obstante, la información disponible acerca de las actividades de los principales proveedores de servicios de mensajeros puede arrojar alguna luz sobre el entorno económico de estos servicios. A nivel mundial, las principales empresas son DHL Worldwide Express (DHL), United Parcel Service (UPS), Federal Express y GD Express Worldwide. Muchas de esas empresas de mensajeros han establecido filiales en países extranjeros para aprovechar el rápido crecimiento de la demanda mundial de servicios de correo urgente. En los Estados Unidos, el suministro de servicios de mensajeros está predominantemente en manos de grandes empresas comerciales, como Airborne Freight Corp., DHL, Federal Express y UPS, y unas 10.000 empresas independientes relativamente pequeñas que prestan ese tipo de servicios. En el mercado estadounidense, las grandes empresas tienden a especializarse en servicios de entrega de un día para otro, mientras que las empresas más pequeñas suelen ocuparse más bien del reparto local en el mismo día. Los principales proveedores europeos son Kühne & Kouri, Jet Services, TNT Express y Securicor; a nivel nacional funcionan muchas empresas pequeñas que ofrecen servicios urbanos e interurbanos. Las operaciones de DHL luego de su asociación con el Correo Alemán están aumentando en Europa alrededor de un 17 por ciento al año, a pesar de la elevada competitividad de los mercados locales.

    3. Formulación de Hipótesis

    3.1 Primera Hipótesis

    ¿Cuál es la clasificación ClaNAE / CIIU aplicable en el Perú de las actividades que realizan los Concesionarios Postales?

    3.2 Segunda Hipótesis

    ¿Están apropiadamente definidas las actividades que realizan los Concesionarios Postales en el Perú?

    3.3 Tercera Hipótesis

    ¿Está la legislación sobre los Concesionarios Postales en el Perú acorde con las tendencias y realidades mundiales en la materia?

    4. VARIABLES:

    4.1 Primera Hipótesis

    Variable Independiente (X)

    Clasificación ClaNAE / CIIU aplicable en el Perú

    Variables dependientes (Y)

    Clasificación ClaNAE temporal (Y1)

    Actividades que realizan los concesionarios postales en el Perú (Y2)

    Actividades inherentes a la prestación integral del servicio (Y3)

    4.2 Segunda Hipótesis

    Variable Independiente (X)

    Definición de las actividades que realizan los concesionarios postales

    Variables independientes (Y)

    Definición que se hacen en otros países (Y1)

    Definición que plantea la industria (Y2)

    4.3 Tercera Hipótesis

    Variable independiente (X)

    Legislación actual para los Concesionarios Postales en el Perú X 3

    Variables dependientes (Y)

    Legislación en otros países (Y1)

    Legislación propuesta para los concesionarios postales en el Perú

    (Y2)

    5. Descripción del método y tipo de investigación

    5.1 Metodología

    Existe en la actualidad un tendencia a utilizar los dos métodos de investigación, el cuantitativo y el cualitativo, este ultimo ofrece ventajas y le da validez y confiabilidad a la investigación científica, y son la ciencias sociales en las que son mas indicados los estudios cualitativos entre otros el desarrollo de política publica (8), como es el propósito de la presente investigación,

    (8) STRAUSS & CORBIN, Basic qualitative research: Grounded theory procedures and techniques, SAGE, California USA 1990

    No es posible dejar de lado los métodos cuantitativos, pues no existe lógica alguna que demande un compromiso unilateral con un método de investigación en particular. La dependencia en una base teórica y metodologica exclusivista, le niega al campo de investigación la vitalidad de otros enfoques que han demostrado ser científicamente desafiantes y de utilidad para los consumidores de la ciencia (9)

    Se ha utilizado el análisis y la síntesis, al descomponer todos los aspectos de la actividad en las unidades más pequeñas posible, para efectos de un estudio minucioso de cada tema y cada aspecto relevante desde diferentes puntos de vista.

    Asimismo hemos hecho uso del método inductivo deductivo, estudiando los fenómenos materia de la tesis desde lo particular a lo general o en todo caso desde un grado menor de generalidad a uno mayor.

    El método histórico ha sido también utilizado, tratando de respetar de manera cronológica los eventos, en sus diferentes realidades sociales y económicas.

    En lo que respecta al acopio de la información total del fenómeno, se ha puesto especial cuidado en hacerlo en forma ordenada y sistemática, para conocer a cabalidad tanto los detalles exteriores del fenómeno, como los aspectos intrínsicos que no siempre son evidentes.

    Se han sostenido entrevistas con directivos de la Dirección General de Servicios Postales, del Departamento de Estadísticas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el Instituto Nacional de Estadística e Informática y Gerentes de los principales Concesionarios Postales.

    En los que respecta a las realidades de otros ordenamientos jurídicos se han confrontado con la realidad del Perú para evidenciar las semejanzas y diferencias que existen, se ha puesto especial énfasis en las realidades de países del continente americano y de habla hispana y con sistemas jurídicos romano germánicos; sin embargo no podemos dejar de lado a los países con culturas jurídicas anglosajonas, dado que en esos países es que realmente se da inicio a esta actividad.

    (9) METODOS CUALITATIVOS DE INVESTIGACIONES, Tomas Reyes PH. D.

    En cuanto a las fuentes de estadísticas, las únicas disponibles son las del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las cuales no contienen el detalle que nos hubiera gustado obtener y que nos fue negado a pesar de lo dispuesto en la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

    Existe información sobre los Concesionarios Postales desde el año de 1995 en ADUANAS tanto de importación como de exportación, no hemos recurrido a esta fuente debido a que los parámetros usados por SUNAT – ADUANAS no registran los detalles que si hubieran sido útiles, tales como:

    En el caso de documentos e impresos libres de impuestos, según la legislación de Concesionarios Postales, los despachos de importación y exportación se hacen a nombre del Concesionarios Postal y solo debe declararse el peso total, no así el numero de envíos y podríamos encontrarnos con que una DUI (Declaración Única de Importación) de documentos, registra un peso total de 50 Kilos y se trate de un solo envió conteniendo correspondencia entre una oficina en el exterior y su sucursal en el Perú. Mientras que otra DUI (Declaración Única de Importación) con un peso total, también de 50 Kilos, puede contener 100 sobres de 500 gramos cada uno, con documentos para 100 diferentes consignatarios.

    En el caso de mercancías en general, se da una situación similar y un poco más compleja, ya que la legislación permite a los Concesionarios Postales completar una Declaración Única de Importación (Régimen Simplificado) a nombre del Concesionario o a nombre del Importador declarado o consignatario o el endosar la Guía Courier al consignatario

    En cualquiera de los casos mencionados se debe completar un ítem por cada partida arancelaria, lo que no nos ayuda con los datos que requerimos.

    En vista de lo anterior una DUI (Declaración Única de Importación) en la que el Concesionario es el importador, con un peso de 50 Kilos, puede contener mercancía de un solo consignatario final con una sola partida arancelaria, mercancía para varios consignatarios con una misma partida arancelaria, mercancía para un solo consignatario con varias partidas arancelarias o mercancías con distinta posición arancelaria para varios consignatarios finales.

    También se da el caso de algunas empresas que por tener destinaciones aduaneras diferentes a la importación definitiva, o por requerirlo así su gestión administrativa, requieren que el Concesionarios Postal, cumpla con las formalidades de importación a nombre del consignatario.

    Mas aún algunos importadores, por restricciones de valor máximo permitido mediante el Régimen Simplificado (US$ 2,000 CIF), tendrán que utilizar a un Agente de Aduanas para realizar la importación, mediante endose de guía.

    Como se puede apreciar por lo anterior, consideré sumamente riesgoso usar estas estadísticas que podrían llevarnos a conclusiones equivocadas, no existiendo, por el momento ninguna forma de determinar parámetros de corrección de tendencias.

    Por cuestiones de celo comercial, también nos fue gentilmente denegada, la información en detalle que se solicitó a los principales concesionarios postales internacionales, que fue solicitada vía telefónica y en las entrevistas sostenidas.

    Nos quedamos con la única fuente oficial, que son las estadísticas postales las que asumimos que reflejan la realidad, pues son completadas con carácter de declaración jurada, si bien difícilmente comprobables, pensamos de buena fe que reflejan la realidad.

    Como se ha explicado al inicio de este capitulo no estamos utilizando solamente el método cuantitativo, por lo que los cuadros estadísticos y gráficos tienen como finalidad demostrar el crecimiento que tiene esta actividad.

    Debido a que se esta usando en esta investigación el Internet como herramienta de búsqueda de fuentes, estadísticas e información actualizada es conveniente aclarar que la investigación por Internet tiene la ventaja de poder acceder en cualquier momento y en cualquier lugar, pero también algunas desventajas como las siguientes:

    • No siempre la palabra clave es utilizada por el buscador como uno la concibe, lo que llevará a obtener muchos resultados, algunos de ellos totalmente inútiles, que puede ser frustrante.
    • La mayor parte de la información que encontramos en Internet es a partir de mediados de los noventa, mientras los libros se remontan a principios del siglo veinte
    • Posible sesgo del dueño de sitio, que puede estar influenciado por sus convicciones personales y sacrificar la búsqueda de la verdad, que debe ser el motor de todo investigador serio.
    • No todos los sitios Web, tiene el mismo crédito ni la misma credibilidad.

    Gonzáles Galván Jorge Alberto (10)

    (10) Gonzáles Galván Jorge Alberto, La Construcción del Derecho: Métodos y Técnicas de Investigación Biblioteca Juridica Virtual Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM México, México 1998 ISBN 986-36-7171-3 versión Internet www.bibliojuridic.org

    CAPITULO II

    FUNDAMENTOS TEORICOS DEL CORREO Y DE LOS CONCESIONARIOS POSTALES

    1. MARCO CONCEPTUAL

    No existiría el correo, ni hubiera habido necesidad de transportar correspondencia si antes no se hubiera descubierto la escritura, la necesidad de transmitirla de manera confidencial, jugaron un rol determinante primero los papiros, el papel y los sobres

    Etimológicamente la palabra "correo" proviene de la voz francesa "courier" y la italiana "corriere", que significan correr y se han empleado para designar al que tiene por oficio llevar y traer la correspondencia de un lugar a otro.

    El correo es un servicio público que tiene por objeto el transporte de correspondencia oficial y particular.

    El correo nació con la humanidad, por la necesidad del hombre de comunicarse con sus semejantes, todas las grandes civilizaciones la egipcia, persa, griega, romana, china, inca, etc. tenían un servicio de correo.

    Existen referencias desde el Siglo VI A.C. en la época de Ptolomeo en Egipto, se atribuye su creación al Rey Tesosfros, segundo monarca de la III dinastía, Siglo V A.C. y otros lo atribuyen a la XII dinastía egipcia dos mil años A.C.

    En la Francia del Siglo XII de nuestra era, debido a la gran cantidad de estudiantes que tenia la Universidad de Paris, tuvo auge debido a la necesidad de comunicación epistolar con sus familiares.

    Más nos interesa el desarrollo del correo en España por ser el que influencio, por el Virreinato, en nuestro país.

    2. MARCO HISTORICO

    2.1 Breve reseña histórica del Correo en el Perú

    2.1.1 En la época prehispánica

    Desde la época del periodo Intermedio Tardío (1200 – 1400) hay evidencia por la red de caminos encontrados que servían a la cultura Chimú para ejercer un eficiente control administrativo de los valles del Rímac y Pachacámac, y se utilizaban los chasquis para tal efecto.

    Cabe mencionar que los mensajeros del correo fue una de las pocas instituciones del imperio incaico que sobrevivieron a la destrucción a manos de los colonizadores (11)

    A decir de don Eduardo Verdegay y Fiscovich, en Historia del Correo – Madrid 1894 se refiere al hecho importantísimo de tener establecidos los Incas del Perú, largo tiempo antes de la conquista de aquel país por los españoles, correos en postas tan diligentes, que, en casos repentinos hacían pasar las noticias por medio de fuegos, de quinientas a seiscientas leguas en tres o cuatro horas (12)

    Los chasquis transitaban por excelentes caminos y trasmitían mensajes verbales y escritos, así como correspondencia del Estado (los quipus) en fardos sellados con hilos; para la provisión de los Incas de frutos, semillas y pescados lo hacían en fardos de 30 a 60 libras de peso.

    No existía acceso al servicio por el pueblo. Era una organización pública, organizada, reglamentada y vigilada por el gobierno a cuyo sostenimiento contribuía la nación.

    Estos chasquis eran más eficientes que el correo postal que existió en Francia, España, Italia y Alemania en el siglo XV.

    El Perú merecería figurar entre los países de más valiosa tradición postal, pues en su rusticidad mantenía los principios fundamentales del correo moderno: rapidez, seguridad, inviolabilidad y economía ya que los gastos eran sostenidos por cada comarca.

    2.1.2 En España y durante la Colonia

    Las primeras disposiciones reales sobre los correos, tanto de a pie como de a caballo, aparecen en España en el año 1260, en 1506, Francisco de Tassis fue nombrado Maestre Mayor de Hostes, Postas y Correos de España, y a él corresponde la organización del Correo como un servicio público y abierto a todos los habitantes, el 14 de mayo de 1514.

    (11) La Comunicación Imposible, información y comunicación en el Perú (Siglo XVI), Gargurevich Regal, Juan, Fondo Editorial, UNMSM, Lima, Perú 2002 pagina 82

    (12) El correo en el Perú, NIERI, Julio Cesar, publicación oficial del Ministerio de Gobierno, Policía, Correos y Telégrafos, Imprenta La Confianza, Lima, Perú 1935, pagina 47

    En el año de 1509 en el Libro Tercero de las Leyes de las Indias titulo 16 "De las cartas, Correos, é Indios Chasquis"

    La Corona, durante el reinado de Juana de España, apremiada por la necesidad de organizar las comunicaciones postales en sus nuevas colonias de América, crea el oficio de Correo Mayor de las Indias, Islas y Tierra Firme del Mar Océano, descubiertas y por descubrir. Se recurrió al sistema de privilegios Este le fue otorgado como merced no revocable a un particular muy allegado a la corona (fue albacea del testamento del Rey Fernando el Católico, Cronista de los Reyes Católicos y Presidente del Consejo de Castilla), "para ahora y para siempre" al doctor Lorenzo Galíndez de Carvajal, Conde de Castrillejo, sus herederos y sucesores. Tenía su sede en Lima.

    La gracia o merced del correo en España la mantenían los Tassis

    Nótese que la función no la ejercía directamente la Corona sino a través de una gracia o lo que llamaríamos hoy en día una concesión pero sin retribución alguna. Era un monopolio de facto de la familia Carvajal.

    Durante el Virreinato las autoridades ponían dificultades a los correos (se dice que para evitar que las noticias de las malas gestiones virreinales llegaran a la metrópoli), teniendo que acudir, en queja, el Correo Mayor a la Corona, asimismo los Virreyes acusaban a la Corona de los abusos del Correo Mayor contra los indios chasquis.

    Durante los años de administración de los Carvajal existió una gran ineficiencia y abuso, llegando a ser sus bienes embargados en 1610 por orden del Virrey Montesclaros, hasta que no pague a los indios las ingentes deudas que tenía con ellos.

    Por las razones antes mencionadas en 1717 la Corona intento retirarles el privilegio, pero el Correo Mayor de turno, Marques de Conchan, reclamo apelando que ahora sólo tenia el Virreinato del Peru en exclusividad y no todas las Indias como fue en un inicio. Felipe V le confirmo el derecho pero por solamente cincuenta años más, retirándole la perpetuidad que de manera tan generosa y exagerada le había otorgado la Reina Juana

    Era una actividad sumamente rentable para la familia Carvajal tan es así que al negociar el noveno y ultimo Correo Mayor, Fermín Francisco de Carvajal y Vargas con el Rey Carlos III la reversión de la gracia otorgada, en 1768, recibió una indemnización vitalicia de catorce mil pesos anuales, un descuento del veinticinco por ciento para su correo particular, aparte de mantener el titulo de Correo Mayor y títulos de nobleza como Grande de España, Mariscal de Campo del Rey, etc.

    El 18 de Octubre de 1768 por medio de Cedula Real, se revoca la gracia y se incorpora a la Corona los oficios del Correo Mayor de la Indias, es entonces que a partir del 10 Julio de 1769 que se constituye el monopolio, de facto del correo, por la corona española.

    Se oficializa el 10 de Julio de 1769, siendo la primera disposición del Ministerio encargado de la Superintendencia General de Postas de España e Indias, la de enviar al Visitador Alonso Carrión de Lavandera en 1770 quien residía en Buenos Aires, y en viaje a Lima, realizo un detallado informe. Contó con la ayuda de un cronista que se decía descendiente de la nobleza incaica llamado Calixto Concolorcorbo o Carlos Inca Bustamante. Su crónica se titulo "Lazarillo de ciegos caminantes, desde Buenos Aires a Lima".

    Fue don José Antonio de la Riva y Pando, Marqués de Grimaldi, enviado de España como comisionado especial quien estudio en viaje de investigación en 1771 a los "Reynos de Perú y Chile", señalando el régimen de servicios, elaboro los cuadros de distancias, ubicación de las postas, importancia de los centros poblados, distribución de oficios, etc

    Fue Pando en su categoría de Administrados Principal con sede en Lima el que dicto los Reglamentos y Disposiciones por las cuales quedaba establecido el funcionamiento del correo.

    El Ramo, como se le conocía, era autónomo e independiente de la administración pública y de la autoridad de los Virreyes.

    El Secretario de Estado y de Despacho del Rey era el Superintendente General de Correos de España y de Indias.

    En Lima tenia el rango de Administrador General de Correos, las demás capitales de América el de Administrador Principal de Correos, en los partidos, Administradores Agregados, teniendo jefaturas o simples Administraciones las de menor rango.

    El correo cobró importancia y su uso se extendió, se reporta que el año de 1787 solamente entre Lima y Potosí se recaudó ingresos por portes doscientos quince pesos fuertes, equivalente a un mil doscientas cartas. Ese mismo año el transporte de encomiendas con caudales produjo rentas del orden de ciento diez y siete mil quinientos sesenta y nueve pesos, que constituía el uno por ciento del valor declarado de los caudales.

    Pero empezaron a extraviarse algunas encomiendas con caudales, que fueron pagadas por el Ramo, ya que al momento del despacho se contaban en las postas los valores. El servicio de valores declarados subsistió hasta fines del siglo XIX en el Peru, Hoy en día no existe.

    2.1.3 En la época republicana

    Proclamada la independencia del Perú el 30 de Julio de 1821 el ramo de correos se solidariza con la independencia mediante Acta de Juramento, suscrita por el Administrador y los 41 miembros de la administración. (13)

    El último Administrador General de Correos y que sucedió a Pando a su muerte en 1802 fue Félix de la Roza Queipo de Llano, desde el 22 de Junio de 1803, se le ratifico en el puesto el 23 de Agosto de 1821 según algunas fuentes y el 20 de Noviembre del mismo años otras; el titulo cambio a Director de Correos en notas firmadas por los ministros Unanue y Monteagudo y rubricadas al margen por el Protector.

    Durante el Protectorado de San Martín se comprobó que no existía relación entre las rentas públicas y las necesidades económicas, que a raíz de la gesta de independencia, tenía el nuevo Estado. Se tomaron diversas medidas para evitar la defraudación al fisco de los ingresos ordinarios, pues la correspondencia marítima y terrestre era uno de los ramos que no daba los beneficios que debería: era pues necesario cortar el abuso de conducir cartas sin que se pagara el franqueo de Ley.

    (13)El Juramento de la Independencia del Perú, tres actas inéditas, Morales Flores Elisa, Bibliotecnic Consultores, www.bibliotecnic.org

    En Noviembre de 1821 a través del Ministerio de Gobierno se dio una disposición que prohibía dirigir comunicaciones sin que llevaran el "marchamo" (14). Era permitido, si se deseaba, transportar la correspondencia por manos particulares pero tenían que "satisfacer su francatura", es decir realizar el pago del porte respectivo.

    Se establece que los asuntos de la Renta, debían ser dirigidos por el Ministro de Estado y de Relaciones Exteriores, que tenia también el despacho de Hacienda.

    Posteriormente Monteagudo en 1833 de la el titulo de Administrador General de Correos y ordena que el Ramo pertenezca exclusivamente al Ministerio de Gobierno.

    En 1824 el libertador Bolívar mediante Decreto Supremo ratifica que el Ramo de Correos depende del Ministerio de Gobierno.

    Como otras instituciones de la época, el Correo sufre una grave crisis por el irregular servicio, inseguridad y desconfianza del público, que fue recobrada por la eficiente labor de don José Dávila Condemarin en su gestión como Administrador entre 1849 y 1864.

    Hasta la fecha solo se habían dictado efímeras resoluciones y disposiciones tanto por Dávila Condemarin, como por su antecesor Juan de Azaldegui, nombrado en 1826. No había ninguna disposición especial dictada en la Republica, la Ordenanza General de España y la Particular al Perú no habían sido derogadas

    (14) Marchamo, señal o marca oficial que se colocaba en las piezas postales en señal de que habían sido despachadas o reconocidas por las oficinas de correos.

    El 27 de Febrero de 1866 se expide el primer Reglamento de correos del Perú

    El 1870 la Superintendecia General de Correos y Postas del Ministerio de Gobierno se convierte en una Dirección General, con autonomia y al mismo nivel que las demás direcciones de los ministerios.

    El 2 de diciembre de 1876 el supremo gobierno, en uso de la atribución del Art. 94º de la Constitución y de la ley de 21 de Diciembre de 1874, derogó todas las ordenanzas, reglamentos, decretos supremos, circulares, instrucciones y decretos de la dirección, relativos al ramo de correos, mandando poner en vigencia todas las disposiciones constitutivas del reglamento general de correos del Perú, cuya confección se encomendó al doctor Mariano Felipe Paz Soldan.

    En 1895 se unen la Direcciones General de Correos y Postas con la Dirección General de Telégrafos en la Dirección General de Correos y Telégrafos, en el mismo año de estableció el Boletín Postal.

    La institución de Correos tuvo un gran avance y desarrollo, para adaptarlo a estos, se fue reformando el reglamento, complementándolo con múltiples disposiciones, que causaban una serie de inconvenientes en la práctica. Siendo director general de ramo el señor coronel Ernesto Zapata, propuso a consideración del supremo gobierno, en 1908 el nombramiento del antiguo empleado de correos, don Pedro Pablo Páez para que formule el proyecto de reglamento, el cual no se hizo realidad hasta que se dicto la Resolución Legislativa Nº 2197 del 20 de Noviembre de 1915 que autoriza al Poder Ejecutivo a la expedición del reglamento, y que culminó con su aprobación el 6 de Abril de 1916

    Según refiere UGOLOTTI (15) imperaba un tremendo caos en la institución entre 1911 y 1920 por la falta de un control sistemático de su funcionamiento, asimismo un descuido en la conservación de los bienes materiales y activos, aunada a la incapacidad de muchos servidores que no pudieron introducir las mejoras que en la materia habían obtenido otros países.

    1. Lentitud en el manejo de la correspondencia que llegaba del extranjero al puerto del Callao, recordemos que en esa época no había aun servicio aéreo regular y todo el correo se movilizaba por la vía marítima. El servicio de desembarque de las naves lo hacia un ineficiente contratista, al llegar a Lima por medio del tranvía, las cosas no mejoraban.

      Las encomiendas internacionales se acumulaban por miles en las estrechas oficinas, demoradas por los altos gravámenes y dificultades burocráticas causadas en su paso por la aduana.

      Se conocía de postrenes contratistas y postillones que conducían fuera de valija y por cuenta y para utilidad propia, cartas, impresos y encomiendas con el consecuente perjuicio para la renta del ramo de correos.

      A fin de ampliar las instalaciones del Correo Central de Lima en 1918 se recurrió a imponer el pago de un "derecho postal" de un Sol por cada póliza de encomienda postal internacional, mediante la Ley Nº 4107, se autorizo al ejecutivo a obtener un empréstito por 100,000 Libras Peruanas, creándose un derecho adicional del 2% del valor de las mercancías de importación despachadas vía postal (Articulo 2 de la Ley 4107), para la amortización y pago del mencionado empréstito.

      Dado que los sueldos que percibía el personal del ramo y a manera de estimulo, al autorizarse mediante decreto la jornada de 8 horas en 1919, se permitió el pago de sobretiempo por trabajo en horas extraordinarias.

      2.1.4 El Contrato Marconi.

      El 22 de Septiembre de 1921 el poder ejecutivo, representado por el Ministro de Gobierno, German Leguia y Martínez "debidamente autorizado" por el Presidente de la Republica y Francisco Becerra en representación de la Marconi, Wireless Telegraph Company Ltd. de Londres, Inglaterra suscriben la escritura publica que por Resolución Suprema del 21 de Abril de 1921 se autoriza y se entregan los tres servicios, fusionados en 1895, a la compañía inglesa.

      Este contrato viola la Constitución Política del Estado de 1920 específicamente su artículo 83.11 el que establece que el congreso debe dar la autorización al Poder ejecutivo para celebrar contratos que comprometen los bienes y rentas generales del Estado.

      Este contrato es pues nulo desde su origen por falta de poderes de una de las partes (El Estado) contratantes.

      El Parlamento abrogó el contrato basándose en un dictamen adverso de la comisión parlamentaria de la Cámara de Diputados.

      Dejando de lado la ilegalidad de la parte contractual la intervención de Marconi tuvo efectos positivos, entre ellos destacamos la disposición de la nueva administración a los vapores que llegaban al Callao, en la que debían alistar sobre cubierta las valijas de correspondencia y avisar radiograficamente a las autoridades la hora exacta de llegada.

      También se obtuvo la autorización de las autoridades portuarias, para recoger el correo inmediatamente después de la visita sanitaria, este hecho es importante por que se le da la prioridad necesaria y podemos decir que es la primera disposición que tiene carácter de "expreso", también adquirió una poderosa lancha con capacidad para cuatrocientas valijas, a su llegada a tierra se sustituye el uso de los tranvías eléctricos por un sistema propio de transporte, con camiones que se adquirieron para uso exclusivo del correo.

      Con esta rapidez lograda desde de llegada y desembarque la clasificación se hacia también de inmediato, logrando entregas de la correspondencia el mismo día de su llegada, lo que constituyó una verdadera hazaña, pues se logro, también, mantener la integridad de las encomiendas, que tradicionalmente eran presa de robos y desapariciones a manos de malos empleados del correo.

      Se hicieron minuciosas estadísticas del movimiento de correspondencia y confección de un mapa de comunicaciones postales, elaborado, por primera vez de manera científica.

      Se compró valijas propias, ya que anteriormente por falta de recursos se utilizaban para transporte interno, las valijas que enviaban las administraciones postales extranjeras, en vez de devolverlas vacías, como corresponde según acuerdos internacionales.

      En 1924 se instauro el servicio de giros postales internos y luego con los Estados Unidos de América.

      No obstante todos los aspectos positivos de la gestión de Marconi, ni mucho menos debe quedar alguna duda sobre la capacidad financiera, técnica ni profesional de la Marconi Wireless de Londres, Inglaterra, fundada precisamente por el inventor del telégrafo sin hilos, en 1898 y a la fecha de suscripción de contrato, Miembro del Parlamento inglés.

      La empresa actuó con criterio empresarial cerrando algunos servicios de postas, unificando oficinas con movimiento deficitario o sin movimiento; esta racionalización generó personal excedente que al verse perjudicado recurrió a la recomendación y al tarjetazo, institución tan perjudicial en nuestra historia.

      El contrato en si se puede comparar con los funestos contratos firmados por el Estado peruano con la Casa Dreyffus y la Peruvian para la explotación del guano de las islas, por los términos desventajosos para los intereses estatales del mismo.

      Mencionaremos a manera de ejemplo que el Estado peruano le pagaba a su contraparte el cinco por ciento de los ingresos brutos y el cincuenta por ciento del superávit al final de cada año; en estos porcentajes estaban incluidos los derechos de importación que pagaban las encomiendas postales que si bien eran cobradas y retenidas por la administración postal constituían ingresos netamente fiscales y no postales, pues esta era solo la vía por la que se realizaba una importación, para colmo una cláusula del contrato permitía que la Marconi retuviera los conceptos del cinco por ciento y el cincuenta por ciento de superávit de los dineros que en efectivo se hallen en su poder.

      Acá es necesario mencionar que por Ley existían dos entidades que recaudaban impuestos, una de ellas era las Aduanas de la Republica y otra las Oficinas de Correos, se encuentra expresa alusión a esta situación en el Articulo 1 del Decreto Ley 11196 del 11 de Octubre de 1949.

      Se otorgo, en virtud del contrato, liberación absoluta de todos los derechos de aduana y consulares a los bienes muebles y materiales importados para el ejercicio de la concesión.

      En Noviembre de 1922 la Marconi pidió la rescisión del contrato en vista de las dificultades y objeciones que puso el parlamento, el plazo que inicialmente fue de veinticinco años se redujo a diez, con opción de renovarlos por veinte años.

      Surge en este momento el término concesionario que ostentaba, en virtud del contrato, la Marconi.

      2.1.5 Época Contemporánea

      Según Esmaro P. Salas (16) Visitador del Ramo de Correos, Telégrafos y Radiotelefonía del Peru, en 1942 menciona el término Expreso así como la obligación de pagar una sobretasa por este servicio adicional.

      Con la denominación general de Sobretasa se ofrecían además los siguientes:

      Ultima hora, para cartas cualquiera sea su peso

      Derechos de Certificación

      Aviso de Recepción

      Derecho de Reclamación

      Las categorías de correspondencia eran:

      – Cartas , incluyendo expedientes, por el primer peso de 20 gramos

    2. UgoLOTTI DANSAY, Humberto, Los Servicios de Correos, telégrafos y radiotelegrafia del Perú, Lima Perú, 1925

      – Por cada 20 gramos adicionales

      – Tarjetas Postales sencillas

      – Papeles de negocio – peso máximo 2,000 gramos, el primer peso de 250 gramos

      – Por cada 250 gramos adicionales

      – Impresos en general, incluyendo tarjetas de visita, por cada 50 gramos o fracción, (no se aclara el peso máximo, se entiende que son 2,000 gramos)

      – Muestras sin valor comercial, peso máximo 500 gramos, por cada 250 gramos o fracción

      En el servicio marítimo de cartas, impresos, papeles de negocios para el extranjero el peso máximo era de 2,000 gramos y la tarifa aumentaba en tramos de 20 gramos. Esta tarifa era aplicable a todo el mundo, con excepción de los siguientes países: España, Estados Unidos de América, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Republica Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Chile y Canadá; seguramente en aplicación de los convenios de la Unión Postal de las Americas y España. A estos países le era aplicable la tarifa nacional.

      Los impresos para ciegos en relieve (cecogramas) gozaban de una categoría muy especial, el peso máximo era de 3,000 gramos y se cobraba por cada 1,000 gramos Soles 0.02 versus Soles 0.04 que se cobraba por cada 50 gramos, es decir el dos por ciento de un envío normal del mismo peso.

      Para el caso del servicio aéreo los destinos estaban individualizados y eran direccionales, como por ejemplo China, Filipinas, Hawai (Trans Pacifico). Estos destinos estaban en 48 categorías por país o grupo de países (Europa, Asia, Islas Británicas y Holandesas). Se aplicaba una sola tarifa para todos los destinos en el territorio peruano.

      Para encomiendas el peso máximo permitido era de diez kilogramos y las tarifas se aplicaban como sigue:

      1. Hasta 1,000 gramos
      2. De 1001 a 3000 gramos
      3. De 3001 A 5,000 gramos
      4. De 5,001 a 10,000 gramos
    3. Guía Practica de las Dependencia del Ramo de Correos, Telégrafos y Radiotelegrafia del Perú, Salas P. Esmaro , Editorial Perú, Lima Perú 1942

    Mediante Ley Nº 12959 dada el veintisiete de Febrero de 1959, se adopta, entre otros la medida de reformar íntegramente los sistemas postales y de telecomunicaciones, equipos, métodos técnicos y demás aspectos funcionales necesarios, creándose una Comisión encargada de estudiar la reforma, integrada por un Senador, un Diputado, por el fiscal mas antiguo de la Corte Suprema, un delegado del Poder Ejecutivo y un Técnico en Comunicaciones de los Institutos Armados. El Ministerio de Gobierno y Policía colaborará con la Comisión y pondrá a su disposición los funcionarios y servicios que fueren necesarios.

    Se usó en determinado momento este servicio publico, como una fuente adicional de ingresos para determinados fines, como vemos en la Ley 13295, del cuatro de enero de mil novecientos sesenta, en la que se crea un "impuesto" por el uso de un servicio publico para fines benéficos, fue un franqueo adicional a la correspondencia que se despache en el territorio de la Republica de S/. 0.10 durante siete meses, a beneficio del Comité Organizador del VI Congreso Eucarístico Nacional.

    La Ley 16078 del 14 de Enero de 1966 crea un franqueo adicional de S/. 0.10, para la Casa del Periodista, modificada mediante Ley 17050 del 28 de Junio de 1968, aumentado el franqueo adicional a S/ 0.20

    Asimismo la Ley 16208 del 23 de Junio de 1966, crea un franqueo adicional del S/. 0.20 para la correspondencia nacional "Pro Restauración de Chan-Chan"

    Existía una practica en la época de crear impuestos en beneficio de determinadas actividades usando como medio de cobranza la imposición de timbres, sellos adicionales o signos de otra denominación, en la correspondencia, en flagrante contravención a los dispuesto en el Articulo 8 de la Constitución Política del Estado; esta situación se corrige con el Decreto Ley Nº 17387, del 7 de Enero de 1969, en el cual se pone orden en la materia prohibiendo de manera expresa gravar con impuestos a la correspondencia y derogando las leyes 16078, 16208 y 17050.

    A pesar que en sus considerandos el DL 685 , menciona un inexistente Art. 11 de la Resolución Legislativa Nº 2197 del 20 de Noviembre de 1915, en que supuestamente se establece el monopolio postal a favor de la ex Dirección General e Correos y Telégrafos del Perú.

    Lo que hace la Resolución Legislativa Nº 2197 es "Autorizar al ejecutivo para expedir nuevos reglamentos de correos, telégrafos y teléfonos".

    La Constitución Política del Estado de 1979, reconoce el principio de libre iniciativa privada, dentro de una economía social de mercado, señalando que el estado estimulaba y controlaba su ejercicio para armonizarlo con el interés social (17)

    De manera general esta Constitución establece que el Estado podía ejercer actividad empresarial, para entre otros, prestar servicios públicos (18)

    (17)Constitución Política del Estado 1979,

    Art. 115. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. El Estado estimula y reglamenta su ejerció, para armonizarlo con el interés social.

    (18 ) Constitución Política del Estado 1979

    Art. 13 El estado ejerce su actividad empresarial, con el fin de promover la economía del país, prestar servicios públicos y alcanzar objetivos de desarrollo.

    En general el Estado como autoridad define los términos de acceso al mercado de los agentes económicos, otorgando autorizaciones o concesiones para la realización de determinadas actividades.

    Asimismo el Estado puede intervenir en la economía como proveedor de bienes y servicios, ya sea como proveedor exclusivo en el caso de servicios esenciales, como era el postal, (19) en cumplimiento del Convenio de la Unión Postal Universal, o como un competidor mas, como es actualmente a través de SERPOST S.A. El servicio que debe prestar SERPOST es el denominado Servicio Postal Básico Universal, en virtud de los convenios firmados por el Peru en el marco de la Unión Postal Universal.

    Desde el punto de vista de los medios de transporte y solo para efectos aduaneros, se adicionó a los tradicionales transportes marítimo y aéreo el postal, no por el medio utilizado sino por el tratamiento que le brinda la aduana

    El único dispositivo legal que dispone de manera especifica que los servicios de correo o servicios postales nacionales sean reservados con carácter de exclusividad o monopolio a favor del estado peruano, es el Decreto Supremo Nº 002.80.TC pero solamente a la categoría "cartas", no a otro tipo de envío postal. El gobierno establece normas para asegurar los servicios extrapostales en su Art. 1º Conceder a la Dirección de Correos, dependencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la exclusividad en la prestación del servicios consistentes en la admisión y entrega al destinatario de objetos de correspondencia denominados carta. Entiéndase que la denominación carta comprende a: la comunicación escrita, actual y personal, sea al descubierto o conteniendo un sobre cerrado o abierto con limitaciones de peso y dimensiones.

    Es nuestra opinión que el mercado de Correos fue un monopolio de hecho, mas no de derecho en el Perú.

    (19) Constitución Política del Estado 1979

    Art. 114 Por causa de interés social o necesidad nacional, la ley puede reservar para el Estado actividades productivas o de servicio. Por iguales causas puede también el Estado establecer reserva de dichas actividades a favor de los peruanos.

    El Derogado (Ley 24948 del 23 de Noviembre de 1988) Decreto Legislativo 216, Ley de Actividad Empresarial del Estado, del 12 de Junio de 1981, establecía en su Artículo 5 que las actividades económicas reservadas al Estado serán fijadas por sus respectivas leyes, nunca se dio una Ley para reservar al Estado las actividades postales.

    La Ley 24948 tampoco estableció que el Correo era una actividad bajo el ámbito de la actividad empresarial del Estado, hacia referencia en su Articulo 4.c a "En la provisión de servicios públicos y culturales"

    Definía en su octava Disposición Final al servicio público como aquel servicio básico y esencial que el Estado se reserva para cumplir con su función social y global.

    En 1991 se dio el Decreto Legislativo 685, Declaran al Servicio Postal de necesidad y utilidad publicas y de preferente interés social, en el cual queda prohibido toda forma de monopolio, acaparamiento y prácticas y acuerdos restrictivos en el servicio postal. El Estado garantiza la libertad de transito postal en el país. (Art. 1)

    Es la opinión del autor que lo que motivo este cambio fue una decisión política, respuesta a una profunda crisis que afectaba a la administración del Estado lo que devino en una reestructuración del Estado Peruano, con la aplicación de concesiones, con la finalidad de reducir el gasto publico y ofrecer mejores y mas eficaces servicios a la sociedad en su conjunto.

    La Constitución Política del Estado de 1993, reconoce el pluralismo económico Artículo 60

    A partir de 1994 se dio en nuestro país una liberalización y privatización de los servicios postales que se prestan a través de Concesionarios Postales en virtud de Contratos de Concesión otorgados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se declara en reorganización a la Dirección General de Correos.

    Se crea la empresa denominada Servicios Postales del Peru S.A. abreviadamente SERPOST como persona juridica de derecho privado bajo la forma de sociedad anónima de acuerdo a la Ley de Actividad Empresarial del Estado y la Ley General de Sociedades; se le da la categoría de Operador Publico, mientras que los concesionarios postales son Operadores Privados.

    SERPOST se convierte en representante del estado peruano ante los organismos postales internacionales, se le da la concesión sin exclusividad del servicio postal en todo el Peru, concesión que lo obliga a prestar el servicio en todo el país con carácter de administración postal del estado para efecto del cumplimiento de los acuerdos y convenios internacionales.

    Los operadores privados están obligados a abonar una tasa por concepto de concesión del servicio postal a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Por medio del Decreto Supremo Nº 026-2004-MTC del 11 de Julio de 2004 se crea el Registro Nacional de Concesionarios del Servicio Postal, a cargo de la Dirección General de Servicios Postales, a través de la Dirección de Gestión de Servicios Postales.

    3. Marco Teórico

    3.1 Breve reseña del servicio de Courier o Mensajeria Internacional o Concesionario Postal en el Perú

    La actividad se inicia en el Peru a inicios de 1980, con tres o cuatro compañías dedicadas al negocio de la carga aérea, al no haber legislación especifica, realizaban sus operaciones solo bajo la legislación aduanera de la época, que no estaba muy clara ni reconocía la actividad.

    Desde el punto de vista aduanero, la Ley de Aduanas aplicable en ese momento era la aprobada mediante Decreto Ley 20165 del 2 de Octubre de 1972 y que debía entrar en vigencia el 1 de Julio de 1974, sin embargo mediante Decreto Ley 20747, se postergo la entrada en vigencia hasta el 1 de Enero de 1975.

    Ni en las definiciones contenidas en el Articulo 1º, ni en ninguna otra parte se menciona siquiera la modalidad de transporte, ni algún tratamiento preferencial por la naturaleza urgente del contenido, lo que mas se acercaba eran: que en su Articulo Nº 66 decía:

    ….El tráfico Postal se regirá por las disposiciones del Convenio Postal Universal y los reglamentos respectivos.

    El Artículo 84 decía:

    No será necesaria la presentación de factura comercial ni la intervención de Agente de Aduana, en las importaciones que no tengan carácter mercantil, tales como muestras en cantidad reducida, y otras que señale el Reglamento. En la actualidad cuenta con su propio ordenamiento legal.

    1. Reseña Histórica del servicio de Courier o Mensajeria Internacional en el Extranjero

    Siguiendo el impulso inicial de esta industria, que surgió en los Estados Unidos a raíz de la desregulación de los servicios de carga aérea la actividad de la Mensajeria Internacional surge a fines de la década de 1970, en países como Estados Unidos e Inglaterra, que necesitaban contar con rapidez y certeza en la entrega de ciertos documentos sensibles o mercancía de carácter urgente.

    Las industrias que requerían este tipo de servicio eran la financiera, bancaria y la del petróleo.

    Los envíos de Mensajeria Internacional se acomodan en bolsas de varios usos de material resistente y liviano, con los colores distintivos de cada empresa, estas bolsas reciben el nombre de valijas de courier.

    El medio tradicional de transporte que era el servicio aéreo regular de carga, el que no era lo suficientemente expeditivo para lograr los fines que necesitaban las partes, ya sea embarcador o consignatario. Nótese que me refiero a expeditivo y no a rapidez, pues desde esa época se han logrado las velocidades máximas que los aviones comerciales, lo que faltaba era crear servicios complementarios al transporte aéreo en sí. Esto implicaba recojo a domicilio, transporte al aeropuerto, preparación y tramitación de las formalidades aduaneras del país de exportación y el embarque en sí en el medio de transporte.

    No todas las compañías aéreas ofrecen vuelos directos a todos los destinos del mundo, generalmente el transporte aéreo es un reflejo de las relaciones comerciales de un país con sus principales socios comerciales.

    Dependiendo de los convenios que firmen los estados contratantes se le otorgara a las líneas aéreas de dos países, una cantidad de frecuencias semanales, normalmente a las líneas aéreas de bandera, termino en desuso.

    En algunos casos muy especiales se permitirá a aerolíneas de terceros países, brindar el servicio entre dos países ajenos a su nacionalidad.

    Así mismo, entre países socios comerciales, las frecuencias semanales no son necesariamente las mismas todos los días de la semana.

    Establecidas la frecuencia de los vuelos semanales los horarios de vuelo normalmente se establecen tomando en cuenta las necesidades de los pasajeros, no así de la mercancía que transportan las empresas de Mensajeria Internacional y la carga aérea en general.

    Se debe tomar en cuenta la capacidad de los aviones, tanto en el peso que puedan acomodar como en el volumen dentro de las bodegas; el mercado objetivo que la política comercial de cada empresa de transporte determina, si se concentran en tráfico de pasajeros o en tráfico de carga. Normalmente se debe dar prioridad al equipaje de los pasajeros, siendo de segunda prioridad la carga aérea en la que se incluye la carga – courier

    Sujeto a las formalidades aduaneras de cada país, se permitirá el transporte de este tráfico como equipaje acompañado, es decir, para asegurar que las valijas viajen con la prioridad del equipaje de los pasajeros que la urgencia del transporte lo requiera.

    Algunas líneas aéreas brindan espacio garantizado a las empresas de mensajeria, ya sea en volumen de bodega o en Unidades de Carga, (Unit Load Devices), diseñadas para facilitar la estiba y desestiba de la carga y el "equipaje" de mensajería internacional, haciendo así innecesario el contar con un pasajero o Courier a Bordo.

    Era necesario un gran control y despliegue logístico para lograr los objetivos de la operación.

    En algún momento surgieron empresas especializadas, que se dedicaban a brindar el servicio de Courier a Bordo a las empresas de mensajeria internacional. Pre compraba a las líneas aéreas por un periodo de un año un número determinado de pasajes de ida y vuelta entre dos puntos, a precios reducidos, de ahí que las líneas aéreas contaban con un intermediario entre ellos y las empresas de Courier, al que por motivos comerciales le daban preferencia.

    Los pasajes, eran SIN NOMBRE, ya que el pasajero no se sabia hasta 24 horas antes, pues las empresas de Courier A Bordo, vendían los pasajes a terceros, a precios más reducidos que los regulares, con la condición de portar solamente equipaje de mano, usando la franquicia de equipaje para acomodar las valijas de courier de una empresa grande o varias pequeñas.

    Otra modalidad, es usar aviones exclusivamente cargueros. Acá es necesario hacer notar que las empresas más grandes a nivel mundial de transporte de Courier son a su vez aerolíneas cargueras, una de cuyas divisiones es la del transporte de Courier o Mensajeria Internacional y actualmente Integradores o Empresas de Transporte o Servicio Expreso.

    Se puede apreciar que esta floreciente y multimillonaria industria atraviesa por varias etapas y da nacimiento a un Contrato de Transporte sui generis, hasta la fecha lo más parecido era la Carta Porte Aéreo o Conocimiento de Embarque y por otro lado con el servicio de correo de los estados, que no cuentan con un documento de transporte, sino con una simple estampilla postal o el pago de un franqueo y para efectos aduaneros en destino, se usa un aviso postal, que es preparado en la oficina de destino.

    El tradicional transporte internacional por vía aérea se realiza entre dos aeropuertos con facilidades aduaneras, es obligación del remitente llevar al aeropuerto su mercancía, embalarla, cumplir con las formalidades de aduana, en su defecto se contrata a una tercera persona para que realice esta gestión, y dar información a la persona a quien remite o consignatario, los detalles de compañía aérea, número de vuelo y fecha de remisión, para que en destino el consignatario, cumple con las formalidades de aduana, personalmente o a través de un intermediario, haga los pagos de impuestos si los hubiera y transporte la mercadería a su domicilio u oficina para hacer uso de ella.

    En esta operación que vamos a llamar tradicional, la responsabilidad pasaba por varias manos, la del transportista, la del despachante de aduanas, la de la línea aérea, la del despachante de aduanas en destino, y la del transportista al domicilio del usuario final.

    Después de 35 años lo que no ha cambiado es la necesidad de los clientes de que sus productos sean transportados de un país a otros lo mas rápida y eficientemente posible, de ahí el éxito de los operadores que se han comprometido con el logro del objetivo y cubrir la demanda existente.

    La expansión de los proveedores extranjeros de servicios de mensajeros en América del Sur ha obedecido a la creciente demanda de servicios de entrega rápida, así como a otros factores, como la relativa ineficacia de los servicios postales públicos. La proximidad geográfica ha convertido a América del Sur en un mercado atractivo para los proveedores internacionales y estadounidenses de servicios de mensajeros. DHL, principal proveedor de este tipo de servicios a América del Sur, expide actualmente alrededor de 2,5 millones de paquetes, bultos y envíos análogos al mes, por servicio rápido a clientes de la región. Por otra parte, las actividades de los proveedores extranjeros de servicios de mensajeros van más allá del servicio bilateral entre su país de origen y el país en el que tienen presencia comercial. Por ejemplo, alrededor del 35 por ciento de los envíos de DHL procedentes de América del Sur tiene por destino los Estados Unidos, el 25 por ciento aproximadamente queda dentro de la región y la mayor parte del resto va a Europa. También compiten en la región UPS y Federal Express. Por ejemplo, Federal Express tiene actividades en más de 40 lugares de América Latina y el Caribe.

    En Asia y el Pacífico, el principal proveedor de servicios urgentes de mensajeros es DHL, al que corresponde el 36 por ciento aproximadamente de los envíos de la región. Otros proveedores importantes son la empresa de propiedad australiana TNT Express Worldwide (27 por ciento), Federal Express (13 por ciento) y UPS (5 por ciento). El crecimiento económico de Asia y el Pacífico contribuyó al significativo aumento de la demanda de servicios de mensajeros. Con el fin de satisfacer la demanda y mejorar la capacidad de entrega de un día para otro, muchos de los proveedores de ese tipo de servicios establecen centros de distribución en la región, lo cual, además de facilitar el servicio a los clientes del país donde está situado el centro, les permite establecer redes de transporte aéreo para facilitar también la distribución a los demás países de la región.

    Actualmente 4 empresas DHL, UPS, FEDEX Y TNT manejan el 85 % del transporte Expreso en el mundo con 4,500 millones de envíos al años (19)

    3.3 Definición del Servicio

    3.3.1 Ámbito Nacional

    3.3.1.1 Definición del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Concesión de servicio postal. Es el acto jurídico mediante el cual, el Estado otorga a una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, la facultad de prestar el servicio postal, en una área determinada

    Servicio Postal. Es aquel que comprende la admisión, transporte y entrega de envíos postales así como la prestación de otros servicios calificados como postales.

    Concesionario. Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, facultada para prestar el servicio postal por resolución del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, previa suscripción del contrato de concesión correspondiente.

    Como se pude apreciar las definiciones se basan en que es un servicio postal y específicamente:

    Tipos de correspondencia desde el punto de vista postal son:

    Clasificación Descripción

    Cartas Comunicación actual entre dos personas es secreta e Inviolable (20) (21)

    Impresos Reproducciones o documentos impresos en sobre o envoltura, que permite examinar fácilmente su contenido, con un peso máximo de cinco kilogramos

    Cecogramas Carta con símbolos leídos por personas invidentes

    Pequeños paquetes Paquetes de bienes cuyo peso no debe exceder de dos kilogramos

    Encomiendas Envío postal cuyo peso unitario no debe ser menor de dos kilogramos ni mayor de treinta kilogramos

    3.3.1.2 Definición que da el Decreto Legislativo 685 y la Ley General de Aduanas

    El servicio postal comprende la admisión, transporte, y entrega de los envíos de correspondencia tales como; cartas, tarjetas postales, impresos, cecogramas, pequeños paquetes y encomiendas, así como la prestación de servicios postales de valores y otros calificados como postales por las normas pertinentes, con sujeción a los dispositivos vigentes y a lo establecido en los Convenios y Acuerdos Internacionales que el Perú haya ratificado.

    3.3.1.3 Definición de SUNAT

    En esta definición prima el carácter fiscalista de esta institución que debe velar por

    (20) Constitución Política del Estado Articulo 2. 10 Toda persona tiene derecho a:… 10.- Al secreto e inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados

    (21) "La correspondencia en el cambio de un pensamiento entre dos personas alejadas mediante un intermediario de naturaleza variable" (1) FRIAS, Félix Juan, Derecho, Economía y Técnica en materia de Correos, Imprenta Editorial Centenario, 1940, Buenos Aires, Argentina.

    los intereses económicos del Estado, vía la correcta aplicación de la partida arancelaria y la recaudación de los impuestos a la importación, el Impuesto General a las Ventas, Selectivo al consumo y otros.

    No están sujetos al pago de tributo alguno los envíos postales que en conjunto no excedan del límite de 1,000 dólares al año por destinatario y que contengan los bienes de uso personal y exclusivo del destinatario señalados a continuación:

    a) Libros, diarios y publicaciones periódicas, de uso exclusivo del destinatario, recibidos en calidad de obsequio o adquiridos a título oneroso.

    Tratándose de bienes no adquiridos por suscripción o como colección, deberán ser de diferente título y/o distinto número o serie, según el caso.

    b) Folletos e impresos turísticos destinados a representaciones oficiales, siempre que no excedan de 10 kilogramos por envío.

    c) Documentos impresos o grabados por cualquier medio, siempre que no excedan de 5 kilogramos por envío.

    Estampas, grabados y fotografías en tanto no presenten carácter comercial; documentos de embarque, facturas comerciales, cartas de crédito, pagarés y cheques en cobranza, pólizas de seguro y cualquier otro documento escrito; documentos o formatos en blanco diseñados para obtener información, que se remitan a título gratuito del exterior y se advierta que son de uso exclusivo del destinatario. No se encuentran comprendidos los planos, catálogos comerciales, manuales técnicos y similares, ni los impresos publicitarios, definidos en el arancel de aduanas.

    d) Correspondencia contenida en cintas magnéticas, cassettes, disquetes, CD, videos, microfichas, microfilm o películas, o en cualquier otro medio de soporte, hasta 4 unidades en cada caso, por envío.

    No están incluidos los programas de cómputo o software.

    e) Textos manuscritos o mecanografiados de uso particular, que no excedan de 5 kilogramos por envío.

    f) Muestras sin valor comercial

    Entendiéndose como tales los productos o manufacturas que tengan por única finalidad demostrar las características de las respectivas mercancías y que carezcan de valor comercial por sí mismas.

    g) Asimismo, están exceptuados del pago de tributos otros bienes de uso personal y exclusivo del destinatario distintos de los indicados en los literales precedentes, cuyo valor no exceda de 100 dólares por envío, hasta por el valor límite de 1,000 dólares por año.

    3.3.1.4 La Aduana frente a los cambios en el comercio internacional.

    El comercio internacional contemporáneo asiste a un cambio cualitativo tanto en los objetos susceptibles de intercambio entre territorios aduaneros distintos, como entre los sujetos y operadores de los flujos mercantiles entre regiones bloques (22)

    El progreso técnico y económico de un país se logra mediante mejoras graduales en los procesos productivos, descubrimientos técnicos y sistemas logísticos que logran acabar con paradigmas de producción, el Perú no puede ser ajeno a esta realidad y el servicio de transporte expreso es sin lugar a dudas una realidad que se ha hecho tal, quizás sin que nos demos cuenta, como necesaria respuesta a

    avances tecnológicos y logísticos. No es de extrañar que los países del primer mundo sean los líderes en esta rama o especialidad del transporte, que con los

    (22) Derecho Aduanero Tributario, WITKER, Jorge , ISBN 968-36-7094-6, )2001, 2003 Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México versión PDF www.bibliojuridica.org

    servicios conexos, brindan un cluster de actividades que merecen, como sugerimos un tratamiento diferenciado, de manera urgente.

    El Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas (21) DS N1 129-2004-EF publicado en el diario El Peruano el 12 de Septiembre del 2004, en su artículo 109 dice:

    Articulo 109.- Según su participación como transportista, agente de carga internacional, almacén aduanero, despachador de aduana, dueño, consignatario o consignante, o una combinación de ellos, son de aplicación a los concesionarios postales las disposiciones contenidas en la presente Ley.

    Este ultimo dispositivo legal reconoce de manera expresa que las actividades que desarrollan los concesionarios postales son diversas, complementarias y constituyen un cluster de servicios, que no pueden ser catalogados, como se persiste en el CIIU en "actividades de correo distintas a las actividades postales del correo nacional", lo que apoya indirectamente nuestra posición que se debe adoptar un criterio distinto al actual y a la espera de una nueva revisión de código CIIU se puede adoptar una posición distinta, y nominarla de acuerdo.

    3.3.2 Ámbito Internacional

    3.3.2.1 Definición de las Naciones Unidas (Clasificación Central de Productos)

    Definición de los servicios de correos (mensajeros). En el subsector 2B de la Lista de Clasificación Sectorial de los Servicios se hace referencia a la clase 7512 de la CPC, que contiene dos subclases:

    1) servicios de correos por distintos medios de transporte, consistentes en la recogida, transporte y reparto de cartas, paquetes y bultos, independientemente de que su destino sea nacional o internacional, prestados por empresas privadas que utilizan uno o más medios de transporte; y

    2) otros servicios de correos de mercancías no clasificados en otra parte, como el transporte de cargamentos en camiones o su trasbordo sin almacenamiento.

    3.3.2.2 Definición de la OEA

    Esta es quizás la definición mas completa pues lo que hace es reseñar las características comunes claves:

    • Transporte puerta a puerta que incluye el uso y la transferencia fluida entre diferentes modalidades de transporte (integración)
    • La capacidad para cumplir con los requerimientos del remitente de un servicio rápido y puntual, con la capacidad de ofrecerles a los clientes información vital sobre el estado de sus envíos y sobre las cadenas de abastecimiento
    • Un estricto control administrativo de todos los envíos, con la consiguiente necesidad de sistemas informativos sofisticados
    • Servicio de logística total
    • Servicios financieros de distribución
    • Servicios de tramite de desaduanaje

    3.3.2.3 Definición de la Aduana de Chile

    Para los efectos de la presente resolución, estas empresas constituyen "Personas jurídicas legalmente establecidas en el país, cuyo giro o actividad principal es ser un operador de distintas modalidades de transporte internacional de documentos y mercancías que requieren del traslado y disposición inmediata por parte del destinatario. Estas empresas, dentro de su actividad, estarán investidas para realizar todas las operaciones necesarias para el transporte".

    3.3.2.4 Definición de la Aduana de la Republica de Panamá

    Las denomina Empresas de transporte courier o correo paralelo

    Son empresas que ofrecen servicio de transporte de documentos urgentes o pequeños paquetes, con la modalidad de entrega puerta a puerta. Por regla general, ofrecen una garantía de entrega dentro de determinados plazos (el mismo día o al día siguiente) pero con limitaciones en lo que atañe a las dimensiones o peso.

    3.3.2.5 Definición del REGLAMENTO DEL CODIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO

    Empresas de entrega rápida o courier

    Constituyen empresas de entrega rápida o courier las personas jurídicas legalmente establecidas en cada país signatario, cuyo giro o actividad principal sea la prestación de los servicios de transporte internacional expreso a terceros por vía aérea o terrestre, de correspondencia, documentos, y envíos de mercancías que requieran de traslado y disposición inmediata por parte del destinatario.

    3.3.2.6 Definición de la European Express Organization.

    Servicio rápido de entrega, utilizando medios de transporte multimodales, de documentos, paquetes y carga, distribuidos a través de una red de centros de distribución y depósitos.

    3.4 Diferencias entre Compañía de Transporte Expreso y Compañía de Servicio Expreso.

    Debemos diferenciar claramente las compañías de Transporte Expreso de la Compañías de Servicio Expreso, las primeras claramente deben ser las compañías de brindan el servicio y que son propietarios y explotadores de los principales medios de transporte utilizados en la prestación del servicio expreso, es decir las aeronaves y flotas terrestres de vehículos de recojo y entrega, mientras que las compañías de servicio expreso son aquellas que sin contar con medios de transporte propios realizan a través de terceros las labores de logística y coordinación, un ejemplo puede ser una compañía en el Perú que tiene una oficina en Lima, cuenta con vehículos y personal para hacer el recojo en el domicilio de una persona, hacer los tramites de exportación y avisar a una oficina propia o de un corresponsal en Miami, Estados Unidos del envío que hace como carga aérea de una valija conteniendo varios envíos expresos, este corresponsal recoge los envíos, entrega directamente con sus vehículos o a través de otros operadores los que tienen destino final la ciudad de Miami y a su vez contrata a otra compañía para el redespacho a su destino final ya sea dentro de los Estados Unidos o a un destino internacional.

    No se puede discriminar a las compañías de servicio expreso, pues si bien no son grandes empresas con operaciones internacionales, no pueden ser excluidas ni impedidas de ofrecer esta modalidad de transporte y al encontrarnos en una economía social de mercado (22) (23) (24), será finalmente el mercado el que permita o no la permanencia de prestadores de servicio eficiente y económico.

    4 Descripción de la Actividad Postal

    4.1 Descripción de la actividad postal

    Se puede establecer claramente varias etapas en el proceso que hace el Correo de los bienes que recibe:

    • Admisión, es la acción de recibir de un remitente una pieza postal para su entrega al destinatario, el deposito del remitente en una oficina postal Comprende desde este momento hasta el traslado a un primer punto de clasificación.
    • Clasificación de salida o de origen, es la acción de seleccionar y separar los envíos según su destino, la naturaleza del producto (carta, encomienda o paquete postal) y clase de envío (normal o certificado). Esta acción de clasificación se puede dar en varias etapas pero para efectos prácticos la hemos considerado como solo una

    – Transporte, se entiende como la operación del traslado por diversos medios de transporte, aéreo, marítimo, fluvial o terrestre. Para estos efectos los envíos postales son entregados para transporte debidamente ensacados.

    – Clasificación de llegada o destino, acción de clasificar los envíos postales usando los mismos criterios que en la clasificación de salida.

    • Distribución final al remitente, usando los vehículos apropiados al tamaño y peso del envío, a pie, en bicicleta o camioneta.
    1. Articulo 58 CPE 1993 La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economci social de mercado. Bajo este regimen, el Estado orienta el desarrollo del pais y actua PRINCIPALMENTE en las areas de promocion del empleo, salud, EDUCACIÓN, SEGURIDAD, servcios publicos e infraestructura.
    2. Art. 59 CPE 1993 El Estado estimula la CREACIÓN de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empeesa, comercio e industria. el ejercicio de estas libertades no ebe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad publicas. El Estado brinda OPORTUNIDADES de superacion a los sectores que sufren de mayor desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas su modalidades

    4.2 Clasificación de las actividades postal y de Courier o Mensajeria Internacional

    4.2.1 Clasificación en el Perú

    En nuestro país se sigue la clasificación que hace el CIIU y por formar parte de la legislación nacional se ajusta a Ley, seria una contravención a la Ley clasificarlo en otro lugar, primero por que no existe y segundo por que aun no hay una política internacional para clasificarla como una actividad especifica, pues según el concepto moderno, incluye a una serie de servicios conexos, que pueden ser considerados como un nuevo servicio o como un cluster de servicios, que tampoco esta reconocido por el CIIU.

    Según el criterio del INEI en esta situación, si tuvieran que clasificar la actividad tendrían que colocarla dentro de la actividad que tenga mayor peso.

    Surgiría un conflicto sobre que criterio debe primar, el económico, la distancia, el medio de transporte usado, el país donde se realiza la mayor parte del servicio, con las variantes sobre como se clasifica en el país de origen de transito de destino, donde esta la casa matriz del operador, etc.

    ¿Donde se ubican actualmente los servicios que prestan los Concesionarios Postales?

    Las actividades de Concesiones Postales están dentro de la División 64 bajo la siguiente calificación:

    DIVISION 64 CORREO Y TELECOMUNICACIONES

    641 Actividades postales y de correo

    6411 Actividades postales nacionales

    6412 Actividades de correo distintas de las actividades postales nacionales

    En nuestro concepto esta clasificación que se hace en nuestro país, es restrictiva pues la actividad que efectúan los Concesionarios Postales en el ámbito internacional incluye otras actividades muy bien definidas. La explicación a esta clasificación podría estar en el hecho que cuando se autorizó a operar a estas compañías no existía ni en el país ni en el mundo clasificación alguna.

    La forma más fácil fue a través de la actividad que estaba más cercana a esta nueva industria y eran las actividades postales, de ahí que toda la normativa existente en el Peru fuera llevada al ámbito postal.

    Cabe destacar que en los años 1982 y 1983 las compañías transnacionales que prestaban servicios en el Peru, en vista de la falta de legislación nacional realizaron una labor de cabildeo, invitando a las autoridades de la entonces Superintendencia Nacional de Aduanas y la ex Dirección General de Correos a diversos países, donde estaba ya legislada, con la finalidad de incorporar a la legislación nacional dispositivos que permitiera realizar su operación en los plazos adecuados.

    El objetivo se cumplió pues se dieron ciertas normas, aunque imperfectas e incompletas, tanto en el ámbito postal como en el aduanero. Entre estos destaca el Secreto Supremo Nº 002-80-TC

    Hoy en día esta industria reconoce en diversos foros internacionales que realiza una nueva actividad, que brinda bajo un solo contrato o bajo una unidad de responsabilidad, diversas actividades que si bien se han incluido en la clasificación de las Naciones Unidas, su correcta ubicación no es evidente y que puede generar mayor confusión al dar lugar a interpretaciones erróneas.

    4.2.2 Clasificación Nacional de Actividades Económicas del Perú (ClaNAE-Perú). (*)

    4.2.3 Otros clasificadores usados en el Perú

    4.3 Clasificaciones internacionales (*)

    4.3.1 CLASIFICACION INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME

    4.3.2 Clasificación Propuesta por la OECD

    4.3.3 Clasificación por el GATS – Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios – OMC (Organización Mundial de Comercio)

    4.3.4 Clasificación de Departamento de Censo de los Estados Unidos de América

    4.3.5 Clasificación propuesta por la Industria.

    4.3.6 El Tratado de Libre Comercio de la Americas.

    4.3.7 Adopción una posición de sector especifico.

    4.4 Interrelación con otros sectores de servicios. (*)

    4.4.1 Niveles de Servicio que ofrece la industria

    4.5 ESTANDARES ISO (*)

    4.6 La Comunidad Andina de Naciones (*)

    4.7 Organizaciones Postales Internacionales (*)

    4.7.1 La Unión Postal de las Americas, España y Portugal

    4.7.2 La Unión Postal Universal (UPU)

    El origen de la UPU

    La importancia de la UPU.

    Relaciones de UPU con otras Organizaciones Internacionales.

    4.8 Como están reaccionando las Autoridades Postales al cambio en el panorama económico. (*)

    4.9 El papel actual de la Unión Postal Universal y su futuro (*)

    4.10 La "International Post Corporation" (*)

    4.11 INDECOPI (*)

    4.12 La OEA Definición de Política en Transporte Expreso (*)

      1. Evolución histórica del comercio Internacional y del Conocimiento de Embarque
    1. LA GUIA AEREA EN EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (*)

    5.2 Definición de la Guía Aérea

    5.3 Funciones de la Guía Aérea:

    5.4 La Guía Courier.

    6 Bienes que se pueden transportar por Courier o Concesionario Postal (*)

    7 Glosario de Términos (*)

    CAPITULO III

    EL MONOPOLIO POSTAL Y LAS CONCESIONES DE SERVICIO PUBLICO (*)

    1 La Política de Concesiones Postales en el Perú

    2 El Monopolio Postal y las concesiones de servicios públicos.

    2.1 Administración del Estado.

    2.2 Servicio público y servicio al público.

    2.3 Razones que justificaban el Monopolio Postal del Estado

    2.4 La desmonopolización del Correo Nacional

    CAPITULO IV

    CONTRASTACION DE LAS HIPOTESIS DE TRABAJO (*)

    1 Clasificación de la actividad

    2 Razones por la que la actividad debe ser autónoma

    3 Clasificación ClaNAE – Perú Propuesta

    4. Definición propuesta

    5 Legislación Nacional

    (*)Para ver el texto completo seleccione la opción "Descargar" del menú superior

    CONCLUSIONES

    1.- Es posible y necesario que la actividad que realizan los llamados concesionarios postales sea en primer lugar clasificada apropiadamente, solicitando la intervención del INEI para asignarle una clasificación nacional de seis dígitos hasta que el INEI decida implementar a nivel nacional la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que podrá ser llevada como propuesta y experiencia del Perú a la próxima reunión de Comisión de Estadística de las Naciones Unidas en virtud del cluster de actividades que realizan bajo una misma responsabilidad empresarial, que actualmente obliga a los operadores a establecer compañías paralelas, por impedimentos legales a cumplir su cometido bajo una misma empresa.

    2.- El caso típico es que un concesionarios postal tiene que establecer otra empresa que opere como Agente de Aduanas para despachar mercancías que despacha y transporta en exceso a los US$ 2,000.00

    3.- Eventualmente cuando se incrementen las actividades de las Empresas de Servicio Expreso y sea necesario que operen vehículos de carga dentro del país, será necesario que obtengan una licencia del Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

    4.- En la próxima reunión del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas se presentará oficialmente la moción para pasar a una Revisión Nº 4 del Codigo Industrial Internacional Uniforme que refleje la realidad.

    5.- Estas revisiones tardan muchos años en oficializarse, recordemos que pasaron veinte años entre las Revisiones 2 y 3; pero es necesario tomar medidas urgentes pues la actividad se ha desarrollado a mayor rapidez que la que se pudo prever.

    RECOMENDACIONES

    1.- Aplicar

    de inmediato las conclusiones del presente trabajo, sugiriendo al INEI su implementación creando una Clasificación Industrial Internacional Uniforme, para las actividades en cluster, que realizan los denominados Concesionarios Postales en nuestro país.

    2.- Retirar del ámbito de la Dirección General de Servicios Postales la supervisión de los concesionarios postales y pasarlo a otra dirección del Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

    3.- Denominarla oficialmente: Servicio de Entrega Expreso

    4.- Unificar bajo uno solo los distintos dispositivos legales que norman la actividad, de preferencia con rango de Ley.

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    • Constitución Política del Estado de 1933
    • Constitución Política del Estado de 1979
    • Constitución Política del Estado de 1993
    • Resolución Legislativa Nº 2197 de 1916,
    • Decreto legislativo 096, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
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    • Decreto Legislativo N° 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática"
    • Ley N° 27987 "Ley que faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a ejercer la Potestad Sancionadora en el ámbito de los Servicios Postales
    • Decreto Supremo N° 046-2003-MTC "Aprueban el Reglamento de la Ley 27987 que faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de los Servicios Postales"
    • Decreto Supremo Nº 019-97-MTC de fecha 22.08.97 Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
    • R.M. Nº 397-95-MTC/15.04 de fecha 03.10.95 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Correos (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
    • R.M. Nº 343-94-MTC/15.01 de fecha 14.09.94 "Delegación de Facultades para Otorgamiento de Concesiones Postales".
    • R.M. Nº 143-97-MTC/15.01 de fecha 24.03.97 "Delegación de Facultades para Cancelar Concesiones Otorgadas".
    • Directiva N° 003-2003-MTC/19 "Directiva sobre acciones de supervisión y control aplicable a los Servicios Postales"
    • Directiva N° 004-2003-MTC/19 "Procedimiento para la aplicación del Silencio Administrativo Positivo"
    • Directiva N° 005-2003-MTC/19 Directiva sobre Normas y Procedimientos para la aplicación de Sanciones a los infractores del Servicio Postal.
    • Directiva N° 007-2003-MTC/19 "Directiva de Seguimiento y Control respecto al pago de las multas aplicables a los infractores postales"
    • Resolución Directoral N° 008-2003-MTC/19 "Aprueba el Acta de Verificación a utilizarse en las Acciones de Supervisión"
    • 24.- Decreto del 27 de Febrero de 1866. Reglamento de Correos del Peru,
    • Decreto Ley 17526 del 25 de Marzo de 1969, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
    • Ley Nº 12959 del 27 de Febrero de 1959, Señalando nuevas tarifas para el correo nacional como internacional.
    • Ley 16078 del 14 de Enero de 1966, creando un franqueo adicional pro "Casa del Periodista"
    • Ley 16208, del 23 de Junio de 1966, creando franqueo adicional "pro reconstrucción de Chan-Chan.

    Otros dispositivos legales

    En aduanas:

    • Decreto Legislativo N° 809 del 19.04.96 Ley General de Aduanas.
    • Decreto Supremo N° 121-96-EF del 24.12.96 Reglamento de la Ley General de Aduanas.
    • Ley N° 18021 del 23.01.70 Decreto Ley N° 19006 del 30.10.71 y Resolución Legislativa N° 26256 del 06.12.93 Incorporando el Convenio Postal Universal a la legislación nacional
    • Decreto Supremo N° 071-98-EF (Sólo quedan vigentes los artículos 5° y 6°; los demás derogados). Reglamento de la Destinación Aduanera Especial de Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales.
    • Decreto Supremo N° 032-93-TCC del 04.11.93.
    • Reglamento de Servicios y Concesionarios Postales.
    • Decreto Supremo N° 122-96-EF del 24.12.96; modificado por los Decretos Supremos N° 027-2000-EF del 27.03.2000, N° 050-2000-EF del 25.05.2000, y N° 030-2001-EF del 23.02.2001. Tabla de sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.
    • Decreto Ley 17532 "Ley Orgánica de la Presidencia de la República", se crea la Oficina Nacional de Estadística y Censos – ONEC, con dependencia de la Oficina del Primer Ministro.
    • Decreto Ley Nº 21372 El 30 de Diciembre de 1975, por, se establece el "Sistema Estadístico Nacional" y se crea el Instituto Nacional de Estadística (INE), dependiente del Primer Ministro.
    • Decreto Ley Nº 563 El 5 de Abril de 1990, por se modifica el artículo 56º de la Ley del Poder Ejecutivo (Decreto Ley Nº 560) que amplia las responsabilidades del Instituto Nacional de Estadística como organismo encargado de conducir el Sistema Nacional de Estadística e Informática, debiendo formular y evaluar la política nacional de informática y regular las actividades de informática del Sector Público.
    • Decreto Legislativo Nº 604 el 30 de Abril de 1990, donde se aprueba la "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".
    • Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM el 21 de Abril de 2001, donde se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INEI.
    • Decreto Supremo Nº 066-2003-PCM el 28 de Junio de 2003, mediante el cual se fusionan la sub. jefatura de Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de su Secretaria de Gestión Pública.
    • Decreto Supremo N° 031-2001-EF. Reglamento de la Destinación Aduanera de Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales.
    • Resolución de Intendencia Nacional N° 002126 del 04.12.98 y su modificatoria la Resolución de Intendencia Nacional N° 000ADT/2001-000081 del 16.01.2001 Procedimiento de Destino Especial de Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales.
    • Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil
    • Convenio de Aviación Civil Internacional, Chicago Estados Unidos 7 de Diciembre de 1944
    • Convenio para la Unificación de ciertas reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, Varsovia 1929
    • Protocolo de La Haya de 1955
    • Convenio para la Unificación de ciertas reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional realizado por quién no sea el Transportista Contractual – Guadalajara 1961
    • Convenio sobre la responsabilidad Civil del Transportista Aéreo – Montreal 1999 (para la unificación de ciertas reglas para el Transporte Aéreo Internacional)
    • Resolución Ministerial Nº 823-90-TC/15 12 7 de Junio de 1990, Crea Registro de Agentes de Carga Aérea, en la Dirección General de Transporte Aéreo
    • Resolución Ministerial Nº 304-93-TC/15.12 del 28 de Junio de 1993, Modificación de la norma anterior.
    • Resolución Ministerial Nº 004-97-TC/15.12 Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas
    • Resolución Ministerial Nº 281-97-TC/15-16 Modificación de la norma anterior
    • Ley 24948. Ley de la Actividad Empresarial del Estado.
    • Ley 27170 Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. (Derogo expresa y tácitamente la mayoría de los artículos de la anterior.
    • Decreto Supremo Nº 026-2004.MTC, del 11 de Julio de 2004; crean el Registro Nacional de Concesionarios del Servicios Postal
    • Decreto Ley 20165 Ley General de Aduanas, del 2 de Octubre de 1973
    • Decreto Supremo Nº 020-74.MINCON del 3 Noviembre de 1974, Reglamento de la Ley General de Aduanas
    • Decreto Supremo 015-79-EF
    • Decreto Supremo 390-82-EFC
    • Resolución Suprema 181-85-EF del 23 de Mayo de 1985, Autorizando a las empresa de mensajeria internacional a despachar como carga aérea las valijas postales
    • Convenio de Kyoto del 15 Mayo de 1983, Anexo F-4 Relativo a las formalidades aduaneras aplicables al Trafico Postal.
    • Ley Nº 4107, del 11 de Mayo de 1920, Autorizando al Ejecutivo para contratar un empréstito para el ensanche de las oficinas de Correos y Telégrafos de Lima.
    • Ley 27791 del 24 de Julio de 2002, Aprueba Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

    En Páginas web de Internet

    A mi esposa Luchy, con todo mi

    amor, por su paciencia y tolerancia

    que ha tenido durante mis años

    de estudio

    AGRADECIMIENTOS:

    A mi Asesor de Tesis Dr. Norvil E. Cieza Montenegro, Catedrático del Curso "Derecho de Transportes y Comunicaciones" de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega; por su eficiente asesoramiento en mi tesis.

    A todos los profesores de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega

    Al eficiente y profesional personal de:

    • La Biblioteca Nacional
    • La Biblioteca del Congreso
    • La Biblioteca del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú
    • El Archivo General de la Nación

    A los Doctores

    – Jose Enrique Vidal Hermoza

    – Victor Avila Cabrera

    Carlos Ernesto Flores Leveroni

    Lima – Perú

    El autor, es Contador Público, Agente de Aduanas y Abogado