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Telecomunicaciones (página 2)


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EL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.

El Plan Nacional de Telecomunicaciones "con alcances a largo plazo para ser consolidados en un período de doce años, pasando por el mediano plazo y comenzando por metas claramente establecidas a corto plazo". (CONAPRI, Venezuela, Agosto 2000: p.4).

El plan contiene lineamientos generales que orientan y apoyan el crecimiento y fortalecimiento del Sector de Telecomunicaciones, enmarcado dentro de la estrategia de desarrollo nacional con la participación activa del sector privado. Formular iniciativas para hacer del Estado un usuario intensivo de la Red y un importante generador de contenidos.

Establece tres períodos:

Alcance a largo plazo (12 años o más):

  • -Brindar a cada ciudadano la posibilidad de acceso a un equipo terminal.
  • -Establecer una economía sólida bajo un modelo de producción competitivo basado en el uso de la información.
  • -Disponer de una infraestructura de investigación y desarrollo tecnológico en Telecomunicaciones.
  • -Estar en capacidad de exportar bienes y servicios de telecomunicaciones para sustentar el desarrollo interno.
  • -Consolidar el liderazgo regional y convertir a Venezuela en el centro de negocios de telecomunicaciones de la Comunidad Andina y el Caribe.
  • -Disponer de una red integrada y conectada con el mundo entero, donde el acceso a la información debe ser de uso masivo.
  • -Aplicar eficazmente los beneficios de las telecomunicaciones en todos los ámbitos.
  • -Ser un país activo dentro de la Sociedad del Conocimiento, capaz de generar y compartir información.
  • -Divulgar contenidos que representen la cultura, valores y tradiciones nacionales.

Alcance y metas a mediano plazo (6 años):

  • -Educar al usuario. Todo usuario debe conocer sus derechos y deberes antes de contratar un servicio específico. Todo ciudadano debe tener la posibilidad de informarse desde su casa o lugar de trabajo sobre las condiciones como se ofrecen los servicios.
  • -Consolidar las Asociaciones de Usuarios. Todo servicio con orientación al mercado residencial debe tener por lo menos una asociación de usuarios con capacidad de divulgación y participación, registrada y oficializada en CONATEL.
  • -Ofrecer servicios de alta calidad. Lograr que ningún servicio tenga menos del 70% de aprobación en la opinión de los usuarios. Contar con un reglamento de calidad de los servicios de telecomunicaciones.
  • -Promover el Desarrollo de la Infraestructura Nacional de Información. Todo organismo público deberá ofrecer información por esta infraestructura. El 80% de los trámites administrativos públicos se realizarán por la Red; y el 50% de las transacciones del Estado podrán efectuarse vía electrónica.
  • -Consolidar la competencia en todos los servicios. Lograr que el gasto promedio para satisfacer los requerimientos de acceso y comunicación no exceda el 10% del costo de la canasta básica. El usuario deberá tener más de una opción por servicio.
  • -Crear incentivos para la aplicación de tecnologías convergentes. Tasas impositivas especiales para la importación y comercialización de tecnologías que demuestren ser convergentes.
  • -Poseer un Servicio Universal en funcionamiento. El 75% de la población desasistida tendrá acceso a servicios de telecomunicaciones en su localidad.
  • -Establecer políticas que generen contenido nacional. Disponer de 100.000 "web sites" instalados en el país referidos a contenidos nacionales.
  • -Incentivar el uso de Internet a todos los niveles. Todos deben estar informados sobre esta herramienta sin importar los niveles educativos, sociales, profesionales y generacionales. Lograr una penetración del 15% de la población en general. Apoyar la oferta de la tarifa plana para el acceso.
  • -Ofrecer ventajas competitivas y comparativas a las empresas interesadas en invertir en el país. Poseer la mejor relación bits transmitidos/Bolívar de la región. Incentivos fiscales y créditos para las iniciativas e ideas emprendedoras y producir por lo menos 500 empresas exitosas basadas en el uso de Internet.
  • -Facilitar el acceso a bases de datos especializadas para apoyar el sector productivo. Propiciar la creación de bases de datos por cada área productiva, (manufactura, agricultura, servicios, etc.) con acceso a nivel nacional.
  • -Aplicar en forma eficaz las telecomunicaciones en las áreas prioritarias; salud, educación y seguridad. Cada una de estas áreas deberá ofrecer servicios e información a través de sistemas móviles y fijos. Conceptos como Tele-medicina y Tele-educación serán aplicados en por lo menos una institución a nivel nacional.
  • -Convertir a Venezuela en el centro latinoamericano de capacitación y asesoría en materia de telecomunicaciones. Ser reconocidos a nivel mundial por el prestigio del recurso humano nacional y estar en capacidad de apoyar a todos los países latinoamericanos en materia de telecomunicaciones.
  • -Promover educación a todo nivel y durante toda la vida. Asesorar a los organismos competentes para que el 50% de la información relacionada con los programas de educación formal estén digitalizados y a la disposición en la red. Todas las bibliotecas e instituciones educacionales deben contar con salas de acceso a Internet.
  • -Mejorar la calidad de vida a través del acceso a los servicios de telecomunicaciones. No deberá existir ninguna población con más de 500 habitantes sin posibilidad de comunicarse. El 80% de la población podrá acceder por lo menos a un servicio de telecomunicaciones. Debe ser de acceso público la información sobre las opciones de esparcimiento, oportunidades de trabajo y medios de reclamo, para permitir la relación constante y directa de los ciudadanos con los entes públicos y privados.
  • -Contar con mecanismos logísticos centralizados de telecomunicaciones que obedezcan a un plan único de fácil activación ante la presencia de catástrofes y emergencias nacionales. Después de declarar estado de emergencia se debe ensamblar en menos de una hora el sistema nacional de telecomunicación de emergencia. Y debe dar respuesta e instrucciones a cada persona que lo requiera. Todo ciudadano debe estar informado sobre las formas de acceder a este servicio.
  • -Poseer un servicio Celular de 3era Generación en funcionamiento. Se proveerá servicios de Video, Voz y Datos a través de los terminales móviles pertenecientes a estas tecnologías.
  • -Generar incentivos gubernamentales para el acceso final. Creación de la concesión de Multi-Servicios Interactivos. Apoyar el ingreso de nuevas tecnologías inalámbricas.
  • -Disponer de portabilidad numérica en servicios de voz. En las cinco (5) áreas locales con mayor tráfico, sin importar la empresa operadora ni el tipo de red, el usuario siempre tendrá el mismo número telefónico.
  • -Consolidar un ente regulador fortalecido e Independiente. Afianzar un organismo independiente con un alto nivel técnico y deberá garantizar que el personal de la institución tenga la posibilidad de alcanzar un crecimiento laboral ascendente.

Metas a corto plazo (1 año).

  • -Promulgar el Decreto sobre la Internet como servicio prioritario para el desarrollo nacional.
  • -Promulgar el Decreto para la creación de la Infraestructura Nacional de la Información.
  • -Definir los grupos y planes de trabajo para desarrollar los objetivos en telecomunicaciones dentro de los Planes Sectoriales de cada Ministerio.
  • -Poner en marcha el Plan de Emisoras Fronterizas.
  • -Apoyar la creación de la empresa de satélites de la Comunidad Andina (BolívarSat) en Venezuela.
  • -Aprobar la nueva Ley de Telecomunicaciones.
  • -Crear el Centro de Desarrollo y Educación de Telecomunicaciones (CEDETEL).
  • -Definir el modelo de apertura del servicio telefónico.
  • -Subastar nuevas bandas para tecnologías emergentes (LMDS).
  • -Presentar un plan conjunto con la empresa privada para el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones en los nuevos centros poblados.
  • -Definir el programa de educación e información sobre el uso y aplicación de Internet.
  • -Aprobar el marco jurídico para el Comercio Electrónico.
  • -Subastar nuevas bandas para tecnologías emergentes (WLL).
  • -Recibir la Presidencia del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL).
  • -Definir el Proyecto de "Combo" de Acceso a Internet, en conjunto con las empresas privadas proveedoras de computadoras y de servicios.
  • -Definir el modelo de los Telecentros de Servicios Comunitarios de Telecomunicaciones e inicio del Centro Piloto.
  • -Impulsar la expansión de los Servicios de Telecomunicaciones hacia los ejes de desarrollo.
  • -Aprobar los Reglamentos de Interconexión, Portabilidad Numérica, Modelo Tarifario y Calidad de Servicio.
  • -Aprobar el Plan de Telecomunicaciones para contingencias.
  • -Elaborar estadística única de infraestructura de telecomunicaciones.
  • -Instalar y hacer pruebas del Sistema Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico (SAAGER).
  • -Crear el Fondo Nacional para el Desarrollo del Servicio Universal.
  • -Ejecutar la apertura del servicio telefónico.
  • -Aprobar los objetivos en telecomunicaciones dentro de los Planes Sectoriales de cada Ministerio.
  • -Alcanzar el 80% de digitalización de la red telefónica.
  • -Llegar a 5.000.000 usuarios en el servicio celular.
  • -El 50% de las informaciones generadas por los organismos del Estado para el público en general estarán en Internet y 20% de los trámites con el Gobierno podrán realizarse por medios telemáticos.
  • -Presentar un plan estratégico para el desarrollo de la TV nacional.
  • -Definir el modelo de TV y Radio digital.
  • -30 estaciones fronterizas instaladas.

En este mismo sentido, el país posee amplias ventajas potenciales en materia comunicacional, ya que:

  • 88 millardos de bolívares fue la inversión total en 1995 para el área de telecomunicaciones y en 1999 Bs. 630,8 millardos.
  • Un millardo de dólares ha sido el rango constante de inversión en los últimos dos años.
  • 12 millardos de bolívares fue la inversión en telefonía rural en 1997. Sigue siendo la cenicienta del sector de telecomunicaciones. En 1999 fue de Bs. 6,7 millardos.
  • 1998 es el año más importante para la inversión en la red básica con 288 millardos de bolívares, frente a los 52 millardos en 1995.
  • 238 millardos de bolívares fue la inversión 'dura' que se hizo en servicio de satélites en 1996.
  • Posee la penetración de telefonía celular más alta de la región, con un índice superior a 20%, lo cual sobrepasa a países más desarrollados económicamente y con mayor densidad de población, como Brasil y México. 7.000 teléfonos celulares existían en 1991 y hoy 5 millones.
  • Entre 1991 y 1999 se han invertido alrededor de 7 millardos de dólares en el sector de telecomunicaciones
  • 3,5 millones de líneas telefónicas fijas están instaladas en Venezuela.
  • 80 mil teléfonos públicos se han instalado durante el monopolio de la CANTV.
  • 1.700 millones son los ingresos anuales estimados por concepto de telefonía fija para CANTV.
  • 43 millardos de dólares son los ingresos estimados por CONATEL para la nación durante los próximos seis años.
  • Tendrá la mayor tasa de crecimiento de comercio electrónico en América Latina, entre los años 2000 y 2003.
  • Hay un fortísimo interés empresarial en la subasta de concesiones para la prestación de servicios de telefonía inalámbrica.
  • El producto interno bruto sectorial de comunicaciones ha crecido a una tasa sostenida de entre 13% y 27% en la última década, llegando a 14,7% en el tercer trimestre de este año.

Con la apertura total del sector de las telecomunicaciones, Venezuela avanza hacia la sociedad del conocimiento, y al mismo tiempo promueve el progreso social, económico y tecnológico. La entrada de nuevas empresas operadoras de servicios de telecomunicaciones, aunada a la actuación en el ámbito internacional en el ejercicio de la presidencia del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), la membresía en la Directiva de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y el desarrollo del proyecto satelital Simón Bolívar, permitirá a Venezuela posicionarse en los mercados internacionales para convertirse en líder regional de las telecomunicaciones. La apertura de las telecomunicaciones se manifestaría en beneficios medibles para el país:

  • La penetración de la telefonía básica ascendería a 20% en 2003. Actualmente, se encuentra en 14%, 5 puntos por debajo de la media de los países en desarrollo.
  • 100% de la población comenzará a tener acceso al servicio de telefonía básica. Se hará especial énfasis en las zonas rurales.
  • 80% de la población tendrá acceso a por lo menos un servicio de telecomunicaciones. La prioridad es para el segmento básico, pero se promoverá también el acceso a la superautopista.
  • Por lo menos 15% de la población deberá, en el mediano plazo, contar con acceso a Internet.
  • En 2006, 50% de las transacciones gubernamentales se realizarán vía Internet.
  • El consumidor podrá moldear la oferta de 80% de los servicios de telecomunicaciones al término de 12 años. Es decir, podrá expresar su opinión sobre cuáles son los servicios que requiere, y el pronunciamiento deberá ser recogido por las operadoras.
  • El tope del gasto promedio de los abonados, para acceder y disfrutar de los servicios, será de 10% de la canasta básica.
  • En menos de 3 años se crearán 100.000 sitios de Internet con contenidos nacionales.
  • Por lo menos 500 nuevas compañías se incorporarán a las transacciones electrónicas.

Régimen jurídico de las habitaciones para el uso y explotación del espectro radioeléctrico a la luz de la entrada en vigencia de la ley orgánica de telecomunicaciones.

 1. Principios generales.

 El artículo 5 de la LOT dispone que «(…) el establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de telecomunicaciones se consideran actividades de interés general, para cuyo ejercicio se requerirá la obtención previa de la correspondiente habilitación administrativa y concesión de ser necesaria, en los casos y condiciones que establece la ley, los reglamentos y las Condiciones Generales que al efecto establezca la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (…)».

Conviene precisar, como punto previo, los siguientes principios generales:

 1.1 Naturaleza jurídica.

La LOT deroga la reserva que existía sobre todas las actividades de telecomunicaciones, lo que se traduce en una despublificación de este sector de la economía, desde que se elimina la titularidad pública de las Telecomunicaciones las cuales ahora pasan a ser de titularidad del sector privado.

Ahora bien, debe tenerse en cuenta que la naturaleza jurídica de los "títulos habilitantes" a los cuales se refiere la LOT, se determina en atención a lo siguiente: si las telecomunicaciones son actividades explotables a través del ejercicio de la libertad de empresa, debe descartarse que tales "títulos" sean concesiones, pues éstas sólo son extensibles a las actividades reservadas por el Estado. De allí que los "títulos habilitantes" son autorizaciones administrativas, entendidas como el acto a través del cual la Administración habilita a una persona física o jurídica, privada o pública, para ejercer un poder jurídico o derecho preexistente (Cfr. Sayagues Lazo, Enrique, Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I, Montevideo, 1959, págs. 388 – 431).

En este mismo sentido se ha expresado Araujo Juarez, para quien las habilitaciones administrativas son aquellos actos de la Administración que hace posible que una persona ejerza un derecho o un poder que de antemano le pertenecía, pero para cuyo ejercicio existía un obstáculo legal. (Cfr. Araujo Juarez, José, Principios Generales del Derecho Administrativo Formal, Barcelona, pp. 271 – 287). En consecuencia, es claro que la autorización –a diferencia de la concesión- no otorga ningún derecho, puesto que éste era preexistente en la esfera jurídico subjetiva del particular, siendo la autorización un mero formalismo para el ejercicio del derecho. Hay entonces, en teoría, una transformación importante del título jurídico, en virtud del cual se explota las Telecomunicaciones como servicios públicos liberalizados. Como se ha advertido, en el régimen tradicional de las telecomunicaciones no puede hablarse del "derecho a la prestación de servicios", dados los efectos constitutivos de la concesión.

Por el contrario, luego de la liberalización, el derecho preexiste al título que habilita para ejercitar la actividad de que se trate. También se ha pronunciado en este sentido José Luis Villar Ezcurra, según el cual "…al desaparecer la publicatio de actividades deja de tener sentido la concesión como título habilitante y, en su lugar (…) [se] acude a la técnica autorizatoria…". Lo anterior no obsta a que los particulares, cuando deseen explotar actividades de telecomunicaciones que requieran el uso del espacio radioeléctrico, deban obtener previamente una concesión, además de la autorización correspondiente. La concesión, insistimos, no deriva de la reserva de la actividad, sino del carácter de bien del dominio público del espacio radioeléctrico. Estos principios eran respetados en el Proyecto elaborado por CONATEL, cuyo artículo 16 preveía lo siguiente:

 "…La habilitación administrativa es el título que otorga el Ejecutivo Nacional, por órgano de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para el establecimiento y explotación de redes y para la prestación de servicios de telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones que a tales fines establezca dicho órgano, de conformidad con esta Ley. Las actividades y servicios concretos que podrán prestarse bajo el amparo de una habilitación administrativa se denominarán atributos de la habilitación administrativa.

En los casos en que se requiera el uso del espectro radioeléctrico el operador deberá obtener además la correspondiente concesión…".

Era clara, conforme esa norma, que las habilitaciones administrativas eran actos autorizatorios, pues preexistía el derecho de explotación de actividades de telecomunicaciones. Disposiciones como la transcrita evidenciaban que tanto la idea del legislador como la expresada intención del proyectista y el nuevo régimen de las telecomunicaciones acogido en el Proyecto de la LOT, estaban orientados a dar un cambio sustancial respecto del régimen de telecomunicaciones anterior. Sin embargo, es menester señalar que la idea de apertura propugnada se intentó disminuir en las deliberaciones efectuadas en el Congresillo, dada la resistencia de ciertos sectores a los cambios que se intentaban efectuar. Ello trajo como consecuencia una no muy clara, antes bien, bastante confusa forma de plasmar la apertura propugnada a través de reglamentaciones que traslucen resistencia a esta nueva y moderna concepción de las telecomunicaciones. Evidencia de ello lo encontramos en el cambio radical que dio la LOT en lo que respecta a la habilitación administrativa, cuyo artículo 16 señala lo siguiente:

"… La habilitación administrativa es el título que otorga la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para el establecimiento y explotación de redes y para la prestación de servicios de telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones que a tales fines establezca dicho órgano, de conformidad con esta Ley. Las actividades y servicios concretos que podrán prestarse bajo el amparo de una habilitación administrativa se denominarán atributos de la habilitación administrativa, los cuales otorgan los derechos y deberes inherentes a la actividad para la cual ha sido habilitado el operador, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 de esta Ley.

En los casos en que se requiera el uso del espectro radioeléctrico, el operador deberá obtener además la correspondiente concesión …" (subrayado nuestro).

 Nótese, cómo según el artículo 16 de la LOT, las "habilitaciones administrativas" que otorgue CONATEL, contienen atributos que otorgan los derechos inherentes a la actividad para la cual ha sido habilitado el operador. De allí que, en una interpretación literal de esa norma, la habilitación concede u otorga derechos, por lo que no se trataría ya formalmente de una autorización, sino de una concesión. Las consecuencias de la interpretación literal del artículo 16 son las siguientes:

  1. Se consagra el carácter constitutivo de la habilitación. De allí que, a diferencia de lo expuesto por nosotros, no preexiste en las Telecomunicaciones, el derecho a explotar actividades económicas: ese derecho es otorgado por la habilitación, a través de los "atributos".
  2. Al no preexistir ningún derecho, corresponderá a la Administración determinar qué derechos tendrán cada uno de los operadores. En virtud de ello, el régimen de explotación de las actividades de telecomunicaciones sería estatutario.
  3. Por último, la interpretación literal minimiza los efectos de la liberalización, pues persistiría la ausencia de reserva legal en cuanto a las limitaciones que puedan imponerse a la explotación de actividades de telecomunicaciones: como se deriva del artículo antes transcrito, los deberes (entiéndase, cargas y limitaciones) de los operadores de telecomunicaciones, serán impuestas por la Administración.

Ahora bien, teniendo en consideración que la LOT despublifica el sector de las telecomunicaciones, y que el principio que pasa a regir es la libertad económica y la libre competencia, el cual es uno de los valores que, conforme el artículo 299, informa el régimen socioeconómico de Venezuela, debe desecharse la interpretación literal del artículo 16. En efecto, esa norma debe interpretarse conforme el principio de libertad económica establecido en la Constitución, el cual, insistimos, rige en las Telecomunicaciones desde que la LOT despublificó ese sector. Por tanto, la interpretación del artículo 16 de la LOT conforme el derecho constitucional a la libertad económica, nos permite aseverar que esa libertad rige en el sector de las telecomunicaciones y que, por tanto, todas las personas tienen el derecho preexistente a explotar cualquier actividad del sector, siendo el único requisito para ello, la previa habilitación administrativa, la cual no tendría –como se desprende de la interpretación literal del artículo comentado –efectos constitutivos sino meramente declarativos en lo que respecta al derecho de explotación. Debemos concluir entonces que, pese a la errada redacción del artículo 16, la habilitación administrativa ahí regulada no otorga o concede ningún derecho. Priva de esa manera, un régimen autorizatorio en un todo acorde con la libertad de empresa.

1.2 Carácter de la autorización.

La autorización que regula la LOT debería ser –conforme los principios que informan la liberalización de servicios públicos- un acto reglado, que debe ser otorgado por CONATEL "a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones que a tales fines establezca dicho órgano, de conformidad con esta Ley".

Sin embargo, no queda claro en la LOT cuáles son los requisitos que deben cumplir los interesados en obtener la autorización, lo que menoscaba el carácter reglado de ese acto en detrimento a los principios que han de informar la liberalización. Incluso, es menester señalar que la LOT en ninguno de sus artículos consagra cuáles son los requisitos que deben concurrir para otorgar tal autorización, por tanto, debe entenderse que ésta deja de ser una potestad reglada. Al margen de lo anterior, y siguiendo al profesor Sebastian Martín-Retortillo Baquer, podemos señalar que la autorización que prevé la LOT es operativa, pues no sólo se limita a permitir la explotación de una actividad, sino que además, puede imponer obligaciones determinadas para ello (i.e.: obligaciones de servicio público). No creemos, como señala Villar Ezcurra, que se trate de actos cuasi contractuales, dado que la autorización es un acto unilateral sin perjuicio de que en su formación participe la voluntad del futuro destinatario.

Las actividades para la cual es otorgada la autorización, se denominan "atributos". Debe entenderse así que el operador sólo podrá realizar aquellas actividades para las cuales ha sido autorizado. En caso de duda, estimamos que debe imperar el principio de interpretación a favor de la libertad de empresa, en virtud del cual debe entenderse que la autorización fue otorgada para todas las actividades relacionadas con los atributos respectivos.

1.3 Autoridad competente.

Según dispone el artículo 16, la habilitación y/o concesión –de ser el caso- es otorgada por CONATEL.

1.4 Exclusiones en razón de la presencia de inversiones extranjeras.

El artículo 9 consagra ciertas exclusiones, al establecer a qué personas no podrá otorgárseles títulos habilitantes o concesiones:

«(…) Las habilitaciones administrativas para la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como las concesiones para el uso y explotación del dominio público radioeléctrico, sólo serán otorgadas a personas domiciliadas en el país, salvo lo que establezcan los acuerdos o tratados internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela. La participación de la inversión extranjera en el ámbito de las telecomunicaciones sólo podrá limitarse en los servicios de radiodifusión sonora y televisión abierta, de conformidad con lo que al efecto prevean las normas legales y reglamentarias correspondientes (…)».

La primera exclusión puede interpretarse en el sentido que, para el otorgamiento del título o concesión de que se trate, el solicitante deberá actuar a través de una persona jurídica domiciliada en Venezuela. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que de conformidad con el artículo 354 del Código de Comercio, se entenderá que una empresa extranjera está domiciliada en Venezuela cuando explote en el territorio alguna actividad comercial. De allí que, a los fines del mencionado artículo, bastará cumplir con lo preceptuado en la norma del Código de Comercio sin que en modo alguno quepa excluir del sector de las telecomunicaciones las inversiones extranjeras.

Sí se puede por el contrario excluir determinadas actividades de las inversiones extranjeras (televisión y radio), tal y como establecen la Decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y el Decreto 2.095 de 25 de marzo de 1992, que regulan el régimen de inversiones extranjeras. Será aplicable en este sentido, además, la Ley de Promoción y Protección de Inversiones, publicada en la Gaceta Oficial número 5.390 extraordinario de 22 de octubre de 1999, especialmente, el parágrafo primero del artículo 7, según el cual «mediante Ley, podrán reservarse determinados sectores de la actividad económica, al Estado o a inversionistas venezolanos».

2. Procedimiento para la obtención del título habilitante.

2.1 Formas de iniciación.

Las personas interesadas en prestar uno o más servicios de telecomunicaciones al público o en establecer o explotar una red de telecomunicaciones, deberán solicitar a CONATEL la habilitación administrativa correspondiente o la ampliación de los atributos de que sea titular. (Cfr. artículo 25 de la LOT). Se trata pues, de un procedimiento iniciado a instancia de parte interesada.

2.2 Contenido de la solicitud.

El contenido de la solicitud escrita, conforme el artículo 26, deberá contener los siguientes requisitos formales:

  1. La identificación del interesado, y en su caso, de la persona que actúe como su representante con expresión de los nombres y apellidos, domicilio, profesión y número de la cédula de identidad o pasaporte.
  2. El tipo de actividad de telecomunicaciones para la cual se pretende obtener la habilitación administrativa y los atributos a ella asociados.
  3. Descripción clara y precisa del proyecto técnico correspondiente.
  4. Referencia a los anexos donde se sustenta el proyecto y el cumplimiento de las Condiciones Generales.
  5. La dirección del lugar donde se harán las notificaciones. El interesado, si lo tuviere, podrá señalar una dirección de correo electrónico en la que se podrán hacer las notificaciones correspondientes.
  6. Cualesquiera otras circunstancias que exijan las normas legales o reglamentarias.
  7. La firma de los interesados.

El artículo prevé que «el reglamento de esta Ley podrá disponer que la solicitud se haga mediante mecanismos electrónicos que garanticen su seguridad, privacidad y autenticidad». Por tanto, la solicitud debe presentarse por escrito salvo que reglamentariamente se hubiere dispuesto lo contrario.

Quien presente la solicitud –escrita o electrónica- deberá además, conforme el artículo 18, declarar bajo juramento «sí alguna persona natural o jurídica vinculada a ella presta el mismo servicio o servicios semejantes». La LOT, como veremos, impone severas limitaciones a las distintas concentraciones horizontales que puedan presentarse en el sector, en defensa del principio de libre competencia.

2.3 Subsanación.

Aplicando el principio del despacho subsanador que informa el procedimiento administrativo, el artículo 27 prevé que «(…) si a juicio de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones la solicitud de habilitación administrativa del interesado resulta oscura, inexacta o incompleta, dictará un acto suficientemente motivado mediante el cual ordenará al interesado corregir los defectos de la solicitud en un lapso de quince días hábiles contados a partir de su notificación. Si el interesado no corrige o completa los aspectos de su solicitud que se le hubiesen indicado en el plazo mencionado, o lo hace en forma distinta a la señalada, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones dictará un acto en el cual se declarará inadmisible la solicitud y ordenará su archivo.»

2.4 Condiciones generales.

El artículo 20 de la LOT establece las Condiciones Generales a las cuales deberán sujetarse los interesados en obtener una habilitación administrativa en materia de telecomunicaciones de conformidad con las previsiones de esta Ley. A pesar de su nombre, se trata en realidad de Condiciones aplicables a cada una de las distintas actividades del sector.

Es por ello que, conforme la norma que se comenta, CONATEL establecerá las Condiciones Generales atendiendo «a las particularidades del tipo de redes y servicios de que se trate, las Condiciones Generales». En todo caso, de conformidad con los reglamentos respectivos, las Condiciones Generales deberán estar orientadas a garantizar, entre otros aspectos:

  1. El cumplimiento por parte de la persona que resulte beneficiaria de la habilitación administrativa de los requisitos esenciales para una adecuada prestación del servicio, el correcto establecimiento o explotación de una red;
  2. Mecanismos idóneos para la información y protección de los derechos de los usuarios o contratante de servicios;
  3. El adecuado acceso a los servicios por las personas discapacitadas o con necesidades especiales;
  4. El comportamiento competitivo de los operadores en los mercados de telecomunicaciones;
  5. La utilización efectiva y eficaz de la capacidad numérica;
  6. Los derechos y obligaciones en materia de interconexión de redes y la interoperabilidad de los servicios, así como los demás requisitos técnicos y de calidad que se establezcan;
  7. La sujeción a las normas ambientales, de ordenación del territorio y urbanismo;

8. El respeto a las normas sobre Servicio Universal, a las medidas adoptadas por razones de interés público y, a la protección de datos de las personas.

En nuestra opinión, la figura analizada tiene la misma naturaleza que las denominadas Condiciones Generales de Contratación, dado que son actos que establecen el contenido general de los títulos habilitantes, aplicables a sus destinatarios sólo en la medida en que hayan sido incorporados al título correspondiente. A través de esas condiciones se garantiza el derecho a la igualdad, al regularse el contenido general de todos los títulos habilitantes. Cada uno de esos títulos, a su vez, podrá contener condiciones especiales.

El principio de seguridad jurídica exige que la modificación de esas Condiciones se realice de manera clara y predecible. Por ello, el artículo 22 dispone que «(…) la modificación de las Condiciones Generales de las habilitaciones administrativas por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, se hará con previa consulta pública, según el mecanismo que establezca el reglamento respectivo.

Cuando se modifiquen las Condiciones Generales, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones establecerá un plazo razonable de adaptación para los habilitados preexistentes, quienes deberán ajustarse a los nuevos requerimientos en el plazo establecido, so pena de aplicación de las sanciones que establezca la ley (…)».

2.5 Supuestos en los que no procede el título habilitante.

El artículo 23 de la LOT prevé que no se requerirá de concesión ni habilitación administrativa en los casos siguientes:

  1. Cuando se trate de equipos de seguridad o intercomunicación que sin conexión a redes públicas y sin utilizar el dominio público radioeléctrico, se utilicen dentro de un inmueble o para servir a determinados inmuebles.
  2. Cuando se trate de equipos que, a pesar de utilizar porciones del espectro radioeléctrico, hayan sido calificados de uso libre por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.
  3. Cuando se trate de equipos o redes de telecomunicaciones de órganos de la República, de los estados o de los municipios, cuando tales actividades se hagan para la satisfacción de sus necesidades comunicacionales, sin que medie contraprestación económica de terceros ni se haga uso del dominio público radioeléctrico.
  4. Cuando se trate de servicios que utilicen como soporte redes, enlaces o sistemas de telecomunicaciones, con el objeto de ofrecer facilidades adicionales a las definidas como atributos de las habilitaciones administrativas, aplicando a estas facilidades procesos que hagan posibles la disponibilidad de información, la actuación sobre estos o la interacción con el sistema. Quedan exceptuados los proveedores del servicios de Internet.

Igualmente, prevé la norma que «(…)mediante reglamento podrá establecerse los casos y modalidades en que los supuestos previstos en el presente artículo requerirán la notificación a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones o el registro previo del proyecto respectivo(((…)». La realización de actividades con obligación de notificación es una limitación al principio constitucional de libertad que como tal es de reserva legal. De nuevo, la LOT deslegaliza materias que por afectar el desarrollo de libertad fundamentales, son materia de reserva legal. Sin embargo, la aplicación práctica de estos supuestos se reconduce, generalmente, a la explotación de actividades de telecomunicaciones sin fines de lucro.

2.6 Lapso para decidir. Solicitud de información.

CONATEL dispondrá -según el artículo 28- de un lapso de cuarenta y cinco (45) días continuos, contados desde el recibo de la solicitud, para dictar la Resolución en la que se determine si la solicitud cumple o no con los requisitos de forma y de fondo previstos en esta Ley, sus reglamentos y las Condiciones Generales.

Dicho lapso podrá prorrogarse mediante acto motivado, sólo por una vez, hasta por quince (15) días continuos. Durante el lapso que tiene para decidir, CONATEL podrá solicitar al interesado la información que considere pertinente a los efectos de evaluar la solicitud.

Debemos reiterar que la LOT no consagra cuáles son los requisitos de fondo para otorgar la habilitación correspondiente, por lo que tales presupuestos –necesarios para explotar actividades de telecomunicaciones- serán precisados en actos de rango sub-legal, lo que acentúa la deslegalización en la que incurre la nueva Ley.

2.7 Decisión. Silencio administrativo. Decaimiento .

Cuando CONATEL determine que se han cumplido los requisitos y condiciones establecidos en la ley y los reglamentos, otorgará mediante acto motivado la habilitación administrativa correspondiente o la ampliación de sus atributos, según el caso. Resaltamos de nuevo que en la práctica, la habilitación será otorgada conforme los parámetros que se establezcan en actos sub-legales, pues la Ley nada dispuso sobre los requisitos de fondo necesarios para otorgar tal acto. Sin embargo, cumplidos esos requisitos, CONATEL deberá otorgar la respectiva habilitación, conforme dispone el artículo comentado. Esto es, se trata de un acto autorizatorio reglado, lo cual sin embargo pierde importancia, ante la indeterminación de los supuestos de procedencia de la habilitación (Cfr.: artículo 29).

La habilitación, en los términos expuestos, es un acto de efectos particulares. Sin embargo, conforme el artículo 17, las leyes y reglamentos podrán establecer otros tipos distintos de habilitación administrativa. Podría así suceder –como se regulaba en el Proyecto elaborado por CONATEL- que se estableciesen habilitaciones generales, simplificando el procedimiento administrativo previo a su otorgamiento. Si CONATEL determina que el interesado no cumple con los extremos requeridos, dictará un acto motivado en el cual se declarará improcedente la solicitud, dándose por concluido el procedimiento. Tal acto, como aclara la norma que se comenta -artículo 30 de la LOT- se notificará al interesado. Otra de las formas de terminación del procedimiento es a través del silencio administrativo, dado que, vencidos los plazos antes indicados sin que CONATEL decida, se entenderá negada la solicitud (Cfr. artículo 31 de la LOT). Dentro de los modos anormales de terminación del procedimiento, la LOT regula la caducidad o perención del procedimiento. En este sentido, señala la Ley que si el procedimiento llegase a paralizarse por causas imputables al interesado por más de quince días hábiles contados desde la notificación que se le haga advirtiéndosele tal situación, se tendrá por desistida la solicitud y se ordenará el archivo del expediente (Cfr. artículo 32 de la LOT).

2.8 Tramitación abreviada.

En todo caso, debe tenerse en cuenta que los plazos antes indicados podrán reducirse de conformidad con lo pautado en el artículo 33 de la LOT, según el cual, CONATEL podrá decidir mediante acto motivado abreviar el procedimiento ordinario, atendiendo a la naturaleza temporal del servicio que se solicite y a la urgencia con que se requiera prestarlo de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta Ley. En el acto de apertura del procedimiento se establecerá con toda precisión el procedimiento sumario.

2.9 Contenido del título habilitante. Carácter temporal .

Conforme el artículo 19, toda habilitación administrativa deberá contener además de los extremos requeridos por Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por lo menos los siguientes requisitos formales:

  1. El tipo de habilitación administrativa de que se trate y los atributos que confiere;
  2. La determinación de las características de las redes y de los servicios; su zona de cobertura y cronograma de implantación, así como las modalidades de acceso a ellos y distribución de los porcentajes de cobertura mínima uniforme dentro de la zona que le corresponda, si fuere el caso de conformidad con la reglamentación respectiva;
  3. El tiempo durante el cual se otorga;
  4. Una remisión expresa a las Condiciones Generales de las habilitaciones administrativas aplicables que haya establecido CONATEL, de conformidad con la ley y los reglamentos, con expresión del número y fecha de la Gaceta Oficial de su publicación.

Tal y como se deriva del numeral 3 antes transcrito, las habilitaciones administrativas son temporales, lo que debe concatenarse con lo dispuesto en el artículo 21 de la LOT, según el cual «la duración de las habilitaciones administrativas no podrá exceder de veinticinco años; pudiendo ser renovada por iguales períodos siempre que su titular haya cumplido con las disposiciones previstas en esta Ley, en sus reglamentos, en las Condiciones Generales establecidas por CONATEL y en la habilitación respectiva.» Si el otorgamiento del título habilitante es una potestad reglada, la prórroga de ese título también debería ser reglada y no discrecional como se indica en el artículo comentado. Además, es necesario precisar, taxativamente, en qué supuestos proceda la prórroga, y en qué supuestos ésta será improcedente, dado el silencio que guarda la LOT al respecto.

CONCESIONES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES EN VENEZUELA.

Con el objeto de generar confianza a los inversionistas, la Ley de telecomunicaciones establece mecanismos expeditos, públicos y reglados para el otorgamiento de las habilitaciones administrativas y concesiones.

Las habilitaciones administrativas se otorgarán sólo a personas naturales o jurídicas domiciliadas en Venezuela para el establecimiento y explotación de redes y la prestación de los servicios de telecomunicaciones, las cuales tendrán una duración máxima de 25 años, pudiendo ser renovadas por períodos iguales. Las concesiones otorgan un derecho intuitu personae (no transferible) por tiempo limitado, para usar y explotar una porción determinada del espectro radioeléctrico, como bien de dominio público, por lo tanto éste se requerirá únicamente cuando se haga uso del mismo.

Las concesiones pueden ser otorgadas mediante oferta pública o adjudicación directa. El procedimiento de oferta pública incluye una fase de precalificación y una de selección, que se realizará bajo las modalidades de subasta o en función de la satisfacción de mejores condiciones. Las concesiones para el uso y explotación del espectro radioeléctrico en materia de radiodifusión y televisión abierta deberán ser otorgadas a través de adjudicación directa. Esta Ley le atribuye a CONATEL la administración, control y regulación del recurso limitado de numeración, por medio del cual establece lineamientos precisos tanto para la Comisión como para los operadores de servicios de telecomunicaciones.

EL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES EN VENEZUELA.

Venezuela tardó casi 10 años planteando una propuesta de reforma que permitiera la entrada de inversionistas privados al negocio de las telecomunicaciones mediante 14 proyectos de ley; sin embargo, ninguno de ellos llegó al Congreso para su primera discusión. Finalmente, en mayo de 2000, se determinó que a partir del 28 de noviembre los venezolanos tendrían una Ley Orgánica de Telecomunicaciones.

La entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 36.970, de fecha 12 de junio del año 2000), se encuentra con el siguiente panorama: de cada 100 hogares venezolanos sólo 11 tienen acceso a la telefonía básica y de cada 100 habitantes cuatro tienen acceso a internet. Venezuela es el país líder con respecto a la penetración en telefonía móvil con un índice de casi 16 por ciento (la telefonía básica está 2,6 por ciento por debajo). 550 mil suscriptores tienen televisión por suscripción. La facturación estimada para el año 2000 es de 200 millones de dólares. La penetración de este servicio basada en la cantidad de hogares nacionales supera 12 por ciento, y con respecto a la cantidad de hogares activados está entre 45 y 50 por ciento (Revista Dinero, agosto 2000: p. 12, 26). Ya se cuentan 26 mil venezolanos, según VENAMCHAM, como la mano de obra capacitada generada por el sector. Una población de 23,8 millones de habitantes es usuaria de 3,5 millones de líneas de telefonía básica. Significa que el índice de penetración del servicio estaría en el orden de 14,7 por ciento (REVISTA PRODUCTO, mayo 2000: p.61). Pero a esta cifra el ente regulador aplica una corrección asociada a 100 mil líneas perdidas, aproximadamente. En tal sentido, el índice de penetración queda reducido a 13,4 por ciento (ver cuadro n° 2).

En contraste, la densidad del servicio frente a la población mundial escala a 17,5 por ciento, en un universo de habitantes que incluye desde países industrializados hasta las naciones más desprotegidas. Es decir, Venezuela está 4,1 puntos porcentuales por debajo del promedio mundial en penetración de telefonía básica. Naciones industrializadas observan un indicador mínimo de 30 puntos. Para situar al país en la franja mundial deberán instalarse al menos 619 mil líneas nuevas. Y si se ambiciona alcanzar el índice fijado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, en el Plan Nacional del sector, que es 20 por ciento, el esfuerzo tendrá que apuntar a poco más de 1,3 millones. Este es el bocado que atrae a las nuevas operadoras de telefonía básica, que podrán entrar a pelearse el mercado a partir del 27 de noviembre de 2000, cuando se da inicio a la finalización del monopolio que ostentaba CANTV en tal segmento.

Cuadro N° 2.

TELEFONIA BASICA/INDICE DE COBERTURA

NUMERO DE LINEAS POR CADA 100 HABITANTES. VENEZUELA.

INDICADORES

1995

1996

1997

1998

1999

POBLACION TOTAL

21.844.496

22.311.094

22.777.152

23.242.435

23.706.711

Indice Total

11,28%

11,95%

12,31%

10,83%

10,42%

Residenciales

1.672.952

1.829.167

1.963.087

1.852.760

1.840.310

Variación Interanual

5,28%

9,34%

7,32%

-5,62%

-0,67%

Indice Residencial

7,66%

8,20%

8,62%

7,97%

7,76%

No Residenciales

790.213

837.678

840.890

664.460

630.446

Indice No Residencial

3,62%

3,75%

3,69%

2,86%

2,66%

Fuentes: CANTV, OCEI.

En fila se preparan la operadora de telefonía móvil celular, TELCEL, con ambiciones de lograr de 20 a 25 por ciento del mercado de telefonía fija sólo para empezar, y empresas de TV por cable que apuestan a expandir su radio de acción otorgándole mayores usos –además de telefonía básica, servicios de internet y transmisión de datos– a sus respectivas redes de fibra óptica. Para el ente regulador, la apertura del sector de telecomunicaciones deberá alcanzar las siguientes metas inmediatas para la incorporación de Venezuela a la sociedad del conocimiento:

  • 75 por ciento de la población que hoy está al margen de la telefonía básica deberá comenzar a tener acceso al servicio
  • El índice de penetración en telefonía básica está comprometido a llegar a 20 por ciento en 3 años.
  • 80 por ciento del país accederá al menos a 1 servicio de telecomunicaciones.
  • Las inversiones en el sector sumarán 10 millardos de dólares en los próximos 5 años.
  • El aporte al fisco rebasará los 1,5 millardos de dólares.
  • El acceso a Internet deberá permear al menos a 15 por ciento de la población.
  • En 6 años, 50 por ciento de las transacciones del ciudadano con el Estado se harán vía Internet.
  • En 12 años, 80 por ciento de los servicios de telecomunicaciones deberán tener al menos 70 por ciento de aprobación por parte de los abonados.
  • 10 por ciento de la canasta básica tendrá que ser el tope del gasto promedio de los ciudadanos para disfrutar de los servicios.
  • 100 mil sitios web con contenidos nacionales deberá haber en el mediano plazo.
  • 500 empresas exitosas deberán sumarse como mínimo a la avalancha de los negocios electrónicos.

Cuadro N° 3.

ESTADISTICA DE TELECOMUNICACIONES

VENEZUELA (1996 – 1999)

CONCEPTO

1996

1997

1998

1999

ABONADOS CLIENTES RESIDENCIALES

2.531.025

2.702.709

2.793.675

2.598.415

TELEFONOS PUBLICOS

56.409

70.012

75.097

80.033

ABONADOS TELEFONÍA MÓVIL

499.116

1.102.948

2.005.803

3.750.209

TELCEL

ABONADOS PREPAGADOS

308.901

894.990

2.242.163

ABONADOS DE CREDITO

419.172

471.706

326.773

TOTAL

315.000

728.073

1.366.696

2.568.936

MOVILNET

ABONADOS DE CREDITO

279.011

371.347

314.933

ABONADOS PREPAGO

95.864

267.760

866.340

TOTAL

184.116

374.875

639.107

1.181.273

TOTAL TELCEL Y MOVILNET

499.116

1.102.948

2.005.803

3.750.209

Fuente: CANTV, TELCEL, MOVILNET * Octubre 98

En Venezuela, no es sino hasta 1991, a partir del proceso de privatización de la Compañía Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV), de capital estatal, cuando se produce un ensanchamiento realmente detonante del mercado de las Tecnologías de Información y comunicación (TIT) con impacto en el desarrollo de las Industrias Culturales. Con la reestructuración de las empresas del Estado, aplicada en el programa de ajustes económicos del Gobierno Nacional (1989-1993), se propuso la privatización de las empresas públicas, como programa prioritario de la reforma.

Después de un arduo proceso de información, persuasión y negociación con los trabajadores de la compañía, la opinión pública y sectores del Congreso Nacional el 15 de noviembre de 1991 se llevó a cabo la licitación para la colocación del 40% de las acciones de la CANTV y se adelantó la venta del 11% de las acciones de la empresa a los trabajadores. Las acciones culminaron con la aprobación del contrato de concesión por la Comisión Bicameral especial del Congreso Nacional, con una duración de 25 años, período de exclusividad considerado necesario y suficiente para el desarrollo de la red de telefonía básica.

Antes de que CANTV realizara la oferta pública de acciones en 1997, la composición accionaria que mantenía desde su privatización en 1991 asignaba una participación de 49 por ciento al Estado, 11 por ciento a empleados y jubilados, y 40 por ciento al consorcio inversionista VENWORLD (ver gráfico N° 7). En este último GTE posee 57,8 por ciento; Telefónica de España 16 por ciento; Electricidad de Caracas, 16 por ciento; Grupo Mercantil, 5,2 por ciento, y AT&T International, 5 por ciento. A partir de la venta de las acciones del Estado en el mercado bursátil en 1997, 41,8 por ciento quedó en manos de los nuevos inversionistas; 13 por ciento empleados y jubilados; 5,2 por ciento es propiedad del Estado, y VENWORLD preserva su 40 por ciento.Del porcentaje de acciones que se lanzó al mercado de capitales, sólo 6 por ciento está en el mercado local. El resto está repartido en las Bolsas de Valores internacionales. En paralelo, GTE adquirió otro 6 por ciento de la oferta pública de acciones y ha hecho compras posteriores, que se suma a lo que posee en VENWORLD.

Gráfico N° 7.

Composición accionaria de CANTV.

Para ver el gráfico seleccione la opción "Descargar" del menú superior

El fin del régimen de concurrencia limitada que reserva a CANTV el monopolio de los últimos tres servicios de telecomunicaciones aún no permeados por una competencia feroz: telefonía básica fija, larga distancia nacional e internacional, encuentra a la telefónica con las siguientes fortalezas (Revista Dinero, agosto 2000: p.26):

  • Clientes: más de 2 millones 500 mil clientes en servicio.
  • Inversión: 500 millones de dólares para el año 2000, 160 millones de dólares (Movilnet).
  • Facturación anual: 1.715.530 millones de bolívares.
  • Identificación de llamadas, llamadas en conferencia, servicios de transferencia de números, 800 avanzado.
  • Cantv.Net expandió su capacidad de ancho de banda internacional, lo cual facilita las aplicaciones multimedia, aumenta la transmisión de datos a través de tráfico entrante y saliente.
  • Se contempla un plan de prepago en el servicio de telefonía local, destinado a clientes de bajo poder adquisitivo.
  • Acceso Banda Ancha (ABA) para obtener mayores velocidades de conexión a la internet a comercios, empresas y hogares con acceso las 24 horas del día a internet y correo electrónico con tarifas que pueden oscilar entre 49 mil y 567 mil bolívares.
  • MOVILNET, filial de CANTV, ofrece el acceso inalámbrico a la red ("Tun-tun.com" es un portal móvil personalizado) basado en el reconocimiento de la voz y en la conversión de texto a voz, también permite a los usuarios escuchar sus correos electrónicos y responderlos oralmente.
  • La estructura contempla seis unidades de negocios independientes concentradas en nichos específicos: Sector Público, Grandes Clientes (donde la cartera de usuarios incluye a las 250 mayores organizaciones del país), Clientes Comerciales (con unos 200 mil usuarios), Telefonía Compartida, Interconexión, y Mercado Masivo.
  • Incluso abre un nuevo flanco de diversificación hacia el suministro de video en demanda. Pero, por reglas de juego, CANTV deberá esperar 5 años para poder ofrecer algo que se parezca a TV por cable.
  • Y si parte de la población desasistida (que integra la carnada apetitosa para los nuevos operadores) está en zonas geográficas de difícil acceso o baja densidad, CANTV tiene como táctica para defender su presencia el despliegue de Centros de Comunicación Comunitarios. Suman 1.226 y este año completarán 2 mil. De ellos, hay 345 en poblaciones rurales.

De acuerdo a las proyecciones de IDC (International Data Corporation) el tamaño o valor del mercado de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones (TIT) suman 3.854 millones de dólares para 1998 generando alrededor de 45.000 puestos de trabajo, con una inversión de 1.400 millones de dólares en Telecomunicaciones en 1998 (Computación Global, Enero 1999: 8). En los últimos siete años las inversiones en sector de Telecomunicaciones sobrepasaron los 6.000 millones de dólares y 390 millones de dólares se han cancelado al Fisco por impuesto desde 1991 hasta 1998, según estimaciones de la Cámara de Empresas de Servicios de Telecomunicaciones (CASETEL). Las expectativas en torno al negocio de las telecomunicaciones han cobrado un auge ajustado a las ventajas ofrecidas por la legendaria ubicación geográfica del país que facilita el acceso a nuevos avances tecnológicos, programas de entrenamiento y soporte técnico. Actualmente funcionan bajo concesión 692 servicios de telecomunicaciones (ver cuadro N° 4); nuevas habilitaciones (anteriormente conocidas como concesiones) serán entregadas a partir del proceso de apertura del sector de las telecomunicaciones el 27 de Noviembre de 2000: la de los sistemas Local Multipoint Distribution Systems (LMDS, es una tecnología de banda ancha revolucionaria que transformó el mundo de las comunicaciones. Las empresas ofrecerán a través de ésta, videoconferencias tan reales que parecerá estar presente en el mismo sitio) y Wireless Local Loop (WLL, es un sistema de comunicaciones inalámbrico para telefonía fija, de características similares a las del servicio básico que se ha utilizado hasta ahora. Para conectarse, una vez que está disponible, el usuario sólo debe afiliarse en un establecimiento autorizado, comprar su aparato y enchufarlo en su casa).

Para el primer semestre de 2001, CONATEL tiene pautado entregar las porciones de espectro para telefonía celular de tercera generación, cuyo atributo es la transmisión cabal de Internet. Es la corriente que permitirá transmitir información de voz, data y video a través de celulares. El suscriptor podrá navegar en el menú de servicios a través de una micropantalla parecida a la de un televisor. Hasta ahora se conoce la segunda generación que permite el acceso a Internet y a otros servicios.

En 1999, las empresas del sector de telecomunicaciones estiman facturar cerca de 3.000 millones de dólares, lo que representa más de 3% del PIB y una contribución de más de 5% de los ingresos fiscales totales del país. Asimismo, para el año 99 se prevén inversiones en el orden de los 700 y 1.500 millones de dólares (ver cuadro N° 5), y para el 2000 la suma asciende a 2.000 millones de dólares, montos que serán colocados principalmente en telefonía básica, móvil y servicios de valor agregado. Para el próximo decenio se estima un mercado potencial con facturación adicional por el orden de los 4.500 millones de dólares, para una inversión total en infraestructura de telecomunicaciones superior a 8.000 millones de dólares (CONAPRI, Venezuela, Febrero 1999: p.5). Los pronósticos en los próximos tres años apuestan a un crecimiento de 18 a 22 por ciento (4,5 PIB).

Antes de la privatización de CANTV la inversión anual era de 40 millones de dólares. Luego del pase a manos privadas de 40 por ciento de las acciones se ha invertido más de 5.500 millones de dólares y se ha logrado la presencia de más de 60 operadoras cuyos índices de penetración por servicio se encuentran en 13 por ciento para telefonía básica, 5 por ciento para telefonía celular y 0,25 por ciento para diversos tipos de usuarios de Internet, entre otros. Los aportes al Fisco nacional promediaron en los últimos ocho años alrededor de 4.500 millones de dólares. Desde entonces, el sector telecomunicaciones conjuntamente con las industrias culturales se han convertido en el segundo sector productivo del país, sólo superado por el sector petrolero.

Cuadro N° 4.

Concesiones y permisos otorgados. Período 1994-1999

Para ver el gráfico seleccione la opción "Descargar" del menú superior

Fuentes: Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).

Cuadro N° 5.

COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

Crecimiento Del Sector Telecomunicaciones

Inversiones 1995 – 1999. En bolívares/Precios Corrientes.

AÑOS

1995

1996

1997

1998

1999 *

Inversiones

Red Básica

52.420.213.000

112.937.400.000

169.528.183.770

238.556.851.200

216.398.500.000

Telefonía Móvil Celular

26.839.924.906

54.998.729.596

73.745.916.831

306.364.929.120

340.028.244.873

Redes Privadas

367.924.857

1.630.082.538

3.922.404.000

1.973.470.465

2.508.652.334

Valor Agregado

2.473.306.727

1.793.336.673

87.277.412.509

30.514.685.303

39.861.811.495

Redes de Datos

446.494.164

453.813.000

1.592.227.000

830.844.721

958.961.574

Trunking

1.025.420.000

863.890.000

944.655.000

602.848.333

Radio

174.375.000

127.612.870

223.245.750

175.077.873

175.312.164

Tv. Comercial

981.300.000

637.845.000

539.715.000

Tv. por Suscripción

1.254.815.000

687.910.000

785.545.000

909.423.333

794.292.778

Paging

3.192.987.984

3.831.585.581

2.341.524.522

2.057.703.368

Servicio de Satélites

238.120.000

32.300.000.000

16.269.060.000

16.269.060.000

Permisos

5.851.560.000

5.851.560.000

3.901.040.000

Telefonía rural

12.315.315.000

8.004.954.750

6.773.423.250

INVERSION TOTAL

88.195.461.638

177.562.480.258

388.523.109.860

613.374.881.287

630.869.565.169

… No Disponible. La paridad cambiaría utilizada fue de Bs. 546.86 por US$. (1998). La paridad cambiaría utilizada fue de Bs. 611 por US$. (1999). * Cifras en revisión

Fuentes: CONATEL

La penetración mundial de la telefonía celular es de 8,3 por ciento. Venezuela exhibe un índice de casi 16 por ciento (2,6 puntos por encima del índice de la telefonía básica), para un liderazgo en América Latina. Aunque la expansión en el número de líneas de telefonía básica ha sido de 87 por ciento a ocho años de la privatización de CANTV, el crecimiento más explosivo se ha registrado en áreas de negocios como la telefonía celular provista por MOVILNET y los servicios de Internet suministrados por Cantv Net, que en 1999 incrementaron su universo de clientes en 85 y 78 por ciento, respectivamente.

Cuadro N° 6.

Telefonía Móvil Celular

Población – Inversión – Usuarios. 1995 – 1999

 

AÑOS

INDICADORES

1995

1996

1997

1998

1999

Población

21.844.496

22.311.094

22.777.152

23.242.435

23.706.711

Inversión Bs. *

26,84

55,00

73,75

306,36

340,03

Usuarios

389.758

499.116

1.102.948

2.005.803

3.750.209

Inv / Población **

1228,68

2.465,00

3.237,71

13.181,28

14.343,12

Inv / Usuario ***

68.863,05

110.192,00

66.862,55

152.739,29

90.669,15

Fuentes: TELCEL – MOVILNET – OCEI. *Millardos de Bolívares. ** Bolívares por Hab. *** Bolívares por Usuario

Cuadro N° 7.

Telefonía Móvil Celular

Usuarios & Población Total. 1995 – 1999

 

1995

1996

1997

1998

1999

POBLACION

21.844.496

22.311.094

22.777.152

23.242.435

23.706.711

USUARIOS

389.758

499.116

1.102.948

2.005.803

3.750.209

PORCENTAJE

1,78%

2,24%

4,84%

8,63%

15,82%

Fuentes: MOVILNET, TELCEL, OCI.

Cuadro N° 8.

Telefonía Móvil Celular

Usuarios & Población Activa. 1995 – 1999

 

1995

1996

1997

1998

1999

POBLACION

13.042.435

13.396.986

13.756.946

14.122.134

14.492.351

USUARIOS

389.758

499.116

1.102.948

2.005.803

3.750.209

PORCENTAJE

2,99%

3,73%

8,02%

14,20%

25,88%

Fuentes: MOVILNET, TELCEL, OCI.

El inicio del proceso de apertura de las telecomunicaciones en Venezuela, encuentra a las operadoras de servicios móviles celulares, con las siguientes fortalezas (Revista Dinero, agosto 2000: p.26):

TELCEL

  • Clientes: 3 millones y medio en un año
  • Inversión: 50 millones de dólares (telefonía básica), 5 millones de dólares (wap).
  • Para ofrecer telefonía básica y acceso a Internet usará transmisión inalámbrica WLL (Wireless Local Loop en la red), fibra óptica, microondas, LDMS, o una combinación de las tres.
  • Tarifa plana para navegación por Internet.
  • Tarifas competitivas (LDI entre 30 a 50 por ciento menores a las del mercado actual).
  • Navegación por Internet vía celular (wap).

DIGITEL

  • Clientes: 72 mil (telefonía celular).
  • Facturación: 200 millones (610 millones de dólares en 10 años).
  • Inversión: 610 millones de dólares en 10 años.
  • Telefonía básica y telefonía móvil (si DIGITEL compra las compañías GSM INFONET –con 200 mil abonados en telefonía básica y una inversión de 80 millones de dólares por este concepto– y ELCA, garantizará la cobertura nacional).
  • La tecnología GSM permite ofrecer el servicio de roaming automático –hace la conexión sin necesidad de notificar a su proveedor de servicios– nacional e internacional sin cargos adicionales con más de 120 países.

CONATEL aspira garantizar el acceso a las telecomunicaciones de por lo menos 80% de la población rural; asegurar el servicio de telefonía básica a 4,5% de la población; e instalar teléfonos públicos en 500 poblados. Existen actualmente cerca de 17 mil localidades con menos de cinco mil habitantes con una población que llega a casi cuatro millones de personas, de las cuales apenas están atendidas 1% de la población. (CONAPRI, Venezuela, Febrero 1999: p.21).

Cuadro N° 9.

Telefonía Rural Poblaciones Y Localidades. REGION I.

ENTIDAD

LOCALIDADES

RURALES

POBLACION

TELEFONOS

HASTA 1996

TELEFONOS

1997-2000

BASICOS

PUBLICOS

BASICOS

PUBLICOS

APURE

824

137.670

1.549

169

6.195

678

BARINAS

893

191.206

2.151

182

8.604

728

LARA

1.747

321.140

3.613

352

14.451

1.407

MERIDA

1.255

221.761

2.495

253

9.979

1.012

PORTUGUESA

916

243.267

2.737

187

10.947

747

TACHIRA

1.481

308.920

3.475

298

13.901

1.191

TRUJILLO

1.283

226.821

2.552

260

10.207

1.040

ZULIA

1.783

349.269

3.929

358

15.717

1.430

TOTAL

10.182

2.000.054

22.501

2.059

90.001

8.233

Fuentes: CONATEL

Cuadro N° 10.

Telefonía Rural Poblaciones Y Localidades. REGION II.

ENTIDAD

LOCALIDADES

RURALES

POBLACION

TELEFONOS

HASTA 1996

TELEFONOS

1997-2000

BASICOS

PUBLICOS

BASICOS

PUBLICOS

ARAGUA

360

79.010

889

76

3.555

304

CARABOBO

287

64.799

729

61

2.916

245

COJEDES

357

67.059

754

75

3.018

302

DTTO. FEDERAL

133

39.585

445

31

1.781

122

FALCON

1.605

255.319

2.872

322

11.489

1.288

GUARICO

1.256

138.807

1.562

255

6.246

1.022

MIRANDA

636

166.119

1.869

130

7.475

522

YARACUY

576

130.316

1.466

118

5.864

474

TOTAL

5.210

941.014

10.586

1.068

42.344

4.279

Fuentes: CONATEL

Cuadro N° 11.

Telefonía Rural Poblaciones Y Localidades. REGION III.

ENTIDAD

LOCALIDADES

RURALES

POBLACION

TELEFONOS

HASTA 1996

TELEFONOS

1997-2000

BASICOS

PUBLICOS

BASICOS

PUBLICOS

AMAZONAS

231

20.891

236

46

944

185

ANZOATEGUI

1.089

152.724

1.718

221

6.876

886

BOLIVAR

715

137.726

1.549

146

6.198

585

DELTA AMACURO

425

44.368

499

90

1.997

359

MONAGAS

671

183.543

2.065

136

8.259

543

NUEVA ESPARTA

45

56.072

631

12

2.523

50

SUCRE

1.064

269.067

3.027

214

12.108

858

DEPENDENCIAS

FEDERALES

2

80

1

1

4

4

TOTAL

4.242

864.471

9.726

866

38.909

3.470

Fuentes: CONATEL

Tras la desregulación total de las telecomunicaciones, la TV por cable será una vía favorita para operar servicios integrados. El potencial es tal, que algunas empresas internacionales quieren entrar a competir en telefonía básica y servicios integrados por medio de esta modalidad. Alternativa que le estará vedada a Cantv por los próximos cinco años, por aquello de no desmontar un monopolio para erigir otro nuevo. Aunque desde hace algunos años la televisión por suscripción tenía cierta presencia en el país, no es sino en esta década cuando la llegada de la fibra óptica trajo el mundo a miles de hogares venezolanos. Cinéfilos, amantes del deporte, víctimas de la moda, faranduleros y todo tipo de adictos a la información instantánea, tienen con este servicio acceso a la realidad mundial. Es por eso que Venezuela cuenta con el índice de crecimiento más elevado de Latinoamérica (30% interanual). Para 1998, el número de suscriptores se estimaba en unos 600.000 y se esperaba incorporar durante 1999, otros 200.000 clientes. Hoy cuatro empresas lideran el mercado: SuperCable, Omnivisión, InterCable y Cablevisión, seguidas por una treintena de empresas menores, según la Cámara Venezolana de Televisión por Suscripción. Mención aparte merece Direct TV, que transmite una señal satelital, pues su servicio se diferencia tanto en la oferta de canales, como en las tarifas -son bastante mayores-. Durante sus dos primeros años de existencia, esta empresa que pertenece a la Organización Cisneros, logró captar 28% del mercado, cerrando 1998 con unos 160 mil suscriptores, siendo sus planes inmediatos inmiscuirse en servicios de home banking e información.

Cuadro N° 12.

Televisión por suscripción en Venezuela. 1998-2010.

Para ver el gráfico seleccione la opción "Descargar" del menú superior

(1)Venezuela: Estimaciones y proyecciones de población 1950-2035. OCEI-CELADE. 1995.

(2) El promedio por habitantes por hogar es 5.04 en las 44 principales ciudades del país.

(3) Estimado de Hogares con TV: 93%. (Fuente: Datos IR)

(4) UCAB. Investigación sobre la pobreza en Venezuela. 1999. Luis Pedro España, Coordinador de la Investigación. El estudio determinó que la estratificación social en Venezuela es: Estrato A (2,0%); Estrato B (11,1%); Estrato C (30,6%);Estrato D (40,5%); Estrato E (13,9%). Partimos de la hipótesis de que habrá una alta movilidad social en el lapso 2000-2010, producto de las altas tasas de crecimiento económico, diversificación económica y una mejor distribución del ingreso.

(5) Se toma como base el estudio de Cambridge Management Consulting Group, Informe sobre el Mercado de Productos y Servicios de Telecomunicaciones en Venezuela, 1991. El estudio supuso que para 1990 el 60% del estrato social D sería demandante de servicios de telecomunicaciones y que para el año 2000 se incrementaría a 83% del estrato su participación en la demanda de servicios. Partimos de esta hipótesis proyectada en el lapso 1998-2010, y asumimos que en 1999 los potenciales demandantes serían el 60% de dicho estrato, esto en consideración del prolongado deterioro socioeconómico (y político) de la década de los 90y la profundización de la recesión en los últimos años que habrían impactado negativamente en la capacidad de demanda de servicios por la reducción del ingreso real.

(6) El mercado potencial II es la suma de los estratos A, B, C y D+, susceptible de demandar servicio de telecomunicaciones.

(7) Hogares pasados significa los hogares cercanos a las redes de las empresas de Tv por suscripción y que en forma inmediata se les puede suplir los servicios de ser demandados por éstos.

(8) Señala el total de clientes o suscriptores del año 1998 y la proyección estimada hasta el año 2010.

(9) Indica el nivel de penetración sobre el estimado de hogares con TV.

(10) Indica el nivel de penetración a nivel de los estratos A, B, C y D+.

Un problema que enfrenta este sector, es el surgimiento de "piratas" que ofrecen aparentemente el mismo servicio por unas tarifas bastantes inferiores. CAVETESU estima que en el país existen 1.2 millones de potenciales suscriptores cuyos hogares cuentan con conexión, pero que no reciben el servicio. De allí que para el 2000 se espera contar con 1.000.000 de clientes; cifra que ascenderá a 1.300.000 para el 2001. El negocio de la Televisión por suscripción en Venezuela, oscila en unos 250 millones de bolívares al mes, que al cambio actual se traduce en unos 56 millones de dólares anuales (27 mil millones de bolívares al año). Para 1997, según cifras de la Cámara Venezolana de la Televisión por Suscripción (CAVETESU), las inversiones están por el orden de los 250 millones de dólares y tienen previsto invertir mil millones de dólares antes del año 2000.

En los últimos cuatro años las inversiones de las empresas de televisión por suscripción han rondado 500 millones de dólares, con miras a participar en el negocio de la telefonía básica y otros servicios interactivos de valor agregado. Se estima una penetración aproximada de 15,5 por ciento, en función del número de hogares existentes en Venezuela, según estadísticas de la Cámara Venezolana de la Televisión por Suscripción (CAVETESU). Se proyecta que este servicio incremente su penetración a 25 por ciento en los próximos dos años, aunque seguirá muy por debajo de países como Argentina, donde la penetración es mayor a 50 por ciento de los hogares, o Estados Unidos, donde supera 65 por ciento. En el campo de la televisión por cable, en los últimos dos años se ha producido un proceso de concentración y desarrollo que ha dejado prácticamente en manos de sólo tres compañías el manejo de todo el mercado nacional. Se trata de SUPERCABLE, CABLETEL E INTERCABLE. Por lo que respecta a los servicios de microonda, que a finales de 1997 parecían en fase de extinción, CABLEVISIÓN es la dueña del segmento con un franco proceso de recuperación. La televisión vía satélite llega a los hogares venezolanos gracias a Directv, empresa encargada de distribuir la programación organizada por Galaxy Entertainment Venezuela y Latinoamérica. SUPERCABLE (televisión vía fibra óptica).

  • Clientes: 200 mil suscriptores (350 mil usuarios en tres años).
  • Inversión: 100 millones de dólares en tres años.
  • La red bidireccional: video en demanda, juegos interactivos, música digital e Internet, y está preparando su red para ofrecer también telefonía básica y acceso a Internet

DIRECTV (televisión vía satélite)

  • Clientes: 160 mil suscriptores.
  • Inversión: más de 60 millones de dólares.
  • 140 canales, menú interactivo que facilitará servicios de banca, videojuegos, clima, guía de programación ampliada, comercio electrónico, educación a distancia, servicios de teletexto, publicidad interactiva, entre otros.

VENINFOTEL

  • Inversión: 250 millones de dólares en seis años.
  • CABLETEL (televisión por red de anillo de fibra óptica).
  • Clientes: 130 mil clientes activos.
  • NET 1: valor agregado y redes privadas.
  • Clientes: más 100 clientes corporativos (Net 1).
  • Desde hace un año ofrece Internet vía cable a 2.000 suscriptores (tarifa plana 40 mil bolívares promedio), transmisión de voz, datos y videos a redes privadas. La telefonía básica (en período de prueba) vendrá en variados paquetes tarifarios (incluso tarifa plana) y servicios agregados.

Durante 1996, los países de América Latina originaron cargos por 3 mil 147 millones de dólares en Derechos de Autor para las diferentes productoras cinematográficas que comercializan en la región, según cifras liberadas por la Motion Picture Association (MPA) a partir de un estudio de mercado finalizado en mayo de 1997. Esta cifra representa en su totalidad el pago de derechos por la exhibición en salas de cine, venta y alquiler de videocintas y la televisión comercial tradicional. Pero el porcentaje de la televisión por suscripción es mínimo y todavía no es representativo de la realidad de este mercado. Las cifras correspondientes a la actividad desarrollada durante 1997 muestran una variación de 68%, hasta ubicarse en 5 mil 300 millones de dólares. El aporte de la televisión por cable y vía satélite es mayor al registrado en 1996. A este incremento contribuye el crecimiento en el número de operadoras de TV cerrada, el aumento en la demanda de este tipo de servicios y los avances por minimizar el impacto de la piratería y el robo de señales.

La última investigación de mercado realizada por la Motion Picture Association arrojó que en 1996 la televisión por suscripción aportó 8% del total de las regalías por obras cinematográficas difundidas y comercializadas en Latinoamérica. Pero en 1998 las tasas canceladas por los servicios de TV pagada representaron entre 33% y 38% de los derechos totales cancelados en la región. Venezuela con una densidad poblacional moderada, ocupó el cuarto lugar en el pago de regalías con 7% del total.

El segmento de televisión por cable, generó en 1996, 51% de las regalías por derechos cinematográficos pagados en el país., le siguen en importancia la televisión comercial abierta que aportó 33% del total. Con relación a Internet, crecimiento acelerado es la expresión que mejor define a este mercado; sin duda el gran fenómeno comunicacional de esta década. Pasar de menos de 50.000 usuarios en 1996 a 600.000 en el 2002, es el reto que tiene las empresas del sector, y están luchando con mejores ofertas tarifarias y facilidades tecnológicas en función de lograr la mayor parte de este pastel que cada día se hace más grande. Hay 27 empresas registradas en esta área de negocio, que lideran Compuserve, T-Net y Cantv-Servicios; sin embargo, nombres como Etheron, Eniac y C-Com están reduciendo el espacio de los primeros.

Cantv-Servicios y T-Net están desarrollando estrategias destinadas a consolidar el segmento de clientes residenciales, el cual según datos de IDC-Venezuela, representa el 47% del mercado total para 1998. Sin embargo, el sector que seguramente registrará una expansión mayor es el de grandes empresas, el cual pasará a concentrar el 18% del mercado en 1998, a un 21% en 1999. Etheron, Compuserve, C-Com y Eniac están diseñando nuevos paquetes de suscripción corporativa, enfocados al comercio en red. El comercio electrónico será en el que se apoyará el crecimiento del sector. De hecho, se estima que para el año 2000, se transarán 330.000 millones de $ en mercancías a través de la red. Ante esta jugosa oportunidad, 8 empresas locales -Compuserve, TrueVision, Eniac, IBM, C-Com, Omnes, T-Net y Cantv-Servicios- han emprendido procesos de transformación para ofrecer mayor valor agregado, valiéndose de asociaciones estratégicas. Asimismo, las empresas periodísticas tradicionales y algunas inmobiliarias evalúan sinergias para competir en este nuevo negocio.

Por supuesto, si bien es cierto que Venezuela ocupa el cuarto lugar en inversiones en teconología de información y telecomunicaciones en América Latina, después de México, Brasil y Argentina, es importante destacar como apunta Migdalia Pineda de Alcázar (Junio 1999, en Revista Latina de Comunicación Social) que las nuevas formas de socialización factibles de realizar a través de estas redes tienden a aumentar los desequilibrios por zonas, individuos y grupos sociales. Para 1997 Venezuela tenía 128,3 líneas por cada 1.000 habitantes, posición superior a Brasil que tiene 115,6 líneas, a México que cuenta con 94,2 e India que posee 17,9. No obstante, sigue siendo baja en comparación con los parámetros de los países más avanzados en esta área tecnológica; todavía persisten fuertes desequilibrios entre la telefonía básica y la de valor agregado y, entre la urbana y la rural (PINEDA DE ALCÁZAR, Migdalia. Junio 1999).

La globalización que afecta a la generalidad de las actividades económicas tiene, también, reflejo en el sector de las industrias culturales y de la comunicación. Grandes grupos transnacionales se constituyen en dominadores de la oferta y comercialización de buena parte de las mercancías culturales de los países latinoamericanos, mientras la dinámica empresarial que se ha instaurado en los últimos años convierte a estas últimas en origen y destino de amplios movimientos de capital (compra, fusiones, absorciones) y empresas con altas tasas de beneficio.

Así mismo, si no queremos renunciar a las zonas claves del desarrollo cultural, tanto tradicionales como modernas; desistir a la producción electrónica y audiovisual de los circuitos culturales -en los que se registra la mayor transnacionalización y desterritorialización de las culturas nacionales y locales- en un tiempo de globalización e interculturalidad, de coproducciones identitarias e hibridaciones multinacionales, al menos es imprescindible intentar explicar las condiciones en que surgen las transformaciones que se nos avecinan en lo que respecta a los agentes, instituciones, articulaciones y procesos relacionados con la puesta en valor de una sociedad de la información y del conocimiento.

CONCLUSIONES.

Ha habido un repunte en las telecomunicaciones a partir de 1991, el año de la apertura: antes de 1996 se habían invertido más de 3.5 mil millones de dólares, ahora hay muchas operadoras de telecomunicaciones diferentes a la CANTV, se han instalado gran cantidad de líneas telefónicas digitales, ha aumentado el número de empleos producto de la actividad de telecomunicaciones, cada vez aumenta el número de suscriptores de la telefonía celular, etc..

No obstante aún queda mucho por hacer,, inconvenientes por superar; pero el área de las telecomunicaciones está creciendo y la brecha que hay en cuanto a la utilización de la tecnología de punta cada vez se hace menor, no así a la creación de tecnologías donde todavía el camino es muy largo.

 

Einstein Alejandro Morales Galito

Partes: 1, 2
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