Principios básicos RECURSOS REGIONALES El procedimiento de descentralizar no sólo supone el traspaso de importantes atribuciones del Gobierno y del Estado Central a los Gobiernos y Estados Regionales. Implica también dotar a las regiones de recursos suficientes para su normal desenvolvimiento, pero, sobre todo, para que se impulsen hacia el desarrollo. Se debe hablar de hasta tres tipos de recursos: a) activos y recursos de capital de que hoy dispone y maneja el Estado Central, pero que se encuentran en las regiones. b) recursos presupuestales que siendo de carácter y destino regional, se vienen manejando desde Lima. c) transferencias crecientes que en el futuro vaya haciéndose desde el Estado Federal a las Regionales Federales. antecedentes constitucionales que sobre esta materia han existido en el país:
Activos regionales Recursos presupuestales regionales
Recursos municipales
Recursos comunes La gran parte del territorio peruano, se encuentra dentro de la jurisdicción de distritos, provincias o regiones eminentemente rurales. Y es allí donde deberá privilegiarse el esfuerzo de desarrollo; o mejor, donde debe orientarse la mayor parte de las inversiones. competencias sobre activos comunes Definición: Para definir la competencia sobre activos comunes puede pensarse en por lo menos dos sistemas complementarios y concurrentes. Ellos son: • Criterio geográfico. • Criterio económico. CRITERIO GEOGRÁFICO puede aplicarse un criterio geográfico como el ya sugerido, mediante el cual, dentro de un determinado radio, medido a partir de la plaza principal de cada centro poblado, la competencia corresponde a la municipalidad distrital.
Pueden presentarse por lo menos cinco casos distintos: Caso I: Autorización corresponde a las autoridades distritales. El proyecto queda circunscrito dentro del círculo de competencia del distrito. Caso II: Autorización corresponde a las autoridades provinciales. El proyecto queda circunscrito dentro del círculo de competencia de la provincia. Caso III: Autorización corresponde a las autoridades regionales. El proyecto queda circunscrito dentro del ámbito de competencia de la región. Caso IV: Autorización corresponde a las autoridades provinciales. El proyecto involucra ámbitos de competencia distrital y provincial. Caso V: Autorización corresponde a las autoridades regionales. El proyecto involucra ámbitos de competencia provincial y regional. También se darán otros casos como los siguientes: Caso VI: Autorización corresponde a las autoridades provinciales. El proyecto involucra jurisdicciones de dos o más distritos. Caso VII: Autorización corresponde a las autoridades regionales. El proyecto involucra jurisdicciones de dos o más provincias. Caso VIII: Autorización corresponde a las autoridades federales. El proyecto involucra jurisdicciones de dos o más regiones.
Criterio económico Concurrente y alternativamente, y siempre que modifique la competencia surgida de la aplicación del criterio geográfico, se aplicaría el criterio económico. INVERSIÓN
Agresiva política de concesiones Todos debemos entender la importancia estratégica extraordinaria que para el desarrollo tienen las comunicaciones físicas. Debemos internalizar la idea de que las comunicaciones viales tienen la primera y más absoluta prioridad entre las inversiones sociales. Incluso antes que educación y salud. En ausencia de adecuadas vías de comunicación, cada centro poblado tiene la necesidad de contar, por ejemplo: En el Perú hay 61 mil centros educativos, de los cuales 46 mil son establecimientos públicos. Chile, en cambio, con el 55 % de población, tiene algo menos de 11 mil centros educativos. Sobre la base del número de escuelas existente en Chile, y en relación a nuestra población, el Perú debería tener 20 mil centros educativos. CREAR MERCADOS Y PROYECTOS RENTABLES Al inversionista, con una tradición y experiencia social centenaria tras de sí, no hará falta pedirle que concrete proyectos rentables. Simplemente y llanamente, si los proyectos no son rentables no los llevará a cabo. Y cada vez que se concrete un “no”, estará dejándose de crear empleo y dejándose de crear impuestos.
Resultará fundamental que, en el contexto del proceso de descentralización, los pueblos del Perú puedan recaudar autónomamente los excedentes sociales, tanto el canon como los impuestos, generados por las nuevas inversiones; y tanto los propios como los de otras instancias del nuevo aparato estatal descentralizado del país. La recaudación autónoma y descentralizada, como está dicho, coadyuvará necesariamente a la dinamización de las economías locales. Recaudación autónoma ¿Por qué habrá de incrementarse la recaudación? Por varias razones: Porque habrá más funcionarios recaudadores, más y mejor distribuidos en el territorio del país. porque habrá más autoridades interesadas en el incremento de la recaudación. porque la población estará directamente interesada en concretar el mismo objetivo. SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN El titánico reto del desarrollo del Perú no podrá ser solamente una resultante de múltiples esfuerzos aislados. Necesariamente tiene que ser el resultado de esfuerzos concurrentes y complementarios, que recíprocamente potencien el esfuerzo que habrá de desplegarse en cada uno y todos los rincones del territorio.
Fondos de Compensación Aunque parezca recargado y hasta engorroso, postulamos que deben crearse hasta tres tipos de fondos de compensación: • Fondos de Compensación Distrital • Fondos de Compensación Provincial y • Fondo de Compensación Regional cada autoridad maneja un fondo, que, para más señas, está directamente referido al ámbito en que se desenvuelve. BENEFICIOS A DISTRIBUIR Y REDISTRIBUIR En términos generales puede agruparse en dos grandes rubros los distintos tipos de ingresos que obtendrán las distintas unidades geográficas: canon e ingresos tributarios. Se plantea que una fracción sea directamente utilizada en el área donde se generó el ingreso, y la fracción restante sea transferida a un fondo de compensación.
canon
LECCIONES “JURÍDICAS” DE ESTA HISTORIA
ININTELIGIBLE E IRRESPONSABLE ENREDO Resulta absolutamente obvio que ninguno de quienes han legislado en esta materia ha tenido nunca en mente al poblador peruano. Para nuestros legisladores, según parece, no es una obligación que les leyes sean total y perfectamente inteligibles por todos los peruanos. LECCIONES ECONÓMICAS DE ESTA HISTORIA Ausencia de canon = centralismo la ausencia de canon, y en general el impedimento de que las provincias retengan parte de la riqueza generada en su suelo, puede considerarse una de las principales modalidades con que se ha afianzado el centralismo del poder Impuestos = centralismo = pobreza debió distribuir entre las áreas productoras, dispuso libremente de todos los ingresos que obtuvo por concepto de impuestos y otras rentas. ¿Cuál habría sido la suma total que han manejado los sucesivos gobiernos desde los inicios de la República? La utopía robada Frente al dantesco y sombrío panorama planteado hasta aquí, surge inevitable la pregunta: ¿pudo haber sido distinta la historia republicana? Nuestra respuesta, categóricamente, es sí. Pudo y debió ser distinta.
Financiamiento de la descentralización Si en el período 1982–2001 el Estado tuvo como ingresos aproximadamente 155 mil millones de dólares, puede preverse que, creciendo a una tasa anual de 3 %, los ingresos en los períodos 2002–2021 y 2022–2041 pueden ser del orden de 226 y 408mil millones de dólares respectivamente.
CANON PARA LA DESCENTRALIZACIÓN En junio del 2001, el presidente de la comisión de Energía, Minas y Pesquería, congresista Rómulo Mucho, fundamento que el Estado, en relación con las provincias del Perú, había aplicado el criterio de “un quinto para ti y las cuatro quintas partes para mi” Y luego agregó que ese “criterio es perfectamente coherente con la política centralista adoptada en la gestión económica de todos los gobiernos del Perú…”.
EL CANON CENTRALISTA: UN TRIUNFO PATÉTICO Mucho y otros congresistas batallaron con lucidos argumentos para que, en líneas generales, se aprobara un canon a favor de las regiones y provincias del Perú consistente en el 50 % del impuesto a la renta que percibe el Estado de las empresas que explotan recursos naturales. Más no se trata de pelear por un quinto o por la mitad. Simple y llanamente se trata de bregar por lo justo. En esos términos, si en las provincias del Perú reside el 68 % de los habitantes del país, el mismo porcentaje de los ingresos del Estado deben estar orientados en su servicio. El canon, pues, es apenas uno de los instrumentos para alcanzar ese objetivo cuantitativo. Y, tal como está legalmente hoy planteado, dista mucho de permitirlo.
CANON FEDERAL, CANON DESCENTRALISTA Se entiende el canon como una fracción que el Estado central cede a las provincias. sin embargo en Descentralización: Sí o Sí el canon debe ser concebido exactamente al revés: es decir, como la fracción que las regiones productoras deriven al Estado Federal para solventar los servicios comunes a todo el país.
Es una verdadera novedad dentro de aquellos rubros a los que tradicionalmente se asocio con el canon, fue sin duda el mas controvertido durante la discusión de la ley. Debe ser el 10 % del valor de venta de la producción que se extraiga, en el caso de los recursos no renovables; y del 5 % del valor de la misma, en el caso de los recursos renovables.
Se debe conocer la gran diferencia que existe entre las antiguas y las modernas explotaciones. Aun prevalecen sistemas antiguos de explotación, que son poco eficientes, y las ms nuevas ya han empezado a explotar con la mas avanzada tecnología , en general, sus costos son muy competitivos en el mercado internacional. Este se refiere al derecho a disponer de la faja de terreno por la que queda tendida una línea de energía eléctrica o un ducto (oleoducto, gasoducto, poliducto, etc.), cualesquiera sean los propietarios originales de la misma.
CANON DE SERVIDUMBRE Como se puede ver La red peruana no evoluciono significativamente desde el año 2000 hasta el año 2010 Después de treinta meses de construcción, el Oleoducto Nor Peruano, de 850 kilómetros de longitud 88
CANON ADUANERO