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Normas Internacionales de Contabilidad


    1. Historia del IASC
    2. Objetivos
    3. Estructura del IASB
    4. Cronología del IASB
    5. Pequeña Introducción sobre las materias de las NIC
    6. Objetivos de las IFRS
    7. Conclusión
    8. Bibliografía

    1. Introducción

    Como es sabido por muchos, en varios países del mundo el proceso de convergencia o divergencia a Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) es una situación evidente, cada día se suman más y más países a la globalización contable, en nuestro país el Colegio de Contadores de Chile A.G. esta trabajando este proyecto de Convergencia hace poco mas de un año, patrocinado por el BID-FOMIN (Banco Interamericano de Desarrollo en su calidad de administrador de Fondo Multilateral de Inversiones), tarea encomendada a nuestro gramio por la Superintendencia de Valores y Seguros, cuya tarea debera ser finalizada en el año 2008 cuya probable fecha de vigencia seria a contar del 1 de enero del año 2009, si bien es cierto que falta bastante tiempo, la capacitación tiene que empezar desde ahora, es por eso que hoy en día, KPMG Auditores Consultores Ltda., una de las cuatro empresas consultoras mas grandes de nuestra nación, creo el llamado "Equipo IFRS", constituido por profesionales de alta calidad, cuyos integrantes son: Jorge Milillán, socio Auditoría y Lider del Equipo; Orlando Jeira, Socio Principal de KMPG; Leonardo Torres, Consultor KMPG; Gastón Villarroel, Gerente Senior KMPG; Teresa Olivia, Director KMPG y Jaime Bustamante, Gerente Senior KMPG, los que estaran dedicados en la capacitación de docentes en temas referidos a normas internacionales de contabilidad, es así como en noviembre de este año (2005) firmó un convenio con la Universidad de Santiago de Chile (USACH), pionera en nuestro país que se preocupa del perfeccionamiento y actualización de lacademicos en materias IFRS, orientado a entregar mayor transparencia a la información financiera, lo que provoca en si misma un replanteamiento de aplicaciones contables de las empresas.

    La necesidad de comparabilidad no debe ser confundida sólo con uniformidad, y tampoco debe permitirse que llegue a ser un impedimento para la introducción de normas de contabilidad más adecuadas, la política contable adoptada debe ser coherente en sus características cualitativas de relevancia y fiabilidad.

    Dada la importancia que se produce a raís de este cambio de normativa contable, lo primero que debe ser objeto de nuestro estudio para un completo entendimiento de esta materia, es su origen, el por qué es necesario la globalizarción de las aplicaciones contables por medio de las normas internacionales de contabilidad, sus objetivos, saber como funciona, el sistema regulador sobre la emisión de normas y el beneficio que se obtendría al contar con normas contables mundialmente únicas.

    2. Historia del IASC

    En enero de 1973, cuando en Chile se aprobaba la emisión de nuestro primer Boletín Técnico, referido escencialmente a materias de teoría y principios básicos de contabilidad, en Europa se organizaba la creación de una entidad mundial con el fin de dictar normas equitativas e igualitarias para los países del mundo, dada la heterogeneidad existente, en aquella epoca ya existia la inquietud de globalizar las normas, mientras en nuestro país recién se comenzaba a legislar sobre la materia por medio de Boletines Técnicos emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G., finalmente el 29 de junio de 1973 en Londrés fue creado el ASC (International Accounting Standardrs Committee), como resultado de un convenio entre organizaciones profesionales contables de Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón, México, Holanda, Reino Unido, Irlanda y Estados Unidos.

    El nacimiento del Comité de Normas Internacional de Contabilidad nace con el ánimo de armonizar las normas no importando el país de origen en el que se hayan emitido las normas, reflejar la esencia economica de las operaciones del negocio de las empresas emisoras de estados financieros.

    Según la teoría de Van Der Trass en 1988 el problema de la comparabilidad es la armonización entre el estado y proceso.

    Para ejemplizar las enormes diferencias que se producen en los estados financieros entre uno y otro país veremos el caso de dos empresas que quisieron entrar al mercado estado unidense para vender acciones en el mercado búrsatil de Wall Street, el primer ejemplo, se trata de la empresa Daimler Benz que en 1993 quizo entrar a este mercado, para lo cual tuvo que convertir sus estados financieros que estaban confeccionados de acuerdo a directivas internas del país, que arrojaban una utilidad de 602 millones de marcos (DM) lo que demostraba la rentabilidad de la empresa, al hacer la adopción de los estados financieros según el US GAAP (United States, Generally Accepted Accounting Principles) el resultado final de las operaciones era con una pérdida de 1.806 millones de marcos (DM), una situación similar ocurrio en el año 2001 cuando la empresa española Telefónica quizo entrar en el mismo mercado búrsatil, según directivas españolas el resultado del ejercicio era de 2.000 millones de euros (€) al adaptar los estados financieros al US GAAP el resultado fue mas que asombroso, con una pérdida de 7.000 millones de euros (€).

    En ambos casos, los estados financieros fueron confeccionados con la misma información contable y financiera de cada una de las empresas, aquí toma importancia el criterio, las normas contables aquí toman un rol fundamental, es por eso, que para eliminar esas diferencias y cumplir con la obligatoriedad economica y bursatil es que en el año 1973 se creo el IASC para cumplir con este objetivo y emitir normas contables, la que en aquella epoca, esperaban que fueran normas de aplicación mundial, que es lo que hoy esta ocurriendo.

    Volviendo un poco al tema del IASC, sus actividades son conducidas por un Consejo Directivo que incluye representantes de hasta trece países y hasta cuatro de las organizaciones cuyo trabajo se apoya en los informes financieros. Muchas organizaciones han participado a lo largo de la vida del IASC como el IOSCO (International Organization of Securities Commissions), IFAC (International Federation of Accountants), FASB (Financial Accounting Standards Board), SEC (Securities Exchange Commission), entre muchas otras organizaciones que entre 1973 y el año 2000 lograron parte sustancial de normas, Interpretaciones, un Marco Conceptual, y otra dirección que es adoptada directamente por muchas empresas y esto es contemplado por muchas incubadoras estándar nacionales de contabilidad en el desarrollo de normas nacionales de contabilidad. En 1997 se constituye el SIC (Standing Interpretations Committee), cuya misión era emitir interpretaciones de las NIC para ser aprobadas en forma definitiva por el IASC.

    A fines del año 2000 se aprueba la reestructuración del IASC quedando con el nombre de IASB (international Accountong Standardrs Board) a contar del 1° de Abril de 2001, cuyo comité de interpretaciones que, en principio su nombre era SIC, a partir del año 2002 sería conocido como IFRIC (International Financial Reporting Interpretations Committee). Entre los años 2001 y 2005 el IASB se encargo de la revisión de algunas NIC, además de estudiar sobre materias aun no tratadas en las NIC publicadas con anterioridad, es asi como en el año 2003 se publica la 1° IFRS sobre adopción por pimera vez a NIC de estados financieros.

    Hoy en día se han emitido 5 IFRS más, la 2° IFRS trata de pagos basados en acciones, la 3° IFRS sobre combinación de negocios, la 4° IFRS de contratos de seguros, la 5° IFRS sobre los activos no corrientes a la venta y operaciones descontinuadas y por último la 6° IFRS que trata sobre la exportación y evaluación de recursos minerales.

    3. Objetivos del IASB

    El objetivo del IASC era formular y publicar en beneficio del interés público las normas comprensibles y ejecutorias globales de contabilidad que requieren de alta calidad, información transparente y comparable en declaraciones financieras e informes financieros para ayudar a participantes en los mercados de capitales líderes en el mundo y otros usuarios hacen decisiones económicas a raíz de estos estados financieros; promover el empleo y uso riguroso de aquellas normas; causar convergencia de normas nacionales de contabilidad aplicables en la presentacion de estados financieros, y promover la emisión, aceptación y observancia de las IAS, conocidas en nuestro país como NIC; impulsar la mejora y armonizacion de esta normativa, teniendo este Consejo completa y total autonomía para el establecimiento y emisión de normas internacionales contables.

    Los miembros concuerdan apoyando al IASC en el trabajo de la emisión y publicación de las normas, en los distintos países para su difusión y poniendo sus mejores esfuerzos para asegurar que los estados financieros publicados cumplan en todos sus aspectos sustanciales y que contengan la revelación de dicho cumplimiento, además de propiciar la aceptación y observancia de las normas internacionales de contabilidad a nivel mundial.

    4. Estructura del IASB

    a) ¿Cómo funciona el IASB?

    Dentro del IASB existen varios Comités de Trabajo, estos estan encargados de realizar los estudios de algún tema convenido previamente, como resultado de dicho estudio nace un "Borrador de Discución" para ser considerado por el Consejo Directivo. Para que se emita este borador debe ser aprobado por la mayoría de dos tercios del Consejo Directivo, este es remitido a las organizaciones contables, a los gobiernos, mercados de valores, organismos reguladores y otros organismos y entes pertinentes, para ser analizados y enviar un reporte con los comentarios al respecto para ser enviados nuevamente al IASB.

    Los comentarios y sugerencias del Borrador de Discusión son estudiados y examinados por el Consejo Directivo y, de ser necesario, el Borrador de Discusión se modifica. Este debe ser aprobado por las tres cuartas del Consejo Directivo, y se emite como una Norma Internacional de Contabilidad definitiva y entra en vigencia desde la fecha que indica la misma Norma.

    En la actualidad ya no se emiten NIC, el año 2003 se publico la primera IFRS (International Financial Reporting Standards) o NIIF (Normas Internacionales de Informes Financieros), pero con la misma forma de trabajo, aceptación y publicación que tuvieron las NIC.

    b) ¿Quiénes pueden votar?

    Cada país y cada organización son representados por una persona que pertenece al Consejo Directivo el cual tiene derecho a un voto. El texto aprobado de cualquier Borrador de Discusión o Norma es el publicado por el IASB en idioma inglés, cada miembro tiene la responsabilidad, bajo la autoridad del Consejo Directivo, de traducir los Borradores de Discusión o de Normas, de modo que, tales traducciones puedan publicarse en el idioma correspondiente a cada país, cuya traducción deberá indicar el nombre de la organización contable encargada de la traducción y mencionar que se trata de una traducción del texto aprobado por el IASB.

    Organigrama del IASB

    Cambios en la estructura del IASB

    En noviembre de 2004, los administradores delIASC propusieron una serie de cambios en la estructura del IASB, entre los que se incluyen:

    • aumentar el número de administradores del IASB de 19 a 22;

    • mantener la situación actual de dos miembros a tiempo parcial del IASB;

    • facilitar la combinación de perfiles requerida en el IASB. Los mínimos actuales de cinco auditores en activo, tres elaboradores de información financiera, tres usuarios y un académico serían sustituidos por "una mezcla apropiada de experiencia práctica entre auditores, elaboradores, usuarios y académicos", incluyendo como mínimo a un miembro del IASB con experiencia reciente en cada uno de dichos ámbitos.

    • otorgar a los administradores el derecho a comentar y hacer sugerencias sobre la agenda técnica del IASB, pero ninguna capacidad para decidirla; y

    • aumentar el voto para los borradores de propuesta, las normas y las

    interpretaciones de una mayoría simple a nueve de los 14 miembros del

    IASB.

    Actualmente la Directiva el IASB es:

    5. Cronología del IASB

    1973Acuerdo fundacional del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) rubricado por representantes de los organismos profesionales de contabilidad de Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón, México, Países Bajos, Reino Unido / Irlanda, y Estados Unidos.

    Se designan comités de seguimiento para los tres primeros proyectos del IASC.

    1975Se publican las primeras NIC definitivas: NIC 1 (1975), Revelación de Políticas Contables, y NIC 2 (1975), Valoración y Presentación de Inventarios en el Contexto del Sistema de Coste Histórico.

    1982El Consejo del IASC se amplía a 17 miembros, incluyendo miembros de 13 países designados por el Consejo de la Federación Internacional de Contables (IFAC) y 4 representantes de organizaciones relacionadas con la presentación de información financiera. Todos los miembros del IFAC son a su vez miembros del IASC. IFAC reconoce y considera a IASC como el emisor de normas internacionales de contabilidad.

    1989La Federación Europea de Contabilidad (FEE) apoya la armonización internacional y una mayor participación europea en IASC. IFAC adopta directrices provenientes del sector público para requerir a los órganos de dirección de las empresas públicas el seguimiento de las NIC.

    1994Establecimiento de un Consejo Consultivo del IASC con responsabilidades de supervisión y financiación.

    1995La Comisión Europea respalda el acuerdo entre el IASC y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) para completar las normas fundamentales y determinar que las multinacionales pertenecientes a los países de la Unión Europea deberían adoptar las NIC.

    1996La Comisión Norteamericana del Mercado de Valores (SEC) muestra su apoyo a los objetivos del IASC para desarrollar, a la mayor brevedad, un conjunto de normas contables a utilizar en la preparación de los estados financieros para emisiones internacionales de valores.

    1997Se constituye el Comité de Interpretaciones Permanente (SIC), formado por 12 miembros con derecho a voto. Su misión es crear interpretaciones de las NIC para que el IASC las apruebe definitivamente.

    Se crea un grupo de trabajo estratégico con objeto de elaborar recomendaciones que permitan mejorar la estructura y el funcionamiento futuros del IASC.

    1998IFAC/IASC amplía su composición a 140 miembros pertenecientes a 101 países.

    IASC finaliza la elaboración de las normas fundamentales con la aprobación de la NIC 39.

    1999Los Ministros de Finanzas del G7 y el FMI impulsan su apoyo a las Normas Internacionales de Contabilidad con el fin de "fortalecer la arquitectura financiera internacional".

    El Consejo del IASC aprueba unánimemente su reestructuración en un consejo de 14 miembros (12 a tiempo completo) bajo un consejo de administradores independiente.

    2000La IOSCO recomienda que sus miembros permitan a los emisores multinacionales la utilización de las normas elaboradas por el IASC en las emisiones y colocaciones internacionales de valores.

    Se constituye un comité de designaciones puntuales, presidido por el Presidente de la SEC Arthur Levitt, para designar a los Administradores que supervisarán la nueva estructura del IASB.

    Los miembros del IASC aprueban su reestructuración y la Constitución de un nuevo IASC.

    El Comité de Designaciones nombra a los primeros administradores.

    Los administradores nombran a Sir David Tweedie (presidente del Consejo de Normas de Contabilidad de Reino Unido) como el primer

    Presidente del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad reestructurado.

    2001Se publican los miembros y se anuncia el nuevo nombre del IASB. Se constituye también la Fundación del IASC. El 1 de abril de 2001, el nuevo IASB asume las principales responsabilidades del IASC en relación con la emisión de las normas de contabilidad. Las NIC y SIC existentes son adoptadas por el IASB.

    El IASB se traslada a su nueva oficina en 30 Cannon St., Londres.

    El IASB mantiene reuniones con los presidentes de los ocho organismos encargados de la emisión de normas contables con los que mantiene una vinculación formal, con objeto de comenzar a coordinar agendas y establecer objetivos para la convergencia normativa.

    2002El SIC cambia su nombre por el de Comité de Interpretaciones de Información Financiera (IFRIC) con una obligación no sólo de interpretar las NIC y NIIF existentes, sino también de proporcionar una guía de asuntos no tratados en las NIC o NIIF.

    Europa exige a las empresas cotizadas que apliquen las NIIF a partir de 2005.

    El IASB y el FASB firman un acuerdo conjunto sobre convergencia.

    2003Se publican la primera norma definitiva NIIF (NIIF 1) y el primer borrador de interpretación del IFRIC.

    Se realizan proyectos de mejora (revisiones importantes de 14 NICs).

    2004Gran debate sobre la NIC 39 en Europa, que se traduce finalmente en su adopción por la CE con la supresión de dos secciones de la NIC 39.

    Comienza la emisión a través de la Red de las reuniones del IASB.

    Primer documento de debate del IASB y primera interpretación definitiva del IFRIC.

    Se publican las NIIF 2 a 6.

    6. Pequeña introducción sobre materias de las NIC

    NIC 1, Presentación de estados financieros (revisada en el año 2003)

    Esta NIC stablece un marco general para la presentación de estados financieros con fines generales, incluyendo directrices para su estructura y el contenido mínimo.

    Los principios fundamentales que subyacen a la preparación de estados financieros, incluyendo la hipótesis de las empresas en funcionamiento, la uniformidad de la presentación y clasificación, la hipótesis contable del devengo y la materialidad.

    Aquí los activos y pasivos, y los ingresos y gastos, no pueden compensarse salvo que la compensación esté permitida o sea exigida por otra NIIF. Cualquier información comparativa correspondiente al ejercicio anterior debe ser presentada en los estados financieros mediantes notas dentro de los mismos. Los informes exigidos por esta normas son: balance, una cuenta de resultados, un estado de cambios en el patrimonio neto, un estado de flujos de efectivo, políticas contables y notas explicativas.

    El estado de cambios en el patrimonio neto debe reflejar:

    – todos los cambios habidos en el patrimonio neto; o

    – los cambios en el patrimonio neto distintos de los procedentes de operaciones con socios que actúen en calidad de tales.

    Los estados financieros deben ser objeto de presentación con una periodicidad generalmente anual. Si cambia la fecha de cierre del ejercicio, y los estados financieros se presentan para un período distinto a un año, será necesario informar de este hecho.

    Es muy importante también la obligatoriedad de la distinción entre activos y pasivos corrientes y no corrientes.

    La NIC 1 especifica los epígrafes que como mínimo deben presentarse en el balance, la cuenta de resultados, y el estado de cambios en el patrimonio neto, e incluye directrices para identificar epígrafes adicionales.

    Requerimientos minimos que deben contener las notas de los estados financieros según NIC 1:

    – las políticas contables seguidas;

    – los criterios que ha adoptado la Dirección en el proceso de aplicar las políticas contables de la entidad que tengan el efecto más significativo en los importes registrados en los estados financieros; y

    – las principales hipótesis en relación con el futuro, y otras fuentes principales de incertidumbre en las estimaciones, que impliquen un riesgo significativo de causar un ajuste material en los valores contables de los activos y pasivos en el próximo ejercicio.

    NIC 2 Existencias (revisada en el año 2003)

    Aquí encontramos el tratamiento contable sobre las existencias, incluyendo la determinación del coste y su consiguiente reconocimiento como gasto, si deben ser valoradas al coste o al valor neto realizable, según cuál sea menor.

    Dentro de los costes se considera el precio de adquisición, el coste de transformación (materiales, mano de obra y gastos generales) y otros costes en los que se haya incurrido para dar a las existencias su condición y ubicación actuales, pero no las diferencias de cambio.

    Para los elementos de existencias que no son intercambiables, se atribuyen costes específicos a los elementos individuales específicos que conforman las existencias.

    Para los elementos intercambiables, el coste se determina usando las fórmulas de primera entrada primera salida (FIFO) o coste promedio ponderado. La fórmula LIFO no está permitida.

    Cuando se venden las existencias, el valor contable debe reconocerse como gasto en el período en que se registra en ingreso correspondiente.

    NIC 7 Estado de Flujo Efectivo (revisada en el año 1997)

    Esta persigue como objetivo la exigibilidad a las empresas que suministren información acerca de los movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes al efectivo a través de la presentación de un estado de flujos de efectivo, clasificados en el período según que procedan de actividades de explotación, de inversión y de financiación.

    Los estados de flujos de efectivo deben analizar los cambios en el efectivo y los equivalentes al efectivo durante un período, que incluye inversiones a corto plazo (menos de 3 meses desde la fecha de adquisición), fácilmente convertibles en importes determinados de efectivo, estando sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor. Generalmente no incluyen participaciones de capital.

    Si los flujos de efectivo procedentes de actividades de explotación, inversión y financiación deben presentarse por separado.

    Los flujos de efectivo de las actividades de explotación se presentan utilizando el método directo o el indirecto, pero, se recomienda el método directo.

    Los flujos de efectivo procedentes de impuestos sobre beneficios se clasifican como de explotación salvo que puedan identificarse específicamente con actividades de financiación o inversión.

    El tipo de cambio utilizado para la conversión de operaciones denominadas en una moneda extranjera y los flujos de efectivo de una filial extranjera deberá ser el tipo vigente en la fecha de los flujos de efectivo.

    Los flujos de efectivo agregados derivados de adquisiciones y enajenaciones de filiales y otros negocios deberán presentarse por separado y clasificarse como actividades de inversión, revelando información adicional específica.

    Las operaciones de inversión y financiación que no supongan el uso de efectivo deberán excluirse de los estados de flujos de efectivo, pero deberán revelarse por separado.

    NIC 8 Políticas Contables, cambios en las estimaciones contables y errores (revisada en el año 2003)

    El objetivo de esta NIC es prescribir los criterios para seleccionar y cambiar políticas contables, junto con el tratamiento contable y la información a proporcionar en cuanto a cambios en políticas contables, cambios en estimaciones y errores.

    En esta norma existe una jerarquía para elegir políticas contables:

    – Normas e interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta cualquier directriz de implantación del IASB.

    – A falta de una norma, buscar los requisitos y las directrices incluidos en las normas e interpretaciones del IASB que se refieren a cuestiones similares y relacionadas; y las definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de valoración de activos, pasivos, ingresos y gastos que se recogen en el Marco Conceptual.

    – La Dirección también puede tener en cuenta los pronunciamientos más recientes de otros organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar al de las NIIF para crear principios contables, otra literatura contable y prácticas aceptadas del sector.

    Aplicar políticas contables atendiendo a criterios de uniformidad con operaciones similares.

    • Realizar cambios de política contable sólo si lo exige una norma o interpretación o si producen información más relevante y fiable.

    • Si una norma o interpretación exige un cambio de política contable, seguir los requisitos de transición de dicho pronunciamiento. Si no se especifica ninguno, o si el cambio es voluntario, aplicar la nueva política contable con efecto retrospectivo mediante la reexpresión de períodos anteriores. Si la reexpresión es imposible, incluir el efecto acumulativo del cambio en los resultados. Si no es posible determinar el efecto acumulativo, aplicar la nueva política de forma prospectiva.

    • Los cambios en las estimaciones contables (por ejemplo, un cambio en la vida útil de un activo) se contabilizan en el ejercicio en curso, o en ejercicios futuros, o en ambos (sin reformulación).

    • Todos los errores deben corregirse mediante la reformulación de los importes comparativos del ejercicio anterior y, si el error se produjo antes del primer período presentado, mediante la reformulación del balance inicial.

    • Son obligatorias las revelaciones sobre cambios contables, cambios en las estimaciones y correcciones de errores.

    NIC 10 Hechos Posteriores a la Fecha del Balance (revisada en el año 2003)

    Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha de autorización de emisión de los estados financieros.

    Estos hechos que implican ajustes para reflejar aquellos hechos que suministran evidencia de condiciones que existían en la fecha del balance, como la resolución de un juicio después de la fecha del balance, pero también existen hechos que no amertita que los estados sean ajustados como una reducción en los precios de mercado después del cierre del ejercicio, que no cambie la valoración de inversiones a la fecha del balance.

    Los dividendos propuestos o declarados con respecto a instrumentos de capital después de la fecha del balance no deberán registrarse como pasivo en la fecha del balance. Es obligatorio revelar información al respecto.

    Una entidad no deberá preparar sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta hipótesis no es apropiada.

    Una entidad deberá revelar la fecha de autorización de emisión de sus estados financieros.

    NIC 11 Contratos de Construcción (revisada en el año 1993)

    Esta NIC esta diriguida especificamente a Empresas de Construcción y contratistas, en el cual se persiben los ingresos y costes proveniente de estos contratos , cuyos ingresos deben comprender el importe acordado en el contrato inicial junto con cualquier modificación en el trabajo contratado, así como reclamaciones o incentivos en la medida que sea probable que de los mismos resulte un ingreso y siempre que sean susceptibles de valoración fiable.

    Los costes del contrato deben comprender los costes que se relacionen directamente con el contrato específico, los costes que se relacionen con la actividad de contratación en general y puedan ser imputados al contrato, y cualquier otro coste que se pueda cargar al cliente, según los términos pactados en el contrato.

    Cuando el resultado de un contrato de construcción pueda ser estimado con suficiente fiabilidad, los ingresos y los costes deben ser reconocidos en resultados como tales, con referencia al estado de realización de la actividad consecuencia del contrato (método del porcentaje de realización o grado de avance), si el resultado no puede estimarse con suficiente fiabilidad, no deberá registrarse ningún beneficio. Por el contrario, los ingresos del contrato sólo deben reconocerse en la medida en que se prevea la recuperación de los costes incurridos por causa del contrato, y los costes del contrato deberán reconocerse en el ejercicio en que se incurran. Ahora si es probable que los costes totales del contrato vayan a exceder de los ingresos totales derivados del contrato, la pérdida esperada deberá reconocerse inmediatamente.

    NIC 12 Impuesto sobre las Ganacias (revisada el año 2000)

    El tratamienro contable del impuesto a las ganancias establece los principios y directrices para la contabilización de las concecuencias actuales y futuras, a efecto de los impuestos sobre las ganacias de la recuperación o liquidación en el futuro del importe en los lbros en los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de una empresa y las transacciones del ejercicio en curso han sido objeto de reconocimiento en la cuenta de resultado o directamente en los fondos propios.

    Los pasivos por impuestos diferidos deben reconocerse por las futuras consecuencias fiscales de todas las diferencias temporarias sujetas a tributación con tres excepciones:

    – pasivos por impuestos diferidos derivados del reconocimiento inicial del fondo de comercio;

    – pasivos por impuestos diferidos derivados del reconocimiento inicial de un activo o pasivo no surgido de una combinación de negocios que, en el momento de la operación, no afecte al resultado contable ni a la base imponible; y

    – pasivos derivados de ganancias no distribuidas procedentes de inversiones cuando la empresa sea capaz de controlar la fecha de la reversión de la diferencia y sea probable que la reversión no se produzca en el futuro previsible.

    Un activo por impuestos diferidos se debe reconocer por las diferencias temporarias deducibles, las pérdidas fiscales no utilizadas y los créditos fiscales no utilizados en la medida en que sea probable que se disponga de ganancias fiscales con cargo a las cuales puedan utilizarse las diferencias temporarias deducibles, excepto cuando el activo por impuestos diferidos surge del reconocimiento inicial de un activo o pasivo, no derivado de una combinación de negocios que, en el momento de la operación, no afecte al resultado contable ni a su base imponible.

    Los (activos) pasivos por impuestos diferidos deben calcularse a los tipos impositivos que se espera que se apliquen cuando el pasivo sea liquidado o el activo realizado, sobre la base de tipos impositivos / leyes fiscales que hayan sido aprobados o prácticamente aprobados antes de la fecha del balance. El descuento de los activos y pasivos por impuestos diferidos está prohibido. Los impuestos anticipados y diferidos deben presentarse como partidas no corrientes en el balance.

    NIC 14 Información Financiera por Segmentos (revisada en el año 1997)

    Esta norma establece criterios para porporcionar información financiera por líneas de negocios y zonas geográficas, esta NIC se aplica a las empresas cuyos títulos de capital o deuda coticen públicamente o a las empresas que se encuentran en el proceso de emitir títulos para cotizar en mercados públicos de títulos. Asimismo, una empresa que revele voluntariamente información financiera por segmentos debe cumplir los requisitos de esta NIC.

    Se Exige a la empresa que tenga una cuenta en su estructura organizativa y un sistema de información interna con el propósito de identificar sus tipos de segmentos de negocio y geográficos. Si los segmentos internos no están basados en grupos de productos o servicios relacionados, ni en áreas geográficas, se exige a la empresa buscar en el nivel inmediatamente inferior de la segmentación interna para identificar los segmentos sobre los que habrá de informar.

    Se facilitan directrices sobre los segmentos sobre los que se habrá de informar (generalmente límites del 10%), con dos base de segmentación, una de carácter principal, y otra, de carácter secundario.

    La información por segmentos se debe preparar utilizando las mismas políticas contables adoptadas para los estados financieros consolidados o individuales.

    NIC 16 Inmobilizado Material (revisada en el año 2003)

    Aquí se establecen los principios de reconocimiento inicial y la contabilización posterior del inmobilizado material, cuyos elementos deben registrarse como activos cuando es probable que la empresa obtenga beneficios económicos derivados del activo, y el coste del activo pueda calcularse con suficiente fiabilidad, entonces, el reconocimiento inicial ha de realizarse atendiendo al coste, que incluye todos los costes necesarios para preparar al activo para el uso al que está destinado. Si el pago se aplaza, deberán registrarse intereses.

    En la contabilización posterior a la adquisición, la NIC 16 permite elegir el método contable:

    – Método de coste: El activo se registra al coste de adquisición menos la amortización acumulada y el deterioro del valor.

    – Método de revalorización: El activo se registra por el importe revalorizado, que es el valor contable en la fecha de revalorización menos la amortización posterior.

    Según el método de revalorización, deben efectuarse revalorizaciones regularmente. Todos los elementos de una determinada clase deben ser revalorizados (por ejemplo, todos los edificios). Los incrementos debidos a una revalorización se abonan al patrimonio neto. Las disminuciones por revalorización se registran primero con cargo a la reserva de revalorización en el patrimonio neto, y cualquier exceso con cargo a resultados. Cuando el activo revalorizado es enajenado, la reserva de revalorización en el patrimonio neto permanece en el patrimonio neto y no se lleva a resultados. Si se utiliza el método de coste, los componentes de un activo con distintos patrones de obtención de beneficios deben amortizarse por separado.

    NIC 17 Arrendamientos (revisada en el año 2003)

    El objetivo de esta NIC es establecer politicas contables de arrendamiento apropiadas, tanto pata el arrendador como para el arrendatario, en que se debe reflejar la relación con los arrendamientos operativos y financieros.

    El Arrendamiento Financiero es cuando se transfiere en la totalidad de los riesgos y ventajas derivadas de la propiedad, como por ejemplo cuando el arrendamiento cubre la totalidad de la vida del activo; o cuando el valor actual de los pagos de arrendamiento es prácticamente igual al valor razonable del activo.

    Todos los demas arrendamientos se clasifican como arrendamientos operativos.

    Un arrendamiento de terrenos y edificios deberá dividirse en elementos de terrenos y edificios. El elemento terreno es generalmente un arrendamiento operativo. El elemento edificio es un arrendamiento operativo o financiero en función de los criterios de la NIC 17. Sin embargo, el cálculo separado de los elementos terreno y edificio no es obligatorio si los intereses del arrendatario en el terreno y los edificios se clasifican como "propiedades de inversión" de acuerdo con la NIC 40 y se adopta el modelo del valor razonable.

    Arrendamientos financieros – Contabilización del arrendatario:

    – Registrar un activo y un pasivo al valor actual de los pagos mínimos del arrendamiento o bien al valor razonable del bien arrendado, si éste fuera menor.

    – Política de amortización: la misma que para los activos que se posean.

    – Pago del arrendamiento financiero: distribuido entre intereses y una reducción en el pasivo.

    Arrendamientos financieros – Contabilización del arrendador:

    – Reconocer como una partida a cobrar por un importe equivalente a la inversión neta en el arrendamiento.

    – Reconocer los ingresos financieros basándose en una pauta que refleje un tipo de rendimiento constante sobre la inversión neta del arrendador.

    Arrendamientos operativos – Contabilización del arrendatario:

    – Reconocer los pagos de arrendamientos operativos como gasto en la cuenta de resultados, de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base de reparto.

    Arrendamientos operativos – Contabilización del arrendador:

    – Los arrendadores deben presentar, en el balance, los activos dedicados a arrendamientos operativos de acuerdo con la naturaleza de tales bienes.

    – Los arrendamientos operativos deben ser reconocidos de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base sistemática de reparto,

    Los arrendadores deben distribuir los costes directos iniciales a lo largo del período de arrendamiento (está prohibido llevarlos a gastos inmediatamente). La contabilización de operaciones de venta y posterior arrendamiento (leaseback) depende básicamente de que se trate de arrendamientos financieros u operativos.

    NIC 18 Ingresos (revisada en el año 1993)

    Los ingresos ordinarios deben valorarse utilizando el valor razonable de la contrapartida recibida o por recibir.

    Reconocimiento:

    – Procedentes de la venta de bienes: Cuando se han transferido al comprador los riesgos y ventajas significativos, el vendedor pierde el control efectivo, y el importe puede valorarse con fiabilidad.

    – Procedentes de la prestación de servicios: Método del porcentaje de realización.

    – Intereses, royalties y dividendos: Se reconocen cuando es probable que la empresa obtenga beneficios económicos: Intereses: sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido, teniendo en cuenta el rendimiento efectivo del activo.

    Royalties: utilizando la hipótesis contable del devengo, de acuerdo con el fondo económico del acuerdo en que se basan.

    Dividendos: cuando se establezca el derecho a recibir el pago por parte del accionista.

    NIC 19 Retribuciones a los empleados (revisada en el año 2000)

    El tratamiento contable y la información a proporcionar respecto de las retribuciones a los empleados, incluyendo retribuciones a corto plazo (salarios, vacaciones anuales, permisos remunerados por enfermedad, participación en ganancias anuales, incentivos y retribuciones no monetarias); pensiones, seguros de vida y asistencia médica post-empleo; y otras prestaciones a largo plazo (permisos remunerados después de largos periodos de servicio, incapacidad, compensación diferida y participación en ganancias e incentivos a largo plazo).

    Según el principio subyacente, el coste de proporcionar retribuciones a los empleados debe reconocerse en el período en el cual el empleado recibe la retribución, no en el momento en que es pagada o pagadera.

    Las retribuciones a los empleados a corto plazo (pagaderas en 12 meses) deben reconocerse como gasto en el período en el cual el empleado presta el servicio.

    Los pagos de participación en ganancias y de incentivos sólo se reconocerán cuando la entidad tenga una obligación implícita de pagarlos y los costes puedan estimarse con suficiente fiabilidad.

    Los planes de prestaciones post-empleo (como pensiones y asistencia sanitaria) se clasifican o bien como planes de aportaciones definidas o como planes de prestaciones definidas.

    De acuerdo con los planes de aportaciones definidas, los gastos se reconocen en el período en que es pagadera la aportación.

    De acuerdo con los planes de prestaciones definidas, se reconoce un pasivo en el balance equivalente al importe neto de:

    – el valor actual de las obligaciones por prestaciones definidas (el valor actual de los pagos futuros esperados que son necesarios para cumplir con las obligaciones derivadas de los servicios prestados por los empleados en el ejercicio en curso y en los anteriores);

    – las pérdidas y ganancias actuariales diferidas y el coste diferido de los servicios pasados; y

    – el valor razonable de cualquier activo afecto al plan en la fecha del balance.

    Los activos afectos al plan incluyen activos poseídos por un fondo de prestaciones a empleados a largo plazo y pólizas de seguros aptas.

    Las prestaciones a empleados a largo plazo deben reconocerse y calcularse del mismo modo que las prestaciones post-empleo de acuerdo con un plan de prestaciones definidas. No obstante, a diferencia de los planes de prestaciones definidas, está prohibido diferir las pérdidas o ganancias actuariales y los costes derivados de servicios pasados.

    Las indemnizaciones por cese deben reconocerse cuando la entidad se encuentre comprometida de forma demostrable a rescindir el vínculo que la une a un empleado o grupo de empleados antes de la fecha normal de retiro, o bien a pagar indemnizaciones por cese como resultado de una oferta realizada para incentivar la rescisión voluntaria por parte de los empleados.

    Los planes de retribuciones en forma de instrumentos de capital están cubiertos por la NIIF 2, no por la NIC 19.

    NIC 20 Contabilización de sobvenciones oficiales e informacion a revelar sobre ayudas públicas

    Reconocer las subvenciones oficiales sólo cuando exista la garantía razonable de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones, y que éstas serán recibidas. Las subvenciones no monetarias se reconocen normalmente al valor razonable, aunque está permitido el

    reconocimiento al valor nominal.

    Aplicar el método de la renta sistemáticamente (reconocer los ingresos a lo largo de los ejercicios necesarios para compensarlos con los costes correspondientes), y no el método del capital (contabilizarlos directamente en el patrimonio neto).

    Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden presentarse como abono en la cuenta de resultados o como deducción en la presentación del gasto correspondiente.

    Las subvenciones relacionadas con activos pueden presentarse o bien como ingresos diferidos en el balance, o deducirse en el cálculo del valor contable del activo.

    El reembolso de una subvención oficial debe tratarse contablemente como revisión de una estimación contable con un tratamiento distinto para las subvenciones relacionadas con ingresos y con activos.

    NIC 21 Efectos de las variaciónes en los tipos de cambio de moneda extranjera (revisada en el año 2003)

    En primer lugar, determinar la moneda funcional de la entidad informante. Convertir todas las partidas en moneda extranjera en la moneda funcional:

    – En la fecha de la transacción, registrar utilizando el tipo de cambio

    vigente en la fecha de la transacción para su reconocimiento y valoración

    iniciales.

    – En fechas de balances posteriores:

    utilizar el tipo de cierre para las partidas monetarias; utilizar tipos de cambio vigentes en la fecha de la transacción para partidas no monetarias registradas al coste histórico; y utilizar tipos de cambio vigentes en la fecha de valoración para

    partidas no monetarias registradas al valor razonable.

    – Las diferencias de cambio surgidas en la liquidación de partidas monetarias y en la conversión de partidas monetarias a un tipo distinto al vigente cuando se reconocieron inicialmente, se incluyen en los resultados netos, con una excepción:

    las diferencias de cambio derivadas de partidas monetarias que forman parte de la inversión neta realizada por la empresa en una entidad extranjera se clasifican en los estados financieros consolidados que incluyen la entidad extranjera en un componente distinto del patrimonio neto; serán registradas como ingreso o gasto en la fecha de enajenación de la inversión neta.

    Los resultados y la situación financiera de cualquier entidad cuya moneda funcional no sea la moneda de una economía hiperinflacionaria se convierten a una moneda de presentación distinta utilizando los siguientes procedimientos:

    – los activos y pasivos correspondientes a cada balance presentado (incluyendo los comparativos) se convierten al tipo de cierre en la fecha de dicho balance;

    – los ingresos y gastos correspondientes a cada cuenta de resultados (incluyendo las comparativas) se convierten a tipos de cambio vigentes en las fechas de las transacciones; y

    – todas las diferencias de cambio resultantes se reconocen como un componente distinto del patrimonio neto.

    Normas especiales para convertir en una moneda de presentación los resultados y la situación financiera de una entidad cuya moneda funcional sea hiperinflacionaria.

    NIC 23 Costes por Intereses

    Los costes por intereses incluyen intereses, amortización de descuentos o primas correspondientes a préstamos, y amortización de gastos de formalización de contratos de préstamo.

    Se permiten dos tratamientos contables:

    – Tratamiento de gasto: Todos los costes por intereses se reconocen como gastos en el ejercicio en que se incurren.

    – Tratamiento de capitalización: Capitalizar los costes por intereses directamente atribuibles a la adquisición o construcción de un activo cualificado, pero sólo cuando sea probable que dichos costes generen beneficios económicos en el futuro para la entidad, y los costes puedan medirse con suficiente fiabilidad. Todos los demás costes por intereses que no cumplan las condiciones para la capitalización se reconocerán como gastos en el ejercicio en que se incurran.

    Un activo cualificado es aquel que requiere de un periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso o para la venta. Algunos ejemplos incluyen plantas de fabricación, propiedades de inversión y determinadas existencias.

    Si los fondos proceden de préstamos y se utilizan para obtener el activo cualificado, aplicar un tipo de capitalización (media ponderada de costes por intereses aplicables a los préstamos específicos y no específicos pendientes durante el período) a la inversión efectuada durante el período, para determinar el importe de los costes por intereses aptos para la capitalización.

    La revelación de información incluye la política contable adoptada en relación con los costes por intereses.

    NIC 24 Información a Revelar sobre partes vinculadas (revisada en el año 2003)

    Asegurarse de que en los estados financieros se ha tenido en cuenta la posibilidad de que la situación financiera y los resultados de las operaciones puedan verse afectados por la existencia de partes vinculadas

    Las partes vinculadas son partes que controlan o tienen una influencia significativa sobre la empresa informante, entre las que se incluyen las empresas dominantes, las filiales, los negocios conjuntos, los propietarios y sus familias, los principales directivos clave y los planes de prestaciones relacionadas con la jubilación.

    Información exigida a revelar:

    – Relaciones con partes vinculadas cuando exista control, aun cuando no se hayan producido operaciones con las mismas.

    – Operaciones con partes vinculadas.

    – Retribución de directivos.

    Ejemplos de operaciones entre partes vinculadas que deben desglosarse:

    – Compras o ventas de bienes.

    – Compras o ventas de activos.

    – Prestación o recepción de servicios.

    – Arrendamientos.

    – Transmisiones de investigación y desarrollo.

    – Transmisiones mediante acuerdos de licencia.

    – Transmisiones mediante acuerdos de financiación (incluidos préstamos y aportaciones de capital).

    – Provisión de garantías o avales.

    – Liquidación de pasivos en nombre de la entidad o por parte de la entidad en nombre de otra parte.

    NIC 26 Contabilización e información financiera sobre planes de presentaciones por retiros

    Aquí se debe Especificar los principios de valoración y desglose de información financiera en relación con los planes de prestaciones por retiro.

    Se debe establecer los requisitos de información a suministrar tanto en relación con los planes de aportaciones definidas como con los de prestaciones definidas, incluyendo un estado de activos netos disponibles para el pago de prestaciones y un desglose del valor actuarial actual de las prestaciones comprometidas (detallando las devengadas y las no devengadas). Además se especifica la necesidad de una valoración actuarial de las prestaciones correspondientes a planes de prestaciones definidas, así como la utilización de valores razonables para la contabilización de las inversiones de los planes de pensiones.

    NIC 27 Estados Financieros consolidados y contabilización de inversiones de dependientes (revisada en el año 2003)

    El objetivo es establecer los requisitos para la preparación y presentación de los estados financieros consolidados de un grupo de empresas bajo el control de una dominante y establecer los requisitos para el tratamiento contable de las inversiones en entidades dependientes, entidades bajo control conjunto y empresas asociadas en los estados financieros individuales de la dominante.

    Una dependiente es una empresa controlada por otra entidad, conocida como matriz o dominante. El control es la facultad de determinar las políticas financieras y de las operaciones.

    Los estados financieros consolidados son los estados financieros de un grupo de empresas (dominante y dependientes) presentados como si fueran los de una sola entidad contable.

    Los estados financieros consolidados deben incluir a todas las dependientes.

    No existen exenciones por "control temporal" o porque la "dependiente opere bajo severas restricciones para la transferencia de fondos a largo plazo".

    Todas las empresas del grupo deben utilizar las mismas políticas contables.

    Las fechas de referencia de los estados financieros de las dependientes no pueden tener una diferencia mayor de tres meses con respecto a la fecha de referencia de los estados financieros del grupo.

    Los intereses minoritarios se presentan dentro del patrimonio neto consolidado en el balance de situación y no se deducen en el cálculo del resultado consolidado. No obstante, el resultado consolidado se distribuye entre los accionistas minoritarios y los de la sociedad dominante en la cuenta de resultados.

    En los estados financieros individuales (separados) de la dominante se contabilizan todas sus inversiones en dependientes al coste o como inversión de acuerdo con la NIC 39.

    NIC 28 Contabilización de Inversiones en empresas asociadas (revisada en el año 2003)

    Se aplica a todas las inversiones en las que el inversor tenga influencia significativa a menos que el inversor sea una empresa de capital riesgo, un fondo de inversión o un fondo de inversión mobiliaria, en cuyo caso debe aplicarse la NIC 39.

    El inversor debe utilizar el método de puesta en equivalencia para todas las inversiones en empresas asociadas en las que tenga una influencia significativa.

    Existe la presunción rebatible de que existe influencia significativa si se posee una participación, directa o indirecta, de más del 20% en la asociada.

    De conformidad con el método de puesta en equivalencia, la inversión se registra al coste en el momento de la adquisición, ajustándose posteriormente en función del cambio en la participación del inversor en los activos netos de la participada. En la cuenta de resultados del inversor se recogerá la participación que le corresponda en los resultados de la adquirida.

    Las políticas contables de las asociadas, consideradas a efectos de la aplicación del método de la puesta en equivalencia, deben ser las mismas que las del inversor.

    Se exige la contabilización por el método de puesta en equivalencia en los estados financieros del inversor cuando no sea obligatorio presentar las cuentas consolidadas, por ejemplo, porque el inversor carezca de filiales. No obstante, el inversor no aplica el método de puesta en equivalencia cuando presenta sus estados financieros individuales (separados) de conformidad con la NIC 27. En tal caso, el inversor contabiliza la inversión o bien al coste o como inversión de conformidad con la NIC 39.

    Se requiere la realización de pruebas en relación con la posible pérdida de valor de los activos de conformidad con la NIC 36, Deterioro del valor de los activos. Serán de aplicación los indicadores de deterioro de valor establecidos en la NIC 39.

    NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias

    Esta establece principios especificos para la elaboración y presentación de la información financiera de una empresa en la moneda correspondiente a una economía hipreinflacionaria, con el fin de evitar proporcionar información confusa.

    Los estados financieros de una entidad que presente información financiera en la moneda de una economía hiperinflacionaria deben presentarse en la unidad de valoración corriente en la fecha del balance.

    Las cifras comparativas de períodos anteriores deben reformularse en la misma unidad de valoración corriente del período actual.

    Por lo general, una economía es hiperinflacionaria cuando su tasa de inflación en 3 años es del 100% o superior.

    NIC 30 Información a revelar en los estados financieros de bancos y entidades financieras similares

    El objetivo es regular adecuadamente la presentación e información a revelar en los estados financieros de bancos e instituciones similares, como complemento a los requisitos establecidos por el resto de NIIF.

    Esta normativa se hace exigible a los bancos y entidades financieras similares clasificar las partidas en el balance y en la cuenta de resultados atendiendo a su naturaleza y presentar los activos en función de su liquidez relativa. Se debe identifica la información mínima a revelar en relación con las partidas de la cuenta de resultados y el balance de los bancos y entidades financieras similares.

    Los requisitos de información incluyen la concentración de activos, pasivos y operaciones fuera de balance, pérdidas en préstamos y anticipos, contingencias, pignoraciones de activos y riesgos generales de la actividad bancaria.

    NIC 31 Información financiera sobre los intereses en negocios conjuntos (revisada en el año 2003)

    Esta regula el tratamiento contable de las inversiones en negocios conjuntos ("joint

    ventures"), con independencia de la estructura o forma legal bajo la cual tienen lugar las actividades de la entidad.

    Estas normas se aplican a todas las inversiones en las que el inversor tenga el control conjunto, a menos que el inversor sea una empresa de capital riesgo, un fondo de inversión o un fondo de inversión mobiliaria, en cuyo caso debe observarse la norma NIC 39.

    La característica principal de un negocio conjunto es un acuerdo contractual para compartir el control. Los negocios conjuntos pueden clasificarse como operaciones controladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente o entidades controladas conjuntamente.

    Existen principios de reconocimiento diferentes para los distintos tipos de negocio conjunto:

    Operaciones controladas conjuntamente: el partícipe reconoce los activos que están bajo su control, los gastos y pasivos en los que incurre, así como su parte en los ingresos obtenidos, tanto en sus estados financieros individuales como consolidados.

    Activos controlados conjuntamente: el partícipe reconoce su parte de los activos controlados conjuntamente, cualquier pasivo en el que haya incurrido directamente y su parte de los pasivos en los que haya incurrido conjuntamente con otros partícipes, cualquier ingreso resultante de la venta o uso de su parte de la producción del negocio conjunto, cualquier gasto incurrido en relación con el negocio conjunto y cualquier gasto que haya incurrido directamente en relación con su participación en el negocio conjunto.

    Entidades controladas conjuntamente: Existe la opción de elegir entre dos políticas contables:

    – Consolidación proporcional. De acuerdo con este método el balance del partícipe incluye su participación en los activos bajo control conjunto y su participación en los pasivos de los que es responsable conjuntamente. Su cuenta de resultados incluye su participación en los ingresos y gastos de la entidad controlada conjuntamente.

    – Puesta en equivalencia según se describe en la NIC 28.

    En los estados financieros (separados) individuales del partícipe, las participaciones en negocios conjuntos deben contabilizarse o bien al coste o bien como inversiones de conformidad con la NIC 39.

    NIC 32 Intrumentos financieros: Presentación e información a revelar (revisada en el año 2003)

    Facilitar a los usuarios de los estados financieros la comprensión de los instrumentos financieros reconocidos dentro y fuera del balance así como su efecto sobre la posición financiera, resultados y flujos de efectivo de la entidad.

    La clasificación de un instrumento por parte del emisor como pasivo o instrumento de capital:

    – Se basará en el fondo y no en la forma del mismo.

    – Tendrá lugar en el momento de emisión y no se modificará posteriormente.

    – Un instrumento es un pasivo financiero si el emisor puede estar obligado a entregar efectivo u otro activo financiero o si el titular tiene derecho a exigir efectivo u otro activo financiero. Un ejemplo son las acciones preferentes cuyo rescate es obligatorio.

    – Un instrumento que no da lugar a dicha obligación contractual es un instrumento de capital.

    – Los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con un instrumento clasificado como pasivo deben presentarse como ingresos o gastos según corresponda.

    En el momento de la emisión, el emisor debe clasificar por separado los componentes de pasivo y de capital de un mismo instrumento compuesto como puede ser una deuda convertible y una deuda emitida con derechos separables o warrants.

    Un activo y un pasivo financiero pueden ser compensados y presentados por su importe neto únicamente cuando la entidad tiene un derecho legalmente reconocido a compensar los importes de ambos instrumentos y tiene la intención bien de liquidar por el importe neto o realizar el activo y pagar el pasivo de forma simultánea.

    El coste de las acciones propias se deduce del patrimonio y las reventas de acciones propias tienen la consideración de operaciones de capital.

    Los costes de emisión o readquisición de instrumentos de capital (distintos de los derivados de una combinación de negocios) se contabilizan como deducción del patrimonio neto, una vez considerada cualquier ventaja fiscal a efectos del impuesto sobre beneficios.

    Los requisitos de información incluyen:

    – Políticas de cobertura y gestión de riesgos

    – Políticas y prácticas de contabilización de coberturas, y pérdidas y ganancias derivadas de las coberturas

    – Condiciones y políticas contables relacionadas con los instrumentos financieros

    – Información sobre exposición al riesgo de interés

    – Información sobre exposición al riesgo de crédito

    – Valores razonables de todos los activos y pasivos financieros, a excepción de aquellos para los que no exista una medida fiable del valor razonable

    – Información sobre bajas, avales, deterioros de valor, moras e incumplimientos, y reclasificaciones

    NIC 33 Beneficios por acción (evisada en el año 2003)

    Esta norma cumple con la función de establecer principios para la determinación y presentación de los beneficios por acción (BPA), con objeto de mejorar la comparabilidad de la rentabilidad entre diferentes sociedades en un mismo ejercicio y entre diferentes ejercicios para la misma sociedad. La NIC 33 se centra en el denominador del cálculo del BPA.

    Esta es aplicable a las sociedades cotizadas, sociedades en proceso de emitir acciones que coticen en mercados públicos, así como aquellas otras que opten por presentar voluntariamente esta información.

    Requiere la presentación, al mismo nivel de importancia, de los beneficios por acción básicos y diluidos como parte de la cuenta de resultados para:

    – cada clase de acciones ordinarias,

    – para todos los períodos presentados.

    En los estados financieros consolidados, los beneficios por acción reflejan los beneficios atribuibles a los accionistas de la dominante.

    La dilución es una reducción de los beneficios por acción o un aumento de las pérdidas por acción como resultado de la conversión de los instrumentos convertibles, del ejercicio de las opciones o warrants, o de la emisión de acciones ordinarias cuando se reúnen ciertas condiciones específicas.

    Cálculo de los beneficios por acción básicos:

    – Numerador: resultado del período, una vez deducidos todos los gastos, incluidos impuestos, partidas extraordinarias, intereses de socios externos, así como dividendos de acciones preferentes.

    – Denominador: número medio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el período.

    Cálculo de los beneficios por acción diluidos:

    – Numerador: resultado neto del período atribuible a las acciones ordinarias ajustado tanto por el importe, neto de efecto impositivo, de los dividendos e intereses reconocidos en el período, atribuibles a las acciones ordinarias potenciales con efecto dilutivo (por ejemplo, opciones, warrants, obligaciones convertibles, contratos de seguro contingente), así como por cualquier otro cambio en los ingresos o gastos del período que pudiesen resultar de la conversión de las acciones ordinarias potenciales con efecto dilutivo.

    – Denominador: debe ajustarse por el número de acciones a emitir en el supuesto de la conversión en acciones ordinarias de todas las acciones con efecto potencial dilutivo.

    – Las acciones ordinarias potenciales que no se vean afectadas por la dilución deben ser excluidas del cálculo.

    NIC 34 Información financiera intermedia

    Regular el contenido mínimo de la información financiera intermedia y los criterios de reconocimiento y valoración a aplicar en la información financiera intermedia. Esta norma se aplica sólo cuando la entidad tiene la obligación o toma la decisión de emitir información financiera intermedia de conformidad con las NIIF.

    Los organismos reguladores locales de cada país (y no la NIC 34) establecen:

    – Qué sociedades deberían presentar estados financieros intermedios;

    – su frecuencia; y

    – el plazo para presentar dicha información tras la finalización de dicho período intermedio.

    La información financiera intermedia es un juego completo o condensado de estados financieros correspondientes a un período de tiempo inferior al ejercicio anual completo de la entidad.

    El contenido mínimo de la información financiera intermedia es un balance condensado, una cuenta de resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujo de efectivo y una selección de notas explicativas.

    Establece los períodos comparativos sobre los que se requiere la presentación de información financiera intermedia.

    La importancia relativa se basa en los datos financieros del periodo intermedio y no en los de la proyección anual.

    Las notas explicativas de la información financiera intermedia deben proporcionar información sobre las transacciones y hechos más significativos para entender los cambios acontecidos desde la emisión de los últimos estados financieros anuales.

    Las políticas contables han de ser las utilizadas en la preparación de los estados financieros anuales.

    Los ingresos y gastos deben reconocerse en el período en el que se devengan, no deben anticiparse o diferirse.

    Los cambios en políticas contables conllevan la modificación de la información incluida en los anteriores estados financieros intermedios presentados.

    NIC 36 Deterioro del valor de los activos (revisada en el año 2004)

    Esta se encarga de asegurar que los activos no están registrados a un importe superior a su importe recuperable y definir cómo se calcula el mismo.

    La NIC 36 es aplicable a todos los activos excepto existencias (v. NIC 2 Existencias), activos surgidos de los contratos de construcción (v. NIC 11 Contratos de construcción), activos por impuestos diferidos (v. NIC 12 Impuestos sobre las ganancias), activos relacionados con retribuciones a empleados (v. NIC 19 Retribuciones a los empleados), activos financieros (v. NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y valoración), propiedades inmobiliarias de inversión valoradas a valor razonable (v. NIC 40 Inmuebles de inversión) y activos biológicos relacionados con la actividad agrícola valorados a valor razonable minorado por los costes en el punto de venta (v. NIC 41 Agricultura).

    La pérdida por deterioro en el valor de los activos debe reconocerse cuando su valor neto contable excede de su importe recuperable.

    En el caso de los activos registrados al coste, el reconocimiento de la pérdida por deterioro de valor se registra en la cuenta de resultados. En el caso de los activos revalorizados, se considera como disminución de la reserva de revalorización.

    El importe recuperable de un activo es el mayor entre el precio neto de venta y su valor de uso.

    El valor de uso es el valor actual de la estimación de flujos de efectivo futuros derivados del uso continuado del activo y de su enajenación al final de su vida útil.

    El tipo de descuento es el tipo antes de impuestos que refleja la valoración actual del mercado en función del valor temporal del dinero y los riesgos específicos del activo. El tipo de descuento no debería reflejar riesgos futuros que ya estuvieran considerados en la estimación de los flujos de efectivo futuros y debería coincidir con el rendimiento que un tercero exigiría a una inversión que generase unos flujos de efectivo equivalentes a los previstos para dicho activo.

    En cada fecha de balance, se debe revisar la situación de los activos para detectar indicios de deterioro en su valor. Si existen indicios de deterioro, habrá que calcular el importe recuperable.

    El fondo de comercio y otros activos intangibles con vida útil indefinida deben ser sometidos a pruebas de deterioro de valor al menos una vez al año y a un cálculo de su importe recuperable.

    Si no es posible determinar el importe recuperable de un activo, habrá que determinar el importe recuperable correspondiente a la unidad generadora de efectivo que incluye a ese activo. Las pruebas de deterioro de valor del fondo de comercio deben realizarse en el grupo de unidades generadoras de efectivo más pequeño al que pueda asignarse fondo de comercio de forma razonable y coherente.

    Se permite la reversión de pérdidas por deterioro de valor reconocidas en años anteriores en determinadas circunstancias (está prohibida en el caso del fondo de comercio).

    Se deben desglosar las pérdidas por deterioro de valor por clase de activos y por segmento (si fuese aplicable la NIC 14 Información financiera por segmentos).

    También se requiere desglosar las reversiones de pérdidas por deterioro en el valor de un activo previamente registradas.

    NIC 37 Porvisiones, activos contingentes y pasivos contingentes

    Esta norma se asegura que se utilizan bases apropiadas para el reconocimiento y la valoración de provisiones, activos y pasivos contingentes, así como que se revela información suficiente en las notas a los estados financieros para permitir a los usuarios comprender su naturaleza, importe y calendario de vencimiento. El objetivo de esta norma es asegurarse de que sólo las obligaciones reales son las que se registran en los estados financieros. No se incluirán los gastos futuros previstos, aun cuando estén autorizados por el Consejo de Administración u órgano de gobierno equivalente, ni las provisiones para cubrir pérdidas propias aseguradas, incertidumbres generales y otros hechos todavía no acontecidos.

    NIC 38 Activos Inmateriales (revisada en el año 2004)

    Tiene como objeto Establecer el tratamiento contable para el reconocimiento, valoración y desglose de todos los elementos de inmovilizado inmaterial que no están contemplados específicamente en otra NIC.

    Esta exige el reconocimiento de un activo inmaterial, ya sea adquirido o desarrollado internamente, si:

    – es probable que dicho activo genere beneficios económicos futuros para la sociedad, y

    – el coste del activo puede ser determinado de forma fiable.

    Existen criterios adicionales para el reconocimiento de activos inmateriales desarrollados internamente.

    Todos los gastos de investigación han de cargarse a la cuenta de resultados en el momento en el que se incurren.

    Los gastos de desarrollo se capitalizan sólo cuando se ha podido establecer la viabilidad técnica y comercial del producto o servicio en cuestión.

    Los activos inmateriales, incluidas las actividades de I+D en curso, adquiridos en una combinación de negocios deben reconocerse por separado del fondo de comercio si surgen como resultado de derechos contractuales o legales o pueden separarse del negocio.

    Los fondos de comercio, las marcas comerciales, las cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes, los gastos de puesta en marcha, los costes de formación, los costes de publicidad y los costes de reubicación, generados internamente, no deben registrarse como activos.

    Si un elemento inmaterial no cumple con la definición y los criterios de reconocimiento aplicables a activos inmateriales, los gastos relacionados con dicho elemento deben llevarse a la cuenta de resultados en el momento en que se incurren, salvo cuando el coste incurrido forme parte de una combinación de negocios tratada como adquisición, en cuyo caso debería pasar a formar parte del importe asignado al fondo de comercio en la fecha de adquisición.

    A efectos de la contabilización posterior a la adquisición inicial, los activos inmateriales atienden a la siguiente clasificación:

    – Vida indefinida: No existe un límite previsible para el período en el que se

    espera que el activo genere beneficios económicos para la sociedad.

    "Indefinida" no significa "infinita".

    – Vida definida: Existe un período limitado de generación de beneficios

    para la sociedad.

    Los activos inmateriales con vida útil indefinida no se amortizan sino que deben ser sometidos a pruebas de deterioro de valor en cada fecha de cierre. Si el importe recuperable es inferior al importe en libros, se reconoce una pérdida por deterioro de valor. La evaluación también debe considerar si el activo inmaterial sigue teniendo una vida indefinida.

    Por lo general, el coste (el valor residual suele ser cero) de un activo inmaterial con vida útil definida se amortiza a lo largo de dicho período. Si el activo inmaterial tiene un precio de cotización en un mercado activo, se permite elegir una política contable basada en un modelo de revalorización. Siguiendo el modelo de revalorización, el activo se registra a su importe revalorizado, que es el valor razonable en la fecha de revalorización menos la amortización acumulada practicada con posterioridad. Por lo general, los gastos ocasionados por un activo inmaterial después de su adquisición o finalización se registran como gasto. Sólo en raras ocasiones se cumplen los criterios de reconocimiento como activo.

    NIC 39 Instrumento sFinancieros: reconocimiento y valoración (revisada en los años 2003 y 2004)

    Esta se encarga de establecer los criterios para el reconocimiento, cancelación y valoración de activos y pasivos financieros.

    Todos los activos y pasivos financieros, incluyendo los derivados financieros y ciertos instrumentos financieros implícitos, deben ser reconocidos en el balance de situación.

    Los instrumentos financieros han de valorarse inicialmente al valor razonable en la fecha de adquisición o emisión. Por lo general, este valor coincide con el coste, aunque en algunos casos se precisa un ajuste.

    Una entidad tiene la opción de reconocer la compra o venta ordinaria de activos financieros en el mercado atendiendo a la fecha de negociación o a la fecha de liquidación. Si se utiliza a efectos contables la fecha de liquidación, la NIC 39 requiere el reconocimiento de los cambios de valor producidos entre la fecha de negociación y la de liquidación.

    Al objeto de valorar los activos financieros en fechas posteriores a su reconocimiento inicial, la NIC 39 clasifica los mismos en cuatro categorías:

    1. Préstamos y cuentas a cobrar no disponibles para negociación.

    2. Inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento, tales como títulos de renta fija y acciones preferentes amortizables, que la empresa tiene la intención y los recursos financieros necesarios para mantener hasta su vencimiento. Si una empresa vende de forma anticipada cualquier inversión a vencimiento (salvo en circunstancias excepcionales), se vería obligada a reclasificar el resto de inversiones incluidas en esta categoría a la categoría de disponible para la venta (ver categoría 4 más abajo) tanto para el ejercicio en curso como para los dos siguientes.

    3. Activos financieros valorados a valor razonable a través de la cuenta de resultados, que incluye los mantenidos para negociación (cuyo propósito es obtener un beneficio a corto plazo) y cualquier otro activo financieros que designe la empresa (la "opción del valor razonable"). Los derivados financieros activos siempre se consideran instrumentos negociables, salvo que se hayan designado como instrumentos de cobertura.

    4. Activos financieros disponibles para la venta. Se incluyen en esta categoría el resto de activos financieros no incluidos en las anteriores.

    Esto incluiría todas las inversiones en instrumentos de capital que no se valoren al valor razonable en la cuenta de resultados. Además, una empresa podrá dar consideración de activo financiero disponible para la venta a cualquier préstamo y cuenta a cobrar.

    Tras el reconocimiento inicial:

    – Todos los activos financieros de las categorías 1 y 2 anteriores se registran al coste amortizado y se someten a una prueba de deterioro de valor.

    – Todos los activos financieros de la categoría 3 anterior se registran al valor razonable, reconociéndose los cambios de valor en la cuenta de resultados.

    – Todos los activos financieros de la categoría 4 anterior se valoran al valor razonable en el balance, reconociéndose los cambios de valor en el patrimonio neto, con sujeción a una prueba de deterioro de valor. Si el valor razonable de un activo disponible para la venta no puede medirse de forma fiable, se contabilizará al coste.

    Tras la adquisición, la mayoría de los pasivos financieros se valoran al importe originalmente registrado menos reembolsos de principal y amortización. Hay tres categorías de pasivos que se registran a valor razonable ajustándose los cambios en su valor en la cuenta de resultados:

    – pasivos derivados;

    – pasivos mantenidos para negociación (ventas de valores en descubierto); y

    – cualquier pasivo que designe la empresa, en el momento de su emisión, que va a registrarse a través de la cuenta de resultados (la "opción del valor razonable").

    El valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas, debidamente informadas, en una operación realizada en condiciones de independencia mutua. La jerarquía establecida por la NIC 39 para el valor razonable es la siguiente:

    – En primer lugar, el precio de cotización en un mercado activo.

    – En segundo lugar, utilizar una técnica de valoración que haga máximo uso de la información del mercado y que incluya operaciones de mercado recientes realizadas en condiciones de libre concurrencia, referencias al valor razonable actual de otro instrumento que sea sustancialmente similar, análisis de flujos de efectivo descontados y modelos de valoración de opciones.

    La NIC 39 establece las condiciones para determinar cuándo se ha transferido el control sobre un activo o pasivo financiero a otra parte, por lo que debe ser dado de baja del balance (cancelado). La cancelación queda prohibida en la medida en que el transmitente siga estando involucrado en un activo o en una parte del mismo que haya trasmitido.

    La contabilización de coberturas (reconocimiento de los efectos compensatorios de los cambios del valor razonable tanto del instrumento de cobertura como del elemento cubierto en la cuenta de resultados del mismo período) se permite en determinadas circunstancias, siempre que la relación de cobertura esté claramente definida, sea medible y realmente efectiva. La NIC 39 establece tres tipos de coberturas:

    – Cobertura de valor razonable: Si una entidad cubre un cambio en el valor razonable de un activo, pasivo o compromiso en firme reconocido, el cambio en el valor razonable tanto del instrumento de cobertura como del elemento cubierto se reconoce en la cuenta de resultados cuando se produce.

    – Cobertura de flujos de efectivo: Si una entidad cubre los cambios en los flujos de efectivo futuros relacionados con un activo o pasivo reconocido o una operación considerada probable, el cambio en el valor razonable del instrumento de cobertura se reconoce directamente en el patrimonio neto hasta que tengan lugar dichos flujos de efectivo futuros.

    Una cobertura del riesgo de cambio en un compromiso firme podrá registrarse como cobertura del valor razonable o como cobertura de flujos de efectivo.

    La cobertura de una inversión neta en una entidad extranjera recibe el tratamiento de cobertura de flujo de efectivo.

    Las modificaciones realizadas en 2003 a la NIC 39 trasladaron todos los desgloses que se contemplaban en la NIC 39 a la NIC 32.

    NIC 40 Inmuebles de Inversión (revisada en el año 2004)

    La NIC 40 regula el tratamiento contable de los inmuebles de inversión y los desgloses correspondientes.

    Los inmuebles de inversión son terrenos y edificios (en propiedad o bajo arrendamiento financiero) destinados al alquiler o a la obtención de plusvalías o a ambos.

    Esta Norma no se aplica a terrenos o edificios utilizados por el propietario o que se encuentren en fase de construcción o desarrollo para su uso futuro como inversión, o que se encuentren a la venta como consecuencia de la actividad normal de la sociedad.

    Permite a las empresas elegir entre el modelo de coste y el de valor razonable.

    – Modelo de valor razonable: el inmueble de inversión se registra a su valor razonable y los cambios en éste se contabilizan directamente en la cuenta de resultados.

    – Modelo de coste: el inmueble de inversión se registra a su valor neto contable corregido por las pérdidas por deterioro de su valor.

    Adicionalmente, es necesario revelar el valor razonable.

    El modelo elegido ha de aplicarse a todos los inmuebles de inversión de la sociedad.

    Si una entidad utiliza el modelo del valor razonable pero, en el momento de comprar un inmueble determinado, existen claros indicios de que la entidad no podrá determinar su valor razonable de forma continuada, se aplicará el modelo del coste al activo hasta su enajenación.

    Se permite cambiar de un modelo a otro cuando así se logre una presentación de información más adecuada (no obstante, es improbable que se justifique un cambio del modelo del valor razonable al modelo del coste).

    Un inmueble, que cumple con la definición general de inmueble de inversión, que lo mantenga un arrendatario bajo arrendamiento operativo, podrá ser considerado contablemente inmueble de inversión, siempre que el arrendatario utilice el modelo del valor razonable establecido en la NIC 40.

    En este caso, el arrendatario contabilizará el arrendamiento como si se tratara de un arrendamiento financiero.

    La información a revelar incluirá:

    – el método de determinación del valor razonable,

    – el alcance de la participación de un valorador independiente en la determinación del valor razonable.

    – los criterios utilizados para clasificar el bien como inmueble de inversión o no.

    – los importes registrados en la cuenta de resultados.

    NIC 41 Agricultura

    Establecer los criterios para la contabilización solamente de la actividad agrícola – que comprende la gestión de la transformación de activos biológicos (plantas y

    animales) en productos agrícolas.

    Valoración de todos los activos biológicos a valor razonable menos los costes estimados hasta el punto de venta a la fecha de balance, salvo que el valor razonable no pueda ser determinado de forma fiable.

    Valoración de los productos agrícolas a valor razonable en el lugar de su cosecha menos los costes estimados hasta el punto de venta. Dado que los productos agrícolas cosechados son mercancías comercializables no hay excepciones para la determinación del valor razonable.

    Las variaciones en el valor razonable de un activo biológico en un período se registran en la cuenta de resultados.

    Excepción a la determinación del valor razonable de un activo biológico: cuando en el momento del reconocimiento inicial en los estados financieros no hay un mercado activo y no es determinable por otro método de valoración fiable, el activo biológico específico se valorará de acuerdo con el modelo del coste. Los activos biológicos deben ser contabilizados a su valor neto contable corregido por las pérdidas por deterioro de valor.

    El precio de mercado cotizado en un mercado activo constituye generalmente la mejor estimación de valor razonable para un activo biológico o un producto agrícola. Si no existe mercado activo, la NIC 41 proporciona pautas para seleccionar otros criterios de valoración.

    La valoración a valor razonable se aplica hasta el momento de la cosecha.

    La NIC 2, Existencias, sería de aplicación a partir del momento de la cosecha.

    La información a revelar incluye:

    Descripción de los activos biológicos de la sociedad, clasificados por categorías.

    – Valor neto contable de cada categoría.

    – Variaciones en el valor razonable durante el período.

    – Conciliación de cambios en el valor contable de los activos biológicos durante el período, indicando de forma separada los cambios en la valoración, adquisiciones, ventas y cosechas.

    – Criterios para la determinación del valor razonable.

    7. Objetivos de las IFRS

    IFRS 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

    Objetivo

    Establecer los procedimientos que se deben seguir cuando una empresa adopta las NIIF por primera vez como base de presentación para sus estados financieros con carácter general.

    IFRS 3 Combinaciones de negocios

    Objetivo

    Establecer la información financiera que debe presentar una sociedad cuando lleva a cabo una combinación de negocios.

    IFRS 4 Contratos de seguro

    Objetivo

    Establecer los requisitos de información financiera aplicables a contratos de seguro hasta que el IASB termine la segunda fase de su proyecto sobre norma aplicable a los contratos de seguro.

    IFRS 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y explotaciones en interrupción definitiva

    Objetivo

    Establecer el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta y los requisitos de presentación e información de explotaciones en interrupción definitiva.

    IFRS 6 Exploración y evaluación de recursos minerales

    Objetivo

    Establecer los requisitos de presentación de información financiera aplicables a la exploración y evaluación de recursos minerales.

    8. Conclusión

    Todas las normas tienen una base económica detrás, siendo la contabilidad un sistema de información para la toma de desiciones, es impresindible contar con una normativa que se aplique a todos los países dada la globalización económica que hoy en día se vive, el "Tzunami Contable" que se nos avecina sobre la forma y el fondo de los estados financieros, que parte de una heterogeneidad de normas va diriguida a la armonización entre el estado y proceso para conseguir la uniformidad y comparabilidad de estados financieros, para la optención de reflejar una imagen fiel del patrimonio y la situación financiera de las empresas emisoras de los informes.

    Permítome citar una frase dicha por el Sir David Tweedie, Presidente del Consejo e Normas Internacionales de Contabilidad, en una declaración realizada ante el Comité de Banca, Vivienda y Asuntos Urbanos del Senado de Estados Unidos en Washington el 09 de septiembre de 2004.

    "Un funcionamiento eficaz de los mercados de capitales es esencial para nuestro bienestar económico. En mi opinión, una sólida infraestructura de presentación de información financiera debe construirse sobre cuatro pilares: (1) normas de contabilidad que sean uniformes, globales, y que estén basadas en principios claros para permitir que los informes financieros reflejen la realidad económica subyacente; (2) prácticas eficaces de gobierno corporativo, incluyendo una obligación de establecer fuertes controles internos que implanten las normas de contabilidad; (3) prácticas de auditoría que den al mundo exterior la seguridad de que una entidad está reflejando fielmente sus resultados económicos y su situación financiera; y (4) un mecanismo de aplicación o supervisión que garantice que se están cumpliendo los principios establecidos por las normas contables y de auditoría."

    Es fundamental entonces el uso de un único método contable para poder establecer el verdadero sentido de un mundo globalizado y completamente integrado, el reto es inmenso, esta solo en nosotros hacer arrancar el motor que nos conducira a un mundo globalizado y más unido.

    "El conocimiento es un regalo que se dá a todo áquel que lo quiera recibir"

    8. Bibliografía

    Mi gran amigo

    Leonardo Torres H.

    Consultor de KPMG y Académico de la Universidad de las Américas

    http://leonardotorresh.blogspot.com

    Conferencia de Normas Internacionales de Contabilidad

    11 de Noviembre DE 2005, Aula Magna, Colegio de Contadores de Chile A.G.

    Asisitida por el Dr. José Luis Ucieda Blanco

    Docente e Investigador en el Departamento de Contabilidad y Organización de Empresas de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Autónoma de Madrid.

    http://iasplus.deloitte.es

    http://www.iasb.org

    http://www.contach.cl

     

     

     

    Autor:

    Yohanna Inostroza Ordenes

    Contador Colegiado

    Colegio de Contadores de Chile A.G.