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PROMOCION DE MERCADOS EXTERIORES

Enviado por rodman


     

     

    IndicePolítica ArancelariaPolítica MonetariaRégimen de ImportaciónPolítica CambiariaPolítica de FinanciaciónPolítica de ExportacionesRégimen de Zonas FrancasRégimen de SalvaguardiaPolíticas de Solución de ControversiasPolíticas de Integración Organismos – Programas de Promoción ExteriorResumen de las Principales Políticas y Normativas

     

    Características Generales

    Datos Básicos

    El Reino de España posee una superficie territorial de 505.992 Km2, de los cuales el 30% corresponde a tierras de cultivo, el 21% prados y pastos y un 32% a terreno forestal. Está situada en la Península Ibérica, en el suroeste del continente europeo. Además del territorio peninsular, comprende las islas Baleares en el mar Mediterráneo, las ciudades de Ceuta y Melilla en el norte de África y las islas Canarias en el Océano Atlántico.

    Posee una población de 39.513.630 habitantes (proyectado Julio 2001) con una densidad de 78,8 hab/Km2 y una tasa de crecimiento poblacional de 0,46% al año.

    La población urbana es el 75,7% y la fuerza de trabajo es de 16,2 millones de personas con una tasa de desempleo de 13,6%.

    Aun cuando el crecimiento de la economía española continua trasladándose de forma muy intensa a la creación de empleo, no ha podido llegarse a una tasa inferior a la registrada en el último trimestre de 1981.

    Entre las ciudades más importantes se encuentran Alicante, Barcelona, Cádiz, Córdoba, La Coruña, Málaga, Murcia, Palma de Mallorca, Santander, Santiago de Compostela, Sevilla, Madrid (capital), Toledo, Vigo, Tenerife (Islas Canarias), etc.

    Lengua de trabajo: Español, Ingles, Francés

    El reino de España posee como forma de gobierno, Monarquía Parlamentaria, distinguida por el establecimiento de un Poder Ejecutivo dual, con un Jefe de Estado, el Rey, un presidente del Gobierno que dirige el Consejo de Ministros y un Poder legislativo por Cortes Bicamerales, ante las que es responsable el Gobierno.

    Jefe de Estado: Rey D. Juan Carlos I de Borbón

    Jefe de Gobierno: José Maria Aznar

    Moneda

    Desde el 1 de enero de 1999 en España conviven el euro como moneda oficial (dividido en 100 céntimos) y la peseta (emitida en billetes de 1000, 2000, 5000 y 10000, y en monedas de 1, 5, 10, 25, 50, 200 y 500 pesetas).

    Por el momento, el euro puede ser utilizado como medio de pago en las transacciones que no haya de realizarse en efectivo, ya que los billetes y monedas en euros no circularan hasta el 1 de enero del 2002.

    Tipo de cambio

    1 EURO = 166,386 PESETAS

    1 U$S = 156,33 PESETAS

    100 YENES = 138,03 PESETAS

    1 FRANCO SUIZO = 103,97 PESETAS

    1 LIBRA ESTERLINA = 252,83 PESETAS

    En 1999 el PBI pm a precios corrientes fue de 595.330 millones de U$s con una tasa anual de crecimiento PBI de 3.7% (a precios de mercado).

    El PBI per capita fue de 14.657 (dólares) con una tasa de inflación anual de 2.9%.

    En lo que respecta al año 2001 durante los meses de enero a septiembre, el PBI fue de 411.205 millones de dólares, con tasa anual de crecimiento de 3,9% (registrado en el ultimo trimestre) y una tasa de inflación del 4%.

    Los principales sectores económicos son: textiles, calzados, productos alimenticios, vino, acero, metales, cemento, productos químicos, construcción naval, automóviles, maquinas-herramientas, turismo.

    Desarrollo Industrial

    En el marco de una economía saneada y en expansión, el sector industrial en general se encuentra en uno de los mejores periodos de su historia. El PBI creció en España el 4% durante el año 2000. Esta situación se vio favorecida por el descenso de los tipos de interés y el crecimiento del consumo domestico.

    Preocupa el leve aumento de la inflación producido en los últimos meses y el incremento de los costos energéticos. Sin embargo, la productividad creció a nivel constante por encima de la media alcanzada en la UE.

    En 2000 el crecimiento económico general y del consumo privado, se manifestó en el aumento de consumo de energía de uso industrial y domiciliario, y en cifras record de venta de automóviles y bienes duraderos.

    La reestructuración del sector publico empresarial, permitió que en los últimos años el Estado ingresara en sus arcas montos multimillonarios en concepto de privatizaciones (Telefónica, Repsol, Endesa, Aceralia, Inespal)

    Política Comercial

    España accedió como miembro de pleno derecho a la entonces Comunidad Económica Europea hace mas de una década. Desde entonces, la normativa de la UE es plenamente aplicable en España.

    Esta incorporación a la UE trajo para España un trascendental cambio en los años 1993 y 1994 con la creación del Mercado Único Europeo y del Área Económica Europea, artífices de un espacio comercial sin fronteras.

    En su proceso de acomodamiento a la globalización, el Gobierno de España lleva adelante una política comercial de apertura. En este sentido, incentiva la internacionalización de las empresas con diversas medidas que tienden a incrementar las inversiones exteriores, de grandes, medianas y pequeñas empresas, al aumentar sus exportaciones, diversificar sectores y productos, mejorar calidad, etc.

    Competitividad Internacional

    La economía española esta ganando competitividad dentro de la Unión Monetaria. Como muestra el hecho de que las exportaciones se han recuperado en los últimos años (en sintonía con lo que ocurre en los demás países de la zona euro). Aunque su crecimiento todavía es moderado, las previsiones apuntan a un mayor avance en los próximos meses, dado que el indicador de competitividad-precio frente a los países de la OCDE, mejoro un 3,8%

    Grado de apertura del mercado

    (1999)

    Comercio Exterior (Exportaciones + Importaciones) / PBI 42,8%

    Importaciones / PBI 24,3%

    Importación Total / Importación Mundial 2,5%

    Exportación Total / Exportación Mundial 2,0%

    Balanza Comercial

    Según los datos oficiales facilitados por el Departamento de Aduanas español –Ministerio de economía y Hacienda-, la balanza comercial de España durante el 2000 registró un déficit de 43.039 millones de euros.

    Existe un fuerte ritmo de crecimiento de las importaciones (+14%), que alcanzaron un valor de 166138 millones de euros, impulsadas por el dinamismo de la demanda interna, frente a unas exportaciones cercanas a los 123100 millones de euros.

    La tasa de crecimiento de las exportaciones españolas sitúa a España a la cabeza de los países centrales de la UE, muy por encima del 3,9% de Alemania, el 2% de Francia o el –1,7% de Italia.

    En el caso de las exportaciones el ritmo de crecimiento interanual mas elevado correspondió también a los bienes de capital (13,3%), seguido de bienes intermedios no energéticos (6,8%) y de bienes de consumo (3,6%).

    En cuanto a la distribución geográfica de las exportaciones, ha quedado reflejado en las cifras de diciembre un mayor crecimiento de las exportaciones a los países no comunitarios (23%) que en las destinadas a la UE, que aumentaron un 11,9%

    Este comportamiento demuestra, por un lado, el aumento de la competitividad de los productos españoles en el área no comunitaria, derivado del debilitamiento del euro frente al dólar norteamericano y el yen; y por otro lado, la perdida de competitividad en los mercados europeos, consecuencia del aumento del diferencial español de inflación.

    Por el contrario, y en parte consecuencia también de lo anterior, el crecimiento de las importaciones procedentes de los países de la UE (29,6%), superó al 23,8% de subida en las compras procedentes del resto del mundo.

     

     

    Política Arancelaria

    La entrada de España en la Comunidad Europea supuso pasar de una política arancelaria independiente a una política comunitaria. La necesidad de adaptación a la nueva situación afectaba a dos tipos de cuestiones:

    • El traspaso de competencias y el desarrollo de las mismas, en un nuevo marco
    • La adaptación en cuanto a los objetivos y contenido de dichas políticas

    España contaba con una amplia legislación para la regulación del comercio exterior, que se habían ido desarrollando y perfeccionando, en especial a partir de los últimos años de la década de los cincuenta, tras el Plan de Estabilización.

    El Comercio Exterior Español se rige por el principio de libertad comercial y solo para algunas mercancías se aplica una vigilancia estadística previa. Para determinar el régimen comercial aplicable a cada producto es preciso conocer su partida arancelaria y su país de destino.

    Basándose en la Nomenclatura Combinada y el arancel, la Comisión de la Comunidad Europea ha establecido un Arancel Integrado de las Comunidades Europeas (TARIC) que incluye, además de la codificación de la nomenclatura combinada, subdivisiones complementarias denominadas subpartidas TARIC, necesarias para la designación de aquellas mercancías que sean objeto de medidas especificas.

    Derechos Aduaneros / Arancel

    Es el gravamen que ha de pagar un importador para introducir una mercancía en su territorio. Tiene una doble finalidad: recaudatoria y protectora.

    Las aduanas se encargan de aplicar los aranceles en las operaciones de comercio exterior.

    Un producto es objeto de dumping cuando su precio de exportación hacia un país es inferior al valor normal de un producto similar. El valor normal que se toma en consideración, es el precio comercial en el país de origen (el precio interior)

    Hay dos tipos de derechos:

    • Autónomos: establecidos por la Unión Europea
    • Convencionales: surgen como resultado de convenios internacionales como en el caso de países que tienen el tratamiento de nación mas favorecida.

    La introducción de mercancías de otros estados miembros de la UE esta exenta del pago de aranceles.

    La importación de mercancías procedentes de terceros países queda sometida a los derechos del Arancel Aduanero Común de la UE.

    En la actualidad, las únicas restricciones cuantitativas a la importación de productos industriales que permanecen son las siguientes:

    Respecto de:

    • Sector Textil y Confección: existen numerosas cuotas de importación
    • Sector Siderúrgico: restricciones respecto a Rusia, Ucrania y Kazaistan. Para el resto de los países se mantienen los mecanismos de vigilancia comunes.

    En lo que respecta al comercio de productos agroalimentarios, antes de la incorporación de España a la CEE, la protección agraria se basaba fundamentalmente en tres instrumentos:

    • La aplicación de regímenes comerciales restrictivos
    • Los derechos reguladores y compensatorios variables, similares en su funcionamiento a las exacciones variables o prelevements que han existido en la CEE hasta la arancelizacion obligada por la Ronda Uruguay.
    • El arancel

    Por lo que respecta a las exportaciones se realizaba en régimen de comercio liberalizado, para sectores importantes de la exportación agrícola existía la llamada "ordenación sectorial a la exportación" que con el objetivo de ofertar una exportación ordenada para no provocar caídas en los precios de los mercados de destino, suponía una limitación del numero de exportadores, permitiendo solo exportar a aquellos que estaban inscriptos previamente en unos registros especiales.

    Dichas restricciones, tanto en el caso de productos agrarios como industriales, fueron desapareciendo a través de la integración de España en la Unión Europea.

    Como se ha mencionado anteriormente, las limitaciones existentes son para aquellos productos que provienen de terceros países, es decir, fuera de la Unión Europea.

    Quedando establecida al mismo tiempo, una libre circulación de bienes dentro de la UE, exenta del pago de aranceles y demás trabas.

    Acuerdos Preferenciales

    La Comunidad Europea y por ende, España como integrante del mismo, concede un trato especial y mas favorable a los países para que puedan acceder al mercado comunitario, así como protocolos financieros para ayudarles a desarrollarse, ofreciendo asimismo colaboración en otros campos.

    Cabe destacar entre este tipo de acuerdos los firmados con los países de Africa, caribe y Pacifico (ACP) a partir de los Acuerdos del Convenio de Lome.

    Otro bloque de acuerdos serian los desarrollados con los países del Centro y Este de Europa (PECO) que han dado lugar a los Acuerdos Europeos de Asociación y que preveen el establecimiento progresivo de una zona de libre comercio con un desarme arancelario mas rápido por parte de la UE con el fin de favorecer las exportaciones de sus productos al mercado comunitario.

     

    Acuerdos No Preferenciales

    Existe una serie de acuerdos no preferenciales que mantiene la Comunidad con países y agrupaciones de países en áreas especialmente dinámicas y con alto potencial de crecimiento económico como son América del Sur y Asia.

    Tipos de Acuerdos No Preferenciales

    Acuerdo entre la UE y MERCOSUR

    Establece una aproximación en dos fases:

    1. Coordinación de actuaciones
    2. Preparación de una liberalización de los intercambios

    Acuerdo con la Comunidad Andina, Centroamérica y Chile

    ASEM (Asia – Europa Meeting)

     

    Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), mediante el cual la Unión Europea otorga exenciones y/o reducciones arancelarias a productos originarios de países en vías de desarrollo.

     

    Política Monetaria

    Con la introducción del euro, el tipo de cambio de la peseta ha dejado de ser un instrumento de política económica.

    En su primer año y medio de vida, la depreciación del euro contra el dólar jugó a favor de la competitividad de las exportaciones en los mercados que no pertenecen al euro.

    Pero el diferencial de la inflación española en relación con la inflación media de la UE plantea una peligrosa amenaza.

    Si se mantiene ese diferencial, la competitividad de los productos seguirá empeorando en la zona del mundo que absorbe la mayor parte de las exportaciones españolas, sin que se pueda recurrir al tipo de cambio para compensar ese deterioro.

    Por otro lado, si el euro consolida en el futuro su recuperación frente al dólar, como apuntan la mayoría de los pronósticos, se agravara la perdida de competitividad frente al resto del mundo, que hasta este momento se había defendido gracias a la debilidad del euro.

     

    Régimen de Importación

    Régimen de Importaciones

    La introducción de mercancías originarias de los restantes Estados miembros de la UE o procedentes de terceros países que se encuentren en libre practica en dichos Estados miembros, no esta sujeta en términos generales a restricciones cuantitativas ni a licencias de importación.

    La exportación de mercancías españolas a los restantes miembros de la UE tampoco esta sujeta a restricciones cuantitativas ni licencias.

    Desde su incorporación a la Unión Europea, España ha adoptado todas las reglamentaciones pertinentes en materia de comercio exterior, adaptando paulatinamente su propia estructura de política exterior a dichos requisitos.

    Aunque la reglamentación europea es muy estricta en materia de sanidad y calidad, esta adaptación ha significado para terceros países una mayor apertura debido a que España mantenía en algunos sectores más protecciones que el resto de los países europeos.

    La Unión Europea legisla en materia sanitaria y de calidad y el cumplimiento de la normativa es muy estricta en todos los países miembros, dependiendo fundamentalmente de los sectores. Se exige el cumplimiento de estrictas normas de calidad, sanitarias, de etiquetado, etc.. En algunos casos se requiere la obtención de un permiso o Certificado de Importación (antes "licencia"), y hay casos particulares de restricciones cuantitativas.

    En ocasiones que España estima corresponder, recurre a cláusulas de salvaguardas e investigaciones por dumping.

    Otra forma de protección se da a trabes de la política comunitaria de subsidios a la producción de terminados productos.

    Se considera que las barreras proteccionistas serán superadas cuanto mayor sea el contacto y el conocimiento entre las administraciones correspondientes de los países negociante.

    Importación de Productos Industriales de terceros países

    En el marco del régimen de libertad comercial, hay algunas excepciones. La importación de ciertas mercancías (textiles, guantes, calzado, productos de porcelana, cerámicos y de vidrio, manufacturas de acero, auto radios, juguetes y ciertos productos químicos) de determinados países se encuentra sometida a restricciones cuantitativas o a medidas de vigilancia; y la de otras mercancías especificas (drogas, explosivos, armas de fuego y municiones) esta sujeta a licencias especiales.

    A través del Sistema Generalizado de Preferencias de la Unión Europea –SGP- se otorgan exenciones y/o reducciones arancelarias a productos originarios de países en vías de desarrollo.

    Hay reglamentos específicos para los sectores industrial, textil y agrario. Es requisito agregar a la documentación el Certificado de Origen – Formulario "A" para que el importador pueda acogerse a estos beneficios.

    Respecto de las Islas Canarias, existe un régimen especifico de abastecimientos por el que se regulan los intercambios comerciales y que implica una serie de ayudas intracomunitarias para determinados productos agrarios y una exención de derechos de importación para las mismas mercancías cuando proceden de terceros países.

    Ceuta y Melilla no forman parte del territorio aduanero de la UE como lo son las Islas Canarias y tienen un régimen comercial, diferente al del resto del país, basado en el respeto a la libertad comercial tradicional en el comercio exterior de estas zonas.

    Una vez que las mercancías son introducidas en el territorio aduanero de la Comunidad estarán bajo vigilancia aduanera. Podrán ser sometidas a controles por parte de las autoridades aduaneras.

    Dichas mercaderías permanecerán bajo vigilancia aduanera todo el tiempo que sea necesario para determinar su estatuto aduanero y en lo que se refiere a mercancías no comunitarias hasta que, o bien cambien de estatuto aduanero, o bien pasen a una zona franca o depósito franco, o bien se reexporten o destruyan

    Despacho a libre práctica

    El despacho a libre práctica confiere el estatuto aduanero de mercancía comunitaria a una mercancía no comunitaria. Implica la aplicación de las medidas de política comercial, el cumplimiento de los demás trámites previstos para la importación de unas mercancías y la aplicación de los derechos legalmente devengados.

    Régimen de suspensión, cuando sean utilizados para mercancías no comunitarias, designarán los siguientes regímenes: – el tránsito externo, – el depósito aduanero, – el perfeccionamiento activo en forma de sistema de suspensión, – la transformación bajo control aduanero, y – la importación temporal.

    Régimen aduanero económico, se entenderán referidos a los siguientes regímenes: – el depósito aduanero, – el perfeccionamiento activo, – la transformación bajo control aduanero, – la importación temporal, y – el perfeccionamiento pasivo.

    El régimen económico de suspensión se liquidará cuando las mercancías o, en su caso, los productos compensadores o transformados incluidos en dicho régimen reciban un nuevo destino aduanero autorizado.

    Valor en Aduana de las Mercaderías Importadas

    El valor en aduana de las mercancías importadas será su valor de transacción es decir, el precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se vendan para su exportación con destino al territorio aduanero de la Comunidad, ajustado siempre que:

    a) no existan restricciones para la cesión o utilización de las mercancías por el comprador, con excepción de las restricciones que: – impongan o exijan la ley o las autoridades públicas en la Comunidad, – limiten la zona geográfica en la que se puedan revender las mercancías, o – no afecten sustancialmente al valor de las mercancías;

    b) la venta o el precio no dependa de condiciones o prestaciones cuyo valor no pueda determinarse con relación a las mercancías objeto de valoración;

    c) ninguna parte del producto de cualquier reventa, cesión o utilización posterior de las mercancías por el comprador revierta directa o indirectamente al vendedor

    d) no exista vinculación entre comprador y vendedor o, en caso de existir

    El precio efectivamente pagado o por pagar será el pago total que, por las mercancías importadas, haya hecho o vaya a hacer el comprador al vendedor o en beneficio de éste, y comprenderá todos los pagos efectuados o por efectuar, como condición de la venta de las mercancías importadas, por el comprador al vendedor o por el comprador a una tercera persona para satisfacer una obligación del vendedor. El pago no tendrá que hacerse necesariamente en efectivo; podrá efectuarse mediante cartas de crédito o instrumentos negociables, y directa o indirectamente.

    Aranceles

    La introducción de mercancías de otros estados miembros de la UE esta exenta del pago de aranceles.

    La importación de mercancías procedentes de terceros países queda sometida a los derechos del Arancel Aduanero Común de la UE.

    Las franquicias comunitarias a la importación que reviste mayor interés para el exportador de otro país, son las que se aplican a mercancías importadas para la prospección comercial, como:

    • muestras de mercancías sin valor comercial
    • muestrarios completos, impresos y objetos de carácter publicitario
    • productos utilizados y consumidos durante una exposición o una manifestación similar
    • mercancías importadas para examen, análisis o ensayos, objeto de carácter educativo, científico o cultural
    • instrumentos o aparatos científicos siempre que se importen con fines no comerciales

    Prescripciones Especiales

    Normas Vigentes para todos los estados miembros de la UE

    El marco legal vigente para toda la UE abarca numerosas y variadas prescripciones sobre organizaciones del mercado para productos agrícolas básicos y regímenes comerciales para determinados productos agrícolas producidos para la UE.

    Las organizaciones de la UE han creado un mercado común para productos agrícolas en el que para los estados miembros –al igual que en el sector industrial. Se han suprimido los aranceles de importación y derechos similares, totalmente libre de prohibiciones y/o limitaciones a la importación, contingentes u otras trabas económicas.

    El elemento principal de control de la política agrícola son los precios. Las diferencias entre el nivel de precios de la UE y los precios del mercado internacional se compensan mediante gravámenes a la importación.

    Los productores agrícolas de países no comunitarios se someten a un sistema de derechos variables ("prelevements") que se agregan al precio. Estos impuestos a la importación, que varían continuamente, no pueden determinarse sino poco antes de efectuar la importación prevista

    Las licencias de importación de la UE para productos agrícolas de terceros países no sirven como instrumentos de contingentes sino como mecanismo de control para el mercado agrícola.

    Otras prescripciones legales para la importación de mercancías

    Independientemente de las disposiciones previstas en la legislación de economía exterior para la importación de determinados productos, es indispensable observar varias prescripciones legales de las cuales depende, en ultimo termino, el acceso de dichos productos a este medio

    • Reglamento sobre el rótulo de productos alimenticios (regula el rotulado y etiquetado de determinados productos en empaques y envases previstos para el consumidor final)
    • Ley alimentaria y de artículos de necesidad (regula el empleo de determinados aditivos en productos alimenticios, su caracterización, implementos necesarios para su elaboración, etc.)
    • Reglamento sobre la indicación de precios (regula la obligatoriedad de indicar los precios en los envases previstos para la venta al consumidor final)
    • Reglamento sobre envasado (regula los tamaños, las indicaciones de precios y del contenido en bienes de consumo previamente empaquetados para su venta en el comercio minorista)
    • Ley sobre el etiquetado de productos textiles (regula las indicaciones sobre los materiales componentes y la forma en que deben ser tratados)
    • Ley sobre medicamentos (regula la composición química, el envasado, el registro como especialidad farmacéutica, las indicaciones sobre el origen, el nombre, la utilización, la forma de empleo, la dosificación, las cantidades, etc.)
    • Ley sobre la protección y la inspección de plantas (regula las importaciones y el control de plantas, flores, etc.)

    Para determinados productos técnicos tales como aparatos eléctricos, aparatos de gas, calentadores y calderas a presión, vehículos, etc., rigen otras disposiciones de seguridad.

    Normalización y Certificación de Productos

    Algunos de los productos importados, cualquiera sea su origen o procedencia deben ceñirse a determinadas reglamentaciones técnicas que dan lugar a su homologación. Son obligatorias las directivas y reglamentos de la UE.

    La Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) es el organismo acreditado por la administración española para desarrollar actividades de normalización.

    Regímenes Aduaneros Especiales

    Depósitos Aduaneros: son unos recintos, bajo control de la Aduana, en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Su utilizan sobre todo cuando un importador no sabe cúal será el destino de la importación. Se permiten las mismas operaciones que las Zonas Francas. En España, el tiempo máximo que una mercancía puede estar en un Deposito Aduanero es de cinco años.

    Se entenderá por «depósito aduanero», todo lugar reconocido por las autoridades aduaneras y sometido a su control, en el que puedan almacenarse mercancías en las condiciones establecidas.

    El régimen de depósito aduanero permitirá el almacenamiento en un depósito aduanero:

    a) de mercancías no comunitarias, sin que estas mercancías estén sujetas a derechos de importación ni a medidas de política comercial,

    b) de mercancías comunitarias para las que una normativa comunitaria específica disponga, en razón de su inclusión en un depósito aduanero, el beneficio de medidas relacionadas en principio con la exportación de mercancías.

    d) las mercaderías destinadas a la presentación en publico en ferias y exposiciones.

    e) las mercaderías que exigen instalaciones especiales para su conservación.

    El deposito aduanero es un mecanismo complementario del régimen de la admisión temporal. Permite a la empresa situar mercaderías admitidas bajo el régimen de admisión temporal.

    La admisión temporal: Permite a los operadores económicos importar mercancías destinadas a ser transformadas o manufacturadas o a recibir una labor de trabajo complementario, con suspensión de los derechos arancelarios y sin formalidades de control de parte del comercio exterior aplicadas a esta mercancía.

    Devolución de derechos (draw-back): Este régimen permite a la empresa la devolución de los derechos arancelarios satisfechos a la importación de materias primas o semi-productos utilizados para la fabricación de mercancías exportadoras.

    Zona Franca: cualquier enclave nacional creado por las autoridades competentes de cada Estado Miembro de la UE con el fin de considerar las mercancías que allí se encuentren como si no estuvieran en territorio aduanero de la Comunidad para la aplicación de los derechos aduaneros, restricciones y cualquier otro impuesto.

     

    Tránsito Aduanero: permite el transporte de mercadería sin control aduanero de un punto a otro, eximidos de pagar impuestos.

    Depósito Industrial: es lo que permite a determinado establecimiento de una industria importar, libre del pago de impuestos, mercaderías para industrialización o posterior exportación, pudiendo una parte de la producción ser destinada al mercado interno.

    Puerto Franco: es un territorio que goza de exenciones y bonificaciones de derechos aduaneros. Se pueden cargar y descargar mercancías. En España, son considerados como puertos francos a Ceuta, Melilla y Canarias.

    Zonas Mercadologicas: están determinadas según los acuerdos establecidos por la Unión Europea. Existen tanto para las importaciones como para las exportaciones.

    En el caso de las importaciones, se reciben las mercancías de origen, aunque sean de procedencia, siempre se referirá el origen de la mercancía correspondiente.

    Existen cuatro subzonas mercadológicas:

    • Subzona A: para la UE y sus territorios de ultramar
    • Subzona B1: para los países de la EFTA y países del Este de Europa
    • Subzona B2: para los países del Mediterráneo y los de la ex Yugoslavia
    • Subzona B3: para los países firmantes del acuerdo LOME
    • Subzona B4: para los territorios de ultramar bajo la administración de un Estado Miembro
    • Subzona C: para el resto del mundo
    • Subzona D1: para países comunistas y repúblicas escindidas de la CEI
    • Subzona D2: para China

    Disposiciones aplicables a las mercancías introducidas en el territorio aduanero en tanto no se les haya atribuido un destino aduanero

    Con respecto a la introducción de las mercancías en el territorio aduanero:

    Las mercancías introducidas en el territorio aduanero estarán bajo vigilancia aduanera desde su introducción. Podrán ser sometidas a controles por parte de las autoridades aduaneras, de conformidad con las disposiciones vigentes. Las mismas permanecerán bajo vigilancia aduanera todo el tiempo que sea necesario para determinar su estatuto aduanero y en lo que se refiere a mercancías no comunitarias hasta que o bien cambien de estatuto aduanero, o bien pasen a una zona franca o depósito franco o bien se reexporten o destruyan.

    Las mercancías que se introduzcan en el territorio aduanero deberán ser trasladadas sin demora por la persona que haya efectuado dicha introducción, utilizando, en su caso, la vía determinada por las autoridades aduaneras y según las modalidades establecidas por dichas autoridades:

    • la aduana designada por las autoridades aduaneras o a cualquier otro lugar designado o autorizado por dichas autoridades;
    • una zona franca, cuando la introducción de las mercancías en dicha zona franca deba efectuarse directamente:
      • bien por vía marítima o aérea;
      • bien por vía terrestre sin pasar por otra parte del territorio aduanero de la Comunidad Europea, cuando se trate de una zona franca contigua a la frontera terrestre entre un Estado miembro y un país tercero.

    Cuando, por caso fortuito o fuerza mayor, no pueda cumplirse la obligación anteriormente, la persona sujeta a dicha obligación, o cualquier otra persona que actúe en su lugar, informará sin demora a las autoridades aduaneras de dicha situación. Cuando el caso fortuito o de fuerza mayor no haya ocasionado la pérdida total de las mercancías, se deberá además informar a las autoridades aduaneras del lugar exacto en el que se hallen dichas mercancías.

     

    Política Cambiaria

    Introducción del Euro

    Desde el 1 de Enero de 1999, el euro ha sido introducido como moneda oficial de los Estados Miembros participantes.

    El euro existe y puede comenzar a ser utilizado en su forma "escritural", es decir, a través de su reflejo en cuentas bancarias pero no en metalico o en efectivo.

    Cabe esperar que los mercados financieros comiencen a utilizar, extensa y rápidamente, el euro.

    También se espera que las empresas y los particulares continúen operando en las unidades monetarias nacionales que serán, legalmente equivalentes el euro al tipo de conversión fijado. (En el caso de la moneda española, será de 1 EURO = 166,386 PTAS.)

    A partir del 1 de Enero de 2002 se supone que euro habrá sustituido, en todos los usos, con la excepción de las transacciones de efectivo, a las unidades monetarias nacionales.

    Dado que las unidades monetarias nacionales estarán vinculadas por tipos de conversión irrevocablemente fijos, dejaran de existir mercados cambiarios entre dichas monedas, y se realizaran meras conversiones aritméticas.

    En los mercados financieros, toda las operaciones se realizaran y se liquidaran en euros.

    Tanto agentes económicos, como empresas y particulares podrán utilizar indistintamente el euro y las unidades monetarias nacionales en los negocios jurídicos, en el trafico mercantil o en las transacciones que lleven a cabo durante el periodo, al ser ambas unidades legalmente equivalentes.

    El ritmo con que se vaya utilizando el euro y desplazando el uso de la peseta lo determinara su propio uso, en función del análisis de costes y beneficios de su proceso de adaptación.

    Los billetes del Banco de España y las monedas denominadas en pesetas continuaran circulando y teniendo pleno poder liberatorio hasta el 30 de Junio de 2002.

    A partir del 1 de Julio los billetes y monedas en pesetas perderán su condición de dinero de curso legal; a partir de dicha fecha solo tendrán condición los billetes y monedas denominados en euros.

    A partir de la fecha indicada, no podrá emitirse ninguna orden de pago ni mantener cuentas abiertas en la antigua denominación en una institución financiera.

    Políticas de Financiación

    POLÍTICAS DE FINANCIACION DE LA PRODUCCIÓN EXPORTABLE Y LAS INVERSIONES

    COFIDES

    La Compañía Española de Financiación del Desarrollo, COFIDES, S.A., es una sociedad anónima de capital mixto (público y privado) creada en 1.988 cuyo objeto es el fomento de las inversiones productivas de empresas españolas en países en desarrollo, para contribuir con criterios de rentabilidad tanto al desarrollo económico de esos países como a la internacionalización de la economía española.

    Para cumplir con esta doble finalidad, COFIDES cuenta en la actualidad con unos fondos propios superiores a los 7.200 millones de pesetas, con una probada capacidad de movilización de recursos de otras fuentes aplicables a este tipo de proyectos, con un equipo de profesionales cualificados y con el apoyo de sus accionistas.

     

    En el capital social de COFIDES participan:

    · Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) · Instituto de Crédito Oficial (ICO) · Empresa Nacional de Innovación (ENISA) · Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) · Banco Santander Central Hispano (BSCH) · Banco de Sabadell

    Las tres primeras instituciones públicas mencionadas ostentan hoy en su conjunto el 61% del capital social de COFIDES, repartiéndose el 39% restante entre los 3 grupos bancarios citados.

      PRODUCTOS FINANCIEROS QUE OFRECE

    Los productos que COFIDES ofrece para la fase de inversión de los proyectos son los siguientes:

    Participaciones en el capital de la empresa que se crea en el país receptor

    Estas participaciones de capital siempre son minoritarias y transitorias. En efecto, COFIDES normalmente no asume en ellas más del 30% del capital social y su límite es, en todo caso, la participación del propio inversor español en el capital. En los casos en que COFIDES actúa en régimen de cofinanciación con otros instrumentos este porcentaje puede superarse. Cuando COFIDES participa en el capital no se compromete en la gestión diaria del proyecto, que corresponde a sus promotores.

    Préstamos a medio y largo plazo a la empresa que se crea en el país receptor

    Con plazos relacionados con el período de retorno previsto para el proyecto, normalmente entre 3 y 10 años y períodos de carencia amplios en los primeros años de vida del proyecto. La remuneración de estos préstamos se liga, en muchos casos, a los resultados del proyecto. Estos préstamos pueden denominarse en Euros o en otras monedas convertibles.

    Préstamos a medio y largo plazo al inversor español

    Para cubrir parcialmente el esfuerzo financiero que debe realizar en su aportación a los fondos propios de la empresa participada. Estos préstamos también tienen períodos de amortización y carencia dilatados, hasta 10 años, consistentes con las expectativas de generación de retornos del proyecto. Los préstamos pueden denominarse en Euros o en otras monedas convertibles.

    COFIDES toma siempre garantías adecuadas para los préstamos que concede. Estas garantías se establecen caso por caso en función de las características del proyecto.

    Los productos financieros indicados pueden combinarse en un mismo proyecto.

      TIPO DE PROYECTOS ELEGIBLES

    COFIDES puede otorgar apoyo financiero tanto a proyectos que lleven a cabo empresas mixtas en las que participe de manera significativa una empresa española, como a aquellos en los que el inversor español posea la totalidad del capital de la empresa que se cree en el país receptor-

    Este apoyo puede aplicarse tanto a proyectos de creación de nuevas empresas como a los que conlleven la ampliación de las instalaciones de empresas existentes. En algunos casos, el apoyo puede destinarse a la toma de participaciones de empresas existentes que no conlleven una ampliación de la actividad de la empresa participada, siempre y cuando se valore que ello puede contribuir de manera esencial a la implantación de la empresa española en el país receptor.

    COFIDES no interviene en proyectos tales como la construcción de viviendas, defensa, enseñanza o asistencia sanitaria, para los que existen otros instrumentos de ayuda o cooperación. En el caso particular de las infraestructuras u otros servicios públicos, COFIDES esta en condiciones de apoyar este tipo de proyectos siempre y cuando los mismos se gestionen de forma privada.

      INSTRUMENTOS FINANCIEROS

    Ha sido siempre una de las prioridades de COFIDES la movilización de fondos de los diferentes programas e instrumentos disponibles para la financiación de los proyectos en el exterior de empresas españolas.

    Detalle de los programas e instrumentos españoles y multilaterales:

    • LINEA COFIDES / FOMIN
    • FIEX
    • LINEA ICO
    • LINEA DE SERVICIOS
    • LINEA COFIDES / BERD
    • LINEA COFIDES / BE
    • FONPYME
    • LINEA BEI (ECFI III)
    • CDE

      LINEA DE COFINANCIACION COFIDES / FOMIN

    Esta línea de cofinanciacion, suscrita en enero de 2000 entre COFIDES y el Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN) del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), permite ofrecer a las empresas españolas financiación en condiciones especiales para sus proyectos de inversión productiva de tamaño pequeño y mediano en países de América Latina. En estos casos, el FOMIN invierte el mismo importe y en los mismos términos y condiciones en que lo haga COFIDES.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de financiación a largo plazo de los proyectos de inversión productiva de empresas españolas en países de América latina elegibles para el BID
    • Beneficiarios: las pequeñas y medianas empresas conjuntas en las que participe una empresa española establecida en los citados países
    • Tipo de apoyo financiero: Participaciones en capital, cuasi-capital (prestamos de coinversion, subordinados o convertibles en capital) y prestamos ordinarios a medio plazo (hasta 3 años) para la financiación de capital circulante.
    • Acceso: la línea gestionada por COFIDES, a quien deben dirigirse las empresas interesadas
    • Importe de la línea: 10.000.000 Dólares USA
    • Importe máximo de la operación: 750.000 Dólares USA

      FONDO PARA INVERSIONES EN EL EXTERIOR (FIEX)

    Este fondo creado por la Ley 66/1997 de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, permite realizar inversiones temporales y minoritarias a los fondos propios de las inversiones en el exterior por empresas españolas.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de aportación de recursos propios de los proyectos de inversión que lleven a cabo empresas españolas en el exterior
    • Beneficiarios: las empresas participadas por los inversores españoles
    • Tipo de apoyo financiero: participaciones en capital, prestamos de coinversion y instrumentos participativos a medio y largo plazo, con periodos de carencia
    • Acceso: las solicitudes deben plantearse a COFIDES, que ha sido designado por la Administración española como gestor de fondos
    • Limite de financiación: 25 millones de euros
    • Importe mínimo: 2 millones de euros
    • Dotación actual del fondo (año 2001): 240 millones de euros

      LINEA DE FINANCIACION DE INVERSIONES EN EL SECTOR SERVICIOS

    Esta línea ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos de inversión en el sector servicios de empresas españolas en países en desarrollo.

     

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de financiación de los proyectos de inversión española en el sector servicios en países en desarrollo
    • Beneficiarios: los inversores españoles y las empresas participadas por ellos.
    • Tipo de apoyo financiero: prestamos simples al inversor español y prestamos simples de coinversion a medio y largo plazo (hasta 5 años), con periodos de carencia amplios (hasta 5 años). La remuneración de los prestamos será:
      • Para los prestamos simples: el tipo de interés de referencia fijado por COFIDES máximo es el margen no superior a un punto porcentual.
      • Para los prestamos de coinversion: un componente fijo inferior al tipo de interés de referencia y un componente variable ligado a los resultados del proyecto
    • Acceso: las solicitudes deben plantearse a COFIDES
    • Limite de la financiación: Máximo de 2.500.000 euros
    • Importe mínimo: 250.000 euros
    • Países elegibles: se consideran elegibles para esta línea los proyectos de inversión del sector servicio que se realicen en cualesquiera países en desarrollo, emergentes o en transición, con independencia del nivel de renta del país en cuestión, de pertenencia o no a la OCDE o de la categoría que les otorgue el Acuerdo del Consenso que regula los créditos a la exportación con apoyo oficial.

      FONDO PARA OPERACIONES DE INVERSIÓN EN EL EXTERIOR DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONPYME)

    Este fondo creado por la Ley 66/1997 de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, permite realizar inversiones de capital temporales y minoritarios y otros instrumentos participativos en sociedades constituidas en el exterior por pequeñas y medianas empresas españolas.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de aportación de recursos propios de los proyectos de inversión que lleven a cabo pymes españolas en el exterior
    • Beneficiarios: las empresas participadas por los inversores españoles
      • Tipo de apoyo financiero: participaciones en capital, prestamos de coinversion y instrumentos participativos a medio y largo plazo, con periodos de carencia
    • Acceso: las solicitudes deben plantearse a COFIDES, que ha sido designado por la Administración española gestor del fondo y que cofinanciará en los mismos términos y condiciones que el fondo de operaciones.
    • Limite de la financiación: 1,8 millones de euros, sin que pueda exceder en ningún caso el propio volumen que COFIDES invierta en el proyecto con sus propios recursos.
    • Importe mínimo: 150.000 euros por operación
    • Cofinanciacion: siempre en régimen de cofinanciacion con COFIDES
    • Dotación Actual del fondo (año 2001): 21 millones de euros

      LINEA DE FINANCIACION CON EL BEI PARA PAISES ACP (ECFI III)

    Esta línea de financiación, suscrita por el Banco Europeo de Inversiones con las Instituciones Financieras de Desarrollo de los países miembros de la Unión Europea en 2000, permite ofrecer a las empresas europeas financiación en condiciones especiales para sus proyectos de inversión productiva en países como Africa, Caribe y Pacifico (ACP), Sudáfrica.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de financiación a largo plazo de los proyectos de inversión productiva de empresas europeas en países ACP
    • Sectores elegibles: Industria, agroindustria, turismo, minería, transporte, telecomunicaciones, servicios financieros y otros servicios asociados a estos sectores
    • Beneficiarios: las empresas privadas en estas áreas
    • Tipo de apoyo financiero: prestamos a largo plazo al proyecto en condiciones especiales
    • Acceso: la línea es gestionada por las Instituciones Financieras de Desarrollo de los países de la UE. En España, su único gestor es COFIDES, a quien deben dirigirse las empresas interesadas
    • Importe actual de la línea: 70.000.000 euros
    • Asignación de recursos:
      • Para inversiones en países ACP: 50 millones de euros
      • Para inversiones en la Republica de Sudáfrica: 15 millones de euros
      • Para inversiones en países y territorios OCT: 5 millones de euros
    • Importe máximo por proyecto: 5.000.000 euros
    • Importe mínimo por proyecto: 500.000 euros

      CENTRE POUR LE DEVELOPPEMENT DE L´ENTERPRISE (CDE)

    Este instrumento establecido por la UE y los países ACP ofrece financiación en condiciones especiales para proyectos de inversión y otras formas de cooperación empresarial en los sectores industrial, agroalimentario, pesquero, forestal, extractivo, de la construcción, turismo, comercio, transporte y otros servicios de esos países en los que participen empresas de la Unión Europea

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: promover las inversiones y otras formas de cooperación empresarial en países de Africa Subsahariana, Caribe y Pacifico (ACP)
    • Beneficios: según las diversas facilidades del programa, las empresas europeas y sus contrapartes locales que deseen llevar a cabo un proyecto de inversión o de cooperación empresarial en un país ACP
    • Tipo de apoyo financiero: Subvenciones
    • Acceso: Aunque es posible solicitar la ayuda directamente al CDE, resulta recomendable dirigirse a una de las instituciones colaboradoras del CDE en España, entre las que se encuentra COFIDES. En España el ICES es la institución colaboradora mas experimentada en la gestión de este instrumento
    • Importe Máximo por proyecto y año: 150.000 euros

     

    • Contrato de Ajuste Reciproco de Intereses (CARI)

    Es un sistema de apoyo a las exportaciones españolas de maquinaria y bienes de equipo mediante el cual se incentiva la concesión, por parte de las entidades financieras, de créditos a la exportación a largo plazo (más de 2 años) y a tipos de interés fijos (tipos de Consenso).

    Los créditos beneficiarios del CARI pueden estar denominados en pesetas / euros o en cualquiera de las divisas admitidas a cotización.

    ¿Qué agentes intervienen en el sistema CARI?

    Según su cometido, se pueden distinguir los siguientes grupos:

    • Exportadores españoles e importadores extranjeros.
    • Entidades financieras: bancos, cajas de ahorros o cooperativas de crédito.
    • Organismos y entidades públicas españolas.

    ¿Qué funciones desempeña cada agente?

    El exportador español es quien inicia el trámite informando a su cliente, el importador extranjero, sobre los créditos a los que puede recurrir y que pueden acogerse a un CARI. Para ello necesita conocer el funcionamiento del sistema CARI.

    Las entidades financieras conceden los créditos a la exportación. Pueden actuar como prestamistas únicas o agrupadas bajo formas contractuales de sindicación u otras admitidas en derecho.

    En el grupo de organismos y entidades públicas españolas, intervienen en el sistema el ICO, la Dirección General de Comercio e Inversiones y la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE)

    La Dirección General de Comercio e Inversiones es el órgano de la Administración que autoriza la formalización de los CARI y resuelve las incidencias que surjan en la ejecución y desarrollo de los créditos beneficiarios del sistema.

    CESCE, compañía especializada en la cobertura de este tipo de créditos, cubre los riesgos de naturaleza política por cuenta del Estado y los riesgos de carácter comercial.

    Clases de créditos beneficiarios del sistema CARI

    • Crédito comprador extranjero: la entidad financiera concede el crédito al comprador extranjero que tiene, por lo tanto, la condición de prestatario; el suministrador o exportador recibe directamente el importe del crédito como pago por la venta realizada.
    • Crédito suministrador nacional: es el propio suministrador o exportador el que asume la condición de prestatario. El comprador extranjero sólo queda vinculado con el suministrador por el contrato comercial.
    • Línea de crédito: es una variante del crédito comprador. La entidad financiera pone a disposición del prestatario, generalmente un banco del país comprador, un importe global con cargo al cual pueden financiarse distintos contratos comerciales.

    ¿Qué conceptos financiables son considerados para la formalización de un CARI?

    • El importe de los bienes y servicios exportados de origen español, en cuya valoración se incluyen:
      • flete y seguro de transporte contratados por el exportador con una compañía española,
      • prima del seguro del crédito a la exportación si el servicio lo presta una compañía española.
    • El importe de los bienes y servicios extranjeros incorporados a la exportación española.
    • Las comisiones comerciales.
    • Los gastos locales.
    • Los intereses del crédito devengados y capitalizados durante el período de disposición del mismo, previa autorización de la Dirección General de Comercio e Inversiones.

    ¿Cuál es el importe máximo financiable por los créditos beneficiarios de un CARI?

    El crédito acogido al sistema CARI podrá financiar como máximo el 85% del importe de los bienes y servicios exportados (españoles y extranjeros incorporados) y de las comisiones comerciales, y hasta el 100% de los gastos locales, teniendo en cuenta las limitaciones siguientes:

    • los bienes y servicios extranjeros incorporados a la exportación, y considerados a efectos de concesión de un crédito acogido a CARI, no podrán superar el 15% del importe total de los bienes y servicios exportados (españoles y extranjeros).
    • Las comisiones no podrán superar el 5% del importe total de los bienes y servicios exportados (españoles y extranjeros).
    • El importe de los gastos locales no podrá superar el 15% del importe total de los bienes y servicios exportados (españoles y extranjeros).

    ¿Qué tipo de interés se aplicará a los créditos acogidos al CARI?

    El Tipo de Interés Comercial de Referencia (CIRR), también llamado tipo de Consenso, que esté en vigor en el momento en el que se reciben en el ICO, y son aceptados como válidos, la solicitud de formalización de un CARI y los certificados pertinentes. Una vez firmado el correspondiente CARI, el tipo de interés será fijo hasta la amortización total del préstamo.

    ¿Cuál es el plazo de amortización de los créditos beneficiarios de CARI?

    El plazo de amortización se fijará en función del Consenso de la OCDE. Podrá ser de 5 años, ampliable hasta 8 años, para los Países Categoría I(PNB per cápita superior a 5.225$ USA), ó 10 años para países Categoría II (resto países).

    • Créditos FAD – Fondo de Ayuda al Desarrollo-

    Es considerado el instrumento que ha servido para apoyar las exportaciones españolas en los últimos años. Sin embargo, ha caído la utilización efectiva del FAD .

    • Líneas FEV – Financiación de Estudios de Viabilidad-

    La línea FEV es un instrumento creado en 1995 con el fin de financiar estudios de viabilidad de proyectos (y similares) por parte de empresas españolas.

    Este instrumento fue muy bien recibido por las empresas ya que supone un apoyo para una actividad, la realización de un estudio de viabilidad, que permite posicionarse muy bien a la empresa y el país que lo realiza para la ejecución posterior del proyecto.

    La ayuda media concedida por estudio ha sido de 17,5 millones de pesetas. Esta ayuda ha supuesto, como promedio, el 40% del coste total del estudio (el otro 60% tendría que ser cubierto en principio por la empresa que lo realiza).

    Las ayudas de la línea FEV son consideradas como pequeñas.

    Política de Exportaciones

    Regímenes especiales de exportación

    Exportación temporal: Permite el envío al extranjero de materiales y productos destinados a ser utilizados durante un plazo determinado, en función de la naturaleza de los bienes, productos y los trabajos a efectuar.

    Estos materiales y productos deben volver en el mismo estado en el que fueron exportados y con suspensión de los derechos arancelarios.

    Trafico de perfeccionamiento a la exportación: Permite la exportación provisional fuera del territorio nacional español, con suspensión de los derechos y tasas que deban satisfacerse, de productos destinados a ser transformados o recibir una incorporación de mano de obra en el extranjero.

    • Operación de reparación de maquinas
    • Operación de tratamiento y transformación ( tintura, recauchutado, etc.)

    Transito: Permite al operador de transportar, por todos los medios de transporte, mercancías bajo control aduanero, sea de destino, sea a la salida de la empresa.

    Estas operaciones están garantizadas por una consignación, una fianza o cualquier garantía aceptada por los servicios de aduanas.

    Devolución de derechos (draw-back): Permite a la empresa la devolución de los derechos arancelarios satisfechos a la importación de materias primas o semi-productos utilizados para la fabricación de mercaderías exportadas.

    Exportación previa: Permite la exportación de productos obtenidos a partir de mercaderías de origen extranjero que hayan pagado los derechos y tasas de importación y la re-importación del equivalente en materias primas y productos semi-elaborados prácticamente en régimen de franquicia aduanera.

    El beneficio de este régimen puede obtenerse mediante una simple solicitud dirigida a la Oficina de Aduanas de Exportación.

    Deposito industrial Franco: Consiste en la creación de establecimientos, bajo control de la administración de Aduanas, donde las empresas, cuya producción esta destinada en su totalidad a la exportación, pueden importar, en suspensión de los derechos y tasas, tanto los materiales, los equipamientos y sus partes y piezas de recambio como las mercaderías destinadas a ser empleadas por dichos materiales o equipos.

    Las mercancías que salgan del territorio aduanero de la Comunidad serán sometidas a vigilancia aduanera. Dichas mercancías podrán ser objeto de controles por parte de las autoridades aduaneras, de conformidad con las disposiciones vigentes. Deberán abandonar dicho territorio, tomando en su caso la vía determinada por las autoridades aduaneras y con arreglo a las modalidades establecidas por dichas autoridades.

    Cuadernos ATA

    ¿QUÉ ES UN CUADERNO ATA?

    Documento de Admisión Temporal de mercancías válido en los países miembros de la Cadena ATA, que sustituye a los documentos nacionales de exportación e importación temporal

    Las Administraciones Aduaneras de todos los países han venido concediendo, desde hace años, ciertas facilidades para la circulación de mercancías con el fin de estimular las relaciones comerciales entre los diversos países.

    Por este motivo, el 6 de diciembre de 1961 se firma el Convenio Aduanero ATA de Admisión Temporal de Mercancías y, posteriormente, el 26 de junio de 1990 el Convenio de Estambul.

    ¿PARA QUÉ SIRVE UN CUADERNO ATA?

    Para que cualquier tipo de mercancía, que no sea de naturaleza perecedera (alimentos o bebidas), o que requiera una elaboración o reparación, pueda viajar fuera de sus fronteras.

    • Para ser mostrada en Ferias y Exposiciones, de carácter comercial, tanto privadas como oficiales
    • Para que los viajantes de comercio enseñen sus muestrarios en varios países sin necesidad de cambiar de documentación
    • Para ser utilizada en la realización de trabajos de tipo profesional: prensa, radio, cine, instalaciones técnicas, teatro, acontecimientos deportivos….etc.

    VENTAJAS PARA LOS USUARIOS

    • Rapidez y facilidad para la obtención de un Cuaderno
    • Bajo coste
    • Posibilidad de viajar por un gran número de países con un solo documento
    • Agilización y simplificación del trámite de Aduanero
    • No requiere un depósito de garantía en las Aduanas de los países que se visiten
    • Facilita las relaciones comerciales internacionales

    TERRITORIOS QUE PUEDEN SER VISITADOS CON UN CUADERNO ATA

    Alemania, Argelia, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Luxemburgo, Bulgaria, Canadá, Costa de Marfil, Rep. Popular China, Chipre, Croacia, Dinamarca, España, Estados Unidos de América, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hong Kong, Hungría, Islandia, India, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Líbano, Macedonia, Malasia, Malta, Marruecos, Isla Mauricio, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rep. Checa, República de Corea, Rep. Eslovaca, Rep. de Sudáfrica, Rumania, Rusia, Senegal, Singapur, Suecia, Suiza, Sri Lanka, Tailandia, Túnez, Turquía, Botswana, Lesotho, Namibia, Swazilandia, Jersey, Bailia de Guernsey, Isla de Man, Puerto Rico, Guam, Tasmania, Guadalupe, Martinica, Guyana, Reunión, Nueva Caledonia, Wallis y Futuna, Polinesia Francesa, San Pierre y Miguelon, Mayotte.

    Régimen de Zonas Francas

    Zona Francas

    Cualquier enclave nacional creado por las autoridades competentes de cada Estado Miembro de la Unión Europea con el fin de considerar las mercancías que allí se encuentren como si no estuvieran en territorio aduanero de la Comunidad para la aplicación de los derechos aduaneros, restricciones y cualquier otro tipo de impuesto. En las zonas francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad, país de origen o de destino.

    Zona Franca de Gran Canaria

    Las zonas francas se configuran como mecanismos útiles para dinamizar y promover el crecimiento de la economía del archipiélago canario. Esta zona franca es considerada por la propia Unión Europea como un instrumento esencial de su política comercial.

    Existe un régimen especifico de abastecimiento para Canarias por el que se regulan los intercambios comerciales y que implica una serie de ayudas intracomunitarias para determinados productos agrarios y una exención de derechos de importación para las mismas mercancías cuando proceden de países terceros.

    La zona franca es idónea para todas aquellas empresas que pretendan exportar o importar parte de sus mercancías, pero también es ideal para aquellas empresas que directamente se dediquen al comercio internacional.

    Las ventajas de estas áreas son igualmente validas tanto para las transacciones que se realicen entre la Unión Europea y terceros países, como para el comercio entre terceros países no comunitarios.

    Las mercancías almacenadas pueden recibir todo tipo de destino:

    • ser vendidas libremente
    • exportadas fuera del territorio de la UE
    • despachadas a libre practica
    • destruidas o abandonadas

    La mercancía almacenada situada en la zona franca puede ser objeto de manipulación, perfeccionamiento activo para su reexportación o transformación previa a la importación.

    Operaciones de Manipulación

    La mercancía almacenada puede ser objeto de diversas operaciones de simple manipulación, dirigidas a garantizar su conservación, mejorar su presentación o calidad comercial o preparar su distribución o preventa.

    La posibilidad de manipular y tratar la mercancía inmediatamente antes de pasar por aduana para su entrega al consumidor interior, garantiza que no se abonen aranceles por mermas o perdidas debidas a la evaporación, escapes, roturas u otras causas.

    También se pueden obtener nuevos productos mezclando materiales extranjeros y nacionales. De esta manera solo se pagan aranceles por la porción de material extranjero que interviene en el producto final que entra en territorio comunitario.

    Operaciones de Perfeccionamiento

    En la zona franca, en general se pueden realizar operaciones sometidas a trafico de perfeccionamiento activo sobre aquellas mercancías no comunitarias que siendo sometidas a transformación vuelvan a ser reexportadas.

    Otras Operaciones de Transformación Bajo Control Aduanero

    También se pueden realizar, bajo control aduanero, operaciones de transformación sobre mercancías originarias de terceros países previa a su introducción en territorio de la UE.

    Tiempo de Duración: Ilimitado para toda clase de mercancía

    Ventajas de operar en la Zona Franca de Gran Canaria

    Ventajas para el Importador:

    • Exenciones tributarias: a las mercaderías que entran en la Zona Franca y mientras permanecen en ella, no se le aplican los tributos que gravan la importación.
    • Derechos Arancelarios y exacciones de efecto equivalente (incluido el APIC)
    • Impuestos sobre el valor añadido (IGIC-IVA)
    • Impuestos especiales sobre bebidas alcohólicas, combustibles y tabaco
    • Exacciones reguladoras agrícolas (prelevement)
    • No aplicación de medidas de política comercial comunitaria
    • Posibilidad de realizar operaciones de transformación bajo control aduanero

    Ventajas para el Exportador

    Existencia tanto de ventajas financieras como fiscales

    • Cobro anticipado de la restitución a la exportación
    • Exención de impuestos sobre el valor añadido (IVA o IGIC) con derecho a devolución de cuotas soportadas
    • Devolución o exención de Impuestos Especiales (Alcoholes, tabaco, etc.)

    Otras Ventajas de la Zona Franca

    • Almacenaje
    • Simplicidad burocrática
    • Eliminación de impuestos sobre el valor añadido
    • Plataforma logística internacional
    • Posibilidad de simplificar las importaciones temporales
    • Máximas facilidades en operaciones de perfeccionamiento activo

    Ventajas ofrecidas por la Zona Franca de Gran Canaria respecto al resto de otras zonas europeas

    La Zona Franca de Gran Canaria ofrece una privilegiada situación, idónea para servir de plataforma de distribución y comercio internacional entre Europa, América y África.

    Las empresas establecidas en la Zona Franca de Gran Canaria además pueden acogerse a los incentivos fiscales propios del Régimen Económico Fiscal de Canarias (REF) ligados a la creación de inversión real y al desarrollo de actividades empresariales. En concreto, podrían reducir considerablemente el Impuesto sobre Sociedades, aplicando una serie de incentivos y bonificaciones fiscales.

    Los beneficios derivados de la venta de mercancía producida en la Zona Franca de Gran Canaria por una empresa establecida, al igual que en el resto del territorio canario, tiene una reducción del 50% en la cuota de su impuesto sobre Sociedades, es decir, se paga la mitad de impuestos que en el resto del territorio nacional.

    Las empresas establecidas en la Zona Franca de Gran Canaria se pueden acoger a diversas exenciones locales en la imposición indirecta:

    • Las sociedades cuyo domicilio fiscal radique en Gran Canaria gozan de exención en el impuesto del 1% sobre el capital social (ITP-OS) exigible generalmente en la constitución de sociedades mercantiles y en los posteriores aumentos de capital.
    • Exención de impuestos en relación a la adquisición de bienes de inversión situados en las Islas Canarias, dentro o fuera de la Zona Franca, durante los tres años siguientes a la constitución de la compañía o a un aumento de su capital.

    Zona Especial Canaria (ZEC)

    La Zona Especial Canaria es un instrumento económico (régimen de baja tributación) que se crea en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF), con la finalidad de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago y la diversificación de su estructura productiva.

    La ZEC fue autorizada por la Comisión Europea el mes de enero de 2000. Posteriormente se ha procedido, por parte del Gobierno Español a la adaptación de la normativa del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en lo relativo a la zona especial canaria, según los términos de dicha autorización.

    Periodo de Vigencia: Dicha zona expira el 31 de diciembre del año 2008, prorrogable previa autorización de la Comisión Europea.

    Requisitos necesarios para ser entidad de la ZEC

    • Ser una empresa de nueva creación
    • Tener en el momento de su constitución al menos un socio
    • Uno de los apoderados en gestión y representación deberá residir en Canarias
    • deberá realizar inversiones de al menos 100.000 Euros (16.638.600 Ptas.) en activos fijos afectos a la actividad dentro de los dos primeros años desde el momento de su autorización
    • Habrá de crear al menos cinco puestos de trabajo en el ámbito de la ZEC dentro de los seis meses siguientes a su autorización

    Actividades que pueden desarrollarse en la ZEC

    • Actividades de producción, transformación, manipulación y distribución de mercancías
      • Pesca
      • Alimentación, bebidas y tabaco
      • Confección y peletería
      • Cuero y calzado
      • Papel
      • Químicas
      • Prefabricados para construcción
      • Material y equipo eléctrico, electrónico y óptico
      • Reciclaje
      • Envase y embalaje
    • Servicios
      • Transporte y actividades anexas
      • Informáticos
      • Comercio electrónico
      • Telecomunicaciones
      • Formación
      • Consultaría
      • Asesoria
      • Publicidad
      • I+D

    Ventajas Fiscales

    • Impuesto de Sociedades o Impuesto de la Renta de No Residentes: Tributos que gravan en España la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas, y la de los no residentes con un tipo impositivo del 35% o del 30% en el caso de las PYMES.

    Las entidades de la ZEC estarán sujetas, en función de su naturaleza, bien al impuesto sobre sociedades o bien al impuesto de la renta de no residentes.

    Se establecen unos tipos impositivos reducidos, entre el 1% y el 5% sobre los beneficios derivados de las actividades propias de la ZEC. Estos tipos son variables en función de:

    • La creación neta de empleo
    • El periodo de incorporación al Registro de Entidades ZEC
    • Si la actividad es nueva o preexistente
    • El tipo de actividad
    • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Impuestos indirectos, que afectan a operaciones jurídicas y transmisiones patrimoniales que realizan las sociedades. Las entidades ZEC están exentas de tributación por las siguientes operaciones:
      • Adquisición de bienes y derechos destinados al desarrollo de la actividad de la entidad ZEC en el ámbito geográfico de la ZEC
      • Las operaciones societarias realizadas por estas entidades salvo su disolución.
    • Impuesto General Indirecto Canario: el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es un impuesto sobre el valor añadido que se aplica en Canarias. Es de naturaleza similar a la del IVA, aunque con diferencias importantes como la de los tipos impositivos menores.

    Como norma general están exentas de tributación por el IGIC las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por las entidades de la ZEC entre sí y las importaciones de bienes realizadas por las entidades de la ZEC

    • Convenios de Doble Imposición Internacional y Directiva Matriz Filial de la UE: siendo las Islas Canarias territorio español y de la Unión Europea, las entidades ZEC podrán acogerse a los Convenios de Doble imposición firmados por España y a la Directiva Matriz Filial de la Unión Europea.
    • Bonificación por Producción de Bienes Corporales en Canarias: es un incentivo fiscal que reduce la cuota integra del Impuesto de Sociedades, o IRPF en su caso. El objetivo de este instrumento fiscal es potenciar las actividades productivas en el Archipiélago.
    • Deducción por Inversiones en Canarias en el Impuesto de Sociedades: la deducción por Inversiones en Canarias es un incentivo fiscal, equivalente en funcionamiento al existente en el territorio nacional, pero con ventajas considerables con respecto a la intensidad del beneficio fiscal.

    Se establecen deducciones por las inversiones realizadas por los empresarios y sociedades superior en 20% al la del resto del estado. Concretamente para la compra de activos fijos para la empresa es de un 25%

    Las entidades que estén en disposición de beneficiarse del régimen especial de deducción por inversiones en Canarias pueden disfrutar simultáneamente de las siguientes ventajas fiscales:

    • Exención por adquisición patrimonial de bienes del ITP y AJD
    • Deducción por Inversiones realizadas en la península
    • Bonificación por Producción de Bienes Corporales
    • Reserva para inversiones en Canarias
    • Impuesto General Indirecto Canario (IGIC): es un impuesto indirecto, su objetivo es gravar el consumo final, que sustituye al IVA comunitario en la imposición sobre el consumo.

    Ventajas respecto del IVA:

    • menor tipo de gravamen
    • aplicación de un tipo 0 a determinados productos y servicios
    • exención de los servicios de telecomunicación que se presten en Canarias con derecho a la deducción de las cuotas soportadas
    • exención por adquisición de bienes de inversión
    • Exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-ADJ)
    • Registro Especial de Buques y empresas navieras: la finalidad de este registro es mejorar la competitividad de las empresas navieras y de los puertos canarios
    • Reserva para Inversiones: para facilitar la autofinanciación de las empresas se establece la reducción de hasta el 90% de la base de los impuestos de Renta o Sociedades por los beneficios no distribuidos que se destinen a esta reserva con obligación de reinversion en determinados activos o en Deuda Pública.

    Zona de Promoción Ceuta

    Ciudad Autónoma de Ceuta

    Ceuta, como parte del Reino de España, esta integrada en la Unión Europea, rigiendo en ella los principios fundamentales de libertad de establecimiento, libre circulación de capitales, etc., así como la aplicación de los Fondos Comunitarios de Desarrollo Regional.

    Los beneficios fiscales que ofrece son los siguientes:

    • No inclusión en el Área Aduanera de la Unión Europea, lo que conlleva la no aplicación de la Tarifa Exterior Común e implica la total ausencia de aranceles de aduanas y la concesión automática de licencias de importación sin cupos ni restricciones
    • La no inclusión en la política agrícola común (gozando del beneficio de las restituciones a las exportaciones que se realicen desde el resto de la Unión Europea a Ceuta, con las siguientes reducciones de precios).
    • La no inclusión en la política de la pesca comunitaria
    • Régimen Fiscal Especifico que implica a su vez, la no aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y una larga serie de exenciones y bonificaciones, entre las que cabe destacar la del 50% en la imposición local directa sobre bienes inmuebles y actividades económicas, lo que en definitiva configura un cuadro muy atractivo para la inversión y para la realización de negocios en Ceuta.

    Régimen de Salvaguardias

    Medidas de salvaguardia

    De acuerdo al Artículo 6 del Reglamento (CEE) nº 2603/69 del Consejo, de 20 de diciembre de 1969, por el que se establece un régimen común aplicable a las exportaciones

    Para prevenir una situación crítica debida a una escasez de productos esenciales , o para ponerle remedio , y cuando los intereses de la Comunidad requieran una acción inmediata , la Comisión , a instancias de un Estado miembro o por propia iniciativa y teniendo en cuenta la naturaleza de los productos y las demás particularidades de las transacciones de que se trate , podrá subordinar la exportación de un producto a la presentación de una autorización de exportación que deberá ser concedida según las modalidades y dentro de los límites que la Comisión defina , en espera de la posterior decisión del Consejo.

    Las medidas adoptadas serán comunicadas al Consejo y a los Estados miembros y serán aplicables inmediatamente . Dichas medidas podrán estar limitadas a ciertos destinos y a las exportaciones de determinadas regiones de la Comunidad . No afectarán a los productos que se encuentren camino de la frontera de la Comunidad .

    En el caso de que la acción de la Comisión hubiera sido solicitada por un Estado miembro , ésta decidirá en un plazo máximo de cinco días hábiles , que se contarán a partir de la recepción de la solicitud . Si la Comisión no diere curso a tal solicitud , comunicará sin demora esta decisión al Consejo , que podrá adoptar una decisión diferente por mayoría cualificada .

    Cualquier Estado miembro podrá deferir al Consejo las medidas tomadas en un plazo de doce días hábiles a partir del siguiente a su comunicación a los Estados miembros . El Consejo , por mayoría cualificada , podrá adoptar una decisión distinta .

    Cuando los intereses de la Comunidad lo requieran , el Consejo , por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión , podrá establecer las medidas adecuadas :

    • para evitar una situación crítica debida a una escasez de productos de primera necesidad , o para remediarla ;
    • para permitir el cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos por la Comunidad o por todos sus Estados miembros , especialmente en materia de comercio de productos básicos .

    Dichas medidas podrán limitarse a determinados destinos y a exportaciones de determinadas regiones de la Comunidad . No afectarán a los productos que se encuentren camino de la frontera de la Comunidad .

    Cuando se impongan restricciones cuantitativas a la exportación , se tendrá en cuenta principalmente :

    • por un lado , el volumen de los contratos que hubieran sido celebrados en condiciones normales , antes de la entrada en vigor de una medida de salvaguardia en el sentido del presente Título , y que el Estado miembro interesado hubiera notificado a la Comisión conforme a sus disposiciones internas ,
    • por otro lado , el hecho de que no deberá comprometerse la consecución del objetivo para el cual se hayan impuesto las restricciones cuantitativas .

    Cuando un Estado miembro estime que una situación como la descrita se ha producido en su territorio , podrá , con carácter cautelar , subordinar la exportación de un producto a la presentación de una autorización de exportación que deberá otorgarse según las modalidades y dentro de los límites que dicho Estado defina .

    El Estado miembro adoptará esta medida después de haber oído las opiniones expresadas en el seno del Comité o , en el caso de que tal procedimiento no fuera posible a causa de la urgencia , después de haber informado a la Comisión , que lo hará saber a los demás Estados miembros .

    Las medidas serán notificadas a la Comisión por télex tan pronto como hayan sido tomadas. Dichas medidas no serán aplicables hasta que comience a aplicarse la decisión de la Comisión .

    Durante el período de aplicación de las medidas previstas, se procederá en el seno del Comité , a petición de un Estado miembro o por iniciativa de la Comisión , a consultas con el fin de :

    • examinar los efectos de las medidas antes citadas ,
    • comprobar si continúan dándose las condiciones para su aplicación .

    Cuando la Comisión estime necesario derogar o modificar las medidas previstas:

    • siempre que el Consejo no haya decidido sobre las medidas de la Comisión , ésta las modificará o las derogará sin tardanza , e informará inmediatamente al Consejo ,
    • en los demás casos , la Comisión propondrá al Consejo la derogación o la modificación de las medidas tomadas por éste . El Consejo decidirá por mayoría cualificada .

    Políticas para la solución de Controversias

    Arbitraje – Resolución de Controversias

    En un mundo cada vez más interrelacionado con economías más abiertas y con una mayor Complementariedad de los mercados, las transacciones comerciales se incrementan en número y complejidad.

    Paralelamente, la comunidad Internacional de negocios utiliza el recurso al arbitraje como instrumento sumamente idóneo, no sólo para resolver conflictos, sino también para prevenirlos.

    Los convenios arbitrales tipo están siendo ejecutados. Los laudos o sentencias arbitrales demuestran su fiabilidad, ante el reconocimiento y ejecución en la mayoría de las partes del mundo, refrendados por Convenios bilaterales y multilaterales, que garantizan su cumplimiento.

    Resulta evidente hoy, no sólo la conveniencia sino la necesidad para poder mejor competir en el ámbito mercantil -tanto nacional como internacional- acudir a Cortes y Tribunales Permanentes especializadas en arbitraje comercial, que garanticen los medios necesarios con garantía y solidez proponiendo a las partes soluciones equitativas y ajustadas a los usos y costumbres comerciales, así como, en su caso, al derecho.

    Adscrita al Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, la Corte Española de Arbitraje administra y lleva a cabo aquellos arbitrajes de carácter comercial que le sean sometidos por las partes, de cualquier área del mundo y prácticamente en todos los sectores del económicos.

    La Corte Española de Arbitraje puede realizar arbitrajes tanto en derecho como en equidad, contribuyendo a resolver de forma definitiva las diferencias que las partes en litigio le hayan sometido, suscribiendo previamente el convenio arbitral tipo dicha Corte.

    La competencia para la realización de estas funciones ha sido otorgada por el Gobierno Español en virtud de la Ley 3/1993, de 22 de Marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

    Reconociéndose la tradicional aportación que en pro y fomento del arbitraje han venido haciendo en la esfera comercial las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y su Consejo Superior.

    Constatándose su virtualidad como instrumento idóneo para prevenir y resolver controversias, en el ámbito de las transacciones comerciales, tanto domésticas como internacionales.

    En base a lo dispuesto en el artículo 10, de la Ley 36/1988 de 5 de diciembre – que regula el arbitraje en España, completada por los convenios bilaterales y multilaterales que conforman el vigente marco legal-, las partes pueden encomendar la administración del arbitraje y la designación de las árbitros a las Corporaciones de Derecho público. Éstas desempeñarán sus funciones arbitrales, según normas reguladoras y de acuerdo con su Reglamento.

    El Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, como Corporación de Derecho público, ha tenido competencia atribuida para realizar funciones arbitrales, tanto de derecho como de equidad, en virtud del R.D. 1094/1981 de 22 de mayo, en el ámbito comercial internacional.

    Con la nueva Ley 3/93 de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, deroga el precitado Real Decreto, y a tenor del artículo 18, punto 2, apartado i) de la nueva Ley, señala como una de las funciones del Consejo Superior de Cámaras, la de realizar arbitraje mercantil, nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

    El Consejo Superior de Cámaras, con la finalidad de fomentar, difundir y administrar arbitrajes, adscrita al mismo, creó la Corte Española de Arbitraje en 1982.

    Transcurridos más de diez años, se ha considerado necesario y oportuno, después de la experiencia adquirida, redactar unas nuevas Disposiciones Vigentes.

    Reglamento, Estatuto, Convenio Arbitral y Aranceles, han sido elaborados para dar cumplimiento a la nueva situación.

    Aspectos fundamentales del estatuto de las Cámaras de comercio De conformidad con lo prescrito en la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y de su Consejo Superior, y a tenor de la misma, se determina como competencia del precitado Consejo Superior: "Desempeñar funciones de arbitraje mercantil nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente". El Consejo Superior de Cámaras de Comercio, como Corporación del Derecho Público y de conformidad con la Ley 36/1988 de 5 de Diciembre, llevará a cabo la función arbitral por medio de la Corte Española de Arbitraje (en adelante la Corte), adscrita al Consejo Superior de Cámaras en el correspondiente departamento.

     

    Funciones de la corte

    1. La administración de los arbitrajes que se sometan a la Corte, su asesoramiento y cooperación para el normal desarrollo del proceso arbitral y manteniendo, a tal fin, la adecuada y necesaria organización.
    2. La designación de árbitros que deban ser requeridos para cada arbitraje.
    3. La redacción de cuantos dictámenes se soliciten a la Corte, sobre problemas que plantee la práctica del arbitraje mercantil.
    4. El estudio del derecho arbitral, tanto nacional como internacional, y la elevación a los poderes públicos competentes, de aquellas reformas y propuestas que se redunden en beneficio de la práctica del arbitraje mercantil.
    5. La relación con los otros organismos especializados en la materia, así como la celebración de convenios y acuerdos de cooperación.
    6. En general, cualquier otra actividad relacionada con el arbitraje mercantil que favorezca su práctica, conocimiento y difusión.

     

    La Corte tiene un convenio arbitral a manera de cláusula tipo, mediante el cual las partes se someten a la Corte, comprometiéndose a cumplir el laudo que emita el árbitro o árbitros competentes.

    Salvo pacto expreso en contrario de las partes, la designación de los árbitros, se efectuará por la Corte a través de su Comisión ad hoc, presidida por el Director General del Consejo Superior de Cámaras de Comercio o persona en quien delegue. Dicha Comisión de Designación de Árbitros elegirá los árbitros correspondientes, en función de las características de la controversia y teniendo en cuenta su naturaleza, de la lista constituida y elaborada por la Corte que tendrá carácter abierta.

    Los acuerdos que adopte la Corte, serán por mayoría de miembros presentes, cualesquiera que sea su número. El Presidente de la sesión, tendrá voto dirimente en caso de empate.

    Políticas de Integración

    Política de Integración

    Desde la perspectiva histórica ha transcurrido mas de una década desde el comienzo de la integración de España a la Comunidad Europea, resultan evidentes que los grandes cambios que como consecuencia de ello a experimentado España en muchas de sus políticas, con carácter comunitario cada una de ellas. De todas estas políticas, la de integración es una de las que mas ha cobrado importancia, son muchos los acuerdos de cooperación firmados por Unión Europea los cuales se vinculan directamente con España, a continuación pasaremos a dar una idea de cuales han sido algunos de los más importantes.

     

    • ACUERDO MARCO INTERREGIONAL DE COOPERACION UNION EUROPEA – MERCOSUR

     

    El 29 de septiembre de 1995, se firmó en la sede de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, en la ciudad de Montevideo, el Acuerdo MERCOSUR – Unión Europea. Resaltaremos aquí las disposiciones más relevantes de este acuerdo.

    QUE ABARCA

    Los ámbitos comercial, económico y de cooperación para la integración así como campos de interés mutuo.

    COOPERACION COMERCIAL

    En el área de cooperación comercial no se excluye ningún sector.

    A. Abarcará los siguientes ámbitos:

    . Acceso al mercado . Liberalización comercial (barreras arancelarias y no arancelarias) . Disciplinas comerciales

    – prácticas restrictivas de la competencia – normas de origen – salvaguardias – regímenes aduaneros especiales – otras

    B. Relaciones comerciales frente a terceros países C. Compatibilidad de la liberalización comercial con las normas GATT/OMC D. Identificación de productos sensibles y prioritarios E. Cooperación e intercambio de información en materia de servicios.

    COOPERACION EN NORMAS AGROALIMENTARIAS E INDUSTRIALES Y RECONOCIMIENTO DE LA CONFORMIDAD

    . Acercamiento en materia de política de calidad para agroalimentos e industriales y reconocimiento de la conformidad . Posibilidad de iniciar negociaciones de acuerdos de reconocimiento mutuo . Promoción de todo tipo de actuación que contribuya a elevar los niveles de los productos y empresas de las Partes.

    COOPERACION ADUANERA

    Podrá concretarse entre otros en:

    . Intercambio de información . Desarrollo de nuevas técnicas en la formación y coordinación de acciones de organizaciones competentes en la materia . Intercambio de funcionarios . Simplificación de procedimientos aduaneros . Asistencia técnica.

    Se considerará para el futuro y como conclusión un Protocolo de Cooperación Aduanera.

    COOPERACION EN MATERIA DE ESTADISTICAS

    Promover en el ámbito estadístico la utilización de bases de datos recíprocamente reconocidas relativas a intercambios de bienes, servicios y a todos los ámbitos susceptibles de ser objeto de tratamiento estadístico.

    COOPERACION EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL

    Tiene como fin fomentar inversiones, transferencias de tecnologías, intercambio y actividades económicas conexas, así como prevenir distorsiones.

    Abarcará entre otras áreas:

    . Esquemas de topografía de circuitos integrados . Derechos de autor y derechos conexos . Marcas de fábrica o de comercio . Indicaciones geográficas y denominadores de origen . Dibujos y modelos industriales . Patentes.

    COOPERACION ECONOMICA

    Las Partes promoverán el tratamiento regional de toda acción de cooperación, tanto por su ámbito de aplicación como por el resultado de las economías de escala. A efectos de una utilización más racional y eficaz de los medios y una optimización de los resultados, se promoverá el intercambio de indicadores macroeconómicos de los Estados Partes y, el desarrollo social y derechos sociales fundamentales. La cooperación económica entre las Partes se llevará a cabo sobre la base más amplia posible, sin excluir a priori ningún sector.

    COOPERACION EMPRESARIAL ENTRE OPERADORES Y REDES

    Se desarrollará a través de conferencias, seminarios técnicos, misiones de prospección, participación en ferias generales y sectoriales y encuentros empresariales.

    FOMENTO DE INVERSIONES

    . Se promoverán proyectos conjuntos entre pequeñas y medianas empresas. . Se apoyará la celebración de acuerdos bilaterales de fomento y protección de inversiones y acuerdos bilaterales destinados a evitar la doble imposición.

    COOPERACION ENERGETICA

    A través entre otros de:

    . Intercambio de información . Transferencia de tecnología . Fomento de la participación de agentes económicos de ambas partes en proyectos conjuntos de desarrollo tecnológico o infraestructura . Programa de capacitación técnica . Diálogo sobre políticas energéticas.

    COOPERACION EN MATERIA DE TRANSPORTE

    Tendiente a apoyar la reestructuración y modernización de los sistemas de transporte y buscar soluciones para la circulación de personas y mercancías en todos los modos de transporte.

    COOPERACION EN CIENCIA Y TECNOLOGIA

    Implica a los centros de enseñanza, centros de investigación y sectores productivos, especialmente las PYMES.

     

    Abarca:

    . Proyectos conjuntos de investigación . Reuniones científicas conjuntas . Divulgación de resultados y desarrollo de los vínculos entre sectores público y privado.

    COOPERACION EN TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGIAS DE INFORMACION

    Comprende redes digitales de servicios integrados, de transmisión de datos y creación de nuevos servicios de comunicación y tecnología para la información.

    COOPERACION EN LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE

    Apunta a la protección del medio ambiente y la utilización racional de los recursos naturales en los distintos ámbitos de la cooperación interregional.

    Acciones a desarrollar:

    . Intercambio de información y de experiencias . Capacitación y educación medioambiental . Asistencia técnica, ejecución de proyectos conjuntos de investigación y, cuando proceda, asistencia institucional.

    FORTALECIMIENTO DE LA INTEGRACION

    A través de:

    . Establecimiento de redes informáticas . Capacitación y apoyo institucional . Estudios y ejecución de proyectos conjuntos . Asistencia técnica.

    COOPERACION INTERINSTITUCIONAL

    A través de:

    . Desarrollo conjunto de redes informáticas de comunicación . Transferencia de experiencias . Asesoramiento e información.

     

    COOPERACION EN MATERIA DE FORMACION Y EDUCACION

    Tendiente a:

    . Mejorar la educación y la enseñanza, tanto en el ámbito de juventud y formación profesional como en los de cooperación interuniversitaria e interempresarial . Promover la conclusión de acuerdos entre centros de formación, así como la promoción de encuentros entre medios de comunicación e información . Asistencia técnica . Celebración – a través de acuerdos – de actividades culturales.

    COOPERACION EN LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

    Promoverá consultas y una mayor coordinación entre las instituciones regionales competentes.

    MARCO INSTITUCIONAL

    CONSEJO DE COOPERACION

    . Examinará los problemas importantes que se planteen en el marco del Acuerdo, así como las cuestiones bilaterales o internacionales de interés común. . De nivel Ministerial, presidido alternativamente por un representante de la Unión Europea y uno del MERCOSUR. . Integrado por miembros del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión (parte Europea) y Consejo del Mercado Común y Grupo Mercado Común (parte MERCOSUR).

    COMISION MIXTA DE COOPERACION

    . Se reunirá una vez al año en Bruselas o en uno de los Estados Partes del MERCOSUR.

    Podrán convocarse reuniones extraordinarias mediante consenso entre las Partes. . Se encargará particularmente de:

    a. impulsar las relaciones comerciales b. intercambiar opiniones sobre toda cuestión de interés común c. elevar propuestas al Consejo de Cooperación a efectos de impulsar la liberalización comercial y la intensificación de la cooperación d. elevar propuestas al Consejo de Cooperación que contribuya a cumplir el objetivo de la Asociación Interregional UE-MERCOSUR.

     

    SUBCOMISION MIXTA COMERCIAL

    . Se ocupará de asegurar los objetivos comerciales previstos. . Presentará una vez por año a la Comisión Mixta de Cooperación, informes sobre el desarrollo de sus trabajos.

    DURACION

    Indefinida

    ENTRADA EN VIGENCIA

    El primer día del mes siguiente a la fecha en que las Partes se notifiquen de la conclusión de los procedimientos necesarios a tal efecto.

    Organismos – Programas de Promoción Exterior

    Políticas y Regímenes de Incentivos a las Exportaciones

    En cuanto a las políticas comerciales la Secretaria General de Comercio Exterior por medio de la Subdirección General de Coordinación tiene asignada una función genérica de coordinación de la posición comercial española, así como funciones de evaluación, control y desarrollo de las políticas comerciales con terceros países, en el marco de la política exterior de la Unión Europea.

     

    Estas funciones se concretan en los siguientes tipos de actividades:

    1. Relacionadas con la coordinación general de la posición comercial española
    2. Relacionadas con la política comercial comunitaria con terceros países

    c) Eliminación de barreras comerciales de acceso a los terceros mercados.

    a) Relacionadas con la coordinación general de la posición comercial española:

    – Realiza labores de coordinación interna, tanto dentro de la Secretaría General de Comercio Exterior, como del resto de las Direcciones Generales de la Secretaría de Estado con competencias en el área comercial, de forma que permita definir la posición comercial española ante la UE.

    – A este respecto, mantiene un estrecho contacto con las Oficinas Comerciales afectadas por negociaciones comerciales en la UE, remitiendo la información y documentación básica y recabando las aportaciones de las Oficinas Comerciales para conformar la posición comercial española sobre estas negociaciones.

    – Prepara la remisión de la posición de la Secretaría de Estado en los temas comerciales que se tratan en las reuniones del Coreper y Consejos de Ministros de la UE.

    – Elabora los dossiers de apoyo para la participación del Secretario de Estado en las reuniones comunitarias, en particular en el Consejo de Asuntos Generales.

    b) Relacionadas con la política comercial comunitaria con terceros países

    – Plantea una posición previa en relación con los aspectos comerciales de la negociación de acuerdos comunitarios con países terceros, que coordina posteriormente con las Unidades y sectores implicados, de forma que permita definir la posición a mantener por la Secretaría de Estado al respecto.

    – Participa directamente y/o realiza el seguimiento de las reuniones comunitarias en las que se negocian estos acuerdos comerciales.

    – Remite, a través de sus funciones de coordinación, la posición de la Secretaría de Estado en su vertiente comercial cuando los acuerdos comunitarios con países terceros se traten en el Coreper y Consejo de la UE.

    – Una vez aprobados dichos acuerdos comerciales, realiza un seguimiento y control de los mismos, en colaboración con las Subdirecciones Sectoriales y Oficinas Comerciales afectadas, para comprobar su cumplimiento por los países signatarios y asegurar para las empresas españolas las oportunidades comerciales que de ellos se deriven.

    – Estudia y evalúa diferentes aspectos comerciales que permitan facilitar la toma de decisiones para la mejor defensa de los intereses nacionales, y en particular: análisis arancelarios de terceros países evaluación de los flujos de comercio comparándolos con nuestras potencialidades exportadoras para valorar nuestros intereses ofensivos. Valoración asimismo de nuestros intereses defensivos; etc.

    c) Eliminación de barreras comerciales de acceso a los terceros mercados.

    En el marco del seguimiento y control de los acuerdos comerciales comunitarios con terceros países realiza funciones de vigilancia del acceso de los productos españoles a sus mercados correspondientes y coordina la adopción de las medidas que en defensa de ese acceso resulten necesarias.

    La nueva estrategia lanzada por la Comisión Europea para mejorar el acceso de las empresas comunitarias a los mercados de los países terceros, acepta como punto de partida el reto de una economía europea abierta a la competencia internacional, pero al mismo tiempo se impone el objetivo de que las empresas comunitarias tengan la oportunidad de competir en los mismos términos en los mercados extranjeros, sin el obstáculo de las barreras comerciales.

    Se trata pues, de aprovechar todas las oportunidades que se derivan de los compromisos comerciales internacionales asumidos por estos países y, cuando se detecten incumplimientos, ejercer todo el poder negociador de la Unión Europea para resolverlos.

    A partir de lo citado anteriormente Comisión Europea lanza una serie de iniciativas destinadas a controlar las barreras comerciales que se le imponen a las exportaciones, entre estas iniciativas se destaca la creación de una Base de Datos de Acceso al Mercado.

    Esta base de datos se encarga de recoger las últimas noticias relacionadas con la Estrategia de Acceso a Mercados, proporcionar información sobre las condiciones comerciales de un país dado, documentos y formalidades exigidas, derechos aduaneros e impuestos internos aplicados al producto. También se encarga de identificar barreras comerciales y recoger denuncias de las mismas. En el ultimo año se identificaron 800 barreras comerciales y se recibieron 400 denuncias. Estas barreras solo pueden ser eliminadas en base a negociación y para esto es fundamental que las empresas afectadas suministren información precisa, en esto la base cumple un rol fundamental.

    En su calidad de punto de contacto en España de la Unidad de Acceso a Mercado de la Comisión que gestiona la Base, esta Subdirección General facilita a los empresarios la presentación de las quejas, así como cuanta información precisen en relación con la Base, ofreciéndose como mecanismo "ad hoc" para transmitir a la Comisión cuantas quejas y comentarios deseen. La confidencialidad queda, en cualquier caso, totalmente asegurada.

    En cuanto a incentivos a la exportación de tipo económico no existen en la actualidad apoyos de este tipo para las exportaciones españolas, en consonancia con la normativa comunitaria española sobre competencia. No obstante, los exportadores podrán beneficiarse de condiciones ventajosas de financiación a través de los créditos FAD, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo en terceros países y al tiempo la exportación de productos españoles.

    Sistema de Inteligencia Económica del País

    Al igual que en Argentina existe la Fundación Exportar en España se encuentra el ICEX.

    El ICEX es un ente público con personalidad jurídica propia, adscrito a la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo del Ministerio de Economía por Real Decreto Ley 6/82 de 2 de abril, que cuenta con sus propios recursos financieros, materiales y humanos.

    Presta su asistencia a la empresa española con el fin de fomentar sus exportaciones y su implantación exterior. Para ello, diseña y ejecuta programas de promoción e inversión, y acopia y difunde información sobre la oferta española y los mercados exteriores.

    Para el desarrollo de su actividad utiliza la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior y la de Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio en España. En estas últimas, el ICEX cuenta con los Centros de Información y Documentación (CID) que facilitan estos servicios en las Comunidades Autónomas.

    En el sitio del ICEX, (www.icex.es) los fabricantes, productos y prestatarios de servicios españoles pueden encontrar información como:

    • Estadísticas
    • Documentación
    • Publicaciones del ICEX
    • Promoción
    • Formación (seminarios, jordanas y cursos)
    • Inversiones y Cooperación empresarial (programas de asesoramiento sobre inversiones, informes estadísticos, etc)
    • Programas de financiación multilateral
    • Directorios de empresas, asociaciones de exportadores y repertorios sectoriales.

    El sitio es de fácil acceso y de sencillo de navegar, posee buscadores precisos lo que facilita hallar la información precisa que se esta buscando. Entre las herramientas que nos ofrece el ICEX podemos destacar a dos como las más sobresalientes:

    • Plan de iniciación a la Promoción Exterior (PIPE 2000)
    • Programa de apoyo a proyectos de inversión
    • PIPE 2000Es el Plan de Iniciación a la Promoción Exterior, fruto del acuerdo entre el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX), el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, las Comunidades Autónomas y las Cámaras de Comercio, para facilitar la promoción y comercialización exterior de las PYMES.

    Su objetivo es conseguir que 2.000 pequeñas y medianas empresas se conviertan en nuevos exportadores estables en el año 2000. 

    El PIPE 2000 ofrece a las empresas el apoyo necesario para comenzar a exportar, de una forma sencilla, a la medida de su empresa, con el mínimo riesgo, de la mano de un especialista, y con el respaldo de todas las Instituciones que se dedican a la promoción exterior. 

    Este programa supone un cambio de cultura en la empresa y una mayor implicación de la misma para aprender a exportar. 

    Es un Programa integral, porque ayuda a la empresa en todo el proceso de decisión para alcanzar su internacionalización.

    Funcionamiento

    El PIPE 2000 se divide en tres fases:

    Fase primera

    Autodiagnóstico de Posición Competitiva y Potencial de Internacionalización

    Objetivo

    Ayudar a la empresa a realizar un análisis de su situación actual y de su posición competitiva en el mercado, siguiendo un método específicamente diseñado para ella. Cada empresa contará con la asistencia de un profesional preparado y formado para el mismo. El trabajo se desarrollará a través de reuniones individuales entre el tutor PIPE 2000, la empresa y encuentros colectivos entre grupos de empresas.

    Duración

    Dos meses, durante los cuales la empresa contará con un seguimiento por parte de la Secretaría Técnica del PIPE 2000.

    Índice del contenido del Autodiagnóstico

    1. Situación de la empresa y de su entorno.

    2. Análisis estratégico del sector, de la competencia y de su posición en el mercado.

    3. Definición de los objetivos de la empresa.

    4. Determinación y selección de sus estrategias.

    5. Potencial de internacionalización.

    Definidas las estrategias, es la propia empresa quien debe conocer si puede y debe internacionalizarse, qué barreras iniciales debe superar y si su actitud y motivaciones son las adecuadas para abordar los mercados exteriores.

    Fase segunda

    Diseño del Proceso de Internacionalización y Prospección de mercados

    Objetivo Desarrollar, con la ayuda de un profesional externo, los trabajos necesarios para abordar y consolidar el proceso de apertura de la empresa hacia el exterior.

    DuraciónEntre 6 y 8 meses.

    Método de asistencia Reuniones individuales con el promotor PIPE 2000 en la empresa, hasta un máximo de 80 horas.

    Índice del contenido del Plan de Internacionalización

    1. La decisión de exportar. Partiendo del diagnóstico del potencial de internacionalización, la empresa revisará su decisión de exportar, y redefinirá sus objetivos.

    2. Estrategia de concentración / diversificación. Antes de decidir a qué países dirigirse, la empresa debe saber a cuántos mercados puede y debe ir, y en función de qué criterios tomará la decisión.

    3. Prospección y elección del mercado objetivo. Se realizará la selección del binomio mercado-canal, y la forma de entrada a cada mercado. La empresa podrá desarrollar de forma simultánea a este análisis sus primeras acciones de prospección inicial.

    4. Plan de búsqueda de información La información reduce el riesgo en los mercados exteriores. Por eso la empresa ha de resolver, en esta etapa, sus principales dudas: "¿Qué necesito saber? ¿Cómo puedo obtenerlo? ¿Dónde puedo conseguirlo? ¿A través de quién? ¿Cómo puedo interpretarlo?"

    Fase tercera

    Puesta en marcha del Plan de Internacionalización

    ObjetivoRealizar el Plan de Acción, con la ayuda del colaborador PIPE 2000, apoyado por el promotor que desarrolló la segunda fase.

    DuraciónEntre 14 y 16 meses.

    Método de asistencia El promotor PIPE 2000 asesorará a la empresa, durante un máximo de 40 horas.

    Respecto al colaborador PIPE 2000, si la empresa decide contratarlo, podrá optar por el período que estime oportuno hasta la finalización del programa, siendo el período mínimo de contratación de un año. El apoyo económico para la empresa por este concepto es de cuantía fija.

    Índice del contenido

    1. Mercado y acciones de promoción. Definir y segmentar el mercado o mercados objetivo, determinar y poner en marcha la estrategia comercial y las acciones promocionales que se desarrollarán en los mismos.

    2. Viabilidad financiera. Establecer y analizar la rentabilidad, los riesgos, la tesorería y las inversiones necesarias, así como la obtención de financiación externa.

    PROGRAMA DE APOYO A PROYECTOS DE INVERSIÓN

    Objetivo.

    El objetivo fundamental de este programa es contribuir financieramente al desarrollo de proyectos de inversión y de cooperación empresarial de carácter productivo de empresas españolas en el exterior.

    Su aplicación se centra en las fases de preparación y puesta en marcha de estos proyectos, mediante la financiación parcial de los costes derivados de la realización de actividades de preinversión y de asistencia técnica y formación, durante el periodo inicial de vida del proyecto.

    El Programa de Apoyo a Proyectos de Inversión posee un carácter subsidiario con respecto a los instrumentos comunitarios de apoyo a la inversión y a la cooperación empresarial en el exterior.

    El Programa de Apoyo a Proyectos de Inversión puede ser aplicable en los siguientes supuestos:

    Proyectos nuevos e igualmente la expansión, modernización, rehabilitación y privatización de empresas existentes.

    Proyectos industriales, así como aquellos que supongan la creación de empresas de servicios en el exterior que exijan una importante inversión en activos fijos.

    Como complemento de los instrumentos comunitarios de apoyo a la inversión y a la cooperación empresarial.

    Proyectos emprendidos por empresas españolas individualmente o con la participación de socios locales.

    El Programa no prevé restricción alguna por razón del país en que se materialice el proyecto.

    Finalmente, este Programa apoya igualmente toda iniciativa de internacionalización productiva de las empresas españolas que suponga aportaciones distintas de las dinerarias (tecnología, conocimientos, equipos, mercados, etc. ).

     

    Ámbito de aplicación

    A) En la fase de preparación del proyecto (fase preliminar):

    Búsqueda y selección de socio local.

     Apoyo en las negociaciones con las autoridades locales y con eventuales socios locales.

    Estudios de viabilidad, jurídicos, de mercado y técnicos en el marco de proyectos de inversión y de cooperación empresarial.

    B) En la fase de desarrollo del proyecto:

    Búsqueda de financiación.

    Asistencia técnica al montaje del proyecto antes de la entrada en producción (supervisión de la construcción, coordinación del montaje de los equipos, etc.).

    Asistencia técnica en la puesta en marcha.

    Formación del personal local.

    Tipo de apoyo

    El apoyo del ICEX consiste, para la fase preliminar, en un anticipo sin intereses de hasta el 50% de los costes derivados de actividades emprendidas durante la fase de preinversión con un tope máximo de 10 millones de pesetas.

    Para la fase de desarrollo del proyecto, el apoyo del ICEX se materializa en una contribución no reembolsable de hasta el 50% del coste de las actividades de asistencia técnica y formación, con el tope anteriormente citado.

    Costes elegibles

    Gastos de viaje.

    Gastos de manutención y estancia (dietas).

    Honorarios de consultores y expertos externos a la empresa.

    Costes de personal técnico de la propia empresa imputables al proyecto durante el período de desplazamiento.

    Pagos

    Salvo razón suficiente que lo justifique, los pagos se realizarán con arreglo al siguiente calendario:

    Para la fase preliminar:

    50% tras la aprobación del apoyo del ICEX.

    50% a la entrega y posterior aceptación por el ICEX del estudio de viabilidad o del informe de las actividades apoyadas.

    Se solicitarán avales por las cantidades anticipadas.

    Para la fase de desarrollo del proyecto:

    100% del monto aprobado una vez realizadas y justificadas las acciones objeto del apoyo del ICEX.

    Reintegro (fase preliminar)

     

    Como regla general, el reintegro deberá realizarse en cualquier momento a conveniencia de la empresa y, como fecha límite, dentro de los 30 días siguientes al plazo de 12 meses desde la finalización del estudio de viabilidad o del informe de las actividades apoyadas, del proyecto, en el mencionado plazo de 12 meses.

     

    • COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS ANDALUCES, S.A. (CDEA)

     

    Comercializadora de Productos Andaluces, S.A. (CdeA) es una empresa pública de la Junta de Andalucía que tiene como objetivo específico promover y apoyar la Internacionalización de las Empresas Andaluzas por lo que, entre otras tareas, desarrolla la planificación, diseño y ejecución de acciones de promoción de las empresas y los productos andaluces en el exterior, de acuerdo con la política económica del Gobierno Andaluz. Estas acciones se enmarcan dentro del Plan de Internacionalización de la Empresa Andaluza 2002, y se concretan en una Programación anual.

    Para el año 2.001 esta Programación se ha elaborado teniendo en cuenta la opinión cualificada de las empresas andaluzas, tanto exportadoras como potencialmente exportadoras, así como la propia experiencia de CdeA y de su red de Unidades de Promoción de Negocios en el Exterior.

    Los sistemas básicos para la selección de acciones de promoción han sido la coyuntura económica de los países en los que se pretende incidir y las posibilidades de la oferta andaluza.

    La Programación para el año 2.001 contempla dos grandes líneas de actuación:

    • Acciones de Promoción Directa
    • Acciones de Apoyo a la Internacionalización

     

    CdeA organiza y coordina la participación de las empresas andaluzas en estas acciones de promoción internacional. Para ello publica con una antelación de cinco meses respecto a la celebración de cada una, la correspondiente convocatoria que fija las condiciones de presentación de solicitudes. Las convocatorias establecen también el régimen de apoyo de CdeA en cada acción concreta.

    Aunque, en principio, todas las empresas andaluzas pueden solicitar la participación en estas acciones de promoción internacional, CdeA, como responsable de la presentación oficial de la oferta andaluza, en caso de exceso de solicitudes, selecciona de entre los solicitantes a los más idóneos.

    Para mayor utilidad y más fácil manejo del documento de programación para el año 2.001, la información se presenta clasificada en dos epígrafes diferentes:

     

    • Acciones de Promoción Directa
    • Acciones de Apoyo a la Internacionalización

     

    Y a la vez, las acciones de promoción directa se dividen en cuatro epígrafes:

    • Sectores / Productos sobre los que versan
    • Tipos de acciones a realizar
    • Meses en los que se celebrarán
    • Países en los que tendrán lugar

     

    En las acciones de promoción directa, por tanto, la información incluye siempre, sea cual sea el epígrafe por el que se acceda a ella, el nombre de la acción, el tema o sector al que se dedica, y la fecha y el lugar de celebración.

     

    Acciones de promoción directa

    Las diversas actuaciones que lleva a cabo CdeA se pueden resumir en:

    • Acciones de Promoción directa
    • Acciones de apoyo a la Internacionalización

     

    La actividad de promoción directa se canaliza a través de diferentes herramientas:

    • Participación agrupada en Ferias Internacionales: al objeto de dar a conocer la oferta andaluza en los mercados exteriores y reforzar la presencia de las firmas exportadoras en los mismos, organizando la asistencia conjunta de empresas a las principales muestras internacionales bajo un stand agrupado. Con carácter anual, y previo sondeo de interés entre empresarios y asociaciones sectoriales, diseñamos un plan de actuación en el que se incluyen aquellos certámenes que más se ajustan a las posibilidades de la oferta exportadora andaluza.
    • Visitas prospectivas: en las que se realizan visitas a ferias de los sectores objeto de apoyo en nuevos mercados y visitas a empresas y organismos comerciales en el país en cuestión.
    • Misiones Comerciales Directas: en las que los empresarios andaluces presentan su oferta ante profesionales de los canales de distribución en los mercados exteriores, tales como importadores y distribuidores y/o ante prescriptores de opinión.
    • Misiones de estudio directas: diseñadas para apoyar a sectores concretos en un conocimiento mejor de la oferta de ese sector en el citado mercado.
    • Misiones Comerciales Inversas: en las que los sujetos de decisión de los mercados exteriores son los que efectúan el desplazamiento a Andalucía para visitar a las empresas productoras y mantener entrevistas de negocios con las mismas.
    • Misiones Comerciales Inversas de prescriptores de opinión: son acciones de relaciones públicas destinadas a favorecer el conocimiento de los productos entre los creadores de opinión en sus respectivos mercados.
    • Apoyo a iniciativas empresariales de internacionalización: buscando en unos casos la promoción genérico marquista y en otros sencillamente, acciones integrales y estratégicas de cara a la implantación en mercados exteriores.
    • Apoyo en la celebración de Foros, Encuentros y Convenciones Internacionales: que sirvan como plataforma para dar a conocer directamente los productos, su proceso de producción o fabricación y sus empresas.
    • Promociones en puntos de venta: en las que CdeA gestiona la búsqueda de proveedores, campañas publicitarias, condiciones de compra, transporte de mercancías, etc.
    • Acciones Singulares: diseñadas para incrementar el conocimiento de la región y sus productos desde un punto de vista global.
    • TRADE POINT ARAGÓN

    Es un servicio que el Instituto Aragonés de Fomento ofrece a las empresas aragonesas para apoyar su apertura al exterior.

    Desde aquí se podrá ofertar, demandar productos, buscar distribuidores, cooperación internacional, así como recibir demandas internacionales de los productos que fabrica.

    Permite anticiparse a la competencia y acceder a miles de posibles clientes, distribuidores o socios de su empresa, porque hacer negocios por Internet es ya una realidad.

    El Instituto Aragonés de Fomento facilita el contacto con empresas de todo el mundo, a través del Trade Point Aragón, que posibilita contactar con empresas asociadas a más de 150 Trade Points de los cinco continentes, miembros de la Conferencia para el Desarrollo y el Comercio de Naciones Unidas.

    El Trade Point Aragón es el primero que se establece en España y, accediendo a través de Internet, ofrece a las empresas aragonesas servicios de apoyo en su apertura al exterior y diversificación de mercados.

     

    • PROGRAMA INVEXTA

     

    El Programa INVEXTA es doble: por un lado, contribuir a mejorar los canales de comunicación con las empresas extranjeras asentadas en Aragón con el fin de ajustar el apoyo de la Administración a sus necesidades reales; por otro, conseguir que la apuesta que estas empresas están realizando por Aragón sea mejor aprovechada, asegurando el efecto dinamizador y multiplicador de sus proyectos en el desarrollo endógeno de la Comunidad Autónoma, contribuyendo incluso a generar sinergias entre las propias empresas.

     

    • INFO – INSTITUTO DE FOMENTO-

     

    El Instituto de Fomento es la agencia de desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia cuyo objetivo es servir de verdadero impulsor para el desarrollo de las Pymes de la región favoreciendo para ello la promoción económica, la captación de inversiones, la eliminación de sus limitaciones y desarrollando acciones tendentes a la creación de un clima favorable para la mejora de su competitividad.

    El INFO legalmente está configurado como una entidad pública y empresarial, orgánicamente adscrito a la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, lo que posibilita que sus actuaciones ganen en agilidad y flexibilidad, con la intención de ser más eficaces, adaptándose mejor a cada situación mediante el ajuste de los instrumentos que utiliza.

     

    ¿Qué función tiene el INFO?

    La misión del Instituto de Fomento es ofrecer un servicio integral a las empresas de la Región, servicio asentado en una adecuada política de promoción de la Pyme con el fin de lograr su desarrollo económico.

    Dentro de esta estrategia de actuación, el INFO hace especial hincapié en actuaciones orientadas al desarrollo tecnológico, favoreciendo la aplicación e incorporación de las tecnologías más apropiadas a la empresa en cuestión. A ello se suman acciones dirigidas a favorecer la comercialización de productos apoyando para ello la expansión internacional de aquellas empresas que lo soliciten, contando con una red de colaboradores en los cinco continentes.

    Además, el INFO ofrece un servicio de información, consultoría y asesoramiento a las empresas de dentro y fuera de la Región para sus inversiones y proyectos de creación y ampliación.

    Paliar los obstáculos financieros que impiden el crecimiento y consolidación de las Pymes, ayudando a la financiación de proyectos empresariales que tengan que ver con la inversión en activos, calidad, tecnología, internacionalización y equipamientos industriales, es otra de las funciones que desarrolla el Instituto de Fomento. Gracias a los Programas de Ayudas del Instituto, así como a la gestión de distintos programas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en la Región de Murcia, las Pymes cuentan con importantes recursos económicos.

     

    • IVEX ( INSTITUTO VALENCIANO DE LA EXPORTACIÓN)

     

    La Generalitat Valenciana, a través del IVEX y dentro del Plan De Internacionalización de la Empresa Valenciana (PIEV), participa activamente en el desarrollo de los instrumentos que deben servir de apoyo a las empresas en su empeño de afrontar con éxito su implantación en los mercados exteriores. Para ello, el IVEX pone a disposición de las empresas de la Comunidad Valenciana dos nuevos programas de ayuda a la internacionalización:

     

    Plan de implantación en el exterior

     

    Este programa tiene por objetivo favorecer y apoyar los proyectos de implantación por parte de las pequeñas y medianas empresas radicadas en la Comunidad Valenciana.

     

    • Proyectos subvencionables: Acciones de implantación en el exterior mediante el establecimiento de filiales, sucursales, proyectos industriales y otras fórmulas de cooperación empesarial.
    • Gastos elegibles del proyecto: estudios de viabilidad, consultoría, gastos de viaje, constitución de la sociedad, permisos, promoción y publicidad, asistencia a Foros de Cooperación y otros gastos de puesta en marcha del proyecto.
    • Inversiones subvencionables: maquinaria, equipos e inmovilizado inmaterial.

     

    • Gastos elegibles: subvención de hasta el 50%, con un máximo de dos proyectos por empresa y año.

     

    • Inversiones en activo fijo: la subvención puede llegar hasta un 15% en el caso de una pequeña empresa y hasta un 7,5% si es mediana.

     

    Beneficiarios: Exclusivamente, pequeñas y medianas empresas, según el criterio definido por la Unión Europea.

     

    • FONDO DE IMPLANTACIÓN EN EL EXTERIOR (FIVEX)

     

    Constituido por acuerdo entre el IVEX y el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) se trata de un fondo que dotará de recursos financieros a proyectos de implantación en el exterior, con condiciones ventajosas adaptadas a las pequeñas y medianas empresas.

     

    Proyectos subvencionables:

     

    • Inversión en activos fijos en el extranjero (proyectos nuevos o de ampliación).
    • Proyectos de participación en sociedades extranjeras.
    • Instalación de plantas productivas industriales (con constitución de empresa mixta o no).
    • Creación de plataformas, almacenes u otras fórmulas de distribución (propias, arrendadas o en colaboración con sociedades extranjeras).
    • Acuerdos de distribución, comercialización, cesión de marca, etc., con sociedades extranjeras, siempre que supongan inversión en activos fijos.

     

    La financiación podrá alcanzar hasta un máximo del 75% del proyecto, con un plazo de amortización máximo de 10 años y con una carencia del principal de hasta 3 años, en función de los plazos de recuperación de la inversión.

    Beneficiarios: Empresas privadas que desarrollen actividades productivas y de servicios. También, empresas residentes en el extranjero en las que más del 50% de su capital social provenga de la Comunidad Valenciana.

     

    • GATEWAY TO JAPAN II

     

    Gateway to Japan II es un Programa de la Comisión Europea para fomentar las exportaciones de empresas europeas a Japón.

    Desde su nacimiento en el año 1.997, el Programa Gateway to Japan trabaja con el objetivo de incrementar y facilitar a las empresas europeas su introducción y asentamiento en el mercado japonés.

    El Consejo Superior de Cámaras es el Coordinador de este Programa en España. Tiene como función principal, difundir, promover y facilitar entre las empresas españolas el acceso al Programa, incrementando la incorporación de nuevas empresas al difícil mercado japonés. Esta labor la realiza en coordinación con las 85 Cámaras de Comercio de España.

    La Comisión Europea ha seleccionado 6 sectores con potencial para acceder al mercado japonés:

    • Materiales de construcción
    • Tecnologías de la información
    • Equipamientos médicos
    • Bebidas y comidas
    • Entretenimiento y ocio
    • Tecnologías de medioambiente

     

    La campaña desarrolla para cada uno de ellos, una serie de actividades diversas que tienen como objetivo acercar al empresariado europeo al mercado japonés. Así, mediante la participación en Gateway to Japan se posibilita la obtención de estudios de mercado, participación en actividades de promoción y en seminarios.

     

    • PLAN 2000 PARA LA EXPORTACIÓN

    El siguiente plan es desarrollado por el Ministerio de Economía, Secretaria de Estado de Comercio y Turismo – Dirección General de Comercio e Inversiones Españolas.

    Sus principales funciones son:

    • Cooperación institucional para conseguir la mayor coordinación posible entre los diferentes organismos, públicos y privados, que trabajan en el campo de la promoción de exportaciones, con el objetivo de rentabilizar al máximo las actuaciones de todos ellos.

     

    • Apoyo de asistencia técnica al exportador, especialmente en lo que se refiere a las normas técnicas que pueden generar barreras potenciales al comercio, centralizando en un único servicio la recepción y coordinación de las quejas sobre este tipo de obstáculos al comercio.

     

    • Programas de formación, y de información, con el objetivo de conseguir que al menos 2.000 nuevas empresas se inicien en la exportación antes del año 2000, llamado programa PIPE.

     

    • Medidas de promoción comercial para la diversificación de la exportación española a los mercados emergentes.

     

    • Apoyos financieros, como el sistema de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI), los créditos FAD y el Seguro de Crédito a la Exportación.

     

    • Conversión en inversiones en el país deudor de la deuda externa de diversos países con España derivada tanto de los FAD otorgados por España a los países en vías de desarrollo, como de los créditos comerciales que el Estado español asegura a través del CESCE.

     

    • Participación de empresas españolas en los proyectos que financian los Organismos Multilaterales. Puesta en marcha de medidas de promoción de inversiones mediante la creación de un marco jurídico adecuado que minimice los riesgos políticos y comerciales de su inversión. Creación de fondos financieros y de garantía que faciliten su implantación.

     

    • El Fondo de Ayuda al Desarrollo

    El Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) es un instrumento de cooperación bilateral consistente en la dotación de créditos y ayudas, en términos concesionales, a países en desarrollo.

    Dichos créditos y ayudas están ligados a la adquisición por el país beneficiario de bienes y servicios españoles y, sólo excepcionalmente, podrán considerarse créditos y ayudas de carácter financiero, no ligado.

    Los créditos FAD suponen una ayuda al desarrollo de las economías más atrasadas y, además, un apoyo a la exportación española en los mercados de los países en desarrollo. El Gobierno del país receptor adjudica, a través de concursos o por otros medios, los proyectos correspondientes a empresas españolas.

    Los créditos FAD son fundamentales para la internacionalización de determinados sectores, como el de los bienes de equipo, debiendo concentrarse en mayor medida en el apoyo a los sectores que incorporan mayor valor añadido y tecnología

    • AMEC – ASOCIACIÓN MULTISECTORIAL DE EMPRESAS-

    Amec es una entidad privada, de ámbito estatal y sin ánimo de lucro, que agrupa 450 empresas con unas exportaciones totales que se aproximan a los 250.000 millones de pesetas.

    La Asociación Multisectorial de Empresas reconocida oficialmente por la legislación vigente como entidad colaboradora del ministerio de economía, actuando como legítimo representante de los sectores que aglutina. Esta entidad está organizada en Asociaciones sectoriales, de forma que, según la actividad desarrollada, cada empresa se encuadra en su sector preferente.

    Desde su fundación ha tenido como objetivo básico no sólo el impulsar a sus empresas -básicamente pymes- hacia la exportación, sino también el compromiso de incidir en la vertebración de organismos que favorezcan la exportación, tanto en su vertiente de fomento como de promoción.

    De este modo, en su día hizo llegar propuestas para la creación del INFE actual ICEX (Instituto Español de Comercio Exterior) y, posteriormente, impulsó la creación del COPCA (Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña), del que es miembro fundador, formando parte, actualmente de su Comité Directivo y Ejecutivo.

    También solicitó y fomentó la creación de COFIDES (Compañía Española de Financiación del Desarrollo), así como la mejora del crédito oficial ICO (Instituto de Crédito Oficial) y del seguro comercial y político CESCE (Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación), etc.

    Regularmente, la Asociación pone en conocimiento de la Administración española, las líneas básicas a seguir en la política económica, que, a entender de AMEC, favorecen el desarrollo armónico de la economía y la mejora de las exportaciones del sector productivo. Asimismo, se hace llegar la opinión de la entidad a la hora de dotar las partidas de los Presupuestos del Estado, que tienen relación con el Fomento y Promoción del Comercio Exterior.

    Cooperación internacional

    La creciente globalización del mercado ha obligado a las empresas a ir más allá de la mera exportación y a establecerse en los mercados a través de alguna modalidad de presencia que supere la simple designación de un representante comercial, es decir, a la internacionalización de las empresas.

    El departamento de Cooperación Internacional tiene como principal objetivo seguir avanzando en la búsqueda y ejecución de nuevos productos y servicios que apoyen a la empresa en su proceso de internacionalización.

    Servicios que ofrece AMEC:

    1. Apoyo a la internacionalización de la empresa

    • Promoción de la Cooperación Empresarial Internacional

    • Información y asesoramiento a las empresas sobre las diferentes fórmulas de implantación en el exterior, para la concreción de un proyecto estratégico de internacionalización. • Búsqueda de socios en los países objetivos en el marco de programas financiados por la Comisión Europea

    – AL-INVEST

    Programa que tiene como objetivo estimular, facilitar y promover acuerdos comerciales de larga duración, acuerdos de inversión, de transferencia de tecnología y de creación de Joint Ventures entre empresas de la Unión Europea y Latinoamérica.

    – A.R.I.E.L

    El Programa A.R.I.E.L. "Active Research in Europe and Latin America", ha sido creado por la Comisión Europea. AMEC actúa como operador del programa. ARIEL se caracteriza por atender los requerimientos de aquellas pequeñas y medianas empresas que han iniciado su proceso de internacionalización, y que buscan consolidarlo a través de la participación en nuevos mercados. ARIEL permite la búsqueda de contraparte entre empresas de Europa y América Latina, trabajándolo de forma inidividualizada, para la consecución de acuerdos de cooperación, ya sean comerciales o productivos.

     

    – ASIA-INVEST

    Programa creado para fomentar la Cooperación Empresarial entre empresas europeas y empresas asiáticas. Se ofrecen subvenciones y se proporcionan medidas de soporte para ayudar a la empresa en la investigación de nuevos mercados (Market Place Monitoring), en la perfección de negocios en un entorno cultural distinto (Bussiness Culture and Language Familiarization), en la facilitación de asistencia técnica por parte de las empresas europeas a las asiáticas (Technical Assistance) y en la contactación de empresas de cara a potenciales acuerdos de colaboración (Business Meetings).

    • Participación en foros de inversiones • Relación con Instituciones a nivel internacional • Búsqueda y difusión de proyectos

    • Difusión de la Tecnología Española

    Con el objetivo de:

    • Contribuir al desarrollo de los sectores productivos de países en vías de desarrollo a través de la transmisión de la tecnología española, • Mejorar la imagen de la tecnología española, • Reforzar la cooperación empresarial e institucional entre España y otros países.

    llevamos a cabo las siguiente actividades:

    • FORMACIÓN DE TÉCNICOS: técnicos expertos de países en vías de desarrollo vienen a España para atender a unos cursos teórico prácticos que se desarrollan en Centros Tecnológicos o en Plantas Piloto Españolas, y en las empresas españolas del sector.

    • ASISTENCIA TÉCNICA: técnicos expertos españoles elaboran un diagnóstico de los problemas tecnológicos de un sector y/ o empresa concreto de un país en desarrollo y luego emiten sus conclusiones y recomendaciones.

    • CREACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CENTROS TECNOLÓGICOS con el asesoramiento de técnicos expertos españoles y con tecnología española.

    1. Consultoría Internacional

    • Desarrollo de PYMEs e instituciones de apoyo a las mismas

    El objetivo general es el desarrollo de la Pequeña y Mediana Empresa, como base del tejido productivo de un país, de forma que pueda competir en los mercados internacionales:

    • Diagnóstico y Asesoramiento • Promoción de las exportaciones y de alianzas estratégicas • Desarrollo Tecnológico: Centros Tecnológicos • Estudios Sectoriales y recomendaciones prácticas • Creación de Instituciones de apoyo a las PYMEs y asesoramiento a las mismas • Formación Sectorial

    • Participación en Licitaciones Internacionales

    Búsqueda y presentación de proyectos internacionales adjudicados a través de Licitaciones, con especial atención a las licitaciones publicadas por la Comisión Europea

     

    Grupos de exportación

    Un Grupo de Exportación es una agrupación o asociación temporal de empresas de similares características que tienen como objetivo común la introducción de sus productos y/o expansionar sus ventas en nuevos mercados exteriores.

    Este programa que cuenta con el patrocinio del COPCA de hasta el 50% del presupuesto total del plan de actuación conjunto del Grupo, se ejecuta a través de la actuación de un gerente con una presencia permanente en el mercado objetivo.

    La incorporación de una empresa a un Grupo de Exportación facilita la realización de estrategias en un mercado determinado con una aportación reducida de recursos y la posibilidad de obtener una mas rápida respuesta en forma de resultados.

    – Grupo de Exportación SPAINTEX Este Grupo de Exportación se constituyó con el objetivo de introducir, promocionar y vender en la INDIA maquinaria textil Española. Durante este primer año se ha estado trabajado en este mercado con un gerente Español, con residencia en Nueva Delhi, en exclusiva para las empresas: TUPESA, OTEMAN S.A., COMSA S.A. Y GALI INTERNACIONAL

    – Grupo de Exportación TMT En el mes de enero de 2000 se constituyó este nuevo Grupo de Exportación de fabricantes de Maquinaria Textil. Realizando a lo largo del año una labor muy importante de promoción en POLONIA. Las empresas que lo integran son: ATYC, S.A., SABEN, S.A. TEPA S.A. y TORRES MAQUINARIA TEXTIL, S.A.

    – Grupo de Exportación BUILD UP BATH Dedicado al sector de materiales para la construcción, este Grupo de Exportación con base en Hong Kong (CHINA)

    – Grupo de Exportación ECO Fue constituido a mediados del año 1999. Actualmente y por segundo año consecutivo se ha estado trabajando el mercado Argentino, ofreciendo los productos Españoles del sector de fabricantes de materiales para la construcción (ASCON). Las empresas que integran el Grupo son: GERMANS BOADA S.A, QUEMADORES BERALMAR S.A, ESTOLI S.A, FLEXITUB S.L, y JOSE NABONA (BAÑACRIL) S.A

    – Grupo de Exportación HCM (High Class Machinery) Este nuevo Grupo de Exportación se creó con el fin de apoyar las acciones de las empresas del sector IMAPC, en Inglaterra. Forman parte del mismo: COVEX RS EXTRUSION S.A, MATEU Y SOLE S.A, COEMTER S.A y CAYFI.

    – Grupo de Exportación PMS (Plastics Machinery from Spain) Después de muchas conversaciones, en septiembre del año 2000, se contrató a un gerente en Inglaterra para la promoción y venta de los productos de las empresas del sector de fabricantes de maquinaria para plástico y caucho (IMAPC): ALIMATIC, S.A, PLAMASA S.A, SANARA S.A y EQUIFAB S.L.

    – Grupo de Exportación JSG (Brasil) En enero se ha constituido oficialmente este Grupo de fabricantes de maquinaria para plástico y caucho (IMAPC) formado por: PLAMASA S.A, SANARA S.A , EQUIFAB S.L y LUMEN SL.

    – Grupo de Exportación MAQUINTEX En el mes de febrero de 2001 se constituyó este nuevo Grupo de Exportación de fabricantes de Maquinaria Textil en México. Las empresas que lo integran son: ATYC, S.A., LAUDATTI SCCL, . TEPA S.A y TORRES MAQUINARIA TEXTIL, S.A.

    – Grupo de Exportación XINA MATEX Dedicado al sector de FABRICANTES DE Maquinaria Textil, este Grupo de Exportación con base en Beijing (CHINA), Esta compuesto por las empresas:: ATYC, S.A., MITEX S.A. TEPA S.A y TORRES MAQUINARIA TEXTIL, S.A.

     

    CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN

    Un Consorcio de Exportación es una agrupación o asociación temporal de empresas de similares características, que tienen como objetivo común la introducción de sus productos y expansionar sus ventas en nuevos mercados exteriores. La incorporación de una empresa a un Consorcio de Exportación facilita la realización de estrategias en un mercado determinado con una aportación limitada de recursos y la posibilidad de obtener una respuesta efectiva en forma de resultados.

    El Programa de Consorcios del ICEX: Desde 1985 existe un programa del Instituto de Comercio Exterior que da apoyo a los Consorcios de exportación. El programa, básicamente dirigido a pequeñas y medianas empresas facilita la agrupación de las mismas bajo una forma jurídica determinada, apoyando la constitución de una sociedad conjunta durante un periodo máximo de 4 años. En este caso los vínculos entre las empresas son más fuertes y duraderos que en el caso de un grupo de Exportación.

    Tipos de Consorcios:

    Consorcios en origen y en Consorcios en destino Consorcios de promoción y Consorcios de venta Consorcios Multisectoriales y Consorcios Unisectoriales

    Estos programas ayudan a fomentar la colaboración interempresarial Española y a mejorar la competitividad de nuestras empresas en el exterior.

    – Consorcio de Exportación en destino: AUCCON Este nuevo Consorcio de Exportación de fabricantes de Maquinaria Textil, se ha constituido en Brasil, a raíz de los buenos resultados obtenidos por las empresas en el país. El Consorcio AUCCON surgió como una evolución lógica al Grupo de Exportación constituido el año anterior. Para consolidar los productos de las empresas en el mercado, se han diseñado acciones de promoción y un plan de acción de nuevas actividades.

    Las empresas que forman parte del consorcio son: JAFLO S.A (AUTEX), PANNON MAQUINARIA TEXTIL S.A y COSMOTEX COLL.LORAS S.A.

    Resumen de las Principales Políticas y Normativas de España

    • POLÍTICAS ARANCELARIAS
    • Derechos Aduaneros
      • Autónomos
      • Convencionales
    • Acuerdos Preferenciales
    • ACP –Asia, Caribe y Pacifico-
    • PECO – Países del Centro y Este de Europa-
    • Acuerdos No Preferenciales
    • Acuerdo entre la Union Europea – MERCOSUR
    • Acuerdo entre la Comunidad Andina, Centro America y Chile
    • ASEM – Asia – Europe Meeting-
    • Sistema Generalizado de Preferencias –SGP-
    • POLÍTICA MONETARIA
    • Incorporación de España a la Union Económica Monetaria
    • Cambio de la Peseta al EURO
    • REGIMEN DE IMPORTACIÓN
    • Tratamiento diferenciado entre:
      • Productos procedentes de la Union Europea
      • Productos procedentes de terceros países
    • Despacho a libre Practica
    • Régimen de Suspensión
    • Régimen Aduanero Económico
    • Deposito Aduanero
    • Perfeccionamiento Activo
    • Transformación bajo control aduanero
    • Importación Temporal
    • Perfeccionamiento Pasivo
    • Zona Franca
    • Puerto Franco
    • Zonas Mercadológicas
    • POLÍTICAS DE FINANCIACION A EXPORTACIONES E INVERSIONES
    • COFIDES (Compañía Española de Financiación del Desarrollo)
    • LINEA COFIDES / FOMIN
    • FIEX
    • LINEA ICO
    • LINEA DE SERVICIOS
    • LINEA COFIDES / BERD
    • LINEA COFIDES / BE
    • FONPYME
    • LINEA BEI (ECFI III)
    • CDE
    • CARI (Contrato de Ajuste Reciproco de Intereses)
    • CRÉDITOS FAD (Fondo de Ayuda al Desarrollo)
    • LINEAS FEV (Financiación de Estudios de Viabilidad)
    • POLÍTICA DE EXPORTACIONES
    • Regímenes Especiales de Exportación
    • Exportación Temporal
    • Trafico de Perfeccionamiento a la exportación
    • Transito
    • Devolución de Derechos (Draw-back)
    • Exportación Previa
    • Deposito Industrial Franca
    • Cuadernos ATA (Admisión Temporal de Mercaderías)
    • REGÍMENES DE ZONAS FRANCAS
    • Zona Franca Gran Canaria
    • Zona Especial Canaria (ZEC)
    • Ventajas Fiscales:
      • Impuesto de Sociedades o Impuesto de la Renta de No Residentes
      • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
      • Impuesto General Indirecto Canario
      • Convenios de Doble imposición internacional
      • Bonificaciones por producción de bienes corporales en Canarias
    • Zona de Promoción Ceuta
    • POLÍTICA DE INTEGRACIÓN
    • Acuerdo Marco Intrarregional de Cooperación Unión Europea-MERCOSUR
    • OMC
    • ORGANISMOS Y PROGRAMAS DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES
    • PIPE 2000 – Plan de Iniciación a la Promoción Exterior-
    • Comercializadora de Productos Andaluces (CDEA)
    • Trade Point Aragon
    • Programa Invexta
    • Instituto de Fomento- INFO
    • IVEX –Instituto Valenciano de la Exportación-
    • FIVEX –Fondo de Implantación en el exterior-
    • GATEWAY TO JAPAN II
    • PLAN 2000 para la exportación
    • FAD – Fondo de Ayuda al Desarrollo-
    • ICES
    • AMEC – Asociación Multisectorial de Empresas-
    • Promoción de la Cooperación Empresarial Internacional
    • AL-INVEST (Joint Ventures entre empresas de UE y Latinoamérica)
    • ARIEL (Active Research in Europe and Latin America)
    • ASTA-INVEST
    • Grupos de Exportación
      • SPAINTEX
      • TMT
      • BUILD UP BATH
      • ECO
      • HCM (High Class Machinery)
      • PMS (Plastics Machinery from Spain)
      • JSG (Brasil)
      • MAQUINTEX
      • XINA MATEX
    • Consorcios de Exportación

     

     

     

     

    Autor:

    Marianetti, María Eugenia Celano, Martín Montoto, Rodrigo Javier